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La autoría directa, coautoría y autoría mediata. En el derecho penal salvadoreño (página 2)



Partes: 1, 2

Autores
Mediatos

El autor mediato "es aquel que solamente se
sirve de otro como instrumento para la realización del
delito."

Es el caso en el que el sujeto, dominando el hecho y
teniendo todas las características especiales de la
autoría, se sirve de otro para la ejecución de la
acción típica. Hay una subordinación del
instrumento al autor mediato.

Aquí, se pueden distinguir varios
supuestos:

  • Instrumento que obra sin dolo, porque sufre un error
    de tipo. Si el error es invencible, no hay duda (impune); por
    el contrario, si el error es vencible se trataría de
    un autor inmediato imprudente (autoría accesoria: no
    hay acuerdo entre los partícipes, ni siquiera
    tácito).

  • Instrumento que obra conforme a derecho.

  • Instrumento que obra coaccionado. El que coacciona
    está creando dolo en otro. Hay un sector de la
    doctrina que opina que el sujeto que está siendo
    coaccionado, podría obrar de otra manera, por lo que
    se daría el caso de una inducción por parte
    del hombre de atrás
    ; si la coacción llega
    hasta el punto de que el coaccionado pierda la última
    decisión, sería una autoría mediata
    (estado de necesidad disculpante).

  • Instrumento que obra sin culpabilidad. El
    instrumento en inimputable (si conserva el dominio
    del hecho sería inducción) u obra bajo un
    error de prohibición
    (si el error es vencible,
    también sería un caso de
    inducción).

  • Instrumento que no obra típicamente. Ej.:
    inducción al suicidio (en España está
    tipificado expresamente).

  • Instrumento que obra dentro de un aparato de poder.
    (Ej.: mafia). Cuando el sujeto pertenece a una
    organización jerárquica de poder. Las posibles
    soluciones serían: coautoría (si el
    hombre de atrás no participa en la ejecución),
    autoría mediata (plantea el problema de que
    el ejecutor es plenamente responsable y el hombre de
    atrás controla el hecho (cuando el ejecutor no obra ni
    coaccionado ni con engaño, pero es fácilmente
    reemplazable). Jackobs defiende la coautoría. Conviene
    destacar la figura de autor detrás de autor que define
    la dependencia psíquica del ejecutor hacia el hombre
    de atrás.

  • Tentativa de la autoría mediata: hay
    tentativa cuando el instrumento escapa ya del control del
    autor mediato; suele ser cuando el instrumento da comienzo a
    la ejecución.

En la autoría mediata la acción
típica se atribuye a una persona que no reúne las
condiciones para responder penalmente por ella y que ha sido
manejada por otra, que es quien en realidad ejecuta el
delito.

Cuadro de diferencias entre
Autores.

Autor Directo (Inmediato)

Autor Indirecto

Es aquel que por si solo realiza la acción
típica antijurídica.

Su acción esta más allegada a la
culpa, y no a la realización de un delito, sino
más bien incurre en una falta.

Autor Intelectual

Autor Material

Este es el que planea y / o diseña las
acciones a seguir en un determinado delito. Se asocia con
el instigador.

Es aquel que realiza la acción
típica antijurídica, de manera
física.

Ejemplo
Práctico

Para poder dejar aun mas en claro quienes son autores,
participes o mediatos, se presta para el caso el crimen suscitado
en Guatemala donde fueron asesinados tres diputados
salvadoreños y un colaborador de ellos.

Los autores se podrían definir
así:

  • AUTORES DIRECTOS O INMEDIATOS

Los policías guatemaltecos Luís Arturo
Herrera López, José Korki López Arreaga,
José Adolfo Gutiérrez y Marvin Langen Escobar
Méndez, son los acusados de ser los autores materiales de
la matanza, fueron asesinados el 25 de febrero en el interior de
la cárcel de máxima seguridad de "El
Boquerón", donde fueron recluidos.

Mario Javier Lémus Escobar, de 32 años,
alias "Yegua Arisca"; Obdulio Estuardo de León
Lémus, de 30; Carlos Amilcar Orellana Donis, de 28 y
Wanner Adilcar Morales Silva.

A Lémus Escobar y de León Lémus, se
les acusa de los delitos de "asesinato cuádruple,
asociación para delinquir y conspiración", mientras
que Orellana Donis y Castillo Orellana de
encubrimiento.

Orellana Donis es el jefe de la banda, y no se descarta
que junto a Lémus Escobar, sean los "autores
intelectuales" de los asesinatos.

Conclusiones

  • I. La autoría en materia penal es muy
    importante debido a que se necesita una real y concreta
    comprobación de las acciones que el sujeto incriminado
    realizo, para poder clasificar en que calidad actuó en
    el delito.

  • II. Estudiar los diferentes autores en materia
    penal nos sirve para poder tener una mejor comprensión
    de la conducta delictiva, y nos permite sabes en que calidad
    comparecen los hechotes del crimen.

  • III. En nuestro país son pocas las veces
    que se procesan a los denominados autores intelectuales de
    los delitos cometidos, lo cual genera en la población
    inseguridad y falta de confianza en el sistema
    jurídico del país.

  • IV. Establecer la responsabilidad de los
    autores es primordial para crear un clima de confianza en el
    sistema.

Bibliografía

  • Código Penal de la Republica de El Salvador
    2007

  • Código Penal Comentado. Consejo Nacional de
    la Judicatura 2006

  • Derecho Penal Salvadoreño. Dr. Manuel Arrieta
    Gallegos.

  • Teoría General del Delito. Francisco
    Muñoz Conde

"Procura la Justicia. Tu deber es luchar por el
derecho; pero el día en que encuentres en conflicto el
derecho con la justicia, lucha por la justicia". Eduardo
Couture

 

 

Autor:

Douglas Alexander Albanéz
Núñez

Partes: 1, 2
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