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Principios generales del Derecho



Partes: 1, 2

    1. Derecho objetivo y Derecho
      subjetivo
    2. La teoría pura del
      Derecho de Hans Kelsen
    3. Fuentes del
      Derecho
    4. La ley o Norma
      jurídica y su estructura
    5. La
      costumbre
    6. La
      jurisprudencia
    7. Los principios
      generales del Derecho
    8. La doctrina
      jurídica
    9. Los fines del
      Derecho
    10. El objeto y
      métodos del Derecho
    11. La
      interpretación jurídica o del
      Derecho
    12. La
      aplicación del Derecho
    13. Las lagunas
      del Derecho y el método
      analógico
    14. Las ramas del
      Derecho
    15. Literatura
      consultada

    Definición

    Con el término "Derecho" designamos un conjunto
    de fenómenos sociales entre los cuales existen unos
    elementos comunes: el tratarse de normas de
    conducta
    obligatoria en una comunidad y
    respaldadas por un mecanismo de coacción socialmente
    organizado. (Latorre, 1980, p. 35)  

    Por otro lado "Derecho" u "ordenamiento jurídico"
    se le define como el conjunto total de las reglas o directivas a
    través de las cuales se prefigura la
    organización de un grupo social o
    partiendo de la cual se realiza dentro de un grupo social, una
    función
    de pacificación de conflictos y
    de satisfacción de pretensiones, recibe usualmente el
    nombre de "ordenamiento jurídico" (Diez-Picazo, 1983,
    p.162).  

    El Derecho es el orden normativo o
    institucional de las conductas humanas en sociedad
    inspirado en postulados de justicia, cuya
    base son las relaciones sociales existentes que determinan su
    contenido y carácter. En otras palabras, es el conjunto
    de normas que regulan la convivencia social y permite resolver
    los conflictos interpersonales.  

    Desde mi punto de vista el derecho es un conjunto de
    normas que regulan las relaciones entre los miembros de la
    colectividad.

    Derecho objetivo
    y Derecho subjetivo

    El derecho en su sentido objetivo es un
    conjunto de normas. Tratase de preceptos imperativos-atributivos,
    es decir de reglas, que además de imponer deberes conceden
    facultades […].   El derecho subjetivo es una
    función del objetivo. Este es la norma que permite o
    prohíbe; aquel permiso derivado de la norma.

    El derecho subjetivo no se concibe fuera del
    objetivo.

    _______________

    http://allanarburola.com/

    La teoría
    pura del Derecho de Hans Kelsen  

    Esta teoría
    consiste en que se puede investigar la esencia del derecho, su
    estructura
    típica, independientemente del contenido variado que ha
    tenido en las diferentes épocas y países. Esta es
    la teoría de una teoría general del derecho; es
    decir de una teoría que no se limita a un determinado
    orden jurídico o a una determinada norma jurídica.
    Esta teoría tiene que precisar el método
    específico y el concepto
    fundamental con los cuales es posible describir y concebir
    cualquier tipo de derecho, de ésta manera proporciona la
    fundamentación teórica de toda consideración
    que tenga por objeto un derecho o institución
    jurídica especial. (Kelsen, 1998, p. 8).  

    Fuentes del Derecho

    Tarea fundamental del jurista es determinar que es
    derecho en cada caso concreto, que
    normas jurídicas y cuáles no lo son y
    también averiguar su contenido. Para ello a
    ninguna investigación filosófica sobre el
    Derecho en general, sin que le baste con aplicar los criterios
    que cada sistema establece
    para fijar cómo se producen las normas jurídicas y
    como pueden ser conocidas. Esta forma de manifestarse la norma
    son lo que se denomina "fuentes del
    derecho" (Latorre, op.cit.p. 59)  

    Para el Profesor
    García Máynez, en la terminología
    jurídica tiene la palabra fuente tres acepciones que es
    necesario distinguir con cuidado. Se habla en efecto, de
    fuentes formales, reales e históricas.
     

    Por fuentes formales entendemos los procesos de
    creación de las normas jurídicas. Se denomina
    fuentes reales a los factores y elementos que determinan
    el contenido de tales normas.  

    El término fuente histórica, por
    último debe aplicarse a los documentos
    (inscripciones, papiros, libros, etc.)
    que encierran el texto de una
    ley o conjunto
    de leyes.   De
    acuerdo con la opinión más generalizada, las
    fuentes
    formales del derecho son la legislación, la costumbre y la
    jurisprudencia. (García Máynez,
    2000, p.51).  

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