- Contratos
inmobiliarios - Clases de
calificación registral - Clases de
Derechos - Cláusulas
generales de contratación - Clases de
contratación - Enumeración
de los contratos inmobiliarios - Mutuo
hipotecario - Corretaje
inmobiliario
Definición
La contratación inmobiliaria puede ser definida
como la celebración de contratos sobre
inmuebles, también conocidos como derechos personales que se
celebran respecto de dichos bienes. La
contratación inmobiliaria da surgimiento a los contratos
inmobiliarios. En los contratos se encuentra prevista la
lesión y la excesiva onerosidad de la prestación,
las cuales son instituciones
jurídicas propias de la contratación peruana, que
benefician a la parte débil y constituye un límite
a la libertad
contractual. El artículo 1362 del código
civil peruano de 1984 establece expresamente que los
contratos deben negociarse, celebrarse y ejecutarse según
las reglas de la buena fe y común intención de las
partes.
Contratos
inmobiliarios
Los contratos inmobiliarios son los celebrados sobre
bienes inmuebles. Dentro de los primeros el principal es la
compraventa, que en algunos supuestos puede ocasionar la
inmatriculación de los bienes indicados, en el registro de
propiedad
inmueble. Es decir, estos contratos son bastante importantes. El
artículo 1351 de la misma norma establece que el contrato es el
acuerdo de dos o más partes para crear, regular, modificar
o extinguir una relación jurídica patrimonial.
Además en su artículo 1352 señala que los
contratos se perfeccionan por el consentimiento de las partes,
excepto aquellos que, además, deben observar la forma
señalada por la ley bajo
sanción de nulidad. Su artículo 1353 señala
que todos los contratos de derecho privado, inclusive los
innominados, quedan sometidos a las reglas generales contenidas
en esta sección, salvo en cuanto resulten incompatibles
con las reglas particulares de cada contrato. El artículo
1354 precisa que las partes pueden determinar libremente el
contenido del contrato, siempre que no sea contrario a norma
legal de carácter imperativo.
ACOGIDA REGISTRAL DE LOS CONTRATOS
Los contratos inmobiliarios en muchos casos tienen
acogida registral, como es el caso de la compraventa inmobiliaria
que se registra en las oficinas registrales de las zonas
registrales y si el inmueble no corre registrado y la
calificación registral es positiva se debe inmatricular el
mismo.
También pueden tener acogida registral la
donación, permuta y arrendamiento,
principalmente.
Clases de
calificación registral
La calificación registral es de dos clases que
son las siguientes: 1) positiva, y 2) negativa.
CALIFICACION REGISTRAL POSITIVA
La calificación registral positiva, es cuando el
título tiene acogida registral por parte de los
registradores públicos o vocales registrales, siendo los
indicados la primera y última instancia en el procedimiento de
solicitud de registración existente en el derecho peruano.
Por ejemplo cuando una compraventa inmobiliaria u otro contrato
de este tipo corre registrado se dice que en dicho título
ha existido calificación de este tipo. En este caso no
procede apelación.
CALIFICACION REGISTRAL NEGATIVA
La calificación registral negativa es cuando el
título no tiene acceso al registro, por ejemplo cuando una
compraventa inmobiliaria, arrendamiento inmobiliario u otro
contrato no corre registrado. Este tipo de calificación es
de dos clases que son las siguientes: 1) suspensión
(observación) y 2) denegación
(tacha). En estos casos si procede el recurso de
apelación, para que sea absuelto el grado por parte del
tribunal registral, en última instancia
registral.
Clases de
Derechos
Los derechos son de dos clases que son las siguientes:
derechos objetivos, que
son las normas; y los
derechos subjetivos, que son los derechos
reales y los derechos personales, siendo éstos
últimos los contratos.
ESQUEMA DE LOS DERECHOS
Podemos aprovechar la presente sede para elaborar el
siguiente esquema:
1) Derechos objetivos (normas).
2) Derechos subjetivos.
a. Derechos reales.
i. Hipoteca[1]
ii. Anticresis.
iii. Otros.
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