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Marco conceptual preliminar sobre la trata de personas (página 2)



Partes: 1, 2

Es recién a partir del siglo XIX y comienzos del
siglo XX, que se reconoce a este fenómeno nuevamente a
través de la explotación sexual por la "trata de
blancas", el que consistía en trasladar a mujeres
occidentales procedentes de Europa y partes
de América, de origen caucásico a otros
continentes, principalmente en lugares de un importante flujo
comercial y así lucrar con sus servicios.

La Trata y la migración
voluntaria de mujeres blancas provenientes de Europa a
países Árabes y Orientales como concubinas o
prostitutas se constituyó en una especial
preocupación para los hombres y mujeres de la clase media
europea, al igual que para los gobiernos. El resultado fue la
creación de un convenio internacional para suprimir la
"trata de blancas" en 1904. En ese momento, por " Trata" se
entendía la movilización de mujeres para
propósitos inmorales, es decir, la
prostitución[6]

Recordemos que en ese entonces, el mundo en algunas
partes recién se estaba industrializando, en otras partes
ya se había culminado. Toda esta situación
empezó a crecer una sociedad
marginal, exenta de los beneficios económicos y sociales
que se estaban generando. Algunos no conseguían trabajo o
ganaban poco. Ante esta situación, es que las personas
tuvieron que optar por dedicarse a actividades contrarias a su
reputación y formación, como es el caso de la trata
de blancas.

A inicios del siglo pasado, es que se toma mayor
conciencia de
este problema. Es así como entidades como La Sociedad de
las Naciones se pronuncian al respecto. Luego lo hará las
Naciones
Unidas.

El término con el que se tocaba el tema
también cambió. Ya no podremos hablar más de
trata de blancas, es en los años ochenta, que se
determinó que esta era una práctica que afectaba
además de a la etnia
caucásica a otros grupos
étnicos y no solamente se dedicaba al comercio
sexual. Es así como se decide cambiar su
denominación por tráfico humano o tráfico de
personas, en el idioma inglés
conocido como "human trafficking". Sin embargo, dicha
acepción no era del todo correcta, pues se
confundía al "tráfico humano" con el traslado de
mercancías y con el tráfico de ilegal de
migrantes.

Ante esta situación, es que se decide a fines del
siglo XX, usarse la definición de "trata de personas",
como la definición a este delito que viene
destruyendo los cimientos sociales, las familias y las vidas de
las personas inmersas en esta actividad ilícita,
convirtiéndose en un problema mundial.

La trata de personas, llamada también "esclavitud del
siglo XXI" somete a millones de personas, sin importar raza, edad
o sexo, a
diversas formas de abuso y explotación. Las principales
víctimas son niños,
niñas y adolescentes
(y mujeres)[7], que son utilizados como
mercancías de venta,
vulenerando así el derecho fundamental a la libertad. Es
por medio de engaños, amenazas, coacción y violencia,
tanto física
como psicológica, que los tratantes explotan a personas
que además, trasladan al interior o al exterior del
país[8]

Concepto

Muchas son las definiciones que se tienen sobre este
tema, pero es a partir de la Convención de las Naciones
Unidas contra el Crimen
Organizado Transnacional y sus dos protocolos
Complementarios: uno sobre la Trata de Personas en especial sobre
Mujeres y Niños y el segundo contra el Tráfico
Ilícito de Migrantes por Tierra, Mar y
Aire (Palermo
2000), que se tiene una definición consensuada:

Por "trata de personas" se entenderá la
captación, el transporte, el
traslado, la acogida o la recepción de personas,
recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras
formas de coacción, al rapto, al fraude, al
engaño, al abuso de poder o de una
situación de vulnerabilidad o a la concesión o
recepción de pagos o beneficios para obtener el
consentimiento de una persona que tenga
autoridad
sobre otra, con fines de explotación. Esa
explotación incluirá, como mínimo, la
explotación de la prostitución ajena u otras formas de
explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la
esclavitud o las prácticas análogas a la
esclavitud, la servidumbre o la extracción de
órganos[9]

De la definición se desprende que la trata de
personas está dirigida contra las personas más
vulnerables de la sociedad, estas son: mujeres, niñas y
niños, quienes por su condición física y por
las necesidades que tienen es más difícil que
puedan escapar de las redes delictivas dedicadas a
este negocio.

Sin embargo los hombres también son
víctimas de este delito, quienes al igual que las mujeres,
adolescentes, niñas y niños son trasladados con
engaños a sus nuevos centros laborales, que al final nunca
resulta ser parte[10]

Concordamos en mencionar que esta definición
tiene como característica especial el ponerle
énfasis en el uso de la fuerza, coacción o
engaño para el traslado de las personas y de esa manera
lograr su explotación, lo que le diferencia de otros
delitos[11]

Se define como el alquiler o la compra y venta de seres
humanos. Se inicia con el reclutamiento
de la persona y termina con la explotación de la misma por
bandas de un crimen organizado[12]

La definición de Trata se compone de tres
elementos que constituyen el tipo penal: la acción
típica; la utilización de medios
coercitivos para cometerla; y los fines de explotación. Es
decir que la dinámica de la Trata consta de tres etapas:
la captación de migrantes en sus lugares de origen; el
transporte y los servicioes conexos necesarios para el
tránsito y la inserción e integración en los lugares de destino (en
el propio país o en un tercero si es trata
internacional).[13]

  • Diferencias con otros conceptos

Cuando nos referimos a la trata, debemos tener en cuenta
que nos estamos refiriendo a la explotación de una
persona, usando para ello la coacción, el rapto, el
engaño, el abuso de poder y otras formas de violencia
contra las personas y así lucrar con esta
situación[14]

En ningún caso, puede mencionarse que el
tráfico ilegal de migrantes es igual a la trata. La
conexión entre estos dos delitos, la
encontramos cuando un problema puede derivar en el otro, pues el
traslado de personas informal a otro país, evadiendo el
control
fronterizo origina que las personas trasladadas tengan que
involucrarse en este negocio por mantener una deuda con los
grupos delincuentes.

La esclavitud tampoco puede referirse como un
sinónimo de la trata. Más bien le encontramos como
una inclusión de la definición de trata. El
Diccionario
Real de la Lengua
Española, lo define como: "1. adj. Dicho de una
persona: Que carece de libertad por estar bajo el dominio de
otra"[15].

La trata tampoco es un sinónimo de la
explotación sexual. Esta última, enfoca solo una
parte del problema, pues la trata es un conjunto de actividades
ilícitas, incluida la explotación sexual que tienen
por finalidad utilizar las personas, sometiéndolas a
diversos abusos y de esta forma lucrar con las ganancias que se
obtienen.

Es importante mencionar que la trata de personas, es
algunas veces consecuencia de otras actividades ilegales, estas
son el narcotráfico, el lavado de
dinero, el tráfico de armas, corrupción de funcionarios, entre otras,
convirtiéndose en una manera de reciclar el dinero
obtenido ilícitamente. Tiene por tanto su propia estructura y
es necesario que se estudie de esta
manera[16]

3. Importancia de
regular la trata de personas

En esta instancia es donde cabe preguntarse:
¿cuál es la importancia de la regulación de
la trata de personas?. Existen muchas perspectivas sobre ello.
Sin embargo, para ser lo más objetivos
posibles, podemos decir que el hecho que se utilicen a los seres
humanos como objetos de mercadería y a través de
ello obtener un lucro, es motivo suficiente para hacer un llamado
de atención a las autoridades para que
estén vigilantes y normar esta peligrosa actividad, puesto
que si no se detectase a tiempo,
destruye la vida de las personas y lo que es peor, como se ha
comprobado en muchos casos termina por acabar con su vida (es lo
que en Derecho Penal se
conoce como el bien jurídico fundamental).

Con las mercancías ilícitas ocurre que al
ser transadas, es decir, compradas y vendidas una y otra vez en
mercados
preexistentes, nuevos o mejorados, éstas generan lucro a
los criminales por el sólo hecho de poseerlas. Todo lo que
necesitan los criminales es disponer de la cosa y comerciarla
después. En la Trata de Personas el objeto del delito es
una persona; es decir, un hombre, una
mujer, un
niño, niña o adolescente…Para extraerle su
valor, la
persona es tratada como un objeto, explotada en su humanidad, e
introducida a mercados humanos que arrojan
riqueza[17]

4.
Causales

Este delito puede realizarse debiéndose a las
diversas circunstancias en que viven las personas, y que
empujarán a que estas futuras víctimas se
involucren con las redes de delincuencia.

Es así como encontramos a la situación de
desigualdad
social como un importante lugar el impulso de las personas
para involucrarse con la trata de personas. Como sabemos, en los
países en vías de desarrollo
existe una fragmentación entre las diferentes clases
sociales, que cada vez es mayor.

Si a ello le sumamos la exigencia diaria de una carga
familiar, donde los ingresos de las
personas que mantienen el hogar es inferior al promedio, no
pudiendo cumplir con las necesidades básicas o apenas
alcanzando para ello, es como encontramos un claro motivo para
que las personas hagan cualquier cosa para cambiar esta
situación. Muchas veces, la forma más fácil
de hacerlo es a través de oficios que forman parte de la
trata, como son la prostitución, mendicidad,
tráfico de órganos, entre otros.

Los conflictos
armados entre países o situaciones de violencia interna en
los países es otra manera que las personas caigan en las
redes de la trata. Las mujeres y niños quienes son los
más afectados en este tema, porque no tienen muchas
posibilidades de escapar fácilmente de este ambiente y es
a través de los engaños que son atraídos en
este delito.

Esta última causal, está involucrada con
los temas de discriminación de género,
porque los tratantes ven más fácil a ellos como
futuras víctimas en sus delitos, para dedicarse a
través de ello a su explotación sexual, laboral o para
casamientos forzados.

Otro factor a considerarse, es lo correspondiente a las
prácticas culturales. En el caso de la cultura
occidental encontramos que la trata se produce a través de
los matrimonios forzados, por el padrinazgo o madrinazgo, donde
los niños, niñas, adolescentes o personas adultas
son entregadas a la voluntad de las personas a quienes se
entrega, estos son familiares o amigos cercanos a la
familia.

Solo para hacer de conocimiento,
es importante mencionar que en otras culturas, se ha detectado
que existe una explotación de las personas a través
de sus creencias, que no es específicamente trata de
personas pero que puede ser una forma de vinculación. Por
tanto, encontramos que en países africanos, existe una
costumbre de explotación de las personas
–principalmente mujeres-, en base a sus creencias
religiosas. Es el caso del trokosi[18]en Ghana.
Por otro lado, en Asia –uno
de esos casos es la India– donde
encontramos la figura del devadasi, figura por la que las mujeres
ofrecen su vida a un sacerdote hindú, el que puede
disponer de ellas en cualquier momento.

Lo importante, es anotar que dichas prácticas han
sido declaradas como violaciones flagrantes de los derechos
humanos.

5. Clases de
trata de personas

De lo explicado, podemos sostener que existen diferentes
formas de explotación en las personas y que utilizan los
tratantes para cometer con sus ilegales actos. Vivimos en un
contexto mundial, donde las exigencias son cada vez mayores y por
tanto los delitos a cometerse también sufren similares
cambios.

5.1. La trata con fines de explotación
sexual

Es la principal forma de violar los derechos de las personas a
través de este delito. Ello, por existir un mercado amplio de
consumidores alrededor del mundo que desean tener relaciones
sexuales con niños, niñas, adolescentes,
hombres y mujeres.

Los tratantes al saber que estas exclusividades que
buscan sus clientes devienen
en mayores ingresos económicos, se encargan de hacer nexos
con mafias locales de países donde es sencillo reclutar
personas, teniendo algunas veces trabajar en colaboración
con las autoridades.

Es así como anualmente miles de personas son
trasladadas desde sus comunidades a otras urbes más
importantes, donde existe mayor demanda, o
cruzando fronteras, donde serán involucrados en trabajar
en este negocio.

El creciente mercado turístico, que cada vez
ofrecen mayores servicios y que tiene su presencia más
degradante por el turismo sexual, sirve
también como especial motivación para la captación de las
personas en este ilegal negocio, lo que origina que las redes de
delincuencia orienten sus actividades para estos fines, conocen
que es una fuente segura de ingresos. Cabe preguntarnos
aquí si las autoridades están haciendo
efectivamente sus labores, pues muchas veces son ellas las que
permiten que se concrete este negocio ilegal, al igual que las
empresas
dedicadas al negocio[19]

Esta creciente ola de internacionalización del
delito en la explotación sexual, a lo que se añade
las necesidades de las futuras víctimas de querer lograr
un cambio en sus
vidas, añadiéndose la exclusividad que buscan los
clientes para satisfacer sus deseos sexuales, es como encontramos
una espiral constante de continuidad de este problema.

Se ha detectado que es en los países en
vías de desarrollo, en el que se incluyen a los
latinoamericanos, es donde primordialmente se obtiene la
creciente mano de obra sexual, para los países
desarrollados –llámese a los países del
Hemisferio Norte integrados por Estados Unidos,
Canadá, Europa Occidental, así como Japón,
Australia, entre otros-, y así seguir perpetuándose
en la exclusividad de este delito[20]

5.2. La trata con fines de explotación
laboral

Otra situación que merece una observación, es la trata con fines
laborales. Aquí las personas que son víctimas de
las redes de tratantes son buscadas para realizar una actividad
laboral ajena a la explotación sexual. Encontramos
aquí a los trabajos que se realizan en las minas, en la
agricultura,
pidiendo limosna en las calles o en labores dentro de las
industrias.

La forma de captar a este grupo de
gente, es por la publicación de ofertas laborales en
diarios importantes, boletines, revistas y otros medios de
comunicación, con ofertas de trabajo asombrosas. En
estos anuncios se puede indicar que no es necesaria experiencia
laboral anterior o estudios, lo que termina por seducir a la
población.

Esta situación, hace que la víctima acuda
a ese llamado e intente lograr obtener esa oferta que se
muestra como
una gran oportunidad para finalizar con sus problemas
económicos que vienen afectando el normal desenvolvimiento
de su vida.

Si bien existen pocos estudios referidos al tema, la
trata con fines de explotación laboral, se encuentra
difundida en todo el planeta, alcanzando incluso a los
países desarrollados, los que muchas veces son los
destinos para este delito, por tener amplias posibilidades de
explotación en diferentes actividades. Ello, porque las
personas que viven en esas sociedades ya
noquieren realizar trabajos determinados –por ejemplo en la
construcción, limpieza, atención en
restaurantes y otros servicios-.

Está comprobado que los delincuentes piden
algún tipo de dinero a las
víctimas para ayudarles a obtener el trabajo,
esto con el fin de falsificar documentos,
ayudarles con el traslado, con la obtención del permiso de
trabajo y la visa, debiendo endeudarse las personas con fuertes
sumas de dinero, que nunca recuperan y por el que tendrán
que trabajar para pagarlo, así como de los servicios de
los tratantes, convirtiéndose en una deuda
eterna.

Son dos factores los que distinguen a la
explotación laboral de otras formas de explotación
a través de la trata: en primer lugar, porque la forma de
lucrar de los delincuentes es a través de los sueldos de
las víctimas, quienes reciben un pago menor. En segundo
lugar, por la presencia del intermediario, es el que tiene los
contactos con los empresarios que llevarán a cabo de forma
efectiva la explotación laboral de la
víctima[21]

5.3. La trata con fines de tráfico de
órganos

Otra manera de obtener un lucro con las personas a
través de este acto ilegal, es por el llamado
tráfico de órganos. Aquí son utilizados
desde niños, niñas, adolescentes hasta adultos.
Ellos son algunas veces coaccionados o por una relación de
abuso de poder obligados a que se les retire de sus cuerpos
algunos órganos que pueden ser vitales para su
subsistencia, causándoles en el peor de los casos la
muerte.

Actualmente, vivimos en unas sociedades donde la
desigualdad social y la cultura del consumismo es cada vez mayor.
El deseo de sobrevivir lleva a que muchas personas tengan que
recurrir a otras a ofrecer sus órganos. Es justamente en
ese medio en el que se encuentran los tratantes, quienes por las
circunstancias que tienen las personas, consiguen convencer
fácilmente a las víctimas que se dediquen a este
negocio.

5.4. Otras formas de trata

Como hemos venido explicando, existen otras formas de
trata, las que se originan, dependiendo de la realidad de cada
sociedad. Es el caso del padrinazgo, madrinazgo o matrimonios
forzados. En algunos países los casos serán mayores
los casos, en otros no.

Merece especial atención la situación de
la limosna, por el que gran cantidad de niños,
niñas, adolescentes e inclusive adultos son obligados por
sus explotadores para obtener un lucro. Existen mafias que
controlan dicha actividad.

6. Las
consecuencias de la trata de personas en los distintos grupos
generacionales

Como hemos visto, este delito tiene repercusiones en los
diferentes grupos generacionales. Esto significa, que tanto
hombres, como mujeres, adolescentes, niños y niñas
son víctimas de este negocio, muchas veces con una
finalidad de explotación distinta.

6.1. La trata en niños y
niñas

Generalmente, los infantes son utilizados para labores
agrícolas, mineras, labores domésticas y
finalmente, las labores sexuales.

Es debido a la falta de oportunidades en sus
comunidades, que los niños, niñas, se ven
impulsados en abandonar sus hogares y la vida común que
tienen, siendo sus propios padres y familiares, quienes no ganan
lo suficiente para mantener la economía del hogar y hacen que se dediquen
a trabajar.

Los infantes entonces, tienen que dejar un lado sus
actividades de estudio y ocio, para trasladarse junto con su
familia y en
algunos casos solos, dedicándose a trabajar en actividades
que le ayuden a sobrevivir y contribuir en la economía de
sus familias.

Es justamente ante esta situación, que los
niños y niñas son presa fácil de las redes
delictivas dedicadas a la trata: presentándose como la
forma más sencilla de obtener ingresos y mejorar sus
condiciones de vida. Los tratantes logran convencerlos a ellos y
a sus padres o tutores para ser parte de este ilegal negocio que
puede tener consecuencias nefastas en sus vidas, como es la
explotación sexual, la explotación laboral, la
donación de
órganos, el matrimonio
forzoso, por mencionar algunas actividades.

En los países latinoamericanos existe la figura
del padrinazgo: aquella por la cual, por una cuestión de
confianza, los padres de familia ceden a otros parientes o amigos
cercanos a la familia a sus hijos, para así ayudarles en
sus labores domésticas o trabajos varios. El problema se
origina cuando detrás de esta figura de confianza existen
personas que lucran con este otorgamiento de tutela de los
menores de edad, explotándolos, sometiéndolos a una
situación de esclavitud y no pudiendo escapar de
ello.

Toda esta realidad debe ser observada, por el que
niños y niñas no son obviados por las redes de
trata. La explotación en niños y niñas tiene
un fin exclusivo, hacerse de sus servicios y así cumplir
con los requerimientos de sus clientes, quienes muchas veces
prefieren hacerse de la explotación de un(a)
pequeño(a) que a un adolescente o mayor de
edad.

6.2. La trata en los adolescentes

En el caso de los adolescentes, ellos también
pueden ser atraídos a este ilegal negocio, quienes al
igual que los niños y niñas, por el deseo de
contribuir con la economía de sus familias y de ganar un
dinero extra, sienten que muchas veces que lo mejor que les puede
suceder es ser parte de este peligroso sistema de
delincuencia.

Los adolescentes, al igual que los niños,
niñas y adultos pueden ser parte en cualquiera de las
labores comunes de explotación: en la agricultura, en la
minería,
en la industria, en
labores domésticos y sexuales. Los delincuentes se
encargan en caso sea necesario, de arreglar los documentos
personales de estas personas y así esconder la actividad a
la que realmente se van a dedicar.

6.3. La trata en las
mujeres[22]

Este grupo de género, al igual que la
niñez, es el que sufre las mayores consecuencias de la
explotación por la trata. Por ello es el grupo de
género que ha sufrido mayores estudios por su
involucramiento con esta situación.

Hemos sido testigos que desde la antigüedad,
diversas culturas han visto en la utilización de la mujer
destinada en actividades ilegales, un negocio lucrativo que
atenta contra su dignidad e
integridad.

Es a través del engaño, con técnicas
cada vez mejor elaboradas, que la delincuencia opera para atraer
a las damas a este negocio ilegal, con consecuencias nefastas en
sus vidas.

En ese sentido, se ha detectado que es a través
de anuncios publicados en periódicos y revistas,
así como en el internet, que se convoca a
trabajos ficticios que atraen a estas personas de género,
prometiéndoles importantes sumas de dinero, así
como una mejor calidad de
vida. Toda esta expectativa termina por convencer a las
mujeres de intentar ser elegidas para esta "excelente" oferta
laboral.

Sin embargo, una vez hecho los contactos con los
tratantes –lo cual desconocen- son trasladadas a otro
lugares, lejos de su familia y amigos, donde se encuentran con
una triste realidad: todo lo prometido es falso, nunca existieron
las condiciones de trabajo mencionadas y el único fin es
quedar reclutado en el ilegal negocio.

Tampoco debemos obviar el sentido que para que exista
este delito, es necesario que exista un mercado de consumidores.
Muy poco se ha tocado este tema, pero es justamente a
través de las exigencias que tienen los clientes, lo que
lleva a que las redes internacionales hagan lo imposible para
captar a personas del sexo femenino de diferentes orígenes
étnicos. Es en ese momento que los delincuentes conocen
que esta es una muy actividad lucrativa y que recibirán
una mejor paga en la medida que capten a mujeres de distintas
razas.

Otro factor a considerarse, es el hecho que malas
autoridades también se encuentran inmersas en este delito.
Por estadísticas de diversas organizaciones
internacionales, es conocido el gran movimiento que
existen de la trata de personas a nivel mundial. Diversos autores
indican que el traspaso ilegal de migrantes que finalmente son
explotados en diversas actividades económicas, solo es
posible porque las autoridades nacionales están
permitiendo su traslado en forma irregular.

6.4. La trata en los varones

Al contrario de lo que se piensa, existen también
varones que han sido parte de este negocio ilegal y
continúan siéndolo.

Debido a su difícil situación
económica, social y personal, que
estas personas tienen que buscar nuevas formas de ganarse la
vida. Las oportunidades falsas que otorga la trata
deberían de colaborar con ello, abriéndoles nuevas
oportunidades.

Pero, al igual que las mujeres, una vez que son
dirigidas con engaños estas personas a sus nuevos centros
de labores, se encuentran con otra realidad que no esperaban. Son
explotados variando las condiciones estimadas.

Los varones pueden estar expuestos a todo tipo de
explotaciones: en actividades agrícolas, mineras, sexuales
y de otra índole.

7. Marco
jurídico

El marco jurídico de la trata de personas,
actualmente abarca tanto el ámbito del derecho nacional
como internacional. En el caso del derecho interno, se tiene un
conjunto de normas y medidas
especializadas que han surgido desde la dación de la
Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia
Organizada Transnacional y sus dos Protocolos (uno de ellos
referido exclusivamente a la trata de personas), en el año
2000.

Respecto al marco jurídico internacional,
encontramos que sus orígenes se obtienen desde el siglo
XX, cuando empezó la preocupación de la trata de
blancas -prostitución de mujeres blancas-, que
llevó a que los organismos internacionales como la Liga de
las Naciones y la
Organización Internacional del Trabajo (OIT) se
pronuncien sobre el tema. Pero, es a partir de la
fundación de la Organización de las Naciones Unidas en el
año 1945 y todas las instituciones
que engloba en materia de
derechos humanos, que se tuvo un pronunciamiento más
objetivo sobre
este problema, recordemos que antiguamente se ligaba a la trata
con la explotación sexual a través de la
prostitución
únicamente[23]

7.1. El marco jurídico nacional

En primer lugar, debemos mencionar a la Constitución Política del
Perú, que a partir de su artículo.2 inciso 24,
establece el derecho de toda persona a la libertad y seguridad
personales. Por lo tanto prohíbe todo tipo de
restricciones a la libertad personal, como son la esclavitud, la
servidumbre y la trata de seres humanos.

En el Código
Penal, encontramos que el delito de trata de personas, se
encuentra regulado en los artículos del Título IV,
Capítulo I (Violación de la Libertad Personal),
Capítulo IX (Violación de la Libertad Sexual) y el
Capítulo X (Proxenetismo).

Es justamente en su Capítulo I, Artículo
153 donde se regula el delito contra la trata de
personas[24]Se desprende que para su
composición, se ha tomado en cuenta la definición
del marco jurídico del Protocolo
internacional de Trata de personas que regula la
Convención contra la Delincuencia Organizada
Transnacional.

Es interesante mencionar, que también se
encuentra normado el tráfico de órganos
(Artículo 318-A)[25], delito que tiene
proximidad con la trata, por ser también una de sus
causas.

La explotación laboral, también se
encuentra comprendida en el artículo 168. En este
artículo se tipifica la violación a la libertad de
trabajo o coacción laboral.

También encontramos que en este Código
Sustantivo la exposición
a personas al peligro a través de trabajos de
explotación llámese trabajos excesivos, o el
obligar a mendigar a una persona sea niño, niña,
adolescente o persona adulta es causal de pena privativa de
libertad[26]

Finalmente, debe mencionarse que a través de la
Ley
28950[27]cuyo título es "Ley contra la
trata de personas y el tráfico ilegal de migrantes", se
pretende regular toda la actividad correspondiente a estos
delitos. En esta norma, además de la modificatoria de
diversos artículos del Código Penal relacionados a
la trata de personas y al tráfico ilegal de migrantes, se
debe observar que se incluyen penas más severas y se
otorga un beneficio para las colaboraciones eficaces, que
el Estado
Peruano se compromete a realizar. Asimismo, el Estado se
compromete en cooperación con organizaciones
internacionales, a adoptar todas las medidas que fueran
necesarias para proteger a las víctimas y prevenir estos
negocios
ilegales.

Otras normas que debemos mencionar que engloban el marco
jurídico nacional sobre este tema, tenemos a la
Resolución Ministerial Nº 2570-2006-IN-0105, de
diciembre de 2006 que institucionaliza el Sistema de Registro y
Estadística del Delito de Trata de Personas
y Afines (RETA). El Decreto Supremo Nº 007-2008-IN, de
noviembre de 2008, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº
28950[28]la Resolución del Ministerio
Público Nº 1558-2008-MP-FN de noviembre 2008,mediante
la cual aprobó el reglamento del programa de
asistencia de víctimas y testigos.

Desde la Sociedad Civil,
se ha aprobado el Plan Nacional de
Acción contra la Trata de Personas 2007-2013 el que
aún se encuentra pendiente de
aprobación.

7.2. Marco jurídico
internacional

La trata en el ordenamiento jurídico
internacional, es un tema que tiene una regulación general
y especial a través de los diferentes grupos
generacionales.

Es así, como encontramos al Convenio 29 de la OIT
sobre Trabajo forzoso. (1930), una de las primeras normas sobre
el tema. En seguida, encontramos a la Declaración
Universal de los Derechos Humanos. (1948) donde en su
artículo.4 establece que la trata de personas es una
violación de los Derechos Humanos –aunque se
refería a la esclavitud-:

"Nadie estará sometido a esclavitud ni a
servidumbre; la esclavitud y la trata de esclavos están
prohibidos en todas sus formas".

Es recién con el Protocolo de Palermo (2000),
conocido como la Convención de las Naciones Unidas contra
la Delincuencia Organizada Transnacional y sus Protocolos que se
define a este delito[29]

Cuando nos referimos al delito de trata
específicamente en mujeres, debemos prestar
atención al Convenio Interamericano para prevenir,
sancionar y erradicar la violencia contra la mujer conocido como
la Convención de Belem do Pará (1994), menciona en
su parte considerativa, la obligación del Estado de
erradicar las diferentes formas de violencia sobre las
víctimas de trata de personas.

En el caso de la implicación de la trata en
niños y niñas, podemos mencionar a la
Convención sobre los Derechos del
Niño. (1989), que en su artículo.35 establece
que el Estado debe tomar medidas para impedir el secuestro, venta
o trata de niños para cualquier fin y en cualquier
forma.

El Convenio 182 de la OIT sobre la prohibición de
las peores formas de trabajo
infantil (1999), establece que en su articulado tercero, que
las peores formas de trabajo infantil, abarca toda forma de
esclavitud o prácticas análogas, trabajo forzado,
obligatorio, incluido el reclutamiento forzado de niños
para conflictos armados, así como la utilización,
reclutamiento, oferta de niños para la
prostitución, pornografía, o actuaciones
pornográficas. Con lo que se estaría
señalando como trata no solamente la explotación
sexual sino en general, en sus diversas formas.

En el Protocolo facultativo de la Convención
sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de
niños, la prostitución infantil y la
utilización de niños en la pornografía
(2000), también ha considerado importante el delito de
trata, por lo que ha preferido regularlo en los fines de venta de
niños, prostitución y utilización en la
pornografía.

De la misma forma, el Protocolo facultativo de la
Convención sobre los Derechos del Niño relativo a
la participación de niños en conflictos armados
(2000) consideró la necesidad de fortalecer la
cooperación internacional en la aplicación de este
documento, por la gravedad física y psicológica que
le causa a los niños ser víctimas de conflictos
armados, a expensa de la explotación de autoridades y de
grupos de guerrilla.

8. La trata de
personas en el Perú

En nuestro país, las redes de delincuencia
dedicadas a este problema social se encuentran presentes
más de lo que uno se imagina. Se han detectado que en todo
el territorio nacional se encuentran operando, con una estructura
organizada y con la complicidad de las autoridades.

La explotación de personas se inicia desde muy
temprana edad: desde el nacimiento de los niños, hasta la
madurez. Recae en hombre y mujeres por igual.

Las modalidades de trata comunes en el Perú son:
la explotación sexual, explotación
laboral[30]a través de la compra venta de
menores, por un matrimonio servil, por la mendicidad, por el
tráfico de órganos y finalmente y por el
reclutamiento forzoso[31]

Una de las causas para que este problema haya logrado
expandirse tan fácil, es por la desinformación.
Existen familias e individuos que se dejan seducir por estos
actores ilegales, quienes se dirigen con engaños,
asegurándoles mejores condiciones de vida y de trabajo,
que finalmente nunca llegan.

La mixtura cultural también cumple un rol para
explicar el desarrollo de la trata: el desarraigo de los hogares,
para hacer trabajo doméstico en ciudades grandes
continúa la costumbre del padrinazgo o madrinazgo. En
él, los niños, niñas, adolescentes, mujeres
y hombres son trasladados a nuevos hogares pues piensan que
trabajar a través de los parientes o amigos cercanos de
sus familias es una oportunidad para su desarrollo
personal. Pero, pasado el tiempo se encuentran con otra
realidad: siempre que caigan en las redes de la trata, las
personas son explotadas indeterminadamente, reduciéndose
sus derechos, coaccionándolos, negándoseles toda
posibilidad de comunicación.

En ocasiones, la persona sometida a esta clase de
explotación, prefiere mentir porque considera una
vergüenza regresar a sus casas sin cumplir con los encargos
de sus familiares, quienes lo pueden tildar de ocioso o lo que es
peor lo estigmatizan al comprobar que ha estado
dedicándose a actividades ilegales –como la
prostitución-, volviéndose su vida en un infierno
del que nunca puede escapar, lo único que le queda es
dedicarse a la misma actividad.

Estadísticamente, según el Sistema de
Registro y Estadística del delito de trata de personas y
afines (RETA-PNP), desde su implementación al mes de mayo
del 2009, se han detectado los siguientes casos de trata en el
Perú[32]

  • 198 casos, comprenden a 490 víctimas (319
    menores de edad).

  • Del total de casos, 165 con fines de
    explotación sexual.

  • 62% de los casos se iniciaron con falsas ofertas de
    trabajo y tuvieron como fin la explotación
    sexual.

  • 350 personas investigadas, 202 mujeres.

  • Sólo hay un total de 80 detenidos, la
    mayoría mujeres.

Toda esta situación nos indica que las
actividades de este ilegal negocio se encuentran activas y en
aumento por lo que merece una especial atención. Se ha
comprobado por diversos estudios, que nuestro país es
objeto de tránsito y destino de este peligroso
delito.

9. La trata de
personas a nivel internacional

A nivel internacional, este delito se encuentra
establecido principalmente en aquellos lugares donde sea
fácil captar a sus víctimas, es decir países
en vías de desarrollo.

Está claro que este negocio, ataca
primordialmente a las zonas afectadas por la pobreza en los
continentes, por tanto no conoce de fronteras. En América
Latina, opera en el Caribe, Centro y Sudamérica
llevando a las víctimas a las grandes urbes o a las
naciones desarrolladas –como son los Estados Unidos y
Canadá-.

En África,
las personas son trasladadas a Europa quienes son introducidas
con documentos falsos a este continente. En Asia, hay un mercado
grande de trata en la India y en China,
así como en las Filipinas. Muchas veces se hace uso de
matrimonios forzados para explotar a las personas.

De la misma forma cada año, miles de personas son
trasladadas desde Europa Oriental a la zona
occidental.

En general, debemos decir que este negocio es
globalizado pues las redes se encuentran en todas las latitudes
del planeta, sin que exista algún territorio en el que no
le sea posible operar.

Las redes internacionales trabajan con redes locales con
lo que existe un beneficio entre ambas, es el caso de la Yakuza
Japonesa, los Cárteles de Droga,
aquellos dedicados a la venta de armas, entre otros.

9.1. Labores realizadas contra la trata de personas
por organismos internacionales

Dado el incremento de casos de la trata, es como
diversas organizaciones internacionales y los gobiernos de los
países vienen haciendo denodados esfuerzos para
contrarrestarla.

Merecen especial atención, los pronunciamientos
realizados por los distintos organismos que comprenden el Sistema
Internacional de las Naciones Unidas.

Al respecto, en el Informe del
Secretario General de la ONU a la Asamblea
General sobre la Trata de Mujeres y de Niñas (2002),
mencionó que además de los esfuerzos realizados en
los fueros internos de cada país, el programa de
Acción aprobado por la Conferencia
Mundial contra el Racismo, la
Discriminación Racial, la Xenofobia y
las Formas Conexas de Intolerancia reafirmó la urgente
necesidad de prevenir y combatir todas las formas de trata de
personas en particular de mujeres y niños. También
recomendó a la Asamblea General considera la posibilidad e
proclamar un año o decenio de las Naciones Unidas contra
el tráfico de personas, especialmente mujeres,
jóvenes y niños a fin de proteger su dignidad y
derechos humanos[33]

En el mismo documento informó que el
Comité de los Derechos del Niño, así como el
Comité para la Eliminación de la
Discriminación contra la Mujer, el Comité de
Derechos Humanos, el Comité de Derecho Económicos,
Sociales y Culturales, el Comité contra la
Discriminación Racial y el Comité contra la Tortura
se habían pronunciado en sus observaciones finales sobre
la trata de personas, en relación a los derechos que son
de su competencia[34]Asimismo, felicita a las
labores de la Organización Internacional para las
Migraciones con su importante campaña en el
tema[35]así como de la inclusión del
tema de trata de mujeres y niños en el Programa
Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil,
realizado por la Organización Internacional del Trabajo
(OIT)[36].

Es interesante conocer que los organismos regionales
también se han encargado del tema. Merece atención
los realizados en este hemisferio por la Organización de
los Estados Americanos y este a su vez por sus diversas
departamentos: Comisión Interamericana de Mujeres,
Comisión Interamericana de Derechos Humanos, entre otros
dedicados a la defensa de los derechos humanos.

10. Labores
realizadas contra la trata de personas por el Estado
Peruano

La Defensoría del Pueblo, así como otras
instituciones del Estado Peruano, se encuentran trabajando para
contrarrestar las consecuencias de este delito, haciéndolo
en forma coordinada.

El Estado Peruano como cumplidor del respeto de los
derechos humanos, a partir de la aprobación y
ratificación de diversos documentos internacionales para
eliminar este delito, es que se anima a crear un marco
jurídico interno que lo regule.

Es así como durante el año 2007 se
publicó la Ley Nº 28950, cuyo título es "Ley
contra la Trata de Personas y Tráfico Ilícito de
Migrantes". Al año siguiente publica el Decreto Supremo
Nº 007-2008-IN con el que aprueba el Reglamento de la Ley
contra la Trata de Personas.

Previamente, el año 2004 se había
instalado un Grupo de Trabajo Multisectorial Permanente contra la
Trata de Personas. En esas circunstancias, la Policía
Nacional del Perú creó una oficina para
estudiar la Trata de Personas, conocida como la DIVINTRAP-PNP,
con competencia
nacional[37]

El Código Penal también tiene en su
contenido la regulación de este delito, a través de
la explotación sexual, explotación laboral, el
tráfico de órganos y exposición de personas
al peligro.

Finalmente es necesario mencionar el Plan Nacional de
Acción contra la Trata de Personas 2007-2013. Este
documento tiene la característica que establece una serie
de actividades en torno a tres ejes
principales: la Prevención del delito, la
Persecución de los criminales con la implementación
de la Ley 28950, "Ley contra la Trata de Personas y el
Tráfico Ilícito de Migrantes", y la
Protección de las Víctimas, consiste en brindarles
una correspondiente asesoría y cobijo a connacionales que
son víctimas de este delito en territorio nacional o en el
extranjero, así como a foráneos que se encuentran
en el país.

Dicho documento establece tareas en común para la
Sociedad Civil, instituciones del Estado Peruano, Gobiernos
Regionales y Locales. Hasta el momento, solamente se han podido
cumplir algunas de las Metas[38]

10.1. Labores realizadas por la Defensoría del
Pueblo para contrarrestar el delito de la trata de
personas

En el caso particular de la Defensoría del
Pueblo, la actual Defensora del Pueblo, la Dra. Beatriz Merino,
ha expresado su deseo que este tema sea uno de los principales
objetivos de su gestión, dentro del marco de la
política de protección de los derechos
humanos.

Con el trabajo que inicie esta institución, se
quiere crear un espacio de discusión y difusión en
la sociedad civil, de las terribles consecuencias que tiene el
introducirse las personas en este invisible problema.

Hace poco, las Adjuntías de Derechos Humanos,
Mujer y de la Niñez y Adolescencia,
han sostenido reuniones con la finalidad de sumar esfuerzos y
así iniciar acciones
conjuntas[39]para conocer más de cerca las
consecuencias de este delito, investigando sobre el tema y
evaluando la posibilidad de instalación de mesas de
trabajos con otras instituciones gubernamentales y organizaciones
civiles, comprometidas con el tema[40]

En las funciones
correspondientes a las Oficinas Defensoriales y Módulos de
Atención Defensorial sobre el tema, podemos mencionar que
la detección del delito se encuentra en sus labores
cotidianas, recibiendo denuncias de la ciudadanía. Ante ello, se hacen
supervisiones de oficio en conjunto con la Policía
Nacional y el Ministerio Público, para: a) ubicar los
lugares donde se encuentren recluidas las posibles
víctimas de explotación; b) desbaratar las redes de
delincuencia dedicadas a este ilegal negocio. Nuestros
comisionados entienden que con estas situaciones se están
vulnerando los derechos de las personas.

11.
Estadísticas

Para culminar nuestro estudio y comprender de la
gravedad del delito de la trata en el mundo y en nuestro
país, hemos visto necesario conocer de las
estadísticas que existen sobre la materia.

La trata no tiene fronteras, como ya hemos indicado es
una situación que a diferencia de otros delitos o faltas afecta
a todas las sociedades, incrementando sus efectos a medida que
pasan los años, como en el caso del narcotráfico o
del terrorismo.

Para empezar, podemos citar el informe realizado por el
gobierno de los
Estados Unidos –Departamento de Estado-, que indica que
alrededor de 600 000 a 800 000 de personas son víctimas
anuales en el mundo[41]

Haciendo mención específica a la trata
laboral, tal como indica el estudio realizado por Belsen, Cock y
Mehran (2005), dichos especialistas realizaron una investigación sobre el trabajo forzoso,
indicando que alrededor de 12.3 millones de personas son
sometidas anualmente en el planeta a esta actividad (4 personas
por 1.000 trabajadores). Dentro de esta categoría, la
cifra que corresponde a la trata de personas supone un total de
2.45 millones de personas, correspondiendo así a un total
del 40% de los trabajos forzados[42]

Respecto a estadísticas de la distribución geográfica, sobre
explotación de personas a través de la trata, el
mismo estudio señala que la región de Asia y del
Pacífico es donde se concentra un mayor número de
víctimas (1.36 millones), seguida de las economías
industrializadas (270.000), Latinoamérica y Caribe (25.000), Oriente
Medio y Norte de África (230.000), Economías de
transición (200.000) y África Subsahariana
(130.000)[43].

Si a esta cifra, le sumamos que el grupo mayoritario de
víctimas está integrado por mujeres, niñas y
niños[44]y recociendo a los países
en vías de desarrollo como los principales mercados donde
se captan a las víctimas, vemos la importancia de
contrarrestar a este delito, con la esperanza de lograr su
erradicación final.

El interés de
las organizaciones criminales también se comprende en este
delito, al señalarse que anualmente genera ingresos por un
monto cercano a los 32 mil millones de dólares, de los
cuales más del 85% proviene del comercio
sexual[45]

En el caso del Perú, del Informe sobre Avances y Buenas
Prácticas del Estado Peruano en la lucha contra la Trata
de Personas: Seguimiento de Actividades al Año 2008,
presentado al Consejo Permanente de la Organización de los
Estados Americanos, se indica que entre los años 2006 al
2008, se reportaron 170 casos de trata de personas investigadas a
nivel policial, identificó a 291 tratantes, se
rescató 401 víctimas (152 adultos y 249 menores).
Todos estos datos fueron
obtenidos de Sistema de Registro y Estadística del Delito
de Trata de Personas y Afines (RETA), institucionalizado desde el
año 2006[46]

En este sentido, es importante mencionar que se han
detectado cuatro rutas principales de tránsito o destino
de traslado de personas para este delito. Se encuentra al Cusco,
Lima, Piura, Chiclayo, Puerto Maldonado, Puno, Ica, Tacna, por
mencionar algunos lugares de destino y enlace para la
captación internacional. Como vemos, la presencia de este
delito se da en zonas de importante tránsito fronterizo,
comercial, turístico y económico.

En el caso específico de las mujeres, el Fondo de
Población de Naciones Unidas en su Informe de Septiembre
de 2000, cifra en 4,000 000 (cuatro millones) las mujeres que son
vendidas cada año con uno de estos tres fines:
prostitución, esclavitud, o matromnio; y en 2,000.000 (dos
millones) las niñas que son introducidas en el comercio
sexual. La Organización Internacional de Migraciones cifra
en 500.000 el número de mujeres que entran todos los
años en Europa Occidental como consecuencia del
tráfico con fines de explotación
sexual[47]

CONCLUSIONES

a. En primer lugar, podemos decir que la trata es un
delito que ha existido durante gran parte de la historia de la humanidad. En
un primer momento estuvo plenamente aceptada en la mayoría
de culturas, a través de la explotación sexual
–prostitución- y a través de la esclavitud.
No fue sino hasta finales del siglo XIX y comienzos del siglo XX
que se conoció como el fenómeno de "trata de
blancas" y que se intento su regulación. Actualmente es a
través de la Convención de Palermo y sus dos
protocolos, uno de ellos referido a la trata de personas, es que
se tiene un consenso mundial contra este delito.

b. Este es un delito que afecta tanto a niños,
niñas, adolescentes, mujeres y hombres por igual. Estas
personas son captadas a través del engaño, y una
vez inmersos en el negocio es a través de la
coacción o una posición de poder que los retienen
en esta actividad ilegal. Es así como los tratantes
obtienen sus ganancias.

c. El reclutamiento de niñas y mujeres, es
preferida por los delincuentes dedicados a este ilegal negocio,
para utilizarlas en la mayoría de casos para fines de
explotación sexual. La trata es una actividad que
anualmente genera ingresos millonarios, siendo el tercer delito
más lucrativo a nivel mundial, después del
narcotráfico y la venta ilegal de armas. En tal virtud, es
como entendemos porque la delincuencia tiene tanto interés
en dedicarse a este delito, en particular a la explotación
sexual.

d. La trata muchas veces es confundida con el
tráfico ilegal de migrantes, incluso con la
prostitución, en este último caso se debe a que
existe una confusión al asimilar la trata
únicamente para fines sexuales y sin embargo es una
situación que involucra otras formas de
explotación: laboral, el tráfico de órganos,
el padrinazgo, el madrinazgo, la exposición de personas al
peligro a través de la mendicidad, los casamientos
forzosos, como otros casos más conocidos.

f. Las causales de este delito, varían
dependiendo de las realidades de las circunstancias donde surgen.
Entre las más importantes encontramos a la desigualdad
social, la falta de oportunidades laborales y de estudios y la
discriminación de género.

g. En el caso del Perú, la trata ha sufrido un
repentino impulso para regularla, lo que se origina desde la
aprobación y ratificación del Estado Peruano de la
Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia
Organizada Transnacional y sus dos Protocolos, uno de ellos
referido a la Trata de Personas y el otro referido al
Tráfico Ilícito de Migrantes. Actualmente existe un
marco jurídico interno, cuya norma más relevante ha
sido la aprobación de la Ley 28950 – Ley contra la
trata de personas y el tráfico ilícito de
migrantes- y su Reglamento.

h. Los varones tampoco son ajenos al delito de la trata.
Generalmente son explotados a través de la modalidad
laboral, lo que consiste en realizar diversos trabajos forzados,
lucrando a través de sus honorarios.

i. La trata tiene victimas de 600 000 a 800 000 personas
anualmente, según estadísticas del Departamento de
Estado de los Estados Unidos. Si a ello le sumamos, el hecho que
nuestro país ha sido detectado como un lugar de transito ,
establecimiento y recojo de victimas de este delito, demuestran
que este es un problema que continua en ascenso por lo que es
necesario estar atentos y realizar todos las acciones para
reducirlo y erradicarlo.

BIBLIOGRAFÍA

Adjuntía para los Derechos Humanos de la
Defensoría del Pueblo (2009) Trata de personas.
Actuación de la Defensoría del Pueblo frente a la
problemática.

Alianza Global contra la Trata de Mujeres (2003)
Manual
Derechos Humanos y Trata de Personas. Bogotá, 2da Edición.

Capital Humano y
Social Alternativo (2009), Balance de la implementación de
la Ley 28950 y su Reglamento. Lucha contra la Trata de Personas y
el Tráfico Ilícito de Migrantes. Resumen Ejecutivo.
Lima.

Capital Humano
y Social Alternativo (2007) La Trata de personas en el
Perú. Normas, casos y definiciones.

Chiarotti, Susana (2002) Trata de Mujeres: Conexiones y
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Humanos. Conferencia Hemisférica sobre Migración
Internacional, Derechos Humanos y Trata de Personas en las
Américas. CEPAL, Santiago de Chile. Ubicación
web:

Giménez-Salinas, Andrea y otras (2009)"La
Dimensión Laboral en España".
p.11 En: Revista
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y Criminología. Ubicación web:
http://criminet.ugr.es/recpc

Maqueda Abreu, María Luisa (2000) El
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Organización de los Estados Americanos (2009).
Informe sobre Avances y Buenas Prácticas Del Estado
Peruano En La Lucha Contra La Trata De Personas: Seguimiento De
Actividades Al Año 2008 (Presentado por la
Delegación del Perú al Comité de Seguridad
Hemisférica de la Comisión Permanente de la
Organización de los Estados Americanos, p. 3.). Enlace
web: http://www.oas.org/CSH/spanish/tratapersonas.asp#II

Organización de las Naciones Unidas (2002).
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Naciones Unidas (2002) Trata de Mujeres y niñas, Nº
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(OIM). (2006) Estudio exploratorio sobre Trata de personas con
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(2006), Trata de Personas: Aspectos Básicos.

Organización Internacional para las Migraciones.
La Trata de Personas en el Perú. Material de Diapositivas
elaboradas por la Oficina Internacional para las
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http://www.ilo.org/public/spanish/dialogue/actrav/publ/129/10.pdf

UNODC-Colombia y
Proyecto
AntiTrata ( ) Manual de Procedimiento
Penal y Protección Integral de Niños, Niñas
y Adolescentes Víctimas de Trata de Personas y
Explotación Laboral/Sexual., Bogotá.
p.29.

UNICEF (…)¿De qué se trata la Trata
de niños, niñas y adolescentes?, Buenos Aires,
Argentina.

 

 

 

 

 

 

Autor:

Guillermo Collantes

[1] Tomado del documento elaborado por la
ONG Capital
Humano y Social Alternativo (2009), Balance de la
implementación de la Ley 28950 y su Reglamento. Lucha
contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito
de Migrantes. Resumen Ejecutivo. Lima, p.8.

[2] Sucede, que las personas ven a la trata
como una oportunidad de surgimiento, aunque no conocen
realmente de sus fines, recordemos que son trasladados por
engaños. Es a partir de su traslado y arribo a su nuevo
centro de labores, que conocen la real situación que les
tocará vivir. Lo trágico del asunto, es que en
algunos casos la explotación concluye con la vida de las
personas.

[3] Capital Humano y Social Alternativo
(2009), Balance de la implementación de la Ley 28950 y
su Reglamento. Lucha contra la Trata de Personas y el
Tráfico Ilícito de Migrantes. Resumen Ejecutivo.
Lima, p.14.

[4] Tal es así, que la
prostitución era culturalmente aceptada y se aceptaba su
ejercicio por explotación, existiendo desde la
época de los egipcios, judíos, griegos y romanos, por mencionar
algunas sociedades ancestrales.

[5] El Perú tampoco fue ajeno a este
movimiento. Desde la época de la Conquista
hasta la
República, donde se explica que por la necesidad de
mano de obra en el Nuevo Continente se tuvo que traer a los
negros, para que reemplazaran a los nativos que estaban
muriendo. En el caso peruano la mayor demanda de mano de obra
esclava, fue en la agricultura costera, en la que incluso se
trajeron chinos al Perú en el siglo XIX, fenómeno
conocido como "trata de coolies" Capital Humano y Social
Alternativo (2009), Balance de la implementación de la
Ley 28950 y su Reglamento. Lucha contra la Trata de Personas y
el Tráfico Ilícito de Migrantes. Resumen
Ejecutivo. Lima, p.14.

[6] Alianza Global contra la Trata de Mujeres
(2003) Manual Derechos Humanos y Trata de Personas.
Bogotá, 2da Edición. p. 32.

[7] Añadido nuestro.

[8] Capital Humano y Social Alternativo
(2007) La Trata de personas en el Perú. Normas, casos y
definiciones. Lima, p.11.

[9] Artículo 3 inciso a del Protocolo
para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas,
especialmente mujeres y niños, que complementa la
Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia
Internacional.

[10] Es importante mencionar que
también se ha detectado la preferencia de captar a un
conjunto de personas, por ser más sencillo su
convencimiento y su traslado. Algunas veces se utilizan mujeres
quienes se introducen en grupos de jóvenes quienes les
crean expectativas de trabajo y mejorar su estilo de
vida al que tienen. Lo que ellos no saben, es que esta
propuesta es la puerta de ingreso a este ilegal negocio

[11] En el mismo sentido, el Jefe del
Programa Especial de Acción para Combatir el Trabajo
Forzoso de la OIT, Roger Plant, manifestó que "La
definición legal pone entonces énfasis en el uso
de la fuerza, coacción o engaño como
características distintivas. Esto es lo que lo que
distingue en el derecho
internacional la trata del tráfico de personas
dentro de cuyo marco (si bien pude mediar una
transacción pecuniaria) se considera que la
relación entre la persona objeto del tráfico
ilícito y quien se encarga de haberlo es de carácter voluntario y provechosa para
ambas partes, aunque esto es discutible". Tomado del
artículo Trabajo forzoso, migración y trata de
personas. p.68. Ubicación web:
http://www.ilo.org/public/spanish/dialogue/actrav/publ/129/10.pdf

[12] Adjuntía para los Derechos
Humanos de la Defensoría del Pueblo (2009) Trata de
personas. Actuación de la Defensoría del Pueblo
frente a la problemática. p. 3.

[13] Organización Internacional para
las Migraciones (OIM). (2006) Estudio exploratorio sobre Trata
de personas con fines de explotación sexual en
Argentina, Chile y Uruguay. p.7.

[14] A estas actividades, hay que agregarle
las explotaciones surgidas en las industrias (negocio de
maquila), así como las producidas en campos
agrícolas, minas y trabajos domésticos surgidos
algunas veces por casamientos forzados.

[15] Diccionario Real de la Lengua
Española, enlace web:
http://buscon.rae.es/draeI/SrvltConsulta?TIPO_BUS=3&LEMA=esclavitud

[16] Resaltamos esta parte de la
explicación del tema, pues muchas veces no se entiende
la complejidad del caso en nuestras sociedades,
encontrándose el tema oculto. Sin embargo, este requiere
justamente estudiarse para evitarse confundir con otras
actividades delictivas que enfrenta la humanidad.

[17] UNODC-Colombia y Proyecto AntiTrata
(2006). Manual de Procedimiento Penal y Protección
Integral de Niños, Niñas y Adolescentes
Víctimas de Trata de Personas y Explotación
Laboral/Sexual., Bogotá. p.29.

[18] Por el trokosi, se entiende a la
práctica que consiste en la explotación de las
mujeres de la familia, a través de su entrega a un
sacerdote local para su atención personal. Significa
"esclava de deidad" y se origina cuando uno de los miembros de
la familia comete un delito o una calamidad que golpea a a
aquella familia, motivo suficiente para ofrecer a la mujer a la
divinidad, y de esta manera resarcirse de esta difícil
situación que aqueja a la familia (Alianza Global contra
la Trata de Mujeres. (2003). Manual de Derechos Humanos y Trata
de Personas, p. 63).

[19] Esta figura del turismo sexual
habríamos podido determinarla como una causal de la
trata, pero vemos que su configuración se encuentra
dentro de la explotación sexual, por lo que hemos
preferido introducirla a nuestra explicación de esta
forma. Ahora, respecto de su conexión con el ejercicio
libre del turismo con la colusión de las autoridades, es
común que "Un amplio sector de mujeres y niñas
traficadas es destinado al turismo sexual…Pero
además del turismo sexual desembozado, las
organizaciones de mujeres han denunciado que muchas propagandas
de las agencias de turismo gubernamentales o privadas promueven
el turismo sexual y la prostitución, al anunciar las
bondades de cada país, con anuncios que sugieren
naturaleza
exuberante y a los que irreversiblemente se acompaña la
imagen de
mujeres bonitas…". En resumida cuenta, se trata de un
factor de exclusividad, consistente en querer mantener
relaciones sexuales con seres humanos de etnias distintas a la
que procede el cliente.
(Chiarotti, Susana (2002) Trata de Mujeres: Conexiones y
Desconexiones entre Género, Migración y Derechos
Humanos. Conferencia Hemisférica sobre Migración
Internacional, Derechos Humanos y Trata de Personas en las
Américas. CEPAL, Santiago de Chile p.10.
Ubicación web:
www.revistainterforum.com/espanol/pdfes/020703CLADEM.pdf

[20] La extremada vulnerabilidad de la
condición de esas emigrantes sexuales permite situar
este fenómeno de la prostitución internacional en
el lugar adecuado de análisis, que es el de la dependencia
progresiva y crítica de los países del Tercer
Mundo respecto de lo más ricos y desarrollados, que ha
propiciado a más de otras formas de explotación
personal, una reserva creciente de mano de obra sexual en
determinadas zonas geográficas marcadas por la miseria y
la marginalidad.
(Maqueda Abreu, María Luisa (2000) El tráfico de
personas con fines de explotación sexual. págs.
23-29. Ubicación web:
http://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=174827)

[21] Andrea Giménez-Salinas y otras
(2009)La Dimensión Laboral en España. p.11 En:
Revista Electrónica de Ciencia Penal y
Criminología. Ubicación web:
http://criminet.ugr.es/recpc/

[22] Este delito ha estado siempre ligado a
la explotación sexual, situación que se mantiene
hasta nuestros días. Es un fenómeno que en el
caso de la historia americana, ha estado presente desde la
época de la colonia cuando se optó por usar a las
mujeres como mercancía sexual. Las mujeres africanas e
indígenas, eran traficadas como esclavas con un triple
propósito: trabajar como mano de obra gratuita; la
reproducción de esclavos, o sea, la
producción de más mano de obra
gratuita; y servir de objeto sexual, Este último
propósito estaba siempre presente aunque el objetivo
principal fuera cualquier de los otros dos y podía darse
dentro del mercado matrimonial o con otras figuras como
concubina o simplemente mujer a libre disposición del
patrón (Chiarotti, Susana (2002) Trata de mujeres:
Conexiones y Desconexiones entre Género,
Migración y Derechos Humanos. p .1.).

[23] Tal es así que en el año
de 1949 se creó la Convención para la
Supresión de la Trata de Personas y de la
Explotación de la Prostitución Ajena (1949), que
tenía por finalidad eliminar la prostitución. Sin
embargo, nunca hizo referencia a la trata, lo que es finalmente
una herramienta inválida para erradicar este delito.

[24] El que promueve, favorece, financia o
facilita la captación, transporte, traslado, acogida,
recepción o retención de otro, en el territorio
de la República o para su salida o entrada del
país, recurriendo a: la violencia, la amenaza u otras
formas de coacción, la privación de libertad, el
fraude, el engaño, el abuso del poder o de una
situación de vulnerabilidad, o la concesión o
recepción de pagos o beneficios, con fines de
explotación, venta de niños, para que ejerza la
prostitución, someterlo a esclavitud sexual u otras
formas de explotación sexual, obligarlo a mendigar, a
realizar trabajos o servicios forzados, a la servidumbre, la
esclavitud o prácticas análogas a la esclavitud o
prácticas análogas la esclavitud u otras formas
de explotación laboral, o extracción o
tráfico de órganos o tejidos
humanos, será reprimido con pena privativa de libertad
no menor de ocho ni mayor de quince años. La
captación, transporte, traslado, acogida,
recepción o retención de niño,
niñas o adolescente con fines de explotación se
considerará trata de personas incluso cuando no se
recurra a ninguno de los medios señalados en el párrafo anterior (Nuevo texto
modificado por la Ley 28950).

[25] Artículo incorporado por la Ley
28189.

[26] Artículo 128.- Exposición
a peligro de persona dependiente.

[27] Publicada con fecha 16 de enero del 2007
en el Diario Oficial El Peruano

[28] ; "…que dispone acciones de los
sectores involucrados en la lucha contra la trata de personas,
establece principios
importantes como eje central de la intervención estatal"
Organización de los Estados Americanos (2009) Informe
sobre Avances y Buenas Prácticas Del Estado Peruano En
La Lucha Contra La Trata De Personas: Seguimiento De
Actividades Al Año 2008 (Presentado por la
Delegación del Perú al Comité de Seguridad
Hemisférica de la Comisión Permanente de la
Organización de los Estados Americanos, p. 3.). Enlace
web: http://www.oas.org/CSH/spanish/tratapersonas.asp#II

[29] Artículo 3 del Protocolo
referente a prevenir, reprimir y sancionar la trata de
personas, especialmente mujeres y niños, vigente desde
el año 2003.

[30] Esta se encuentra dentro de las
siguientes actividades: agricultura, minería y
fábricas.

[31] La Trata de Personas en el Perú.
Material de Diapositivas elaboradas por la Oficina
Internacional para las Migraciones. p.2.

[32] Adjuntía de Derechos Humanos de
la Defensoría del Pueblo (2009) Trata de Personas.
Actuación de la Defensoría del Pueblo frente a la
problemática. p.7.

[33] Informe del Secretario General a la
Asamblea General de las Naciones Unidas (2002) Trata de Mujeres
y niñas, Nº A/57/170. págs. 7-8.

[34] Ibídem p.8.

[35] Ibídem p. 11.

[36] Ibídem, p.11.

[37] Es a través de una
Resolución Directoral de la Policía Nacional del
Perú promulgada en marzo de 2008 por la cual se eleva el
Departamento de trata de Personas de la División de
Secuestros de la Policía Nacional al rango de
División de Investigación de Trata de Personas de
la Dirección de Investigación Criminal de la PNP
(Organización de los Estados Americanos (2009) Informe
sobre Avances y Buenas Prácticas Del Estado Peruano En
La Lucha Contra La Trata De Personas: Seguimiento De
Actividades Al Año 2008, p.3. Enlace web:
http://www.oas.org/CSH/spanish/tratapersonas.asp#I).I

[38] Ver documento completo en Matriz de
Intervención Plan Nacional de Acción contra la
Trata de Personas 2007-2013 – Seguimiento Actividades 2008
(Presentado por la Delegación del Perú).
Organización de los Estados Americanos (2009) Matriz de
Intervención Plan Nacional de Acción contra la
Trata de Personas 2007-2013 – Seguimiento Actividades 2008.
Enlace web:
http://www.oas.org/CSH/spanish/tratapersonas.asp#II

[39] De la reunión mantenida entre
estas tres oficina se determinó lo siguiente: en primer
lugar en el caso de la Adjuntía de los Derechos Humanos,
iba a trabajar los Lineamientos generales de actuación
en casos de trata de personas. Asimismo iba a realizar
coordinaciones de debates regionales y la consolidación
de información desde las Oficinas
Defensoriales. En el caso de la Adjuntía para los
Derechos de la Niñez y la Adolescencia, iba a estar
encargada de estudiar lo correspondiente a la
Explotación Sexual Comercial Infantil. Finalmente la
Adjuntía para los Derechos de la
Mujer iba a encargarse de la Trata de personas desde la
estructura de Seguridad
Ciudadana, Labor Preventiva, de vigilancia y de
organización a nivel distrital y comunal (juntas
vecinales).

[40] Es el caso de la ONG CHS Alternativo
quien viene apoyando constantemente en el tema de trata al
Estado Peruano.

[41] Informe sobre trata de personas del
año 2005, elaborado por el Departamento de Estado.
Citado por el documento Trata de Personas: Aspectos
Básicos (2006), Organización Internacional para
las Migraciones y otros. p. 11.

[42] Artículo preparado por la
profesora Andrea Giménez-Salinas de la Universidad
Autónoma de Madrid "La
Dimensión Laboral en España"(2009), p.8. En:
Revista Electrónica de Ciencia Penal y
Criminología. Ubicación web:
http://criminet.ugr.es/recpc/

[43] Ibídem p.9.

[44] Entre el 10 y 30% de mujeres son menores
de edad, lo que indica la gravedad de esta situación por
la vulnerabilidad que tiene con las personas, como apreciamos
nunca se distinguen ni las edades ni los géneros de las
personas. UNICEF Argentina (2007) ¿De qué se
trata la Trata de niños, niñas y adolescentes?,
Buenos Aires. p.3.

[45] Informe de la Organización
Internacional del Trabajo (OIT) "Una alianza global contra el
trabajo forzoso", Resumen página 4, Conferencia
Internacional del Trabajo, 93ª sesión. Ginebra.
Citado por la Organización Internacional para las
Migraciones (2006). Estudio exploratorio sobre trata de
personas con fines de explotación sexual en Argentina,
Chile y Uruguay, p.8

[46] Enlace web:
http://www.oas.org/CSH/spanish/tratapersonas.asp#II

[47] Chiarotti, Susana (2002) Trata de
mujeres: Conexiones y Desconexiones entre Género,
Migración y Derechos Humanos. p .5.

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