- A modo de
prefacio - Finanzas –
Concepto - Actividad Financiera del
Estado; Concepto - El Derecho Financiero.
Concepto - Los Gastos
públicos - Clasificación de los
ingresos públicos según la C. N.
Generalidades - Equilibrio cíclico de
los presupuestos - Recursos Derivados o
Tributarios - La Obligación
Tributaria – Consideraciones Generales - El Impuesto. Concepto –
Naturaleza Jurídica - Elementos del
Impuesto - Momentos de la
Imposición - Tasas –
Definición - Finanzas
Municipales - El Presupuesto
-Definición - Algunos
Conceptos
A modo de
prefacio
El derecho financiero es la disciplina
jurídica que estudia los principios y los
preceptos legales que rigen la
organización del Estado para la
percepción, administración y empleo de los
recursos
públicos y, las relaciones jurídicas que los
impuestos
originan entre el Estado y
los Contribuyentes como consecuencia de la
imposición.
El derecho financiero comprende principalmente la
legislación presupuestaria, la contabilidad
pública, el régimen de las erogaciones e inclusive,
los ingresos que no
sean de fuente tributaria. Las instituciones
propias del Derecho Financiero son: el recurso de inversión, gastos
públicos, deuda
pública y crédito
público, entre otros.
El derecho financiero tiene por objeto el ordenamiento
jurídico de la actividad financiera estatal, en ella se
encuentra el conjunto de loa actos de Gobierno
tendientes a regular, por medio de la leyes, la
actividad financiera del Estado.
Entonces, ¿de qué se ocupa el derecho
financiero? Se ocupa de captar los ingresos públicos y la
realización de los egresos, unidades ambas para cumplir
con el fin del Estado, es decir, establecer y controlar el
destino de los ingresos públicos y controlar la forma de
cómo se producen y se utilizan. En fin, tiene por objeto
el ordenamiento jurídico de la actividad financiera
estatal en la que involucramos el conjunto de estos
actos.
Así, la actividad financiera estatal resulta un
círculo completo, de una parte el ingreso y de la otra el
egreso, unidades ambas mediante las gestiones necesarias a tales
fines. El estudio del derecho financiero lleva el examen de la
totalidad de la actividad financiera estatal regulada por medio
de le leyes, y el del derecho
tributario se nos presenta como una parte del mismo porque
fundamentalmente, se refiere a un aspecto de las finanzas
estatales cual es, la tributación. El derecho financiero
es el conjunto de normas que
disciplinan los diferentes ingresos del Estado. Así
tenemos, los ingresos:Originarios: corresponden a los
frutos del derecho de
propiedad del Estado. De empresas
públicas: son las ganancias similares al de derecho
privado que se realiza bajo la gestión
directa del Estado en una actividad económica determinada.
Esta gestión se realiza en dos grados de
intervención que pueden ser: la Libre Concurrencia y el
Monopolio del
Estado como por ejemplo ANTE, ANNP, FERROCARRIL, etc. De
Empresas Mixtas: son el dividendo o ganancias que derivan de
este tipo de Empresas con la participación en el capital de
aportes privados y públicos; y en la
administración de consecuencia privada y
pública. De Tributos:
constituye la prestación jurídica obligatoria que
implica otras vinculaciones del derecho sustantivo formal,
así como una serie de actos y procedimientos
administrativos. Que proceden del Empréstito
Público: son el objeto de la relación
contractual de naturaleza
privada o pública, según el caso, del derecho
internacional u otro. Los que provienen de las relaciones
pecuniarias: son sanciones de delitos y por
su naturaleza, pertenecen al derecho penal
tributario. Los que provienen de las obligaciones
emergentes del presupuesto:
es la norma relativa a su formación, aprobación y
ejecución.
El derecho
Fiscal es el conjunto de disposiciones legales y
principios de derecho, que regula la actividad jurídica
del Fisco. El derecho fiscal es el
que se ocupa de los ingresos públicos y privados. El fisco
comprende al Estado como preceptos de los ingresos patrimoniales
y regula la actividad jurídica de éste.
Según la concepción de Kelsen, el Fisco
comprende al Estado preceptor, tanto los ingresos patrimoniales
regulados por el Derecho cuando los que provienen del
cumplimiento de disposiciones del Derecho
Público.
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