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El Vaticano: La responsabilidad internacional del Papa (página 2)




Enviado por Marisol Sterling



Partes: 1, 2

La Secretaría de Estado
representa a la Santa Sede en las relaciones diplomáticas
con las potencias extranjeras.

La Guardia suiza Pontificia: se ocupa de la seguridad
interna y de la protección del Papa; la plaza de San Pedro
está sometida a la autoridad de la policía
italiana. Castel Gandolfo, el palacio de verano del Papa en las
afueras de Roma, al igual que otras edificaciones situadas en la
capital italiana pero fuera del Vaticano, está dotado con
el derecho de extraterritorialidad.

Los órganos de gobierno del
Estado de la Ciudad del Vaticano no forman parte de la Curia
Romana, sino que tiene un ordenamiento jurídico
específico (Ley Fundamental del Estado de la Ciudad del
Vaticano
). El segundo al mando del gobierno del Vaticano,
después del Papa, es el Secretario de Estado quien es el
vocero del Papa

La Santa Sede o
Sede Apostólica

La esencia del Estado del Vaticano se fundamenta en su
unión con la Santa Sede, de manera que el Papa esta a la
cabeza de ella, y es el ente central y supremo de la Iglesia
Católica y Jefe del Estado Vaticano. La Doctrina
católica sostiene ambos extremos y predica del Papa una
serie de principios, los
cuales son la Supremacía y plenitud de las potestades del
Régimen (Poder
Legislativo, Ejecutivo y Judicial) y de magisterios (la
función
y autoridad de
enseñar que tienen el Papa -Magisterio Pontificio-). Estos
son algunos principios que sostiene la supremacía de la
sede apostólica (Santa Sede)

  • El Papa tiene derecho a ser universal.

  • Que el titulo es único en el mundo.

  • Que nadie se atreva condenar a quien apele a la sede
    apostólica.

La diplomacia
pontificia

La Iglesia Católica es la única
institución religiosa que puede establecer relaciones
diplomáticas oficiales con otros países miembros
soberanos de la comunidad
internacional.

La Diplomacia Pontificia es el arte y la ciencia por
los que la iglesia y el estado
regulan sus relaciones mutuas por medio de representantes
oficiales y de acuerdo con las normas del
derecho publico eclesiástico y del derecho publico
internacional con el fin de mantener y fomentar una
fructífera armonía entre el bienestar religioso,
moral y social
de los pueblos.

La Iglesia católica viene a significar la
comunión religiosa mundial fundada por cristo que tiene
como cabeza visible al papa, es por eso que la ciudad del
vaticano esta reconocida por el Derecho
internacional como Estado Soberano.

A partir del Congreso de Viena, del año 1815, el
derecho internacional reconoce a la Santa Sede el derecho de
legación, y lo ha ratificado sucesivamente con el Convenio
de Viena, del año 1961.

Algunas menciones históricas, acerca de cómo se
han constituido las relaciones diplomáticas entre los
Estados, pueden ayudar a situar mejor la función de la
legación de la Iglesia.

Antes del siglo XVI, no existían representaciones
diplomáticas estables de un Estado en otros Estados. El
siglo XVI ha visto nacer, en Europa, las
representaciones permanentes, o sea, las Embajadas,
con el fin de favorecer un intercambio, en condición de
coordinar los intereses de un determinado Estado, cuidando "las
relaciones bilaterales entre el Estado acreditado (Estado
que envía) y el Estado receptor (Estado que recibe)". Las
finalidades que perseguian eran y siguen siendo múltiples,
como: evitar las hostilidades, cuidar las relaciones bilaterales,
estimular los intereses económicos, culturales y
militares.

Desde el término de la Segunda Guerra
Mundial, se ha creado y desarrollado una nueva forma de
representaciones, la multilateral, que reviste un carácter permanente, de cada Estado en las
Organizaciones
internacionales.

La
representación diplomática específica de la
Santa Sede en los Estados

El Código
Canónico; es la ley de la
Iglesia. El Código de Derecho Canónico es la
compilación oficial de leyes de la
Iglesia Católica, trata sobre toda materia que se
refiera a la misión de
la Iglesia y a las relaciones entre personas en la misma. Por
ejemplo: normas para la celebración de los sacramentos,
la
organización de la vida religiosa, las obligaciones y
derechos de los
fieles, la
administración de las propiedades de la Iglesia. El
código canónico en su Art. 365 Numeral 1 establece:
"Al Legado pontificio, que ejerce a la vez su legación
ante los Estados según las normas de derecho
internacional, le compete el oficio peculiar de: 1) promover y
fomentar las relaciones entre la Sede Apostólica y las
Autoridades del Estado; 2) tratar aquellas cuestiones que se
refieren a las relaciones entre la Iglesia y el Estado; y, de
modo particular, trabajar en la negociación de concordatos, y otras
convenciones de este tipo, y cuidar de que se lleven a la
práctica."

El camino de la diplomacia de la Iglesia ha sido semejante a
aquel de la diplomacia internacional. En el siglo XVI, la Santa
Sede ha instituido sus primeras representaciones
diplomáticas estables, que ha llamado Nunciaturas
Apostólicas
cumpliendo estas funciones
políticas y eclesiásticas a
través de la persona del
Nuncio, formando así la peculiaridad de la diplomacia de
la Santa Sede.

Las figuras que, actualmente, en nombre de la Santa Sede,
ejercen dichas relaciones diplomáticas son diversas,
recogidas bajo el nombre de Legados
Pontificios. El Código de Derecho Canónico, en el
can. 365 1, prevé que su tarea en los Estados sea la de
proteger los derechos de la Iglesia, siguiendo las normas del
derecho internacional.

Además de los Nuncios, acerca de los cuales ya hemos
especificado la función de representación, tanto en
las Iglesias como en los Estados, existen los enviados de la Sede
Apostólica, que pueden ser "enviados en Misión
pontificia como Delegados u Observadores ante los
Organismos internacionales o ante las Conferencias y
Reuniones"

La Nunciatura es la Misión Diplomática
acreditada por la Santa Sede ante otros Estados o sujetos de
Derecho Internacional, con la misión de mantener y
fomentar las relaciones bilaterales. En la mayoría de los
países católicos se reconoce al Nuncio, sea cual
fuere su antigüedad, la calidad de Decano
del Cuerpo Diplomático; En los países en que no se
reconoce esta calidad, la Santa Sede designa lo que se llama los
Pro Nuncios o Internuncios, enviando "Delegados
Apostólicos" en los países en que no mantiene
relaciones diplomáticas. Y en los organismos
internacionales, la Santa Sede mantiene la práctica de
acreditar Misiones Observadoras.

El Nuncio es por lo general un obispo o arzobispo y si es
nombrado Cardenal cesa de inmediato en sus funciones
diplomáticas. Ello por decisión de la Iglesia y no
por ninguna situación de Derecho o Práctica
Diplomática.

El objetivo de la
diplomacia de la Santa Sede

La actividad diplomática de la Santa Sede, que se
desarrolla en todo el mundo, tiene finalidades espirituales; su
fin comprende todas aquellas cuestiones que afectan el interés
inmediato de la iglesia en sus relaciones con los diversos
estados, esta especialmente relacionada con la salvaguarda y
libre ejercicio de las leyes divinas eclesiásticas, en
amistosa cooperación con el poder civil, a
fin de asegurar a la iglesia la libertad de
acción
en el cumplimiento de su mandato universal a favor de la
humanidad, así mismo para prestar colaboración y el
bienestar internacional basado en la justicia;
porque el objetivo, es
la búsqueda del bien de cada hombre y de la
sociedad.

La función diplomática pontificia está
inspirada en la convicción de que se puede "construir
nuestra existencia y las relaciones entre los pueblos, sobre la
base del respeto y de la
auténtica fraternidad, en la conciencia de que
tal fraternidad supone un Padre común de todos los
hombres" a partir del reconocimiento y la tutela de la
dignidad de la
persona humana, basada en la naturaleza
común a todos, que sobrepasa a las diversas culturas.

Conclusión

Por lo antes expuesto podemos decir que la Santa Sede es
considerada, al menos, en el ámbito internacional, como
uno de los sujetos de derecho internacional
público. Asimismo, que es la única autoridad
que ostenta la iglesia católica, la Santa Sede, es su
autoridad moral y la solidez de sus principios. En consecuencia,
ésta no busca la representación sino una
participación activa en todos los foros internacionales
que estime pertinente, con el fin de llevar el fermento del
evangelio a dichos foros.

De esta forma, la Santa Sede con una atención vigilante, muestra su
preocupación e interés en seguir de cerca los
problemas que
la humanidad debe enfrentar hoy en día, por cierto todos
ellos de la máxima importancia, tales como, el desarme y
la paz, la colaboración internacional en los dominios de
la cultura y de
los graves problemas humanitarios que constituyen el subdesarrollo,
el hambre y los refugiados.

Destacamos también, el interés y la
preocupación con que la Santa Sede ha estado atenta a las
cuestiones relacionadas con la familia,
justicia y el respeto a los derechos inalienables de los hombres,
como son los Derechos Humano.

Sólo nos resta señalar que "la Iglesia
Católica debe estar atenta a los signos de los
tiempos" y tales signos, exigen de ella una participación
activa no solamente en las cuestiones directas y esenciales
vinculadas al espíritu y a la fe, sino que en aquellas
otras, ciertamente más contingentes que parecen ser el
rasgo distintivo de nuestros tiempos.

Pues la diplomacia estimula, por lo tanto, la construcción de la casa común. En
perseguir tal objetivo, "la diplomacia es en cierto modo, el
arte de la esperanza
, vive de la esperanza y busca discernir
aun los signos más débiles. La diplomacia tiene que
dar esperanza". Una esperanza que procede, no de teorías, sino de la certeza, que nace del
hecho de que Dios se ha hecho hombre: la Esperanza se ha
encarnado y "ha venido a vivir en el mundo, en el corazón de
la familia
humana".

 

 

 

Autor:

Marisol Sterling

Pablo E. Solano

Elio Soto

Abril-2009

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION SUPERIOR

UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL "ROMULO
GALLEGOS"

AREA DE CIENCIAS
POLITICAS Y JURIDICAS

PROGRAMA MUNICIPALIZADO DE DERECHO

FUNDACION MISION SUCRE

ALDEA UNIVERSITARIA "Mercedes de Perez Freites"
(MPF)

Barcelona-Edo. Anzoátegui

Unidad Curricular: Principio Constitucional y
Comparado

Prof: Dra. Mirian Tuche

Partes: 1, 2
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