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Organización de Negocios Múltiples Ferush SRL (Informe de Prácticas Pre-profesionales) (página 5)



Partes: 1, 2, 3, 4, 5

Para determinar el valor mensual de las operaciones realizadas
se deberá anotar en los Registros de ventas e Ingreso y de
compras, todas las operaciones que contengan como efecto anular,
reducir o aumentar parcial o totalmente el valor de las
operaciones. Para que las modificaciones mencionadas tengan
validez, deberán estar sustentadas, en su caso, por los
siguientes documentos: Notas de Débito y de
Crédito, cuando se emitan respecto de operaciones
respaldadas con comprobantes de pago y las liquidaciones de
cobranza u otros documentos autorizados por ADUANAS, cuando se
emitan con respecto de operaciones de Importación

Cuentas de Control:

Para efecto de control, según la Ley del IGV y su
Reglamento, deben abrir en su contabilidad las cuentas de balance
denominadas "Impuesto General a las Ventas e Impuesto de
Promoción Municipal" e "Impuesto Selectivo al Consumo,
según corresponda

Comprobantes de pago:

El contribuyente del impuesto general a las ventas, debe
entregar comprobantes de pago por las operaciones que realiza,
los que serán emitidos en la forma y condiciones
establecidas en el Reglamento de comprobantes de pago.

En las operaciones con otros contribuyentes del Impuesto se
consigna separadamente en el comprobante de pago correspondiente
el monto del Impuesto. Tratándose de operaciones
realizadas con personas que no sean contribuyentes del Impuesto,
se podrá consignar en los respectivos comprobantes de pago
el precio o valor global, sin discriminar el Impuesto. El
comprador del bien, el usuario del servicio está obligado
a aceptar el traslado del Impuesto. La SUNAT ha establecido
normas y procedimientos que permite tener información
previa de la cantidad y numeración de los comprobantes de
pago y guías de remisión. Corresponde a la SUNAT
señalar las características y los requisitos
básicos de los comprobantes de pago, así como la
oportunidad de su entrega. Las copias y los originales, en su
caso, de los comprobantes de pago y demás documentos
contables deberán ser conservadas durante el
período de prescripción de la acción
fiscal.

Operaciones en Moneda Extranjera:

En el caso de operaciones realizadas en moneda extranjera, la
conversión en moneda nacional se efectuará al
tipo de cambio dólar bancario promedio ponderado (fecha
de publicación) venta
, publicado por la
Superintendencia de Banca y Seguros en la
fecha de nacimiento de la obligación tributaria,
salvo el caso de las importaciones en
donde la conversión a moneda nacional se efectuará
al mismo tipo de cambio, pero publicado por la mencionada
Superintendencia en la fecha de pago del Impuesto
correspondiente.

En los días que no se publique el tipo de cambio se
utilizará el último publicado. Pero hay que tener
en cuenta que para efectos del registro contable (asientos de
centralización de las compras y ventas en
el Libro Diario), el tipo de cambio a utilizar es diferente,
procediéndose de acuerdo a lo que establece la Ley del
Impuesto a la Renta y su Reglamento; en este sentido las cuentas
correspondientes a las ventas como 701, 702, 762, 121 y 168 el
tipo de cambio a utilizar es el del Dólar bancario (fecha
de cierre) vigente COMPRA y para las cuentas correspondientes a
las compras como 33,34,38,60,63,64,65,67; 42 y 46 se aplica el
tipo de cambio Dólar bancario (fecha de cierre) Vigente
VENTA. Haciéndose el registro contable de esta forma,
origina Diferencias de cambio (perdidas y /o ganancias) que
serán registradas en las cuentas de resultados 676 y 776
respectivamente.

Llevado del libro
bancos y otros aspectos relacionados

DEFINICIÓN.- El LIBRO BANCOS es un libro de
rayado especial, en el cual se debe anotan todas las operaciones
que realiza la empresa, con la entidad bancaria en la cual se
mantiene su cuenta corriente. Desde el punto de vista legal es un
libro voluntario y desde el punto de vista
técnico-contable se le considera como un libro
auxiliar.

Las empresas pueden llevar varios libros bancos, en todo caso,
es por cada una de las cuentas corrientes que maneja. Lo
más común es llevar dos libros bancos, uno en
moneda nacional y otro en moneda extranjera.

Su importancia radica, en que mediante este libro, se ejerce
un mejor control de las operaciones bancarias en lo referente a
entregas o depósitos, retiros, emisión de notas de
cargo, notas de abono o cualquier otra operación que
signifique aumentar o disminuir el saldo de la cuenta corriente
de la empresa.

El mejor control ejercido sobre las operaciones bancarias, es
un elemento que facilita la optimización de los recursos
financieros de la empresa y por ende facilitan el gerenciamiento
eficaz que viene a ser el objetivo
final.

El libro bancos, al igual que todo libro auxiliar, se
relaciona con los otros libros. Por ejemplo cuando se trata de
pagos a proveedores, la relación con el libro de caja, con
el auxiliar de proveedores; cuando se trata de cobros a clientes,
la relación esta con el libro caja, con el auxiliar de
clientes.

RAYADO DEL LIBRO BANCOS.

El libro bancos, al no ser un libro oficial, adopta el rayado
que considere cada empresa, de acuerdo con sus necesidades de
información.

El rayado más simple se presenta como un cuadro
dividido en cuatro columnas, en las que se anota en forma
continua:

  • a) La fecha,

  • b) El concepto de
    la operación bancaria (depósito, retiro, nota
    de cargo, nota de abono, saldo inicial, saldo final, etc)

  • c) Las cantidades que aumentan o disminuyen la cuenta
    corriente (DEBE – HABER) y

  • d) El saldo respectivo (DEUDOR- ACREEDOR).

Las operaciones no se registran al ritmo que se hacen las
ventas o compras; porque el libro registra todo lo relacionado
con el efectivo que se gira o se deposita, mientras que las
compras y ventas pueden ser, parte al contado, parte al
crédito, para cobrarlo o pagarlo a una semana, 15
días, un mes o mas. En ocasiones se suele incurrir en
errores u omisiones; con alguna frecuencia, el banco
efectúa transacciones que sólo dará a
conocer a la empresa con posterioridad mediante el registro de
una Nota de Cargo o Nota de Abono en el estado de
cuenta corriente de la empresa.

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EXTRACTO BANCARIO

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Conclusiones

Las conclusiones del trabajo son las siguientes:

  • 1. Un aspecto bien importante en FERUSH SRL, es saber
    las normas que debe cumplir este tipo de empresa en
    relación con la comercialización de combustibles
    líquidos, porque este tipo de producto tiene
    regulaciones estrictas de parte de las entidades del Estado.

  • 2. En FERUSH SRL, se tiene una empresa diferente a la
    comercialización de otros bienes, porque aquí
    se tiene impuesto selectivo al consumo, impuesto general a
    las ventas, percepciones igv y otros aspectos que tiene que
    tenerse en cuenta.

  • 3. FERUSH SRL, cumple obligaciones puntuales con OSINERG, SUNAT,
    MUNICIPALIDADES, Ministerio de energía y Minas,
    etc.

  • 4. En FERUSH SRL, la capacitación es trascendente para la
    actividad laboral, especialmente en aspectos tributarios,
    contables y computarizados; lo cual se consigue con la
    adecuada formación que recibimos en el Instituto y las
    prácticas realizadas.

  • 5. FERUSH SRL, dispone de hardware y
    software especializado para desarrollar sus actividades de
    facturación para la contabilidad de la empresa; lo que
    requiere estar bien capacitado, entrenado y perfeccionado
    para el manejo del software correspondiente.

  • 6. Las compras y ventas que realiza la empresa tienen
    distintos aspectos, como el legal, financiero, tributario y
    contable. Por tanto en cada caso deben tomarse las decisiones
    sobre la base del conocimiento y comprensión integral
    de cada transacción.

  • 7. El registro de las transacciones en los Registros
    de Ventas y Compras, es necesario un amplio conocimiento y
    aplicación de las normas tributarias; como la Ley del
    Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo
    y su Reglamento, Ley del Impuesto a la Renta y su reglamento,
    Reglamento de Comprobantes de Pago y otras normas
    relacionadas.

  • 8. El problema que se tiene en el registro de las
    operaciones de compras y ventas es por un lado la
    identificación de la operación como gravada, no
    gravada o exonerada y luego conocer el tipo de moneda en la
    cual se ha emitido el comprobante de pago; por cuanto si es
    moneda extranjera debe aplicarse para efecto de los Registros
    de ventas y compras las normas tributarias establecidas en la
    Ley del Impuesto General a las Ventas.

  • 9. La entrega de información al área
    contable es muy lento y algunas veces las otras áreas
    innecesariamente se demoran; lo que hace en muchos casos se
    demore en el registro de los libros y por ende en la
    formulación de las Declaraciones Juradas, cumpliendo
    en algunos casos a última hora y otras veces fuera de
    plazo.

SUGERENCIAS

Las siguientes son las sugerencias que hago a los directivos
de la empresa, a los compañeros estudiantes del Instituto
y también a nuestros maestros y autoridades.

  • 1. Para un trabajo efectivo en FERUSH SRL, recomiendo
    leer, comprender y aplicar las normas sectoriales en primer
    lugar y luego el resto de normas que inciden en lo
    financiero, contable, laboral y tributario

  • 2. FERUSH SRL, pese a que dispone de personal de
    calidad, sin
    embargo, tiene que seguir con la capacitación,
    entrenamiento y perfeccionamiento de su
    personal para que el servicio que presta sea de total
    satisfacción para los sus clientes. También
    para que pueda captar más clientes. Finalmente para
    estar en mejora continua y competitividad al tope.

  • 3. FERUSH SRL, debe capacitar en el software que
    utiliza para poder aplicarlo en forma eficiente y eficaz, por
    lo especializado que es este instrumento de trabajo contable
    y de otro tipo.

  • 4. Para registrar correctamente la información
    en los Registros de Ventas y Compras; es necesario que el
    personal reciba una capacitación permanente del
    aspecto doctrinario y las aplicaciones de las normas
    tributarias correspondientes; de este modo la empresa no van
    a tener ninguna observación en las fiscalizaciones que
    efectúa SUNAT.

  • 5. Con la capacitación debida, ya no
    habrá dificultades en el registro de los comprobantes
    de pago y otros documentos en los Registros de Compras y
    Ventas. Esta capacitación debe darse por medio de la
    empresa, pero también por medio de cada trabajador.
    Los trabajadores siempre tienen que estar en constante
    capacitación para poder prestar su trabajo en las
    mejores condiciones. La competitividad laboral, actualmente
    es una forma de vida.

  • 6. Debe buscarse que el flujo de la
    información de compras y ventas sea eficaz y oportuno
    para que se registren la información en los libros
    contables y luego se formulen las declaraciones a que
    esté obligados los contribuyentes dentro de los plazos
    establecidos.

Bibliografía

  • 1. Estudio Caballero Bustamante (2008) Manual
    Tributario 2008
    . Lima. Estudio Caballero Bustamante.

  • 2. Ferrer Quea, Alejandro: Análisis y
    aplicación del Plan Contable General Revisado.

    Talleres Gráficos de ITAL PERU.
    Lima- Perú. Año 2004.

  • 3. Flores Soria, Jaime (2004)
    Administración Financiera. Lima. CECOF
    Asesores.

  • 4. Van Horne (19980) Administración
    Financiera
    . México. Compañía
    Editorial Continental SA.

  • 7. Álvarez Illanes Juan Francisco (2003)
    Análisis e Interpretación de los Estados
    Financieros, Presupuesto de Caja y Gerencia Financiera en el
    Sector Público
    . Lima. Pacífico
    Editores.

  • 8. Instituto de Auditores Internos de España-Coopers & Lybrand, SA.
    (1997) Los Nuevos conceptos del Control
    Interno- INFORME
    COSO.
    Madrid.
    Ediciones Díaz de Santos SA.

  • 9. Johnson Ferry & Acholes Kevan (1999)
    Dirección Estratégica. México.
    Prentice Hall.

  • 11. Leturia Podestá, Carlos: Contabilidad
    de la Sociedad
    Anónima
    . Impreso en los Talleres de la Imprenta
    Lujan. Lima- Perú. Año 2004.

  • 12. Ministerio de economía y finanzas: Decreto
    Legislativo No. 821; Decreto Supremo No. 136-96-EF "Ley
    del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al
    Consumo" y Reglamento del Impuesto General a las Ventas
    ,
    respectivamente. Editora Perú. Lima-Perú.

  • 13. Rueda Peves, Gregorio: Nueva Ley General de
    Sociedades
    . Editora Gráfica Bernilla.. Lima
    Perú Año 1998

  • 14.  Congreso de la
    República: Ley No. 26887 "Ley General de
    Sociedades"
    . Editora Perú.
    Diciembre-1997.

PAGINAS WEB:

www.ccpl.org.pe

www.conasev.gob.pe

www.unfv.edu.pe

www.monografias.com

www.gestiopolis.com

 

 

 

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