Monografias.com > Sin categoría
Descargar Imprimir Comentar Ver trabajos relacionados

El municipio en Nicaragua (página 2)




Enviado por Luis Gomez



Partes: 1, 2

En ese proceso
histórico de formación o configuración del
Estado, las
clases o grupos
sociales en el poder, se han
tomado el tiempo y la
dedicación para acomodar o configurar entidades de
gobierno local
que cada día respondan más a sus intereses, y a la
par se las han ingeniado para que la población los considere como unas entidades
democráticas y donde cabe la participación ciudadana.

Por lo general, los cambios sufridos por el paso de la
sociedad
esclavista a la feudal y de esta a la capitalista no han
significado la modificación o destrucción del
aparato estatal precedente.

Un rasgo principal del Estado es la división de
la población en unidades administrativo-territoriales y,
en razón de esto, el ejercicio del poder público
según el principio territorial.

En el periodo de la descomposición del
régimen de la comunidad
primitiva, en lugar de las relaciones gentilicias se forma
gradualmente la división territorial de la
población y surge la estructura
administrativa territorial. Al mismo tiempo, se establecen los
límites
del poder público y aparece el concepto de
Estado como país concreto. Se
determinan las fronteras estatales, se crea la dislocación
territorial del poder público y se forman no sólo
sus órganos centrales, sino también los
locales.

En ese entorno, el Municipio como entidad local del
Poder Público, no ha sido ni es hoy una entidad estatal
ajena a cumplir tareas o funciones de
dominación de un grupo o
clase social
sobre otras.

Municipio en
América durante la colonia española y periodo
independiente

En el periodo de la Colonia española en América, los conquistadores y criollos,
utilizaron al Municipio o Ayuntamiento para lograr sus objetivos de
dominación y control sobre
indios y mestizos, para legitimar su sistema de
dominación, que es lo mismo decir que fue utilizado como
un instrumento de consolidación del régimen
colonial y de aseguramiento de las condiciones de vida para los
conquistadores y colonialistas.

El Municipio o Ayuntamiento en las Indias o
América aseguraba el buen funcionamiento de instituciones
coloniales como el repartimiento o las encomiendas. El trabajo
forzado al que eran sometidos los indios era asegurado a
través del Ayuntamiento Indiano, dominado plenamente por
encomenderos terratenientes. El Ayuntamiento fue uno de los
instrumentos utilizados por los colonizadores españoles
para someter, explotar y exterminar a los indios en
América.

Las ciudades coloniales son de españoles, y sus
construcciones entre ellos los mercados
municipales fueron creadas para asegurar el abastecimiento de las
poblaciones españolas. Y dentro de esa lógica,
los Poblados fueron creados con el fin de agrupar en torno a ellos a
los indios que trabajarían bajo encomienda o repartimiento
para los españoles a quienes también
proveerán de trabajo
forzado, alimentos y
demás bienes.
Así como también constituyeron pueblos de indios
alrededor de las haciendas de los terratenientes españoles
para asegurarse la mano de obra.

En esos Ayuntamientos no estaban ni integrados ni
representado los indios ni los mestizos; era una entidad
conformada para y por los españoles.

Durante la conquista
la
organización de los pobladores americanos fue
destruida, y posteriormente los colonizadores le dieron a los
nativos el Ayuntamiento Indígena. Esta entidad, muchas
veces conocida como Comunidad Indígena o Alcaldes de Vara,
todavía sobrevive no tan solo en nuestra
legislación sino también en la práctica
habitual de las alcaldías a las cuales están
adscrita como antes al Ayuntamiento o Municipio Español.

Desde que el Municipio español fue trasladado a
Nicaragua, este no ha dejado de ser un mecanismo de
dominación y reproducción del régimen colonial en
su momento, y del capitalista posteriormente. Aunque algunos
estudiosos dicen que la independencia
de la corona española cerró a medias las puertas
del desarrollo
local mediante el modelo
federativo y descentralizado impulsado por la
metrópoli.

A pesar de las supuestas perspectivas de desarrollo
local bajo ese esquema, después de la independencia, el
Municipio en Nicaragua continuó siendo ese instrumento de
dominación económica, social, ideológico y
político en manos de la oligarquía libero
conservadora y del somocismo sobre los
nicaragüenses.

A partir del 15 de Septiembre de 1821, las diferentes
leyes
relativas a este tema persiguieron el fin de consolidar las
estructuras
políticas y estatales criollas mantenidas
bajo los mismos esquemas de las leyes coloniales. Basta ver la
Proclama de la Independencia de Centro América para
conocer que el Poder Político post independencia lo asumen
funcionarios españoles, y miembros de la Nobleza
española radicados en estas tierras, dando como resultado,
que tanto en las provincias como en los municipios se mantienen
los mismos Alcaldes, Jefes Políticos y demás
funcionarios colonialistas. De ahí que no sea de
sorprenderse que, durante casi una generación( 30
años), dominaran los llamados conservadores en toda Centro
América, y que la historia de esos años
sea muy similar para todos estos países.

La historia del Municipio hasta 1979 nos informa que
esta entidad ha sido un instrumento o medio para sostener a los
regímenes dictatoriales conservadoras o liberales
existentes.

Durante esa época las leyes otorgan a las
autoridades en las localidades, amplios poderes de control sobre
la población, particularmente sobre la desposeída
de recursos
económicos, y desde el territorio es organizado lo que ha
recibido el nombre de AUTORIDAD EN
EL CAMPO, con Jueces de Mesta, y otras autoridades represivas
subordinadas a los Jefes Políticos, Jefes de
Policía y Guardia Nacional, una ley ilustrativa
al respecto lo es El Reglamento de Policía utilizado hasta
hace uno años.

Si durante la colonia La Leyes de Indias fueron
aplicadas a través del Municipio o Ayuntamiento Indiano y
su apéndice el municipio indígena, durante el
período posterior a la independencia de la
metrópoli española los Municipios aplican las leyes
bajo los esquemas coloniales o de Indias que son de beneficio
para los criollos llegados al Poder. En ese contexto, la
población es excluida de las decisiones del Poder Local o
Municipio; en un inicio sólo acceden a cargos en el
Municipio quienes demuestran ser propietarios de bienes y
capital; igual
sucede con el derecho al voto el cual no ejercen ni las mujeres
ni los pobres. Durante el período, post independiente del
siglo XIX, si bien las autoridades municipales eran electas, no
todos los pobladores tenían derecho a votar, por tanto, no
se trataba de un Municipio democrático ni participativo,
mucho menos popular. Nos es probable que algún
indígena haya ocupado cargos dentro de las
Municipalidades. En ese entonces el Municipio es todavía
una entidad por medio de la cual los criollos en el poder
acrecentarán sus posesiones o propiedades.

En otras partes de América se presentan casos
evidentes de exclusión y racismo contra
los indios, así en 1875 en la Cámara legislativa de
El Ecuador el
Presidente García Moreno dijo: " no está lejos el
día en que tengamos que perseguir a la raza jíbara
en masa, a mano armada, para ahuyentarla de nuestro suelo y
diseminarla en nuestras costas; dejando libre la
colonización de aquellas fértiles e incultas
comarcas. Para éstas y otras partes despobladas de nuestro
territorio, obtendremos en breve una inmigración de alemanes católicos,
si dais al gobierno la autorización y los fondos
suficientes". Lo sucedido en aquel país parece que se
repitió en Nicaragua desde la colonia, y seguido con la
Revolución
Liberal que provocó casi la desaparición de las
tierras de los indígenas, y que estos se hayan recluido en
lo profundo de las montañas en el norte y atlántico
de Nicaragua.

Esta política casi
continental de lo criollos es la causa de la exclusión de
los indios, los mestizos y los negros en América,
así como de la destrucción de los bosques y
montañas y el consecuente deterioro del medio ambiente
y la biodiversidad
puesta en peligro. Además, indican una posible causa
genética
del porque el apego de los criollo a las potencias
imperialistas.

El Municipio, a partir de 1821 a los años 30 del
siglo XX, sigue siendo uno de los medio para que los criollos y
sus descendientes acumulen riquezas territoriales, a costa de las
tierras municipales o ejidales, e incluso las tierras nacionales,
las cuales son vendidas o donadas a los criollos. También
las comunidades indígenas son sometidas a diversas leyes
que facilitan la privatización de sus tierras. Para ese
entonces quien puede adquirir tales propiedades son los criollos,
incluso mestizos, y excepcionalmente indios que obtuvieron
riqueza gracias a sus vínculos con los
colonizadores.

En esa parte del siglo XX la propiedad
Municipal fue desapareciendo ya sea por venta a precios
ridículamente bajas- muchas tierras ejidales son vendidas
a precios de 50 centavos peso la manzana, es decir, al precio de un
pliego de papel sellado de esa época-, o fueron donados en
calidad de
reconocimiento por servicios
prestados, entregados a pobladores para construcción de viviendas, o por tolerancia,
la tierra pasa
a posesión de particulares.

También, grandes extensiones de tierras en cada
Municipio, fueron entregadas a lo extranjeros que dedicaran sus
actividades laborales a determinada rama de la producción. Por ejemplo, miles de manzanas
de terreno fueron entregadas gratis a alemanes o personas de
otras nacionalidades que cultivaran el café en
la zona norte de Nicaragua. Después Somoza se
apropió de esas tierras durante la Segunda Guerra
Mundial.

El Municipio como institución representó,
durante muchos años, por turnos los intereses de la
oligarquía libero-conservadora que no admite la igualdad de
todos, quizá por racismo y también por evidentes
motivos económicos y políticos.

Con el surgimiento de la dictadura militar
Somocista, el Municipio pasa a ser

Ya en el siglo XX, durante el periodo anterior a 1979 el
voto universal, directo e igual no constituirá un
mecanismo que permita conformar democráticamente el Poder
Local. El Municipio, en un inicio, inmerso dentro del esquema de
protectorado Yanqui, posteriormente dentro del esquema de la
Dictadura
Somocista, no es más que un apéndice, una
institución subordinada totalmente a los intereses de ese
régimen.

En ese período, hasta 1979, la existencia del
Municipio está influenciada tanto por la dependencia
política y económica de Nicaragua al Gobierno
Norteamericano, y por otra parte, por la ligazón a las
ideas jurídicas españolas, en el ámbito del
Derecho
Administrativo.

El derrocamiento de la dictadura Somocista, el 19 de
Julio 1979, abre un nuevo período al Municipio en
Nicaragua. Son constituidas las Juntas de Reconstrucción
Nacional, unas mediante designación y otras por
elección, en todo caso se trata de personas que no han
tenido vínculos con el somocismo y que son reconocidos
como personas notables en la población.

Durante varios años esas Junta de
Reconstrucción Municipal, son integradas por mecanismo
administrativos, no por elección, y su funcionamiento es
regulado por disposiciones administrativas, por lo que se
hacía urgente emitir una ley de la materia. Y es
hasta 1988 que se aprueba la Ley 40 o de Municipios, que
regulará las actuaciones de esas entidades de poder
Local.

Es hasta 1990 que la Ley 40 será aplicada, se
realiza el primer ejerció de elecciones para conformar el
Gobierno Local o Municipal que lo ejerce un Concejo Municipal,
integrado por Concejales Electos, y dentro del cual
elegirán al Alcalde.

La Ley 40 de Municipios no establece una similitud con
el sistema presidencialista. El Órgano de Poder Local es
Colegiado, donde el mandato del Alcalde es revocable por
decisión del Concejo en los casos que la Ley establece.
Además, el esquema está muy apegado al sistema de
representación proporcional que pretendía asegurar
a las minorías partidarias su participación en ese
órgano.

Con el gobierno de 1990, que inicia la
restauración del esquema socioeconómico y
político que imperó en el somocismo, es sometida a
reforma la Constitución Política de la
República y la Ley de Municipios. Entre las
principales reformas de esa Ley está el convertir al
Gobierno Municipal en una réplica en miniatura del sistema
presidencialista que rige para el Gobierno Nacional: Un Alcalde
como Poder
Ejecutivo, y el Concejo como Poder
Legislativo.

Tal reforma, en la práctica ha demostrado que
bajo ese esquema la autoridad local se convierte en una entidad
autoritaria personificada en el Alcalde, y que el municipio no
tiene el contenido democrático exigido por la sociedad. La
facultad de veto que de hecho ejercen los alcaldes, unido a la
imposibilidad de revocar su mandato por incumplimiento o
incapacidad en el ejercicio de sus funciones, son evidencias del
contenido antidemocrático de esa reforma.

El Municipio y su
papel en la dominación social

Hasta hace unos pocos años, parecía que
los municipios un asunto interno del Estado. De esa manera los
empresarios locales y el gobierno se encargaban de posisionar a
las empresas,
organizar la economía y adecuar paulatinamente el
régimen Municipal de acuerdo a los intereses del
régimen o del sistema económico. Para la
mayoría pasaba inadvertido el influjo que en ese
ámbito tenía la división internacional del
trabajo en el cual Nicaragua estaba especializada en la agro
exportación y con una economía de
monocultivo; así como pasaba inadvertida la dependencia
económica, política y cultural.

Hoy, esa disposición del Municipio y de la
economía interna, es evidente que es determinado por
intereses foráneos, particularmente por los intereses de
las empresas transnacionales, organismos multilaterales, organizaciones
internacionales y por los bloques
económicos hegemónicos, y por la Globalización.

Debidos a esos intereses es que a partir de los
años 80 con el fenómeno de la
transnacionalización de la economía, la
movilización del capital financiero, la
relocalización de las empresas en la búsqueda de
las ventajas competitivas para el capital inversionista, el
Municipio toma una renovada importancia como parte de los planes
de la
Globalización Capitalista.

Así, ahora el Municipio es tema obligado en los
Tratados de
Integración
Económica y de Libre Comercio, e
incluso en los Planes del BM, FMI, OMC, e incluso de
los Planes de los Organismos Internacionales de Seguridad y
Defensa.

Todos esos organismos procuran que el Municipio se
adecue a ciertos estándares internacionales que permitan a
las empresas Transnacionales localizarse en ellos. Para tal fin
influyen en las Universidades, Organismos de Investigación y Consultaría en el
ámbito de la administración
pública y localización de empresas, así
como en los organismos empresariales, para que ellos propicien e
incidan para los cambios en la Legislación y teorías
sobre el Municipio, en la actividad de éste y hasta en la
actitud y
marcos conceptuales de los Concejales y personal
administrativo, sin olvidar que propician los cambios "adecuados"
en la actitud de los pobladores.

Estos promotores de estándares convocan reuniones
internacionales de Municipios, emiten resoluciones y documentos de
carácter casi vinculante para los
participantes.

Tales documentos son presentados como el plus de la
organización democrática para los
Municipios y de la promoción de la participación
ciudadana. Son esos organismos quienes impulsan temas
sustanciales como la descentralización del Estado, desarrollo
local, participación ciudadana y la Planificación
estratégica Municipal.

La actividad desarrollada por esos organismos se
concentran en el paradigma del
DESARROLLO LOCAL. Para ellos ningún Municipio en
América puede estar fuera de ese contexto.

De tal manera que Desarrollo Local para esos organismos
y sus académicos, significa insertar al Municipio en la
globalización, en el cual dice se promoverá la
participación de las fuerzas y potencialidades locales, y
lograrán el consenso entre todos ellos (trabajadores,
empresarios y entidades públicas), conformando una
sociedad de paz y una cultura de
paz. En otras palabras, el Desarrollo Local es una forma de
gestionar (justificar) la globalización en / desde y por
el Municipio.

Así visto, el Municipio en América cumple
una agenda de Desarrollo Local con el propósito de
adecuarse al nuevo esquema de organización
política, social, y económica que tiene el capitalismo en
su momento de nueva globalización. También, el
Municipio asumirá el trabajo de impulsar los valores
culturales y esquemas ideológicos requeridos para la
existencia del proyecto global
dentro de la localidad.

El Municipio será el órgano de gobierno de
los representantes del proyecto de economía global en el
territorio. La participación ciudadana, el consenso entre
actores locales, vienen a constituirse en mecanismos o medios tanto
institucionales como conceptuales e ideológicos para
integrar a la población del municipio al nuevo orden
global.

La doctrina del Desarrollo Local, con sus accesorios de
Participación Ciudadana, Consenso,
descentralización y Planes Estratégicos, constituye
el nuevo dogma que permitirá al sistema empresarial
transnacional someter a las poblaciones conquistadas por
él.

Serán los empresarios locales y la burocracia
municipal unidos o en sinergia con
los órganos descentralizados del Estado quienes
personifiquen el nuevo esquema imperial de dominación en
cada división administrativa territorial.

El Municipio que nos proponen los creadores del Modelo o
Sistema paradigmático de Desarrollo Local, con
participación ciudadana, consenso de los actores sociales,
descentralización y desarrollo basado en las propias
fuerzas, no es más que el mismo Municipio, instrumento de
dominación social, que conocemos desde la colonia
española, pero ahora personificado en los representantes
de la Globalización Capitalista.

Nicaragua y el
nuevo modelo de Municipio

La reciente legislación de Municipios en
Nicaragua data de 1988 con la Ley 40, tomando como modelo las
Leyes Municipales de España.
Sin dejar de mencionar que una parte de nuestra
Constitución de 1987 también es tomada del modelo
español.

Nicaragua para ese entonces estaba en la búsqueda
de un modelo de Municipio que se acomodara a las circunstancias
existentes en los años 80, es la época de
surgimiento del Movimiento
Municipalista en nuestro país.

Los legisladores nacionales tomaron como modelo una
experiencia muy disímil a la nuestra como lo es la
Legislación de España. De ahí toman incluso
la idea de participación ciudadana, entre otras.
Difícil no ver que en el régimen monárquico
no puede haber más que participación ciudadana de
mentiras o castrada, y qué decir del régimen
democrático, solo que no es posible cuando el cargo Jefe
de Estado es vitalicio y hereditario, y donde las personas no son
tratadas por igual por cuanto se admite la existencia oficial y
legal del grupo llamado la Nobleza con todos los privilegios que
ahí les conceden. Y de participación ciudadana,
menos cuando los cargos no son accesibles al pueblo o son de
nombramiento vitalicio.

No es casual que en Centro América también
en esa época se vivió una proceso similar con
reformas constitucionales y aprobación de Leyes de
Municipio, y que tengan entre todas muchas similitudes. Incluso
existen similitudes con otras leyes en el resto de
América. Todo indica que existía un movimiento de
transformación y homogeneización de las leyes
Constitucionales y Municipales en América
Central.

En 1990 las criticas a la Ley 40 no se hicieron esperar,
indicando distintos argumentos, por fin se produjo la reforma e
incorporaciones a la Ley 40 en el año 1997. Ambas leyes
representan la búsqueda de un modelo para el Municipio en
Nicaragua. Cada una de esas leyes representa al Municipio en el
momento histórico dado, como resultado de los cambios
políticos, económicos e ideológicos
existentes tanto a nivel nacional como internacional.

Junto a lo anterior, el nuevo modelo de Municipio en la
Globalización, está promovido por diversos
organismos prestamistas, como el BM, FMI, CEE, UE, AID, y otros,
quienes prestan millones de dólares a Nicaragua para que
capaciten a los funcionarios del Municipio, proveen de tecnología, y
sistemas de
organización municipal, fortalecimiento institucional,
fortalecimiento de Inifom, etc. De esa manera todos ellos
aseguran y profundizan la creación e institucionalidad del
nuevo modelo de Estado y Municipio.

Desde hace vario años Organismos estatales,
organismos extranjeros, junto con los Consejos Municipales,
Alcaldes y Organizaciones de Municipios, entre otros, realizan el
arduo trabajo de divulgar y promover los proyectos de
construcción u organización del nuevo modelo de
Municipio en Nicaragua.

Para conformar ese municipio han ideado los Planes
Estratégicos Municipales, han organizado los
Comités de Desarrollo Local, y hasta Comités de
Desarrollo Departamental; han aprobado Ordenanzas para darle
fuerza legal e
institucionalidad a esos órganos; han procedido a
Estructurar el Territorio del Municipio creando Distritos y
delimitando al detalle Comarcas y Barrios; han perfeccionado sus
sistemas de Catastro
Municipal para el cobro del Impuesto sobre
Bienes Inmuebles, mejorado el sistema de control y
fiscalización sobre los pobladores como posibles
contribuyentes, preparan los mecanismos de control y
sujeción sobre las ONG; han
elaborado las Políticas de Descentralización y
Desarrollo Local, y aprobado leyes al respecto.

El Nuevo Modelo de Municipalidad en Nicaragua contempla:
a) un Gobierno Local Presidencialista, con su Alcalde y Vice
Alcalde, con el Alcalde como Jefe del Gobierno Local; y el
Consejo Municipal, Órgano colegiado, como legislador; b)
Comité de Desarrollo Local, dirigido por el Alcalde, e
integrado por representantes de los ciudadanos o actores sociales
(a como le llaman en el proyecto), y representantes de los
órganos estatales descentralizados; c) Comités
Territoriales o Comarcales de Desarrollo Local, igualmente
integrado por representantes de los ciudadanos.

En el Nuevo Modelo, la Municipalidad creada por la Ley
de Municipios como Gobierno Local con autonomía ahora pasa
a compartir el Poder con el Comité de Desarrollo Local, al
cual se le conceden facultades supra legales o Supra municipales.
De tal manera que muchas decisiones del Consejo Municipal deben
ser avaladas o soportadas por el Comité de Desarrollo
Local que Preside el Alcalde.

En Nicaragua el nuevo modelo de Municipio se manifiesta
en una entidad de Gobierno Local con facultades disminuidas y
compartidas con y por un órgano supra municipal como lo es
el Comité de Desarrollo Local o Municipal, y vinculado
estrechamente a la institución de la participación
ciudadana.

El Alcalde asume más poder cuando Preside el
Concejo Municipal y a la vez el Comité de Desarrollo
Municipal, así lo que no logra en el Concejo lo impulsa
por el Comité de Desarrollo.

En el Nuevo Modelo de Municipio la CONCERTACIÓN y
EL CONSENSO se contemplan como elementos unificadores y
apaciguadores de sus componentes. Se convierte este elemento en
el soporte subjetivo del modelo, el que logra acercar las
diversas y disímiles voluntades e interese de los actores
sociales en la consecución de objetivos que incluso pueden
perjudiciales para la mayoría de los pobladores. Mediante
el elemento CONCERTACIÓN SOCIAL y EL CONSENSO DE LOS
ACTORES SOCIALES, se prevé que el municipio tendrá
el control social, la gobernabilidad que asegurará el
desarrollo local.

Descentralización y desarrollo local y
las funciones económicas del Municipio

Como la economía funciona y es organizada
obligatoriamente en un lugar específico, ya se trate de un
módulo lunar, una estación orbital, y
particularmente en un Municipio, es importante más que
antes, ejercer más control sobre este órgano del
poder público, y sobretodo, asegurar que en ella
participen mediante consenso los ahora llamados actores
sociales.

Para asegurar los planes económicos se hace
necesario contar con un aparato estatal y municipal adecuado, y
eso se está logrando en Nicaragua mediante el impulso de
los planes de Desarrollo Local, Descentralización y
elaboración de Planes Estratégicos que configuraran
el nuevo marco institucional del Municipio.

La descentralización está comprometida con
el proceso de globalización, como uno de sus instrumentos
para convertir a los Municipios y Regiones en los espacios
seguros para
la conformación del nuevo tejido productivo que aquella
requiere para existir.

De igual manera, la economía de libre mercado exige una
readecuación en las relaciones sociales de
producción y de las relaciones políticas para que
el sistema funcione con el menor riesgo de
disfunción o de conflictividad.

Por eso mismo, el Municipio, por intermedio de su
personal, debe actuar de forma consciente, premeditada y
comprometidamente en el cumplimiento de las funciones
públicas en la esfera política, la social, la
económica y la espiritual; y tiene que lograr la
colaboración de los pobladores mediante la
convicción y el consenso y transformar la voluntad del
dominador en voluntad del dominado. De ahí la importancia
que los proyectistas dan a la Ley de Estabilidad del Trabajador
Municipal.

Todo esto requiere de la reconfiguración de los
mismos órganos del municipio, y de la correlación
entre ellos con los demás órganos estatales, las
organizaciones sociales y la población o, como ahora los
llaman, de todos los actores sociales, por lo cual es de interés de
los promotores del Desarrollo Local y la Descentralización
la Ley de Participación Ciudadana.

El Gobierno de Nicaragua en su Política Nacional
de Descentralización y Desarrollo Local ( PNDEL) expone
claramente que la descentralización promoverá la
construcción en el territorio de un NUEVO MARCO
ECONÓMICO Y SOCIAL DE RELACIONES ENTRE TODOS LOS ACTORES
INVOLUCRADOS, que propicie y fomente una cultura cívica de
responsabilidades compartidas, sin el cual el desarrollo local no
sería viable ni sostenible. En este punto prevén
conformar un conjunto de valores
ético y cívicos que aseguren la gobernabilidad,
viabilidad y sostenibilidad del desarrollo local basado en las
propias fuerzas( como lo planteaba la Albania Socialista), y
sobre todo la legitimidad y estabilidad del nuevo modelo de
Municipio .

A partir de esa idea también se proponen
construir un "nuevo modelo de Estado".

Ese nuevo modelo de Estado pasa por la
modernización tecnológica del sector
público, reducción del empleo en el
sector público, reducción del gasto
público, privatización de empresas estatales,
etc. Así como por la elaboración del marco
jurídico correspondiente, tal como: Reforma de la
constitución en 1995 y 2000, Reforma a la ley de
Municipios en 1997, Ley de Organización y Competencias y
Procedimientos
del Poder Ejecutivo en 1998, Ley Orgánica del INIFOM en el
2000. De la misma manera están comprometidas las leyes de
Justicia
Tributaria, Ley del IBI, Ley del Consumidor; y
proyectos de leyes como: , Ley de Participación Ciudadana,
Ley de Estabilidad Laboral de los
Empleados Públicos, Ley de Impuestos
Municipales, etc.

El Estado de Nicaragua con el fin de impulsar los
cambios sustanciales en sistema
político y en el mecanismo estatal ha elaborado planes
como: 1. la Estrategia
Reforzada de Crecimiento
Económico y Reducción de Pobreza( ERCERP),
2. la Política Nacional de Descentralización y
Desarrollo Local (PNDEL), 3. el Programa de
Reforma y Modernización del Sector público. 4.
privatización de los Servicios
Públicos que presta el Estado y
los Municipios.

El Gobierno también se ha dispuesto
organizándose de la siguiente forma: a) Comité
Ejecutivo de Reforma de la
Administración Pública ( CERAP); b)
Comisión Sectorial para la Descentralización; c) la
Secretaría Técnica de la comisión Sectorial
para la Descentralización; d) la Comisión Nacional
de Descentralización y Desarrollo Local
(CNDEL).

Para esta misión
coopera el INIFOM, Ministerios,
el FISE y diversas organizaciones no gubernamentales e
internacionales, los cuales impulsan el proyecto en diversos
programas.

Como parte del esquema incorporan como áreas de
actuación las siguientes: I. Instituciones y/o Agencias de
Desarrollo
Económico Local; II. Dinamización empresarial;
III Mejora del entorno de los negocios; IV.
Financiamiento
de pequeña infraestructura física local; V.
Financiamiento de iniciativas locales de empleo. Se trata en fin
de actuaciones para potenciar a la empresa
privada a la cual se destinaran los fondos municipales y
estatales a modo de subsidio.

Veamos algunos objetivos que persigue la
descentralización:

  • En fin, se trata de diseñar políticas
    públicas que logren la transformación integral
    a la sociedad de acuerdo con el esquema de la economía
    de mercado o globalización.

  • Definir Quiénes son actores sociales: el
    gobierno central, la empresa privada, las ONG, las
    organizaciones de la sociedad civil y las alcaldías y
    gobiernos regionales. Todos deben concertar para defender su
    economía y mejorar su competitividad.

  • Favorecer la alianza entre el gobierno y la
    iniciativa privada para la inversión y el desarrollo
    del sector servicios, hacer más favorable el ambiente
    para que los empresarios se sientan atraídos para
    invertir en las regiones, departamentos y municipios; que el
    Estado y Municipios financien la construcción de
    instalaciones que puedan ser usadas por la empresa privada, y
    activar a la micro, pequeña y mediana
    empresa.

  • Fortalecer la capacidad del personal y los equipos
    de los gobiernos regionales y municipales.

  • Que se persigue mejorar la calidad de vida de las
    comunidades, y mejorar la calidad de los
    servicios.

  • Que los municipios y regiones pongan atención
    a la economía, que produzcan más y de mejor
    calidad, que tengan reglas claras y aceptadas por empresarios
    y trabajadores, donde existe mayor inversión privada
    que genere empleos y aumente los ingresos de las familias
    trabajadoras.

  • Despolitizar, despartidizar y desideologizar las
    ideas que tengamos sobre el Gobierno, el Estado y sus
    actos.

  • Lograr que el Municipio sea competitivo desde el
    punto de vista económico.

  • Asegurar una mayor centralización
    burocrática sobre los municipios, apoyándose si
    es necesario en las transferencias presupuestarias como un
    mecanismo propicio

Visto así, la Política Nacional de
Descentralización y Desarrollo Local persigue convertirse
en el instrumento que permita involucrar al Municipio, la
Región y su población en el proceso de
globalización de la economía pasando por las
reformas microeconómicas para mejorar la competitividad
de los sistemas productivos de las regiones y
municipio.

En fin, esta Políticas Públicas pretende
lograr la transformación integral a la sociedad de acuerdo
con el esquema de la economía de mercado, haciendo
modificaciones institucionales, legislativas, y en las relaciones
sociales, y las relaciones entre la gente y el aparato
estatal.

LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA,
CONCERTACIÓN Y EL NUEVO MUNICIPIO

Desde las Asambleas Populares de Atenas y Roma, donde
sólo participaban los aristócratas, y jefes
militares( Patricios y eupátridas); pasando por los
Concilios de la Plebe y los Plebiscitos en Roma; y las Asambleas
de los Freeman, o la Asamblea de la Mark entre los germanos, los
Thing o Civitas entre los llamados bárbaros; llegando al
Consejo de Delegados por Gremios en los Burgos medioevales o al
llamado Cabildo en España propiciados por los Estatutos de
las Ciudades o las Cartas Pueblas
otorgadas por el Rey, que crearon condiciones para la
formación del Régimen Parlamentario, Cortes o
Estados Generales donde tienen participación o
representación los señores feudales, y con la
Revolución
francesa ya el hombre
común, los plebeyos acceden al Municipio y al Parlamento;
la experiencia de los Estatutos de las colonias inglesas en
América dados por sí mismos o por el Rey, algo
similar se dio en la edad media en
varios Burgos que tenían sus propios fueros o leyes dados
por sus mismos pobladores, eso concedía una amplia
autonomía que las diferenciaba grandemente de las colonias
españolas, francesas o portuguesas, todas fueron formas de
participación ciudadana en el ejercicio del
Poder.

Se trata de modalidades y mecanismos de
participación en el poder público que impulsaron
los aristócratas y potentados de las ciudades; de
esclavistas, aristocracia feudal y burgueses según la
época. Quienes participaban eran únicamente los
varones nombrados por el Rey o delegados de entre los potentados
de las ciudades. A fin de cuentas era una
representación limitada a los adinerados y la aristocracia
feudal, de tal manera que cumplía el propósito de
sustentar los intereses de ambos sectores, siendo excluidos los
campesinos, trabajadores libres y la mayoría de los
habitantes.

En estas modalidades no participaban los sectores
sometidos a esclavitud, a
condición servil, ni los pobres, así como tampoco
las mujeres.

Los casos de las Asambleas de la Plebe y su efecto en el
sistema jurídico y social romano fue producto de la
iniciativa de esa masa de pobladores libres en Roma, fue una
conquista; de igual manera, las Asambleas en los Burgos
medievales con su independencia y autonomía, fue el
resultado de la actividad propia de los pobladores libres en las
ciudades. En ambos casos se trata de grupos sociales
que luchan por mejores posiciones en la estructura de poder y de
defensa de sus derechos. Son dos casos que
logran incidir en el sistema jurídico y la
sociedad.

Vemos aquí dos experiencias importantes por
cuanto desde afuera luchan no por cimentar el status quo
imperante sino por obtener reivindicaciones, así surge el
Plebiscito, el Tribuno Plebes, y la Autonomía Municipal.
Pero no fue la participación ciudadana lo que
permitió a la burguesía tomar el poder y derrocar a
la aristocracia y nobleza feudal.

En América, El Cabildo, institución
traída por los colonizadores, fue una forma de
participación de los ciudadanos españoles
colonizadores. Ya conocemos que en España, durante la edad
media la autonomía municipal había adquiridos una
significación importante. Pero ese rasgo no impide conocer
que tanto el Ayuntamiento o Municipio y el Cabildo como
mecanismos de participación ciudadana eran de uso
exclusivo de los colonizadores, para actuar en contra de los
indios.

En los ejemplos dados, la participación ciudadana
es limitada, al restringido concepto de CIUDADANIA, y al
ámbito de la legitimación o reproducción del
status quo en el momento histórico dado.

La participación ciudadana aun en nuestra
época donde todos somos ciudadanos y se propicia la
inclusión de la mujer, los
niñ@s y adolescentes,
continúa limitada a los aspectos que permiten la
legitimación del Poder Público.

Así, si la descentralización, y el
desarrollo local como elementos instrumentales para asegurar la
implantación de la Globalización Económica en Nicaragua
y sus Municipios, requieren de la institución de la
Participación Ciudadana para lograr un entorno ideal de
paz social, gobernabilidad y legitimidad a lo cual se llega
mediante el CONCENSO O CONCERTACIÓN que se
construirá por medio de los diversos mecanismos de
participación ciudadana.

El principal interesado en impulsar la
Participación Ciudadana, es el Estado y en particular los
Municipios. Estos ya se han dado a la tarea de constituir los
mecanismos, de institucionalizarlos, ya están en
aplicación desde hace unos años. Eso no es casual,
a ellos no les preocupa, saben que se da dentro del marco
político y jurídico que asegura la
no-intromisión en los asuntos estratégicos o
estructurales.

El Estado desea que los ciudadanos participemos en la
gestión
pública, que aprobemos sus programas y planes, pues de esa
manera se asegura una mayor legitimidad para sus
actuaciones.

Mediante la Participación Ciudadana se asegura la
legitimación tanto del presupuesto como
de la burocratización del aparato estatal incluidos los
Municipios, asegura que la ciudadanía se apropie tanto de los
programas de ajuste estructural, como de los planes de
privatización de los servicios públicos prestados
por el Estado y los Municipios, así como también de
las empresas y bienes públicos estatales o
municipales.

La Participación Ciudadana persigue mediante el
fetiche de la concertación o consenso que todos impulsemos
los programas de fortalecimiento de la empresa privada,
de enajenación de los bienes y recursos
nacionales a las empresas transnacionales, que impulsemos los
programas de autonomía escolar, privatización de
los Servicios de Salud
Pública, agua potable,
y seguridad
social.

En el proceso serán utilizados diversos métodos
para lograr el consenso y la paz social. De tal manera que la
Participación Ciudadana en manos del Estado y los
Municipios, ya institucionalizada, será el vehículo
para crear nuevas relaciones sociales, o mejor dicho para
mediatizar las contradicciones inherentes a la sociedad
nicaragüense, o para hacer creer que no existen, y centrar
la atención en la violencia
familiar y las diferencias de género, el
medio ambiente o las
microempresas.

Mediante la institución de Participación
Ciudadana pretenden que la penetración de la
globalización en Nicaragua, como en el resto de
América, sea aceptada como un proceso natural e
inevitable.

Esta institución es utilizada a modo de dogma de
fe, se impulsa y se hace creer a la gente que no es conveniente
oponerse ni objetar a tal iniciativa. De tal manera que unidos
los conceptos de descentralización, desarrollo local y
participación ciudadana, conforman la trilogía
teórica técnica y dogmática del
Municipio.

Hoy en Nicaragua la Descentralización, el
desarrollo local y la participación ciudadana no son meros
elementos técnicos y teóricos que debamos aplicar
sin cuestionar, pues se trata de instrumentos de
organización social y de adecuación de la conducta de los
pobladores de un territorio al que llamamos Municipio, y, por
tanto, se trata de elementos empapados de contenido
ideológico y político. Por otra parte el Municipio
no es una entidad atemporal, neutra, imparcial y ajena a los
conflictos
sociales y las diferencias económicas y de todo tipo; por
el contrario, el Municipio existe como resultado de esas
diferencias y es una entidad parcializada y organizada para
mantener su parcialidad a toda costa y bajo distinto
métodos y formas.

Si la Globalización es la impulsora para la
creación del Nuevo Modelo de Municipio en Nicaragua,
así como de la conformación de una actitud
complaciente de la población para con aquel proceso, y en
ese proceso se involucran miles de personas impulsadas por el
genuino deseo de mejorar su calidad de
vida y que Nicaragua sea mejor, creo que es justo que alguien
les diga la otra versión de la historia.

 

 

 

 

 

 

Autor:

Luis Ernesto Gómez
Martínez

Jinotega 2 de Abril 2003-04-04

Partes: 1, 2
 Página anterior Volver al principio del trabajoPágina siguiente 

Nota al lector: es posible que esta página no contenga todos los componentes del trabajo original (pies de página, avanzadas formulas matemáticas, esquemas o tablas complejas, etc.). Recuerde que para ver el trabajo en su versión original completa, puede descargarlo desde el menú superior.

Todos los documentos disponibles en este sitio expresan los puntos de vista de sus respectivos autores y no de Monografias.com. El objetivo de Monografias.com es poner el conocimiento a disposición de toda su comunidad. Queda bajo la responsabilidad de cada lector el eventual uso que se le de a esta información. Asimismo, es obligatoria la cita del autor del contenido y de Monografias.com como fuentes de información.

Categorias
Newsletter