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La Constitución de los atenienses – Aristóteles (página 2)



Partes: 1, 2

Pisistrato (el de la montaña) toma
el poder
aspirando a la tiranía, Solón se pone pero
finalmente sube al poder. Al convertirse en tirano, Pisistrato es
expatriado, pero regresa con riqueza, soldados y ayuda exterior
vence en la batalla de Palenida, quita las armas al pueblo y
toma el mando definitivo. Su modo de gobernar, esta vez destaco
por su moderación, generosidad, sometimiento a las
leyes y ser
apreciado por los nobles del pueblo. Su comportamiento
suave, humano e indulgente se debía a dos motivos,
mantener a los campesinos alejados de la ciudad y por la
prosperidad moderada y la dedicación a sus cosas.
Heredaron sus hijos cuyo poder era más duro y
querían que todo se rigiera según las leyes. Las
leyes para los tiranos eran suaves:"esto es ley y
tradición de los atenienses. Si algunos se levantan para
hacerse tiranos o ayudar a uno, será privado de derecho el
y su estirpe".

Pisistrato envejeció y murió
en el poder, en el que estuvo 19 años. Tenía cuatro
hijos, dos de su esposa legítima, Hipias e Hiparco y otros
dos de su esposa argiva, Tésalo e Iofon. Los cuatro
llevaban los asuntos públicos de igual manera. Hipias
estaba al frente del poder; Hiparco era amigo de la
diversión y enamoradizo de las musas; Tésalo era el
más joven y atrevido, se enamoro de Harmodio, pero fracaso
y amenazo a la hermana de Harmodio. Harmodio conspiró con
Aristogiton un atentado en una procesión en la que mataron
a Hiparco. Harmodio murió a manos de la guardia y
Aristogiton fue encarcelado y maltratado hasta que confesó
a sus cómplices. Hipias le mato.

Tras este suceso Hipias recibe represalias
ya que por la muerte de
su hermano la tiranía se vuelve más dura. Destierra
a los cómplices, los cuales intentan varios modos de
regreso hasta que pidieron ayuda a los espartanos para derrocar
la tiranía. Arrasaron Atenas.

Isagoras intenta hacerse con el poder, pero
falla. Clistenes entrega el gobierno al
pueblo y se convierte en jefe del partido popular y caudillo del
pueblo. Las reformas de Clistenes son entre otras es que
dividió a todos en diez tribus, formo el consejo de
quinientos miembros (cincuenta de cada tribu), dividió el
país en demos con diferentes nombres de héroes
locales. La nueva constitución era aun más
democrática que la de Solón y se suprime la
tiranía. Se crea un nueva ley sobre ostracismo, se
desterraba a los familiares y amigos de los tiranos anteriores y
a los que tenían demasiado poder tras la batalla de
Maratón. La elección de los estrategos se
hacía con el juramento del consejo de los quinientos. Los
estrategos por tribus elegían a uno de cada jefe del
ejército, el polemarco.

El consejo del Areópago tenía
mucha fuerza y poder
sin ningún decreto que se lo atribuyera. Los arcontes eran
Aristides y Temistocles, caudillos del pueblo, uno era
hábil en la guerra y el
otro era hábil en asuntos políticos y de justicia.

Más tarde la forma de gobierno es
una hegemonía. Las contribuciones de los confederados
mantienen a todos los funcionarios e instituciones
de la vida política atenienses,
con los tributos e
impuestos se
pagaba al ejercito, jueces, consejo, guardias, magistrados,
huérfanos…

La reforma de efialtes priva al consejo del
areópago de sus atribuciones. Lo atacó eliminando a
sus integrantes con pleitos con su administración, les quito las
funciones que
hacían de guardianes de la constitución
devolviéndoselo al consejo de los quinientos, al pueblo y
a los tribunales.

En el gobierno de Cimón y, tras la
caída del consejo de los Areópagos, se extienden
los derechos
políticos a la tercera clase.
Pericles hace una propuesta en la que solo se consideraran
ciudadanos a los de madre o padre ciudadano, por el gran
número de ciudadanos. Pericles llega al poder y tras la
guerra del
Peloponeso y las rivalidades con Cimón hacen que tome
medidas políticas
que hacen la constitución más democrática y
más cercana al pueblo suprimiendo atribuciones a los
areopagitas de tal manera que la plebe adquiere confianza en
sí y se va acercando a las cuestiones políticas.
Cuando Pericles murió los asuntos de la ciudad fueron a
peor. El predominio de lacedemonios en la guerra favorece la
oligarquía de los cuatrocientos. La constitución de
los cuatrocientos es de tipo oligárquico, el pueblo elige
a diez consejeros, veinte entre los de más de cuarenta
años, de ellos eligen al mejor que podrán examinar
las leyes tradicionales. Los ciudadanos también
podrán hacer proposiciones para elegir al mejor.los
designados propusieron que los Pritanes debían poner
obligatoriamente a votación todo lo que se dijese para la
salvación de la ciudad, se suprimieron las acusaciones de
ilegalidad, denuncias y citaciones ante un tribunal y si alguno
hacia algo de esto, se castigaba incluso con pena de
muerte. La constitución se organizó de este
modo: el dinero
recaudado solo seria para la guerra y los magistrados
estarían sin sueldo durante el periodo de la guerra,
excepto los nueve arcontes. Tenían plenos poderes para
acordar tratados. Los
diez hombres de cada tribu elegían a los cinco
mil.

La constitución definitivas de los
cuatrocientos se configuro a partir de que los cinco mil
eligieran a cien para redactarla. Esos cien elegidos eran los que
integraban el consejo y sus sesiones eran cada cinco días.
Si no asistían, los consejeros eran multados. El consejo
hacia el sorteo de los nueve arcontes. Los que querían
presentarse ante el consejo lo hacía por asuntos sagrados,
para heraldos, para las embajadas, etc… las cuestiones de
guerra no tenían necesidad de sorteo.

Los cuatrocientos hicieron una
constitución provisional cuya redacción seria tanto para el presente como
para el futuro. Se formaría el consejo de los
cuatrocientos nombrando a los magistrados, redactando la formula
y el juramento y se pronunciaría sobre los asuntos de la
ciudad, mandarían durante un año con plenos poderes
(consulta al consejo), elección del jefe de
caballería y de los diez jefes de batallones. Los
cuatrocientos estaban repartidos en cien en cuatro
sesiones.

Los principales responsables de la
oligarquía establecida eran los cinco mil elegidos de
manera nominal. Los cuatrocientos y los estrategos establecen
negociaciones con los lacedemonios para conservar sus posesiones
pero no resulto y finalizaron las negociaciones. Descontentos con
su gestión, los cuatrocientos se disuelven
porque no contaban para nada con la opinión de los cinco
mil, a los cuales entregan el poder. Las magistraturas se quedan
sin paga. Con el fin de la guerra del Peloponeso los cinco mil se
disuelven. Lisandro estableció a los treinta de esta
manera, se hizo la paz con los atenienses a condición de
que gobernaran según la constitución tradicional,
la de Solón. El gobierno de los treinta fue, tras una
apariencia de buena intención, su actuación
posterior fue brutal ya que una vez que fueron dueños de
la ciudad, bajo su dominio absoluto,
dejaron de atender las demás cosas, eligiendo consejeros y
altos cargos para que se ocuparan de ellos. Una vez sometieron a
la ciudad, no respetaban a ningún ciudadano y mataban a
los que sobresalían por su linaje, hacienda, etc… Los
treinta se hundieron, ya que el pueblo decidió hacer una
lista con tres mil ciudadanos para participar en el gobierno. Hay
una nueva censura, porque: era un número limitado cuando
deberían de participar en el gobierno todo y hay dos cosas
contrapuestas, el gobierno está basado en la fuerza y es
inferior a los gobernados. El gobierno mata a Terámenes
con una votación a mano alzada de los treinta, quitaron
las armas a todos menos a los tres mil.

El fin de la oligarquía llegó
con la disolución de los treinta los cuales eligen a diez
ciudadanos con plenos poderes hasta después de la guerra.
Se restaura la democracia al
disolverse los diez y elegir otros. Nueva reconciliación
con los lacedemonios.

Los de la ciudad y los del Pireo (puerto de
Atenas) hacen nuevos acuerdos entre ellos para los que emigraron
de la ciudad ocuparían Eleusis, el santuario, pero
conservarían su estatus, sus bienes y sus
derechos. El santuario era común. No se podía ir de
la ciudad a Eleusis, ni del Eleusis a la ciudad,
contribuirían igual al tesoro con sus rentas,
formarían comunidad con
los emigrantes que quisieran y las leyes penales también
serian iguales pero la venganza estaba prohibida. Arquino tomo
medidas justas que reforzaron la democracia y favorecieron la
concordia entre los partidos como por ejemplo: redujo el plazo
para la emigración, evito que se recordara el pasado
condenando a muerte a los
que lo mencionaban, devolviendo el dinero que
habían prestado los lacedemonios a los treinta o la
reconciliación con los emigrados a Eleusis.

Instituciones y
Magistraturas Atenienses

En la constitución existente, en
cuanto al tema del alistamiento de los jóvenes como
ciudadanos y a su entrenamiento
militar, la constitución establecía que:
participarían en el gobierno los nacidos de padre y madre
ciudadanos, con 18 años e inscritos en un demo para votar,
los miembros del demo elegían si había llegado a la
edad exigida por ley, si es libre o de nacimiento legitimo, los
padres reunidos por tribus eligen a tres ciudadanos, un moderador
y un censor, con todos los efebos recorre los santuarios , van al
Pireo a prestar servicio como
guarnición, dos instructores entrenaban para ejercicios
gimnásticos y los maestos les enseñaban a luchar
como hoplitas, a disparar con el arco… por la alimentación
correspondía un dracma por cabeza. Un año
después la asamblea decidía en el teatro las
maniobras militares. Estaban exentos de impuestos, de pena y
prohibida la venganza.

Sobre los cargos elegidos por sorteo eran
los cargos de la
administración ordinaria como los cargos de la
administración de finanzas
militares, los del dinero de las fiestas y el encargado de las
fuentes. El
consejo de los quinientos son cincuenta por cada tribu que
desempeñan la pritanía por turnos (presiden y
gobiernan como una junta directiva) las sesiones del consejo han
de tratarse cada día, temas como el ostracismo el cual se
votaba a mano alzada en una votación popular. Las
funciones del jefe de los Pritanes (elegido a suertes durante un
día y una noche y solo por una vez) guardan las llaves de
los santuarios donde está el tesoro y los documentos
escritos de la ciudad. Al convocar al consejo saca proedros,
presidentes de cada tribu excepto de la suya, a los que les
entregará la orden del día.

Las atribuciones de El consejo de los
quinientos es que son soberanos respecto a las penas pecuniarias,
de prisión y de muerte, hasta que en un caso un hombre fue
absuelto y el pueblo privo al consejo de imponer penas, a partir
de entonces lo decidirán los tribunales. Juzga a la
mayoría de los magistrados, aunque su decisión es
apelable ante un tribunal y también aprueba a los
consejeros y a los arcontes. El consejo no tiene poder
soberano.

En las constituciones navales se
decidía a votación del pueblo lo que había
que construir y cuantas personas se asignaban para el
trabajo.

Los tesoreros de Atenea eran diez
recibían la imagen de Atenea
y de las victorias. Los vendedores también eran diez. Eran
los que alquilaban todos los contratos
públicos y vendían las minas y la recogida de las
contribuciones con lo sacado por la venta de las
minas y las propiedades de los condenados por el areópago.
Las contribuciones, casas y tierras eran vendidas por un
año y se inscribían a los compradores dando la
lista al consejo. Había diez recaudadores los cuales
recibían las tablillas y borraban las pagas, al día
siguiente recibían todas las recaudaciones y las
distribuían entre los magistrados. Los diez contadores
recibían las cuentas de los
magistrados, eran ayudados por cuatro inventores (uno de cada
tribu) y dos asesores para cada inventor.

A los caballeros, el consejo examinaba a
los caballos para comprobar si le cuida bien, su
alimentación, etc… en el caso contrario se multaba al
caballero. También se revisaba a la caballería
ligera y a los soldados de infantería. Los soldados que
están en mal estado
físico se borran de la lista de jinetes. Por los
inútiles recibían dos óbolos diarios para su
alimentación.

En cuanto a los magistrados menores eran
administrados por el consejo, y también se designan a
sorteo, los diez reparadores de santuarios, los diez inspectores
urbanos (cinco en la ciudad y cinco en el Pireo (los cuales
vigilaban a los flautistas, tañedoras de liras y
músicos callejeros para que no cobrasen más de dos
dogmas, también estaban paraqué los basureros
echaran la basura a por lo
menos diez estadios de distancia de la muralla de la ciudad, que
las construcciones no alteren las calles, por ejemplo la construcción de balcones,
cañerías, también retiraban a los que
morían en la calle.

Los diez inspectores de mercado se
encargaban de cuidar que las mercancías se
venderían puras y no falsas. Los diez inspectores de
medidas, de que las medidas y pesos serian justos, si
engaños. Los vigilantes del trigo pasaron de ser diez a
veinte en la ciudad y quince en el Pireo y se ocupaban de que el
grano en el mercado se venda a precio justo y
que los molineros y panaderos vendan la harina y el pan a un
precio proporcionado con respecto a la cebada. Los diez
encargados del puerto se encargaban de cuidar la mercancía
que descargaban o cargaban los barcos.

Los once eran los que cuidaban a los que
estaban en prisión, ladrones, rateros, vendedores de
hombres, etc… si confesaban se les imponía pena de
muerte si, en caso contrario no confesaban se les encomendaba a
los tribunales los cuales decidían si eran absuelto y
quedaban libres o si no eran absueltos se le imponía la
muerte. Los inductores eran cinco y eran los que presentaban los
litigios mensuales, los de dote, comercio en
mercado y prestamos de amistad entre
asociados.

Los cuarenta jueces (que primeramente eran
treinta) disponían de plenos poderes para resolver, si no
podían conciliar a las partes sentenciaban, si las partes
están conformes fin del litigio pero en caso de no estar
conforme se llevaba el litigio se apela al tribunal, echan las
proposiciones en cajas separadas (la del demandante y la del
demandado) se sellan y se lo entregan a los cuatro jueces
(mayores de 60 años) que juzgan en la tribu del demandado.
No utilizan ni leyes, ni testimonios fuera de los procedentes del
juez arbitral. Los juicios arbitrales se reparten a sorteo. Y si
alguien era objeto de una injusticia, las leyes disponían
que sufría atimía, por lo que se sancionaba y
multaba a los magistrados, también tenían derecho
de apelación.

Otras magistraturas como los cinco
constructores de caminos, cuya función
era conservar en buen estado los caminos, los diez contadores y
los diez defensores del fisco que complementan a los anteriores y
que son a los que deben rendir cuentas los que ya han ejercido
cargos. También condenan por malversación. El
secretario de la pritanía controlaba los escritos y
guardaba los decretos ya hechos, había otro para las leyes
del consejo y otro más para leer ante el pueblo esas
leyes. Los diez intendentes de sacrificios se encargaban de hacer
los sacrificios ordenados por los oráculos y hacer y
dirigir las fiestas.

Sobre los nueve arcontes, su examen y
juramento, tenían un rey y un polemarco que eran
examinados por el consejo de los quinientos. Los nueve arcontes
eran sometidos a un examen en el cual se les preguntan por
la familia,
ascendentes por parte paterna y materna, santuarios y tumbas, si
trataban bien a sus padres, si pagaban impuestos y si
habían cumplido el servicio militar. Para acreditar lo
dicho habría de presentar testigos. Tras escucharles se
procedería a la votación y al juramento sobre la
piedra y juran desempeñar el cargo con justicia y de
acuerdo con las leyes.

Los asesores de los arcontes se eligen dos
que ellos quieran, son examinados en el tribunal. También
se nombra a tres coregos para los poetas trágicos, cinco
poetas cómicos, etc… Las funciones del arconte
epónimo son sorteadas por él para llevar ante los
tribunales causas públicas y privadas pos ejemplo los
casos de malos tratos a los padres, a huérfanos o a la
hija heredera. Las funciones del arconte rey que era el que
ocupaba el lugar de los antiguas reyes en las fiestas religiosas,
debían cuidar de los misterios, de
las Dionisias Leneas y dirige todas las ceremonias y sacrificios
tradicionales. También eran los encargados de juzgar los
homicidios,
los delitos de
lesiones, de incendio, homicidios involuntarios, envenenamientos,
etc… Juzgan a quienes les toca a suerte. Las funciones del
polemarco eran las de hacer los sacrificios a Artemis cazadora y
Enialio y hacia el funeral de los muertos en la guerra.
También hacia los juicios privados a los extranjeros
domiciliados en Atenas y a los libertos que abandonaban al
patrono.

Las atribuciones de los tesmótetas
eran decir a las tribus que días podían juzgar,
asignaban los casos a los magistrados, presentaban las
acusaciones de traición y planteaban las condenas, ante
ellos se presentaban las acusaciones para las que se hace el
depósito de garantía (por ejemplo la
usurpación, la cosecha…), planteaban los
exámenes de todas las magistraturas, apelaciones y condena
del consejo, hacían juicios privados de comercio, minería y
esclavos, asignaban los magistrados a los tribunales y
ratificaban los tratados.

Árbitros de juego
había diez designados por los nueve arcontes y que
ejercían su cargo durante cuatro años eran
designados por los nueve arcontes y su función era
organizar los certámenes de música cuyo premio
eran un trofeos de oro y plata,
los premios para las carreras de caballos, certámenes de
gimnasia y
para los atleta eran ánforas de aceite las
cuales preparaban junto al consejo.

La elección de los oficiales
militares era por votación, uno para los hoplitas, uno
para el país, dos para el Pireo y uno para las sinmonias
para la coordinación de los contribuyentes a las
prestaciones
públicas. A los oficiales, si se les juzgaba y quedaban
absueltos, volvían a ejercer su cargo y tenían
plenos poderes para multar, expulsar, castigar… la
votación era a mano alzada para elegir a los diez jefes de
infantería y los dos de caballería, a los diez
jefes de escuadrón, uno de caballería para Lemnos y
un administrador.

Los salarios se
administraban así: un dagma a los de la asamblea, tres
óbolos para los de los tribunales, cinco óbolos a
los Pritanes por la manutención, cuatro óbolos a
los arcontes por la alimentación, un dagma al arconte de
Salamina y a los anfictiones (delegados de a cuidad).

Con respecto a los tribunales eran por
sorteo de los nueve arcontes por tribus. En cada tribu
había diez entradas, veinte aparatos de sorteo, a diez
cajas por tribu, había cien cajas en total.

En un cántaro se ponían
tantos bastones y bellotas como jueces había mayores de 30
años, no deudores del estado o que se les hubiera privado
del derecho de ciudadano. Estaban divididos en diez secciones,
por letra, en cada tribu.

La asignación por sorteo de los
jueces a las diferentes secciones y la formación de los
tribunales consistía en que en las cajas de la A a la K se
echan las tablillas al sacarla se saca la clave y por medio del
sorteo de las bellotas blanca y negras se elige la letra. Los
jueces reciben el bastón al entrar por la cancela (puerta
del tribunal) el servidor le da un
bastón del mismo color que el de
la tribu que tenga la misma letra y, una vez entregado el
bastón recibía la contraseña.

El sorteo de los magistrados se
hacía mediante dos urnas en el tribunal de las cuales a
sorteo se designa al heraldo. Una vez repartidos los jueces de
cada tribu las tablillas que sobren, cinco para la caja de
atender el agua y
cuatro los votos. Los cinco que no han salido serian los
vigilantes.

En la audiencia, cuando se hacían
juicios privados convocaban al particular y cuando eran juicios
públicos convocaban pleitos públicos. El tiempo de los
discursos se
media por la clepsidra o reloj de agua. Cada
discurso
tenía un tiempo de diez congios lo que equivale a tres
litros, una vez gastada esa cantidad, el caño se tapa y da
paso a otro discursos. El caño de agua se tapaba cuando el
secretario leía un decreto ley o un testimonio. Si la
causa es de un día, se concede el mismo tiempo para el
demandante que para el demandado. La votación del
veredicto se hacía por medio de ánforas, los votos
de cada juez eran de bronce si votaban a favor introducían
el voto de bronce macizo, si era en contra, el voto era el
agujereado. El escrutinio de la votación se hacía
vaciando el ánfora, contando los votos. El heraldo
anunciaba públicamente el número de votos para el
demandante y el número de votos para el demandado. El que
tendría más votos ganaba, en caso de empate ganaba
el demandado. Tras este proceso, se
valoraba la pena y recibían su salario.

Comparación de la Constitución
de los atenienses

CON LA CONSTITUCION ESPAÑOLA DE
1978

Al analizar la constitución de los
atenienses de Aristóteles con la constitución
española de 1978, la actual, sí encontramos
similitudes y diferencias a pesar de la diferencia de años
que las separan. Para empezar, en la constitución
española de 1978 hay títulos que coinciden con
algunos de los puntos de la constitución de los ateniense,
la cual se divide en 2 partes, la primera, los regímenes
políticos, en la que explica la historia de todos los
gobiernos habidos en un determinado tiempo y las personas que
estaban al frente de él y la segunda parte de las
instituciones y magistrados con su organización.

El consejo de los areopagitas se dedicaba a
conservar leyes y a dirigir los asuntos importantes de la ciudad,
lo que podría tomarse como una mezcla entre el poder
legislativo y el poder
ejecutivo actual.

La reforma de Solón al prohibir el
pago de la deuda con la propia persona
estaría defendiendo así el derecho a l integridad,
a la dignidad los
cuales tiene nuestra constitución como derechos
fundamentales y libertades de la Sección 1ª del
Capítulo 2º del Título I. tras exiliar a
Solón se formaron tres partidos
políticos dándose así el pluralismo
político reconocido en el art. 1 CE.

Democráticamente, en las tribus,
elegían a los magistrados siendo el pueblo el dueño
de su voto y por lo tanto, el dueño de su gobierno. En la
CE el art. 1 reconoce el principio democrático.

El poder de Pisistrato le heredaron sus
hijos, el poder era hereditario en este caso. La
Constitución Española en su Título III "De
la Corona", el art. 57 establece la monarquía hereditaria como forma de
sucesión en la jefatura del Estado.

Las reformas de Clistenes dividen al
país en demos, como la Constitución divide a
España
en Comunidades Autónomas en el Título
VIII.

Otra similitud es la de la de obligar a los
ciudadanos a pagar impuestos para mantener la vida
política, en nuestro caso, estos impuestos son para
mantener, aparte de la actividad política, organismos
públicos que mejoren la calidad de
vida de los ciudadanos y el bienestar general.

Con el gobierno de Cimón se
estableció el derecho de ciudadanía a personas con determinadas
condiciones familiares (padre y madre ciudadanos), se
definiría como derecho de nacionalidad,
que, aunque pertenece al ámbito del derecho civil, me
parece importante hacer mención de ello.

Loa 9 arcontes se asemejarían al
tribunal constitucional o al tribunal supremo, en el sentido en
que para acceder a ellos, los temas que se han de tratar han de
tener determinada importancia. El consejo de los 400, así
como las Cortes Generales controlan la actuación del
gobierno y tienen potestad legislativa.

En la constitución de los atenienses
se estableció una lista de censuras para la
participación en el gobierno, parecido al art 98.3 CE para
que los miembros del gobierno no puedan ejercer otras funciones
representativas, actividad profesional o mercantil ya q son
incompatibles con su mandato parlamentario y al art 98.4 CE en el
que se menciona que la ley regulara el estatuto e
incompatibilidades de los miembros del gobierno (la
LOREG).

Los acuerdos tomados entre la ciudad y el
Pireo, constituiría un reparto de competencias al
igual que en el art. 149 CE, el cual establece las competencias
de las Comunidades Autónomas. Los asuntos se votaban a
mano alzada por el consejo, el art 79 CE dice que han de tomar
las decisiones por mayoría de los miembros de la
cámara. El jefe de los Pritanes sería como el
presidente de la cámara.

Los arcontes más importantes, eran
el arconte epónimo, el arconte rey y el polemarco, los
cuales tenían su propio criterio de actuación, cada
uno se ocupaba de las funciones que tenían determinadas en
el ámbito de sus funciones, al igual que el art. 123 CE y
el art. 25 de la Ley Orgánica del Poder judicial
(LOPJ) en el que divide el Tribunal Supremo en distintas salas
para los distintos asuntos, la de lo civil, la de lo penal, la de
lo contencioso-administrativo, la de lo social y la militar a
pesar de que esta tenga una legislación
específica.

En cuanto a los tribunales que describe la
constitución de los atenienses, la Constitución
española en su Titulo VI y la Ley Orgánica del
Poder Judicial, expone la marera de elección de los jueces
y las distintas secciones para tratar los diferentes temas, la
marera de celebrar los juicios y las votaciones de estos sobre
las casos juzgando conforme a la ley.

CON LAS MAGISTRATURAS
ROMANAS

Los órganos gubernamentales durante
la
República romana eran:

Los magistrados: Las magistraturas fueron
electivas, sus integrantes (salvo excepciones) eran elegidos por
sufragio
popular y duraban generalmente un año. El trabajo en las
magistraturas no era remunerado, y debía ser respetada
unas jerarquías que establecía en las que
sólo podían participar en los cargos mayores
quienes habían formado parte de cargos menores. Los
magistrados en Roma eran los
siguientes:

  • Cónsules: Una vez expulsados los
    reyes, el poder civil y militar quedó en manos de dos
    cónsules que ejercían sus funciones anualmente.
    Ejercían la mayor autoridad pues presidían el
    Senado, convocaban a asambleas populares y comandaban los
    ejércitos.

  • Dictadura: Cuando una invasión o
    guerra civil amenazaba a Roma, los cónsules eran
    suspendidos en sus funciones y reemplazados por un dictador,
    que gobernaba sólo. Como estaba investido con muchas
    atribuciones, debía renunciar cuando el peligro
    terminaba, y si los conflictos continuaban debía ser
    reemplazado a los seis meses.

  • Censores: Estos dos magistrados
    tenían la misión de confeccionar cada seis
    años el censo, es decir, el padrón general del
    pueblo romano donde figuraban sus ciudadanos y sus bienes.
    Con el transcurso del tiempo, aumentaron sus atribuciones,
    llegaron a poder vigilar la conducta de los funcionarios y
    "degradar" a un senador y hasta expulsarlo de sus
    funciones.

  • Pretores: En principio, los
    cónsules resolvieron las cuestiones judiciales, pero
    con el tiempo la cantidad de problemas aumentó y se
    creó el puesto de pretor. En un primer momento no
    existió más de uno, pero luego llegó a
    haber hasta doce.

El Autor:
Aristóteles

Aristóteles nació en
Estagira, Macedonia, el año 384 a.C. y murió en 322
a.C. se trasladó a Atenas a los 17 años para
estudiar en la Academia de Platón.
Estuvo en Atenas, primero como estudiante y, más tarde,
como maestro. A la muerte de Platón
(c. 347 a.C.), Aristóteles se fue para Assos, donde
sirvió como consejero a Hermias. Se casó con la
sobrina e hija adoptiva de este, Pitia. Hermias fue capturado y
ejecutado por los persas, Aristóteles se trasladó a
Pella, capital de
Macedonia, donde fue tutor de Alejandro III el Magno. En el
año 336 a.C., al acceder Alejandro al trono,
regresó a Atenas y estableció su propia escuela: el
Liceo. Debido a que gran parte de las discusiones y debates se
desarrollaban mientras maestros y estudiantes paseaban por el
Liceo, este centro llegó a ser conocido como escuela
peripatética. Con la muerte de Alejandro
Magno, se generó en Atenas un fuerte sentimiento
anti-macedonio, con lo que Aristóteles se fue a la isla de
Eubea, donde moriría.

Aristóteles es uno de los filósofos más importante de la
historia. Escribe sobre multitud de temas entre los que se puede
destacar la física y filosofía natural, la biología, la ética, la
lógica
y la metafísica. Son importantes las
aportaciones de Aristóteles a la filosofía
jurídica. En el campo del derecho hace una
clasificación de distintos tipos de Justicia:

  • La justicia legal o política, ya
    que, ser justo equivale a obedecer a la ley. En este sentido,
    todo ser humano que vive en la Ciudad o Estado debería
    cumplir las leyes de su ciudad para ser así justo. El
    Estado es la sede de la virtud por excelencia, es decir, de
    la justicia.

  • la justicia equitativa o particular que
    la divide en:

  • 1. Distributiva: es aquella
    mediante la cual se intenta repartir los bienes de una
    comunidad de un modo proporcional. Aristóteles piensa
    que en tal distribución deberían tenerse en
    cuenta los méritos de cada uno.

  • 2. Correctiva se subdivide en
    justicia que se ocupa de las transacciones voluntarias
    (derecho civil) y la justicia que se ocupa de las
    involuntarias o forzosas (derecho penal).

  • 3. de reciprocidad o conmutativa
    hace referencia a los tratos llevados a cabo en el
    ámbito comercial y económico.

Sus obras se pueden dividir en tres
fases:

-Una primera etapa inicial, que coincide
con su primera estancia en Atenas, etapa platonista en la que
está de acuerdo con las ideas de su maestro. Le quita
valor a lo
real del mundo.

-Periodo de los viajes (del
año 347 al 330 a.C. mas o menos). Época de
transición. Empieza a escribir La
Política.

-Periodo último (del año 330
al 322 o 323 a.C.) que vienen a representar aproximadamente los
últimos años de su estancia en Atenas. Termina de
escribe La Política. También escribe obras de
metafísica y Retórica entre otras cosas.

En sus obras trata temas como la astronomía instituyo un sistema
geocéntrico, en el cual la Tierra se
encontraba inmóvil en el centro mientras a su alrededor
giraba el Sol con otros
planetas.
Aristóteles habló del mundo sublunar, en el cual
existía la corrupción y la degeneración y el
mundo supra lunar, perfecto. Esta teoría
de la Tierra como
centro del universo,
duró varios siglos.

En cuestión de filosofía, Aristóteles
rechazó las teorías
de Platón y concebía la «existencia» de
dos mundos posibles o reales, poseía una teoría que
discurría entre el mundo idealista y el mundo
tangible.

En biología clasificó más de 500 clases
de peces y
demás animales. La
Generación espontánea es una teoría sobre el
origen de la
vida. Aristóteles propuso el origen espontáneo
de peces e insectos a partir del rocío, la humedad y el
sudor. Explicó que se originaban gracias a una interacción de fuerzas capaces de dar vida
a lo que no la tenía con la materia no
viva. A esta fuerza le llamó entelequia. Esta
teoría también se mantuvo durante muchos
años.

Aristóteles expuso en la
política la teoría clásica de las formas de
gobierno, que fue retomada por diversos autores en los siglos
siguientes, además estableció categorías
fundamentales, en las que continuamos apoyándonos para
entender la realidad política.

La teoría de las seis formas de
gobierno Aristóteles tomó en cuenta dos factores
primordiales:

  • quién gobierna:
    distinguió según si en la constitución
    el gobierno reside en una persona (monarquía), pocas
    personas (aristocracia) y muchas personas
    (democracia).

  • cómo gobierna : hay
    constituciones puras o impuras y como consecuencia a las tres
    formas anteriores, consideradas como puras (buenas), se
    podía contraponer otras tres formas impuras (malas),
    de modo que aplicado a estas formas malas el criterio de
    quién gobierna, Aristóteles las
    clasificó como tiranía (gobierno de uno),
    oligarquía (gobierno de pocos) y oclocracia
    (desgobierno de muchos). También dio a estas formas de
    gobierno una jerarquía respecto a las demás
    tomando en cuenta para ello si estos gobiernos velaban por el
    interés común o el individual, quedando las
    formas de gobierno en orden de la mejor a la peor de la
    siguiente manera: 1. Monarquía, 2. Aristocracia, 3.
    Democracia, 4. Oclocracia, 5. Oligarquía; y 6.
    Tiranía.

Escribió dos obras sobre
ética: "Ética a Nicómaco", que consta de
diez libros, y
"Ética a Eudemo", que consta de cuatro libros.En ellas
expone toda actividad humana tiende hacia algún fin/bien.
Su ética es una de bienes porque supone que cada vez que
el hombre
actúa lo hace en búsqueda de un determinado bien.
El bien supremo es la felicidad, y la felicidad es la
sabiduría (el desarrollo de
las virtudes, la razón).

  • Fin: La finalidad o motivo de una
    acción.

  • Fin Medio o Imperfecto: Es aquel fin
    que se quiere por otra cosa y no por sí
    mismo.

  • Fin Final o Perfecto: Es aquél
    fin que se quiere por sí mismo y no por otra
    cosa.

  • Felicidad o eudaimonía:
    Es el Bien Supremo del ser humano.

Conclusiones

Aristóteles fue uno de los grandes
filósofos de la antigüedad y determinante de las
creencias centrales del Pensamiento
Occidental. Creador de la lógica, de la taxonomía
y maestro de la anatomía y
biología. Inauguró una nueva visión del
mundo y popularizo ideas comunes para muchas personas.

Durante siglos ha influido en el
pensamiento humano, por ejemplo en Santo Tomás de
Aquino. Escribió sobre diversos temas
(biología, Derecho, política…) en un extenso
número de libros entre los que se puede citar su
Ética a Nicómaco o esta obra, La
Política.

Esta obra como esta sirve para ver el
avanzado del pueblo griego, pero sirve también para
extrapolar a fechas no tan antiguas a las nuestras algunas ideas.
Y es que, los sistemas de
gobierno que se repasan, prácticamente cubren todos los
habidos en la historia hasta ahora, dándonos cuenta que no
hemos inventado nada los hombres en estos últimos siglos,
sino que hemos perfeccionado lo habido.

Bibliografía

-LA CONSTITUCION DE LOS ATENIENSES,
ARISTOTELES, editorial GREDOS BIBLIOTECA
CLASICA.

-CONSTITUCION ESPEÑOLA DE 1987,
editorial TECNOS

 

 

 

 

 

 

Autor:

María Montero
Toquero

Facultad de Derecho,
Valladolid

Partes: 1, 2
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