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Aspectos a considerar en el Nuevo Proceso Penal salvadoreño



Partes: 1, 2

    1. El
      Rol de la Fiscalía General de la República en el
      Nuevo Proceso Penal
    2. La
      Acción Penal y su Clasificación
    3. Aplicación
      de Salidas Alternas que el Agente Auxiliar del Fiscal General
      de la República puede aplicar en el Nuevo Proceso
      Penal
    4. Bibliografía

    Introducción

    El presente trabajo de
    investigación pretende de una manera breve
    mostrar algunas de las nuevas características con las que
    contara a partir de su entrada en Vigencia el Nuevo Código
    Procesal Penal.

    Este trabajo consta de tres partes; en la primera parte se
    hace mención de el rol que jugara la Fiscalía
    General de la
    República en el nuevo Proceso Penal,
    exponiendo cuales serán algunas de sus atribuciones, se
    dará a conocer cuales serán las nuevas etapas
    procesales que componen el nuevo ordenamiento procesal penal.

    En el segundo apartado se desarrolla el tema de la acción
    penal y su clasificación, dejando plasmadas algunas de las
    características principales observadas en el nuevo
    Código Procesal Penal.

    La tercera y ultima parte consiste en una breve exposición
    de las llamadas salidas alternas, las cuales cuentan con algunos
    elementos nuevos de los cuales se da una explicación en
    cuanta a la manera que podrán ser aplicadas, en que
    momento se puede optar por ellas, y quien podrá dar la
    aprobación para la aplicación de las mismas.

    Para la realización de este trabajo se consultaron
    diversos autores estudiosos del Derecho, los cuales mediante sus
    aportes y en total consonancia con el Nuevo Código
    Procesal Penal han enriquecido la
    investigación, la cual ha permitido una mejor
    compresión y adaptación a los nuevos cambios que
    trae aparejada la entrada en vigencia del Nuevo Proceso
    Penal.

    OBJETIVOS

    • GENERAL

    Conocer cuales son los aspectos más importantes a
    considerar en el Nuevo Proceso Penal Salvadoreño.

    • ESPECIFICOS

    1- Conocer el Rol de la Fiscalía General de la
    República en el Nuevo Proceso Penal
    Salvadoreño.

    2- Analizar la Acción Penal y su clasificación,
    tomando como parámetro el Nuevo Código Procesal
    Penal.

    3- Estudiar cuales son las salidas alternas incluidas dentro
    del Nuevo Código Procesal Penal.

    El Rol de la
    Fiscalía General de
    la República en el Nuevo
    Proceso Penal

    1.1) El Ministerio Público como ente
    encargado de la Investigación del Delito.

    Ministerio Publico o Ministerio Fiscal, es
    para Manuel Ossorio: "Una Institución Estatal, encargada
    por medio de sus funcionarios (Fiscales) de defender los derechos de la sociedad y del
    Estado. Es,
    además, por lo menos en algunos países, el
    órgano de relación entre el Poder
    Ejecutivo y el Poder
    Judicial".

    Jorge Vargas Rossi, expone que, "El Ministerio Publico o
    Ministerio Fiscal, es una corporación, cuerpo o colegio
    estatal de funcionarios a quienes incumbe instar lo concerniente
    a la averiguación de sucesos delictivos o bien llevar
    adelante directamente tal investigación, con la finalidad
    de sostener, en su caso, la acusación pública, es
    decir, la pretensión punitiva".

    En nuestro país, el Ministerio Público de
    acuerdo al Artículo 191 de nuestra Constitución será ejercido por el
    Fiscal General de la República, el Procurador General de
    la República y los demás funcionarios que determine
    la ley.

    El ordenamiento Constitucional, en su Articulo 193 deja
    claramente establecidas cuales serán las funciones que le
    competen al Fiscal General de la República; el Nuevo
    código Procesal recoge los preceptos constitucionales y
    ahonda de manera especial en las atribuciones, que dentro del
    proceso penal, competen al Fiscal General de la República
    y sus auxiliares.

    El Articulo 74 del Nuevo Código Procesal Penal (NCPP)
    establece que:

    "Corresponderá a la Fiscalía General de la
    República dirigir la investigación de los delitos y
    promover la acción penal ante los jueces y tribunales
    correspondientes.

    Para esos efectos, la Fiscalía General de la
    República dictará la política de
    persecución penal, bajo los principios de
    objetividad, racionalidad, unidad de acción y dependencia
    jerárquica. Esta política será de acceso
    público.

    Los fiscales formularán motivadamente sus resoluciones,
    peticiones y acusaciones. En la audiencia inicial, en la
    preliminar, la vista pública y las demás audiencias
    que convoquen los jueces, las formularán en forma oral, en
    los demás casos por escrito".

    Una clara orden para la Fiscalía General de la
    República (FGR) es la de "dirigir la investigación
    de los delitos y promover la acción penal ante los jueces
    y tribunales correspondientes". Es decir, que solamente a este
    ente estatal corresponde dirigir cualquier actividad relacionada
    con la investigación, indagación, búsqueda,
    etc. de todos aquellos elementos probatorios que sirvan para
    presentar una acusación formal ante el Órgano
    Jurisdiccional.

    Partes: 1, 2

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