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Pena o Castigo. Su relación con el IUS Puniendi y los principios que lo limitan



Partes: 1, 2

    1. Resumen
    2. Valoraciones
      sobre el concepto de la ¨ Pena ¨
    3. La Pena.
      Características, Funciones y Fines
    4. El IUS
      PUNIENDI y su basamento Constitucional
    5. Principios
      Limitativos al IUS PUNIENDI y su reflejo en la
      Constitución y las Leyes en nuestro
      país
    6. La
      Determinación de la Pena
    7. Conclusiones
    8. Referencias
      bibliográficas

    La determinación de la prueba
    en el proceso
    penal

    Resumen

    El trabajo aborda
    un tema trascendente para los operadores de la justicia por
    referirse a la Pena y su Ejecución, en el mismo se
    analiza el concepto de Pena
    y su evolución histórica partiendo de la
    antigüedad donde se perseguía un fin vindicativo,
    posteriormente señala como el Derecho Canónico
    conceptualiza la Pena como un Mandato Divino o de Dios,
    después se introducen las teorías
    sobre el carácter Retributivo de la Pena es decir el
    pago por el delito cometido
    en proporción con el mal causado como la famosa Ley de
    Talión y finalmente evoluciona adicionándose al
    necesario castigo y la retribución por el mal causado lo
    relativo a la Prevención tanto en el orden social como
    personal al
    encausado y la Resocialización.

    Se hace un análisis sobre el IUS PUNIENDI o sea
    a la facultad o derecho del Estado a
    castigar y las teorías que lo sustentan partiendo de las
    Teorías Absolutas las que tienen un carácter
    retributivo y represivo señalando que la pena es el justo
    castigo al delincuente que viola la norma legalmente establecida
    propugnando la restauración del daño
    causando a otro sin dirigirse a producir un bien y toma como
    determinante la igualdad que
    debe existir entre ofensa y castigo acogiéndose de esta
    forma a una filosofía vindicativa; Señala las
    Teorías Relativas o Utilitarias también
    denominadas Intimidatorias las que justifican la pena solo
    desde su utilidad como
    medio de intimidación (prevención general) para que
    no se viole la norma y relegan a un segundo plano efecto
    retributivo o de represión y finalmente las
    Teorías Mixtas que justifican la pena tomando en
    cuenta tanto el carácter utilitario como retributivo a las
    que se afilian varios sistemas como el
    Alemán, el Anglosajón y el Cubano el que sostiene
    que la pena se justifica por su utilidad ( efectos preventivos
    generales y especiales ), pero dentro de ciertos límites en
    los que se expresa la idea de justicia distributiva propia de un
    Estado de
    Derecho.

    Finalmente en el trabajo se
    concluye que el IUS PUNNIENDI no es un derecho subjetivo
    del Estado sino una función de
    rango Constitucional en virtud del Pacto Social que lo faculta
    para aplicar una Pena o Medida de Seguridad a
    través de los Tribunales legalmente constituidos y que se
    materializa en dos momentos el primero con la facultad de
    Legislar
    mediante la cual el Estado
    define las conductas más graves que deben ser sancionables
    creando tipos legales y estableciendo marcos sancionadores en la
    legislación penal y el segundo relativo a la facultad
    de juzgar
    que corre a cargo de los jueces quienes imponen la
    Pena concreta.

    También se valora en el trabajo lo relacionado
    con Principios del
    Derecho Internacionalmente reconocidos que actúan como
    límite o equilibrio
    ante el Ius Puniendi y cómo éstos se
    materializan en la Constitución y las Legislación
    Penal, tales como Los Principios de: Legalidad,
    Subsidiaridad, Igualdad ante la Ley, Proporcionalidad o
    Prohibición de Excesos, Humanidad, Culpabilidad,
    Derecho a la Defensa, Resocialización y Presunción
    de Inocencia
    .

    El trabajo analiza lo concerniente a la
    Determinación de la Pena acto mediante el cual el
    Juez fija las consecuencias del delito y su
    individualización y como este proceso atraviesa por
    tres momentos: el primero la Determinación Legal de la
    Pena
    a cargo del legislador cuando pre-establece las
    distintas clases de pena con su rango de extensión; el
    segundo la Determinación Judicial, que es el
    proceso que corre a cargo del Juez donde individualiza la pena y
    decide cual es la idónea para el caso concreto y por
    último la Determinación Administrativa que
    corresponde a la aplicación de las medidas relativas al
    Reglamento Penitenciario de acuerdo a cada tipo de Pena , se
    trata de un momento trascendente pues en muchos países se
    ocupan mucho de la extensión y no del rigor de la pena y
    en otra sucede a la inversa. Sobre este aspecto se concluye en la
    importancia de que los jueces al determinar la pena analicen de
    forma objetiva lo que establece el artículo 47.1 del
    Código
    Penal y se emita la sentencia motivada en todos sus
    aspectos especialmente en el quinto considerando pues una pena
    justa es aquella que se adecua a las particularidades del caso
    concreto.

    Introducción

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