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Aplicación de la ley 142 de 1994 por parte de la empresa colombiana de telecomunicaciones S.A.EP.S.



Partes: 1, 2

    1. Problema
    2. Justificación

    3. Marco teórico

    4. Resultados

    5. Conclusiones

    6. Referencias bibliográficas

    Aplicación de la ley 142 de 1994
    en el municipio de Tuluá Valle por parte de la empresa
    colombiana de telecomunicaciones S.A.EP.S.

    Problema

    2.1 PLANTEAMIENTO DEL
    PROBLEMA

    En el Municipio de Tuluá Valle del Cauca, existe
    una gran problemática con la empresa
    COLOMBIANA DE TELECOMUNICACIONES S.A EPS, que con las tarifas y
    abusos de los empleados contra los usuarios no resuelven los
    conflictos que
    se presentan con la prestación del servicio
    público domiciliario de telefonía.

    La ley 142 de 1994 estableció como fines
    regulatorios entre otros los de promover la eficiencia,
    economía en la prestación de los
    servicios y
    asegurar la viabilidad financiera de las empresas, y en
    consecuencia el marco que define que debe perseguir la
    fijación de las tarifas basadas en costos,
    eficientes, que definen el mejoramiento de la calidad del
    servicio, conforme a las reglas de la competencia de
    que trata la ley 142 de 1994, en el marco de lo dispuesto en los
    artículos 334, 336, y 365 a 370 de la Constitución Política de Colombia.

    En el Municipio de Tuluá Valle, la Empresa
    Colombiana de Telecomunicaciones, no soluciona en forma eficiente
    las quejas y reclamos que sobre el servicio de telefonía
    que presenta el usuarios; creando con esto una gran
    problemática en esta Ciudad.

    La empresa de telecomunicaciones con su afán
    financiero asigna sin el consentimiento del usuario de la
    línea telefónica, planes y/o paquetes que contienen
    Internet,
    identificador de llamadas, codificador entre otros, factura
    servicios no autorizados por el usuario y no lleva un registro de
    quejas y reclamos y sus respectivos indicadores de
    gestión.

    En el Municipio no opera el "Comité de Desarrollo y
    Control Social de
    los Servicios
    Públicos Domiciliarios el cual debe ser conformado por
    usuarios, suscriptores o suscriptores potenciales de uno o
    más de los servicios públicos a los que se refiere
    la ley 142 de 1994, por tal razón la empresa de comunicaciones
    no recibe ninguna auditoría de gestión
    y se reserva los indicadores
    para la respectiva evaluación, apartándose de la
    realidad jurídica evitando evaluar la gestión y
    resultados de la empresa.

    2.2 FORMULACION DE PROBLEMA

    ¿Cuál es la aplicabilidad de
    la ley 142 de 1994 en el municipio de Tuluá Valle por
    parte de la empresa COLOMBIANA DE TELECOMUNICACIONES S.A
    EPS?

    Objetivos

    3.1 OBJETIVO
    GENERAL

    Establecer la aplicación de la ley 142 de 1994 de
    servicio público de teléfono fijo en el municipio de
    Tuluá en los últimos dos años 2008–2009,
    respecto a la solución de quejas, reclamos y sus
    indicadores de gestión por parte de COLOMBIANA DE
    TELECOMUNICACIONES S.A EPS.

    3.2 OBJETIVOS
    ESPECIFICOS

    3.2.1 Conocer los aspectos concernientes de la
    aplicación de la ley 142 de 1994 de servicio
    público domiciliario de teléfono fijo, para
    garantizar la atención prioritaria de los usuarios en el
    Municipio de Tuluá en los años
    2008–2009

    3.2.2 Presentar alternativas de aplicación
    de la ley 142 de 1994 del servicio público domiciliario
    como el es teléfono fijo, cuando se presenta un usuario
    con una queja o reclamo sobre la prestación del servicio
    público de telefonía.

    3.2.3 Establecer los requisitos generales a que
    deben someterse los operadores de servicios de telefonía
    básica de larga distancia nacional e internacional para
    ejercer el derecho a utilizar las redes de telecomunicaciones
    del estado de
    acuerdo con las reglas sobre tarifas previstas en la ley 142 de
    1994.

    Justificación

    En el presente trabajo de
    investigación se desarrolla en el Municipio
    de Tuluá Valle del Cauca, se toma una población de cien personas, se desprende
    con la
    investigación establecer si en Tuluá Valle se
    esta aplicando en forma correcta la ley 142 de 1994 en los
    años correspondientes 2008—2009.

    El ámbito de aplicación de la ley 142 de
    1994, es aplicarla a los servicios públicos domiciliarios
    de acueducto, alcantarillado, aseo, energía
    eléctrica, distribución de gas combustible,
    telefonía pública básica conmutada y la
    telefonía local móvil en el sector rural; a las
    actividades que realicen las personas prestadoras de servicios
    públicos de que trata el artículo 15 de la presente
    Ley, y a las actividades complementarias definidas en el
    Capítulo II del presente título y a los otros
    servicios previstos en normas especiales
    de esta Ley, Garantizar la calidad del bien objeto del servicio
    público y su disposición final para asegurar el
    mejoramiento de la calidad de
    vida de los usuarios.

    Partes: 1, 2

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