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Formación ética y ciudadana (56 Preguntas y Respuestas) (página 2)




Enviado por Lorena Páez



Partes: 1, 2

45) ¿Cuándo el mundo toma
consciencia de este tema?

46) ¿Qué factores condicionan
el cumplimiento de los derechos humanos? ¿Cuál es
el rol del Estado?

47) Explicar y ejemplificar las diferentes
formas de violación de los derechos humanos.

48) ¿Qué es el terrorismo y el
terrorismo de Estado?

49) ¿Cómo se protegen los
derechos humanos? ¿Qué organizaciones y leyes
existen al respecto?

50) Analizar y explicar la
Declaración de los Derechos del Niño. (principios
básicos)

51) Concepto de trabajo. Diferentes modos o
formas de trabajo.

52) ¿Cómo y por que se protege
al trabajo y al trabajador?

53) ¿Qué formas de
participación se establecen en la CN? Capitulo "Nuevos
derechos y garantías"

54) ¿Cómo define al trabajo la
ley Argentina? (Art. 4 de la ley de contrato de trabajo)
¿Qué es el trabajo en negro?

55) ¿Cuáles son los
principales servicios que debe proveer el Estado y como se
solventan?

56) ¿Qué es la
educación tributaria?

RESPUESTAS

1)

NORMAS: Son elaboradas por los individuos
que componen la sociedad; y
permiten la convivencia y la cooperación, Son entendidas
como maneras de pensar, hacer o ser; socialmente definidas y
sancionadas, e implican ciertas prohibiciones.

NORMAS JURIDICAS: En nuestro país
se encuentran consagradas en la CN.

NORMAS SOCIALES: Solo imponen sanciones
sociales: rechazo, descrédito, crítica, etc.

2)

Derecho Objetivo

Derecho Subjetivo

Conjunto de normas,
leyes y
principios
jurídicos, creados por el
Estado, con el que rigen la conducta
de las personas en sociedad, con el objetivo
de organizarla, prevenir conflictos e imponer sanciones o penas si
corresponde.

Facultad que tienen las personas y que al
ser reconocidas en la Constitución Nacional posibilitan su
complimiento. Existen Derchos Exp. E Impl.

Derecho Natural

Derecho Positivo

Normas o leyes universales. Ej. No
robar

Normas escritas vigentes en un determinado
país. Determinando. Diferentes leyes sancionadas por
los órganos del Estado
para organizar la convivencia de las personas. Ej.
Normas Jurídicas

Derecho Público

Derecho Privado

Normas que regulan y protegen el bien
común. Ej. Derecho
Constitucional; Penal; Internacional.

Normas jurídicas que regulan las
relaciones entre personas privadas. Ej. Derecho Minero;
Civil; Comercial; Ley de
divorcio; Patria
potestad; Derecho Laboral

Clasificación:

# Civiles: Son inherentes a las personas,
que les permite desarrollar su actividad física e intelectual
para satisfacer sus necesidades, dentro del marco fijado por la
ley y por las demás personas. Ej: derecho a la vida, a la
integridad física, a la intimidad, al honor, a casarse y
formar una familia.

# Patrimoniales: Son todos los objetos o
bienes de
valor
económico. Ejs: Derecho a la propiedad,
libertad de
contratar, de comerciar, de ejercer una industria
licita, etc.

# Políticos: Son los que permiten
al hombre,
intervenir en el poder,
adoptando decisiones políticas.
Ejs: Derecho de elegir y de ser elegido, a afiliarse o constituir
un partido político, intervenir en una iniciativa y/o
consulta popular.

# Sociales: Estos derechos sitúan al
individuo como
componente de una sociedad, sea por la actividad que
desempeñe (trabajador, sindicalista, etc) o por requerir
una protección especial (desempleado, es menor, anciano,
esta enfermo, es humilde, etc). Estos son derechos laborales,
sindicales y los de la seguridad
social.

3) PUEBLO: Su concepto se
utiliza con tres significados distintos:

# Como sinónimo de "población": conjunto de personas que viven
en un territorio determinado sin hacer diferencias entre
naturales o extranjeros.

# Para nombrar al conjunto de habitantes nacidos
en el territorio o que adoptaron la nacionalidad.
Esto excluye a los extranjeros.

# Desde el punto de vista institucional, "el
pueblo es el conjunto de los ciudadanos", es decir solo aquellos
que tienen derechos políticos (que pueden votar y ser
elegidos, desempeñar cargos públicos, etc).

3)

NACION: Es una población
homogénea (de individuos de la misma raza, religión, idioma,
cultura, etc)
o heterogénea (donde aparecen grupos diferentes
entre si), puede existir un espíritu de solidaridad que
hace que los integrantes se reconozcan e identifiquen como partes
de un todo, deseen vivir en común y compartan el objetivo
político de integrar un Estado.

"La existencia de este espíritu solidario
es el que conduce a la idea de Nación".

Una Nación
se compone de elementos objetivos
(raza, religión, costumbres, etc) y un elemento
subjetivo
(imprescindible que es la voluntad de vivir en
común y la identificación de cada individuo como
parte del conjunto Nacional.).

4)

ESTADO: Según Maquiavelo y
del latín "stato": Es la
organización política suprema de
un país. Esta expresión de Estado se hizo
común desde el siglo dieciséis y se fue precisando
su significado.

Se entiende que existe un "Estado" cuando se dan
juntos, tres elementos: una población (habitantes
del territorio, con espíritu de solidaridad y el objetivo
común de vivir independientes, hablamos de Nación),
un territorio (espacio geográfico donde se asienta
la población y donde se ejerce el poder político.
Comprende suelo, subsuelo,
aguas y espacio aéreo dentro de los limites reconocidos) y
una organización jurídica del poder
político
(existencia de una constitución y un
gobierno, leyes
comunes y demás disposiciones normativas).

5)

SOBERANIA: El estado moderno se
caracteriza por ser soberano, es decir; constituye una autoridad
independiente que puede gobernar y decidir libremente su
futuro.

La soberanía de un Estado es la capacidad que
ella posee para imponer sus reglas.

El concepto de soberanía se refiere a la
capacidad de una sociedad política (Estado) de ejercer su
poder dentro de sus fronteras y protegerlas ante las amenazas de
un enemigo externo. Así surgen los conceptos de
soberanía externa e interna.

Soberanía interna: Es el ejercicio
del Estado para lograr seguridad. Un
Estado es soberano cuando tiene la capacidad y el derecho de
ejercer la fuerza para
lograr la paz dentro de los límites de
su territorio.

Soberanía externa: El Estado tiene
la capacidad de convocar a los ciudadanos para defender su
territorio frente a posibles invasiones externas (guerra,
terrorismo,
ataque entre países limítrofes).

En ambos casos, el Estado impone su
dominación pero sobre la base de un reconocimiento de
poder hacerlo, que garantiza la legitimidad de sus acciones.

Frontera: Línea imaginaria que
determina el limite entre un Estado y otro. Marca los
espacios que ocupan cada Estado, como se ejerce la
soberanía (aduana,
gendarmería).

CLASIFICACION:

# Soberanía política y
económica:
El Estado, como herramienta para actuar,
tiene la estructura
política que define su forma de organización, y que debe ser respetada por
los otros Estados, y obedecido por sus pobladores. La fuerza que
mueve toda esta compleja estructura es su poder
económico.

DEPENDENCIA ECONOMICA: Se da cuando el
Estado no tiene control efectivo
sobre sus riquezas básicas, cuando no tiene capacidad para
controlar, a través de sus leyes, la acción
de las empresas
transnacionales, y cuando no puede fijar sus propias pautas de
desarrollo
económico debido a injerencias e imposiciones
extrañas.

#SOBERANIA CULTURAL: Cada país
tiene una cultura propia, valiosa, única e irrepetible,
digna de ser conservada. La función
del Estado, en un régimen democrático, es asegurar
el acceso de toda la población a las manifestaciones del
arte, las
letras y las ciencias,
protegiéndolas y fomentándolas, cuidando su
creación y enriquecimiento.

  • 4) ESTADO DE DERECHO: El
    liberalismo considera a un Estado como justo, a aquel que
    gobierna mediante leyes que son iguales para todos y protege
    los derechos de las personas bajo una constitución que
    establece los derechos individuales y los limites al poder.
    Este Estado justo es definido por Locke y Kant: "Estado de
    derecho".

El Estado de Derecho
es compatible tanto con una monarquía constitucional (limitada por
leyes) y con una democracia
constitucional.

ESTADO DE HECHO: O de facto. Es el Estado
en contra de la ley. Golpe de Estado
Estado de sitio.

  • 5) AUTORIDAD: Suele
    definírsela como la potestad o facultad que posee cada
    pueblo y en virtud de la cual dicta su constitución,
    establece sus órganos de gobierno e implementa un
    sistema jurídico y judicial dentro de su
    ámbito. Tan bien autoridad definida como el poder que
    tiene una persona sobre otra. La autoridad debe ser
    legítima y legitimada por la sociedad. Esta legitimada
    por las diferentes leyes del Estado (CN), el cuerpo social
    (gobernantes). Si la autoridad se extralimita, pierde la
    credibilidad, deja de existir; y aparece el abuso del poder,
    es decir, el ejercicio ilegitimo del mismo. La autoridad debe
    ser legitima por origen y por su ejercicio, de lo contrario
    se cae en el autoritarismo.

LEGITIMIDAD: Es uno de los elementos
fundamentales del Estado, pero para que los gobernantes puedan
ejercerlos, es necesario que ese poder sea aceptado y reconocido
por toda la sociedad; así ese poder se legitima.
Legitimidad: Es el reconocimiento del poder del Estado por parte
de todos los integrantes de la sociedad. Poder: Es un derecho de
la autoridad que le permite ejercer sus funciones.

  • 6) DEMOCRACIA: Es una forma de
    gobierno y también un estilo de vida.
    Etimológicamente: demos: pueblo, kratos: autoridad o
    gobierno. Se identifica el gobierno democrático con el
    gobierno de la libertad, porque donde todos se gobiernan
    así mismos no hay opresión de unos sobre otros,
    sino igualdad de derechos y de poder, que es la forma de la
    libertad política.

Puede ser:

# Directa: Cuando se da en comunidades
pequeñas.

# Indirecta o representativa: El pueblo es el
soberano. Delega el poder a sus gobernantes a través del
voto.

# Semi-directa: El pueblo empieza a participar en
la función de gobernar. Es un mix entre los dos
anteriores.

  • 7) EVOLUCION HISTORICA DEL CONCEPTO
    DE DEMOCRACIA:

# La tradición republicana: Se
inicia en Roma en el
año 509 a.C. El pueblo abolió la monarquía y
creo la republica. Ese régimen impedía que el poder
se concentrara en las manos de uno solo (aristocracia) o en las
de la mayoría (democracia).

La Republica buscaba que el poder fuera igual
para todos, como forma de que todos fueran igualmente libres.

Ningún poder puede ser apropiado ni
ejercido a perpetuidad.

Así se creo el Consulado (dos
cónsules), elegidos por un año, existía una
asamblea (senado), luego se creo el tribunado (representantes del
pueblo) que deliberaban en asambleas públicas para aprobar
leyes y elegir a los cónsules propuestos por el
senado.

Entonces en Roma, existía un elemento
monárquico, uno aristocrático y uno
democrático. Montesquieu
enuncio el principio de división de poderes en el
año 1750; que indicaba un gobierno libre (PE, PL, PJ).
Esta división de poderes se puso en práctica en la
primera constitución (EE. UU) en 1787 y fue la fuente de
las constituciones democráticas posteriores.

#Tradición liberal: El liberalismo es
una doctrina moral,
política y económica, fundada en el principio de
que todos los hombres son libres e iguales por naturaleza y
que tienen los mismos derechos.

Sostiene que el mejor orden posible es aquel que
surja de los acuerdos voluntarios entre las personas.

#Tradición democrática:
Todos los ciudadanos tienen derecho a gobernar. Esta
tradición se ramifica en dos: "la democracia de los
antiguos" (afirma que la democracia solo es autentica si es
directa) y la "democracia de los modernos" (sostiene que la
verdadera democracia es la representativa o indirecta).

Democracia representativa: La democracia
griega y la Republica Romana, sentaron sus bases para un gobierno
basado en la libertad. Fueron poderosos y derrotaron a los
más grandes imperios de la antigüedad; sin embargo;
eran sociedades
desordenadas, al borde de la disolución; que finalmente
naufragaron. Entonces, durante la Edad Media y
principios de la Modernidad; las
democracias fueron consideradas como gobiernos tumultuosos,
anárquicos, identificados con la tiranía
popular.

Los Estados modernos se organizaron como
monarquías, y en los siglos dieciséis y diecisiete
florecieron las monarquías absolutas.

A fines del siglo dieciocho, los revolucionarios
franceses y estadounidenses, propusieron el retorno a formas
democráticas de gobierno, pero en esa época no
existían ejemplos de una democracia para pueblos de
millones de personas.

En 1787, artículos enunciados por Madison,
Hamilton y Jay en el libro "El
Federalista", se encontraban los fundamentos de las instituciones
que se requieren para el funcionamiento de una democracia
moderna.

Madison propuso el "mecanismo de la
representación" como forma de implementar una democracia
en los estados modernos. El, distingue la democracia (democracia
directa) y la republica (democracia representativa)

10) El pueblo comprende a todos los
ciudadanos y extranjeros nacionalizados. La elección de
los gobernantes se produce a través del voto o sufragio.

11) PRINCIPIOS BASICOS DEL SISTEMA

DEMOCRATICO:

# El poder pertenece a todos;

# El poder no es absoluto sino limitado
por la CN que establece división de poderes, por las leyes
y derechos de los ciudadanos;

# El acceso al poder se da de manera
abierta y pacifica a través de elecciones
periódicas libres;

# El poder se ejerce de manera
temporal:

# Los ciudadanos tienen derechos,
libertades y garantías protegidos por a CN y leyes (Estado
de derecho);

# El poder expresa la voluntad de la
mayoría y respeta y protege sus derechos;

# Todas las personas son ciudadanos libres
e iguales y en condiciones jurídicas para elegir y ser
elegidos como magistrados del Estado.

Un gobierno democrático debe cumplir con
los siguientes requisitos:

  • Representatividad;

  • Electividad;

  • Legalidad;

  • División de poderes;

  • Competencia pacifica;

  • Pluralismo;

  • Temporalidad;

  • Garantía legal de los derechos y las
    libertades civiles y políticas para todos.

12) POLIARQUIAS: Democracia como forma de
gobierno y forma de vida. Diferentes conceptos:

– Democracia real: Adecuada a nuestro tiempo, para
diferenciarla de la ideal, a la que se trata de imitar.

– Democracia representativa: A diferencia de la
directa o moderna, a diferencia de las antiguas.

– Régimen mixto: Combina instituciones
democráticas, liberales y republicanas.

– Forma de régimen político:
Encarna instituciones de libertad civil y política, frente
a regimenes autoritarios o totalitarios.

– Democracia política: Instituciones para
el gobierno democrático de un país, a diferencia de
una democracia económica o social.

Dahl expone atributos y condiciones para que la
forma de gobierno pueda calificarse como una
poliarquía:

  • Elecciones libres, abiertas, competitivas,
    limpias y periódicas;

  • El derecho al voto es universal, para todos
    los adultos;

  • Todos los ciudadanos tienen derecho a ser
    elegidos para cargos públicos;

  • Existe una amplia libertad de
    expresión;

  • La ley protege la diversidad de fuentes de
    información;

  • Los ciudadanos tienen derecho a asociarse
    libremente en partidos y grupos de interés, en defensa
    de sus derechos y opiniones.

TERCERA OLA DE LA DEMOCRATIZACION:

Según Huntington: "Es un conjunto de
transiciones de un régimen no democrático a otro
democrático en determinado periodo de tiempo". Esto
implica liberalización o democratización parcial,
de sistemas
políticos que no se convierten por completo en
democráticos.

En el mundo contemporáneo se han producido
tres olas de democratización alternadas con dos grandes
"contra-olas".

Primera ola 1828-1926

Primera contra-ola 1922-1942

Segunda ola 1943-1962

Segunda contra-ola 1958-1975

Tercera ola 1974..

La primera ola comienza en EE. UU con la
elección presidencial de 1828, primera con sufragio
universal para los varones blancos. La democracia se
extendió progresivamente a Gran Bretaña, a Francia, a
otros pequeños países europeos, a las colonias
británicas, a Suiza, y, poco antes de la primera guerra
mundial, a Italia y a la
Argentina. En cien años, más de treinta
países crearon regimenes democráticos.

En 1962 trece gobiernos en todo el mundo eran
producto de un
Golpe de Estado; en 1975 eran treinta y ocho.

En 1990, el 45% de los países
independientes del mundo vivía bajo sistemas
democráticos, una proporción no alcanzada desde
1922.

13) Linz: Los casos de quiebre de
gobiernos democráticos que fueron sustituidos por
regimenes autoritarios. Propuso una clasificación de las
democracias según dos tipos:

# Las que tienen un gobierno
Presidencialista y las regidas por un gobierno Parlamentario.

CARACTERISTICAS:

PRSIDENCIALISMO: La jefatura del Estado es
elegida directamente por votación ciudadana, hay una
separación clara entre el Poder
Ejecutivo y el Parlamento, y el mandato presidencial tiene
una duración fija. Estas democracias toman el modelo de la
Constitución de os EE. UU y son frecuentes en América
Latina.

Según Linz, buena parte de la
inestabilidad en las democracias latinoamericanas, se debe al
presidencialismo porque: *relega a las minorías al papel
de oposición, fuera del poder. *la duración fija
del mandato produce rigidez en el funcionamiento del sistema
político, que lo hace incapaz de responder con
flexibilidad a situaciones de crisis o
adaptarse a los cambios.

PARLAMENTARISMO: El jefe del Ejecutivo es
elegido indirectamente: la población vota a representantes
para el Parlamento y estos eligen entre sus miembros al jefe del
Ejecutivo. El mandato no es fijo; puede ser destituido cada vez
que pierda el apoyo de la mayoría, a través del
"voto de censura". Esta forma de gobierno es mas común en
las democracias continentales europeas (España,
Italia, Alemania), con
formas especificas en Gran Bretaña (gobierno de gabinete)
y Francia (gobierno semi parlamentario, con un presidente y un
primer ministro). Esta forma de gobierno es más
representativa y flexible, incorpora a la oposición al
gobierno; según el autor; es más capaz de
estabilizar y fortalecer las instituciones democráticas,
evitando las crisis y tensiones que introducen una competitividad
y conflictividad excesivas.

14) DEMOCRACIAS MAYORITARIAS: Un conjunto
de países parecen responder "la mayoría", de tal
modo que la minoría pasa a ser oposición, queda
fuera del PE del Estado y solo esta representada en el
Parlamento.

El sistema es
competitivo, el gobierno es ejercido por el partido que obtiene
la mayoría de votos. El PE predomina sobre el PL. El
sistema de partidos es bipartidista; el sistema político
es unitario y centralista; el PJ es unicameral; la
constitución es flexible y no escrita.

DEMOCRACIAS CONSENSUALES: Responde "tanta
gente como sea posible", de tal modo que el PE sea compartido por
mayorías y minorías, y esta ultima asuma
responsabilidades políticas. El gobierno no es competitivo
sino propenso a la formación de grandes coaliciones; hay
mayor equilibrio
entre poderes, con control del PE por el PL; el sistema de
partidos es multipartidario; el sistema electoral es
proporcional; la constitución del estado es federal con
regiones descentralizadas; el PL es bicameral; la
constitución es escrita y rígida.

15) Nuestro país está
encuadrado dentro del Modelo de "democracias concensuales".

16) O"Donnell. Estas nuevas
poliarquías se caracterizan porque el ejercicio del poder
se encuentra en el Ejecutivo, que gobierna y toma decisiones de
un modo centralizado, discrecional y sin trabas ni de parte del
PL (al que parece ignorar) ni del PJ (al que tiende a controlar).
Por eso las denomina "democracias delegativas". Esta
situación es un estado de apatía, individualismo y
desinterés por parte de los ciudadanos en relación
con los asuntos públicos.

Este tipo de democracias se caracterizan por
tener débiles instituciones de control sobre los
gobernantes.

El autor distingue entre "instituciones formales"
(expresadas en la Constitución y en las leyes, donde se
establece una separación entre el interés
publico de la población y el interés privado de los
gobernantes); e "instituciones informales" (la mayoría
conoce y practica a pesar de no figurar en las leyes, se
caracterizan por no separar cuestiones publicas de cuestiones
privadas, y por regirse según reglas "particularistas",
que permiten utilizar el poder político y
económico, al servicio de
intereses de individuos o grupos particulares).

Estas poliarquías son informalmente
institucionalizadas y una de las instituciones mas extendida es
la corrupción y el no respeto de la ley
por parte de los gobernantes.

O"Donnell: "Una democracia es una
poliarquía (derechos políticos), mas un Estado de
Derecho (derechos civiles).

17) COSTITUCIONALISMO: Es una forma de
vida política que tiende a racionalizar el ejercicio del
poder, para asegurar a los hombres el goce de sus libertades y el
respeto de su dignidad. Para
lograr esa finalidad, se vale de ciertas herramientas y
principios:

* La Declaración de una
Constitución como ley suprema, donde se enuncian los
derechos de los ciudadanos y se establece la organización
del gobierno.

* La separación y el control de los
órganos del Estado: para impedir el abuso del poder.

* La distinción entre poder constituyente
y poderes constituidos: como forma de diferenciar entre la
capacidad soberana del pueblo y los actos ordinarios de
gobierno.

El Constitucionalismo tiene antecedentes
en la Antigüedad y en la Edad Media, pero recién a
partir de los siglos dieciséis y diecisiete se
difundió como una doctrina coherente, destinada a
armonizar la convivencia entre la libertad y el poder y a
asegurar la dignidad del hombre. La consolidación del
Constitucionalismo se vincula con las ideas sobre el Estado
democrático: Revolución
Inglesa (1649), Revolución
Francesa (1789); donde el Parlamento limito el poder absoluto
de los monarcas.

# Antecedentes (siglo diecisiete) de
declaraciones de derechos:

  • Petición de derechos 1677

  • Acta de habeas corpus 1679

  • Ley de derechos 1689

Resultados de luchas para limitar el poder de la
corona y reconocer mas derechos a sus súbditos.

# Ideas de filósofos:

  • Montesquieu

  • Locke

# La constitución de los EE. UU
(1787)

# La voluntad del pueblo

Difusión: Después de la
constitución de los EE.UU, el constitucionalismo
comenzó a difundirse de un país a otro; y el
esquema de las constituciones siguieron el del
"constitucionalismo clásico: declarar derechos y
garantías de los ciudadanos y regular la
organización del gobierno distribuyendo los poderes entre
diferentes instituciones.

18) CONSTITUCIONALISMO SOCIAL: A partir de
la Revolución
Industrial, surgieron reacciones ante las
problemáticas sociales que influyeron en el
constitucionalismo, y a partir del siglo veinte, fue enriquecido
con los aportes del "constitucionalismo social".

Las constituciones incorporaron:

  • Derechos de los trabajadores

  • Derechos a la seguridad social

  • Derechos de las organizaciones sindicales

En las últimas décadas,
introdujeron también "numerosas declaraciones y
convenciones internacionales de los derechos
humanos".

Tuvieron que ajustarse a los nuevos procesos de
integración
económica y política de las diferentes naciones
(unión
europea, MERCOSUR,
nafta,
etc).

19) LA CONSTITUCION NACIONAL: Deriva del
latin "statuare", que significa reglar, establecer, ordenar,
regular.

Es la norma fundamental que organiza la
estructura de poder en un país, y regula las relaciones
entre gobierno y gobernados.

Es una norma jurídica que tiene la
característica de ser fundamental y suprema.

Elementos esenciales:

# Derechos individuales y sociales,

# División de poderes. Un gobierno
y su organización,

# Los fines y los medios de
gobierno instituido.

Poder constituyente: Es el que da origen a
la CN. Es elaborada, formulada y redactada por los legisladores.
Los poderes que surgen son los constituidos, los
establecidos para garantizar el orden del país (PE, PL y
PJ).

Está encabezada por un preámbulo y
consta de 129 artículos, distribuidos en dos partes.

PREAMBULO

PRIMERA PARTE

Capítulo primero Capítulo
segundo

Declaraciones, derechos, Nuevos derechos y

Y garantías. Garantías.

SEGUNDA PARTE

Titulo primero Titulo segundo Gobierno
Federal Gobiernos de prov.

Sección sección

Primera tercera

Del poder Sección Del poder

Legislativo segunda Judicial

Del poder

Ejecutivo

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

20) Antecedentes constitucionales

1820: Batalla de cepeda, cae el
directorio, el gobierno central y la constitución de 1819.
Comienza periodo de poliarquía (cada provincia tenia su
propia organización, su propio gobierno). Por esto, se
celebran acuerdos entre las provincias (pactos preexistentes q
hace referencia la constitución).

# Tratado de pilar (1820)

# Tratado del cuadrilátero
(1822)

# Pacto Federa (1831)

# Protocolo de Palermo (1852)

# Acuerdo de San Nicolás (1852). Se
convoco a dos diputados de cada provincia para elaborar una
constitución federalista.

La constitución de 1853: En 1853,
el congreso constituyente sanciono la constitución. Fue
jurada por todas las provincias (menos Bs. As), el 9 de
julio.

Estableció el sistema Republicano, con
división de poderes. Contenía una
declamación de derechos, y establecía un sistema
federal, ya que reconocía la autonomía de las
provincias para darse su propia organización
política.

En 1860, Bs. As se integra a la
constitución.

Reformas constitucionales:

# 1866, 1898, 1949 (durante la presidencia
de Perón, se
incorporaron los derechos de trabajadores, de familia, de
educación,
además de insertarse el concepto de justicia
social).

# 1994: Se implemento la jefatura de
gabinete de ministros, fue organizada la autonomía de la
ciudad de Bs. As, fue organizada la defensoria del pueblo, la
auditoria general de la nación, el consejo de la
magistratura y el ministerio publico.

21) Las DECLARACIONES enuncian los
principios generales que sustentan la organización
política de la Nación. Por ejemplo, en el
artículo 1, la CN establece para la Nación
Argentina, la forma de gobierno representativa, republicana y
federal. Además, las declaraciones exteriorizan rasgos
distintivos de los países, a fin de que pueda
diferenciarse a ese Estado de los otros.

Los DERECHOS se dividen en:

# Subjetivo: Son facultades que tienen las
personas, y que al ser reconocidas por la CN, posibilitan que se
exija su cumplimiento.

# Objetivo: Conjunto de normas, leyes y
principios jurídicos creados por el Estado, con el que
rigen la conducta de las personas en sociedad, con el objeto de
organizarla, prevenir conflictos e imponer sanciones o penas si
corresponde.

GARANTIAS: Son medios institucionales
destinados a proteger el ejercicio de los derechos fundamentales.
Un derecho vale en la medida en que valgan sus garantías.
La mayor parte esta contenida en los artículos 18 y 43 de
la CN.

22) CLASIFICACION DE LOS DERECHOS EN LA
CN:

# Civiles: Son inherentes a las personas,
que les permite desarrollar su actividad física e
intelectual para satisfacer sus necesidades, dentro del marco
fijado por la ley y por las demás personas. Ej: Derecho a
la vida, a la integridad física, etc.

# Patrimoniales: Son los objetos o bienes
de valor económico. Ej: Derecho a la propiedad libertad de
contratar, de comerciar, etc.

# Políticos: Son los que permiten
al hombre, intervenir en el poder, adoptando decisiones
políticas. Ej: Derecho de elegir y de ser elegido.

# Sociales: Estos derechos sitúan
al individuo como componente de una sociedad, sea por la
actividad que desempeñe (ej: trabajador), o por requerir
una protección especial (ej: desempleado). Son derechos
laborales, sindicales y los de seguridad social.

23) DIFERENCIAS ENTRE:

Habitantes y Ciudadanos

Son las personas que Son todas las personas

Habitan en la Argentina. Nacidas y
extranjeros

Nacionalizados como

Argentinos. En Arg. Gozan

De derechos políticos a

Partir de los 18 años de

Edad y enrolados (con

D.N.I).

Pueden votar y ser elegidos.

24) ARTICULO 19 DE LA CN. DERECHOS QUE
ABARCA:

# Derecho a la libertad (facultad para
pensar, querer y ejecutar su voluntad dentro del marco de la
ley).

# Derecho a la intimidad (facultad de
disponer de un espacio de libertad individual).

# Libertad de consciencia (pensar
libremente y exponer ideas).

# Principio de legalidad
(todo lo que no esta expresamente prohibido, esta permitido).

25) PRINCIPIO DE IGUALDAD O
IGUALDAD JURIDICA:
(Articulo 16, 37 y 75 inciso 2, 19 y
23).

Pretende disminuir las desigualdades que se dan
en la realidad y que son remediables.

La igualdad es esencial para el sistema
democrático. Carácter negativo de la igualdad para el
Estado:

# La prohibición de otorgar
privilegios o efectuar discriminaciones.

# requiere que el Estado promueva acciones
que otorguen beneficios especiales a determinados individuos o
grupos mas desprotegidos.

26) DERECHOS SOCIALES: Son los que
sitúan al individuo como componente de una sociedad, sea
por la actividad que desempeñe o por requerir una
protección especial. Ej: derechos laborales, sindicales y
los de seguridad social (articulo 14 bis).

27) DERECHO A LA PROPIEDAD:
Artículo 17 de la CN.

"Propiedad", según la Corte Suprema de
Justicia, son: Todos los intereses apreciables que el hombre
pueda poseer fuera de si mismo, de su vida y de su libertad.
Puede ser privado de la propiedad, solo en virtud de sentencia
fundada en ley, y prohibiendo las confiscaciones.

Articulo 17: también contempla la
"expropiación por causa de utilidad
publica": mecanismo legal prescindiendo de la voluntad, para
cumplir sus fines específicos.

28) GARANTIAS CONSTITUCIONALES (ARTICULO
18):

Garantías: Son medios
institucionales destinados a proteger e ejercicio de los derechos
fundamentales.

Garantías procesales: Cuando se
somete a juicio.

Garantías personales

Garantías carcelarias: Personas que
cumplen condena en prisión.

29) GARANTIAS QUE SE INCORPORAN EN EL
AÑO 1994: NUEVOS DERECHOS Y GARANTIAS (ARTICULO
43).

# Recurso de amparo

# Habeas data (que tengas)

# Habeas corpus (libertad
física)

30) ESTADO DE SITIO: Artículo
23.

Es una medida excepcional que se adopta en el
país cuando en este se producen circunstancias graves que
justifican su aplicación. Como consecuencia, se
amplían temporalmente las facultades del PE (presidente),
pero sin convertirlo en un poder absoluto, ilimitado o
irresponsable; entonces, el presidente no puede condenar ni
aplicar penas. Se adopta cuando la democracia corre peligro.

Se aplica en caso de:

# Conmoción interna: Conflictos,
piquetes, guerra civil, etc. Ej: Fin del gobierno de De la
Rua.

# Ataque exterior: Peligro de guerra, de
ser invadidos por otros países.

¿Donde se aplica?

# En todo el país (total)

# En partes: Lugar donde se producen los
actos violentos (parcial)

Por cuanto tiempo? Siempre es por tiempo
limitado, para que el presidente o el congreso no apliquen
facultades dictatoriales.

¿Quien/s lo declara/n? Siempre hace falta
una ley del congreso.

# En caso de conmoción interna: El
congreso o el presidente por receso del anterior.

# En caso de ataque exterior: El
presidente y luego pide el acuerdo del Senado.

Efectos que produce: Se "suspenden" todas las
garantías constitucionales, menos el Habeas Corpus
(libertad física). Artículo 43 y 23 (última
parte).

31) PODER
LEGISLATIVO:
La función legislativa la ejerce un
órgano colegiado y complejo al que la CN llamo "Congreso"
(articulo 44). Esta compuesto por dos cámaras: la
cámara de Diputados y la cámara de
Senadores.

# La cámara de diputados representa
al pueblo y esta compuesta por diputados elegidos por el pueblo
de las provincias y de la Ciudad de Bs. As. El numero de
diputados (actualmente 257), debe ser proporcional a la cantidad
de habitantes y es determinado por ley del Congreso, cada diez
años, tras la realización de cada censo.

Requisitos: 25 años, 4 años
de ejercicio de la ciudadanía y haber nacido en la provincia
que lo elija o con dos años de residencia en la misma.

# La cámara de Senadores representa
a las provincias. Cada provincia y la Capital
están representadas por tres senadores. Dos senadores
corresponden al partido de mayor representación en la
legislatura
local, y el senador restante, al partido que le sigue. Los
senadores duran 6 años en su cargo y son reelegibles
indefiniblemente, Se renuevan por tercio cada dos
años.

Requisitos: 30 años, con 6
años como mínimo de ejercicio de la
ciudadanía, y haber nacido en la provincia que lo elija o
con dos años de residencia antes de la
elección.

Atribuciones del Congreso:

  • Legisla cuando establece normas obligatorias
    destinadas a regular el funcionamiento de los organismos de
    Estado y la conducta de los particulares. Ej: El congreso
    dicta los códigos Civil, de Comercio, Penal, de
    Minería, de Trabajo y Seguridad Social, etc.

  • Gobierna porque también puede adoptar
    decisiones destinadas a procurar el bien común. Ej:
    Fija el presupuesto anual de gastos o admite o rechaza la
    renuncia del presidente.

  • Controla para asegurar la división de
    poderes y la forma republicana de gobierno. Ej: Promueve y
    concluye un juicio político.

32) PODER EJECUTIVO: Es ejercido por el
Presidente. Es unipersonal. El vicepresidente reemplaza al
presidente en caso de enfermedad, ausencia, muerte o
renuncia.

Ambos son elegidos en forma directa por el
pueblo, en doble vuelta electoral.

Duran 4 años en sus funciones y pueden ser
reelegidos, o sucederse recíprocamente por un solo periodo
consecutivo.

Todos los actos del presidente deben ser
refrenados y legalizados por los ministros.

Atribuciones del Presidente: Es el
comandante en jefe de todas las Fuerzas Armadas de la
Nación, y tiene también la facultad de declarar la
guerra y ordenar represalias contra estados agresores, para lo
que necesita autorización del Congreso Nacional.

El presidente es el encargado de nombrar a los
magistrados de la Corte Suprema con acuerdo del Senado.

El presidente puede decretar la
intervención federal de una provincia o de la ciudad de
Bs. As en caso de receso del Congreso.

Puede declarar el Estado de Sitio por tiempo
limitado en uno o varios puntos del país, en caso de
ataque exterior, con acuerdo del Senado.

33) PODER
JUDICIAL:
Es ejercido por la Corte Suprema de Justicia y
por los demás tribunales inferiores que el congreso
establezca en el territorio nacional. Es el más alto
tribunal. El numero de jueces no esta determinado en la CN sino
que se regula por ley. Son 9 miembros en la actualidad.

Los miembros son elegidos por el presidente con
acuerdo de los dos tercios de los miembros presentes del senado
en sesión pública.

Es un órgano independiente con
autonomía funcional, cuya función es promover la
actuación de la justicia en defensa de los intereses
generales de la sociedad.

Duran en sus cargos mientras dure su buena
conducta. Solo cesan en sus funciones por muerte, renuncia o
jubilación.

Al cumplir 75 años, necesitan un nuevo
nombramiento del Presidente con acuerdo del senado, por un
periodo de cinco años; y luego necesitaran de nuevas
ratificaciones cada cinco años.

Requisitos: Ser abogado, con ocho
años de ejercicio como mínimo, mas los requisitos
para ser senador.

La función del Poder Judicial, es
administrar justicia y controlar a los otros poderes asegurando
la supremacía de la CN.

34) ARTICULO 1 DE LA CN: GOBIERNO:

Representativo: Significa que el pueblo no
actúa directamente en la resolución de los asuntos
públicos, sino que lo hace por medio de sus
representantes.

Republicano: Republica: del latín
"res" cosa y "publica" de todos. Se denomina así a una
forma de gobierno que presenta entre otras, las siguientes
características:

# Igualdad de los habitantes ante la
ley,

# Soberanía del pueblo,

# Renovación periódica de
los gobernantes,

# División de poderes,

# Publicidad de los actos de gobierno,

# Responsabilidad de los funcionarios
públicos.

FEDERAL: Se caracteriza por la
unión política de dos o más Estados o
provincias, que aceptan un gobierno común; pero cada uno
de ellos conservando una parte de su soberanía.

El Poder Publico delegado por la soberanía
del pueblo, se distingue entre el gobierno federal y las
provincias.

35) DERECHOS POLITICOS: Son los que
permiten al hombre, intervenir en el poder, adoptando decisiones
políticas. Ej: derecho de elegir y de ser elegido, a
afiliarse o constituir un partido político, etc.

Partidos Políticos: Artículo 38
de la CN.
Los partidos
políticos son instituciones fundamentales del sistema
democrático. Su creación y el ejercicio de sus
actividades son libres dentro del respeto a la CN, la que
garantiza su organización y funcionamiento
democráticos, representación de las
minorías, la competencia para
la postulación de candidatos a cargos públicos
efectivos, el acceso a la información publica y la difusión de
sus ideas.

El Estado contribuye al sostenimiento
económico de sus actividades y de la capacitación de sus dirigentes.

Los partidos políticos deberán dar
publicidad del
origen y destino de sus fondos y patrimonio.

36) VOTO O SUFRAGIO: Es una
expresión política de voluntad individual. El
objetivo es la participación del ciudadano en la
designación de los representantes del pueblo, de
funcionarios públicos o aprobar/rechazar actos de
gobierno.

Tipos de sufragio:

  • a) Universal: Todos los habitantes,
    mayores de edad, no extranjeros ni incapacitados, etc.

Calificado o restringido: Votan aquellas personas
de posición económica o de cierto grado de
instrucción.

  • b) Secreto: El sistema impide saber por
    quien vota cada ciudadano.

Publico: El voto se realiza
públicamente.

  • c) Obligatorio: Votar es un derecho y un
    deber.

Facultativo: Votar es solo un derecho.

  • d) Directo: Se vota por los candidatos
    propuestos.

Indirecto: Se vota por electores, que hacen la
elección final entre los candidatos propuestos.

En Argentina el voto es universal, secreto,
obligatorio y directo.

Otras formas de participación:

# De colegios, distritos o
circunscripciones uninominales: El territorio se divide en
distritos y en cada uno de ellos se elige un representante. Los
votantes eligen entre los candidatos a ocupar ese cargo. En
Argentina se aplico algunas veces para diputados.

37) GOLPE DE ESTADO: Quiebre o ruptura del
orden constitucional. El objetivo fundamental es derrocar a las
autoridades elegidas legítimamente a través del
voto, eliminar el parlamento y suprimir los derechos y
garantías constitucionales. Es un atentado a la
democracia; su fin es eliminarla. Así, se instaura un
gobierno de facto, de hecho o dictatorial, donde una sola
persona o
conjunto pequeño; concentra el poder, violando el
principio de división de poderes. La voluntad del dictador
pasa a ser la norma suprema, no se respetan las leyes y se domina
al pueblo con o sin su consentimiento.

Hacen falta las fuerzas armadas, más
ciertos sectores de la población, es decir su consenso.
(ej: los de derecha).

38) FORMAS DE
GOBIERNO SEGÚN:

ARISTOTELES:

# Puras:

-El objetivo es el bien de todos los miembros de
una comunidad.

-Monarquía: Gobierno de uno solo.

-Aristocracia: Gobierno de los mejores.

-Democracia: Gobierno de muchos.

# Impuras:

-El objetivo es beneficiar el interés de
unos pocos, los que controlan el poder.

-Tiranía: Poder despótico ejercido
por el monarca.

-Oligarquía: Gobierno de unos pocos en su
beneficio.

-Demagogia: Dominación tiránica de
la masa popular.

MAQUIAVELO:

# Principado (monarquía).

# Siglo quince

Republica: Representaba dos variantes
(Aristocrática y democrática).

MONTESQUIEU:

# Republica: Democrática (el poder
reside en el pueblo), Aristocrática (El poder reside en
una parte del pueblo).

# Monarquía: Gobierno de uno solo,
pero respetando las leyes; Despotismo: monarquía: donde el
rey no respeta la ley y gobierna según su voluntad, sin
rendir cuentas de sus
actos.

HOY:

Democracia Autocracia (op a dem)

Tiranía mayor (despotismo)

Tiranía menor (dictadura)

39) ¿Existe sanción para
quien atenta contra el sistema democrático? Articulo
36.

Serán sancionados según articulo
29; inhabilitados para ocupar cargos públicos y excluidos
de los beneficios del indulto y conmutación de penas.

40) La opinión
pública implica el derecho de publicar ideas por la
prensa sin
censura previa.

La censura es cuando el Estado controla las ideas
o la información antes de ser difundidas.

Los medios de
comunicación son los responsables de la
difusión de ideas, información, etc.

41) DERECHO A ENSEÑAR Y A
APRENDER:

A enseñar: Derecho de impartir
conocimientos que se poseen.

A aprender: Derecho a capacitarse, adquirir
conocimientos.

Aprender no es solo un derecho, es un deber el
adquirir al menos la instrucción primaria.

El Estado esta obligado a garantizar a todos los
habitantes el acceso al aprendizaje.

DIFERENCIAS ENTRE:

DEMOCRACIA AUTOCRACIA

-El gobierno surge de la voluntad -El gobierno
surge de

Del pueblo. Rige la división de un acto de
fuerza o

Poderes que impide la voluntad popular,

Concentración del poder en una pero la
autoridad se

Sola persona. Concentra en una

Persona o grupo.

-Predomina la voluntad de la -Se impone una

Mayoría, pero respetando los voluntad sin
atender

Derechos de las minorías. Otras opiniones
ni

Respetando derechos.

-Es obligatorio publicitar -Solo publicita lo que
se

Los actos de gobierno. Desea difundir. No hay

Libertad de información.

-Los gobernantes se -Tienden a perpetuarse

Renuevan periódicamente. En el poder. Son
frecuentes

Las dictaduras "de por

Vida".

-Existe plena tolerancia -Hay
represión a grupos

Hacia las minorías étnicas,
étnicos, religiosos o

Religiosas o culturales. Culturales, llegando
en

Casos al genocidio.

-Se permite la libre actividad -No se admite
el

De partidos opositores al pluralismo
político.

Gobierno.

-Se respetan los derechos -Es frecuente la

Humanos. Violación de derechos

Humanos.

42) DERECHOS HUMANOS:

Concepto: Son aquellos derechos de los que todos
gozamos por la sola razón de ser personas, sin
ningún tipo de discriminación social, económica,
jurídica, política o ideológica.

Estos derechos son el fundamento de la dignidad
humana y la condición indispensable para lograr una
convivencia sobre bases sólidas.

CARACTERISTICAS DE LOS DERECHOS HUMANOS:

# Universales: Cada persona tiene la misma
dignidad, y nadie puede quedar excluido o ser discriminado del
disfrute de estos derechos.

# Naturales: Su origen es la propia
naturaleza o dignidad de la persona.

# Inalienables: Ninguna persona puede
renunciar a ellos ni negociarlos, y el Estado no puede disponer
de los derechos de los ciudadanos.

# Inviolables: No pueden ser lesionados o
destruidos, pues eso constituiría un atentado contra la
dignidad de la persona.

# Obligatorios: Imponen la
obligación de respetarlos a toda persona y Estado, aunque
no exista una ley que los establezca.

# Indivisibles: Suprimir alguno de ellos
pone en peligro la vigencia de los demás.

Otro concepto; Desde el punto de vista
jurídico, los derechos humanos son facultades o
prerrogativas que las normas constitucionales e internacionales
reconocen a las personas para asegurar su dignidad, respetar su
libertad y garantizar un trato igualitario para todos.

Si estos derechos no son respetados, se puede
exigir su cumplimiento, a través del ejercicio de la
ley.

43) DIFERENTES CLASES DE DERECHOS:

#De primera generación: (los
titulares de estos derechos son las personas, los habitantes o
los ciudadanos). Desde el siglo dieciocho hasta principios del
veinte. Solo reconocía los derechos civiles o
individuales. Estaos derechos consideran a la persona como un
individuo dotado de libertad y de autonomía.

EL DERECHO A LA VIDA es el más importante
de este grupo; y constituye el fundamento básico de la
prohibición de las torturas y humillaciones. De este
derecho, derivan el derecho a la preservación de la
salud y a la
integridad física y psicológica.

Otros derechos: a la propiedad, al honor, a la
libre expresión del pensamiento y
a la
comunicación de ideas, el derecho a la libertad de
transito, de consciencia, de religión y de enseñanza los derechos de contratar, de
comerciar, de asociarse, de reunirse y de contraer matrimonio, a la
intimidad (inviolabilidad del domicilio, de la correspondencia y
de los papeles privados).

#DE SEGUNDA GENERACION: Los derechos
económicos y sociales. Desde fines del siglo diecinueve a
mediados del veinte. Estos derechos sitúan al individuo en
un determinado conjunto social, ya sea por la actividad que
desempeña o porque requiere una protección
especial.

Comprenden:

  • El derecho a trabajar en condiciones dignas,
    a integrar y dirigir asociaciones sindicales.

  • El derecho al descanso diario, semanal y a
    las vacaciones pagas, a la protección de la
    maternidad, a la seguridad social y a ser beneficiario de
    subsidios por desempleo.

  • El derecho al acceso de una vivienda digna, a
    esparcimiento, a la educación y a la cultura.

El sujeto de estos derechos ya no es solo un
individuo, también puede serlo cualquier
organización social.

#DE TERCERA GENERACION: Los derechos de
solidaridad. (Todavía no tienen consagración legal
en la mayoría de los países del mundo).

Se generaron en la década del 80. La
titularidad de estos derechos recae sobre sujetos colectivos, por
ej: la humanidad, un pueblo, una nación, una comunidad o
una etnia. Solo
puede garantizarse mediante la participación solidaria de
todos los miembros de la sociedad (Estado, individuos, organizaciones
públicas y no gubernamentales).

Comprende: el derecho a la paz, al desarrollo, a
un medio ambiente
sano y equilibrado, y al respeto del patrimonio común de
la humanidad.

44) DEMOCRACIA Y DERECHOS HUMANOS: La
democracia como forma de gobierno y forma de vida se basa entre
otras cosas, en el reconocimiento y el respeto a la dignidad del
hombre, a su libertad y a sus derechos. La relación entre
los DH y la democracia es tan intensa que difícilmente
pueda calificarse como democrático un sistema
político que no respete estos derechos. No existe
relación posible entre estas dos y la autocracia; ya que
esta ultima es lo contrario a la democracia y va en contra de
todo derecho.

45) El siglo veinte fue escenario de la
primera y segunda guerra
mundial, donde murieron millones de personas y se cometieron
atroces violaciones contra la dignidad humana. Entonces, los
pueblos iniciaron un camino hacia la concreción de
acuerdos para que la dignidad human no pudiera ser
avasallada.

Finalizada la segunda guerra
mundial, el 24 de octubre de 1945, representantes de
cincuenta países reunidos en San Francisco, EE. UU;
redactaron la Carta de las
Naciones Unidas,
que dio origen a esta organización internacional destinada
a preservar a las generaciones venideras del flagelo de la
guerra, a reafirmar la fe en los derechos fundamentales del
hombre, etc.

El 10 de diciembre de 1948, se aprobó la
"Declaración Universal de Derechos Humanos"; donde se puso
de manifiesto que el respeto de los derechos era primordial para
la convivencia internacional, y que las tareas de regular y
proteger los Derechos Humanos ya no eran exclusivas de cada
Estado, sino que correspondían también al derecho
internacional y a sus organizaciones.

46) CONDICIONAMIENTOS DE LOS DERECHOS
HUMANOS:

Existen diferentes factores que condicionan el
cumplimiento de los Derechos Humanos, en algunos casos,
favoreciéndolos y en muchos otros,
perjudicándolos.

# Factores políticos: La vigencia
de los derechos Humanos requiere de la existencia de una sociedad
democrática, que respete la libertad política, el
pluralismo y a las minorías, si existieran. Es necesario
que el sistema político democrático funcione con
normalidad. En nuestro país, desde 1930 se produjeron seis
golpes de estado, y se caracterizaron por el desprecio de la
dignidad humana.

#Factores culturales: La vigencia de los
DH, necesita que estos sean difundidos a toda la sociedad, de
manera que las personas los conozcan y asimilen sus
contenidos.

#Factores materiales: La miseria, el desempleo, el
analfabetismo
y la marginación son factores que atentan directamente
contra la vigencia de los DH y contra la necesidad que tiene toda
persona de vivir con dignidad.

EL PAPEL DEL ESTADO: Para el ejercicio de las
libertades civiles y políticas, se requiere que los
individuos sean ciudadanos; integrantes de la sociedad y no ser
marginados.

El rol del Estado democrático resulta
fundamental para garantizar los DH de sus ciudadanos en todos los
aspectos, tanto en el plano jurídico como en el
social.

Para que todas las personas puedan gozar de sus
DH, es necesario construir un orden social y político
justo y un Estado que los organice y los haga cumplir.

47) LAS VIOLACIONES DE LOS DERECHOS
HUMANOS:

La declaración de los DH de 1948, no
termino con las violaciones a los mismos, sin embargo, fue un
punto de referencia concreto para
la condena moral y eolítica en contra de la
condición humana.

El terrorismo y terrorismo de estado, la xenofobia y el
racismo, son los
motivos principales de algunas de las grandes violaciones a los
DH que aun persisten.

Existen violaciones sistemáticas:
Aplicadas en forma organizada, con objetivos determinados como
los gobiernos dictatoriales de 1970.

Las violaciones pueden clasificarse en:

  • Por acción: Incluyen casos donde se
    ataca la dignidad humana a través de un acto
    determinado. Ej: La detención arbitraria, el maltrato
    sufrido por los detenidos, la ejecución sin juicio
    previo, la desaparición forzada de persona.

  • Por omisión: Se produce cuando los
    poderes públicos o sus agentes se muestran
    indiferentes ante situaciones que reclaman su
    intervención.

  • Por exclusión: Se produce cuando
    determinados sectores de la población son
    explícitamente marginados del goce de sus
    derechos.

  • Ej: Con las mujeres, los discapacitados, los
    pobres o los miembros de ciertas etnias.

La xenofobia es el odio o el temor
irracional a cualquier persona extranjera que se traduce en actos
de rechazo.

El racismo incluye toda actitud
discriminatoria y segregativa inspirada en la pretensión
de supremacía de una raza sobre las demás.

El termino heterofobia es utilizado para
designar el rechazo (atemorizado y agresivo) que un grupo
muestra hacia
otro considerado diferente. La violación de los derechos
de la mujer: discriminación política,
económica, social y pública.

La violación de los DH también se
produce como consecuencia de la pobreza, el desempleo, el
analfabetismo, etc.

48) LA VIOLENCIA
POLITICA:
Consiste en el uso de la fuerza o de la amenaza de
provocar un daño
contra una persona o un grupo social muchas veces con el fin de
obligarlo a actuar en contra de su voluntad. Ej: secuestro y
ejecución de personas por motivos políticos, los
atentados, la represión y la guerra.

En un sistema democrático, el Estado tiene
el monopolio de
la fuerza legitima: es el único que puede hacer uso de la
fuerza (incluso con violencia), de acuerdo con las normas legales
y solo cuando es necesario usarla para garantizar el orden, la
paz, la justicia, el bien común, la libertad y los DH.

Uno de los fenómenos modernos de violencia
política que atenta contra los DH, es el
terrorismo: cuando un individuo o grupo organizado hace
uso de la fuerza con un objetivo político: abolir un orden
político y social y a reemplazarlo por otro.

El Terrorismo de Estado es una
acción represiva, sistemática e ilegal ejecutada
por el Estado. Ej: abusos policiales, tortura y
desaparición forzada de personas.

El terrorismo de estado es el caso extremo de
violación sistemática de los DH por parte del poder
constituido, es antijurídico porque viola las leyes que
constituyen y legitiman el Estado.

49) Las organizaciones defensoras de los
DH constituyen un movimiento
social que, durante el siglo veinte, fue adquiriendo mayor
importancia.

Amnistía internacional es un ejemplo de
estas organizaciones.

Defensa de los DH en nuestro país: En la
década del treinta, con el inicio del golpe de estado, se
creo la primera organización defensora de los DH, el 20 de
diciembre de 1937, llamada "liga Argentina por los derechos del
hombre".

El resto de las organizaciones surgieron entre
1976 y 1983 (la dictadura).

Otra organización es la de "madres y
abuelas de plaza de mayo". Esta fue creciendo y sumando apoyo
internacional.

Otra organizaciones: Asamblea permanente por los
DH, los familiares de detenidos y desaparecidos por razones
políticas, el centro de estudios legales y sociales, el
servicio de paz y justicia y el movimiento ecuménico por
los DH.

¿Cómo se protegen los DH? Los
mecanismos de protección se denominan
garantías y son fundamentales para la vigencia de
los derechos.

En el derecho interno de cada Estado existen dos
tipos de garantiza:

# Las garantías
genéricas: Se refieren a la organización del
poder político en general. La división de los
poderes del estado permite la protección de las libertades
de las personas mediante el control de los órganos de
gobierno e independencia
del PJ.

# Las garantías
específicas cumplen la función de proteger
concretamente los DH y atienden las características
particulares de la libertad lesionada. Las más importantes
son el Habeas Corpus y el Recurso de Amparo.

Protección internacional de los DH:
Una de las funciones del Derecho internacional y sus
organizaciones (ej: Naciones Unidas), es la protección de
los DH.

50) La convención sobre los
derechos del
niño, firmada el 20 de diciembre de 1989, es uno de
los tratados
normativos fundamentales de la comunidad internacional.

Consta de un preámbulo y cincuenta y
cuatro artículos distribuidos en tres partes.

La contención entiende por niño a
todo ser humano desde su nacimiento hasta los dieciocho
años de edad, y los derechos son dirigidos sin
distinción alguna.

Reconoce el derecho a la vida, a tener un nombre
y una nacionalidad,
a conocer a sus padres. La convención obliga a los Estados
a velar para evitar torturas y prohíbe la
aplicación de la pena de muerte
a menores de dieciocho años de edad.

Nuestro país ratifico la convención
sobre la declaración de los derechos del niño en
1990 y lo incorporo a la CN de 1994.

 

 

 

 

Autor:

Lorena Páez

Partes: 1, 2
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