Conviene que todo trabajo de investigación tenga introducción lo cual permite conocer con antelación el tema tratado en forma resumida y de esta forma conocer o dominar el indicado de mejor manera o mas profundamente, lo cual servirá para aprovechar mas la investigación, en tal sentido el presente tendrá introducción, la cual esperamos que sea tomada en cuenta por parte de los diferentes lectores. Hace poco, es decir, el año 2007, publicamos un libro sobre las garantías, el cual fue titulado las garantías en el derecho civil peruano a propósito de la nueva ley de garantía mobiliaria, lo cual sirvió para reflexionar sobre el derecho comparado aplicable a las garantías, en tal sentido se revisó el derecho español, entre otros, sin embargo, quedaron en el tintero muchas ideas sobre esta disciplina jurídica referida, lo cual trajo como consecuencia que en esta oportunidad abordemos el estudio de la misma en cuanto a la hipoteca, lo cual servirá para profundizar nuestros conocimientos sobre esta garantía real o derecho real accesorio o derecho real de garantía o derecho real secundario, según las diferentes denominaciones que ha acuñado la doctrina comparada, por lo cual en el presente desarrollaremos la hipoteca en el derecho comparado, comparando el derecho peruano o nacional principalmente con el derecho español y con el derecho romano antiguo, entre otras, lo cual servirá para revisar otros enfoques sobre la misma y de esta manera tener acceso a nuevas ideas no conocidas en el derecho peruano, por lo cual debemos precisar que muchas oportunidades la comparación termina en una propuesta legislativa de recepción o de transplante, lo cual es muy difícil de efectuar porque para ello se necesita tener mas contacto con el derecho a comparar con el derecho nacional, en tal sentido al no tener mucho contacto con dichos derechos se hace difícil efectuar, por lo cual debemos precisar que este estudio tiene principalmente un enfoque académico, por lo cual esperamos que tenga acogida entre los profesores universitarios no sólo del estado peruano, sino también del extranjero.
La principal clasificación de los derechos en la doctrina, es la que los clasifica en derechos reales y personales, por lo cual no son iguales, en tal sentido los primeros son los que recaen sobre los bienes, como por ejemplo la propiedad, hipoteca, anticresis, prenda, garantía mobiliaria, entre otras, mientras que los segundos son los que recaen sobre las personas, y en tal caso estamos ante los contratos, como por ejemplo la compraventa, arrendamiento, mutuo, fianza, comodato, permuta, entre otros, por lo cual si bien es cierto que en el derecho peruano la hipoteca es estudiada como derecho real, debemos dejar constancia que en el derecho comparado se discute si la misma es contrato o derecho real, pero claro está que esto se refiere o aplica a la hipoteca convencional, de lo cual dejamos constancia para un estudio mas amplio en otra sede. Sin embargo, debemos dejar constancia que en Perú se estudia la referida como derecho real, lo que no ocurre en España, porque en el mismo se estudia la ya citada como derecho personal o contrato, lo cual ha originado algunos estudios de derecho comparado.
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