- Historia
sobre la extradición - Definición
- Fuentes
del Derecho de extradición - Los
principios del Derecho de
extradición - Procedimiento
de extradición - Jurisdicción
- Delitos
que dan lugar a extradición - Proceso
de Extradición en El Salvador - La
Extradición en la Legislación de la
República de El Salvador - Instrumentos
Internacionales suscritos y ratificados por El Salvador en
materia de Extradición - Artículos
de la Constitución de la República de El Salvador
(1983) referentes a la Extradición - Principios
de Cooperación Internacional en la
Identificación, Extradición y Castigo de los
Culpables de Crímenes de Guerra, o de Crímenes de
Lesa Humanidad - Asilo
- Protección
y asistencia - El
Derecho de asilo - Requisitos
- Clasificación
- La
diferencia entre asilo político y refugio en El
Salvador - Conclusión
Introducción
En la edad media los
soberanos se comprometían a entregarse
recíprocamente los delincuentes súbditos del
Estado
Peticionario y éste se comprometía a "tratar con
indulgencia a los entregados" (Jiménez de Asúa) Un
artículo de ese Tratado señalaba "Tanto ellos como
sus bienes,
mujeres, hijos y sirvientes deberán ser devueltos
completamente intactos. No hay que ajusticiarlos, ni dañar
sus ojos, sus bocas o sus pies"
Jiménez de Asúa aclara que en realidad los
primeros convenios fueron en interés
exclusivo de los soberanos, citando además el celebrado en
1174 entre el Rey de Inglaterra
Enrique II y Guillermo de Escocia en el que se "estipulaba la
entrega de los individuos culpables de felonía que fuesen
a refugiarse en uno u otro país"
En los siglos XVII y XVII el objeto de la
extradición fueron los delitos
políticos. Jiménez de Asúa explica: "eran
tiempos de absolutismo y
los gobiernos consideraban a los reos políticos como los
más peligrosos delincuentes. Por lo tanto las primeras
extradiciones fueron ejecutadas contra aquellos que más
tarde, en el siglo XIX habían de ser exceptuados de la
entrega".
La Edad Contemporánea, trae como consecuencia una
nueva visión del derecho
internacional, que se va a caracterizar, entre otros, por la
universalidad, en oposición al regionalismo y por la
codificación de los principios de
derecho internacional
En la actualidad, la internacionalización de la
delincuencia,
la complejidad de las nuevas figuras delictivas y el apremio de
una mayor coordinación entre los Estados han
incentivado –como lo expresa un documento de las Naciones Unidas–
el estudio de la conveniencia de concertar convenciones
multilaterales.
La extradición es el acto por el cual un Estado
(Estado requerido) entrega una persona que se
encuentra en su territorio a otro Estado (Estado requirente) que
la busca, bien para juzgarla por un delito que se le
imputa, bien para cumplir una pena impuesta previamente por los
tribunales de este último Estado.
Se trata de trasladar ante el Tribunal a una persona
encausada inicialmente por un tribunal nacional, en virtud del
principio de la primacía del Tribunal sobre las
jurisdicciones nacionales para el enjuiciamiento de los delitos
que se sitúan en su ámbito de competencias, la
entrega, según está definida por la Unión
Europea en la orden de detención europea, que tiene
por objeto la eliminación de las formalidades de
extradición y la adopción
del principio de reconocimiento recíproco de las
sentencias penales.
El contenido de las leyes relativas a
la extradición es muy diverso. Estas pueden, por ejemplo,
tener por objeto el establecimiento de la normas de
procedimiento
de extradición, definir las condiciones que
figurarán en los tratados de
extradición que se concertarán en el
futuro.
Como veremos a continuación existen ciertos
principios que deben regir una extradición, y nuestro
país no es la excepción, esto en cuanto a la
extradición y al asilo político.
El asilo político es el derecho que tiene una
persona a no ser extraditado de un país a otro que lo
requiere para juzgarle por delitos
políticos.
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