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Sentencia por la cual fue derogada la ley de Vagos y Maleantes




Enviado por Heidy Luna



Partes: 1, 2

    1. De Vagos y
      Maleantes…

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    Analizando un poco este tema, cabe destacar que esta
    Ley se
    derogó por inconstitucional porque bien esta sustentada en
    la misma Constitución al darle la carta magna la
    posibilidad al Estado de
    adoptar cualquier Política para
    solventar la economía nacional…

    Ese delito
    tenía como bien Jurídico Tutelado la
    Economía Publica – Nacional, debido a que los
    vagabundos y malvivientes no aportaban nada a la economía
    del estado y regularmente no tenían modo honesto de
    vivir.

    Sin Embargo, lo que causo la derogación de dicho
    precepto legal de los códigos penales fue el desuso del
    artículo, ese delito se volvió anacrónico,
    pasado de tiempo,
    inaplicable, arcaico. En fin, no es delito grave, ya que solo
    costaba el delito en pena administrativa (multa) y como pagaban?
    O peor aun en caso de arresto de 36 horas volvían a salir
    y los volvían a agarrar. Por ese motivo el artículo
    que contenía el delito y la sanción penal se
    volvieron inaplicables y debido a su inaplicabilidad y
    después de mucho tiempo cayo en desuso y los legisladores
    decidieron sacarlo de los códigos.

    Sabemos que las fuentes del
    Derecho son 3: Las Formales, Las Reales y las
    Históricas… Las Reales conciernen a la necesidad del
    país en una época determinada y a lo que exige la
    sociedad… La
    sociedad evoluciona y con el tiempo hace inaplicables algunas
    leyes.

    No se puede tipificar como delito que ser vago o
    maleante es un delincuente; se requiere pruebas, o
    flagrancia para comprobar el delito ante el ministerio publico.
    Así de acuerdo al delito es la sentencia.

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    De Vagos y
    Maleantes…

    Así se llama la Ley que la Corte de Suprema de
    Justicia
    declaró nula por inconstitucional. Se trata de un
    instrumento legal de corte eminentemente totalitario, cuyos
    orígenes se encuentran en la época en que el
    gomecismo, aún con Gómez muerto, ejercía
    influencia en la política venezolana, en 1939. La dictadura de
    Marcos Pérez Jiménez, en 1956, la modificó
    acentuando su carácter de normativa desconocedora de los
    más elementales derechos
    humanos.

    Frente a la decisión de la Corte Suprema que
    llega después de muchos años de denuncias, se han
    erguido los que se dicen representantes del orden, de las buenas
    costumbres, de la moral
    ciudadana. ¿Cómo va a ser posible que salgan a la
    calle más de quinientos vagos y maleantes, azotes de
    barrios, enemigos de la sociedad? ¿No se dan cuenta del
    peligro que representan para los buenos ciudadanos?

    ¡Cómo si fuera un hecho irresponsable
    aplicar el derecho, hacer valer la Constitución! Ante esas
    reacciones uno se pregunta si esos mismos defensores del orden
    piensan que más peligrosos son los sujetos a quienes se
    les han aplicado las normas de la Ley
    sobre Vagos y Maleante que todos aquellos que sin ser "vagos" ni
    "maleantes", actúan deshonestamente como políticos,
    como hombres de negocio, como profesionales, como sindicalistas
    cuyo denominador común es que todo se vale para lograr lo
    que se quiere, ya sea dinero,
    poder,
    posición social.

    En todas las naciones del mundo hay personas que
    reúnen condiciones de peligrosidad. En todas partes hay
    azotes de barrios, vagos, proxenetas, hechiceros, jugadores. A
    esas personas, si constituyen amenaza para la sociedad, se les
    aplican medidas pero sin negarles el derecho al debido proceso, sin
    privarlos ilegalmente de la libertad.

    A todos los "buenos ciudadanos" horrorizados ante la
    decisión de la Corte, habría que decirles que a
    ellos también, sin ser "choros", se les podía
    aplicar la ley de Vagos y Maleantes. En efecto, todas las
    señoras que se dedican a la curación espiritual, a
    las esencias florales, a leer las cartas del
    Tarot, eran
    consideradas "maleantes" por la Ley anulada y a ellas se les
    podían enviar a un centro de reclusión. Se
    dirá que, en el caso de miembros prominentes de la
    sociedad, ello nunca ocurriría. ¿Acaso es un
    secreto que en Venezuela las
    leyes también se aplican, de mala manera, por
    conveniencias políticas?

    Bueno seria exhortar al Poder
    Legislativo a aprobar una legislación que contemple la
    manera de tratar a los sujetos de alta peligrosidad pero siempre
    respetando el derecho al debido proceso, a la defensa y a la
    dignidad
    humana.

    "El objeto fundamental de la Ley trata de plantear y de
    resolver el problema de la peligrosidad reglamentando los
    aspectos de la misma sin delito e inspirándose en el doble
    criterio de evitar, por una parte, que las autoridades de
    policía incurran en juzgamientos precipitados y
    arbitrarios, y por la otra, de crear medidas de seguridad que
    provoquen la readaptación social de los catalogados
    peligrosos, de su propio beneficio y en protección de la
    sociedad".

    Si bien es cierto que, según dicha motivación se busca reglamentar la
    peligrosidad sin delito, la verdad que surge de la
    comparación entre la Ley sobre Vagos y Maleantes y la
    realidad jurídica es que, de las veinticuatro
    categorías contempladas en dicho cuerpo legal,
    dieciséis constituyen hechos punibles, faltos o delitos.

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