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Evolución del Derecho Bancario en Argentina



Partes: 1, 2

    1. Introducción y
      consideraciones previas
    2. El
      sistema financiero y la actividad bancaria
    3. Mercado
      financiero internacional
    4. Un
      repaso por la historia
    5. La
      moneda Argentina – Antecedentes
    6. La
      actividad bancaria
    7. Bancos
    8. La
      organización del sistema financiero
      argentino
    9. Régimen
      legal vigente
    10. Bibliografía

    Prólogo

    En el presente trabajo
    trataremos de mostrar como fue evolucionando el Derecho Bancario
    en nuestro país de manera que nos pueda servir de
    guía de estudio para comprender mejor su origen
    histórico y su presente. La referencia a términos
    como Globalización o Relaciones
    Internacionales nos lleva a pensar en actividades bancarias
    cada vez más complejas, ya sea por los instrumentos que
    utilizan, ya sea también por la mayor rapidez que
    adquirieron sus acciones desde
    sus inicios. Este nuevo paradigma
    bancario se proyecta naturalmente como una consecuencia
    inevitable de las nuevas
    tecnologías y necesidades del mercado; el
    dinamismo propio de los tiempos modernos exige un cambio
    paralelo casi continuo, casi incesante, en el derecho que lo
    regula, derecho que aparece como el instrumento idóneo
    para la regulación y creación de nuevos mecanismos
    como así también para la nueva regulación de
    los mecanismos existentes.

    Los temas abarcados pueden ser vistos desde muchas
    perspectivas, haciendo de sus límites
    algo difuso y, por sobre todo, extenso.

    Nuestra propuesta tiene una orientación
    más bien didáctica: buscamos realizar una tarea
    seleccionadora que logre discriminar el proceso
    material histórico que nos trajo a éste punto
    concreto en el
    que nos encontramos hoy en día.

    Esperamos alcanzar (con cierta humildad) los objetivos que
    nos proponemos.

    Introducción y
    consideraciones previas

    La actividad bancaria en nuestro país, es de
    naturaleza
    privada y de interés
    público, por esta razón, cuenta con las
    garantías de libertad de
    comercio y de
    asociarse con fines lícitos y útiles, pero su
    actividad está reglada para proteger el interés
    público comprometido. Además este derecho bancario
    esta interrelacionado con las finanzas y la
    economía, de ahí su abundante
    riqueza de las materias a debatir. El problema sistémico
    en la economía es la protección de la fluidez del
    crédito
    o flujo de fondos elemento tipificante de las operaciones
    bancarias, razón por la cual la política de supervisión y custodia del buen
    funcionamiento del sistema que
    realiza el Banco Central de la
    República Argentina
    (B.C.R.A) tiende a evitar las
    corridas bancarias que generan una disminución de la
    oferta de
    dinero, que
    produce una reducción de la actividad económica en
    general.

    En cuanto a lo que podemos denominar el Derecho Privado
    Bancario, es decir las normas que
    regulan las operaciones bancarias entre los bancos y los
    clientes
    usuarios, encontramos pocas normas estructurales, por ejemplo: la
    regulación de la cuenta corriente bancaria en el Código de
    Comercio, la Ley N° 20.636
    de Plazo Fijo, la Ley N° 24.441 de Fideicomiso,
    la Ley N° 25.248 de Leasing, etc.
    y las normas de coyuntura, es decir, las comunicaciones
    "A" del B.C.R.A. cumplen el rol de interferir aún en los
    contratos en
    ejecución entre bancos y usuarios clientes, ya que cada
    operación repercute en el sistema
    financiero, y el B.C.R.A. debe velar por el interés
    público tutelado.

    Los factores que inciden en el éxito o
    fracaso de la actividad bancaria básicamente están
    dados en las políticas
    y procedimientos de
    la gerencia y el
    directorio de un banco, es
    frecuente que los directores carezcan del conocimiento
    bancario necesario o estén desinformados para cumplir
    eficazmente su función de
    supervisión de las distintas actividades del
    banco.

    En el orden internacional, la creciente influencia de
    la
    globalización de los mercados
    financieros impacta en la posibilidad de los Estados para
    definir y llevar a cabo sus objetivos de política
    económica. El concepto y la
    función económica del mercado financiero hay que
    entenderlo desde un contexto global ya que no se limita
    exclusivamente a los aspectos jurídicos ni a las fronteras
    nacionales. No se trata de la interacción con un ordenamiento
    jurídico determinado, sino de la posibilidad de
    contactarse con múltiples esquemas normativos, los que
    frecuentemente pertenecen a sistemas legales
    con principios y
    metodologías diferentes, la práctica contractual en
    las operaciones
    financieras internacionales ha adoptado los usos y técnicas
    del common law.

    El contrato
    bancario
    es la representación final del planeamiento y
    estructuración de la operación, negociación; la preparación de la
    documentación legal necesaria y el
    asesoramiento general son cuestiones que incumben al
    abogado.

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