En la presente sede estudiaremos la traducción en el Derecho comparado, por lo cual es claro que el vértice con el cual estudiaremos este tema debe ser bastante amplio porque se tendrá en cuenta todos los países, ya que en otras sedes casi siempre sólo hemos tenido en cuenta los sistemas jurídicos de habla española, lo cual limitaba nuestros trabajos de investigación y de esta forma es claro que teniendo en cuenta que el presente estudio se debe aplicar a todos los sistemas jurídicos es claro que los estudiantes del Derecho e investigadores jurídicos tendrán información útil para sus investigaciones jurídicas.
Los investigadores en el Derecho peruano han desarrollado poco este tema, lo cual debe ser tenido en cuenta cuando estudiamos el Derecho comparado, sin embargo, en el extranjero el referido ha sido materia de estudio por parte de los tratadistas, lo cual es advertido fácilmente consultando Internet, la que es considerada o denominada por algunos como la red de redes, y en todo caso esto es conocido en forma mas amplia aplicando el Derecho informático y el Derecho de Internet y las tics (tecnologías de la información y comunicaciones).
Este tema lo debemos ubicar en la presente sede dentro del Derecho comparado, por ejemplo podemos comparar que el estudio de la traducción jurídica es realizado en otros sistemas jurídicos, pero en el Derecho peruano, como que no es tocado por parte de los diferentes autores, lo cual es estudiado por parte de los comparatistas.
En el estado peruano hace poco se organizó un curso de inglés jurídico, el cual fue organizado por una prestigiosa universidad de la ciudad de Lima, sin embargo, hemos advertido que el mismo no dió frutos porque no existieron publicaciones a consecuencia de este importante evento, el cual se llevó a cabo en el Derecho peruano.
La traducción jurídica en el Derecho comparado es cuando de un idioma se traduce a otro un trabajo de la disciplina jurídica en mención.
Por ejemplo podemos traducir del español al inglés el término "Derecho comparado" en el cual será "comparative law".
Sin embargo, debemos precisar que este supuesto planteado es el mas sencillo, pudiendo, por tanto, presentarse supuestos mas complejos en estos idiomas y en otros.
La traducción es de dos clases que son las siguientes;
Traducción general.
Traducción técnica.
Por lo tanto, debemos dejar constancia que dentro de la segunda se encuentra entre otras la traducción jurídica.
En todo caso un tema son los idiomas y otro la traducción lo cual debe ser materia de estudio por los comparatistas, es decir, por los estudiosos del Derecho comparado.
Ahora desarrollaremos la traducción el cual es un tema bastante útil para el Derecho comparado, por ejemplo para comparar el sistema jurídico peruano o parte de él con otros sistemas jurídicos pero que en los cuales se habla otros idiomas, dentro de los cuales podemos citar el francés, chino, alemán, francés, italiano, portugués, entre otros. Lo cual puede ser profundizado por parte de los especialistas en el Derecho comparado, a los cuales se les conoce en todo el mundo con la denominación de comparatistas o comparativistas y en todo caso es claro que este tipo de comparación es la que en menos cantidad se llevan a cabo, es decir, salen fuera de lo común y de esta forma es claro que adquieren mayor consideración las publicaciones en las cuales se ha tenido que traducir previamente, lo cual se pudo hacer directamente por el comparatista que también puede que sea traductor o por otra persona o profesional el cual sea un traductor experimentado en el estudio de la traducción jurídica del Derecho comparado.
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