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Técnicas Contables y Tributarias aplicadas en la empresa industrial (página 4)



Partes: 1, 2, 3, 4, 5

Según César
Velázquez[22]Las Normas
Internacionales de Información Financiera (antes Normas
Internacionales de Contabilidad), emitidas por el
International Accounting Standars Boards (IASB), basan su
utilidad en la
presentación de información consolidadas en los
Estados
Financieros.

Las NIIF aparecen como consecuencia del Comercio
Internacional mediante la
Globalización de la Economía, en la cual intervienen la
práctica de Importación y Exportación de Bienes y
Servicios, los
mismos se fueron aplicando hasta llegar a la inversión directa de otros países
extranjeros promoviendo así el cambio
fundamental hacia la practica internacional de los negocios.

En vista de esto, se determina la aplicación del
proceso de la
Armonización Contable con el afán de contribuir a
la construcción de parámetros
normativos, que pretenden regular las actividades
económicas de las naciones, estas normas intervienen
dentro del sector social, educativo, empresarial, ambiental,
entre otros, con el propósito de dar a conocer el grado de
afectación de estos aspectos dentro de la globalización que se vienen desarrollando y
la armonización con otros miembros reguladores del aspecto
contable.

Debido al desarrollo
económico y a la globalización, la unión
europea se enfrenta a la decisión de adaptar los
estándares internacionales de contabilidad
el cual busca eliminar las incompatibilidades entre las NIIF con
las directivas para que sean acordes al marco europeo se regula
la Auditoria, se modifica el Código
del Comercio y el
Plan General
de Contabilidad, teniendo en cuenta las recomendaciones de las
directivas en cuanto a las sociedades y
al manejo de las Cuentas Anuales
Consolidadas e Individuales, esto según el tamaño
de las empresas y si son
cotizadas o no en bolsa de valores;
trabajo
delegado a los organismos normalizadores como el ICAC, el
Banco Español y
el Ministerio de Hacienda.

Esta adaptación genera unos cambios en el
desarrollo de
la practica contable, entre estos tenemos la utilización
de diferentes métodos de
valoración según la finalidad de los estados
financieros, que es brindar información relevante y por
consiguiente real y verificable de manera que sea útil a
las necesidades de los usuarios, siendo complementada con la
elaboración de las notas que constituyen la memoria en
la cual se encuentra toda la información cualitativa y
cuantitativa necesaria para comprender las Cuentas Anuales y que
además sirve de base para elaborar el Informe de
gestión
en donde se evalúa el cumplimiento de las políticas
de crecimiento y expansión, de recursos
humanos, de medio
ambiente, de inversión, de control
interno entre otras, de los objetivos a
corto y mediano plazo y a su vez los riesgos a los
que estos se encuentran expuestos.

 

Objetivos de las NIIF

  • Las NIIF favorecerán una información
    financiera de mayor calidad y transparencia, su mayor
    flexibilidad, que dará un mayor protagonismo al
    enjuiciamiento para dar solución a los problemas
    contables, es decir la aplicación del valor razonable,
    o el posible incremento de la actividad litigiosa.

  • La calidad de las NIIF es una condición
    necesaria para cumplir con los objetivos de la adecuada
    aplicación, solo de este modo tiene sentido su
    condición de bien público susceptible de
    protección jurídica.

  • Imponer el cumplimiento efectivo de la norma y
    garantizar la calidad del trabajo de los auditores, cuyo
    papel es esencial para la credibilidad de la
    información financiera.

  • Hacer uso adecuado de la metodología y la
    aplicación en la praxis diaria.

 

Normas emitidas por el Consejo de Normas
Internacionales de Contabilidad IASB (International Accounting
Standards Board)

Estas Normas versan sobre los siguientes
temas:

 

NIIF 1: Adopción
por primera vez de las Normas Internacionales de
Información Financiera:

Especifica como las Entidades deben llevar a cabo la
transición hacia la adopción de las NIIF para la
presentación de sus Estados Financieros.

 

NIIF 2: Pagos basados en acciones:

Requiere que una Entidad reconozca las transacciones de
pagos basados en acciones en sus Estados Financieros, incluyendo
las transacciones con sus empleados o con terceras partes a ser
liquidadas en efectivo, otros activos, o por
instrumentos de patrimonio de
la entidad. Estas transacciones incluyen la emisión de
acciones para el pago u opciones de acciones dadas a los
empleados, directores y altos ejecutivos de la entidad como parte
de su compensación o para el pago a proveedores
tales como los de servicios.

 

NIIF 3: Combinaciones de negocio:

Requiere que todas las combinaciones de negocios sean
contabilizadas de acuerdo con el método de
compra como también la identificación del
adquiriente como la persona que
obtiene el control sobre la
otra parte incluida en la combinación o el negocio. Define
la forma en que debe medirse el costo de la
combinación (activos, pasivos, patrimonio y el criterio de
reconocimiento inicial a la fecha de la
adquisición.

 

NIIF 4: Contratos de
seguros:

Tiene como objetivos establecer mejoras limitadas para
la contabilización de los contratos de seguros
(asegurador), es decir revelar información sobre aquellos
contratos de seguros.

 

NIIF 5: Activos no corrientes mantenidos para la
venta y operaciones
interrumpidas:

Define aquellos activos que cumplen con el criterio para
ser clasificados como mantenidos para la venta y su medición al más bajo, entre su
valor neto y
su valor razonable menos los costos para su
venta y la depreciación al cese del activo, y los
activos que cumplen con el criterio para ser clasificados como
mantenidos para la venta y su presentación de forma
separada en el cuerpo del balance de situación y los
resultados de las operaciones descontinuadas, los cuales deben
ser presentados de forma separada en el estado de
los resultados.

 

NIIF 6: Exploración y evaluación
de los recursos minerales:

Define la exploración y evaluación de los
recursos minerales, participaciones en el capital de las
cooperativas,
derecha de emisión (contaminación), determinación de si
un acuerdo es, o contiene, un arrendamiento,
derecho por intereses en fondos de desmantelamiento,
restauración y rehabilitación
medioambiental.

 

Las NIIF y los Estados Financieros

Los Estados Financieros son los documentos que
deben preparar la empresa al
determinar el ejercicio contable, con el fin de conocer la
situación financiera y los resultados económicos
obtenidos en las actividades de su empresa a lo
largo de un período.

La información presentada en los estados
financieros interesa a:

  • La administración, para la toma de
    decisiones, después de conocer el rendimiento,
    crecimiento y desarrollo de la empresa durante un periodo
    determinado.

  • Los propietarios para conocer el progreso financiero
    del negocio y la rentabilidad de sus aportes.

  • Los acreedores, para conocer la liquidez de la
    empresa y la garantía de cumplimiento de sus
    obligaciones.

  • El estado, para determinar si el pago de los
    impuestos y contribuciones esta correctamente
    liquidado.

Los estados financieros básicos son:

  El balance
general

  • El estado de resultados

  • El estado de cambios en el patrimonio

  • El estado de cambios en la situación
    financiera

  • El estado de flujos de efectivo

Las NIIF no imponen ningún formato para los
estados financieros principales, aunque en algunas de ellas se
incluyen sugerencias de presentación. Esta ausencia puede
ser chocante por el contraste que supone con las rígidas
normas de presentación del PGC. En efecto, las normas
internacionales hablan de información a revelar en
general, y en muy pocas ocasiones disponen que los valores de
algunas partidas deben aparecer, de forma obligada, en el cuerpo
principal de los estados financieros. Esto da una gran libertad a la
empresa que las utilice para planificar la apariencia externa de
los estados financieros, y puede reducir la comparabilidad entre
empresas.

 

No obstante, el problema de la comparabilidad se ha
resuelto con un contenido mínimo del balance de
situación, del estado de
resultados y del estado de
flujo de
efectivo. Las empresas suelen seguir esos formatos
mínimos, e incluir información de desglose en las
notas, en forma de cuadros complementarios.

Las NIIF están diseñadas pensando en
empresas grandes, con relevancia en el entorno económico y
proyección internacional. No obstante, muchos
países han adoptado directamente o han adaptado las normas
internacionales para ser aplicadas por sus empresas, con independencia
del tamaño o la relevancia.

Para establecer alguna distinción en razón
de la importancia de la empresa en el entorno económico en
el que se mueve, hay algunas normas que son particularmente
aplicables a empresas cotizadas en bolsa, porque aportan
información especialmente útil para los inversores.
Es el caso de las que tratan de la presentación de
información por segmentos y de las ganancias por acción.

La información segmentada es necesaria para
entender, de forma separada, los componentes de la
situación financiera, los resultados y los flujos de
efectivo de empresas complejas, que desarrollan actividades
diferentes u operan en mercados
geográficos muy diferenciados. Esta es la situación
normal de los grupos que
presentan cuentas consolidadas.

En la normativa IASB, la empresa debe definir primero
qué criterio de segmentación principal utiliza para su
gestión (por actividades o por mercados), y dar
información detallada de los activos, pasivos, gastos e ingresos de cada
segmento que haya identificado, así como las inversiones
realizadas en cada segmento y las bases para la fijación
de precios
inter-segmentos.

Además de desglosar información sobre los
segmentos en el formato principal, las empresas deben informar
acerca de los segmentos utilizando el formato secundario (si, por
ejemplo, el principal son las actividades, el secundario
serán los mercados geográficos), si bien esta
información es mucho menos detallada, ya que basta con
revelar los ingresos, el importe en libros de los
activos y las inversiones en el periodo referidos a cada uno de
los segmentos.

El objetivo que
se persigue con el detalle que aporta la segmentación es
informar al usuario de los estados financieros de las cifras
más importantes de la empresa desglosados por los
componentes más relevantes del negocio, a fin de que pueda
percibir cómo se generan los ingresos, los gastos y los
resultados en los mismos, para que pueda comprender los riesgos
que tienen y su papel en la configuración de las cifras
generales que conforman los estados financieros de toda la
entidad.

Con ello no sólo comprenderá mejor la
gestación de las cifras, sino que podrá
proyectarlas para evaluar la capacidad y el rendimiento futuro de
la
Organización.  

  • Procedimientos, técnicas y
    prácticas contables

La contabilidad de las empresas, es un conjunto de
procedimientos, técnicas y
prácticas consistentes en procesos
mediante los cuales se identifica, mide, registra y comunica la
información económica en unidades monetarias
(cualquier moneda de curso legal). De este manera se obtiene
sistemática y estructuradamente  información
cuantitativa  de las transacciones que realiza dicha entidad
económica y de ciertos eventos
económicos cuantificables que la afectan, con objeto de
facilitar a los diversos interesados el tomar decisiones en
relación con dicha entidad económica.

La contabilidad permite la creación de rigurosos
Informes
financieros que son útiles para gestores, reguladores y
otros tipos de interesados como los accionistas, acreedores o
propietarios. El mantenimiento
diario de las cuentas es el proceso conocido como
teneduría de cuentas.

En el corazón de
la moderna contabilidad se encuentra el sistema de
partida doble Este sistema implica el realizar al menos dos
entradas (o asientos) para cada transacción: un Cargo en
una cuenta y el correspondiente Abono en otra cuenta. La suma del
Debe cargos tiene que ser siempre igual a la suma del Haber
abonos. Esto proporciona un sistema sencillo para detectar
errores. Este sistema fue utilizado por primera vez en la
Europa
medieval.

De acuerdo con las críticas a las
prácticas de contabilidad estándar, ésta ha
cambiado ligeramente desde entonces. Se han llevado a cabo
medidas de reforma contable en cada generación para tratar
que la teneduría de cuentas fuera relevante para el
capital o la capacidad de producción. No obstante, no han cambiado
los principios
básicos, que se supone que son independientes de la
economía.

Un sistema de
información contable sigue un modelo
básico y un sistema de información bien
diseñado, ofreciendo así control, compatibilidad,
flexibilidad y una relación aceptable de costo /
beneficio.El sistema contable de cualquier empresa
independientemente del sistema contable que utilicé, se
deben ejecutar tres pasos básicos utilizando relacionada
con las actividades financieras; los datos se deben
registrar, clasificar y resumir, sin embargo el proceso contable
involucra la
comunicación a quienes estén interesados y la
interpretación de la información
contable para ayudar en la toma de
decisiones comerciales.

  • Registro de la actividad financiera: en un sistema
    contable se debe llevar un registro sistemático de la
    actividad comercial diaria en términos
    económicos. En una empresa se llevan a cabo todo tipo
    de transacciones que se pueden expresar en términos
    monetarios y que se deben registrar en los libros de
    contabilidad. Una transacción se refiere a una
    acción terminada mas que a una posible acción a
    futuro. Ciertamente, no todos los eventos comerciales se
    pueden medir y describir objetivamente en términos
    monetarios.

  • Clasificación de la información: un
    registro completo de todas las actividades comerciales
    implica comúnmente un gran volumen de datos, demasiado
    grande y diverso para que pueda ser útil para las
    personas encargadas de tomar decisiones. Por tanto, la
    información de debe clasificar en grupos o
    categorías. Se deben agrupar aquellas transacciones a
    través de las cuales se recibe o paga
    dinero.

  • Resumen de la información: para que la
    información contable utilizada por quienes toman
    decisiones, esta debe ser resumida. Por ejemplo, una
    relación completa de las transacciones de venta de una
    empresa como Mars seria demasiado larga para que cualquier
    persona se dedicara a leerla. Los empleados responsables de
    comprar mercancías necesitan la información de
    las ventas resumidas por producto. Los gerentes de
    almacén necesitaran la información de ventas
    resumida por departamento, mientras que la alta gerencia de
    Mars necesitará la información de ventas
    resumida por almacén.

Estos tres pasos que se han descrito: registro,
clasificación y resumen constituyen los medios que se
utilizan para crear la información contable. Sin embargo,
el proceso contable incluye algo mas que la creación de
información, también involucra la comunicación de esta información a
quienes estén interesados y la interpretación de la
información contable para ayudar en la toma de decisiones
comerciales. Un sistema contable debe proporcionar
información a los gerentes y también a varios
usuarios externos que tienen interés en
las actividades financieras de la empresa.

Utilización De La Información
Contable

La contabilidad va mas allá del proceso de
creación de registros e
informes. El objetivo final de la contabilidad es la
utilización de esta información, su análisis e interpretación. Los
contadores se preocupan de comprender el significado de las
cantidades que obtienen. Buscan la relación que existe
entre los eventos comerciales y los resultados financieros;
estudian el efecto de diferentes alternativas, por ejemplo la
compra o el arriendo de un nuevo edificio; y buscan las
tendencias significativas que sugieren lo que puede ocurrir en el
futuro.Si los gerentes, inversionistas, acreedores o empleados
gubernamentales van a darle un uso eficaz a la información
contable, también deben tener un conocimiento
acerca de cómo obtuvieron esas cifras y lo que ellas
significan. Una parte importante de esta comprensión es el
reconocimiento claro de las limitaciones de los informes de
contabilidad. Un gerente
comercial u otra persona que este en posición de tomar
decisiones y que carezca de conocimientos de contabilidad,
probablemente no apreciara hasta que punto la información
contable se basa en estimativos mas que en mediciones precisas y
exactas.

Características de un sistema de
información contable efectivo.
Un sistema de
información bien diseñado ofrece control,
compatibilidad, flexibilidad y una relación aceptable de
costo / beneficio. Control : un buen sistema de contabilidad le
da a la
administración control sobre las operaciones de la
empresa. Los controles internos son los métodos y
procedimientos que usa un negocio para autorizar las operaciones,
proteger sus activos y asegurar la exactitud de sus registros
contables. Compatibilidad: un sistema de información
cumple con la pauta de compatibilidad cuando opera sin problemas con
la estructura, el
personal, y
las características especiales de un negocio en
particular.

Objetivos de la información
contable.

La información contable debe servir
fundamentalmente para: Conocer y demostrar los recursos
controlados por un ente económico, las obligaciones
que tenga de transferir recursos a otros entres, los cambios que
hubieren experimentado tales recursos y el resultado obtenido en
el periodo.

  • Predecir flujos de efectivo.

  • Apoyar a los administradores en la
    planeación, organización y dirección de
    los negocios.

  • Tomar decisiones en materia de inversiones y
    crédito.

  • Evaluar la gestión de los administradores del
    ente económico.

  • Ejercer control sobre las operaciones del ente
    económico.

  • Fundamentar la determinación de cargas
    tributarias, precios y tarifas.

  • Ayudar a la conformación de la
    información estadística nacional.

  • Contribuir a la evaluación del beneficio o
    impacto social que la actividad economica representa para la
    comunidad.

Cualidades De La Información
Contable

Para poder
satisfacer adecuadamente sus objetivos, la información
contable debe ser comprensible, útil y en ciertos casos se
requiere que además la información sea
comparable.

  • La información es comprensible cuando es
    clara y fácil de comprender.

  • La información es útil cuando es
    pertinente y confiable.

  • La información es pertinente cuando posee el
    valor de realimentación, valor de predicción y
    es oportuna.

  • La información es confiable cuando es
    neutral, verificable y en la medida en la cual represente
    fielmente los hechos económicos.

Importancia de la contabilidad en función de
los usuarios de la información. La contabilidad es de gran
importancia porque todas las empresas tienen la necesidad de
llevar un control de sus negociaciones mercantiles y financieras.
Así obtendrá mayor productividad y
aprovechamiento de su patrimonio. Por otra parte, los servicios
aportados por la contabilidad son imprescindibles para obtener
información de carácter legal.

La gente que participa en el mundo de los negocios:
propietarios, gerentes, banqueros, corredores de bolsa,
inversionistas utilizan los términos y los conceptos
contables para describir los recursos y las actividades de todo
negocio, sea grande o pequeño. Aunque la contabilidad ha
logrado su progreso más notable en el campo de los
negocios, la función contable es vital en todas las
unidades de nuestra sociedad. Una
persona debe explicar sus ingresos y presentar una
declaración de renta. A menudo, una persona debe
proporcionar información contable personal para poder
comprar un automóvil o una casa, recibir una beca, obtener
una tarjeta de crédito
o conseguir un préstamo bancario. Las grandes
compañías por acciones son responsables ante sus
accionistas, ante las agencias gubernamentales y ante el
público. El gobierno, los
estados, las ciudades y los centros educativos, deben utilizar la
contabilidad como base para controlar sus recursos y medir sus
logros. La contabilidad es igualmente esencial para la
operación exitosa de un negocio, una universidad, una
comunidad, un
programa
social o una ciudad. Todos los ciudadanos necesitan cierto
conocimiento de contabilidad si desean actuar en forma
inteligente y aceptar retos que les impone la
sociedad.

Las personas que reciben los informes contables se
denominan usuarios de la información contable.

Un gerente comercial u otra persona que este en
posición de tomar decisiones y que carezca de
conocimientos de contabilidad, probablemente no apreciara hasta
que punto la información contable se basa en estimativos
mas que en mediciones precisas y exactas.

La actividad de planeación
ha cobrado vital importancia en la actualidad, debido a la
globalización en la que se encuentran muchos
países, ante el desarrollo tecnológico, la
economía cambiante, el crecimiento acelerado de las
empresas, el desarrollo profesional y la disponibilidad de
información relevante que se posee.

La planeación recibe básicamente ayuda de
la contabilidad de
costos (o contabilidad
administrativa) en el diseño
de acciones cuya misión es
alcanzar los objetivos que se desean en un periodo determinado,
sobre todo en lo referente a la operación de la empresa,
mediante el empleo de
diferentes herramientas
tales como los presupuestos,
el modelo costo-volumen-utilidad,
el costeo por actividades; que brinda gran ayuda en el proceso de
planeación estratégica para determinar cuál
debe ser la estrategia
competitiva hacia la cual debe orientarse la empresa.

  • La información contable y la
    planeación empresarial

Las herramientas que integran la contabilidad sirven de
apoyo a la administración principalmente en tres
funciones: La
planeación, toma de decisiones y el control.

En el proceso de planear toda empresa debe estar
consiente de que tiene tres elementos para encauzar su futuro:
Costos, volúmenes y precios. El éxito
dependerá de la creatividad e
inteligencia
con que se manejan dichas variables. Lo
importante es la capacidad para analizar los efectos de las
diferentes variaciones sobre las utilidades, por parte de
cualquiera de las tres variables, para preparar así las
acciones que lleven al máximo las utilidades de la
empresa, dentro de las restricciones a que está
sujeta.

Es necesario aclarar que no todas las empresas tienen
completo dominio sobre las
tres variables que se mencionan , lo cual exige mayor cuidado en
la planeación por ejemplo , existen empresas que tiene
precios controlados por organismos oficiales, hecho que las
coloca en desventaja respecto a movimientos en los precios . De
esta manera , solo les será posible planificar respecto al
volumen de ventas,
producción o costos, por otro lado , el mercado interno
para muchos productos
está deprimido , lo cual genera capacidad ociosa , de tal
forma que para muchas empresas la variable volumen no es
controlable , factor que hace mas difícil el proceso de
planeación.

Consideramos que en lo sucesivo la variable a la cual
deberán dirigirse todos los esfuerzos será hacia
los costos; es decir, habrá que estar pensando
constantemente como reducirlos a través de la cultura de la
calidad; solo
de esta manera se podrá ser competitivo.

Planeación, en el sentido más universal
implica tener uno o varios objetivos a realizar junto con las
acciones requeridas para concluirse exitosamente. La contabilidad
aporta la información que necesita la
planeación.

El proceso de planeación, que en muchas empresas
se utiliza como sinónimo de planificación, consiste básicamente
en tomar decisiones por adelantado, en base a la
información proporcionada por la contabilidad.

El proceso de planeación es equivalente al
proceso de Toma de decisiones.

  • La información contable y la toma de
    decisiones empresariales

Diversas son las situaciones financieras por las que
debe pasar la gerencia
general de una empresa y
depende de las decisiones que tome para el éxito o fracaso
de la misma, por ello es indispensable contar con herramientas
contables basadas en costos que nos permitan optar por la
decisión acertada, que garantice a la empresa la
permanencia en el mercado, y sobre todo una alta rentabilidad
que repercuta en beneficios para los trabajadores sus
accionistas.

La contabilidad de costos se ocupa de la
clasificación, acumulación, control y
asignación de costos. El contador de costos clasifica los
costos de acuerdo a patrones de comportamiento, actividades y procesos con los
cuales se relacionan productos a los que corresponden y otras
categorías, dependiendo del tipo de medición que se
desea. Los costos pueden acumularse por cuentas, trabajos,
procesos, productos u otros segmentos del negocio. Con esta
información el contador de costos calcula, informa, y
analiza el costo para realizar diferentes funciones como la
operación de un proceso, la fabricación de un
producto y la
realización de proyectos
especiales. La contabilidad de costos en la actualidad es
denominada Contabilidad Administrativa.

Dentro del modelo de toma de decisiones la contabilidad
de costos, ayuda para que la decisión sea mejor, de
acuerdo con la calidad de la información que se posea. En
toda organización diariamente se toman
decisiones, unas son rutinarias, como contratar un nuevo
empleado; otras no la son, como introducir o eliminar una
línea de producto, ambas requieren adecuada
información.

La calidad de las decisiones de las empresas,
pequeñas o grandes, están en función directa
del tipo de información disponible; por lo tanto, si se
desea que una organización se desarrolle normalmente, debe
contarse con un buen sistema de información, a mejor
calidad de la información, se asegura una mejor
decisión.

El objetivo primordial de la contabilidad de costos
estriba en facilitar la información precisa para el
desarrollo de la actividad productiva. El modelo de costos que
haya de aplicarse en la empresa dependerá de sus
características operativas, de sus posibilidades y de sus
limitaciones; pero siempre debe dirigirse al logro de un
perfeccionamiento de la información y control que permita
optimizar la toma de decisiones a la gerencia.

  • La información contable y el control
    empresarial

La época actual se caracteriza por la complejidad
económica en la administración de los recursos, los mismos
que tanto a nivel macroeconómico como
microeconómico son escasos, lo que exige efectividad y
eficiencia de
los profesionales comprometidos en la administración a fin
de lograr un uso óptimo de los insumos. Ello puede
lograrse cuando se aplica la filosofía del mejoramiento
continuo
, que no es otra cosa que la cultura de calidad total que
tiene como propósito esencial eliminar todo aquello que no
alcanza los estándares de tal manera que suprima todo lo
que no permite competir satisfactoriamente. El control
administrativo debe ser el proceso mediante el cual la
administración se asegura que los recursos son obtenidos y
usados eficiente y efectivamente, en función de los
objetivos planeados por la organización.

Con base a la revisión bibliográfica
efectuada se determina que el hombre
desde tiempos memorables se ha empecinado en llevar un control
exhaustivo de todos los movimientos financieros que se ejecutan
es sus pequeñas, medianas o grandes empresas. Por
consiguiente, se ha apoyado en diversas formas para lograr su
fin. En un principio, lo realizo en procesos muy simples a partir
de los planteamientos presentados por el monje Fray Luca Paciolo,
sin embargo con el transcurrir del tiempo, el
avance tecnológico y las exigencias empresariales los
procesos y técnicas contables han evolucionado.
Actualmente se puede afirmar que el proceso de contar y registrar
datos financieros se desarrolla de una manera mas simple y
sencilla con el apoyo del contador, pero, es preciso aclarar que
se siguen rigiendo por los principios establecidos para ejecutar
la contabilidad empresarial.

La información contable, y por ende la
contabilidad, no es un lenguaje
exacto, ni por la naturaleza de
los hechos que registra ni por la carencia de un código
contable único, completo e imperativo. Existe, por tanto,
un margen de discrecionalidad legítimo, justo y honesto en
el registro, interpretación y utilización de los
datos que proporciona.

La contabilidad es una técnica que se ocupa de
registrar, clasificar y resumir las operaciones mercantiles de un
negocio con el fin de interpretar sus resultados, para que los
gerentes a través de ella puedan orientarse sobre el curso
que siguen sus negocios ; permitiendo así conocer la
estabilidad, la solvencia y la capacidad financiera de la
empresa. La contabilidad se remonta desde tiempos muy antiguos,
cuando el hombre se ve
obligado a llevar registros y controles de sus
propiedades.

Capítulo
III:
Descripción de la práctica realizada en el
área de contabilidad de la empresa Chemax
SAC

Organización y administración
del área contable.

El Area de Contabilidad de la empresa, es un
órgano de apoyo, que depende directamente de la Gerencia
General.

Est a Area coordina la realización de sus
funciones con la Gerencia de Producción, Gerencia
Comercial y especialmente con el Departamento de Finanzas.

Este Departamento, para el cumplimiento de sus
funciones, dispone de la siguiente estructura
orgánica:

  • a) Jefatura del Departamento:

  • Contador General

  • b) Sección Documentación de las
    Operaciones

  • c) Sección Registro de
    Operaciones

  • d) Sección Formulación de
    Declaraciones Juradas

  • e) Sección Formulación de
    Información Financiera y Económica.

Descripción del Sistema
Contable

Monografias.com

MANTENIMIENTO DE ÁREAS Y PERIODOS DE
TRABAJO

PARÁMETROS  INICIALES

Para utilizar el Siscont Profesional de manera
óptima, debemos de seguir el siguiente orden:

Primero: Ir al  menú Utilitarios e
ingresar en los siguientes comandos:

  • Cambio de Mes

  • Selección de Empresas

  • Mantenimiento de Archivos

  • Datos Generales de la Empresa

PLAN DE CUENTAS

De acuerdo a las disposiciones legales pertinentes, las
empresas de acuerdo a su actividad establecen sus planes de
cuentas. Los códigos y su nomenclatura se
precisan en la lista de cuentas del Plan Contable.

El Sistema nos presenta los siguientes
campos:

Monografias.com

TABLAS AUXILIARES

El sistema utiliza las siguientes  Tablas
Auxiliares:

  • Orígenes

  • Tipo de Documento

  • Proveedores/Clientes/…

  • Tipo de Cambio Diario

  • Cobradores

  • Zonas

  • Parámetros de Cuenta

INGRESO DE COMPROBANTES (VOUCHERS)

Es el comprobante de ingreso de diario que contiene dos
o mas registros por cada operaciones realizadas en la empresa.
Comprende los siguientes procesos:

Monografias.com

INFORMES  CONTABLES  

Son todos aquellos informes oficiales provenientes de
los registros de voucher en un sistema mecanizado que sirve de
sustento para las entidades de control y fiscalizadoras. Los
libros contables principales son:

  • Libro Diario

  • Libro Mayor

  • Libro Caja y Bancos

INFORME DE REGISTROS AUXILIARES

El sistema también contempla los libros
auxiliares, siendo estos los siguientes:

  • Libro Compras

  • Libro Ventas

  • Libro Retenciones

  • Libro Banco y Conciliación

ESTADOS FINANCIEROS 

Son los documentos que debe preparar contabilidad al
terminar un período económico, a fin de conocer la
situación financiera y los resultados económicos
obtenidos en las actividades de la empresa. Entre estos
documentos tenemos los siguientes:

  • Hoja de trabajo de Sumas y Saldos

  • Hoja de trabajo de 10 columnas

  • Balance de Estado de Resultados y Ratios
    Financieros

GESTIÓN FINANCIERA 

Son todos aquellos informes  provenientes de los
registros de voucher en un sistema mecanizado que sirven 
para la gestión de las áreas financiera, créditos y cobranzas, caja y
tesorería.

  • Informes Financieros

  • Tesorería

  • Caja Chica

  • Créditos y Cobranzas

Gestión de Negocio

Nos muestra el manejo
de las unidades de negocio dentro de la empresa, la
asignación de gastos y el resultado
operacional.

  • Unidades de negocio (C.Costo)

  • Clasificar cuentas

  • Resultado operacional

  • Gastos por unidad de negocio (C.C.)

  • Saldo por cuentas

  • Presupuesto

  • Control presupuestal

Informes Gerenciales 

Nos muestra informes relacionados con al gestión
de la empresa, informes que se deben utilizar en la toma de
decisiones en la empresa.

  • Informe Diario de Gestión

  • Balance Clasificado

  • Flujo de Caja

  • Cuentas Vencidas y Vigentes

  • Saldo de Bancos

  • Cheques Girados

  • Resultado Operacional

  • Control Presupuestal

Utilitarios 

Nos muestra informes relacionados con al gestión
de la empresa, informes que se deben utilizar en la toma de
decisiones en la empresa.

  • Seguridad de la información

  • Formatos y Apertura de nuevo año

Información Relevante:

El (día) 6 de diciembre del 2006, se
realizó el lanzamiento de Windows Vista
y Office 2007 en
las instalaciones del Swiss Hotel, evento al cual Siscont.com S.A.C,
empresa líder
en software
Contable-Financiero para empresas Pymes, fue
invitado a presentar su nueva versión, Siscont
Empresarial 2007
, software desarrollado en 8 pilares cuya
finalidad no es ser sólo un software de registro y
control, sino uno totalmente orientado a la explotación de
la información del negocio (BI Bussiness Inteligent). Su
modulo "Informes Gerenciales" está totalmente desarrollado
en Excel 2007 con
tablas dinámicas, lo que permite al gerente realizar en
forma intuitiva reportes, gráficos, filtros, colocar semáforos
de alerta, con un diseño espectacular y con sólo
unos cuantos clic del Mouse,
permitiendo desde Siscont, obtener información respecto a
Tesorería, Créditos y Cobranzas, Gastos de caja
chica como Fondos por rendir, Estado de resultado por unidades de
Negocio (centro de costos), Flujo de Caja
y el I.D.G. (Informe Diario de Gestión), el usuario en
cada uno de estos puede adecuarlos a sus necesidades obteniendo
el detalle de la información requerida.

Detalle de los
trabajos realizados

El Area contable trabaja con varias personas para sus
diferentes dependencias, con los cuales debe mantenerse una
interrelación muy estrecha para realizar un trabajo
efectivo y eficiente.

El trabajo realizado es diverso, como tramitaciones en
entidades públicas y privadas, registro manual de
transacciones; aunque mayoritariamente he realizado ingresos de
operaciones de compras y ventas
en el SISCONT.

Para realizar las prácticas es necesario tener
amplio conocimiento sobre comprobantes de pago y otros documentos
sustentatorios de las operaciones; aspectos tributarios y
contables de los Registros de Compras y Ventas; procedimiento de
centralización de las operaciones en los
libros principales.

Estos son productos de los conocimientos y experiencias
recibidas de los docentes de
nuestro Instituto Superior Tecnológico Público
"María Rosario Araoz Pinto"

  • Registros de compras y ventas

Información mínima de los
registros

Los Registros a que se refiere el Artículo
37º del Decreto, contendrán la información
mínima que se detalla a continuación. Dicha
información deberá anotarse en columnas
separadas.

El Registro de Compras deberá ser legalizado
antes de su uso y reunir necesariamente los requisitos
establecidos en el presente numeral.

La SUNAT a través de una Resolución de
Superintendencia, podrá establecer otros requisitos de los
Registros, cuya  inobservancia, para el caso del Registro de
Compras, no acarreará la pérdida del crédito
fiscal.

Registro de Ventas

a) Fecha de emisión del comprobante de
pago.

b) Tipo de comprobante de pago o documento, de
acuerdo con la codificación que apruebe la
SUNAT.

c) Número de serie del comprobante de pago o
de la máquina registradora, según
corresponda.

d) Número del comprobante de pago, en forma
correlativa por serie o por número de la máquina
registradora, según corresponda.

e) Número de RUC del cliente
cuando cuente con éste.

f) Valor de la exportación, de acuerdo al
monto total facturado.

g) Base imponible de la operación gravada.
En caso de ser una operación gravada con el Impuesto
Selectivo al Consumo, no
debe incluir el monto de dicho impuesto.

h) Importe total de las operaciones exoneradas o
inafectas.

i) Impuesto Selectivo al Consumo, de ser el
caso.

j) Impuesto General a las Ventas y/o Impuesto de
Promoción Municipal, de ser el
caso.

k) Otros tributos y
cargos que no forman parte de la base imponible.

l) Importe total del comprobante de
pago.

Registro de Compras.

a)  Fecha de emisión del comprobante de
pago.

b)  Fecha de vencimiento o
fecha de pago en los casos de servicios de suministros de
energía
eléctrica, agua potable y
servicios telefónicos, telex y telegráficos, lo que
ocurra primero. Fecha de pago del impuesto retenido por
liquidaciones de compra. Fecha de pago del impuesto que grave la
importación de bienes, utilización de servicios
prestados por no domiciliados o la adquisición de
intangibles provenientes del exterior, cuando
corresponda.

c)  Tipo de comprobante de pago o documento,
de acuerdo a la  codificación que apruebe la
SUNAT.

d)  Serie del comprobante de pago.

e)  Número del comprobante de pago o
número de orden del formulario físico o formulario
virtual donde conste el pago del Impuesto, tratándose de
liquidaciones de compra, utilización de servicios
prestados por no domiciliados u otros, número de la
Declaración Única de Aduanas, de la
Declaración Simplificada de Importación, de la
liquidación de cobranza, u otros documentos emitidos por
SUNAT que acrediten el crédito fiscal en la
importación de bienes.

f)  Número de RUC del proveedor, cuando
corresponda.

g)  Nombre, razón social o
denominación del proveedor. En caso de personas naturales
se debe consignar los datos en el siguiente orden: apellido
paterno, apellido materno y nombre completo.

h) Base imponible de las adquisiciones gravadas que
dan derecho a crédito fiscal y/o saldo a favor por
exportación, destinadas exclusivamente a operaciones
gravadas y/o de exportación.

i)  Base imponible de las adquisiciones
gravadas que dan derecho a crédito fiscal y/o saldo a
favor por exportación, destinadas a operaciones gravadas
y/o de exportación y a operaciones no gravadas.

j)  Base imponible de las adquisiciones
gravadas que no dan derecho a crédito fiscal y/o saldo a
favor por exportación, por no estar destinadas a
operaciones gravadas y/o de exportación.

k) Valor de las adquisiciones no
gravadas.

l)  Monto del Impuesto Selectivo al Consumo,
en los casos en que el sujeto pueda utilizarlo como deducción.

m) Monto del Impuesto General a las Ventas
correspondiente a la adquisición registrada en el inciso
h).

n) Monto del Impuesto General a las Ventas
correspondiente a la adquisición registrada en el inciso
i).

o) Monto del Impuesto General a las Ventas
correspondiente a la adquisición registrada en el inciso
j).

p) Otros tributos y cargos que no formen parte de
la base imponible.

q) Importe total de las adquisiciones registradas
según comprobantes de pago.

r)  Número de comprobante de pago
emitido por el sujeto no domiciliado en la utilización de
servicios o adquisiciones de intangibles provenientes del
exterior cuando corresponda.

En estos casos se deberá registrar la base
imponible correspondiente al monto del impuesto
pagado.

Registro de Consignaciones.

Para efecto de lo dispuesto en el segundo párrafo
del Artículo 37º del Decreto, el Registro de
Consignaciones se llevará como un registro permanente en
unidades. Se llevará un Registro de Consignaciones por
cada tipo de bien, en cada uno de los cuales deberá
especificarse el nombre del bien, código, descripción y unidad de medida, como datos
de cabecera. Adicionalmente en cada Registro, deberá
anotarse lo siguiente:

1. Para el consignador:

a) Fecha  de  emisión de la guía
de remisión referida en el literal b) o del comprobante de
pago referido en el literal  f).

b) Serie  y  número  de 
la  guía  de   remisión,
emitida por el consignador, con la que se entregan los bienes al
consignatario o se reciben los bienes no vendidos por el
consignatario.

c) Fecha de entrega o de devolución del bien, de
ocurrir ésta.

d) Número de RUC del consignatario.

e) Nombre o razón social del
consignatario.

f) Serie y número del comprobante de pago emitido
por el consignador una vez perfeccionada la venta de bienes por
parte del consignatario; en este caso, deberá anotarse en
la columna señalada en el inciso b), la serie y el
número de la guía de remisión con la que se
remitieron los referidos bienes al consignatario.

g) Cantidad de bienes entregados en
consignación.

h) Cantidad de bienes devueltos por el
consignatario.

i)  Cantidad  de bienes vendidos.

j) Saldo de los bienes en consignación, de
acuerdo a las cantidades anotadas en las columnas g), h) e
i).

2. Para el consignatario:

a) Fecha de recepción, devolución o
venta del bien.

b) Fecha de emisión de la guía de
remisión referida en el literal c) o del comprobante de
pago referido en el literal f).

c) Serie y número de la guía de
remisión, emitida por el consignador, con la que se
reciben los bienes o se devuelven al consignador los bienes no
vendidos.

d) Número de RUC del consignador.

e) Nombre o razón social del
consignador.

f)  Serie y número del comprobante de
pago emitido por el consignatario por la venta de los bienes
recibidos en consignación; en este caso, deberá
anotarse en la columna señalada en el inciso c), la serie
y el número de la guía de remisión con la
que recibió los referidos bienes del
consignador.

g) Cantidad de bienes recibidos en
consignación.

h) Cantidad de bienes devueltos al
consignador

i)  Cantidad de bienes vendidos por el
consignatario. 

j)  Saldo de los bienes en
consignación, de acuerdo a las cantidades anotadas en las
columnas g), h) e i).

Información adicional para el caso de
documentos que modifican el valor de las
operaciones

Las notas  de débito  o de 
crédito emitidas  por el  sujeto
deberán  ser anotadas en  el Registro  de
Ventas  e Ingresos. Las notas de débito o de
crédito recibidas, así como los documentos que
modifican el valor de las operaciones consignadas en las
Declaraciones Únicas de Aduanas, deberán ser
anotadas en el Registro de Compras.

Adicionalmente a  la información 
señalada en el numeral anterior, deberá incluirse
en  los registros de compras o de ventas según
corresponda, los datos referentes al tipo, serie y número
del comprobante de pago respecto del cual se emitió la
nota de débito o crédito, cuando corresponda a un
solo comprobante de pago.

Registro de operaciones

Para las anotaciones en los Registros se deberá
observar lo siguiente:

3.1. Para determinar el valor mensual de las
operaciones realizadas, los contribuyentes del Impuesto
deberán anotar sus operaciones, así como las
modificaciones al valor de las mismas, en el mes en que 
éstas se realicen.

Para efecto del Registro de Compras, las adquisiciones
podrán ser anotadas dentro de los cuatro (4)
períodos tributarios computados a partir del primer
día del mes siguiente de la fecha de emisión del
documento que corresponda, siempre que los documentos respectivos
sean recibidos con retraso.

Vencido este último plazo el adquirente que haya
perdido el derecho al crédito fiscal podrá
contabilizar el correspondiente Impuesto como gasto o costo para
efecto del Impuesto a la Renta.

En los casos contemplados en el noveno párrafo
del Artículo 19° del Decreto, se considerará
como fecha de la operación, la de emisión del
documento de atribución a que se refiere aquel
artículo.

3.2. Los documentos emitidos por la SUNAT que
sustentan el crédito fiscal en operaciones de
importación, las liquidaciones de compra y
aquellos que sustentan la utilización de servicios,
deberán anotarse a partir de la fecha en que se
efectuó el pago del Impuesto.

3.3. Los sujetos del Impuesto que lleven en forma
manual los Registros de Ventas e Ingresos, y de Compras,
podrán registrar un resumen diario de aquellas
operaciones  que no  otorguen derecho a crédito
fiscal, debiendo hacerse referencia  a  los 
documentos  que  acrediten  las  operaciones,
siempre que  lleven un sistema de control con el que se
pueda efectuar la verificación individual de cada
documento.

3.4.  Los sujetos del Impuesto que utilicen
sistemas
mecanizados o  computarizados de contabilidad podrán
anotar en el Registro de Ventas e Ingresos y en el Registro de
Compras el total de las operaciones diarias que no otorguen
derecho a crédito fiscal en forma consolidada, siempre
que  lleven un sistema de control computarizado que mantenga
la información detallada y que permita efectuar la
verificación individual de cada documento.

3.5.  Los sistemas de
control a que se refieren los numerales 3.3 y 3.4 deben
contener como mínimo la información exigida para el
Registro de Ventas e Ingresos y Registro de Compras establecida
en los acápites I y II del numeral 1 del presente
artículo.

Tratándose del Registro de Ventas, cuando exista
obligación de identificar al adquirente o usuario de
acuerdo al Reglamento de Comprobantes de Pago, se deberá
consignar adicionalmente los siguientes datos:

a) Número de documento de identidad del
cliente.

b) Apellido paterno, apellido materno y nombre
completo.

3.6.  Para efectos del registro de tickets o
cintas emitidos por máquinas
registradoras, que no otorguen derecho a crédito fiscal de
acuerdo a las normas de comprobantes de pago, podrá
anotarse en el Registro de Ventas e Ingresos el importe total de
las operaciones realizadas por día y por máquina
registradora, consignándose el número de la
máquina registradora, y los números correlativos
autogenerados iniciales y finales emitidos por cada una de
éstas.

3.7.  En los casos de empresas que presten los
servicios de suministro de energía eléctrica,
agua potable,
servicios finales de telefonía, telex y
telegráficos:

3.7.1. Podrán anotar en su Registro de
Ventas e Ingresos, un resumen de las operaciones exclusivamente
por los servicios señalados en el párrafo anterior,
por ciclo de facturación o por sector o área
geográfica, según corresponda, siempre que en el
sistema de control computarizado se mantenga la
información detallada y se pueda efectuar la
verificación individual de cada documento. En dicho
sistema de control deberán detallar la información
señalada en el acápite I del numeral 1 del presente
artículo, y adicionalmente:

a) Número de suministro, de teléfono, de telex, de telégrafo o
código de usuario, según corresponda.

b) Tipo de documento de identidad del cliente, de
acuerdo con la codificación que apruebe la
SUNAT.

c) Número del Documento de Identidad.

d) Apellido paterno, apellido materno y nombre completo
o denominación o razón social.

3.7.2. Deberán registrar en el sistema de control
computarizado las fechas de vencimiento de cada recibo emitido y
la referencia de cobro.

3.8.  Para efecto de los Registros de Ventas e
Ingresos y de Compras, deberá   totalizarse el
importe correspondiente a cada columna al final de cada
página.

Anulación, reducción o aumento en el
valor de las operaciones

Para determinar el valor mensual de las operaciones
realizadas se deberá anotar en los Registros de Ventas e
Ingresos y de Compras, todas las operaciones que tengan como
efecto anular, reducir o aumentar parcial o totalmente el valor
de las operaciones.

Para que las modificaciones mencionadas tengan validez,
deberán estar sustentadas, en su caso, por los siguientes
documentos:

a) Las notas de débito y de crédito,
cuando se emitan respecto de operaciones respaldadas con
comprobantes de pago.

b) Las liquidaciones de cobranza u otros documentos
autorizados por la SUNAT, con respecto de operaciones de
Importación.

La SUNAT establecerá las  normas que le
permitan tener información de la cantidad y 
numeración de las notas de débito y de
crédito de que dispone el sujeto del Impuesto.

Cuentas de control

Para efecto de control, los sujetos abrirán en su
contabilidad las cuentas de balance denominadas "Impuesto General
a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal" e
"Impuesto Selectivo al Consumo", según
corresponda.

A la cuenta "Impuesto General a las Ventas e Impuesto de
Promoción Municipal" se abonará
mensualmente:

a) El monto del Impuesto Bruto correspondiente a las
operaciones gravadas.b) El Impuesto que corresponda a las notas
de débito emitidas respecto de las operaciones gravadas
que realice y a las notas de crédito recibidas respecto a
las adquisiciones señaladas en el Artículo 18o del
Decreto y numeral 1 del Artículo 6°.c) El reintegro
del Impuesto que corresponda en aplicación del
Artículo 22° del Decreto y de los numerales 3 y 4 del
Artículo 6°.d) El monto de las compensaciones
efectuadas y devoluciones del Impuesto otorgada por la
Administración Tributaria.

A dicha cuenta se cargará:a) El monto del
Impuesto que haya afectado las adquisiciones que cumplan con lo
dispuesto en el Artículo 18° del Decreto y numeral 1
del Artículo 6°.b) El Impuesto que corresponda a las
notas de débito recibidas respecto a las adquisiciones
señaladas en el Artículo 18° del Decreto y a
las notas de crédito emitidas respecto de las operaciones
gravadas que realice.c) El Impuesto que respecto a las
adquisiciones señaladas en el Artículo 18° del
Decreto, haya sido pagado posteriormente por el sujeto del
Impuesto a través de la correspondiente declaración
jurada rectificatoria y se encuentre sustentado en la nota de
débito y demás documentos exigidos.d) El monto del
Impuesto mensual pagado.

A la Cuenta "Impuesto Selectivo al Consumo", se
abonará mensualmente:a) El monto del Impuesto Selectivo
correspondiente a las operaciones gravadas.b) El monto del
Impuesto Selectivo que corresponda a las notas de débito
emitidas respecto de las operaciones gravadas que realice y a las
notas de crédito recibidas respecto a las adquisiciones
señaladas en el Artículo 57° del
Decreto.

A dicha cuenta se cargará:a) El monto del
Impuesto Selectivo que haya gravado las importaciones o
las adquisiciones señaladas en el Artículo 57°
del Decreto.b) El monto del Impuesto Selectivo que corresponda a
las notas de débito recibidas respecto a las adquisiciones
señaladas en el Artículo 57° del Decreto y a
las notas de crédito emitidas respecto de las operaciones
gravadas que realice.c) El monto del Impuesto Selectivo
pagado.

6.   Determinación de
oficio

a)  Para la determinación del valor de
venta de un bien, de un servicio o
contrato de
construcción, a que se refiere el primer párrafo
del Artículo 42° del Decreto, la SUNAT lo
estimará de oficio tomando como referencia el valor de
mercado, de acuerdo a la Ley del Impuesto
a la Renta.

A falta de valor de mercado, el valor de venta se
determinará de acuerdo a los antecedentes que obren en
poder de la SUNAT.

b) A fin de establecer de oficio el monto del
Impuesto, la SUNAT podrá aplicar los promedios y
porcentajes generales que establezca con relación a
actividades o explotaciones de un mismo género o
ramo, a  fin de practicar determinaciones y liquidaciones
sobre base presunta.

La SUNAT podrá determinar el monto real de las
operaciones de un sujeto del Impuesto aplicando cualquier otro
procedimiento, cuando existan irregularidades originadas por
causas distintas a las expresamente contempladas en el
Artículo 42° del Decreto que determinen que las
operaciones contabilizadas no sean fehacientes.

  • NORMATIVIDAD TRIBUTARIA APLICABLE

LEY DEL IMPUESTO GENERAL A LAS
VENTAS

CAPITULO I

Del
Ambito de Aplicación del Impuesto y del Nacimiento
de la Obligación Tributaria

CAPITULO II

CAPITULO III

De
los Sujetos del Impuesto

CAPITULO IV

Del
Cálculo del Impuesto

CAPITULO V

Del
Impuesto Bruto

CAPITULO VI

Del
Crédito Fiscal

CAPITULO VII

De
los Ajustes al Impuesto Bruto y al Crédito
Fiscal

CAPITULO VIII

De
la Declaración y el Pago

CAPITULO IX

De
las Exportaciones

CAPITULO X

De
los Medios de Control, de los Registros y los Comprobantes
de Pago

CAPITULO XI

De
las Empresas Ubicadas en la Región de la
Selva

 

OPERACIONES GRAVADAS

El Impuesto General a las Ventas grava las siguientes
operaciones:

a) La venta en el país de bienes
muebles;

b) La prestación o utilización de
servicios en el país;

c) Los contratos de construcción;

d) La primera venta de inmuebles que realicen los
constructores de los mismos.

e) La importación de bienes.

Para los efectos de la aplicación del Impuesto se
entiende por:

a) VENTA:

1. Todo acto por el que se transfieren bienes a
título oneroso, independientemente de la
designación que se dé a los contratos o
negociaciones que originen esa transferencia y de las condiciones
pactadas por las partes.

2. El retiro de bienes que efectúe el
propietario, socio o titular de la empresa o la empresa misma,
incluyendo los que se efectúen como descuento o
bonificación, con excepción de los señalados
por esta Ley y su Reglamento, tales como los
siguientes:

– El retiro de insumos, materias primas y bienes
intermedios utilizados en la elaboración de los bienes que
produce la empresa.

– La entrega de bienes a un tercero para ser utilizados
en la fabricación de otros bienes que la empresa le
hubiere encargado.

– El retiro de bienes por el constructor para ser
incorporados a la construcción de un inmueble.

– El retiro de bienes como consecuencia de la
desaparición, destrucción o pérdida de
bienes, debidamente acreditada conforme lo disponga el
Reglamento.

– El retiro de bienes para ser consumidos por la propia
empresa, siempre que sea necesario para la realización de
las operaciones gravadas.

– Bienes no consumibles, utilizados por la propia
empresa, siempre que sea necesario para la realización de
las operaciones gravadas y que dichos bienes no sean retirados a
favor de terceros.

– El retiro de bienes para ser entregados a los
trabajadores como condición de trabajo, siempre que sean
indispensables para que el trabajador pueda prestar sus
servicios, o cuando dicha entrega se disponga mediante
Ley.

– El retiro de bienes producto de la transferencia por
subrogación a las empresas de seguros de los bienes
siniestrados que hayan sido recuperados.

b) BIENES MUEBLES:

Los corporales que pueden llevarse de un lugar a otro,
los derechos
referentes a los mismos, los signos
distintivos, invenciones, derechos de
autor, derechos de llave y similares, las naves y aeronaves,
así como los documentos y títulos cuya
transferencia implique la de cualquiera de los mencionados
bienes.

c) SERVICIOS:

1. Toda prestación que una persona realiza para
otra y por la cual percibe una retribución o ingreso que
se considere renta de tercera categoría para los efectos
del Impuesto a la Renta, aún cuando no esté afecto
a este último impuesto; incluidos el arrendamiento de
bienes muebles e inmuebles y el arrendamiento
financiero.

Entiéndase que el servicio es prestado en el
país cuando el sujeto que lo presta se encuentra
domiciliado en él para efecto del Impuesto a la Renta, sea
cual fuere el lugar de celebración del contrato o del pago
de la retribución.

El servicio es utilizado en el país cuando siendo
prestado por un sujeto no domiciliado, es consumido  o
empleado en el territorio nacional, independientemente del lugar
en que se pague o se perciba la 
contraprestación  y del lugar donde se celebre el
contrato. 

2. La entrega a título gratuito que no implique
transferencia de propiedad, de
bienes que conforman el activo fijo de una empresa vinculada a
otra económicamente, salvo en los casos señalados
en el Reglamento.

Para efecto de establecer la vinculación
económica, será de aplicación lo establecido
en el Artículo 54º del presente
dispositivo.

En el caso del servicio de transporte
internacional de pasajeros, el Impuesto General a las Ventas se
aplica sobre la venta de pasajes que se expidan en el país
o de aquellos documentos que aumenten o disminuyan el valor de
venta de los pasajes siempre que el servicio se inicie o termine
en el país, así como  el de los que se
adquieran  en el extranjero para ser utilizados desde el
país.

Técnicas
contables y tributarias en la realización de la
practica

CÁLCULO DEL IMPUESTO

El Impuesto a pagar se determina mensualmente deduciendo
del Impuesto Bruto de cada período el crédito
fiscal, determinado de acuerdo a lo establecido. En la
importación de bienes, el Impuesto a pagar es el Impuesto
Bruto.

 IMPUESTO BRUTO

El Impuesto Bruto correspondiente a cada
operación gravada es el monto resultante de aplicar la
tasa del Impuesto sobre la base imponible.

El Impuesto Bruto correspondiente al contribuyente por
cada período tributario, es la suma de los Impuestos Brutos
determinados conforme al párrafo precedente por las
operaciones gravadas de ese período.

La base imponible está constituida
por:

a) El valor de venta, en las ventas de
bienes.

b) El Valor en Aduana
determinado con arreglo a la legislación pertinente,
más los derechos e impuestos que afecten la
importación con excepción del Impuesto General a
las Ventas, en las importaciones.

VALOR DE VENTA DEL BIEN

Entiéndase por valor de venta del bien, la suma
total que queda obligado a pagar el adquirente del bien.. Se
entenderá que esa suma está integrada por el valor
total consignado en el comprobante de pago de los bienes,
incluyendo los cargos que se efectúen por separado de
aquél y aún cuando se originen en la
prestación de servicios complementarios, en intereses
devengados por el precio no
pagado o en gasto de financiación de la operación.
Los gastos realizados por cuenta del comprador o usuario del
servicio forman parte de la base imponible cuando consten en el
respectivo comprobante de pago emitido a nombre del vendedor,
constructor o quien preste el servicio. 

Cuando con motivo de la venta de bienes, se proporcione
bienes muebles o servicios, el valor de éstos
formará parte de la base imponible, aún cuando se
encuentren exonerados o inafectos. Asimismo, cuando con motivo de
la venta de bienes exonerados o inafectos se proporcione bienes
muebles o servicios, el valor de éstos estará
también exonerado o inafecto. 

También forman parte de la base imponible el
Impuesto Selectivo al Consumo y otros tributos que afecten la
producción, venta o prestación de
servicios.

No forman parte del valor de venta, en su caso, los
conceptos siguientes:

  • El importe de los depósitos constituidos por
    los compradores para garantizar la devolución de los
    envases retornables de los bienes transferidos y a
    condición de que se devuelvan.

  • Los descuentos que consten en el comprobante del
    pago, en tanto resulten normales en el comercio y siempre que
    no constituyan retiro de bienes.

  • La diferencia de cambio que se genere entre el
    nacimiento de la obligación tributaria y el pago total
    o parcial del precio. 

BASE IMPONIBLE EN RETIRO DE BIENES Y ENTREGA A
TÍTULO GRATUITO

Tratándose del retiro de bienes la base imponible
será fijada de acuerdo con las operaciones onerosas
efectuadas por el sujeto con terceros, en su defecto se
aplicará el valor de mercado.

Tratándose de la entrega a título gratuito
que no implique transferencia de propiedad de bienes que
conforman el activo fijo de una empresa a otra vinculada
económicamente, la base imponible será el valor de
mercado aplicable al arrendamiento de los citados
bienes.

Se entenderá por valor de mercado, el establecido
en la Ley del Impuesto a la Renta.

En los casos que no resulte posible la aplicación
de lo dispuesto en los párrafos anteriores, la base
imponible se determinará de acuerdo a lo que establezca el
Reglamento.

IMPUESTO QUE GRAVA RETIRO NO ES GASTO NI
COSTO

El Impuesto no podrá ser considerado como costo o
gasto, por la empresa que efectúa el retiro de
bienes.

TASA DEL IMPUESTO

La tasa del impuesto es 17%.

(La tasa del impuesto se mantiene en 17%  hasta el
31.12.2007 conforme al Artículo 6° de la Ley N°
28929, publicada el 12.12.2006 y  vigente a partir del
01.01.2007).

 DEL CRÉDITO FISCAL:

REQUISITOS SUSTANCIALES

El crédito fiscal está constituido por el
Impuesto General a las Ventas consignado separadamente en el
comprobante de pago, que respalde la adquisición de
bienes, servicios y contratos de construcción, o el pagado
en la importación del bien o con motivo de la
utilización en el país de servicios prestados por
no domiciliados.

Sólo otorgan derecho a crédito fiscal las
adquisiciones de bienes, las prestaciones o
utilizaciones de servicios, contratos de construcción o
importaciones que reúnan los requisitos
siguientes:

  • Que sean permitidos como gasto o costo de la
    empresa, de acuerdo a la legislación del Impuesto a la
    Renta, aún cuando el contribuyente no esté
    afecto a este último impuesto. Tratándose de
    gastos de representación, el crédito fiscal
    mensual se calculará de acuerdo al procedimiento que
    para tal efecto establezca el Reglamento.

  • Que se destinen a operaciones por las que se deba
    pagar el Impuesto. 

REQUISITOS FORMALES

Para ejercer el derecho al crédito fiscal a que
se refiere el artículo anterior se cumplirán los
siguientes requisitos formales:

  • Que el Impuesto esté consignado por separado
    en el comprobante de pago que acredite la compra del bien, el
    servicio afecto, el contrato de construcción, o de ser
    el caso, en la nota de débito, o en la copia
    autenticada por el Agente de Aduanas o por el fedatario de la
    Aduana de los documentos emitidos por la SUNAT, que acrediten
    el pago del Impuesto en la importación de bienes. Los
    comprobantes de pago y documentos a que se hace referencia en
    el presente inciso son aquellos que de acuerdo con las normas
    pertinentes, sustentan el crédito fiscal.

  • Que los comprobantes de pago o documentos hayan sido
    emitidos de conformidad con las disposiciones sobre la
    materia; y,

  • Que los comprobantes de pago, las notas de
    débito, los documentos emitidos por SUNAT a los que se
    refiere el inciso a) del presente artículo, o el
    formulario donde conste el pago del Impuesto en la
    utilización de servicios prestados por no
    domiciliados; hayan sido anotados por el sujeto del Impuesto
    en su Registro de Compras, dentro del plazo que señale
    el Reglamento. El mencionado Registro deberá estar
    legalizado antes de su uso y reunir los requisitos previstos
    en el Reglamento.

Cuando en el comprobante de pago, nota de débito
o documento emitido por la SUNAT se hubiere omitido consignar
separadamente el monto del Impuesto, estando obligado a ello o,
en su caso, se hubiere consignado por un monto equivocado,
procederá la subsanación conforme a lo dispuesto
por el Reglamento. El crédito fiscal sólo
podrá aplicarse a partir del mes en que se efectúe
tal subsanación. 

Tratándose de comprobantes de pago emitidos por
sujetos no domiciliados, no será de aplicación lo
dispuesto en los incisos a) y b) del presente
artículo. 

Asimismo, se tendrán en cuenta las siguientes
normas:

  • No dará derecho a crédito fiscal, el
    Impuesto consignado, sea que se haya retenido o no, en
    comprobantes de pago, nota de débito o documento
    emitido por la SUNAT no fidedignos o falsos  o que
    incumplen con los requisitos legales o reglamentarios. El
    Reglamento establecerá las situaciones en las cuales
    los comprobantes de pago, notas de débito o documentos
    emitidos por la SUNAT serán considerados como no
    fidedignos o falsos.

  • No darán derecho al crédito fiscal los
    comprobantes de pago o  notas de débito que 
    hayan sido emitidos por sujetos a los cuales, a la fecha de
    emisión de los referidos documentos, la SUNAT les haya
    comunicado o notificado la baja de su inscripción en
    el RUC o aquellos que tengan la condición de no habido
    para efectos tributarios.

  • Tampoco darán derecho al crédito
    fiscal los comprobantes que hayan sido otorgados por personas
    que resulten no ser contribuyentes del Impuesto o los
    otorgados por contribuyentes cuya inclusión en
    algún régimen especial no los habilite a ello o
    los otorgados por operaciones exoneradas del impuesto.
    Tratándose de comprobante de pago, notas de
    débito o documentos no fidedignos o que incumplan con
    los requisitos legales y reglamentarios, no se perderá
    el derecho al crédito fiscal en la adquisición
    de bienes, prestación o utilización de
    servicios, contratos de construcción e
    importación, cuando el pago del total de la
    operación incluyendo el pago del Impuesto y de la
    percepción, de ser el caso, se hubiera efectuado:
     i.      Mediante los medios de
    pago que señale el Reglamento;
    y ii.    Siempre que se cumpla con los
    requisitos que señale el referido Reglamento. Lo
    antes mencionado, no exime del cumplimiento de los
    demás requisitos exigidos por esta Ley para ejercer el
    derecho al crédito fiscal. 

La SUNAT por Resolución de Superintendencia
podrá establecer otros mecanismos de verificación
para la validación del crédito
fiscal. 

En la utilización en el país de servicios
prestados por no domiciliados, el crédito fiscal se
sustenta en el documento que acredite el pago del
Impuesto. 

Para efecto de ejercer el derecho al crédito
fiscal en los casos de sociedades de hecho, consorcios, joint
ventures u otras formas de contratos de colaboración
empresarial, que no lleven contabilidad independiente, el
operador atribuirá a cada parte contratante, según
la participación en los gastos establecida en el contrato,
el Impuesto que hubiese gravado la importación, la
adquisición de bienes, servicios y contratos de
construcción, de acuerdo a lo que establezca el
Reglamento.  

Dicha atribución deberá ser realizada
mediante documentos cuyas características y requisitos
serán establecidos por la SUNAT.  

Los deudores tributarios se encuentran obligados a
verificar la información contenida en los comprobantes de
pago o notas de débito que reciben.  

La referida verificación se efectuará
sobre aquella información que se encuentre a
disposición en la página web
de la SUNAT u otros medios que establezca el
Reglamento.

IMPUESTO QUE GRAVA RETIRO NO GENERA CRÉDITO
FISCAL

El Impuesto que grava el retiro de bienes en
ningún caso podrá ser deducido como crédito
fiscal, ni podrá ser considerado como costo o gasto por el
adquirente.

SERVICIOS PRESTADOS POR NO DOMICILIADOS Y SERVICIOS
DE SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA, AGUA POTABLE,
SERVICIOS TELEFÓNICOS, TELEX Y
TELEGRÁFICOS

Partes: 1, 2, 3, 4, 5
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