- Nociones
previas - El derecho a la tutela
jurisdiccional efectiva - Pretensión
y oposición como declaraciones de
voluntad
Nociones
previas
Una vez concluidos los estudios universitarios de
Derecho nos percatamos que los conocimientos adquiridos muchas
veces son insuficientes para sustentar un grado y evidentemente
para desarrollar el ejercicio profesional de la abogacía;
creo, por propia experiencia, que esto se debe a dos factores:
uno, por la falta de sistematización de los temas tratados, muchas
veces anclados en lecturas codigueras, y otro porque los
conceptos de dogmática procesal son desarrollados
estérilmente sin ligazón con la práctica,
generando la falsa impresión que son temas sin utilidad y por
tanto objeto sólo de discusiones especulativas sin un
referente material. Ambas limitaciones obviamente no motivan ni
permiten el estudio sistemático del derecho
procesal y por el contrario generan apreciaciones respecto a
que el derecho procesal es un derecho "adjetivo" sin importancia
y que sólo el derecho material (civil, penal, laboral, etc.)
tiene los merecimientos para ser objeto de un concienzudo
estudio; es menester enfatizar que el derecho procesal tiene por
objeto de estudio temas de importancia central -como el derecho a
la tutela
jurisdiccional, el debido proceso, la
jurisdicción- que posibilitan apreciar las relaciones
entre los ciudadanos y el Estado.
Frente a esa postura reductiva es necesario relievar la
importancia de la dogmática procesal, pero desde un
enfoque distinto, en este caso desde la perspectiva de lo que
Peyrano denomina eficientismo procesal (salvando
obviamente el contenido utilitarista que subyace en esa
concepción).
Precisamente lo expuesto nos obliga a advertir que el
íter de nuestro desarrollo
temático es heterodoxo en dos aspectos fundamentales: uno,
frente a la trilogía tradicional de acción,
jurisdicción y proceso conforme, hasta ahora, se ha
enfocado el estudio del derecho procesal, proponemos una nueva
trilogía que comprende: el Derecho a la Tutela
Jurisdiccional Efectiva, la jurisdicción y el
proceso; dos, tomaremos como piedra angular de nuestra
exposición a la pretensión procesal;
ello entre otras cosas porque modernamente todas las
categorías del proceso son tratadas desde la perspectiva
de la pretensión; en efecto la descomposición
analítica de la pretensión en sus elementos
objetivos y
subjetivos facilita la intelección de los presupuestos
procesales (y las condiciones para un pronunciamiento
válido sobre el fondo); no es sino sobre la base de la
pretensión que se da contenido a los presupuestos de
validez del proceso. La pretensión es, que duda cabe, el
eje sobre el gira toda la estructura del
proceso.
Con relación a la nueva trilogía procesal
propuesta es necesario establecer previamente que la doctrina
tradicional consideró como una trilogía los
conceptos fundamentales a: la acción,
jurisdicción y el proceso; estos tres conceptos
sólo podían comprenderse mutuamente implicados; en
efecto, no es posible concebir un derecho a la acción de
los ciudadanos sin su correlato de jurisdicción como
poder –
deber, como tampoco se podría considerar, de manera
compartimental, a la jurisdicción sin su correlato con el
derecho a la acción; ambos conceptos implicados configuran
una relación jurídica (deber – derecho), idea
fundamental para comprender el concepto del
proceso.
De los tres conceptos el de acción es el
más problemático, porque su elucidación
doctrinariamente es controversial y diversa. Consideramos que en
su lugar se debe incorporar el concepto del Derecho a la Tutela
Jurisdiccional Efectiva, por las razones siguientes: El concepto
de acción es unilateral pues sólo permite apreciar
la relación del justiciable accionante con el
órgano jurisdiccional, prescindiendo de la relación
del justiciable demandado con el órgano judicial; la
situación jurídica del demandado (o el imputado) al
ser vinculado a un proceso supone un derecho a la
contradicción, análogo al derecho a la
acción; el derecho a la contradicción es subjetivo,
abstracto y autónomo, características que
constituyen el contenido esencial del derecho a la acción;
el Derecho a la tutela Jurisdiccional Efectiva es un concepto
más omnicomprensivo y permite la integración lógica
de los conceptos de acción y contradicción y
facilita comprender la idea de relación (jurídica)
de los justiciables, demandante y demandado, con el órgano
jurisdiccional.
Sobre la base de esta nueva trilogía: derecho
a la tutela jurisdiccional efectiva, jurisdicción y
proceso, en ese orden, que desarrollaremos el contenido de
cada uno de estos conceptos. La preferencia es sólo por
criterio didáctico.
El derecho a la
tutela jurisdiccional efectiva
Los hombres primitivos no reconocían ente
superior alguno que los proteja de las agresiones, opresiones o
violencias y por tanto tenían que defenderse por sí
mismos. Sin embargo, muchas veces no estaban en capacidad de
hacerlo o excedían los límites
que pueden considerar razonables desde la perspectiva del derecho
actual.
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