C. La inspección judicial;
también un medio de prueba pero esta, la
práctica el Órgano Jurisdiccional que conoce el
caso.
Los fines de la observación del lugar de los hechos
son:
1. Comprobar la realidad del
presunto hecho delictivo.2. Encontrar suficiente evidencia
física, que permita por una parte identificar al autor
o autores de los hechos y por otra parte, conocer las
circunstancias de su participación.3. Hacerla con el mayor
número de recursos posibles, tanto humanos, materiales
y técnicos.
Elementos técnicos para
realizar la observación
criminalística.
1. Practicarla sin
dilación, de ser posible en cuanto se tenga
conocimiento del hecho delictivo.2. Realizarla en las mejores
condiciones posibles y auxiliarse cuando el caso lo requiera
de instrumentos de medición y
ópticos.3. No omitir o prescindir de
ningún detalle por mínimo que parezca, ya que
puede, ser la evidencia física más
valiosa.
III. La Fijación del lugar de los
hechos.
1. La descripción escrita; se
hará de los general a lo particular, del conjunto al
detalle, aparte de ser un examen minucioso del propio sitio,
es aconsejable hacer lo mismo con los alrededores.2. La fotografía; en virtud de que el
lugar de los hechos puede sufrir cambios significativos
conforme pasa el tiempo, la primera medida en el inicio de la
investigación será fotografiar y que quede un
registro permanente de cómo fue encontrado el
escenario de los hechos.
La fotografía
debe cumplir con exactitud y nitidez, así como en
secuencias lógicas: vistas generales, medias y
acercamientos.
a. Las áreas exteriores,
vientos y fachadas.b. Las vías de acceso
posible y natural.c. Vistas del cadáver con
más de un punto de referencia o
ángulo.d. Cada evidencia física o
conjunto de evidencias que se encuentren próximas
entre sí o al cadáver.e. El cadáver mostrando sus
lesiones, el estado y disposición de las ropas, las
armas que se encuentren en proximidades.
Finalmente los pequeños detalles y
micro evidencia.
3. El Croquis; luego de tomar las
fotografías que se consideren necesarias, se
procederá a elaborar el correspondiente dibujo o
esquema.
Este documento suministra informes sobre
las distancias, ya que la fotografía reproduce los
detalles pero limita a una imagen
plana.
Son útiles dos tipos de croquis,
conocidos como:
a. Simple o plano,
yb. de Kenyers o
abatible.
CROQUIS SIMPLE
CROQUIS DE KEYNERS
En la elaboración y
presentación del croquis, debe considerar:
a. Todas las medidas deben
tomarse con la máxima
precisión.b. Debe contener todo lo que
realmente es significativo.c. Si se ha usado
cámara fotográfica, marcar en el croquis, la
posición en que esta se encontraba.d. Poner en el croquis la
escala utilizada en las distancias.e. Señalar los puntos
cardinales para la orientación
correcta.f. Utilizar la
simbología convencional y mundialmente
conocida.
Fotografía de la escena del crimen
Croquis simple
4. El Moldeado; cuando el terreno blando se
encuentran huellas de pisadas humanas, rodados de
vehículos o bien soportes sólidos en que se
aprecien marcas de fractura, es conveniente sacarles el
respectivo molde.
Se recomienda hacer el molde tanto de la
huellas o marcas
encontradas en el lugar de los hechos, así como
también del objeto sospechoso para luego confrontarlos, en
testigo y en problema.
Moldeado de las Huellas o
Evidencias
IV. Descripción del lugar de los
hechos:
A. En los individuos desconocidos
señalar la media filiación, cuando son
conocidos señalar los aspectos antropológicos
como (sexo, talla, constitución física o
complexión, edad aparente, etcétera), describir
también el vestuario en general.B. Orientación del
cadáver con relación a los puntos cardinales y
luego señalar las características del medio
ambiente, los elementos físicos y
climatológicos existentes en el lugar donde ha sido
encontrado.
Comparación de dos
ángulos del cadáver en la misma escena del
crimen
C. Posición y actitud que
manifiesta:
1° decúbito
2° sentado
3° suspendido o colgado
4° sumergido
5° otras formas.
D. Lesiones externas, con ropa
puesta:1. de forcejeo
2. de lucha
3. de defensa.
E. Características especiales de la ropa
y del calzado (desgarros o arrancamientos) así como si
corresponden al sexo apropiado.F. Manchas sobre él o
próximas al cadáver.
V. Traslado del
cadáver:
Es necesario proteger adecuadamente el cadáver
para su conducción a la morgue o depósito, evitando
el manejo brusco, no utilizando equipo o instrumentos que alteren
su integridad, hasta donde sea posible.
Se recomienda cubrir la cabeza, manos y pies con bolsas
de plástico,
principalmente si hay riesgo de
desprendimiento de tejidos
externos.
VI. Examen del cadáver en el
depósito o la morgue:
El cadáver debe ser examinado minuciosamente
desde la cabeza hasta los pies, previo retiro cuidadoso de la
ropa y del calzado, tomar fotografías de diversos
ángulos y distancias, especialmente acercamientos al
rostro con fines de identidad,
así como de las señas particulares (los tatuajes,
las cicatrices y malformaciones si las hay), las lesiones
traumáticas que presente, pero sin perder los puntos
anatómicos corporales de referencia y colocar el
patrón comparativo para las medidas o dimensiones
(regletas).
Tomar las huellas dactilares si es
necesario.
Examinar las ropas y relacionar desgarros o manchas
hemáticas con las lesiones sobre la superficie
corporal que se encontrasen, precisar las
características individuales de las ropas de vestir
(tipo, marca, manufactura, color, trama textil, modelo,
etcétera).Recontar las lesiones presentes y fotografiarlas de
mediana y próxima distancia, describirlas una a una
con la mayor claridad y precisión que se ha
posible.Recolectar las muestras de sangre para las pruebas
de confrontación y otros exámenes
pertinentes.Revisar detalladamente las cavidades naturales en el
cadáver, las manos, las uñas y marcas probables
de ayuda médica.
Empacar (embalar) e inventariar todas las
pertenencias del occiso y dejarlas a disposición del
Ministerio Público, para su reclamo final o
análisis complementarios.Todas la evidencias físicas serán
embaladas correctamente para su transportación hasta
el laboratorio de criminalística en perfecto orden e
individualidad (seguir las instrucciones de la "cadena de
custodia").Ceder el cadáver para la práctica de
la autopsia médico-legal.
Examen
laboratorial de las evidencias
Análisis y discusión de
un caso.
Suicidio vs. Homicidio
Análisis de un caso de homicidio.
MEDICINA LEGAL FORENSE
Sexología
forense
CONCEPTO — PERTUBACIONES Y
PERVERSIONES
ANOMALIAS SEXUALES —DELITOS
RELACIONADOS CON LA SEXUALIDAD
CONCEPTO.- Ciencia
interdisciplinaria y autónoma, se convierte en forense
cuando interviene en ámbitos jurídicos, para
auxiliar al derecho en el aspecto de la legislación la
impartición de la justicia y
la
investigación jurídica, debiendo ser
contemplada en todo momento en su aspecto
tridimensional.
DELITOS RELACIONADOS CON LA SEXUALIDAD:
La violación
Abusos deshonestos
Atentados al pudor
Estupro
Incesto
Adulterio
Rapto
Hostigamiento Sexual.
INFANTICIDIO
PARA PROBAR ESTE DELITO SE RECURRE A LAS DOCIMACIAS,
QUE SON PRUEBAS MEDICO LEGALES DE FUNDAMENTAL IMPORTANCIA,
QUE DETERMINAN SI EL NIÑO VIVIO O NO. ESTE
PROCEDIMIENTO SE HACE EN EL APARATO REPIRATORIO, MAS
CONCRETAMENTE EN LOS PULMONES DEL NIÑO QUE, ANTE LA
PRESENCIA DE AGUA, DEMOSTRARA SI HAY AIRE O NO EN EL INTERIOR
DE ESTOS. Este tipo de docimasia es el más
común que hay
Por violación se entiende el
delito de tener
relaciones
sexuales con otra persona sin su
consentimiento empleando violencia en
la acción.
(Violencia física,
psicológica, y/o emocional).
La imposición de la
cópula sin consentimiento del ofendido, por medio de
la coacción física o la intimidación
moral.Tanto en la violencia física
como en la moral, la víctima sufre en su cuerpo el
acto sexual que realmente no ha querido, ofendiéndose
así el derecho personal a la libre
determinación de su conducta en materia
erótica.Los elementos
constitutivos:
Una acción de cópula
(normal o anormal);Que esa cópula se efectúe
en persona de cualquier sexo; y,Empleo de la violencia física o
moral.
Aspectos medico forenses. Aunque
en apariencia parezca una violación, no es posible
afirmar que lo sea, a menos que las investigaciones de los
medios forenses y peritos especializados así lo
demuestren, para la adecuada valoración del
juzgador.
examen del lugar de los
hechos.examen físico de la presunta
víctima.examen de las ropas.
examen del presunto
responsable.examen psiquiátrico o
psicológico de la presunta víctima.examen psiquiátrico o
psicológico del presunto responsable.
ATENTADOS AL PUDOR
Concepto: Cualquiera que sea el sexo de sus
protagonistas activos o
pasivos, los actos corporales de lubricidad, distintos a la
cópula y que no tienden directamente a ella, ejecutados en
impúberes o sin consentimiento de personas
púberes.
Atentado al pudor en púberes.
La ausencia del consentimiento, puede manifestarse en
varias formas, según sean las ocasiones de
comisión, el estado en
que se encuentren las víctimas o los procedimientos de
ejecución.
Contra la voluntad libre o expresos del paciente del
atentado, ejecutándose la acción libidinosa
mediante el empleo de la violencia física o de
violencia moral. La pena será de seis meses a cuatro
años de prisión y multa de cincuenta a mil
pesos.Contra la voluntad indudable del sujeto pasivo, pero
sin el empleo de violencias, como en los casos en que el
responsable, por la rapidez o agilidad con que se ejecuta la
maniobra lúbrica, sorprende de improviso, sin darle
lugar a oponerse o a evitar la acción.Contra la voluntad del ofendido, pero sin violencia
ni sorpresa, como cuando se realiza el acto erótico en
personas que no la consienten, pero que no pueden ofrecer
resistencia dada su plena indefensión.En ausencia de la voluntad o consentimiento de la
víctima, en que el acto se realiza en personas
privadas de conocimiento por circunstancias tales como: el
sueño natural, el sueño por influencia
hipnótica, el sueño por drogas
hipnóticas, los síncopes o desmayos.Actos de deshonestidad sexual en enajenados
mentales, aunque se obtenga su aparente
consentimiento
Atentado al pudor en impúberes.
Es irrelevante para la integración del delito
que los impúberes proporcionen o no su
consentimiento.La temprana edad impide a los niños resistir
psíquicamente pretensiones lúbricas.Los autores de atentados al pudor generalmente son
personas que se encuentran en el ocaso de la vida sexual; son
los jóvenes que apenas adolecen sexualmente y que, por
inexperiencia, no encuentran fácil desahogo a sus
apetencias o las personas en que declinan las funciones
sexuales los más frecuentes atentadores contra el
pudor.
Estupro
Es la conjunción sexual natural obtenida sin
violencia y por medios
fraudulentos o de maliciosa seducción, con mujeres muy
jóvenes no ligadas por matrimonio y de
conducta sexual
honesta.
Al que tenga cópula con mujer menor de
dieciocho años, casta y honesta, obteniendo su
consentimiento por medio de seducción o engaño,
se le aplicarán de un mes a tres años de
prisión y multa de cincuenta a quinientos
pesos.Los elementos del estupro son los
siguientes:
I. Una acción de cópula normal;
II. Que esa cópula se efectúe en mujer menor de
dieciocho años;
III. Que la mujer sea,
además, casta y honesta;
IV. Que haya obtenido su consentimiento por
medio de:
a) Engaño
b) Seducción.
Tiene dos causas específicas
de extinción de la acción penal.
El perdón o el consentimiento del ofendido,
ya que se trata de delito que se persigue por querella
necesaria.El matrimonio con la mujer ofendida que hace cesar
toda acción para perseguir el delito.
ADULTERIO
Podríamos entender por adulterio como
la violación de la fe conyugal, y, como causal una
situación que anuncia relación o causa de
efecto.
RAPTO
Definición: Es la sustracción o la
retención de una persona, ejecutada por medio de violencia
o de fraude con
propósitos deshonestos o matrimoniales,
realizados:
a) por medios violentos y engañosos; b)
aprovechando su incapacidad de resistir; o c)
tratándose de mujer muy joven, por medios
seductivos.Art., 267 del Código Penal.
(Legislación mexicana).Al que se apodere de una persona, por medio de la
violencia física o moral o del engaño, para
satisfacer algún deseo erótico sexual o para
casarse, se le aplicará la pena de uno a ocho
años de prisión.Elementos constitutivos:
I. La acción de apoderamiento de una
mujer;
II. Empleo de
cualquiera de los siguientes medios para realizar el
apoderamiento:
a) violencia física;
b) violencia moral;
c) engaño; o
d) seducción;
III. Que la gente se proponga:
a) satisfacer un deseo erótico
sexual; o
b) casarse.
HOSTIGAMIENTO SEXUAL
El hostigamiento sexual puede producirse en una variedad
de circunstancias, incluyendo, entre otras, las
siguientes:
La víctima, así como el hostigador,
puede ser una mujer o un hombre. La víctima no tiene
que ser del sexo opuesto.El hostigador puede ser el supervisor de la
víctima, un agente del patrono, un supervisor en otra
área, un compañero de trabajo o alguien que no
sea un empleado.No es necesario que la víctima sea la persona
hostigada, también puede ser alguien afectado por la
conducta ofensiva.El hostigamiento sexual ilegal se puede producir sin
daño económico o despido de la
víctima.La conducta del hostigador debe ser mal
recibida.Estrés emocional, humillación,
ansiedad, depresión, ira, impotencia, fatiga,
enfermedad física…: tales son algunos de los
potencialmente graves efectos que sufren las víctimas
del acoso sexual. Tensión en el trabajo, insuficiente
colaboración y trabajo en equipo, bajo rendimiento,
absentismo, disminución de la productividad…: tales
son algunos de sus efectos sobre la empresa.
MEDICINA LEGAL FORENSE
Psiquiatría médico
forense
CONCEPTO: La psiquiatría forense se define
como la aplicación de los conocimientos
psiquiátricos a la
administración de justicia.
El papel del psiquiatra forense tiene
los siguientes objetivos:Auxiliar del juez
Aportar los fundamentos
Científicos
Establecer la capacidad mental de una
persona en el campo civil.
ENFERMEDADES MENTALES
El estudio de las causas de las enfermedades se
llaman etiología, y la etiología de las
enfermedades mentales en básica para tratamientos y
pronósticos.Las enfermedades psiquiatritas clasificadas
oficialmente por la asociación psiquiátrica
americana, son los siguientes:Debilidad mental
Síndromes cerebrales
orgánicosPsicosis no atribuidas a los padecimientos
físicos.Neurosis
Trastornos de la Personalidad y Trastornos Mentales
no sicóticos de cierto tipo.Trastornos físico
fisiológicosSíntomas Especiales
Alteraciones debidas a una situación
transitoriaTrastornos de la conducta de la niñez y la
adolescenciaPadecimientos sin trastornos psiquiátricos
manifiesto y padecimientos no específicos.Términos no diagnósticos para uso
administrativosNeurosis
Personalidades
Psicópatas
CAPACIDAD CIVIL
La capacidad civil ha sido definida como la aptitud
que una persona tiene de ser titular de derechos privados y
de ejercitarlos.La capacidad mental difiere
según se trate de:Capacidad para testar
Capacidad para casarse y
divorciarseCapacidad para contratar
RESPONSABILIDAD PENAL
Todo individuo para ser responsable ante la ley debe
estar consciente del mundo exterior, razonar y juzgar acerca
de lo que es moralmente correcto y controlar su propia
conducta como son la:Imputabilidad:
a) disminuida
b) atenuada
Culpabilidad
Inimputabilidad
TRASTORNO MENTAL
TRANSITORIO
Es una entidad psiquiátrica forense que puede
considerarse como eximente o atenuante de responsabilidad
penal.Gisbert Calabuig la define como "Estados de
perturbación mental pasajeros y curables, debidos a
causas ostensibles sobre una base patológica probada,
cuya intensidad llega a producir anulación del libre
albedrío con su consiguiente repercusión en la
imputabilidad".
RESUMEN
La psiquiatría forense es la
aplicación del conocimiento psiquiátrico a la
administración de justiciaLa capacidad civil es la aptitud para ser titular de
derechos privados y de ejercitarlos.
Psiquiátricamente, esto equivale a capacidad mental,
que es la idoneidad para ser justo de derechos y
obligaciones. Véase en lo siguiente:
MODALIDAD DE CAPACIDAD
MENTAL
Capacidad para testar:
Requiere normalidad mental
Es invalidada por perdida de la capacidad para
entender y para creer.
Capacidad para casarse o
Divorciarse:
Saber que es el matrimonio y sus
consecuencias
3.-Capacidad para contratar
Saber y entender la naturaleza de la
obligación en el momento de adquirirla.
4.- Hospitalización
Psiquiátrica
Orden Judicial
Examen médico cruzado
Evaluación periódica para
el juezAbogado para el paciente
RESPONSABILIDAD PENAL
Imputabilidad: Aptitud para ser
culpableCulpabilidad: Juicio de
reprochePsiquiátricamente
Capacidad para comprender el
carácter de sus actos (cognoscitiva)Controlar sus impulsos
(volitiva)
TRASTORNO MENTAL
TRANSITORIO
Pérdida de control cortical
sobre la mente
Incompleta (Disminuida imputabilidad
disminuidaCompleta (Funciones superiores abolidas
(inimputabilidad)
Estado peligroso
Peligro (riesgo de agresividad para sí mismo
o para otros) * De evaluación psiquiatritaEstado peligroso (Situación de peligro
subjetivo)
Predelictual
Posdelictual
De apreciación del
juez
Autora:
Irma Gutiérrez
Avila
México, Agosto de 2009
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