1. ESTABLEZCA UNA COMPARACIÓN ENTRE REQUISITOS DE AFILIACIÓN, CONTINGENCIAS A CUBRIR, BENEFICIOS ECONÓMICOS Y MATERIALES ENTRE EL D.L. 19990 Y EL DECRETO SUPREMO Nº 054-97-EF
El sistema previsional peruano está constituido por tres regímenes principales1: el del Decreto Ley No. 19990 (denominado Sistema Nacional de Pensiones - SNP), el del Decreto Ley No. 20530 (denominado Cédula Viva) y el Sistema Privado de Pensiones (SPP). Los dos primeros son administrados por el Estado y forman parte del Sistema Público de Pensiones; mientras que el tercero es administrado por entidades privadas denominadas Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP).
I. EL SISTEMA PÚBLICO DE PENSIONES.-
1.1. El Régimen del Decreto Ley No. 19990 o SNP
Este sistema beneficia a los trabajadores sujetos al régimen de la actividad privada (Ley No. 4916 – Decreto Leg. No. 728), a los obreros (Ley No. 8433) y a los funcionarios y servidores públicos bajo el régimen de la actividad pública (Ley No. 11377/ Decreto Leg. No. 276) no incorporados al Régimen del Decreto Ley No. 20530. Es un sistema de reparto, el cual tiene como característica principal el otorgamiento de prestaciones fijas - sobre contribuciones no definidas - en valor suficiente para que la aportación colectiva de los trabajadores financie las pensiones. En la actualidad, este sistema es administrado por la Oficina de Normalización Previsional (ONP).
Las prestaciones que otorga el SNP son cinco:
1. jubilación
2. invalidez
3. viudez
4. orfandad
5. ascendencia
a. Régimen General:
Edad de jubilación: 65 años de edad
Años de aportación: 20 años como mínimo.
Tasa de aporte: 13% de la remuneración asegurable del trabajador
Pensión mínima a otorgar: S/. 415
Pensión máxima2: S/. 857,36
b. Régimen de Jubilación Adelantada:
Edad de jubilación: 55 años (hombres) ó 50 años (mujeres)
Años de Aportación: 30 años (hombres) ó 25 años (mujeres).
Los trabajadores despedidos por reducción de personal o cese colectivo podrán optar a la jubilación adelantada con 20 años de aportes3.
Tasa de aporte: 13%
Pensión a otorgar: La pensión base es la pensión que hubiera recibido el trabajador bajo el Régimen General. Esta pensión se reduce en 4% por cada año de adelanto respecto
de la edad de jubilación establecida en dicho régimen.
c. Régimen Especial de Jubilación:
Incluye a los asegurados nacidos antes del 1º de julio de 1931, en el caso de los hombres, o del 1º de julio de 1936, en el de las mujeres. Para acceder a este régimen, los trabajadores deben haber estado "inscritos en las Cajas de Pensiones de la Caja Nacional del Seguro Social o del Seguro Social del empleado" antes de la promulgación del Decreto Ley No. 19990 (abril de 1973).
El monto de la prestación equivale al 50% de la remuneración de referencia por los primeros 5 años completos de aportación. Por cada año adicional de aportación, dicha tasa se incrementa en 1,2%, en el caso de los hombres, y 1,5%, en el de las mujeres.
d. Otros regímenes de jubilación
Éstos fueron creados para determinados grupos de trabajadores. Por ejemplo, los mineros, los obreros de construcción civil, los trabajadores marítimos, los periodistas, los cuereros (dedicados a la curtiembre) y los pilotos, entre otros, tienen sistemas de jubilación con requisitos y beneficios particulares.
3.1.2. Pensión de invalidez:
Requisitos: La pensión de invalidez es otorgada cuando el trabajador presenta una incapacidad física o mental que le impide ganar más de la tercera parte de la remuneración que percibiría otro trabajador de la misma categoría, en un trabajo igual. Alternativamente, califica aquél que haya gozado de subsidio de enfermedad durante el tiempo máximo permitido y continuara en estado de invalidez.
Página siguiente ![]() |
Trabajos relacionados
Ver mas trabajos de Derecho |
|
Nota al lector: es posible que esta página no contenga todos los componentes del trabajo original (pies de página, avanzadas formulas matemáticas, esquemas o tablas complejas, etc.). Recuerde que para ver el trabajo en su versión original completa, puede descargarlo desde el menú superior.
Todos los documentos disponibles en este sitio expresan los puntos de vista de sus respectivos autores y no de Monografias.com. El objetivo de Monografias.com es poner el conocimiento a disposición de toda su comunidad. Queda bajo la responsabilidad de cada lector el eventual uso que se le de a esta información. Asimismo, es obligatoria la cita del autor del contenido y de Monografias.com como fuentes de información.
Ingrese el e-mail y contraseña con el que está registrado en Monografias.com
|
|