- Concepto
- Evolución del
conocimiento de embarque - Clases
de Bill of Lading "Conocimiento de embarque" - Legislación
nacional - Diccionario
términos del Bill of Lading - Pronunciamientos
vinculantes - Conclusiones
- Bibliografía
Introducción
Los títulos valores son
documentos
necesarios para legitimar el ejercicio del derecho literal y
autónomo que en ellos se incorpora. Pueden ser de
contenido crediticio, corporativos o de participación, y
de tradición o representativos de mercancías.
En este caso lo que originariamente se concibió como un
documento de recibo que acredite la propiedad de
las mercancías transportadas a grandes distancias y que se
efectúan por vía marítima esencialmente,
denominado "Conocimiento
de embarque", evoluciona y se hace necesario que adquiera
características esenciales de título valor, como su
negociabilidad.
Sin embargo no sólo se requiere su convertibilidad o negocio, sino también que
sea seguro y
garantice al propietario de la mercancía su entrega al
destinatario correcto y también para el porteador o
transportador que es responsable de su tránsito, la
entrega al consignatario adecuado.
Estas y otras necesidades modifican el
Conocimiento de embarque o en términos internacionales
llamado "Bill of lading"a que se disgregue en documentos que
asumen diversas situaciones, como al portador, no negociable,
contra entrega previo documento y otros que permiten diversificar
el ámbito de acción
de este documento que crece y se convierte en un título
valor de alcance internacional.
La necesidad de tener una legislación uniforme que
reglamente el comercio
internacional, obliga a las Naciones Unidas a
expresar el Convenio de Hamburgo, donde se hace precisiones sobre
el Conocimiento de embarque y su aceptación por diversos
países, comprometiéndose a incluir dichos
requerimientos en sus legislaciones internas.
EL CONOCIMIENTO DE EMBARQUE
Concepto
"El Conocimiento de embarque es el recibo que prueba el
embarque de la mercancía. Sin este título no se
puede retirar la mercancía en el lugar de destino. De
acuerdo al medio de transporte
toma el nombre específico (Conocimiento de embarque
marítimo o "Bill of Lading" o conocimiento de embarque
aéreo "Airwail", guía aérea, si es por
vía aérea)".
El "conocimiento de embarque" es el documento por medio del
cual se instrumenta el contrato de
transporte de mercaderías por agua. Es el
equivalente a la "carta de porte"
en el transporte aéreo o terrestre.
El "conocimiento" debe ser entregado por el transportador,
capitán o agente marítimo, al cargador, contra la
devolución de los recibos provisionales.
Evolución
del conocimiento de embarque
La evolución tecnológica que afecta
aquellas prácticas, y en particular los distintos
mecanismos de elaboración de los contratos de
transporte, financiero y de compraventa de mercaderías a
distancia, sumados a la transformación que se observa en
el transporte y comercialización, motivan la
aparición de nuevos documentos y de una mecánica innovadora en su emisión, a
requerimiento de las partes, importadores y exportadores del
comercio
exterior.
Es así que la aparición de una nueva
documentaciónpara el transporte de mercaderías por
agua y la difusión de los llamados "sea way bills", se
inscribe en las llamadas 'nuevas tendencias" del Derecho de la
Navegación.
En este caso, innovación en la forma de documentar el
embarque y la propiedad de la carga transportada por vía
marítima. Si en apretada síntesis
se repasa sobre la evolución de la documentación señalada, se advierte
que, culminando un proceso
histórico en pos de lograr seguridad
instrumental en la certificación de los embarques en los
buques y en la del contrato de transporte, aparece el
conocimiento de embarque, documento que, a poco andar, en el
siglo pasado sobrepasa su primitiva y sencilla redacción, propia de un simple 'recibo",
para terminar siendo considerado como un verdadero "título
valor", representativo de las mercaderías en él
consignadas y, por lo tanto, útil y reconocido para su
circulación jurídica y la comercialización
de las mismas.
Esa historia
conocida, fue consolidando y afirmando en sus funciones al
"conocimiento de embarque", aportando la seguridad
jurídica que las partes originarias
(transportador-cargador) y otros sujetos al contrato de
transporte de mercaderías por agua (consignatario,
comprador de la mercadería, bancos, etc.)
requieren.
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