Monografias.com > Sin categoría
Descargar Imprimir Comentar Ver trabajos relacionados

Transacciones realizadas por entidades educativas privadas (Microconsult -DHC & Asociados) (página 3)



Partes: 1, 2, 3

El costo del papel
comercial ha estado
tradicionalmente ½ % debajo de la tasa prima porque, sea
que se venda directamente o a través del agente, se
eliminan la utilidad y los
costos del
banco.

El vencimiento
medio del papel comercial es de tres a seis meses, aunque en
algunas ocasiones se ofrecen emisiones de nueve meses y a un
año. No se requiere un saldo mínimo

En algunos casos, la emisión va acompañada por
una línea de crédito
o por una carta de
crédito, preparada por el emisor para asegurar a los
compradores que, en caso de dificultades con el pago,
podrá respaldar el papel mediante un convenio de
préstamo con el banco. Esto se exige algunas veces a las
empresas de
calidad menor
cuando venden papel, y aumentan la

Tasa de interés
real.

FINANCIAMIENTO POR MEDIO DE LA CUENTAS POR
COBRAR.

Es aquel en la cual la empresa
consigue financiar dichas cuentas por
cobrar consiguiendo recursos para
invertirlos en ella.

Importancia. Es un método de
financiamiento
que resulta menos costoso y disminuye el riesgo de
incumplimiento. Aporta muchos beneficios que radican en los
costos que la empresa ahorra al
no manejar sus propias operaciones de
crédito. No hay costos de cobranza, puesto que existe un
agente encargado de cobrar las cuentas; no hay costo del
departamento de crédito, como contabilidad y
sueldos, la empresa puede eludir el riesgo de incumplimiento si
decide vender las cuentas sin responsabilidad, aunque esto por lo general
más costoso, y puede obtener recursos con rapidez y
prácticamente sin ningún retraso costo.

Ventajas. * Es menos costoso para la empresa.*
Disminuye el riesgo de incumplimiento. * No hay costo de
cobranza.

Desventajas. * Existe un costo por concepto de
comisión otorgado al agente.

* Existe la posibilidad de una intervención legal por
incumplimiento del contrato.

Formas de Utilización. Consiste en vender las
cuentas por cobrar de la empresa a un factor (agente de ventas o
comprador de cuentas por cobrar) conforme a un convenio negociado
previamente. Por lo regular se dan instrucciones a los clientes para que
paguen sus cuentas directamente al agente o factor, quien
actúa como departamento de crédito de la empresa.
Cuando recibe el pago, el agente retiene una parte por concepto
de honorarios por sus servicios a un
porcentaje estipulado y abonar el resto a la cuenta de la
empresa. La mayoría de las cuentas por cobrar se adquieren
con responsabilidad de la empresa, es decir, que si el agente no
logra cobrar, la empresa tendrá que rembolsar el importe
ya sea mediante el pago en efectivo o reponiendo la cuenta
incobrable por otra mas viable.

FINANCIAMIENTO POR MEDIO DE LOS INVENTARIOS.

Es aquel en el cual se usa el inventario como
garantía de un préstamo en que se confiere al
acreedor el derecho de tomar posesión garantía en
caso de que la empresa deje de cumplir

Importancia. Es importante ya que le permite a los
directores de la empresa usar el inventario de la empresa como
fuente de recursos, gravando el inventario como colateral es
posible obtener recursos de acuerdo con las formas
específicas de financiamiento usuales, en estos casos,
como son el Depósito en Almacén
Público, el Almacenamiento en
la Fabrica, el Recibo en Custodia, la Garantía Flotante y
la Hipoteca.

Ventajas. * Permite aprovechar una importante pieza de
la empresa como es el Inventario de Mercancía. * Brinda
oportunidad a la
organización de hacer más dinámica sus actividades.

Desventajas. * Le genera un Costo de Financiamiento al
deudor. * El deudor corre riesgo de perder el Inventario dado en
garantía en caso de no poder cancelar
el contrato.

Formas de Utilización. Por lo general al momento
de hacerse la negociación, se exige que los
artículos sean duraderos, identificables y susceptibles de
ser vendidos al precio que
prevalezca en el Mercado. El
acreedor debe tener derecho legal sobre los artículos, de
manera que si se hace necesario tomar posesión de ellos el
acto no sea materia de
controversia.

El gravamen que se constituye sobre el inventario se debe
formalizar mediante alguna clase de
convenio que pruebe la existencia del colateral. El que se
celebra con el banco específico no sólo la
garantía sino también los derechos del banco y las
obligaciones
del beneficiario, entre otras cosas. Los directores
firmarán esta clase de convenios en nombre de su empresa
cuando se den garantías tales como el
inventarío.

Además del convenio de garantía, se
podrán encontrar otros documentos
probatorios entre los cuales se pueden citar el Recibo en
Custodia y el Almacenamiento. Ahora bien, cualquiera que sea el
tipo de convenio que se celebre, para le empresa se
generará un Costo de Financiamiento que comprende algo mas
que los intereses por el préstamo, aunque éste es
el gasto principal. A la empresa le toca absorber los cargos por
servicio de
mantenimiento
del Inventario, que pueden incluir almacenamiento,
inspección por parte de los representantes del acreedor y
manejo, todo lo cual forma parte de la obligación de la
empresa de conservar

el inventario de manera que no disminuya su valor como
garantía. Normalmente no debe pagar el costo de un
seguro contra
pérdida por incendio o robo.

  • ANÁLISIS TRIBUTARIO DE LAS TRANSACCIONES DE
    COMPRAS Y VENTAS

Los clientes que he tenido a mi cargo durante mis
prácticas con INSTITUCIONES
EDUCATIVAS PARTICULARES (IEP). Estas entidades para efectos
tributarios, tienen dos grandes características:

  • Están inafectas del Impuesto General a la Ventas e
    Impuesto de Promoción Municipal (que se aplican
    conjuntamente, aunque tienen normas diferentes)

  • Están gravadas con el Impuesto a la Renta de
    Tercera Categoría.

  • OPERACIONES INAFECTAS DEL IMPUESTO GENERAL A LAS
    VENTAS

SEGÚN EL TEXTO UNICO
ORDENADO DE LA LEY DEL IMPUESTO GENERAL
A LAS VENTAS E IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO-DECRETO SUPREMO N° 055-99-EF

CONCEPTOS NO GRAVADOS:

No están gravados o inafectos con el Impuesto General a
las Ventas:

La transferencia o importación de bienes y la
prestación de servicios que efectúen las
Instituciones Educativas Públicas o Particulares
exclusivamente para sus fines propios. Mediante Decreto Supremo
refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el
Ministro de Educación, se
aprobará la relación de bienes y servicios
inafectos al pago del Impuesto General a las Ventas.

APLICACIÓN DEL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS

El Impuesto General a las ventas es un tributo indirecto.
Afecta a los bienes y servicios que adquieren las personas
naturales de todo nivel social y las personas jurídicas
para llevar a cabo sus actividades.

DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL IMPUESTO Y DEL
NACIMIENTO DELA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA:

El Impuesto General a las Ventas grava las siguientes
operaciones:

Monografias.com

SUJETOS DEL IMPUESTO: 

Son sujetos del Impuesto en calidad de contribuyentes, las
personas naturales, las personas jurídicas, las sociedades
conyugales que ejerzan la opción sobre atribución
de rentas prevista en las normas que
regulan el Impuesto a la Renta, sucesiones
indivisas, sociedades irregulares, patrimonios fideicometidos de
sociedades titulizadoras, los fondos mutuos de inversión en valores y los
fondos de inversión que desarrollen actividad empresarial
que:

Monografias.com

DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO:

El Impuesto a pagar se determina mensualmente deduciendo del
Impuesto Bruto de cada período el crédito fiscal,
determinado de acuerdo a lo previsto en las normas
correspondientes. En la importación de bienes, el Impuesto
a pagar es el Impuesto Bruto.

 IMPUESTO BRUTO:

El Impuesto Bruto correspondiente a cada operación
gravada es el monto resultante de aplicar la tasa del Impuesto
sobre la base imponible. El Impuesto Bruto correspondiente al
contribuyente por cada período tributario, es la suma de
los Impuestos Brutos
determinados conforme al párrafo
precedente por las operaciones gravadas de ese
período.

BASE IMPONIBLE:

La base imponible está constituida por:

Monografias.com

CRÉDITO FISCAL: REQUISITOS SUSTANCIALES:

El crédito fiscal está constituido por el
Impuesto General a las Ventas consignado separadamente en el
comprobante de pago, que respalde la adquisición de
bienes, servicios y contratos de
construcción, o el pagado en la
importación del bien o con motivo de la utilización
en el país de servicios prestados por no domiciliados.

Sólo otorgan derecho a crédito fiscal las
adquisiciones de bienes, las prestaciones o
utilizaciones de servicios, contratos de construcción o
importaciones que
reúnan los requisitos siguientes:

Monografias.com

DE LOS AJUSTES AL IMPUESTO BRUTO Y AL CRÉDITO
FISCAL:

Del monto del Impuesto Bruto resultante del conjunto de las
operaciones realizadas en el período que corresponda, se
deducirá el monto del Impuesto Bruto correspondiente al
importe de los descuentos que el sujeto del Impuesto hubiere
otorgado con posterioridad a la emisión del comprobante de
pago que respalde la operación que los origina. A efectos
de la deducción, se presume sin admitir prueba en
contrario que los descuentos operan en proporción a la
base imponible que conste en el respectivo comprobante de pago
emitido. Los descuentos a que se hace referencia en el
párrafo anterior, son aquellos que no constituyan retiro
de bienes. En el caso de importaciones, los descuentos efectuados
con posterioridad al pago del Impuesto Bruto, no
implicarán deducción alguna respecto del mismo,
manteniéndose el derecho a su utilización como
crédito fiscal; no procediendo la devolución del
Impuesto pagado en exceso, sin perjuicio de la
determinación del costo computable según las normas
del Impuesto a la Renta.

DECLARACIÓN Y PAGO:

Los sujetos del Impuesto, sea en calidad de
contribuyentes como de responsables, deberán presentar una
declaración jurada sobre las operaciones gravadas y
exoneradas realizadas en el período tributario del mes
calendario anterior, en la cual dejarán constancia del
Impuesto mensual, del crédito fiscal y, en su caso, del
Impuesto retenido o percibido. Igualmente determinarán y
pagarán el Impuesto resultante o, si correspondiere,
determinarán el saldo del crédito fiscal que haya
excedido al Impuesto del respectivo período.

  • OPERACIONES GRAVADAS CON EL IMPUESTO A LA RENTA

Según el TEXTO UNICO ORDENADO DE LA LEY DEL IMPUESTO A
LA RENTA

DECRETO SUPREMO N° 179-2004-EF.

ÁMBITO DE APLICACIÓN:

El Impuesto a la Renta grava:

Monografias.com

Están incluidas dentro de las rentas previstas en el
inciso a), las siguientes:

Monografias.com

CONTRIBUYENTES:

Son contribuyentes del impuesto las personas naturales, las
sucesiones indivisas, las asociaciones de hecho de profesionales
y similares y las personas jurídicas. También se
considerarán contribuyentes a las sociedades conyugales
que ejercieran la opción prevista en el Artículo
16º de esta Ley. Para los efectos de esta Ley, se
considerarán personas jurídicas, a las
siguientes: 

Monografias.com

RENTA BRUTA:

Son rentas de tercera categoría:

a)   Las derivadas del
comercio, la
industria o
minería;
de la explotación agropecuaria, forestal, pesquera o de
otros recursos
naturales; de la prestación de servicios comerciales,
industriales o de índole similar, como transportes,
comunicaciones, sanatorios, hoteles, depósitos, garajes,
reparaciones, construcciones, bancos,
financieras, seguros, fianzas
y capitalización; y, en general, de cualquier otra
actividad que constituya negocio habitual de compra o producción y venta, permuta o
disposición de bienes. 

b)   Las derivadas de la actividad de los
agentes mediadores de comercio, rematadores y martilleros y de
cualquier otra actividad similar. 

c)    Las que obtengan los Notarios. 

d)   Las ganancias de capital y los
ingresos por
operaciones habituales a que se refieren los 
Artículos 2º y 4° de esta Ley,
respectivamente. 

e)   Las demás rentas que obtengan las
personas jurídicas a que se refiere el Artículo
14º de esta Ley y las empresas domiciliadas en el
país, comprendidas en los incisos a) y b) de este
artículo o en su último párrafo, cualquiera
sea la categoría a la que debiera atribuirse. 

f)   Las rentas obtenidas por el ejercicio en
asociación o en sociedad civil de
cualquier profesión, arte, ciencia u
oficio.  

g)   Cualquier otra renta no incluida en las
demás categorías. 

h)   La derivada de la cesión de bienes
muebles o inmuebles distintos de predios, cuya depreciación o amortización admite la presente Ley,
efectuada por contribuyentes generadores de renta de tercera
categoría, a título gratuito, a precio no
determinado o a un precio inferior al de las costumbres de la
plaza; a otros contribuyentes generadores de renta de tercera
categoría o a entidades comprendidas en el último
párrafo del Artículo 14° de la presente Ley. Se
presume, sin admitir prueba en contrario, que dicha cesión
genera una renta neta anual no menor al seis por ciento (6%) del
valor de adquisición producción,
construcción o de ingreso al patrimonio,
ajustado, de ser el caso, de los referidos bienes. Para estos
efectos no se admitirá la deducción de la
depreciación acumulada

RENTA NETA:

A fin de establecer la renta neta de tercera categoría
se deducirá de la renta bruta los gastos necesarios
para producirla y mantener su fuente, así como los
vinculados con la generación de ganancias de capital, en
tanto la deducción no esté expresamente prohibida
por esta ley, en consecuencia son deducibles.

TASAS DEL IMPUESTO:

El impuesto a cargo de los perceptores de rentas de tercera
categoría domiciliadas en el país se
determinará aplicando la tasa del treinta por ciento (30%)
sobre su renta neta. 

Las personas jurídicas se encuentran sujetas a una tasa
adicional del cuatro punto uno por ciento (4.1%) sobre las sumas
a que se refiere el inciso g) del artículo 24°-A. El
Impuesto determinado de acuerdo con lo previsto en el presente
párrafo deberá abonarse al fisco dentro del
mes  siguiente de efectuada la disposición indirecta
de la renta, en los plazos previstos por el Código
Tributario para las obligaciones de periodicidad mensual.

DECLARACIONES JURADAS, LIQUIDACIÓN PAGO
DEL IMPUESTO:

Los contribuyentes del impuesto, que obtengan
rentas computables para los efectos de esta ley, deberán
presentar declaración jurada de la renta obtenida en el
ejercicio gravable. No presentarán la
declaración a que se refiere el párrafo anterior,
los contribuyentes que perciban exclusivamente rentas de quinta
categoría. 

Los contribuyentes deberán incluir en su
declaración jurada, la información patrimonial que les sea
requerida por la
Administración Tributaria. Las declaraciones
juradas, balances y anexos se deberán presentar en los
medios,
condiciones, forma, plazos y lugares que determine la
SUNAT. 

La SUNAT podrá establecer o exceptuar de la
obligación de presentar declaraciones juradas en los casos
que estime conveniente a efecto de garantizar una mejor administración o recaudación del
impuesto, incluyendo los pagos a cuenta. Así mismo,
podrá exceptuar de dicha obligación a aquellos
contribuyentes que hubieran tributado la totalidad del impuesto
correspondiente al ejercicio gravable por vía de
retención en la fuente o pagos directos.  

El pago de los saldos del impuesto que se calcule en la
declaración jurada deberá acreditarse en la
oportunidad de su presentación. 

La determinación y pago a cuenta mensual tiene carácter de declaración
jurada. 

Cuando la SUNAT, conozca por declaraciones o determinaciones
de oficio, el monto del impuesto que les correspondió
tributar por períodos anteriores a contribuyentes que no
presenten sus declaraciones juradas correspondientes a uno o
más ejercicios gravables, los apercibirá para que
en el término de treinta (30) días presenten las
declaraciones faltantes y abonen el impuesto liquidable en las
mismas con los recargos, reajuste e intereses de ley. 

REGLAMENTO DE COMPROBANTES DE PAGO-

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
Nº 007-99/SUNAT:

DEFINICIÓN DE COMPROBANTE DE PAGO: El
comprobante de pago es un documento que acredita la transferencia
de bienes, la entrega en uso, o la prestación de
servicios.

DOCUMENTOS CONSIDERADOS COMPROBANTES DE PAGO:
Sólo se consideran comprobantes de pago, siempre que
cumplan con todas las características y requisitos
mínimos establecidos en el presente reglamento, los
siguientes:

Monografias.com

OBLIGADOS A EMITIR COMPROBANTES DE PAGO:  

Están obligados a emitir comprobantes de
pago:              

  • Las personas naturales o jurídicas, sociedades
    conyugales, sucesiones indivisas, sociedades de hecho u otros
    entes colectivos que realicen transferencias de bienes a
    título gratuito u oneroso: 

a)   Derivadas de actos y/o contratos de
compraventa, permuta, donación, dación en pago y en
general todas aquellas operaciones que supongan la entrega de un
bien en propiedad

b)   Derivadas de actos y/o contratos de
cesión en uso, arrendamiento,
usufructo, arrendamiento
financiero, asociación en participación,
comodato y en general todas aquellas operaciones en las que el
transferente otorgue el derecho a usar un bien. 

  • Las personas naturales o jurídicas, sociedades
    conyugales, sucesiones indivisas, sociedades de hecho u otros
    entes colectivos que presten servicios, entendiéndose
    como tales a toda acción o prestación a favor
    de un tercero, a título gratuito u oneroso.

Esta definición de servicios no incluye a
aquéllos prestados por las entidades del Sector
Público Nacional, que generen ingresos que constituyan
tasas. 

APLICACIÓN DE LA LEY PARA LA LUCHA
CONTRA LA EVASIÓN Y PARA LA FORMALIZACIÓN DE LA
ECONOMÍA E IMPUESTO A LAS TRANSACCIONES
FINANCIERAS

MEDIOS DE PAGO PARA EVITAR LA EVASIÓN Y PARA LA
FORMALIZACIÓN DE LA ECONOMÍA:

Las obligaciones que se cumplan mediante el pago de sumas de
dinero
deberán hacerse utilizando los Medios de Pago.
También se utilizarán los Medios de Pago cuando se
entregue o devuelva montos de dinero por concepto de mutuos de
dinero, sea cual fuera el monto del referido contrato.

Los contribuyentes que realicen operaciones de comercio exterior
también podrán cancelar sus obligaciones con
personas naturales y/o jurídicas no domiciliadas, con
otros Medios de Pago.

Monto a partir del cual se utilizará Medios de
Pago:
El monto a partir del cual se deberá utilizar
Medios de Pago es de cinco mil nuevos soles (S/. 5,000) o mil
quinientos dólares americanos (US$ 1,500). El monto se
fija en nuevos soles para las operaciones pactadas en moneda
nacional, y en dólares americanos para las operaciones
pactadas en dicha moneda. Tratándose de obligaciones
pactadas en monedas distintas a las antes mencionadas, el monto
pactado se deberá convertir a nuevos soles utilizando el
tipo de cambio
promedio ponderado venta publicado por la Superintendencia de
Banca y Seguros
el día en que se contrae la obligación, o en su
defecto, el último publicado. En el caso de monedas cuyo
tipo de cambio no es
publicado por dicha institución, se deberá
considerar el tipo de cambio promedio ponderado venta fijado.

Medios de Pago: Los Medios de Pago a través de
empresas del Sistema
Financiero que se utilizarán son los siguientes:

Monografias.com

  • ANÁLISIS CONTABLE DE LAS TRANSACCIONES

El tratamiento contable, es el que cierra el circuito. Todo
esto surge formalmente con la firma efectiva o tácita del
Contrato de Compraventa, aunque previamente tienen que haberse
sopesado los efectos financieros. Si con compras la forma
de pago (financiamiento) con el proveedor; si son ventas la forma
de cobro con el cliente. En
realidad antes de finiquitar legalmente, se trata este aspecto.
Luego de este viene la emisión del comprobante de pago o
la entrega del bien, lo que ocurra primero, para que de
nacimiento a la obligación tributaria. Cuando todo esto
sucede la información va al Registro de
compras o Registro de ventas tanto en el registro manual como
computarizado. Esta información registrada,
facilitará la obtención de libros como el
Diario, Mayor hasta terminar en los Estados
financieros, Balance
General y/o Estado de Ganancias y pérdidas; aunque
estas transacciones también inciden en los otros
estados.

Entonces el filtro final de la compraventa es la parte
contable. Aunque todo esto no queda allí, porque
después se volverá aplicar otros aspectos como el
tributario para declarar, el financiero para pagar o cobrar y el
legal en caso que no se cumpla.

PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE
ACEPTADOS (PCGA).

El Plan Contable
General reconoce que los principios que se
exponen a continuación son los fundamentales y
básicos, para el adecuado cumplimiento de los fines de la
contabilidad:

Monografias.com

NORMAS INTERNACIONALES DE
CONTABILIDAD

Monografias.comMonografias.comMonografias.com

NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN
FINANCIERA – NIIF

Monografias.com

PLAN CONTABLE GENERAL REVISADO:

El Plan Contable General Revisado rige desde el ejercicio
económico de 1985, fue dispuesto mediante
Resolución CONASEV No. 006-84-EFC/94.10. Este documento
constituye un importante elemento dentro del Sistema Contable
Nacional..

El Plan Contable General Revisado, se define como el conjunto
de cuentas normalizadas bajo las que se clasifican y codifican
las diferentes transacciones efectuadas por una entidad. La
principal característica de un plan contable ha de ser su
generalidad, en el sentido de que contemple de un modo
genérico la totalidad de operaciones que deban ser objeto
de registro contable.

El Plan Contable General, surge sobre la base de una necesidad
básica de homogeneizar el lenguaje
contable empleado en el país, y se da a través del
Decreto Ley 20172 Sistema Uniforme de Contabilidad para Empresas
teniendo como base el Plan Contable General y que las empresas
registraron sus operaciones base este Plan Contable a partir del
01.01.1974.

Empleo del Plan Contable General Revisado

Se emplearán cuentas
contables desagregadas a nivel de:

(1) Tres (3) dígitos como mínimo, para los
deudores tributarios que en el ejercicio anterior hayan obtenido
ingresos brutos hasta cien (100) UITs; y,

(2) Cuatro (4) dígitos como mínimo, para los
deudores tributarios que en el ejercicio anterior hayan obtenido
ingresos brutos mayores a cien (100) UITs.

La utilización del Plan Contable General Revisado no
será de aplicación en aquellos casos en que, por
norma especial, los deudores tributarios se encuentren obligados
a emplear un Plan Contable, Manual de Contabilidad u otro similar
distinto, en cuyo caso deberán utilizar estos
últimos.

REGLAMENTO DE INFORMACIÓN
FINANCIERA:

Este documento contiene las normas que deben observar las
empresas en la preparación y presentación de la
información financiera, con el objeto de que dicha
información reúna las cualidades mínimas de
conformidad con los Principios de
Contabilidad Generalmente Aceptados.

El Reglamento comprende el marco conceptual y las normas para
la presentación y preparación de los estados
financieros, el Informe de
Gerencia y las
disposiciones aplicables a los estados financieros auditados.

Es parte integrante del presente Reglamento, el Manual para la
Preparación de los Estados Financieros (Manual) el cual
describe en forma didáctica el contenido de las cuentas y/o
partidas de los estados financieros, las revelaciones que deben
considerar en la elaboración de las notas, la forma de
elaborar el Informe de Gerencia, así como aquellos
aspectos que deben ser considerados en la información
financiera auditada, incluyendo finalmente los modelos de
presentación de información financiera y un
glosario de
términos.

Los estados financieros deben ser preparados y presentados de
acuerdo con los Principios de Contabilidad Generalmente
Aceptados, normas contables establecidas por los Órganos
de Supervisión y Control y las
normas del presente Reglamento.

Los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados
están contenidos en las Normas
Internacionales de Contabilidad (NIC)
oficializadas y vigentes en el Perú y comprenden
también los pronunciamientos técnicos emitidos por
la profesión contable en el Perú.

En aquellas circunstancias que determinados procedimientos
operativos contables no estén específicamente
normados en alguna de las NIC, deberá aplicarse los
criterios expuestos en el marco conceptual de dichas normas,
pudiéndose apoyar en procedimientos similares o
específicos considerados en los Principios de Contabilidad
aplicados en los Estados Unidos de
Norteamérica.

La información contenida en el Reglamento de
Información Financiera, se encuentra detallada en el
Manual para la preparación de información
financiera.

MÉTODO MONISTA DE REGISTRO
CONTABLE:

Este método de registro contable exige
básicamente la utilización de un solo juego de
libros para la contabilidad
financiera y para la contabilidad analítica de
explotación (costos).

Este método de registro tiene las siguientes
características: requiere de un solo juego de libros como
lo hemos indicado, el control de
inventarios se realiza a través de las cuentas de
existencias (clase 2 del Plan contable de las empresas); y,
existe una cuenta de enlace, entre la contabilidad financiera y
la analítica de explotación, identificada como 79
Cargas imputables a cuenta de costos.

El método monista requiere dos asientos contables
simultáneos para concretarse, el asiento contable por
naturaleza y
el asiento contable por destino

MÉTODO DUALISTA DE REGISTRO
CONTABLE:

El método de registro dualista exige básicamente
la utilización de dos juegos de
libros, uno para la contabilidad financiera y otro para la
contabilidad analítica de explotación.

Este método dispone de las siguientes
características: requiere dos juegos de libros; el control
de los inventarios, se realiza a través de las cuenta de
inventarios permanentes de la contabilidad analítica de
explotación; y, si bien en este método, la
contabilidad financiera y la contabilidad analítica de
explotación, utilizan libros en forma particular, no
quiere decir que sean totalmente aislados, dado que presenta por
lo menos algunas cuentas que los relacionan en alguna forma, esta
cuenta o cuentas se les denomina Cuentas reflejas, que cual un
espejo, busca reflejar los movimientos de un sistema en el
otro.

PROCESO DE LA CONTABILIZACIÓN DE LAS
TRANSACCIONES:

La mayoría de actividades profesionales son procesos. La
contabilidad no se aparta de este principio, se lleva a cabo
mediante un proceso.

La contabilidad de las empresas, es básicamente un
sistema. Dicho sistema tiene varios elementos, como las personas,
las normas, los recursos materiales y
financieros dedicados a la actividad contable, pero
también los procesos, procedimientos, técnicas y
prácticas.

En relación con el proceso, tenemos que indicar que el
proceso contable es un conjunto de fases, ordenadas
secuenciadamente, concatenadas para obtener un producto final
en las mejores condiciones.

El proceso contable de cualquier empresa, dispone del
siguiente proceso:

Monografias.com

PROCEDIMIENTOS, TÉCNICAS Y
PRÁCTICAS CONTABLES:

La contabilidad como proceso, no se ejecuta en forma directa,
se da en el contexto de procedimientos, técnicas y
prácticas contables. El
conocimiento y aplicación de dichos elementos es
fundamental en el campo de desarrollo de
la profesión contable.

Como consecuencia de aplicar las fases del proceso contable de
una empresa se
tiene que concretar los procedimientos, técnicas y
prácticas de contabilización de las
transacciones.

Los procedimientos son actividades generales que involucran a
las técnicas y prácticas contables.

Las técnicas contables son formas específicas de
hacer los registros
contables con la destreza y dominio que exige
la profesión.

Las prácticas son aquellos pasos y detalles que tienen
que aplicarse para concretar los registros y otros aspectos de la
contabilización de las transacciones.

REGISTRO COMPUTARIZADO MEDIANTE EL
SISCONT:

La importancia de la contabilidad computarizada es que es
más veloz; ya que por medio de la creación del
software o
programas
creados en el computador se
pueden realizar labores hasta antes propias de los contadores. Se
puede proporcionar información con mayor rapidez que uno
manual, por que la computadora
realiza en forma instantánea tareas que consumen mucho
tiempo cuando
se hacen en forma manual; Se puede manejar un volumen de
operaciones mayor; Se reduce mucho el número de errores,
por que la computadora
hace los cálculos con mayor exactitud que un ser humano;
El uso de la computadora asegura cada asiento con exactitud, esto
evita errores, como el doble pase, el pase a una cuenta
equivocada, pasar un débito como un crédito o
viceversa, y pasar una cantidad equivocada.

En un sistema de contabilidad computarizado, los informes se
pueden producir automáticamente, tales como: Diarios,
Mayores, Estados Financieros, e Informes Especiales que ayuden a
la administración a tomar decisiones.

Mediante la contabilidad computarizada la labor del contador
es prácticamente intelectual. El contador nada mas
deberá asegurarse de que la configuración y entrada
de una transacción sean conectadas, el sistema hará
el resto.

Sistema contable que se implementan dentro de una
empresa

La contabilidad financiera:

Es una técnica que se utiliza para producir
sistemática y estructuradamente información
cuantitativa expresada en unidades monetarias de las
transacciones que realiza una entidad económica y de
ciertos eventos
económicos identificables que la afectan, con el objeto de
facilitar a los diversos interesados el tomar decisiones en
relación con dicha entidad económica.

La Contabilidad de
Costos:

Es un sistema de
información que clasifica, acumula, controla y asigna
los costos para determinar los costos de actividades, procesos y
productos y
con ello facilitar la toma de
decisiones, la planeación
y el control
administrativo. Los informes de costos son muy útiles
también para la planeación y selección
de alternativas ante una situación dada.

La contabilidad
Administrativa:

Es la manera más directa a una información
preparada y presentada para ser utilizada por las personas que
internamente en la entidad, día a día, deben tomar
decisiones respecto a la administración de ésta
(directores, gerentes, administradores, funcionarios, etc.). Esta
contabilidad la llevan toas las empresas.

MANTENIMIENTO DE ÁREAS Y PERIODOS DE TRABAJO

PARÁMETROS  INICIALES

Para utilizar el Siscont Profesional de manera óptima,
debemos de seguir el siguiente orden:

Primero: Ir al  menú Utilitarios e ingresar
en los siguientes comandos:

  • Cambio de Mes

  • Selección de Empresas

  • Mantenimiento de Archivos

  • Datos Generales de la Empresa

PLAN DE CUENTAS

De acuerdo a las disposiciones legales pertinentes, las
empresas de acuerdo a su actividad establecen sus planes de
cuentas. Los códigos y su nomenclatura se
precisan en la lista de cuentas del Plan Contable.

El Sistema nos presenta los siguentes campos:

Monografias.comMonografias.com

TABLAS AUXILIARES

El sistema utiliza las siguientes  Tablas Auxiliares:

Monografias.com

INGRESO DE COMPROBANTES (VOUCHERS)

Es el comprobante de ingreso de diario que contiene dos o mas
registros por cada operaciones realizadas en la empresa.
Comprende los siguientes procesos:

Monografias.com

INFORMES  CONTABLES  

Son todos aquellos informes oficiales provenientes de los
registros de voucher en un sistema mecanizado que sirve de
sustento para las entidades de control y fiscalizadoras. Los
libros contables principales son:

Monografias.com

INFORME DE REGISTROS AUXILIARES

El sistema también contempla los libros auxiliares,
siendo estos los siguientes:

Monografias.com

ESTADOS FINANCIEROS 

Son los documentos que debe preparar contabilidad al terminar
un período económico, a fin de conocer la
situación financiera y los resultados económicos
obtenidos en las actividades de la empresa. Entre estos
documentos tenemos los siguientes:

Monografias.com

GESTIÓN FINANCIERA 

Son todos aquellos informes  provenientes de los
registros de voucher en un sistema mecanizado que sirven 
para la gestión
de las áreas financiera, créditos y cobranzas, caja y
tesorería.

Monografias.com

Gestión de Negocio

Nos muestra el manejo
de las unidades de negocio dentro de la empresa, la
asignación de gastos y el resultado operacional.

Monografias.com

Informes Gerenciales 

Nos muestra informes relacionados con al gestión de la
empresa, informes que se deben utilizar en la toma de decisiones
en la empresa.

Monografias.com

Utilitarios 

Nos muestra informes relacionados con al gestión de la
empresa, informes que se deben utilizar en la toma de decisiones
en la empresa.

Monografias.com

CAPÍTULO III:

MUCROCONSULT-DHC & ASOCIADOS.

Descripción de la práctica
realizada

LA FORMACION PROFESIONAL COMPRENDE DOS GRANDES AREAS, UNA LA
ACADEMICA Y OTRA LA PRACTICA REALIZADA. EN EL AREA ACADEMICA SE
CONOCE Y COMPRENDE TODOS LOS ASPECTOS TEÓRICOS. EN EL AREA
DE LA PRACTICA, SE LLEVA A CABO LA APLKICACION DE LOS PRINCIPIOS,
NORMAS, PROCESOS, PROCEDIMIENTOS, TECNICAS Y PRACTICAS
CONTABLES.

CONSIDERO QUE LA EXPERIENCIA MAS GRATA EN EL PROCESO DEL
APRENDIZAJE DE
LA CIENCIA
CONTABLE, ES LA PRÁCTICA REALIZADA EN MICROCONSULT-DHC
& ASOCIADOS. POR QUE AQUÍ SE DAN CASI TODOS LOS
EVENTOS LEGALES, FINANCIEROS, TRIBUTARIOS, LABORALES Y
CONTABLES.

SE TRABAJA MANUALMENTE EN ALGUNOS CASOS, EN OTROS CASOS EN
FORMA COMPUTARIZADA Y TAMBIÉN EN FORMA MIXTA. ES DECIR SE
ADQUIERE LAS MÁS DIVERSAS EXPERIENCIAS EN EL REGISTRO DE
LAS TRANSACCIONES.

ES DECIR EN UN ESTUDIO CONTABLE, SE TIENE DE TODO. AL HABER
CONTRIBUYENTES ORGANIZADOS COMO PERSONAS NATURALES, OTROS COMO
PERSONAS JURÍDICAS, DE DISTINTOS REGÍMENES
TRIBUTARIOS; HACE QUE UNO TENGA QUE REFORZAR TODOS, ABSOLUTAMENTE
TODOS LOS CONOCIMIENTOS, PARA ESTAR EN LAS MEJORES CONDICIONES
PARA REALIZAR UN TRABAJO
EFECTIVO.

UN ESTUDIO CONTABLE, ES UNA ENTIDAD DONDE SE PLASMA TODO LO
APRENDIDO, LO CUAL A SU VEZ PROVIENE DE LA FORMACIÓN
ACADÉMICA RECIBIDA EN EL INSTITUTO, POR NUESTROS
PROFESORES Y PROFESORAS.

  • DESCRIPCIÓN DE LAS PRACTICAS REALIZADAS

EN EL ESTUDIO CONTABLE, SE PUEDE PRACTICAR EN DIFERENTES
ACTIVIDADES. POR EJEMPLO EN LA FORMALIZACIÓN DE EMPRESAS,
MEDIANTE LA EMISION DE VARIOS DOCUMENTOS, EN EL REGISTRO DE
TRANSACCIONES EN LIBROS AUXILIARES, EN LA CENTRALIZACION DE
OPERACIONES EN LIBROS PRINCIPALES, EN LA FORMULACION DE
DECALRACIONES JURADAS, EN LA FORMULACION DE ESTADOS FINANCIEROS,
ANALIS E INTERPRETACION DE LA INFORMACION FINANCIERA, EN
ACTIVIDADES DE AUDITORIA, EN ACTIVIDADES DE FINANZAS. EN EL
ESTUDIO CONTABLE SE PRESENTA DE TODO.

EN MI CASO, LA PRACTICA MAYORMENTE HA ESTADO CENTRADA EN EL
TRATAMIENTO TRIBUTARIO Y CONTABLE DE LAS TRANSACCIONES DE
INSTITUCIONES EDUCATIVAS PARTICULARES.

EN MICROCONSULT-DHC & ASOCIADOS, SE TRABAJA CON 3 PERSONAS
PARA SUS DIFERENTES ÁREAS Y CLIENTES, CON LOS CUALES, EL
PROPIETARIO –GERENTE,
MANTIENE UNA INTERRELACIÓN MUY ESTRECHA PARA REALIZAR UN
TRABAJO EFECTIVO Y EFICIENTE. ESTO EN CONDICIONES NORMALES. EN
ÉPOCA DE DECLARACIONES MENSUALES, SE CONTRATA A DOS
PERSONAS MÁS PARA QUE AYUDEN EN ESE TRABAJO. EN
ÉPOCA DE DECLARACIONES ANUALES EL ESTUDIO, LLEGA A TENER
MÁS DE 10 PERSONAS. TAMBIÉN PARA TRABAJOS DE
AUDITORIA EL ESTUDIO REÚNE EQUIPOS DE AUDITORIA CON OTROS
PROFESIONALES Y PERSONAL
TÉCNICO.

AL INICIO DE MIS PRÁCTICAS RECIBÍ
INFORMACIÓN COMO ESTABA ORGANIZADO EL ESTUDIO CONTABLE Y
ESPECIALMENTE EL ÁREA CONTABLE Y TRIBUTARIA, LA MISMA QUE
DISPONE DE LA SECCIÓN REGISTROS AUXILIARES, LUGAR
DONDE HE DESARROLLADO MIS PRÁCTICAS.

Al iniciar mis prácticas, me presentaron al personal
del Estudio, quienes me mostraron su afecto y sus deseos de
colaborar para que pudiera realizar mis prácticas y de ese
modo conocer, comprender y aplicar correctamente los
procedimientos contables y tributarios. A la fecha ya no me
encuentro trabajando formalmente en dicho Estudio, aunque a veces
me convocan para cierto horario o ciertos días y voy con
todo gusto.

Para desarrollar las prácticas es necesario tener
muchos conocimientos y prácticas contables elementales, de
lo contrario no se puede desempeñar ninguna actividad.

Para el efecto, los compañeros de trabajo que tienen
más tiempo le facilitan a uno las cosas, haciendo
comentarios contables, tributarios, laborales y financieros;
también haciendo preguntas para contestarlo en ese mismo
momento o al otro el día previa la revisión de las
normas contables y especialmente tributarias.

Para el desarrollo del trabajo, el Estudio Contable, dispone
de abundante bibliografía contable, tributaria, auditoría, laboral,
financiera, normas, casos, etc., etc. lo que facilita la
oportunidad de estar al día con los conocimientos y las
situaciones que se presentan en los distintos tipos de
empresas.

En el Estudio Contable, la función
contable y tributaria es abundante, sin embargo debemos
multiplicar nuestros esfuerzos para tener al día todos los
registros, libros, informes y estados. Para que esto tenga su
efectividad, se cuenta con la permanente supervisión del
Propietario-Gerente C.P.C.C.DOMINGO HERNANDEZ CELIS, quien con su
carácter amable y su experiencia, nos da la total
confianza para un trabajo efectivo.

El Estudio Contable, para la mejor realización del
trabajo del personal se encuentra suscrito al Informativo
Caballero Bustamante y a la revista
Contadores & Empresas. Estas organizaciones
envían diariamente boletines virtuales de carácter
legal, tributario, laboral, contable, etc., que son leídos
por el Propietario-Gerente para conocimiento
de todo el personal. Asimismo se recibe quincenalmente los
informativos, lo que permite estar al día con toda la
información.

El Estudio al estar suscrito, pude hacer consultas
telefónicas, vía correo
electrónico y otros medios a las empresas de los
informativos y revistas.

Asimismo se puede hacer uso de los teléfonos de
consulta con SUNAT. 315-0730 Y 0-801-121-00, y, si fuera el caso
el personal puede ir a la misma SUNAT a absolver alguna consulta
relacionada con algún cliente del Estudio, cuando por
alguna circunstancia no se encuentre el Propietario-Gerente o
estándolo no dispone de la información
correspondiente.

  • FORMA DE REALIZACIÓN DE LAS PRACTICAS

Las prácticas realizadas en MICROCONSULT-DHC ASOCIADOS,
ha conllevado aplicación de procedimientos manuales y
computarizados. En uno y otro caso se obtiene la
información necesaria.

En ese sentido, al inicio del trabajo, el Encargado de esta
Sección me mostró el Software SISCONT,
dándome algunas pautas de su uso, algo que me
sirvió para reforzar lo aprendido en el Instituto,
también me mostró los Libros que maneja la
Sección a su cargo; haciéndome hincapié en
los procedimientos que debería aplicar para desarrollar mi
trabajo en forma ordenada y eficaz; también me
indicó que en la medida que realice mi trabajo
correctamente, es decir en base a las normas tributarias,
estaría haciendo que los contribuyentes efectúen la
Declaración y pago de tributos
correctamente, de modo que en el caso eventual de una
fiscalización por parte de la Administración
Tributaria, dichos contribuyentes no tendrían
ningún problema, por razones de nuestro trabajo.

Para el registro de la información en los registros de
compras y ventas de los contribuyentes, he seguido
básicamente los siguientes procedimientos:

  • a) Luego de recibir los comprobantes de pago y otros
    documentos de parte de la Sección Tramite
    Documentario
    , se procede a ordenarlos; es decir por un
    lado las compras y gastos y por otro lado las ventas e
    ingresos. Estos mismos documentos son ordenados en forma
    cronológica, desde la fecha más antigua hasta
    la mas reciente; teniendo en cuenta que este trabajo en
    algunos casos se hace en forma diaria, otras veces en forma
    semanal, quincenalmente y mensualmente de acuerdo a como los
    contribuyentes van remitiendo sus documentos.

  • b) Luego estos documentos son verificados que
    contengan los datos establecidos por las normas sobre
    comprobantes de pago, como por ejemplo: Razón social,
    No. de RUC, No. de Serie y No. correlativo del Comprobante
    respectivo; los conceptos de compras y ventas(cantidad y
    especificación detallada de los productos o servicios)
    según el caso; el Valor de venta(Sub-Total) o base
    imponible; el Impuesto General a las Ventas e Impuesto de
    Promoción Municipal y el Precio de Venta(Total) para
    el caso de las Facturas y para otros documentos los datos que
    establece el Reglamento de Comprobantes de Pago.

  • c) Luego se procede al registro de la
    operación en el libro correspondiente. Al respecto se
    debe observar lo siguiente:

Monografias.com

Las empresas fundamentalmente, trabajan en sus compras o
gastos y en sus ventas o ingresos con Facturas, pero si durante
el período de registro hubiera otros comprobantes se
aplicará los datos y
requisitos normados al respecto.

  • d) Luego de realizado el registro de todas las
    operaciones de compras y ventas en los libros
    correspondientes, se entrega estos documentos para que sean
    verificados por el Encargado de la Sección; quien
    luego de constatar que el trabajo ha sido realizado
    correctamente, traslada los libros a la Sección
    Formulación de Declaraciones Juradas.

  • e) Si es que el trabajo realizado, en este caso por
    mi persona, hubiera tenido errores; el Encargado de la
    Sección realiza las correcciones necesarias,
    vía contra registros, es decir registrando la misma
    información pero entre paréntesis o signo
    negativo, de modo que queda anulado el registro equivocado y
    luego registrando nuevamente la operación correcta. Al
    respecto, al comienzo por ser una de mis primeras
    experiencias en el manejo directo de estos libros oficiales,
    tuve algunos errores, los cuales fueron corregidos mediante
    el procedimiento antes indicado; luego con la experiencia
    adquirida, las recomendaciones y sugerencias ya no tuve
    ningún problema.

Monografias.comMonografias.com

INFORMACIÓN DEL REGISTRO DE VENTAS:

La información mínima que deberá
registrarse en el Registro de Ventas e Ingresos es la
siguiente:

Monografias.com

INFORMACIÓN DEL REGISTRO DE COMPRAS:

La información mínima que debe contener el
Registro de compras es la siguiente:

Monografias.com

Para las anotaciones en los registros se deberá
observar lo siguiente
:

  • Para determinar el valor mensual de las operaciones
    realizadas cada contribuyente se debe anotar sus operaciones,
    como las modificaciones al valor de las mismas, en el mes en
    que éstas se realicen. Para efecto del Registro de
    Compras, las adquisiciones podrán ser anotadas dentro
    de los cuatro (4) períodos tributarios computados a
    partir del primer día del mes siguiente de la fecha de
    emisión del documento que corresponda, siempre que los
    documentos respectivos sean recibidos con retraso. Vencido
    este plazo, el adquiriente que haya perdido el derecho al
    crédito fiscal podrá contabilizar el
    correspondiente Impuesto como gasto o costo para efecto del
    Impuesto a la Renta.

  • Los documentos emitidos por ADUANAS y aquellos que
    sustentan la utilización de servicios, deberán
    anotarse a partir de la fecha en que se efectuó el
    pago del Impuesto.

  • El llevado en forma manual de los registros de ventas y de
    compras, podrá registrar un resumen diario de aquellas
    operaciones que no otorguen derecho a crédito fiscal,
    debiendo hacerse referencia a los documentos que acrediten
    las operaciones, siempre que lleven un sistema de control con
    el que se pueda efectuar la verificación individual de
    cada documento.

  • Para efecto de los registros de ventas e Ingresos y de
    Compras, deberá totalizarse el importe correspondiente
    a cada columna al final de cada página.

Anulación, Reducción o aumento en el valor de
las operaciones:

Para determinar el valor mensual de las operaciones realizadas
se deberá anotar en los Registros de ventas e Ingreso y de
compras, todas las operaciones que contengan como efecto anular,
reducir o aumentar parcial o totalmente el valor de las
operaciones. Para que las modificaciones mencionadas tengan
validez, deberán estar sustentadas, en su caso, por los
siguientes documentos: Notas de Débito y de
Crédito, cuando se emitan respecto de operaciones
respaldadas con comprobantes de pago y las liquidaciones de
cobranza u otros documentos autorizados por ADUANAS, cuando
se emitan con respecto de operaciones de Importación

Cuentas de Control:

Para efecto de control, según la Ley del IGV y su
Reglamento, deben abrir en su contabilidad las cuentas de balance
denominadas "Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal" e "Impuesto Selectivo
al Consumo, según corresponda

Comprobantes de pago:

El contribuyente del impuesto general a las ventas, debe
entregar comprobantes de pago por las operaciones que realiza,
los que serán emitidos en la forma y condiciones
establecidas en el Reglamento de comprobantes de pago.

En las operaciones con otros contribuyentes del Impuesto se
consigna separadamente en el comprobante de pago correspondiente
el monto del Impuesto. Tratándose de operaciones
realizadas con personas que no sean contribuyentes del Impuesto,
se podrá consignar en los respectivos comprobantes de pago
el precio o valor global, sin discriminar el Impuesto. El
comprador del bien, el usuario del servicio está obligado
a aceptar el traslado del Impuesto. La SUNAT ha establecido
normas y procedimientos que permite tener información
previa de la cantidad y numeración de los comprobantes de
pago y guías de remisión. Corresponde a la SUNAT
señalar las características y los requisitos
básicos de los comprobantes de pago, así como la
oportunidad de su entrega. Las copias y los originales, en su
caso, de los comprobantes de pago y demás documentos
contables deberán ser conservadas durante el
período de prescripción de la acción
fiscal.

Operaciones en Moneda Extranjera:

En el caso de operaciones realizadas en moneda extranjera, la
conversión en moneda nacional se efectuará al
tipo de cambio dólar bancario promedio ponderado (fecha
de publicación) venta
, publicado por la
Superintendencia de Banca y Seguros en la fecha de nacimiento
de la obligación tributaria
, salvo el caso de las
importaciones en donde la conversión a moneda nacional se
efectuará al mismo tipo de cambio, pero publicado por la
mencionada Superintendencia en la fecha de pago del Impuesto
correspondiente.

En los días que no se publique el tipo de cambio se
utilizará el último publicado. Pero hay que tener
en cuenta que para efectos del registro contable (asientos de
centralización de las compras y ventas en
el Libro Diario),
el tipo de cambio a utilizar es diferente, procediéndose
de acuerdo a lo que establece la Ley del Impuesto a la Renta y su
Reglamento; en este sentido las cuentas correspondientes a las
ventas como 701, 702, 762, 121 y 168 el tipo de cambio a utilizar
es el del Dólar bancario (fecha de cierre) vigente COMPRA
y para las cuentas correspondientes a las compras como
33,34,38,60,63,64,65,67; 42 y 46 se aplica el tipo de cambio
Dólar bancario (fecha de cierre) Vigente VENTA.
Haciéndose el registro contable de esta forma, origina
Diferencias de cambio (perdidas y /o ganancias) que serán
registradas en las cuentas de resultados 676 y 776
respectivamente.

  • INSTRUMENTOS DE TRABAJO

CRONOGRAMA DE OBLIGACIONES MENSUALES –
EJERCICIO 2007

Monografias.com

Monografias.com

Monografias.com

Monografias.com

Monografias.com

Monografias.com

Anexo

Resolución de Superintendencia N°
025-97/SUNAT

(Anexo sustituido por la Segunda
Disposición Complementaria Final de la Resolución
de Superintendencia N° 234-2006, publicada el 30.12.2006 y
vigente a partir del 01.01.2007, salvo lo dispuesto en los
artículos 12° y 13° los cuales entrarán en
vigencia a partir del 1 de enero de 2008)

CÓDIGO

DENOMINACIÓN COMPLETA

00

Otros (especificar)

01

Factura

02

Recibo por Honorarios

03

Boleta de Venta

04

Liquidación de compra

05

Boleto de compañía de
aviación comercial por el servicio de transporte aéreo de pasajeros

06

Carta de porte aéreo por el servicio
de transporte de carga aérea

07

Nota de crédito

08

Nota de débito

09

Guía de remisión –
Remitente

10

Recibo por Arrendamiento

11

Póliza emitida por las Bolsas de
Valores, Bolsas de Productos o Agentes de
Intermediación por operaciones realizadas en las
Bolsas de Valores o Productos o fuera de las mismas,
autorizadas por CONASEV

12

Ticket o cinta emitido por máquina
registradora

13

Documento emitido por bancos, instituciones
financieras, crediticias y de seguros que se encuentren
bajo el control de la Superintendencia de Banca y
Seguros

14

Recibo por servicios
públicos de suministro de energía eléctrica, agua,
teléfono, telex y telegráficos
y otros servicios complementarios que se incluyan en el
recibo de servicio público

15

Boleto emitido por las empresas de
transporte público urbano de pasajeros

16

Boleto de viaje emitido por las empresas de
transporte público interprovincial de pasajeros
dentro del país

17

Documento emitido por la Iglesia
Católica por el arrendamiento de bienes
inmuebles

18

Documento emitido por las Administradoras
Privadas de Fondo de Pensiones que se encuentran bajo la
supervisión de la Superintendencia de
Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

19

Boleto o entrada por atracciones y
espectáculos públicos

20

Comprobante de Retención

21

Conocimiento de embarque por el servicio de
transporte de carga marítima

22

Comprobante por Operaciones No
Habituales

23

Pólizas de Adjudicación
emitidas con ocasión del remate o
adjudicación de bienes por venta forzada, por los
martilleros o las entidades que rematen o subasten bienes
por cuenta de terceros

24

Certificado de pago de regalías
emitidas por PERUPETRO S.A

25

Documento de Atribución (Ley del
Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al
Consumo, Art. 19º, último párrafo, R.S.
N° 022-98-SUNAT)

26

Recibo por el Pago de la Tarifa por Uso de
Agua Superficial con fines agrarios y por el pago de la
Cuota para la ejecución de una determinada obra o
actividad acordada por la Asamblea General de la
Comisión de Regantes o Resolución expedida
por el Jefe de la Unidad de Aguas y de Riego (Decreto
Supremo N° 003-90-AG, Arts. 28° y 48°)

27

Seguro Complementario de Trabajo de
Riesgo

28

Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto

29

Documentos emitidos por la COFOPRI en
calidad de oferta
de venta de terrenos, los correspondientes a las subastas
públicas y a la retribución de los servicios
que presta

30

Documentos emitidos por las empresas que
desempeñan el rol adquirente en los sistemas
de pago mediante tarjetas
de crédito y débito

31

Guía de Remisión –
Transportista

32

Documentos emitidos por las empresas
recaudadoras de la denominada Garantía de Red
Principal a la que hace referencia el numeral 7.6 del
artículo 7° de la Ley N° 27133 – Ley
de Promoción del Desarrollo de la Industria del
Gas
Natural

34

Documento del Operador

35

Documento del Partícipe

36

Recibo de Distribución de Gas Natural

37

Documentos que emitan los concesionarios
del servicio de revisiones técnicas vehiculares, por
la prestación de dicho servicio

50

Declaración Única de Aduanas
– Importación definitiva

52

Despacho Simplificado – Importación
Simplificada

53

Declaración de Mensajería o
Courier

54

Liquidación de Cobranza

87

Nota de Crédito Especial

88

Nota de Débito Especial

91

Comprobante de No Domiciliado

96

Exceso de crédito fiscal por retiro
de bienes

97

Nota de Crédito – No Domiciliado

98

Nota de Débito – No Domiciliado

99

Otros – Consolidado de Boletas de Venta

Monografias.com

Mayo – 2008

Monografias.com

RÉGIMEN TRIBUTARIO
PERUANO

Los principales tributos que integran el Sistema
Tributario Peruano son los siguientes:

Monografias.com

  • CASOS PRÁCTICOS

Monografias.com

Monografias.com

Monografias.com

Monografias.com

Monografias.com

Monografias.com

Monografias.com

Monografias.com

Monografias.comMonografias.com

Monografias.com

Conclusiones

Pese a las dificultades que uno experimenta al ingresar a un
Estudio Contable, por la falta de experiencia, por el temor de
quedar mal, etc.; sin embargo es muy reconfortante por la
experiencia que uno adquiere.

MICROCONSULT- DHC & SOCIADOS, es una entidad que ha
facilitado mi experiencia pre profesional, de lo cual
estaré muy agradecido por siempre.

Las conclusiones del trabajo son las siguientes:

  • 1. En MICROCONSULT-DHC & ASOCIADOS, mi trabajo
    estuvo orientado a llevar los REGISTROS DE COMPRAS Y VENTAS
    DE las instituciones educativas que con clientes del Estudio.
    En dichas entidades una característica principal es
    que los servicios educativos privados están inafectos
    o no gravados con el Impuesto General a las Ventas, sin
    embargo están gravadas con el Impuesto a la Renta de
    Tercera Categoría.

  • 2. En MICROCONSULT-DHC & ASOCIADOS, el
    entrenamiento y la capacitación es trascendente para
    la realización de las prácticas, especialmente
    en aspectos tributarios, contables y computarizados; lo cual
    se consigue con la adecuada formación que recibimos en
    el Instituto.

  • 3. Si bien, MICROCONSULT-DHC & ASOCIADOS, sigue
    llevando la contabilidad de algunos clientes en forma manual,
    porque así lo han declarado los contribuyentes, sin
    embargo dispone de hardware y software especializado para
    desarrollar la contabilidad computarizada de los
    contribuyentes; lo que requiere estar bien capacitado para el
    manejo del software contable.

  • 4. En MICROCONSULT- DHC & ASOCIADOS, para el
    registro de las transacciones de Registros de Ventas y
    Compras, es necesario un amplio conocimiento y
    aplicación de las normas tributarias; como la Ley del
    Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo
    y su Reglamento, Ley del Impuesto a la Renta y su reglamento,
    Reglamento de Comprobantes de Pago y otras normas
    relacionadas.

  • 5. El problema que se tiene en el registro de las
    operaciones de compras y ventas es por un lado la
    identificación de la operación como gravada, no
    gravada o exonerada y luego conocer el tipo de moneda en la
    cual se ha emitido el comprobante de pago; por cuanto si es
    moneda extranjera debe aplicarse para efecto de los Registros
    de ventas y compras las normas tributarias establecidas en la
    Ley del Impuesto General a las Ventas.

  • 6. La entrega de información de los
    Contribuyentes a MICROCONSULT- DHC & ASOCIADOS es muy
    lento y algunas veces los clientes innecesariamente se
    demoran; lo que hace en muchos casos se demore en el registro
    de los libros y por ende en la formulación de las
    Declaraciones Juradas, cumpliendo en algunos casos a
    última hora y otras veces fuera de plazo.

  • 7. La formación académica que se recibe
    en el Instituto es un gran punto de partida, sin embargo
    requiere ser reforzada con seminarios de capacitación
    para estar al día en todos los conocimientos y
    experiencias contables y tributarias. MICROCONSULT-DHC &
    ASOCIADOS, es muy exigente en el trabajo de su personal.

Sugerencias

Luego de llevar a cabo mis prácticas en
MICROCONSULT-DHC & ASOCIADOS, es necesario dejar sentado las
siguientes sugerencias, para el mejor aprovechamiento de todos
los elementos:

  • 1. Un primer punto a recomendar en un ESTUDIO
    CONTABLE, es identificar el tipo de servicios que prestan los
    clientes del Estudio. Para ello se debe tener conocimiento y
    comprensión de la Ley del Impuesto General a las
    Ventas, Impuesto a la Renta, Reglamento de Comprobantes de
    Pago y otras normas relacionadas.

  • 2. En la coyuntura actual, el paradigma es la
    competitividad, por tanto el estudio contable tiene que
    mejorar el grado de capacitación, entrenamiento y
    perfeccionamiento de su personal para que el servicio que
    presta sea de total satisfacción para los sus
    clientes. También para que pueda captar más
    clientes.

  • 3. En el mundo moderno, el que no sabe
    computación es analfabeto, por tanto el estudio
    contable debe capacitar al personal en el software que
    utiliza para poder aplicarlo en forma eficiente y eficaz,
    para el efecto puede utilizar la versión educativa que
    funciona en forma muy similar a la versión
    profesional.

  • 4. Para registrar correctamente la información
    en los Registros de Ventas y Compras; es necesario que el
    personal practicante y/o trabajador reciba una
    capacitación permanente del aspecto doctrinario y las
    aplicaciones de las normas tributarias correspondientes; de
    este modo los contribuyentes no van a tener ninguna
    observación en las fiscalizaciones que efectúa
    SUNAT.

  • 5. Con la capacitación debida, ya no
    habrá dificultades en el registro de los comprobantes
    de pago y otros documentos en los Registros de Compras y
    Ventas

  • 6. Debe buscarse que el flujo de la
    información de compras y ventas sea eficaz y oportuno
    para que se registren la información en los libros
    contables y luego se formulen las declaraciones a que
    esté obligados los contribuyentes dentro de los plazos
    establecidos.

  • 7. Recomiendo a las autoridades facilitar la
    titulación de los egresados araocinos, para poder
    continuar el ejemplo de nuestros docentes y así seguir
    estudiando en la Universidad y otros centros
    académicos.

Bibliografía

  • 1. Estudio Caballero Bustamante: "Impuesto General
    a las Ventas
    ". Edición actualizada año
    2008. Lima- Perú. Edición a cargo de Contadores
    & Empresas.

  • 2. Estudio Caballero Bustamante: "Manual Tributario
    2008". Lima.

  • 3. Ferrer Quea, Alejandro: Análisis y
    aplicación del Plan Contable General Revisado.

    Talleres Gráficos de ITAL PERU. Lima- Perú.
    Año 2006.

  • 4. Instituto de Auditores Internos de
    España-Coopers & Lybrand, SA. (1997) Los Nuevos
    conceptos del Control Interno– INFORME COSO.
    Madrid.
    Ediciones Díaz de Santos SA.

  • 5. Leturia Podestá, Carlos: Contabilidad de
    la Sociedad Anónima
    . Impreso en los Talleres de la
    Imprenta Lujan. Lima- Perú. Año 2004.

  • 6. Ministerio de economía y finanzas: Decreto
    Legislativo No. 821; Decreto Supremo No. 136-96-EF "Ley
    del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al
    Consumo" y Reglamento del Impuesto General a las Ventas
    ,
    respectivamente. Editora Perú. Lima-Perú.

  • 7. Rueda Peves, Gregorio: Nueva Ley General de
    Sociedades
    . Editora Gráfica Bernilla.. Lima
    Perú Año 1998

  • 8.  SUNAT. Ley del Impuesto General a la Ventas

  • 9. SUNAT. Ley del Impuesto a la Renta

 

 

 

 

Autor:

Domingo Hernández Celis

Lima, Perú – 2009

SE RECOMIENDA OBSERVAR LA LEY DE DERECHOS DE
AUTOR PARA EVITAR PROBLEMAS
LEGALES

[1] CONTADOR PÚBLICO COLEGIADO
CERTIFICADO.

Partes: 1, 2, 3
 Página anterior Volver al principio del trabajoPágina siguiente 

Nota al lector: es posible que esta página no contenga todos los componentes del trabajo original (pies de página, avanzadas formulas matemáticas, esquemas o tablas complejas, etc.). Recuerde que para ver el trabajo en su versión original completa, puede descargarlo desde el menú superior.

Todos los documentos disponibles en este sitio expresan los puntos de vista de sus respectivos autores y no de Monografias.com. El objetivo de Monografias.com es poner el conocimiento a disposición de toda su comunidad. Queda bajo la responsabilidad de cada lector el eventual uso que se le de a esta información. Asimismo, es obligatoria la cita del autor del contenido y de Monografias.com como fuentes de información.

Categorias
Newsletter