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Economía: Glosario de Términos económicos (página 3)



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ARANCEL DISCRIMINATORIO Impuesto a
la importación que se establece a nivel
diferente de otros comparables, para impedir la entrada de una
mercancía de un determinado país de
origen.

ARBITRAJE BURSATIL Operación
bursátil que se realiza cuando un mismo valor opera en
dos mercados
diferentes a precios
distintos, para comprar donde esté a un precio menor y
vender a donde el precio sea mayor y viceversa.

AREA DE RESPONSABILIDAD
Departamento, centro o nivel jerárquico de administración, dirección y ejecución del trabajo,
organizado para intervenir directamente en la formulación
de objetivos y en
la comparación de los mismos con los resultados obtenidos,
con el objeto de establecer su responsabilidad en las desviaciones habidas por
distintos conceptos y causas.

AREAS DE RESPONSABILIDAD, ADMINISTRACION
POR
Enfoque de administración en el cual se analiza y
cuantifica la responsabilidad (obligación de

una persona de
desempeñar lo mejor posible las funciones que se
le asignen), identificando la actuación con los resultados
obtenidos. Permite que las operaciones se
registren y se informe por
niveles de responsabilidad dentro de la
organización.

AREAS DE RESPONSABILIDAD, CONTABILIDAD
POR
Es aquélla que clasifica la información contable y estadística de las actividades de una empresa, de
acuerdo con la autoridad y
responsabilidad de los gerentes o los responsables de ellas. Es
una técnica que sirve para controlar los ingresos,
costos y
gastos, tomando
en consideración las responsabilidades asignadas a cada
funcionario o supervisor de área o
departamento.

AREAS ESTRATEGICAS Y PRIORITARIAS DEL
SECTOR PUBLICO
Son aquellas actividades económicas que
por su naturaleza
cumplen una función
impulsora y dinamizadora del sistema
económico general, y que por lo mismo forman un
ámbito cuyo control
está reservado exclusivamente al Estado para
garantizar su explotación y uso racionales. Los
artículos 27 y 28 de la Constitución Política de los
Estados Unidos
Mexicanos establecen las áreas estratégicas y
prioritarias reservadas al Estado Mexicano.

ARQUEO DE CAJAEs el corte de caja
complementado con el recuento o verificación de las
existencias en efectivo y de los documentos que
forman parte del saldo de la cuenta respectiva, a una fecha
determinada.

ARRENDADORAS FINANCIERAS Son
organizaciones
que mediante un contrato de
arrendamiento
se obligan a adquirir determinados bienes y a
conceder su uso o goce temporal a plazo forzoso a una persona
física o
moral,
obligándose ésta a realizar pagos parciales por una
cantidad que cubra el costo de
adquisición de los bienes, los gastos financieros y otros
gastos conexos, para adoptar al vencimiento
del contrato cualquiera de las tres opciones siguientes: a)
comprar el bien a un precio inferior a su valor de
adquisición, fijado en el contrato, o inferior al valor de
mercado; b)
prorrogar el plazo del uso o goce del bien, pagando una renta
menor; c) participar junto con la arrendadora de los beneficios
que deje la venta del bien,
de acuerdo a las proporciones y términos establecidos en
el contrato.

ARRENDAMIENTO Cesión de una
persona (arrendadora) a otra (arrendatario), del uso de un bien
mueble o inmueble, terreno, edificio, automóvil,
maquinaria o de una parte de uno o de otro, durante un periodo
especificado de tiempo a
cambio de una
renta u otra compensación.

ARRENDAMIENTO A LARGO PLAZO
Obligación por el alquiler de propiedad,
mueble o inmueble que cubre un largo periodo de años. En
su uso actual, ese término no sólo se aplica al
arrendamiento obligatorio u ordinario, sino también a los
contratos de
renta y arrendamiento con opción de compra y a los
contratos que se asemejan a los de arrendamiento, pero que de
hecho son compras a plazo.
Debido a la importancia y el carácter frecuentemente complicado de este
tipo moderno de financiamiento, los estados financieros que
contienen estas partidas se complementan con notas
detalladas.

ARRENDAMIENTO FINANCIERO Es el
contrato por virtud del cual se otorga el uso o goce temporal de
bienes tangibles, siempre que se cumpla con los siguientes
requisitos: 1.- que se establezca un plazo forzoso que sea igual
o superior al mínimo para deducir la inversión en los términos de las
disposiciones fiscales o cuando el plazo sea menor, se permita a
quien recibe el bien, que al término del plazo ejerza
cualquiera de las siguientes opciones: a) transferir la propiedad
del bien objeto del contrato mediante el pago de una cantidad
determinada, que deberá ser inferior al valor del mercado
del bien al momento de ejercer la opción; b) prorrogar el
contrato por un plazo determinado durante el cual los pagos
serán por un monto inferior al que se fijó durante
el plazo inicial del contrato; y c) obtener parte del precio por
la enajenación a un tercero del bien objeto
del contrato; 2.- que la contraprestación sea equivalente
o superior al valor del bien al momento de otorgar su uso o goce;
y 3.- que se establezca una tasa de
interés aplicable para determinar los pagos y el
contrato se celebre por escrito.

ARRENDAMIENTO PURO Operación
por contrato que establece el uso o goce temporal de un bien, con
la característica de que no existe opción de compra
al término de la vigencia del contrato. Por lo tanto, la
arrendadora no contrae obligación alguna de enajenar el
bien, ni de hacerle partícipe al arrendatario del importe
de la venta que se haga del bien a un tercero. En el caso de que
al término del contrato exista un contrato de compra-venta
del bien entre el arrendador y el arrendatario, el bien
tendrá que ser enajenado al valor comercial o de
mercado.

ASAMBLEA DE ACCIONISTAS
Reunión de los accionistas de una empresa que
señala la Ley General de
Sociedades
Mercantiles en forma ordinaria o extraordinaria. Para que se
pueda celebrar la ordinaria, es necesario que se reúnan
los accionistas que posean, por lo menos, la mitad del capital social
y para la extraordinaria son necesarias las tres cuartas partes
representativas del capital.

ASIENTO COMPUESTO Aquél en
que hay varias cuentas deudoras,
varias acreedoras o a la vez varias deudoras y
acreedoras.

ASIENTO CONTABLE
Registro de una operación real o virtual en el
libro
correspondiente. Registro de las
operaciones
financieras y presupuestarias ejercidas que se realiza en los
libros
autorizados a las dependencias y entidades del Gobierno
Federal.

ASIENTO CORRELATIVO El que se hace
para relacionar los movimientos deudores o acreedores de una o
varias cuentas para que sean recíprocos. ASIENTO DE
AJUSTE
El que se hace para igualar varias cuentas o para
conciliar una cuenta con otra, o bien para que indique su saldo
verdadero en la fecha del estado de situación
financiera.

ASIENTO DE APERTURA Aquél con
que se inicia el registro de las operaciones de una empresa. Es
el balance inicial registrado como asiento, en los libros
contables.

ASIENTO DE CAJA El que debe anotarse
o se encuentra anotado en el libro de caja.

ASIENTO DE CIERRE Registro que se
realiza al final del ejercicio, el cual sirve para liquidar todas
las cuentas (activo, pasivo y capital) que muestren saldo; para
que las mismas queden saldadas se requiere acreditar el saldo que
tengan las cuentas de activo y cargar el saldo que tengan las de
pasivo y capital.

ASIENTO DE COMPLEMENTO El que se
hace para incluir en una o varias cuentas todo el movimiento que
corresponda a un periodo determinado.

ASIENTO DE CONCENTRACION El que
sirve para asentar en resumen, un conjunto de cargos y abonos
tomados de un libro de primera entrada.

ASIENTO DE DIARIO Registro de un
libro diario, de cargos y abonos iguales, con una
explicación de la transacción, cuando el caso lo
requiere.

ASIENTO DE MAYOR El que debe
anotarse o se encuentra anotado en el libro mayor.

ASIENTO DE TRASPASO Aquél que
tiene por objeto trasladar ciertas partidas de una o varias
cuentas a otra u otras. En la contabilidad bancaria un asiento de
traspaso significa "asiento de diario".

ASIENTO VIRTUAL Aquél que se
formula sin haberse recibido ni entregado materialmente nada,
pero que es necesario para que las cuentas respectivas arrojen su
saldo verdadero. Los "asientos de complemento" se consideran
dentro de esta clasificación.

ASIENTOS DE AJUSTE Son los registros
requeridos al final de un periodo para actualizar las cuentas
antes de la preparación de los estados
financieros. Los asientos de ajuste sirven para prorratear
adecuadamente ciertas transacciones entre los periodos contables
afectados y para registrar aquellos ingresos devengados o los
gastos que no han podido registrarse con anterioridad al cierre
del periodo.

ASIENTOS EN AUXILIARES Son los
registros que deben anotarse o se encuentran anotados en libros
auxiliares.

ASIGNACION Es el importe previsto en
partidas, guiones, subguiones y/o incisos presupuestarios
destinados a sufragar las erogaciones que según el objeto
del gasto les corresponde.

ASIGNACION MODIFICADA Importe de la
asignación original, más o menos los importes de
las afectaciones presupuestarias que pueden ser compensadas o
líquidas. Se le denomina también como
asignación neta o presupuesto
modificado.

ASIGNACION ORIGINAL Importe
consignado en el Presupuesto de Egresos de la Federación
aprobado por la H. Cámara de Diputados.

ASIGNACION PRESUPUESTARIA Importe
destinado a cubrir las erogaciones previstas en programas,
subprogramas, proyectos y
unidades presupuestarias, necesarias para el logro de los
objetivos y metas programadas. Esta se divide en
asignación original y asignación
modificada.

ASOCIACION Contrato en virtud del
cual varios individuos convienen en reunirse de manera permanente
para realizar un fin común que no esté prohibido
por la ley y que no tenga carácter preponderantemente
económico. La palabra asociación tiene un doble
significado: el lato y el restringido. El significado lato
comprende toda agrupación de personas físicas,
realizada con un cierto propósito de permanencia para el
cumplimiento de una finalidad cualquiera, de un interés
común para los asociados, siempre que sea lícito.
El significado restringido de la palabra asociación se
entiende, a su vez, de dos maneras, como asociación de
interés público y como asociación de
interés privado. Acción
de formar una compañía llevando a cabo las
formalidades legales necesarias.

ASOCIACION LATINOAMERICANA DE
INTEGRACION (ALADI)

Asociación creada en 1980, para sustituir a la ALALC
(Asociación Latinoamericana de Libre Comercio),
cuyo principal objetivo es
impulsar la integración y desarrollo
económico de los países miembros. Está
constituida por once naciones latinoamericanas: Argentina,
Bolivia,
Brasil,
Colombia, Chile,
Ecuador,
México,
Paraguay,
Perú, Uruguay y
Venezuela. Las
funciones básicas de la ALADI son: promover y regular el
comercio en
forma recíproca entre los países de la
región; buscar la complementación económica
entre los países miembros; y desarrollar acciones de
cooperación que contribuyan a la ampliación de los
mercados nacionales.

ASUNCION DE LA DEUDA (ASUNCION DE
PASIVO)
Mecanismo a través del cual el Gobierno
Federal asume como propios, para su pago, el conjunto de
empréstitos de terceros a entidades de la
Administración Pública Paraestatal, con el fin
de sanear su estructura
financiera. No constituye un requerimiento de efectivo y
sí un doble registro de ingreso-gasto, ya que al ser
autorizado, se registra virtualmente un financiamiento y una
aportación del Sector Central, así como una
amortización y una aportación al
patrimonio de
la entidad beneficiada.

AUDITOR Persona capacitada y
designada por parte competente, para examinar determinadas
cuentas e informar o dictaminar acerca de ellas. Originalmente la
palabra que se define significa "oidor" u "oyente". El origen de
su uso en la contaduría puede encontrarse en épocas
remotas en Inglaterra,
cuando pocas personas sabían leer y las cuentas de los
grandes propietarios eran "oídas" (escuchadas) en vez de
ser examinadas como se hace en la actualidad.

AUDITOR INTERNO Es responsable de la
dirección y conducción de la auditoría
interna de una dependencia o entidad.

AUDITORIA Es el examen objetivo y
sistemático de las operaciones financieras y
administrativas de una entidad, practicado con posterioridad a su
ejecución y para su evaluación. Revisión, análisis y examen periódico
que se efectúa a los libros de contabilidad, sistemas y
mecanismos administrativos, así como a los métodos de
control
interno de una organización administrativa, con el objeto
de determinar opiniones con respecto a su
funcionamiento.

AUDITORIA ADMINISTRATIVA Es una
revisión sistemática y evaluatoria de una entidad o
parte de ella, que se lleva a cabo con la finalidad de determinar
si la organización está operando eficientemente.
Constituye una búsqueda para localizar los problemas
relativos a la eficiencia dentro
de la organización. La auditoría
administrativa abarca una revisión de los objetivos,
planes y programas de la empresa; su
estructura orgánica y funciones; sus sistemas, procedimientos y
controles; el personal y las
instalaciones de la empresa y el medio en que se desarrolla, en
función de la eficiencia de operación y el ahorro en los
costos. La auditoría administrativa puede ser llevada
a cabo por el licenciado en administración de empresas y otros
profesionales capacitados, incluyendo al contador público
adiestrado en disciplinas administrativas, o respaldado por otros
especialistas. El resultado de la auditoría administrativa
es una opinión sobre la eficiencia administrativa de toda
la empresa o parte de ella.

AUDITORIA CONTINUA Cualquier
auditoría de trabajo detallado que se hace continuamente o
a ciertos intervalos durante un ejercicio fiscal, con el
objeto de descubrir y corregir, antes de finalizar
el ejercicio, procedimientos ineficaces o erróneos,
reduciendo en esta forma el trabajo del
auditor externo al cierre del ejercicio.

AUDITORIA DE BALANCE
Revisión, por un contador público, de los registros
de contabilidad de una empresa y de sus métodos internos
de control, que sirve a dicho profesional para expresar su
opinión acerca de los estados financieros de
aquélla. Entre los objetivos principales de una
auditoría de balance, se encuentran los siguientes
directamente relacionados con los estados financieros que
examina: certeza de que no se omitió alguna partida de
importancia del activo, del pasivo, o del capital; que las
declaraciones informativas son razonablemente correctas y no
fueron incluidas en los estados con la intención de
dificultar la interpretación de éstos; que el
activo que se muestra a la
fecha del balance es realmente de la empresa y el pasivo
representa sus obligaciones
reales o contingentes; que las partidas del capital se
clasificaron correctamente conforme a su naturaleza; que el
superávit se analizó en sus componentes
principales; y que el estado de
ingresos y gastos refleje razonablemente los resultados de las
operaciones por el periodo indicado.

AUDITORIA DE CAJA Examen limitado a
las operaciones de caja (dinero en
efectivo y cuentas de cheques con
los bancos) durante
el periodo determinado, llevada a cabo con el fin de cerciorarse
de que todo el dinero recibido ha sido debidamente asentado en
las cuentas y de comprobar que todos los pagos han sido
autorizados y registrados en modo apropiado. La auditoría
de caja implica un trabajo detallado, pero limitado en cuanto a
su programa, ya
que se refiere exclusivamente a la fuente de origen de los
ingresos y a la naturaleza de los egresos, con objeto de
comprobar su exactitud. Además de la verificación
de ingresos y egresos, incluye la comprobación material de
las existencias en caja por medio de un arqueo y la
confirmación directa de los saldos en cuenta de cheques,
por medio de correspondencia con las respectivas instituciones
bancarias. Una auditoría de esta especie determina las
responsabilidades de las personas encargadas del manejo de
fondos, en caso de que las hubiera.

AUDITORIA DE OBRA PUBLICA Se orienta
a verificar el cumplimiento de los programas de obra
pública; la correcta aplicación del presupuesto
asignado, en términos de eficiencia, economía y honradez; la observancia de las
disposiciones legales aplicables en la materia; la
comprobación del cumplimiento a los programas de obra
establecidos en el contrato; la revisión de que las obras
contratadas se inicien y concluyan en las fechas pactadas; y que
se supervisen en todas las fases conforme a las normas y
procedimientos que al efecto se establezcan, entre otros
aspectos.

AUDITORIA DE RESULTADO DE PROGRAMAS
Examen para verificar si las actividades de las dependencias y
entidades del Sector
Público se realizaron con oportunidad, para el logro
de los objetivos y metas programadas en relación con el
avance del ejercicio presupuestario.

AUDITORIA DE SISTEMAS Está
dirigida a evaluar los sistemas y procedimientos de uso en una
empresa, con el propósito de determinar si su diseño
y aplicación son correctos; y comprobar el sistema de
procesamiento de información como parte de la
evaluación de control interno; así como para
identificar aspectos susceptibles de mejorarse o
eliminarse.

AUDITORIA ESPECIAL La que se lleva a
cabo con una finalidad distinta a la de dictaminar los estados
financieros de fin de ejercicio. En una auditoría de este
tipo, puede ser necesario comprobar detalladamente las
operaciones o bien puede ser suficiente llevar a cabo pruebas
selectivas de ciertas partes de la contabilidad. Generalmente
este tipo de auditoría implica el examen y
comprobación particular de alguna cuenta o
cuentas.

AUDITORIA EXTERNA Revisión,
análisis y examen contable y de control general practicado
por un contador público independiente, ajeno a empresas
privadas y a las entidades de la Administración
Pública Federal.

AUDITORIA FINANCIERA Examen y
comprobación de las operaciones, registros, informes y los
estados financieros de una entidad correspondientes a determinado
periodo, la determinación de las disposiciones legales,
políticas y otras normas aplicables, y la
revisión y evaluación del control interno
establecido. Revisión, análisis y examen de las
transacciones, operaciones y requisitos financieros de una
entidad con objeto de determinar si la información
financiera que se produce es confiable, oportuna y
útil.

AUDITORIA GUBERNAMENTAL
Revisión y examen que llevan a cabo la Secretaría
de Contraloría y Desarrollo
Administrativo y la Contaduría Mayor de Hacienda a las
operaciones de diferente naturaleza, que realizan las
dependencias y entidades del Gobierno Federal, Estatal y
Municipal en el cumplimiento de sus atribuciones.

AUDITORIA INTEGRAL Revisión
global de las actividades financieras, contables y
administrativas que realizan las dependencias y entidades de la
Administración
Pública Federal, que incluye auditoría
financiera, operacional, de resultados de programas y de legalidad.

AUDITORIA INTERNA Revisión,
análisis y examen que se efectúa a los controles y
la contabilidad de una entidad, con objeto de diagnosticar y
evaluar su funcionamiento, proporcionando información que
apoye el resultado de la gestión, practicado por personal
perteneciente a la propia entidad.

AUDITORIA OPERACIONAL Es una
revisión y evaluación parcial o total de las
operaciones y procedimientos adoptados en una empresa, con la
finalidad principal de auxiliar a la dirección a eliminar
las deficiencias por medio de la recomendación de medidas
correctivas. Comprende además de la financiera, el examen
y evaluación de la planeación, organización,
dirección y control interno administrativo; de la
eficiencia, eficacia y
economía con que se han empleado los recursos humanos,
materiales y
financieros; y de los resultados de las operaciones programadas
para saber si se han logrado o no los objetivos
propuestos.

AUDITORIA PRESUPUESTARIA Proceso de
examen y revisión en detalle de las actividades de
gobierno para verificar la eficiencia, honestidad y
legalidad con que se emplean los recursos del Estado.

AUMENTO DE PASIVO Significa un
incremento en las obligaciones de la entidad y puede tener su
origen en tres causas principales: a) aumento del activo; b)
disminución del capital; y c) sustitución del mismo
pasivo.

AUMENTO NETO DE LA DEUDA Diferencia
existente entre la colocación de los nuevos
empréstitos o aumentos en el pasivo fijo, y la
amortización en efectivo o con otros activos asignados
para el pago de la deuda en un mismo año. También
se le conoce como endeudamiento neto.

AUMENTO NETO DE LAS CUENTAS POR
PAGAR
Incremento contable de los adeudos. Diferencia entre el
valor de los bienes y servicios
comprados y los pagos hechos por esos conceptos durante el
ejercicio, así como los pagos recibidos a título de
anticipo por las ventas de
bienes y servicios y la diferencia entre los intereses devengados
y las cantidades pagadas por concepto de
intereses de las obligaciones que el sector del gobierno central
adeuda a otros sectores, salvo en los casos en que tales
intereses se agreguen a la obligación
respectiva.

AUMENTOS DE ACTIVO Adición de
bienes que posee una entidad. Esta adición puede derivarse
por tres motivos: a) capitalización de beneficios; b)
aumento del pasivo (ejemplo: compra de mercancías a
crédito); y c) disminución del mismo
activo (compra en efectivo).

AUMENTOS DE CAPITAL Incrementos de
las acciones de una empresa. Estos pueden originarse por : a)
aumentos en el capital; b) conversión de capital contable
a capital social; y c) combinación de los dos casos
anteriores.

AUTOEVALUACION Es la herramienta
más práctica con que cuenta una dependencia o
entidad para conocer los avances y las desviaciones de sus
objetivos, planes y programas, sobre todo de la operatividad de
aquellas acciones que se emprenden con la finalidad de mejorar la
funcionalidad de los sistemas y procesos que
regulan el quehacer de la propia entidad. Revisión
detallada y periódica del propio responsable de las
acciones emprendidas para mejorar el funcionamiento de
determinada área, unidad, órgano, sistema o
procedimiento,
a fin de medir el grado de eficiencia, eficacia y congruencia en
su operación.

AUTONOMIA DE GESTION Mayor margen de
maniobra otorgado a las empresas públicas que les permite
tener más agilidad para adecuarse a las nuevas
circunstancias para el desarrollo pleno de la capacidad gerencial
de los niveles de dirección, reformulando el sistema de
relaciones existentes entre el sector central y el paraestatal.
Proceso mediante el cual las empresas públicas deciden
responsablemente la adquisición o enajenación de
productos, el
ejercicio de los recursos propios, su estructura administrativa y
los niveles de remuneración del personal cuya
fijación no sea competencia de
otras instancias, para cumplir más eficaz y eficientemente
con los objetivos estratégicos que le asigna el Estado.
Supone el desarrollo de un sistema de evaluación que pone
énfasis en los resultados, para lo cual es necesario
establecer indicadores de
gestión. De esta forma, la evaluación se convierte
en apoyo sustancial de las funciones de
dirección.

AUTORIDAD Atribución
conferida por la ley a ciertas personas, para que éstas
puedan ejercer la función de mando, encaminada a lograr el
cumplimiento de la ley o funciones de las
instituciones.

AUTORIDAD FISCAL Dícese del
representante del poder
público que está facultado para recaudar impuestos,
controlar a los causantes, imponer sanciones previstas por el
Código
Fiscal, interpretar disposiciones de la ley, etc.

AUTORIDAD RECAUDADORALa constituyen
las unidades del Servicio de
Administración Tributaria que comprende las aduanas y
oficinas de este órgano desconcentrado de la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público,
las autoridades fiscales de las entidades federativas
coordinadas, los organismos descentralizados y bancos comerciales
competentes para recaudar la contribución federal de que
se trate, para llevar a cabo el procedimiento administrativo de
ejecución. Las autoridades recaudadoras federales son de
conformidad con la Ley del Servicio de la Tesorería de la
Federación y la Ley del Servicio de Administración
Tributaria las encargadas de los servicios de
"recaudación", provenientes de la aplicación de la
Ley de Ingresos de la Federación y de otros conceptos que
deba percibir el Gobierno Federal.

AUTORIDADES ADMINISTRADORAS Son las
autoridades fiscales de la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público, de las entidades federativas
coordinadas y de los organismos descentralizados, competentes
para conceder la autorización de que se trate.

AUTORIZACION DE CARGO Documento
presupuestario que se usa cuando hay necesidad de gravar el
presupuesto de egresos, sin que materialmente exista
erogación de fondos públicos. Operación a
través de la cual se realizan prestaciones
de servicios de una entidad a otra, sin que efectúen
erogaciones efectivas que signifiquen una disminución de
sus asignaciones presupuestarias.

AUTORIZACION DE CREDITO Otorgamiento
de anuencia de la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público a las solicitudes para contratar créditos, presentados por los organismos
descentralizados, empresas de participación estatal
mayoritaria y los fideicomisos creados por el Gobierno Federal.
AUTORIZACION DEFINITIVADocumento mediante el cual la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
autoriza la inversión física a las dependencias y
entidades. Esta autorización se da a nivel de programa,
subprograma y proyecto
(prioritario o estratégico). Por lo que se refiere a estos
últimos se considera tanto los que hayan sido objeto de
autorización especial, y que pudieran ser modificados o no
durante el proceso de sanción legislativa del Presupuesto
de Egresos de la Federación, como los no incluidos en esta
fase.

AUTORIZACION ESPECIAL Documento
mediante el cual la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público autoriza la inversión
física y tiene por objeto que las dependencias y entidades
puedan comprometer anticipadamente recursos para proyectos nuevos
o en proceso, considerados como estratégicos o
prioritarios a efecto de asegurar la oportunidad o continuidad de
las obras o de las adquisiciones. Esta autorización se
originó con base en el acuerdo conocido como de "secas".
AVALGarantía total o parcial de pago prestada por
un tercero, que se obliga solidariamente con el deudor, para el
caso de que éste no lo realice. El aval se hace constar en
los propios títulos de crédito o bien en un oficio,
contrato o cualquier otro instrumento, en forma genérica.
La obligación contraida por alguno de los signatarios de
un título de crédito o por un extraño, de
pagar dicho título en todo o en parte, en defecto de
alguno de los obligados en el título mismo. El aval se
hace constar en el propio documento o en hoja que se le adhiera.
Se expresa con la fórmula "por aval", u otra equivalente y
debe llevar la firma de quien lo presta. Legalmente, la sola
firma en el documento puede tenerse como aval, en algunos
casos.

AVALISTA Persona que otorga el aval.
Para efectos de la deuda
pública el avalista oficial es la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público.

AVALUO Estimación o dictamen
pericial que se hace del valor o precio de una cosa.

AVALUO CATASTRAL La valuación
oficial de un inmueble para fines de contribuciones
prediales.

AVANCE FINANCIERO Reporte que
permite conocer la evolución y ejercicio del gasto
público en un periodo determinado para su
evaluación.

AVANCE FISICOReporte que permite
conocer en una fecha determinada el grado de cumplimiento en
términos de metas que van teniendo cada uno de los
programas de la Administración Pública y que
posibilita a los responsables de los mismos conocer la
situación que guardan durante su
ejecución.

AVANCE FISICO FINANCIERO Reporte que
permite conocer los resultados de las metas programadas en
relación con los recursos del gasto utilizados en un
periodo determinado.

AVISO DE CARGO Operación a
través de la cual se realizan funciones de
regularización y pago de las operaciones efectuadas con
cargo al Presupuesto de Egresos de la
Federación.

AVISO DE PAGO Cuenta por liquidar
certificada sin previa radicación de orden de pago, cuya
finalidad es justificar las erogaciones que se cubran con cargo a
las partidas que al efecto autorice la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público.

AVISO DE REINTEGRO (DOCUMENTO
MULTIPLE)
Modalidad del documento múltiple, por medio
del cual las dependencias reintegran recursos presupuestarios a
la Tesorería de la Federación, o a las
instituciones bancarias con abono al Presupuesto de Egresos de la
Federación, por concepto de pagos en demasía o
indebidos.

AYUDASAsignaciones que la
Administración Pública Federal otorga a los
diferentes sectores de la población e instituciones sin fines de
lucro, en forma directa o mediante fondos y fideicomisos. Incluye
las asignaciones que el Gobierno Federal destina para apoyar a la
población. Es el traslado de recursos en dinero o en
especie que recae directamente en los individuos o familias para
incrementar su ingreso disponible.

AYUDAS A LOS SECTORES SOCIAL Y
PRIVADO

Agrupa las asignaciones corrientes que
otorga la Administración Pública Central sin
contraprestación alguna, ya sea en forma directa o
mediante fondos fideicomitidos, a los sectores social y privado y
al exterior.

Son los recursos que se otorgan con el
objeto de financiar la adquisición de activos fijos y/o
apoyar la liquidación de pasivos, a algunas entidades que
laboren con fines de utilidad
pública y cuyos ingresos son insuficientes para mantener
sus servicios.

B

BAJO LA PAR

Expresión utilizada en
títulos de crédito especialmente en los emitidos en
serie, cuando su valor efectivo es inferior a su valor nominal,
bien sea en el momento de su emisión o posteriormente, en
su negociación.

Se dice con referencia a los títulos
de crédito que se cotizan con descuento sobre su valor
nominal.

BALANCE DE LA RENTA
NACIONAL

Es un apartado del balance de una
economía nacional, que registra el movimiento de los
ingresos, desde la formación de los mismos como resultado
de la realización de la producción, hasta su distribución entre los distintos sectores
económicos.

BALANCE DICTAMINADO

Estado financiero que se acompaña
del dictamen de un contador público titulado; dictamen que
consiste en la opinión emitida por el profesional de
referencia en cuanto si el balance presenta de una manera
razonable la situación financiera de la empresa, conforme
a principios de
contabilidad generalmente aceptados. A este estado se le
denomina también estado de situación financiera
dictaminado.

BALANCE ECONOMICO

Resultado positivo (superávit), o
negativo (déficit), de la confrontación entre los
ingresos y los egresos del Gobierno Federal y de las entidades
paraestatales de control presupuestario directo e indirecto. El
balance económico se divide en presupuestario y
extrapresupuestario.

BALANCE FINANCIERO O BALANCE DEL SECTOR
PÚBLICO

Resultado que se obtiene de sumar el
balance económico y el resultado del uso de recursos para
financiar a los sectores privado y social (déficit o
superávit por intermediación
financiera).

Resultado que se obtiene de sumar al
balance del Gobierno Federal, el déficit o
superávit de las entidades paraestatales de control
presupuestario directo e indirecto y el resultado del uso de
recursos para financiar a los sectores privado y
social.

BALANCE GENERAL

Es el estado básico demostrativo de
la situación financiera de una empresa, a una fecha
determinada, preparado de acuerdo con los principios
básicos de contabilidad gubernamental que incluye el
activo, el pasivo y el capital contable.

BALANCE GENERAL
COMPARATIVO

Estado financiero en el que se comparan los
diferentes elementos que lo integran en relación con uno o
más periodos, con el objeto de mostrar los cambios
ocurridos en la posición financiera de una empresa y
facilitar su análisis.

BALANCE GENERAL
CONSOLIDADO

Es aquél que muestra la
situación financiera y resultados de operación de
una entidad compuesta por la compañía tenedora y
sus subsidiarias, como si todas constituyeran una sola unidad
económica.

Se formula sustituyendo la inversión
de la tenedora en acciones de compañías
subsidiarias, con los activos y pasivos de éstas,
eliminando los saldos y operaciones efectuadas entre las
distintas compañías, así como las utilidades
no realizadas por la entidad.

BALANCE GENERAL
ESTIMATIVO

Es un estado financiero preparado con
datos
preliminares, que usualmente son sujetos de
rectificación.

BALANCE GENERAL PROFORMA

Estado contable que muestra cantidades
tentativas, preparado con el fin de mostrar una propuesta o una
situación financiera futura probable.

BALANCE, METODOS DE PRESENTACION
DEL

La presentación de las diferentes
cuentas que integran el balance se puede realizar en
función de su orden creciente o decreciente de liquidez.
El método es
creciente cuando se presentan primero los activos de mayor
liquidez o disponibilidad y a continuación en este orden
de importancia las demás cuentas. Se dice que el balance
está clasificado en orden de liquidez y de exigibilidad
decreciente, cuando los activos inmovilizados se presentan
primero y finalmente, observando ese orden los activos
realizables o corrientes.

BALANCE OPERACIONAL FINANCIERO DEL
SECTOR PÚBLICO

Estado que muestra las operaciones
financieras de ingresos, egresos y déficit de las
dependencias y entidades del Sector Público Federal
deducidas de las operaciones compensadas realizadas entre ellas.
La diferencia entre gastos e ingresos totales genera el
déficit o superávit económico.

BALANCE PRESUPUESTARIO

Saldo que resulta de comparar los ingresos
y egresos del Gobierno Federal más los de las entidades
paraestatales de control presupuestario directo.

BALANCE PRIMARIO DEL SECTOR
PÚBLICO

El balance primario es igual a la
diferencia entre los ingresos totales del Sector Público y
sus gastos totales, excluyendo los intereses. Debido a que la
mayor parte del pago de intereses de un ejercicio fiscal
está determinado por la acumulación de deuda de
ejercicios anteriores, el balance primario mide el esfuerzo
realizado en el periodo corriente para ajustar las finanzas
públicas.

BALANZA COMERCIAL

Es la parte de la balanza de pagos
que contempla las importaciones y
exportaciones de
mercancías o bienes tangibles. Se utiliza para registrar
el equilibrio o
desequilibrio en el que se encuentran estas transacciones
respecto al exterior y se expresan en déficit o
superávit; el primero cuando son mayores las
importaciones; y el segundo cuando son mayores las
exportaciones.

BALANZA DE COMPROBACION

Es un estado contable que se formula
periódicamente, por lo general al fin de cada mes, para
comprobar que la totalidad de los cargos es igual a la totalidad
de los abonos hechos en los libros durante cierto periodo. La
"balanza" casi siempre contiene los siguientes datos: a) folios
de las cuentas; b) nombres de éstas; c) saldos deudores y
acreedores debidamente clasificados; y d) sumas de saldos
deudores y acreedores, las cuales deben ser iguales entre
sí.

Conjunto de datos que arroja el libro mayor
antes de que se registren los asientos de liquidación de
cuentas de los presupuestos y
de resultados de cada uno de los siguientes grupos: erario,
administración e inventario. La
forma contiene tres grandes divisiones: a) cuentas,
números y títulos de las mismas; b) movimientos,
subdivisiones y cuentas generales, cada una con dos columnas que
corresponden a "debe" y "haber"; y c) saldos, subdivisiones y
cuentas generales, cada una con dos columnas correspondientes a
"deudores" y "acreedores". En consecuencia, es la lista o
extracto de saldos o total de los débitos y de los
créditos de las cuentas de un mayor que tiene por objeto
determinar la igualdad de
cargos y abonos asentados y fijar un resumen básico para
los estados financieros.

BALANZA DE PAGOS

Registro sistemático de todas las
transacciones económicas efectuadas entre los residentes
del país que compila y los del resto del mundo. Sus
principales componentes son la cuenta corriente, la cuenta de
capital y la cuenta de las reservas oficiales. Cada
transacción se incorpora a la balanza de pagos como un
crédito o un débito. Un crédito es una
transacción que lleva a recibir un pago de extranjeros; un
débito es una transacción que lleva a un pago a
extranjeros.

Las transacciones económicas que se
incluyen en la balanza de pagos son: las operaciones de bienes y
servicios y renta entre una economía y el resto del mundo;
los movimientos de activos y pasivos financieros de esa
economía con el resto del mundo; los traspasos de
propiedad y otras variaciones de oro monetario;
los derechos
especiales de giro (DEG); y las transferencias
unilaterales.

BALANZA DE RENTA

Pagos a factores de la producción,
que por definición no acarrea ninguna
transformación, antes de convertirse en renta o ingreso de
sus propietarios; intereses devengados por depósitos
bancarios, títulos de la deuda y otros préstamos y
dividendos percibidos por participación del capital,
utilidades reinvertidas y crédito a la inversión
directa.

BALANZA DE SERVICIOS

Es el registro sistemático del total
de pagos realizados por los servicios de los residentes de un
país a los del exterior, y los que éstos a su vez
cubrieron. A estos ingresos y egresos también se les
denomina importaciones y exportaciones de servicios.

BALANZA EN CUENTA
CORRIENTE

Esta cuenta agrupa los bienes, servicios,
rentas y transferencias netas unilaterales efectuadas mediante
transacciones bilaterales o unilaterales con el exterior en un
período determinado. Cabe señalar que en las
transferencias netas unilaterales se incluyen las corrientes y
las de capital. Sin embargo es útil separar las
transferencias corrientes de las transferencias de capital, ya
que las primeras permiten determinar el ingreso nacional
disponible y las segundas el ahorro.

BALANZA EN LA CUENTA DE
CAPITAL

La cuenta de capital registra
básicamente cambios en los activos y pasivos financieros
internacionales que permiten determinar la formación bruta
de capital y su financiamiento. Esta cuenta tiene tres grupos
componentes: a) los movimientos de capital, b) los movimientos en
los pasivos específicos, y c) los movimientos en las
reservas.

El primero se integra por tres rubros: la
inversión directa, la inversión de cartera y la de
capital a largo plazo.

El segundo grupo
está constituido por capital a corto plazo, que
está vinculado a los procesos de financiamiento de los
desequilibrios en las relaciones económicas con el
exterior que se destinan a fortalecer las reservas
internacionales y a financiar la deuda existente vinculada al
sector oficial.

El tercero incluye las reservas
internacionales y conceptos afines relativos a la tenencia de
estos activos y las contrapartidas contables de las
modificaciones originadas por las revalorizaciones o
desvalorizaciones.

BALANZA DE TRANSFERENCIAS UNILATERALES
NETAS

Es el registro de los activos financieros
que no tienen contraprestación entre ellos, y de las
cuales se conocen dos tipos: privadas y gubernamentales. En el
primer tipo de transferencias se encuentran las transferencias de
emigrantes y remesas de trabajadores, los llevados por
inmigrantes al exterior, y los egresos de activos financieros
originados por remesas de trabajadores al resto del mundo; y la
de segundo tipo comprende créditos y donaciones del
gobierno de un país a otro sean otorgados o
recibidos.

BANCA

Se denomina con este término a la
actividad que realizan los bancos comerciales y de desarrollo en
sus diferentes modalidades que conforman el sistema bancario y
constituyen instituciones de intermediación financiera.
Esto es que admiten dinero en forma de depósito, otorgando
por ello un interés (tasa pasiva), para posteriormente, en
unión de recursos propios, conceder créditos,
descuentos y otras operaciones financieras por las cuales cobra
un interés (tasa activa), comisiones y gastos en su
caso.

BANCA COMERCIAL

Se denomina así a las instituciones
de crédito autorizadas por el Gobierno Federal para captar
recursos financieros del público y otorgar a su vez
créditos, destinados a mantener en operación las
actividades económicas. Por estas transacciones de
captación y financiamiento, la banca comercial
establece tasas de
interés activas y pasivas.

BANCA DE DESARROLLO

Instituciones que ejercen el servicio de
banca y crédito a largo plazo con sujeción a las
prioridades del Plan Nacional de
Desarrollo y en especial al Programa Nacional de Financiamiento
del Desarrollo, para promover y financiar sectores que le son
encomendados en sus leyes
orgánicas de dichas instituciones. Por ejemplo a Nacional
Financiera (NAFIN), se le encomienda promover el ahorro y la
inversión, así como canalizar apoyos financieros y
técnicos al fomento industrial y en general, al desarrollo
económico nacional y regional del país. Las
instituciones de banca de desarrollo tienen por objeto financiar
proyectos prioritarios para el país.

BANCA EXTRANJERA

Está constituida por el conjunto de
entidades financieras cuyas oficinas matrices
radican en el exterior y son regidas por las leyes de los
países a los que pertenecen.

BANCA MIXTA

Son instituciones financieras constituidas
con aportaciones del Gobierno Federal, así como de
particulares. Es a esta conformación de capital a la que
debe su nombre.

BANCA MULTIPLE

Situación jurídica especial
que permite a las instituciones de crédito realizar por
sí solas todas las funciones de banco,
financiera, hipotecaria, fiduciaria y compraventa de valores.

BANCA PRIVADA

Son las instituciones financieras de
propiedad particular que realizan funciones de captación y
financiamiento de recursos, persiguiendo con ello una utilidad o
beneficio como resultado del diferencial entre las tasas de
interés, activas y pasivas.

BANCO

Institución que realiza operaciones
de banca, es decir es prestatario y prestamista de
crédito; recibe y concentra en forma de depósitos
los capitales captados para ponerlos a disposición de
quienes puedan hacerlos fructificar.

BANCO CENTRAL

El banco de propiedad y/o control
público que actúa como autoridad monetaria de un
país; posee y administra las reservas internacionales y
tiene pasivos en forma de depósitos a la vista de otros
bancos y de las entidades públicas del país o de
particulares.

Institución pública cuya
finalidad primordial es proponer y aplicar las medidas de
política
monetaria y crediticia de un país con el objeto de
coadyuvar al buen funcionamiento de la economía nacional;
constituye el centro financiero del país y es normalmente
controlada total o parcialmente por el gobierno, aunque en
algunos casos es autónomo. Las funciones principales de un
banco central son: mantener y regular la reserva monetaria del
país; emitir moneda en forma exclusiva; fijar las tasas de
interés que operen en el sistema monetario; regular la
circulación monetaria y el volumen del
crédito; actuar como banco de bancos y cámara de
compensaciones; controlar a los bancos comerciales para apoyar la
política monetaria del gobierno; fungir como representante
del gobierno ante instituciones financieras internacionales;
realizar operaciones de mercado abierto; y administrar la deuda
pública; excepcionalmente realiza negocios
bancarios ordinarios.

BANCO DE MEXICO

Es el banco central de la nación.
Fue creado por la ley del 15 de agosto de 1925 y constituido por
escritura
pública el 1 de septiembre de ese mismo año.
Actualmente se rige por la Ley del Banco de México
publicada el 23 de diciembre de 1993 correspondiéndole
desempeñar las siguientes funciones:

a) Regular la emisión y
circulación de la moneda, los cambios, la
intermediación y los servicios financieros, así
como los sistemas de pagos.

b) Operar con las instituciones de
crédito como banco de reserva y acreditante de
última instancia.

c) Prestar servicios de tesorería al
Gobierno Federal y actuar como agente financiero del
mismo.

d) Fungir como asesor del Gobierno Federal
en materia económica y particularmente
financiera.

e) Participar en el Fondo Monetario
Internacional y en otros organismos de cooperación
financiera internacional o que agrupen a bancos centrales y con
otras personas morales extranjeras que ejerzan funciones de
autoridad en materia financiera.

BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID)

Institución financiera internacional
fundada el 30 de diciembre de 1959 por veinte naciones de
América: Estados Unidos y diecinueve
países latinoamericanos. Actualmente pertenecen al BID 26
naciones americanas y 15 países extra regionales. Los
recursos del BID se originaron con las aportaciones ordinarias de
capital de cada país miembro y con un fondo para
operaciones especiales.

Funciones del BID:

a) Promover la inversión de
capitales públicos y privados para fortalecer el
desarrollo de los países miembros.

b) Estimular las inversiones
privadas en proyectos que impulsan el desarrollo.

c) Utilizar los fondos para contribuir al
crecimiento de los países que lo integran.

BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO
(BIRF)

Institución especializada de las
Naciones Unidas
fundada en 1945 según los acuerdos de la Conferencia
Internacional de Bretton Woods (1944), con el propósito
fundamental de asignar capitales para fomentar la
reconstrucción de las regiones afectadas por la segunda guerra
mundial, y acelerar el desarrollo de aquéllas en que
la producción industrial y agrícola esté
retrasada.

El BIRF obtiene sus fondos de las ventas de
sus títulos a los países miembros y de la
comisión de bonos en los
mercados
financieros internacionales. Otorga préstamos en forma
directa a los gobiernos, más frecuentemente a las empresas
o instituciones privadas bajo la garantía del gobierno;
también puede garantizar préstamos realizados por
prestamistas privados. Suministra también servicios
consultivos sobre desarrollo económico.

BANDA DE FLOTACION

Rango en el que el Banco Central limita la
fluctuación del tipo de
cambio. En un sistema eficaz de bandas de flotación,
los gobiernos deben de sincronizar tanto su política
monetaria como su política fiscal.

La banda de flotación tiene como
propósitos, por una parte, lograr una mayor flexibilidad
para que los costos de las transacciones cambiarias se reflejen
en los tipos de cambio y, por otra, promover un funcionamiento
más eficiente del mercado cambiario con menor
intervención del Banco de México.

BASE CONTABLE

Método empleado para el registro y
la información sobre las transacciones. Dos bases se
conocen comúnmente; el método o base de
acumulación y la base de efectivo; esta última,
especialmente en organizaciones pequeñas, contabilidades
personales y casos similares. Las dos bases no pueden
considerarse independientes una de la otra y frecuentemente se
dice que la base de contado es un método "incompleto" de
acumulación. Cuando los valores a
cobrar, los inventarios, el
activo fijo y el pasivo en un negocio representan cantidades no
relevantes en comparación con los gastos de
operación, ambas bases arrojan resultados
similares.

BASE DE ACUMULACION O DE DEVENGADO

Significa que los ingresos se consideran en
el periodo en el que se ganan (independientemente de cuando se
cobran), y los gastos, cuando se contratan en algo
(independientemente de su pago).

BASE DE CAJA O DE EFECTIVO

Significa que los ingresos se consideran en
el periodo en que el dinero
entra en caja, y los gastos cuando se hace el
desembolso.

BASE DE DATOS

Elementos de información que deben
ser almacenados con objeto de satisfacer las necesidades del
proceso de información en una organización. El
término implica un archivo integrado
utilizado para muchas aplicaciones de procesamiento en
oposición a un archivo individual de datos para una
aplicación particular.

BASE DE REGISTRO

Principio de contabilidad gubernamental que
establece que los gastos deben ser reconocidos y registrados como
tales en el momento que se devenguen y los ingresos cuando se
generen.

BASE MONETARIA

Este concepto corresponde al pasivo
monetario del "Banco Central". En el caso de México este
pasivo está formado principalmente por los rubros
siguientes: billetes y monedas en poder del público y las
reservas de la banca comercial, éstas se integran por la
cuenta corriente de valores y depósitos en el Banco de
México, circulante en caja y la inversión en
Certificados de Tesorería (CETES) de la banca
comercial.

La base monetaria puede definirse por sus
fuentes y por
sus usos. Tiene como fuentes: a) disponibilidad en oro, plata y
divisas del banco
central; b) financiamiento neto del banco central al sector
público; y c) financiamiento del banco central al sistema
financiero. Estos tres conceptos se denominan base monetaria,
cuando se trata de una cantidad en una fecha determinada; y
expansión primaria de dinero, cuando se refiere a
variaciones entre balances. Existe creación primaria de
dinero cuando aumenta cualquiera de las tres fuentes mencionadas,
y contracción en el caso contrario.

Los usos de la base monetaria son: a)
billetes y monedas en poder del público, y b)
depósitos de la banca comercial que incluyen: cuentas
corrientes de valores y depósitos en el banco central,
más billetes y monedas metálicas en
caja.

BENEFICIARIO

La persona a cuyo favor se expide o cede un
título de crédito. El que adquiere una utilidad,
beneficio o ventaja que se origina en un contrato o en una
sucesión hereditaria. El que goza de alguna manera de un
bien o usufructo. Persona, agrupación o entidad que es
favorecida con cualquier tipo de transferencias, sean
éstas explícitas o implícitas.

BENEFICIO VIRTUAL POR LA RECOMPRA DE BONOS EN EL
EXTERIOR

Aprovechamientos derivados de las
operaciones de recompra de bonos que hace el Gobierno Federal de
su propia deuda, aprovechando el descuento que existe en los
mercados financieros internacionales. El beneficio y ahorro
obtenido por el descuento se registra contablemente como un
ingreso mediante un asiento virtual, sin embargo, para efectos de
análisis de la Ley de Ingresos de la Federación
contenido en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal se
deduce de los ingresos corrientes, ya que no implica movimiento
de flujo de
efectivo.

BIEN

Todo aquello que puede ser objeto de
apropiación, empleado para satisfacer alguna necesidad.
Cosas o derechos susceptibles de producir beneficios de
carácter patrimonial.

BIEN ECONOMICO

Es una mercancía capaz de
proporcionar la satisfacción directa o indirecta, mediata
o inmediata de las necesidades humanas. Existen diferentes tipos
de bienes económicos: de consumo, de
inversión, bienes duraderos y no duraderos, bienes de
capital y bienes intermedios.

Los bienes de consumo son los más
apetecidos, en tanto los bienes de inversión no dan una
satisfacción inmediata, pero son necesarios para producir
satisfactores a futuro.

BIENES DE CAPITAL

Aquéllos que no se destinan al
consumo, sino a seguir el proceso productivo, en forma de
auxiliares o directamente para incrementar el patrimonio material
o financiero (capital).

Término aplicado comúnmente
al activo fijo, que abarca algunas veces partidas o elementos que
contribuyen a la producción. Es sinónimo de capital
(o bienes) de producción; es decir, el capital empleado en
la producción. Estos términos se refieren
también a las formas materiales de los elementos de
producción, tales como las máquinas,
el equipo, etc., en contraste con valores de capital (o de
capitalización) que es la medida monetaria de dichos
elementos. Son los activos destinados para producir otros
activos.

BIENES DE CONSUMO

Son todas aquellas mercancías
producidas por la sociedad en el
territorio del país o importadas para satisfacer
directamente una necesidad como: alimentos,
bebidas, habitación, servicios personales, mobiliario,
vestido, ornato, etc.

Cualquier mercancía que satisface
una necesidad del público consumidor. Estos
bienes constituyen lo opuesto a bienes de producción o de
capital, que son los que se utilizan para producir otros bienes,
como la maquinaria de una fábrica.

BIENES DE CONSUMO DURADERO

Son las mercancías que tienen una
vida útil mayor a un año y que son demandadas por
los agentes económicos: familias, empresas y gobierno,
para su funcionamiento y/o manutención, tales como casa
habitación, automóviles y enseres
domésticos, entre otros.

BIENES DE CONSUMO NO DURADERO

Son todas las mercancías cuya vida
útil es menor a un año, que demandan los agentes
económicos: familias, empresas y gobierno, para su
funcionamiento y/o manutención, tales como alimentos,
bebidas, materias primas, combustibles, etc.

BIENES INMUEBLES

Se tienen como tales aquéllos que no
se pueden trasladar de un lugar a otro sin alterar, en
algún modo, su forma o sustancia, siéndolo unos por
su naturaleza, otros por disposición legal expresa en
atención a su destino. El concepto de
bienes inmuebles ha sufrido una honda transformación en
nuestro tiempo, merced a los adelantos técnicos que
permiten trasladar, de un lugar a otro, sin alteración,
por ejemplo monumentos históricos
arquitectónicos.

BIENES INTERMEDIOS

Son todos aquellos recursos materiales,
bienes y servicios que se utilizan como productos intermedios
durante el proceso productivo, tales como materias primas,
combustibles, útiles de oficina, etc. Se
compran para la reventa o bien se utilizan como insumos o
materias primas para la producción y venta de otros
bienes.

BIENES MUEBLES

Son mercancías cuya vida útil
es mayor a un año y son susceptibles de ser trasladadas de
un lugar a otro sin alterar ni su forma ni su esencia, tal es el
caso del mobiliario y equipo de oficina, maquinaria,
automóviles, etc.

BIENES MUEBLES E INMUEBLES

Conjunto de activos fijos de una entidad o
dependencia. Su importe queda consignado en el capítulo
presupuestario del mismo nombre.

Capítulo de la clasificación
por objeto del gasto presupuestario que agrupa las asignaciones
destinadas a la adquisición de toda clase de
bienes muebles e inmuebles, requeridas en el desempeño de las actividades de la
Administración Pública Federal. Incluye el
mobiliario y equipo propio para la administración;
maquinaria y equipo de producción; las refacciones,
accesorios y herramientas
mayores indispensables para el funcionamiento de los bienes; la
adquisición de animales de
trabajo y reproducción, y la adquisición de
inmuebles.

BIENES NACIONALES

Son aquéllos cuyo dominio pertenece
a la nación,
es decir, aquellos bienes que estando situados dentro del
territorio nacional, pertenecen a todos sus
habitantes.

BIENES SEMOVIENTES

Los ganados y animales de cualquier
especie.

BIENES Y SERVICIOS ESTRATEGICOS

Son aquéllos cuya producción
se reserva el Estado por ser fundamentales en el desarrollo del
país, que la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos señala en el Artículo 28,
tales como: correos, telégrafos,
radiotelegrafía, petróleo, y los demás hidrocarburos,
petroquímica básica,
generación de energía
nuclear, minerales
radioactivos, electricidad y
los que expresamente señalen las leyes.

BIENESTAR SOCIAL

Se refiere al nivel alcanzado en la
satisfacción de las necesidades básicas
fundamentales de la sociedad, que se expresan en los niveles de
educación,
salud, alimentación,
seguridad
social, vivienda, desarrollo urbano y medio
ambiente.

El bienestar social, en términos
económicos se puede medir en función del incremento
del producto per
cápita real; el aumento en la participación del
gasto social respecto al total de egresos, mejoría en la
distribución del ingreso, aumento del empleo y
fortalecimiento en la balanza de pagos; en el ámbito
social se mediría por el incremento en los niveles de
salud, educación, vivienda, alimentación y
erradicación de la pobreza
extrema; desde el aspecto ecológico a través del
combate a la
contaminación, reforestación de áreas
verdes y fortalecimiento de la red hidráulica y su
dosificación, entre otros.

BIENESTAR, ECONOMIA DEL

Rama reciente del estudio económico
dedicada a los llamados óptimos sociales. En
contraposición al óptimo de bienestar individual,
opta por valores que generalmente son de tipo
colectivo.

BILATERAL

Se le llama así a la reciprocidad
que define las obligaciones y derechos de dos partes involucradas
en un contrato.

BILATERALIDAD

Se reconoce con este término a
aquellas normas jurídicas cuyas características
otorgan facultades y definen obligaciones a un mismo tiempo para
dos partes actuantes.

BOLSA DE VALORES

Institución privada, constituida
como Sociedad
Anónima de Capital Variable, que tiene por objeto
facilitar las transacciones con valores y procurar el desarrollo
del mercado respectivo; establecer locales, instalaciones y
mecanismos que faciliten las relaciones y operaciones de valores;
proporcionar y mantener a disposición del público,
información sobre los valores inscritos en la bolsa, los
listados del sistema de cotizaciones y las operaciones que en
ella se realicen; velar por el estricto apego de la actividad de
sus socios a las disposiciones que les sean aplicables;
certificar las cotizaciones en bolsa; y realizar aquellas otras
actividades análogas o complementarias a las anteriores
que autorice la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público.

La Ley del Mercado de
Valores establece que es facultad del Estado, por medio de la
SHCP, otorgar la concesión para el funcionamiento de las
Bolsas de Valores. En la actualidad la única
autorización vigente es la de la Bolsa Mexicana de
Valores.

BONIFICACION

La deducción obtenida o concedida en los
precios de compra o de venta, por concepto de diferencias en
calidad o
peso, por mercancías dañadas, por dilación
en la entrega, por infracción a las condiciones del
contrato respectivo, etc. Las deducciones concedidas en el monto
de honorarios o cuotas por servicios (agua, luz, teléfono, etc.), motivadas por faltas a los
contratos o convenios respectivos.

BONIFICACIONES SOBRE VENTAS

Las rebajas que se concedan sobre los
precios de venta, independientemente de las fechas de vencimiento
de los pagos respectivos.

BONO

Título-valor que otorga al tenedor
(acreedor) el derecho a reclamar un flujo específico de
pagos por el emisor (deudor). Es un valor por el que se paga un
interés a una tasa fija.

Título de crédito que
representa la participación individual en un
crédito colectivo a cargo del emisor. Los bonos pueden ser
emitidos a la orden del portador y deben expresar la
obligación de pagarlos a sus tenedores en los plazos,
términos y demás condiciones relativas a su
emisión; el interés pactado se cubre por medio de
cupones que van adheridos a los propios
títulos.

BONO HIPOTECARIO

Título-valor al portador o
nominativo emitido por una institución de crédito
hipotecaria; está sujeto a una amortización por
sorteo. Reditúa una tasa de interés fija que se
paga mensualmente. Están garantizados por créditos
hipotecarios otorgados por la institución
emisora.

BONOS AJUSTABLES DEL GOBIERNO FEDERAL (AJUSTABONOS)

Son títulos de crédito de
largo plazo (3 y 5 años) emitidos por el Gobierno Federal
y denominados en moneda nacional, en los cuales se consigna la
obligación directa e incondicional del Gobierno Federal de
pagar una tasa de interés en forma trimestral más
el capital ajustado por los aumentos registrados en el
índice nacional de precios al consumidor, al vencimiento
de los títulos, por lo que en términos reales su
valor se mantiene constante.

BONOS CARRETEROS

Son bonos bancarios de largo plazo emitidos
por las instituciones de banca múltiple en moneda
nacional, destinados a captar recursos para financiar la construcción de carreteras.

BONOS DE DESARROLLO DEL GOBIERNO FEDERAL (BONDES)

Títulos de crédito
nominativos y negociables, emitidos por el Gobierno Federal y
colocados a descuento por el Banco de México a un plazo no
menor de un año.

BONOS CUPON CERO

Títulos de crédito emitidos
por el Departamento del Tesoro Norteamericano (1988), a plazo de
20 años, con una tasa de descuento capitalizable que al
vencimiento hace que su valor sea equivalente al pago de la deuda
pública reestructurada del Gobierno Mexicano por este
concepto.

Son bonos del Tesoro de los Estados Unidos
de América y otros países industrializados que
adquirió México, constituyendo con estos
documentos, un activo de su propiedad que reinvertirá
durante 30 años a una tasa fija; al final del periodo
pagará totalmente el principal de los nuevos bonos,
creando paralelamente otro fondo, también de su propiedad,
que garantiza 18 meses de pago de intereses sobre dichos bonos y
reduce el costo de operación para
México.

Estos títulos se conocen
también como "bonos garantizados", siendo un mecanismo de
"extinción" de deuda externa.
Por este medio se ofrece un activo que se mantiene en una cuenta
de fideicomiso,
como colateral al monto del principal.

El valor y el plazo de vencimiento del
instrumento colateral o "bono cupón cero" están
determinados de manera que sean iguales a los de la deuda sujeta
a transformación. De esta manera, los rendimientos del
instrumento colateral en su fecha de vencimiento pueden ser
utilizados para amortizar el principal en un sólo pago. La
tasa de interés se fija al momento de su compra y no
varía durante la tenencia del título, gozando de
confiabilidad para el inversionista.

BONOS DE DESCUENTO

Documentos emitidos por bancos que son
negociados en el mercado secundario por debajo de su valor
nominal.

Son también los bonos negociados de
la deuda en los que se reduce un porcentaje del principal de la
deuda original.

BONOS DE INDEMNIZACION BANCARIA (BIB)

Son títulos que documentan la deuda
contraida por el Gobierno Federal con motivo de la
nacionalización de la banca en 1982. Sirven como medio de
pago de la indemnización por la expropiación de las
acciones emitidas por instituciones de crédito
privadas.

BONOS DE LA TESORERIA (TESOBONOS)

Títulos de crédito (con un
valor nominal de 100 dólares de E.U.A.) emitidos por el
Gobierno Federal negociables a la orden del Banco de
México, los cuales se pueden colocar a descuento o bajo la
par, y se amortizan al tipo de cambio libre, vigente en la fecha
de pago.

Son títulos de crédito
denominados en moneda extranjera (dólares estadounidenses)
a seis meses o menos, en los cuales el Gobierno Federal se obliga
a pagar una suma en moneda nacional equivalente al valor de dicha
moneda extranjera, en una fecha determinada. Estos títulos
de crédito se pueden colocar a descuento y son indizados
al tipo de cambio libre de venta valor 48 hrs. que da a conocer
la Bolsa Mexicana de Valores en su publicación denominada
"Movimiento Diario del Mercado de Valores".

BONOS DE PRENDA

Son títulos de crédito
expedidos por almacenes
generales de depósito que comprueban la
constitución de un crédito sobre las
mercancías o bienes indicados en el certificado de
depósito correspondiente.

BONOS DE PRIVATIZACION

Instrumento mediante el cual el Gobierno
Federal sustituyó papel de deuda no garantizada por papel
garantizado y que éste a su vez se utilizó para la
compra de los bancos nacionalizados.

BONOS EN TESORERIA

Aquéllos cuya emisión ha sido
autorizada y que no son puestos en circulación o bien
aquéllos que, habiendo sido colocados en el mercado, son
readquiridos posteriormente por la misma institución
emisora, con el propósito de conservarlos en su caja y de
volverlos a vender si ello fuera posible y conveniente.
Preferentemente, el importe de los "bonos en tesorería"
debe mostrarse en el balance
general como una deducción del pasivo correspondiente
y no como un renglón del activo.

BONOS FINANCIEROS

Son los títulos de crédito,
que emiten las sociedades
financieras. Estos bonos deberán tener garantía
específica; asimismo tendrán preferencia sobre todo
el activo de las sociedades emisoras en caso de saldo insoluto
después de realizada la garantía específica.
Además de los intereses podrá pactarse para los
tenedores una participación en las utilidades de la
emisora.

BONOS GUBERNAMENTALES

Son títulos emitidos por el Gobierno
Federal que generan un interés pagadero
periódicamente y su garantía está respaldada
con rentas del patrimonio nacional (petróleo,
etc.). La deuda contraida por esta vía se divide en
externa e interna. Esta última con distinción en
moneda nacional y extranjera. En el caso de México, la
colocación pública de bonos gubernamentales
está autorizada, pero es más común su
colocación regular en reserva del banco central y con
tasas de interés especiales.

BONOS PARA FOMENTO ECONOMICO

Son valores de renta fija emitidos por el
Gobierno Federal que se colocan a través de instituciones
financieras en el extranjero o en el país, para obtener
recursos destinados al fomento económico.

BONOS PRIVADOS

Valores o títulos crediticios
emitidos por empresas privadas con el fin de obtener recursos
financieros; en la colocación de estos bonos participa un
número reducido de bancos y se da una distribución
limitada de estos valores entre inversionistas selectos,
principalmente instituciones como compañías de
seguros o
fondos de pensiones.

BONOS PUBLICOS

Títulos crediticios a través
de los cuales el Gobierno Federal obtiene recursos para financiar
una parte de sus actividades; la colocación de estos bonos
se hace mediante una oferta
pública en el mercado por medio de un grupo de bancos y/o
casas de bolsa que colocan el papel entre los inversionistas. Es
práctica normal el inscribir los bonos en una bolsa de valores
para su cotización.

BRUTO

Es el monto total que está sujeto a
ciertas deducciones. Dícese de las cosas que se toman por
su peso o monto total sin hacer rebaja por ningún
concepto.

BUROCRACIA

Es la estructura de organización del
personal mediante la cual se realizan actividades
gubernamentales, a través de una división de tareas
basadas en la especialización funcional, establece una
jerarquía bien delimitada que opera según el
conjunto de normas y reglamentos que definen los derechos y
deberes de los participantes.

BURSATIL

Concerniente a las operaciones de la bolsa
y a los valores cotizables. Cuando se usa para calificar un
título o valor, se pretende significar su bursatilidad, es
decir, la relativa facilidad con la que pueden comprarse o
venderse y proporcionar liquidez.

BURSATILIDAD

Grado de negociabilidad de un valor
cotizado a través de la bolsa. Significa la posibilidad de
encontrar compradores o vendedores del mismo con relativa
facilidad.

C

CADUCIDAD

Extinción de un derecho, una
facultad, una instancia o un recurso, por haber transcurrido el
tiempo dado para ejercitarlo.

CAJA

Cuenta que sirve para asentar las entradas
y salidas de dinero. Libro de Caja en el que se anota
detalladamente el movimiento de fondos. Existencias en efectivo
en una oficina o dependencia encargada de efectuar los cobros,
los pagos y en general el manejo de fondos.

CAJA CHICA (FONDO)

Cantidad relativamente pequeña de
dinero en efectivo que se asigna a un empleado, en caja o en
depósitos, disponible para desembolsos menores, que
generalmente se lleva bajo el sistema de fondo fijo; el monto de
los gastos que se realizan con este fondo son tan pequeños
que no es conveniente pagarlos con cheques.

Partes: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11
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