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El pago en el Código Civil peruano




Enviado por David ALONSO TTICA



Partes: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7

    1. Aspectos
      metodológicos
    2. Antecedentes
    3. El
      pago
    4. El pago en el
      derecho de obligaciones
    5. Formas de
      pago
    6. Formas de
      extinción de las obligaciones
    7. Intereses
    8. La
      mora
    9. Conclusiones
    10. Bibliografía

    Presentación

    El pago es la forma normal de extinguir las obligaciones,
    sin embargo no es la única. Existen otras formas de
    extinguir las obligaciones como la novación (sustituyendo
    una obligación por una nueva), la compensación
    (cuando a una obligación le es opuesta otra que existe
    entre el mismo acreedor y el mismo deudor), la condonación
    (que es el perdón de la deuda), la consolidación o
    confusión (cuando en una misma persona se
    confunden las cualidades de deudor y acreedor), Etc.

    Existen varios criterios para diferenciar los medios
    extintivos de las obligaciones. Así Planiol y Ripert
    señalan tres criterios. El primero es cuando el acreedor
    obtiene la prestación debida que es el pago. La segunda,
    cuando se reciba satisfacción en otra forma, como
    ocurriría en la dación en pago, la novación,
    la confusión y la compensación. La tercera cuando
    obran por excepción ya sea porque el derecho de ejercerla
    ha perecido como la prescripción, o por que el acreedor
    conciente en la inejecución, como en la
    condonación.

    El pago se debe entender como bien lo explican Colin y
    Capitant, el cumplimiento de la obligación. El pago es el
    hecho de cumplir la obligación, es decir, de realizar la
    prestación que dicha obligación impone el deudor:
    entrega de la cantidad de dinero o del
    objeto debido, realización del hecho prometido. La palabra
    tiene por lo tanto, en el lenguaje
    jurídico, un sentido más comprensivo que en el
    lenguaje
    corriente. Se puede decir que es sinónimo de
    cumplimiento.

    Cuando nuestro Código
    trata del pago se está refiriendo a la ejecución de
    la prestación debida y no únicamente a la
    movilización de dinero.

    El código Alemán utiliza la palabra pago
    en el significado de entrega de dinero y para los demás
    casos usa la palabra ejecución. En el Derecho Italiano el
    pago es indicado como cumplimiento. La expresión pago es
    sinónimo de cumplimiento exacto de la prestación
    debida. El pago o cumplimiento es una exacta y puntual
    ejecución de la prestación convenida, que opera
    como un medio de satisfacción del interés
    del acreedor y como un medio de realización del deudor con
    la lógica
    consecuencia de su liberación. En el pago,
    satisfacción del interés del acreedor, cumplimiento
    del deudor y liberación de éste son estrechamente
    entrelazados.

    CAPÍTULO I

    Aspectos
    metodológicos

    1.1 PROBLEMÁTICA:

    El Código
    Civil Peruano fue promulgado en 1984, habiendo cumplido a la
    fecha ya 25 años de vigencia. En esta oportunidad nos
    ocuparemos de una de las instituciones
    trascendentales del referido cuerpo legal, como es el pago,
    formas de pago, intereses y la mora.

    En lo que respecta al Libro de las
    Obligaciones, algunas instituciones han quedado desfasadas,
    requiriendo por ello de reformas que las actualicen de acuerdo
    con los avances socio-económicos que plantea la realidad
    como una exigencia.

    En ese sentido nos referimos a los efectos de la mora en
    las obligaciones solidarias las cuales requieren un
    replanteamiento conceptual; puntualmente la problemática
    está descrita en el primer párrafo
    del Artículo 1194 del CC, cuyo texto es el
    siguiente: La constitución en mora de uno de los deudores
    o acreedores solidarios no surte efecto respecto a los
    demás.

    A partir de un estudio doctrinario de las instituciones
    relacionadas a las obligaciones solidarias y la mora, buscamos
    una interpretación integral de acuerdo Código
    Civil, para que a partir de ella a través de un
    método
    deductivo-inductivo plantear una enmienda al referido
    Artículo que es materia de la
    problemática.

    1.2 OBJETIVOS:

    • Determinar qué es el pago y
      cuáles son sus formas.

    • Ampliar nuestros conocimientos respecto de la
      Institución del pago, sus efectos, consecuencias, su
      incumplimiento y demás temas relacionados con el
      mismo.

    • Realizar un análisis crítico de la
      institución del pago y sus formas y de ser el caso
      proponer modificatorias, acordes con la realidad
      jurídica nacional.

    CAPÍTULO II

    Antecedentes

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    Partes: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7

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