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Política Exterior y Agencia Peruana de Cooperación Internacional (página 2)



Partes: 1, 2

Por lo tanto, es necesario e indispensable advertir que para
establecer un concepto
actualizado y moderno de política exterior se
debe tomar en cuenta no sólo a los nuevos actores no
gubernamentales emergentes en el escenario internacional sino
también que, como toda política en general, la
política exterior esta compuesta como refiere William
Hanzleton por "decisiones y acciones" sin
perjuicio de los casos de "inacción" que señala
Francesc Pallares, por cuanto, "una política puede
consistir también en aquello que no se ésta
haciendo".

En tal sentido, no se puede soslayar bajo los fundamentos y
argumentos expuestos que toda política en general y con
mayor razón la política exterior pasa
necesariamente por un proceso de toma de
decisiones.
[3] En este orden de ideas, al
momento de definir y establecer un concepto de política
exterior los tratadistas no sólo deben tener en cuenta su
"fase de ejecución" entendida como un conjunto de acciones
o posiciones, tal como afirma el Embajador Javier Pérez de
Cuellar entre otros autores, sino también deben enfocar su
"fase de elaboración" que es en donde surgen las
decisiones que rigen el comportamiento
externo del Estado.

  • 2. Reseña en el Perú:

Para tomar un punto de partida en la política exterior
peruana convenga fijarla en la creación del Ministerio de
Relaciones Exteriores, en agosto de 1821, inmediata al
advenimiento del Perú a la vida independiente, aun cuando
todavía la libertad no
estaba totalmente conseguida. Es así, pues, con la
constitución de la Cancillería que
el nuevo Estado peruano pudo desenvolverse en el plano
internacional ejerciendo acciones en el campo externo de acuerdo
a su problemática de Estado recién nacido.

Sería largo describir la conducta
internacional peruana en casi más de siglo y medio de
existencia. No obstante, señalaremos algunos de sus
importantes logros, sin por ello significar que los no
mencionados no revistan importancia o trascendencia. En primer
lugar, de indudable valor el hecho
de que en el país, desde los albores de su personalidad
independiente, sustentó su política exterior en
principios que
posteriormente iban a ser recogidos en las Cartas de San
Francisco y Bogotá. En efecto, el Perú, desde
1821,ha sido celoso defensor de los principios de soberanía e independencia,
de no intervención, de respeto a los
Tratados
libremente acordados conforme a las normas del
Derecho
Internacional, y ha sido y es decidido partidario de la
solución pacífica de las controversias.

Dentro de este contexto, el Perú vive en paz,
armonía y concordia con todos sus vecinos, y no
podría ser de otra manera, toda vez que no tiene problemas con
ninguno de los países limítrofes, cuyas definidas
fronteras están garantizadas por tratados intangibles y
cuyas raíces comunes (étnicas, religiosas,
idiomáticas y culturales) le han marcado el imperativo de
convivir cada vez más estrecha e interdependientemente con
ellos.

Con la asunción al poder en 1968
del Gobierno
Revolucionario de la Fuerza Armada,
se abren nuevos derroteros y horizontes a la política
internacional del Perú, de tal suerte que se carga el
acento en el nacionalismo y
la independencia económica, en su ubicación en el
ámbito tercermundista y no alineado y en sus corolarios
lógicos de universalidad en las relaciones y de ejercicio
del pluralismo ideológico, pilares sobre los que se
sustenta nuestra política internacional y que el Gobierno
del Presidente Morales Bermúdez llevo adelante desde 1975,
poniendo énfasis, principalmente, en la vocación
americanista del Perú y su decidido afán de lograr
una auténtica integración
latinoamericana.

Como logros o aportes peruanos en el campo internacional, cabe
destacar la doctrina de las 200 millas, que ha influido
decisivamente en la formulación de un nuevo Derecho del
Mar; el apoyo al planteamiento del nuevo orden económico
internacional propiciado por el grupo de
países en vías de desarrollo, y
que ha determinado la Declaración sobre este tema en el
seno de las Naciones Unidas;
la determinante actuación peruana en la defensa de los
intereses de los países productores de materias primas,
cuyo fehaciente testimonio lo encontramos en las Conferencias
sobre este problema de París y Dakar; el efectivo impulso
a los movimientos integracionistas en América
hispana, y sus fundamentales aportes para la
reestructuración del Sistema
Interamericano, a fin de adecuarlo a la nueva dinámica internacional y convertirlo en una
Organización que esté
auténticamente al servicio de la
mayoría de los países que lo conforman; el
énfasis particular dispensado a la
organización y desarrollo del Grupo Subregional
Andino; su decidido apoyo a las reivindicaciones panameñas
para recuperar la soberanía sobre la zona del canal, y,
finalmente, fiel a su vocación pacifista, vale la pena
resaltar la iniciativa peruana en pro de la limitación de
los gastos militares
y el desarme en los ámbitos regional y mundial.

  • 3. Fundamentos de la política
    exterior:

Bases Conceptuales: Factores que definen la
orientación y la capacidad de acción
de la política exterior peruana:

  • Los intereses nacionales:

Su defensa y promoción constituyen el norte fundamental
de la política exterior, que se concibe por lo tanto desde
una perspectiva de Estado, construida en función de
la historia y del
consenso nacional y social.

  • Los atributos del Perú:

Cultura plural y milenaria

Geografía que concentra una de las mayores diversidades
biológicas del mundo y que ofrece ventajas
geoeconómicas, con su presencia y proyección hacia
los ámbitos andino, amazónico y de la cuenca del
Pacífico.

Consolidación de la democracia, el
estado de derecho
y el respeto a los derechos
humanos

Capacidad, competencia y
eficacia de la
diplomacia: acumulación histórica de experiencias y
capacidades.

  • El entorno internacional

Las relaciones del Perú en los ámbitos
limítrofe, subregional y regional.

El impacto de la
globalización en todas sus manifestaciones y procesos:
políticos, estratégicos, comerciales, financieros,
sociales, demográficos, científicos
tecnológicos, culturales y comunicacionales.

Marco Jurídico

  • La Constitución política, que fija las
    atribuciones de los organismos del Estado en la
    formulación y gestión de la política
    exterior.

  • El sistema normativo internacional, expresado en los
    compromisos adquiridos por el Perú a través de
    convenios de alcance bilateral y multilateral.

Marco Político

  • El Acuerdo Nacional, que establece las políticas de
    Estado prioritarias concertadas por los principales sectores
    políticos y sociales del país.

  • El sistema internacional organizado, representado por las
    instituciones y foros de concertación política
    y económica de los que nuestro país es
    parte.

Lineamientos de
la política exterior peruana

Los lineamientos de la política exterior peruana tienen
como referente central las Políticas
de Estado del Acuerdo Nacional[4]con especial
énfasis en los objetivos
establecidos en la Sexta
Política[5]Ésta reafirma el
compromiso de ejecutar una política exterior al servicio
de la paz, la democracia y el desarrollo, mediante una adecuada
inserción del Perú en el mundo y en los mercados
internacionales, respetando los principios y normas del Derecho
Internacional, en un marco de diálogo
interinstitucional, incluyendo a las organizaciones
políticas y a la sociedad
civil.

Asimismo, la Sexta Política del Acuerdo Nacional
establece siete objetivos básicos vinculados a los
principales temas de nuestra política exterior:

  • a. Promover la paz y seguridad internacionales, a fin
    de lograr la estabilidad política y confianza
    necesarias para facilitar el desarrollo y la
    erradicación de la pobreza;

  • b. Promover el respeto de los derechos humanos, la
    democracia, el estado de derecho, y la lucha contra las
    amenazas transnacionales y sus delitos conexos;

  • c.  Participar activamente en los diversos procesos
    de integración con miras a un desarrollo
    armónico y la generación de condiciones
    más equitativas en el proceso de
    globalización;

  • d. Impulsar el desarrollo sostenible y la
    integración en las regiones fronterizas;

  • e. Promover y defender los intereses permanentes del
    Estado peruano, sus connacionales y empresas en el exterior,
    y utilizarlos como instrumentos para la captación de
    inversiones y de recursos de cooperación
    internacionales;

  • f. Impulsar las políticas migratorias globales
    que incorporen la promoción de oportunidades
    laborales; y

  • g.  Respetar la soberanía y el principio de
    no intervención en los asuntos internos y
    externos de los Estados.

A continuación, se exponen brevemente los lineamientos
de la política exterior peruana:

4.1. La preservación de la soberanía
nacional

Nuestra política exterior tiene que preservar y hacer
respetar la soberanía e integridad del Estado, con plena
observancia de los tratados de los que el Perú es parte,
conforme al Derecho Internacional. Este objetivo debe
realizarse en estrecha coordinación con los sectores que integran
el sistema de defensa nacional.

Las líneas de frontera
delimitan con nuestros vecinos las respectivas jurisdicciones
nacionales, pero al mismo tiempo, deben
convertirse en espacios modernos, en fuentes
modernas de oportunidades de amistad,
cooperación, comercio,
turismo e
inversiones.

4.2. El afianzamiento de la gobernabilidad
democrática y la defensa y protección internacional
de los derechos
humanos.

Nuestra política exterior debe estar orientada a
consolidar y preservar la coherencia de una política
activa de promoción de la democracia, los derechos humanos
y el respeto al orden jurídico internacional, con el
objeto de transformarla en una renta estratégica.

4.3. La inserción estratégica del Perú
en los espacios andino, amazónico, sudamericano y
latinoamericano

El Perú pertenece a dichos espacios, lo que determina
su aspiración legítima a cumplir un papel
dinámico y creativo en la institucionalidad
integracionista y cooperativa
actual y futura.

4.4. La Alianza Estratégica con
Brasil y la
interconexión física
sudamericana
Las características geoeconómicas y
sociales de la vecindad, la gravitación regional y global
del Brasil y la coyuntura política, hacen excepcionales
las condiciones para una integración binacional de alta intensidad
con este país, dentro de un proceso de
largo plazo que favorecerá de manera múltiple al
Perú.

La Asociación Estratégica
mutuamente beneficiosa con los Estados Unidos y
con la Unión Europea

Es indispensable proyectar vínculos de
esta naturaleza con
ambos actores que son el primer socio comercial y el primer
inversionista en el Perú, respectivamente. Existe una
vasta agenda por desarrollar en ambos casos.

4.6. La presencia y proyección
estratégicas del Perú en la Cuenca del
Pacífico

La región Asia-Pacífico es, hoy en día, el
espacio de mayor dinamismo económico mundial. El
Perú tiene el privilegio de ser uno de los pocos
países de América
Latina que tiene conexión directa con esa
región, lo que ofrece un valioso potencial.

4.7. La inserción competitiva del
Perú en los mercados mundiales
Con la finalidad de
mejorar su posicionamiento
en la división global del trabajo a
través del desarrollo de la productividad de
las pequeñas y medianas empresas,
diversificando la estructura de
exportaciones;
priorizando los grandes proyectos
nacionales como el proyecto "Sierra
Exportadora", que fomenta las actividades económicas
rurales-andinas y su integración a los mercados de
exportación; el desarrollo del conocimiento
tecnológico industrial a través del aprovechamiento
de la oferta de
cooperación internacional en ciencia y
tecnología; el incremento de la infraestructura
básica y de redes de comunicación y energía nacionales y
otros.

4.8. La captación de cooperación
orientada a la lucha contra la pobreza
En tanto la
política exterior debe ser funcional al objetivo de
erradicar la pobreza,
resulta imprescindible identificar y gestionar recursos
disponibles de las fuentes cooperantes internacionales y
canalizarlos en sus distintas modalidades.

4.9. La asistencia y protección a los
ciudadanos peruanos residentes en el exterior

Por sus dimensiones, aportes y necesidades,
el Estado
peruano debe estar al servicio de los migrantes peruanos y su
vinculación en todo orden con el Perú.

4. 10. La promoción
cultural

La cultura del
Perú en sus diversas expresiones es un valor
internacionalmente reconocido. Lo relativo a su difusión,
preservación y recuperación son prioritarios en
nuestra acción externa.

La Política Exterior del
Perú y las Relaciones Jurídicas
Internacionales
La política exterior del
Perú propugna que las relaciones
internacionales de los Estados deben llevarse a cabo dentro
de los principios y normas establecidos por el orden
jurídico internacional considerando que sólo de
ésta forma es posible lograr un ambiente
internacional, donde prime la estabilidad, la seguridad y la
armonía entre los diversos sujetos de derecho
internacional.

De manera concordada, el Perú también rige su
Política Exterior por los principios que rigen a la
Organización de las Naciones Unidas y a la
Organización de Estados Americanos, los cuales se
encuentran recogidos en sus respectivas Cartas. Estos principios
se complementan con aquellos recogidos en otros instrumentos
tales como la "Declaración relativa a los principios de
derecho internacional referidos a las relaciones amistosas y a la
cooperación entre Estados conforme a la Carta de
Naciones Unidas", adoptada por consenso por la Asamblea General
de Naciones Unidas mediante la Resolución (2625-XXV): de
24 de octubre de 1970. Los principios de la Política
Exterior peruana son:

  • Autonomía y afirmación de los referentes
    nacionales y sociales de la política exterior

  • Preservación de la soberanía nacional y la
    integridad del Estado

  • Solución pacífica de las controversias

  • Promoción de los valores de la democracia y del
    respeto a los derechos humanos

  • Protección de los nacionales y de sus intereses en
    el exterior

  • Regionalismo abierto, solidaridad latinoamericana y
    apertura a las corrientes universales;

  • Unidad, coherencia y descentralización en la
    gestión de la política exterior.

6. Instrumentos que conforman el marco jurídico
internacional para la Política Exterior Peruana

Las acciones exteriores del Perú se desarrollan bajo un
estricto respeto del derecho internacional y en un marco
jurídico cuyos cimientos están conformados, entre
otras fuentes, por una serie de principios e instrumentos de
derecho que considera de indispensable cumplimiento por los
Estados. Al respecto, los siguientes instrumentos internacionales
son los que plasman esencialmente y principalmente los
lineamientos jurídicos básicos mencionados:

  • La Carta de las Naciones Unidas

  • La Carta de la Organización de los Estados
    Americanos

  • La Declaración Universal de los Derechos
    Humanos

  • El Estatuto de la Corte Internacional de Justicia

  • El Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional

  • La Carta Democrática Interamericana

  • La Declaración sobre los principios de derecho
    internacional referentes a las relaciones de amistad y a la
    cooperación entre los Estados de conformidad con la
    Carta de las Naciones Unidas (Resolución 2625(XXV) de
    la Asamblea General de las Naciones Unidas).

  • La Convención de Viena sobre el Derecho de los
    Tratados.

  • El Pacto Internacional de Derechos Económicos,
    Sociales y Culturales.

  • El Pacto Internacional de Derechos Civiles y
    Políticos

  • El Protocolo facultativo del Pacto Internacional de
    Derechos Civiles y Políticos

  • La Declaración Americana de los Derechos y Deberes
    del Hombre

  • La Convención Americana sobre Derechos Humanos

  • Los Convenios de Ginebra sobre Derecho Humanitario

Agencia Peruana
de Cooperación Internacional

  • 1. Concepto

  • La APCI es el ente rector de la cooperación
    técnica internacional y tiene la responsabilidad de
    conducir, programar, organizar y supervisar la
    cooperación internacional no reembolsable, en
    función de la política nacional de desarrollo,
    en el marco de las disposiciones legales que regulan la
    cooperación técnica internacional (LEY
    Nº 27692
    ). Cumple sus funciones basada en la
    eficiencia, la transparencia y la concertación entre
    los actores públicos y la sociedad civil, tanto
    nacionales como internacionales. los objetivos de la
    cooperación son ayudar a los demás sin buscar
    un bienestar propio.

  • Según la ley LEY Nº 27692 la APCI- es
    un organismo público descentralizado adscrita al
    Ministerio de Relaciones Exteriores, el cual
    constituirá un pliego presupuestal. Tiene
    personería jurídica de Derecho Público y
    goza de autonomía técnica, económica,
    presupuestal y administrativa. Rige su funcionamiento de
    acuerdo a la Ley de Cooperación Técnica
    Internacional en lo que no se contraponga a la presente Ley y
    los reglamentos correspondientes.

La APCI tiene su sede en la ciudad de Lima, y
establecerá oficinas en el territorio de la
República. Para sus acciones en el exterior se apoya
en las misiones peruanas y en la infraestructura del Ministerio
de Relaciones Exteriores.

  • 2. Visión:

Ser la entidad que articula y promueve eficazmente la
Cooperación Internacional No Reembolsable en el
Perú, que contribuye al bienestar general y al desarrollo
sostenible del país en un contexto
descentralizado.

La Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI)
conduce, programa,
organiza, prioriza y supervisa la Cooperación
Internacional No Reembolsable en función de los sectores
menos favorecidos de la población y de las necesidades de
desarrollo del país en forma participativa y
descentralizada.

  • 4. Historia:

A finales del año 2001, el Gobierno Peruano
decidió replantear la gestión
de la cooperación internacional en el país,
promoviendo una visión estratégica asociada a la
lucha contra la pobreza y el
fortalecimiento de la democracia.

El proceso pasaba necesariamente por la creación de una
agencia moderna de cooperación internacional, que aplicase
el modelo
institucional que se había venido imponiendo
últimamente tanto entre los donantes como entre los
países en vías de desarrollo, pero que, sobre todo,
fuese capaz de gestionar de forma sostenible, eficiente y
transparente los recursos cada vez más escasos y en
competencia de la ayuda oficial al desarrollo.

La Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI)
se crea para gestionar la ayuda externa al Perú mediante
políticas claras, mayor profesionalismo y modernos
instrumentos de trabajo.

Entre las tareas que se le encargan destacan:

  • a. La gestión estratégica de la
    cooperación internacional con el objeto de superar el
    esquema asistencialista de épocas anteriores y
    asegurar la sostenibilidad de las propuestas;

  • b. La formulación de planes de
    cooperación que articulen la demanda nacional y
    definan las prioridades en función de las estrategias
    de desarrollo sectoriales y nacionales;

  • c. La negociación con los cooperantes de
    programas asociados a los temas y ejes prioritarios antes
    mencionados;

  • d. El manejo transparente de la cooperación
    internacional brindando información adecuada y
    oportuna al Estado, los cooperantes y la
    ciudadanía;

  • e. El fortalecimiento de la gestión
    descentralizada de la cooperación internacional entre
    los gobiernos regionales y locales; y

  • f. La facilitación de un servicio ejecutivo y
    de calidad a los usuarios de la cooperación
    internacional.

  • 5. Objetivos Estratégicos:

  • a. Liderar la Cooperación Técnica
    Internacional y vigilar su adecuado funcionamiento como
    sistema articulado y descentralizado, con competencias,
    funciones, modalidades y procedimientos bien definidos, en
    todo el territorio nacional y en cada uno de los niveles del
    sector público y no gubernamental, modernizando ese
    sistema de manera permanente con los avances teóricos,
    científicos y tecnológicos, para su
    conducción y operatividad oportuna, eficaz y eficiente
    como servicio de calidad.

  • b. Promover e impulsar el fortalecimiento y
    desarrollo de capacidades en materia de Cooperación
    Técnica Internacional del sector público y de
    todos los actores de la Cooperación Técnica
    Internacional para asegurar la gestión y
    ejecución eficaz y eficiente de esa
    cooperación.

  • c. Contribuir a la mejora verificable de los
    indicadores de desarrollo humano y al uso eficiente de los
    recursos que se reciben de la cooperación, mediante el
    establecimiento de Políticas, Programas, Planes y
    Prioridades de Cooperación que contemplen los
    compromisos internacionales asumidos y el ejercicio del rol
    de APCI como ente rector de la Cooperación No
    Reembolsable.

  • d. Expandir y profundizar la coordinación con
    la comunidad internacional de cooperantes para propender
    garantizar que los recursos de Cooperación No
    Reembolsable no disminuyan considerablemente y que,
    además, sean aplicados, con criterios de consenso por
    las partes, a prioridades nacionales.

  • 6. Funciones

  • Proponer la Política de Cooperación
    Técnica Internacional a ser aprobada mediante Decreto
    Supremo, en concordancia con la Política Nacional de
    Desarrollo definida por el Poder Ejecutivo.

  • Elaborar y aprobar el Plan Anual de Cooperación
    Internacional que integre el Plan de Demanda y Oferta de
    Recursos de Cooperación.

  • Canalizar los pedidos de cooperación de las
    entidades del Gobierno Central y de las entidades
    constitucionalmente autónomas, a su solicitud.

  • Coordinar con el Sistema Nacional de Inversión
    Pública, la viabilidad de los proyectos, que requieran
    de cooperación internacional, cuando éstos
    estuviesen en su ámbito.

  • Diseñar y mantener los sistemas de
    información en Cooperación Técnica
    Internacional que garanticen la más amplia
    difusión de la oferta, modalidades, fuentes,
    requisitos y demás condiciones para la
    obtención de cooperación internacional,
    así como la demanda de cooperación solicitada
    por otros países.

  • Velar por el cumplimiento de las disposiciones legales y
    convencionales que regulan la cooperación
    técnica internacional, para tal efecto podrá
    dictar las medidas correctivas que considere necesarias.

  • Apoyar, a su solicitud, a las entidades del Gobierno
    Central, Poder Legislativo, Poder Judicial, órganos
    constitucionalmente autónomos, Gobiernos Regionales y
    a los Gobiernos Locales en la preparación de los
    planes, programas y proyectos de Cooperación
    Técnica Internacional y en la ejecución de los
    mismos.

  • Participar en el seguimiento, administración y
    evaluación de la utilización de los fondos de
    contravalor generados por la Cooperación
    Técnica Internacional.

  • Realizar programas de capacitación en materia de
    cooperación internacional a los funcionarios del
    Sector Público, organismos no gubernamentales e
    instituciones y personas interesadas en temas de
    gestión de la cooperación para el
    desarrollo.

  • Participar en las Comisiones Mixtas relacionadas a la
    Cooperación Técnica Internacional.

  • Coordinar con los titulares de los Pliegos Presupuestarios
    la previsión de los recursos de contrapartida nacional
    para los proyectos financiados con Cooperación
    Técnica Internacional que lo requiera.

  • Ejercer la representación del Estado en las
    negociaciones de solicitudes de Cooperación
    Técnica Internacional del Gobierno Central y suscribir
    los convenios de cooperación internacional bajo su
    ámbito.

  • Conducir y actualizar el Registro de Organizaciones No
    Gubernamentales de Desarrollo (ONGD) Nacionales receptoras de
    Cooperación Técnica Internacional, el Registro
    Nacional de Entidades e Instituciones Extranjeras de
    Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), el
    Registro de Instituciones Privadas sin fines de Lucro
    Receptoras de Donaciones de Carácter Asistencial o
    Educacional provenientes del Exterior (IPREDA) y el Registro
    de Donantes de la Cooperación Internacional. La
    inscripción en dichos registros es obligatoria para
    ejecutar cooperación técnica internacional,
    independientemente de la naturaleza jurídica de la
    fuente cooperante. El Registro de Donantes de la
    Cooperación Internacional tiene un tratamiento
    especial, es conducido y actualizado por la APCI, sobre la
    información que acopia, es de carácter
    informativo y público.

  • Impulsar procesos de coordinación entre la
    cooperación privada y la pública.

  • Otorgar, cuando se solicite, la conformidad del Estado,
    según en el caso, a los requerimientos de
    cooperación internacional que presenten las
    organizaciones no gubernamentales y los organismos de la
    sociedad civil ante instancias internacionales.

  • Establecer, fortalecer y ampliar los nexos con entidades e
    instituciones extranjeras de cooperación internacional
    en el país como, a través de las misiones del
    Perú, en el exterior.

  • Promover, a través de acuerdos internacionales, la
    Cooperación Técnica Internacional destinada a
    fortalecer la capacidad científica, tecnológica
    y productiva nacional.

  • Aplicar, previo proceso, las sanciones por la
    comisión de infracciones administrativas en el
    ámbito de las competencias establecidas en la Ley
    Nº 27692 y la normativa aplicable a la
    cooperación internacional no reembolsable.

  • Desarrollar y regular el sistema de certificaciones de
    calidad de las ONGD, nacionales y extranjeras.

  • Ejercer la facultad coactiva para la cobranza de sus
    acreencias derivadas de sanciones administrativas, previo
    proceso.

  • Otras que se le encomienden y las que se deriven de su
    naturaleza.

Organigrama

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Leyenda:

  • El Consejo Directivo:

Es el órgano máximo de la APCI, y está
integrado por los siguientes Miembros:

  • El Presidente del Consejo de Ministros o su representante,
    quién lo presidirá;

  • El Ministro de Relaciones Exteriores o su representante,
    quien ejercerá la Vicepresidencia;

  • El Ministro de Economía y Finanzas o su
    representante;

  • Tres miembros de la Comisión Interministerial de
    Asuntos Sociales o sus representantes;

  • Un representante de los Gobiernos Regionales;

  • Un representante de los Gobiernos Locales;

  • Un representante del Consejo Nacional de Ciencia y
    Tecnología (CONCYTEC); y

  • El Director Ejecutivo de la Agencia Peruana de
    Cooperación Internacional (APCI) con voz pero sin
    voto.

Son funciones del
Consejo Directivo:

  • Proponer al Poder Ejecutivo la Política de
    Cooperación Técnica Internacional;

  • Aprobar el Plan Anual de Cooperación Técnica
    Internacional;

  • Aprobar los Programas de Cooperación Técnica
    Internacional;

  • Aprobar el Plan de Gestión Institucional;

  • Aprobar el Presupuesto Institucional, el Balance General y
    los Estados Financieros;

  • Aprobar la Memoria Anual;

  • Designar, a propuesta del Ministro de Relaciones
    Exteriores, al Director Ejecutivo de la APCI por un
    período de dos años prorrogables;

  • Designar a los miembros del Comité Consultivo a
    propuesta del Director Ejecutivo;

  • Proponer el Reglamento de Organización y Funciones
    de la APCI al Ministro de Relaciones Exteriores;

  • Crear las Comisiones Especializadas y Comités
    Técnicos que sean necesarios;

  • Expedir acuerdos en materias de su competencia; y,

  • Otras que se requieran para el cumplimiento de los fines
    de la APCI.

Es el órgano responsable de la ejecución de la
política fijada por el Consejo Directivo, y encargado de
dirigir y supervisar el adecuado funcionamiento de la APCI. Es
ejercida, a tiempo completo, por el Director Ejecutivo.

La Dirección Ejecutiva cuenta con el apoyo de
asesores especializados. En caso de ausencia o impedimento
temporal, el Director Ejecutivo es reemplazado por el Miembro del
Consejo Directivo designado por éste.

Es el órgano responsable del ejercicio permanente del
control
interno de la gestión administrativa de la entidad en
cumplimiento de sus metas y objetivos en armonía con las
disposiciones del Sistema Nacional de Control y
disposiciones vigentes. Mantiene una relación de orden
funcional con la Contraloría General de la
República. Está a cargo de un funcionario
denominado Jefe de la Oficina de
Auditoría
Interna, designado por la Contraloría General de la
República, quien depende funcional y administrativamente
de la Contraloría General de la República.

  • El Comité Consultivo:

Es el órgano de asesoría de la APCI, emite
opinión, recomienda y propone la adopción
de políticas y medidas de cooperación
técnica internacional. Está conformado por
profesionales y especialistas de reconocida capacidad y
experiencia en materia de
cooperación internacional, tanto del Estado como de las
entidades representativas de la sociedad
civil.

  • El Comité de Coordinación Multisectorial
    de la APCI:

Actúa como instancia de enlace y coordinación
con los responsables de cooperación de los Ministerios,
Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, otros poderes del Estado
y de los organismos constitucionalmente autónomos, para
fortalecer los espacios de concertación y diálogo
de la política y gestión de la Cooperación
Técnica Internacional.

OFICINAS

  • La Oficina General de Administración

Es el órgano encargado de conducir los procesos
administrativos de presupuesto,
personal,
abastecimiento, contabilidad,
tesorería, acervo documentario y servicios
generales; y diseñar y proponer los sistemas y
tecnología
de la información institucionales. Está a cargo
de un funcionario denominado Jefe de la Oficina General de
Administración quien depende de la
Dirección Ejecutiva.

  • La Oficina de Asesoría Jurídica:

Presta asesoramiento de carácter jurídico y legal a la Alta
Dirección y demás unidades orgánicas de la
Agencia. Está a cargo de un funcionario denominado Jefe de
la Oficina de Asesoría Jurídica quien depende del
Director Ejecutivo.

Es el órgano encargado de asesorar a la Alta
Dirección y demás órganos de la APCI en el
planeamiento y
presupuesto de la gestión institucional, realizando la
evaluación de los resultados
institucionales.

OTRAS DIRECCIONES:

  • La Dirección Políticas y
    Programas:

Es la encargada de definir, formular, elaborar y evaluar la
política, planes y programas de
Cooperación Técnica Internacional,
proponiéndolos al Director Ejecutivo de la APCI.
Está a cargo de un funcionario denominado Gerente de
Políticas y Programas, quien depende de la
Dirección Ejecutiva.

  • La Dirección de Gestión y
    Negociación Internacional
    :

Acompaña el diseño
y formulación de las actividades, proyectos y programas de
cooperación; interviene en la presentación oficial
de la demanda,
negociación y suscripción de
acuerdos con las fuentes cooperantes; y realiza el seguimiento y
evaluación de los programas y proyectos de
Cooperación Técnica Internacional. Está a
cargo de un funcionario denominado Gerente de Gestión,
quien depende de la Dirección Ejecutiva.

Es responsable de administrar el conjunto de acciones
relacionadas con los registros que
conduce la APCI; brindar información y orientación a las
entidades e instituciones
públicas y privadas, y público en general, respecto
de los procesos vinculados con los registros de
cooperación internacional; y programar y organizar
talleres y cursos de capacitación orientados a promover un mejor
conocimiento de la cooperación internacional. Está
a cargo de un funcionario denominado Gerente de Operaciones y
Capacitación, quien depende de la Dirección
Ejecutiva.

Bibliografía

  • QUE ES QUE EN LA POLÍTICA MUNDIAL
    :

DICCIONARIO
GUIA

EDITORIAL PROGRESO 1991

 

 

 

 

Autor:

Juan Victor Ortega Vargas

[1] Mediante las políticas
públicas se viabilizan derechos colectivos, así
como se delimita objetivos que se relacionan con el desarrollo
sostenible y la lucha contra la pobreza.

[2] Al fin del estado, lo que podemos
visualizar desde una perspectiva trialista o tridimensional. Es
decir: Desde el orden de la realidad de los comportamientos
políticos. Es decir en la política como actividad
que se despliega a través de conductas de gobernantes y
gobernados, todo lo que se hace se hace para alcanzar un fin al
termino de la actividad, habiéndolo imaginado, deseado y
propuesto primero y antes en la intención. Derecho
Político – Fines del Estado Celia Carolina Silva de
Vaesken

[3] El advenimiento del Estado de Derecho fue
el resultado de la convergencia de ciertas circunstancias,
entre las que se destacan las revoluciones inglesa (1688) y
francesa (1789), la emancipación americana (1776) y las
teorías políticas enunciadas por
Montesquieu
(división de poderes) y Rousseau (la
ley como
expresión de la voluntad general). Estado de Derecho:
forma de Estado en que se reconocen y tutelan los derechos
públicos subjetivos de los ciudadanos, mediante el
sometimiento de la
Administración a la ley. DERECHO
ADMINISTRATIVO Y ESTADO Marina Ivnisky p. 14.

[4] ¿Qué es el Acuerdo
Nacional? ? Es un compromiso, suscrito por siete partidos
políticos con representación parlamentaria,
siete organizaciones sociales y el Gobierno. Por primera vez en
nuestra historia, los partidos políticos y el Gobierno
dejan de lado sus legítimas diferencias para definir, de
manera consensuada y con participación de la sociedad
civil, cómo queremos que sea nuestro país de
acá a veinte años. ? Es un proyecto nacional, en
el que las políticas de Estado que lo integran
enrumbarán al Perú hasta el año 2021,
asegurando que haya políticas que no se abandonen con
cada cambio de
Gobierno, evitando así la pérdida de tiempo y de
recursos. ? Es un foro de concertación,
donde sus participantes se reúnen de manera
periódica, gratuita y lejos de las cámaras, para
afrontar juntos los grandes problemas del país. Todos
los acuerdos son adoptados por unanimidad. ¿PARA QUE
SIRVE EL ACUERDO NACIONAL? Suplemento Junio 2004. p. 29

[5] SEXTA POLÍTICA DE ESTADO
Política Exterior para la Paz, la Democracia, el
Desarrollo y la Integración (.) Conscientes de nuestra
responsabilidad de alcanzar el bienestar de la
persona,
así como el desarrollo
humano y solidario en el país, los re presentantes
de las organizaciones políticas, religiosas , de la
sociedad civil y del Gobierno, sin perjuicio de nuestras
legítimas diferencias , hemos aprobado un conjunto de
políticas de Estado que constituyen un Acuerdo Nacional,
a cuya ejecución nos comprometemos a partir de hoy. Las
políticas que hemos acordado están dirigidas a
alcanzar cuatro grandes objetivos: . Democracia y Estado de
Derecho . Equidad y
Justicia
Social . Competitividad del País . Estado
Eficiente, transparente y Descentralizado (.) ACUERDO NACIONAL.
p 16

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