Monografias.com > Derecho
Descargar Imprimir Comentar Ver trabajos relacionados

Derecho civil II (Bienes)



Partes: 1, 2, 3

    1. Bienes
    2. De los bienes
      considerados según las personas a quienes
      pertenecen
    3. Acciones reales y
      acciones personales
    4. La
      posesión
    5. Interdicto
    6. De la Propiedad y
      de los medios de adquirirla
    7. De la
      Copropiedad
    8. La
      servidumbre
    9. Del
      usufructo
    10. Del uso y de la
      habitación
    11. Del Registro
      Público de la Propiedad
    12. De la
      Calificación Registral
    13. Del Registro de la
      Propiedad Inmueble
    14. De la
      Inmatriculación
    15. Del Registro de
      Operaciones sobre Muebles
    16. Del Registro de
      Personas Jurídicas Colectivas

    UNIDAD I

    Bienes

    Monografias.com

    Corporales; cosas objetivas, físicas o con
    cuerpo. Y las Incorporales; subjetivo y carece de
    cuerpo.

    A) Fungibles / No fungibles

    Fungibles; Equivalente, cambio de…,
    y es un adjetivo corporativo. Y los no fungibles; son los que no
    son sustituibles por otros.

    Según el artículo 5.9 del código
    civil del Edomex, los bienes muebles
    son fungibles y no fungibles,
    los primeros son los que pueden
    ser remplazados por otros de la misma especie, calidad y
    cantidad; los segundos los que no reúnen esas
    características por que son únicos o poseen
    características especiales.

    B) Consumibles por el primer uso

    No admiten por su naturaleza
    más de un uso, se consume total o parcialmente y no admite
    uso reiterado y constante. Ejemplo; los alimentos o todos
    los materiales
    desechables.

    No consumibles por el primer
    uso

    Admiten por su naturaleza más de un uso y admiten
    uso reiterado. Ejemplo; los coches, ropas casas,
    etc…

    C) Con dueño cierto.

    La propiedad solo
    se puede acreditar con documento necesario como factura,
    escritura,
    inscripción registrad.

    Bienes con dueño incierto o sin dueño o
    abandonados
    .

    Son bienes mostrencos, los abandonados y los perdidos
    cuyo dueño se ignore y los bienes vacantes son todos los
    bienes inmuebles que no tienen dueño.

    El destino de los bienes mostrencos: dar aviso y entrega
    a la autoridad
    municipal, boletinar y señalar plazo de 1 mes, venderlo en
    almoneda y precio-DIF-gastos.

    LOS BIENES, Según el artículo 5.1
    del código
    civil del EdoMex, son las cosas que pueden ser objeto de
    apropiación y que no estén excluidas del comercio. Y
    son excluidos del comercio los bienes, según el
    artículo 5.2 del código civil del EdoMex, por su
    naturaleza y por disposición de su ley

    CLASIFICACIÓN DE LOS BIENES. –

    • 1. Bienes inmuebles

    • 2. Bienes muebles

    Según el artículo 5.4 del código
    civil del Edomex, son bienes
    inmuebles:

    • a) El suelo y las construcciones

    • b) Las plantas y árboles, mientras
      estuvieren unidos a la tierra, y sus frutos mientras no sean
      separados de ellos.

    • c) Todo lo que este unido a un inmueble de
      manera fija, de modo que no pueda separarse sin deterioro del
      mismo o del objeto a él adherido.

    • d) Los palomares, colmenas, estanques de peces
      o criaderos análogo, cuando el propietario los
      conserve con el propósito de mantenerlos unidos al
      inmueble y formando parte de él de un modo
      permanente.

    • e) Las maquinas, instrumentos o utensilios
      destinados por el propietario del inmueble, directa o
      exclusivamente a la industria o explotación del
      mismo

    • f) Los fertilizantes, herbicidas, fungicidas,
      insecticidas, semillas y en general las sustancias para la
      preservación, cultivo y mantenimiento de la tierra que
      se encuentre en los inmuebles o unidades de producción
      en donde hayan de utilizarse.

    • g) El equipamiento y accesorios adheridos al
      suelo o a los edificios de estos, salvo convenio en
      contrato.

    • h) Los acueductos o tuberías de
      cualquier tipo que sirvan para conducir los líquidos o
      gases a un inmueble o extraerlos de él.

    • i) Los animales que formen el pie de
      cría en los predios rústicos destinados al ramo
      de la ganadería y así como para cultivo del
      inmueble mientras están destinados a este
      objeto.

    Partes: 1, 2, 3

    Página siguiente 

    Nota al lector: es posible que esta página no contenga todos los componentes del trabajo original (pies de página, avanzadas formulas matemáticas, esquemas o tablas complejas, etc.). Recuerde que para ver el trabajo en su versión original completa, puede descargarlo desde el menú superior.

    Todos los documentos disponibles en este sitio expresan los puntos de vista de sus respectivos autores y no de Monografias.com. El objetivo de Monografias.com es poner el conocimiento a disposición de toda su comunidad. Queda bajo la responsabilidad de cada lector el eventual uso que se le de a esta información. Asimismo, es obligatoria la cita del autor del contenido y de Monografias.com como fuentes de información.

    Categorias
    Newsletter