- Creación del Registro
del agente inmobiliario del Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento - Malla
curricular del curso de especialización del agente
inmobiliario - Escritura
Pública - Análisis
doctrinario del catastro en el Derecho peruano y
extranjero - Corretaje
inmobiliario
Creación
del Registro del agente inmobiliario del Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento
LEY Nº 29080 CREACIÓN DEL
REGISTRO DEL
AGENTE INMOBILIARIO DEL MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO
LEY Nº 29080EL
PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICAPOR CUANTO:EL
CONGRESO DE LA
REPÚBLICA;Ha dado la Ley
siguiente:LEY DE CREACIÓN DEL REGISTRO DEL AGENTE
INMOBILIARIO DEL MINISTERIO DE VIVIENDA,CONSTRUCCIÓN Y
SANEAMIENTOTÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALESCAPÍTULO
IGENERALIDADESArtículo 1º.- Objeto de la LeyEl
objeto de la presente Ley es crear el Registro del Agente
Inmobiliario del Ministerio de Vivienda, Construcción y
Saneamiento. El Agente Inmobiliario desarrolla el servicio de
intermediación, destinado a la adquisición,
administración, arrendamiento,
comercialización, asesoramiento, consultoría, transferencia, venta,
cesión, uso, usufructo, permuta u otra operación
inmobiliaria, a título oneroso, de inmuebles o sobre los
derechos que
recaigan en ellos.
Este artículo debe ser interpretado
junto con el reglamento, del cual se debe tener en cuenta los
artículos 1 y 2.
El artículo 1 del reglamento establece que la
presente norma tiene por objeto reglamentar la Ley No. 29080 –
Ley de Creación del Registro de Agente Inmobiliario del
Ministerio de Vivienda, Construcción y
Saneamiento.
Por otro lado el artículo 2 señala que
dicho Reglamento es de aplicación a nivel nacional y
está dirigido a toda persona natural o
jurídica que realice las actividades a que se refiere el
artículo 1 de la Ley No. 29080, Ley de creación del
Registro del Agente Inmobiliario del Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento.
Es decir, la norma de la ley analizada es claro que crea
un registro administrativo, el cual se encuentra a cargo del
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por lo
tanto, constituye toda una novedad en el derecho peruano. Luego
se enumera a algunos contratos
contratos que deben tenerse presente en el caso de los agentes
inmobiliarios.
El artículo 1 no tiene una adecuada redacción porque enumera varios actos o
contratos, pero lo hace de una forma o manera demasiado
desorganizada, lo cual incrementará de manera bastante
notoria los costos de
transacción, por que se incrementarán los costos de
información, todo lo cual es materia de
estudio por parte del análisis económico del derecho, que
no es rama del derecho, sino que se trata de una disciplina
jurídica muy importante en el estudio del
derecho.
Es decir, si la norma es clara, los costos indicados son
reducidos, pero si es difícil de ser aplicada los
indicados son muy elevados, lo cual trae como consecuencia que
sea demasiado costoso utilizar el mercado.
Artículo 2º.-
Definiciones
Para los efectos de esta Ley, se entiende
por:
I. Agente Inmobiliario con
Registro:
Persona natural o jurídica,
formalmente reconocida por el Estado de
acuerdo a lo dispuesto en esta Ley, que realiza operaciones
inmobiliarias a cambio de
unacontraprestación económica.
II. Bienes
Inmuebles:
Son bienes inmuebles, para los efectos de
la presente Ley, aquellos establecidos en el artículo
885º del Código
Civil.
III. Operaciones Inmobiliarias de
Intermediación:
Operaciones de intermediación,
relacionadas con la compraventa, arrendamiento, fideicomiso o
cualquier otro contrato
traslativo de dominio, o de uso
o usufructo de bienes inmuebles, así como la
administración, comercialización,
asesoría y consultoría sobre los mismos.
IV. Oferta:
Toda propuesta verbal o escrita, conocida por el destinatario,
que tiene por finalidad la celebración de un contrato
sobre un bien inmueble.
V. Intermediado: Quien contrata con
un Agente Inmobiliario con el objeto de realizar operaciones
inmobiliarias.
Este artículo concuerda con el
artículo 3 de su reglamento, el cual establece lo
siguiente:
"Artículo 3.- Términos y
Defi niciones:
a. Agente Inmobiliario con
Registro.-
Persona natural o jurídica inscrita
en el Registro del Agente Inmobiliario del Ministerio de
Vivienda, Construcción y Saneamiento, que realiza
operaciones inmobiliarias a cambio de una contraprestación
económica en el territorio nacional.
b. Bienes Inmuebles.-
Son bienes inmuebles, aquellos establecidos
en el artículo 885 del Código
Civil.
c. Comité de
Registro.-
Es el órgano que tiene a su cargo la
evaluación de las solicitudes de
inscripción o renovación del Agente
Inmobiliario.
d. Intermediado.- Persona natural o
jurídica que contrata el servicio del Agente Inmobiliario
con el objeto de realizar operaciones inmobiliarias.
e. Oferta.- Toda propuesta verbal o
escrita, conocida por el destinatario, que tiene por finalidad la
celebración de un contrato sobre un bien
inmueble.
f. Operaciones Inmobiliarias de
Intermediación.-
Las operaciones relacionadas con la
compraventa, arrendamiento, fideicomiso o cualquier otro contrato
traslativo de dominio o de uso o usufructo de bienes inmuebles,
así como la administración, comercialización y
consultoría sobre los mismos."
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