- Gobierno de Chile.
Superintendencia de Seguridad Social - Atribuciones
- Ámbito de
fiscalización - Funciones que le
asigna la legislación - Funciones
adicionales del servicio - Estructura funcional
y orgánica - Bibliografía
Introducción
El ámbito de fiscalización
abarca entidades tanto del Sector
Público como del Sector Privado. En efecto,
integralmente se efectúa la supervigilancia y el control de los
organismos administradores , del seguro de
accidentes del
trabajo y
enfermedades
profesionales – Ley 16.744 -; de
las Cajas de Compensación de Asignación Familiar;
de los Comités Paritarios de Higiene y
Seguridad del Sector Público y de los Servicios de
Bienestar del Sector Público.
Asimismo fiscaliza en forma parcial a las
Comisiones de Medicina
Preventiva e Invalidez – COMPIN – dependientes de
SEREMI de Salud; y a
todas las entidades que operan con los denominados Fondos
Nacionales, para los efectos de prestaciones
familiares, subsidios de cesantía, subsidios maternales,
subsidios por enfermedad grave del niño menor de un
año, y subsidio familiar.
Entre las principales funciones de la
Superintendencia se pueden señalar las
siguientes:
El ejercicio comprende la
fiscalización, control, auditoría-financiero
contable y de gestión de los organismos
administradores que se encuentran bajo el ámbito de
competencia de estaSuperintendencia, así como la
calificación de la legalidad y conveniencia de sus
actuaciones en los casos y en la forma que determina la
Ley.Interpretar, en el orden
administrativo, las normas de previsión y seguridad
socialRegular e impartir instrucciones a las
entidades que se encuentran dentro de nuestro ámbito
de competencia, a fin de asegurar su correcto
funcionamiento.Asistir y orientar a los trabajadores,
pensionados y sus familias en la interposición de
reclamos y de recursos de apelación en contra de
resoluciones o decisiones de autoridad emanadas de los
organismos fiscalizados por esta Superintendencia.Planificar y ejecutar, en materia de
difusión, charlas, seminarios y actividades
análogas en materias de seguridad social.
Gobierno de
Chile
Superintendencia de Seguridad
Social
La Superintendencia de Seguridad
Social es una institución autónoma del Estado, con
personalidad
jurídica y patrimonio
propio, que se relaciona con el Ejecutivo a través del
Ministerio del Trabajo y Previsión Social, por intermedio
de la
Subsecretaría de Previsión
Social.
Integra las llamadas Instituciones
Fiscalizadoras, a que se refiere el artículo 2° del
D.L. N°3.551, de 1980.
Se inicia el 10 de diciembre de 1927, con
la denominación de Departamento de Previsión
Social. A partir de julio de 1945, se sustituyó su nombre
por el de Dirección General de Previsión
Social, y en el año 1953, se creó la
Superintendencia de Seguridad Social.
Su actual estatuto orgánico está contenido en la
Ley N°16.395 y con posterioridad, diversas leyes le han
conferido atribuciones adicionales.
MISIÓN
INSTITUCIONAL
Regular y fiscalizar el cumplimiento de la
normativa de seguridad social y garantizar el respeto de los
derechos de las
personas, especialmente de los trabajadores, pensionados y sus
familias, resolviendo con calidad y
oportunidad sus consultas, denuncias y apelaciones, proponiendo
las medidas tendientes al perfeccionamiento del Sistema Chileno
de Seguridad Social.
ESTATUTO ORGÁNICO DE LA
SUPERINTENDENCIA
Su estatuto orgánico está
contenido en la Ley 16.395, texto
refundido de la Ley de Organización y Atribuciones de la
Superintendencia de Seguridad Social y en su Reglamento
Orgánico, contenido en el Decreto Supremo N° 1, de
1972, del Ministerio ya citado.
Sin perjuicio de lo anterior, diversos
textos legales afectan la actividad de la
Superintendencia
D.F.L. N°1/19.653, de 2000,
Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de
la Administración del Estado.
D.F.L. Nº29, de 2004, que fija
Texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº
18.834 sobre Estatuto Administrativo.
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