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Enigmas y dilemas de la constitución (El Salvador)



Partes: 1, 2

    1. Derechos falsos
      de la Constitución
    2. Trabajo
      y previsión social
    3. Una
      trampa jurídica con matiz de
      conspiración
    4. Previsión
      Social
    5. La
      familia y su estabilidad social
    6. Educación,
      Ciencia y Tecnología
    7. Ministerio
      de Educación y De las Artes (MINEDAR)
    8. Economía
      para quién (modelo económico)
    9. Otras
      falencias de la Constitución
    10. Salud
      pública y asistencia social
    11. Necesidad
      de convocar a una asamblea constituyente
    12. Conclusión

    Introducción

    La Constitución es el
    instrumento jurídico, políticamente más utilizado
    por los grupos de poder/presión (Poderes
    fácticos) y a la vez, el más ignorado por las masas,
    cuando son éstas últimas las destinatarias naturales de
    los derechos y garantías
    consagradas en esa norma primaria.

    Todavía existen ejemplares de cuando la norma
    primaria se llamaba "Constitución Política" y en cuyo texto, el Estado se dividía en
    "Poderes"; y, que fue reformada para evitar la participación
    política de las masas, fenómeno político que
    le es totalmente inconveniente a las elites
    dominantes.

    El pueblo (Las masas, la comunidad) tiene una vida
    política, siempre y cuando sea un pueblo organizado,
    consciente y consecuente; y, esa vida política es regulada y
    garantizada por la Constitución, porque es ésta norma
    la encargada de hacer valer ese derecho de participar en la
    política nacional, a las grandes mayorías; a hora bien,
    desvanecer esa idea y convencer a los ciudadanos que su rol se
    limita únicamente a ir y emitir el sufragio cuando las instituciones electorales
    convocan a elecciones, era y es la intención de fondo de
    cambiar el nombre de la Constitución, de "Constitución
    Política" a "Constitución de la República".

    Después de todo, la Constitución no se puede
    despolitizar, pues su función principal es
    organizar al Estado y la vida jurídica
    de la nación y esas funciones son políticas.

    Los grupos de presión
    (Poderes fácticos) muy organizados y coherentes con sus
    propios intereses, han comprendido que las masas deben repudiar
    la política, como algo negativo, que no les pertenece y que
    no quieren; por ello despliegan una gran campaña
    "Condenando" la "Politización" de algún tema de
    discusión nacional, cuando están en juego los intereses del
    pueblo, como por ejemplo, la elección del Fiscal General de la
    República, la aprobación del presupuesto general de la
    nación, ente
    otros.

    Derechos falsos de la
    Constitución

    A raíz de ciertos acontecimientos políticos,
    muchos han conocido que la Constitución es la ley suprema (primaria) y que rige
    a las demás leyes (secundarias); en la jerga
    de los iluminados (Magistrados de la CSJ) "disposiciones
    infra-constitucionales".

    Sin embargo, no muchos saben qué tanto implica que
    la Constitución sea ley suprema; es más, un mundo
    entero derivado de esa realidad es dejado en un cuarto oscuro,
    para que alguna vez sea revelado por un "valiente".

    Para comenzar es necesario analizar el término
    "CONSTITUCIÓN", respecto de lo cual, un escritor español expresa algo muy
    valioso: "Texto normativo fundamental del Estado de derecho. Como
    término derivado del latino constituere (establecer algo con
    carácter definitivo),
    evoca la base reguladora que garantiza el orden de convivencia de
    una comunidad nacional. Integrada por los valores y derechos que han
    de armonizarse mediante un constante esfuerzo legislativo y
    jurisprudencial, representa la norma suprema, super-ley o ley de
    leyes de los modernos Estados que, al mismo tiempo que garantiza los
    derechos y libertades de los ciudadanos, establece los límites a la acción del poder
    político. (Luís Ribó Durán. Diccionario de Derecho.
    Editorial BOSH 1995)

    Partamos entonces de una pregunta básica ¿Es
    la persona humana el origen y fin de
    la actividad del Estado; y, está éste organizado para
    la consecución de la justicia, la seguridad jurídica y el bien
    común? (Art. 1 Inc. 1º Cn)

    Y una cuestión más ¿De qué manera el
    Estado asegura a los habitantes de la República el goce de
    la libertad, la salud, la cultura, el bienestar
    económico y la justicia social? (Art. 1 Inc.
    3º)

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