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Los Bienes Culturales y Naturales en la Provincia Granma (página 2)



Partes: 1, 2, 3, 4

Introducción

Las normas ambientales comenzaron a promulgarse en Cuba
desde la época de la Colonia, refiriéndose a
aspectos considerados fundamentales por los Conquistadores de
América, por lo que el tema podrá en algún
momento ser novedoso, pero no resulta absolutamente nuevo. Cuando
expresamos aspectos fundamentales se trata que en esos primeros
tiempos: las ordenes Militares, Real Cédula, Real Decreto,
que constituían los instrumentos legales existentes;
establecieron normas para la tala de los bosques, la
utilización de las tierras y las minas. Todo esto tenemos
que analizarlo desde el contexto económico-político
de la clase dominante, que es quien siempre marca las pautas
económica-social y política de la Nación.
Durante la época de la República se dictaron
alrededor de 402 legislaciones ambientales, en diferentes
categorías como eran: Ley, Decreto, Decreto-Ley y
resoluciones, relativas a las aguas, la tierra, la flora y la
fauna y la minería que desde los inicios resultó la
más tratada.

Ya a partir del año 1959, con el Triunfo de la
Revolución Cubana, se comenzaron a dictar regulaciones
encaminadas a la Protección del medio ambiente y aparece
tratado por vez primera en la legislación de este tipo el
Patrimonio Cultural.

En ese mismo año de 1959, se promulgó la
Ley Forestal y creación de los Parques Nacionales, siendo
estos últimos objeto de nuestro trabajo, luego se
aprobó el 8 de enero de 1980, la ley No. 27 de la
Creación del Gran Parque Nacional Sierra
Maestra.

Aunque en el programa del Moncada, que fuera expuesta
por nuestro Comandante en Jefe en su alegato "La Historia me
Absolverá" se recogía la protección al medio
ambiente, a través de la preservación y uso
racional de los Recursos Naturales, fue a partir de 1976 que
comenzó a materializarse el mismo, pues a partir de la
Constitución aprobada en ese mismo año, se
trazó la verdadera política ambiental
creándose la Comisión Nacional para la

Protección del Medio Ambiente y
Conservación de los Recursos Naturales, (COMARNA), siendo
el protagonista fundamental en esta lucha el Ministerio de la
Agricultura; dando pasos sólidos en este sentido se
aprobó en 1981 la Ley No. 33 sobre Protección del
Medio Ambiente y del Uso Racional de los Recursos
Naturales.

Luego de la Cumbre sobre el Medio Ambiente y el
Desarrollo Sostenible, celebrada en Río de Janeiro en
1992; se modificó el artículo 27 de nuestro texto
constitucional, creándose en 1994 el Ministerio de
Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, el cual es el
encargado, junto a otros organismos de la Administración
Central del Estado, de dictar y controlar, así como
representar a la nación, en cuanto a política
ambiental se refiere, por lo que en 1997 se aprobó la Ley
No. 81 sobre el medio Ambiente, la cual parte de su articulado
incide directamente en la protección del patrimonio
cultural, en correspondencia con el Ministerio de Cultura y la
Aduana General de la República, así como para el
Patrimonio Nacional con el Ministerio de la
Agricultura.

Para el desarrollo de nuestro trabajo utilizamos como
materiales, conocimientos técnicos sobre
informatización magnéticas, manuales, libros,
folletos, conferencias, resúmenes de investigaciones
jurídicas, sociales y ambientales realizadas en el
país, barrios, comunidades del territorio de la provincia
Granma.

Como métodos utilizamos el deductivo, inductivos,
de análisis y síntesis, históricos y el
lógico así como el creativo, la enseñanza de
la problemática jurídica social a partir de
diferentes tipos de problemas del territorio.

Métodos lógicos por lo cual se procede de
lo general a lo particular, sacar consecuencias. Partir de reglas
y afirmaciones generales para llegar a la definición de
los conceptos particulares. Permite hacer una
generalización sobre el problema jurídico ambiental
y social del territorio.

Con el método de análisis y
síntesis la bibliografía consultada permitió
profundizar en el contenido teórico de nuestro tema de
investigación y en los resultados obtenidos.

Permitió conocer en el plano teórico los
aspectos más importantes sobre los antecedentes
jurídicos, ambientales y sociales en Cuba y en las
funciones del Estado y el papel del CITMA en correspondencia con
los temas del medio ambiente y su conservación y
protección a partir del Triunfo de la
Revolución.

También el método creativo en la
política socio jurídico y la factibilidad de las
alternativas a nivel del sistema de la sociedad.

Las técnicas utilizadas fueron: la encuesta y la
entrevista.

La primera se utilizó para analizar
fenómenos de carácter masivo y para el estudio de
actitudes hacia diferentes problemas. Se utilizó para
recoger información acerca del estado de opinión de
los especialistas de patrimonio, museólogos, consultores
jurídicos sobre la problemática jurídica
ambiental y social.

La segunda es una conversación de carácter
planificado entre los entrevistados y el entrevistador. La cual
tuvo el propósito de obtener información confiable
del entrevistado sobre ciertos hechos y opiniones
jurídicas y ambientales del territorio.

El objetivo de nuestro trabajo es precisamente el de
identificar, cuales son los bienes culturales y naturales de la
Provincia Granma como parte del Patrimonio Cultural de la
Nación, su protección legal desde el punto de vista
ambiental, dada la influencia en el entorno natural y en la
educación cultural y ambiental para las generaciones
futuras.

CAPITULO I

Los Bienes
Culturales y Naturales. Aspectos Generales y
Conceptuales

  • Tratados sobre Bienes Culturales en el
    Municipio.

  • Tratados sobre Bienes Naturales en el
    mundo.

  • Tratados sobre Bienes Culturales en América
    Latina y el Caribe.

  • Tratados sobre Bienes Naturales en América
    latina y el Caribe.

  • Identificación de los Bienes Declarados por
    la UNESCO en Cuba Patrimonio de la Humanidad.

  • En la Conferencia General de la organización
    de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y
    la Cultura en su Décimo Séptima reunión,
    celebrada en París, Francia; se aprobó el 16 de
    Noviembre de 1972, la Convención del Patrimonio
    Cultural y Natural.

En el artículo 1 de la llamada Convención
se define como Patrimonio Cultural:

Los monumentos, obras arquitectónicas, de
esculturas o de pinturas monumentales, elementos o estructuras de
carácter arqueológico, inscripciones, cavernas,
grupos de elementos, que tengan valor universal excepcional desde
el punto de vista de la historia, del arte, de la
ciencia.

Los conjuntos: grupos de construcciones aisladas o
reunidas, cuya arquitectura, unidad o integración en el
paisaje les dé un valor universal excepcional desde el
punto de vista de la historia, el arte o de la
ciencia.

Los lugares: obras del hombre u obras conjuntas del
hombre y la naturaleza así como las zonas incluidos los
lugares arqueológicos que tengan un valor universal
excepcional desde el punto de vista histórico,
estético, etnológico o
antropológico".

(1) Artículo 1:
Convención sobre la protección del Patrimonio
Mundial Cultural y Natural. Página 1 y 2.

Dentro de este punto podemos agregar que en la
Convención de La Hoya del 14 de Mayo de 1954, para la
Protección de los Bienes Culturales en casos de Conflictos
armados, se defines en su artículo 1; Capítulo I
como bienes culturales.

  • a) los bienes muebles e inmuebles, que tengan
    gran importancia para el patrimonio cultural de los pueblos,
    tales como monumentos de arquitectura, de arte o de su
    historia, religiosos o seculares, los campos
    arqueológicos, los grupos de construcciones que por su
    conjunto ofrezcan un gran interés histórico o
    artístico, las obras de arte, manuscritos, libros de
    archivos o de reproducciones de los bienes antes
    definidos.

  • b) Los edificios cuyo destino principal y
    efectivo sea conservar o exponer los bienes culturales
    muebles definidos en el apartado a); tales como: museos,
    grandes bibliotecas, los depósitos de archivos;
    así como los refugios destinados a proteger en caso de
    conflicto armado los bienes muebles definidos en el apartado
    a);

  • c) Los edificios cuyo destino principal y
    efectivo sea conservar o exponer los bienes culturales
    muebles definidos en el apartado a); tales como: museos, las
    grandes bibliotecas, los depósitos de archivos;
    así como los refugios destinados a proteger en caso de
    conflicto armado los bienes muebles definidos en el apartado
    a);

  • d) Los centros que comprendan un número
    considerado de bienes culturales definidos en los apartados
    a) y b) que se denominarán "Centros Monumentales"(2)(
    6 )

(2) ( 6 ) de la Revista Internacional de la Cruz
Roja: Convención de la Hoya del 14 de mayo de 1954: Para
la Protección de los Bienes Culturales en caso de
Conflicto Armado. Artículo 1.

En su artículo 2 expresa: "La protección
de los bienes culturales, a los efectos de la presente
Convención, entraña la salvaguarda y el respeto de
dichos bienes".(3)

Para cumplimentar esta convención se firmaron dos
protocolos: El Primero que refiere la ratificación o
adhesión a este por los Estados Contratantes y el Segundo
que trata la necesidad de mejorar la protección a los
bienes culturales en caso de conflicto armado, especialmente para
aquellos que han sido designados, esto podemos observarlo a tenor
de lo que expresa el artículo 10 del Capítulo III
del mismo, cuando expresa: Protección
Reforzada.

Artículo 10: Un bien cultural podrá
ponerse bajo protección reforzada siempre que cumpla las
condiciones siguientes:

  • a) que sea un patrimonio cultural de la mayor
    importancia para la humanidad;

  • b) que esté protegido por las medidas
    nacionales adecuadas, jurídicas y administrativas, que
    reconozcan su valor cultural e histórico excepcional y
    garanticen su protección en el más alto grado;
    y

  • c) que sea utilizado con fines militares o para
    proteger instalaciones militares, que hayan sido objetos de
    una declaración de la parte que lo controla, con la
    que se confirme que no utilizará para esos fines".(4)(
    8 )

Otra Convención que adoptó la UNESCO,
relativa a la Protección del Patrimonio Cultural
subacuático adaptada el 2 de Mayo de 2001 en París,
Francia, la cual refiere en su contenido la necesidad de proteger
del peligro que corren los buques hundidos, ciudades,
construcciones, aeronaves que se encuentran bajo el agua; ya sea
total o parcial; los cuales están a merced de saqueadores
o excavaciones no profesionales, o sea que abarcan aquellos
buques hundidos y sitios arqueológicos con más de
cien años bajo el agua.

(3) ( 7 )Separata de la Revista
Internacional de la Cruz Roja: Convención de la Hoya del
14 de Mayo de 1954, para la Protección de los Bienes
Culturales en caso de Conflicto Armado. Artículo
2.

Los Gobiernos miembros de la UNESCO, en noviembre de
2001, adoptaron por unanimidad la Declaración Universal
sobre la Diversidad Cultural, reafirmándose la
convicción de que el diálogo intercultural es el
mejor garante de la paz, rechazando la tesis que auguraba un
choque de civilizaciones. Estos documentos reconocen que la
diversidad cultural es patrimonio común de la humanidad y
resulta tan necesario para el género humano como la
diversidad para los seres vivos.

El documento establece que los Estados Partes de
conformidad con los derechos humanos universalmente reconocido,
tiene el derecho soberano de adoptar medidas para proteger la
diversidad de las expresiones culturales en los territorios y
reconocen su obligación de protegerla y promoverla ya sea
en sus propios territorios como a nivel Internacional. Estipula,
además, la posibilidad de adoptar medidas, especialmente
reglamentarias y financiadas, para proteger y promover la
diversidad de las expresiones culturales en su territorio,
especialmente cuando se encuentren en peligro o en situaciones
vulnerables. Estas medidas pueden consistir en reservar un
espacio a los bienes culturales nacionales, adoptar disposiciones
relativa a las lenguas utilizadas, por ejemplo en América
latina: las lenguas indígenas, en África los
dialectos de los nativos; promover el libre intercambio y
circulación de ideas, expresiones y bienes y servicios
culturales, estimular y apoyar las instituciones y servicios
públicos.

  • El artículo 2 de la Convención de la
    UNESCO sobre el Patrimonio Cultural y Natural, expresa que se
    considera, Patrimonio Natural:

Los Monumentos Naturales constituidos por formaciones
físicas y biológicas o por grupos de esas
formaciones que tengan un valor universal excepcional desde el
punto de vista estético científico,

Artículo 10. Revista
Internacional de la Cruz Roja, Conveción de la Haya 1954.
Protección de los Bienes Culturales en caso de conflicto
armado.

Las formaciones geológicas y fisiográficas
y las zonas estrictamente delimitadas que constituyan el habitat
de especie animal y vegetal amenazadas, que tengan un valor
universal excepcional desde el punto de vista estético o
científico,

Los lugares naturales o las zonas naturales
estrictamente delimitadas, que tengan un valor universal
excepcional desde el punto de vista de la ciencia, de la
conservación o de la belleza natural".(5)

En sentido general en esta Convención refiere con
su articulado sobre que base se desarrollará por parte de
los Estados adheridos a ella, la protección,
preservación, identificación,
rehabilitación, revalorización de los bienes que
conforman el Patrimonio ya sea Cultural o Natural.

Así dispone que es responsabilidad de cada Estado
parte identificar y delimitar de acuerdo con la definición
anterior los bienes culturales y naturales que se encuentran en
su territorio.

Continúa en su artículo 4 refiriendo que
constituye una obligación de estos estados la
identificación, protección, conservación,
rehabilitación, así como su transmisión a
las generaciones futuras de ese Patrimonio, siendo un objetivo
fundamental. Lo anterior deberá tratar siempre de
realizarlo a partir de sus propios esfuerzos y con la mayor parte
de los recursos que disponga. En caso que sea necesario se hace
por medio de la asistencia y cooperación internacionales
de que se puedan beneficiar, fundamentalmente en los aspectos
financieros, artísticos, científico y
técnico.

También en su artículo 5 expresa la
importancia de garantizar una función de vida objetiva la
protección del Patrimonio, incluyendo su conocimiento y
valía en los

(5) Artículo 2:
Convención sobre la Protección del Patrimonio
Mundial, Cultural y Natural. Páginas 2 y 3.

Programas que se planifique cada Estado, instruir
centros o servicios que garanticen dicha protección,
preservación y revalorización del mismo;
deberán además, preparar personal que se encargue
de esa función, así como el desarrollo de estudio e
investigación científica y técnica,
perfeccionamiento de los métodos para salvaguardar el
patrimonio de cualquier peligro que lo amenace; o sea que cada
Estado tomará sus propias medidas jurídicas,
científicas, técnicas, financieras y
administrativas.

Cualquiera que sean estas medidas serán
respetando la plena soberanía de los Estados en cuyo
territorio se encuentre ubicado el patrimonio, también
respetando los derechos que se recogen en la legislación
nacional sobre el patrimonio. Se expresa además, que si
constituye Patrimonio Universal es deber de la Comunidad
Internacional protegerlo, así los Estados Partes no pueden
de forma deliberada tomar algunas medidas que pueden dañar
directa e indirectamente al mismo y mucho menos si forma parte
del territorio de los otros Estados que se adhirieron a la
Convención.

Para la protección internacional del Patrimonio
Mundial, Cultural y Natural, en el artículo 7 se
define:

"…se entenderá por protección
internacional del patrimonio mundial, cultural y natural el
establecimiento de un sistema de cooperación y asistencia
internacional destinado a secundar a los Estados Partes en la
Convención en los esfuerzos que desplieguen para conservar
e identificar ese patrimonio"(6)

Así mismo en su artículo 8 dispone la
creación de un Comité Intergubernamental de
protección del Patrimonio Cultural y Natural,
expresa:

Artículo 7: Convención
sobre la Protección Mundial, Cultura. Página
4.

Artículo 8:1- Se crea en la Organización
de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la
Cultural un Comité Intergubernamental de protección
del patrimonio cultural y natural de valor universal excepcional,
denominado "el Comité del patrimonio
Mundial…"(7)

Este Comité sesionará en las reuniones
ordinarias de la Conferencia General de las Naciones Unidas para
la Educación, la Ciencia y la Cultura. A las sesiones del
Comité puede asistir un representante del Centro
Internacional de estudios para la conservación y
restauración de los bienes culturales, un representante
del Consejo Internacional de monumentos y lugares
históricos y artísticos; un representante de la
Unión Internacional para la conservación de la
naturaleza y sus recursos. Todos estos representantes concurren
con carácter consultante, también si así lo
solicitan los Estados Partes de esta Convención durante
las reuniones ordinarias pueden asistir representantes de otras
organizaciones intergubernamentales o no gubernamentales cuyo
objetivo sea la protección del patrimonio
Mundial.

Los Estados Partes deben presentar en la medida de lo
posible un inventario de los bienes del patrimonio cultural y
natural que se encuentran ubicados en su territorio. Este
inventario debe contener documentación sobre el lugar en
que estén situados los bienes y sobre el interés
que presenten.

De acuerdo a los inventarios presentados por los Estados
el Comité establecerá, llevará al día
y publicará la lista del patrimonio Mundial, la cual
contendrá los bienes culturales y naturales que considere
que posean un valor universal excepcional. Esta lista se
revisará y distribuirá en periodos menores a los
dos años.

Es necesario el consentimiento del Estado interesado
para inscribir un bien en la lista del patrimonio
mundial.

Artículo 8.1.
Convención sobre la Protección Mundial, Cultural.
Página 5.

Un bien que se encuentre en un territorio que sea objeto
de reivindicación de soberanía o de
jurisdicción por parte de varios Estados no
prejuzgará nada sobre los derechos de las partes que se
encuentren en litigio.

También regula esta Convención la
publicación por el Comité cada vez que las
circunstancias lo exijan, la "Lista del Patrimonio Mundial en
peligro". Se trata de una lista de los bienes que se encuentran
en el patrimonio mundial, que para su protección exija
grandes trabajos de conservación para los cuales se haya
pedido ayuda a tenor de lo dispuesto en esta Convención.
Esta lista debe contener un estimado de los costos de las
operaciones. En ella sólo podrán figurar los bienes
del patrimonio cultural y natural que se encuentren amenazados
por grandes peligros, como es la amenaza de desaparición
debido a un deterioro acelerado, proyectos de grandes obras
públicas o privadas, acelerado desarrollo urbano y
turístico, destrucción debido a cambios de
utilización de las tierras, alteraciones profundas debidas
a causas desconocidas, conflicto armado cuando haya estallado o
amenace estallar, catástrofe, cataclismo, incendios,
terremotos, deslizamientos de terreno, erupciones
volcánicas, modificaciones en el nivel de las aguas,
inundaciones y monumentos. Es facultad del Comité en caso
de emergencia, realizar una nueva inscripción en la lista
de patrimonio mundial en peligro y difundirla de forma inmediata,
también define los criterios a tener en cuenta para la
inscripción de un bien del patrimonio cultural y natural
en cualesquiera de las listas antes descritas.

En este artículo 12 de la Convención se
dispone que el hecho de que un patrimonio cultural y natural no
se haya inscrito en una u otra de las dos listas, no
significará que no tenga valor excepcional para fines
distintos de los que resultan de la inscripción de estas
listas.

El Comité de Patrimonio Mundial recibirá y
estudiará las peticiones de asistencia internacional que
se le hayan sido formuladas por los Estados Partes, en lo que
respecta a los bienes culturales y naturales que se encuentran en
su territorio que están o puedan estar en las listas. Esas
peticiones pueden tener como objetivo la protección, la
conservación, la revalorización o
rehabilitación de estos bienes. Estas peticiones
también pueden tener por objeto la identificación
de los bienes culturales o naturales, cuando las investigaciones
preliminares demuestren que merecen ser protegidas. Corresponde
al Comité fijar el orden de prioridad de las
intervenciones. Para ello tendrá en cuenta la importancia
de los bienes que se hayan de proteger para el Patrimonio
Mundial, Cultural y Natural, la necesidad de asegurar una
protección internacional de los bienes más
representativos de la naturaleza, del genio y la historia de los
pueblos del mundo, la urgencia de los trabajos que se hayan de
emprender, la importancia de los recursos del Estado en cuyo
territorio se encuentren los bienes amenazados y en particular
los medios en que pueden asegurar la salvaguardia de esos bienes
por sus medios propios.

El Comité puede cooperar con las organizaciones
internacionales y nacionales gubernamentales y no gubernamentales
que tengan objetivos similares o iguales a los regulados por la
Convención. Para elaborar sus programas y ejecutar sus
proyectos, el Comité puede recurrir a esas organizaciones,
así como a organismos públicos y privados y a
particulares.

Regular esta Convención en su artículo 15
la creación de fondo para la protección del
patrimonio mundial, cultural y natural, este expresa:

"artículo 15: Se crea un fondo para la
Protección del Patrimonio Cultural y Natural Mundial del
Valor Universal Excepcional denominado "el Fondo del Patrimonio
Mundial".

El fondo estará constituido como fondo
fiduciario, de conformidad con las disposiciones pertinentes del
Reglamento Financiero de las Organizaciones de las Naciones
Unidas para la Educación, la Ciencia y la
Cultura.

Los recursos del fondo estarán constituidos
por:

a.- Las contribuciones obligatorias y contribuciones
voluntarias de los Estados Partes en la presente
Convención;

b.- Las aportaciones, donaciones o legados que pueden
hacer:

  • Otros Estados

  • La Organización de las Naciones Unidas para
    la Educación, la Ciencia y la Cultura, las
    demás organizaciones del sistema de las Naciones
    Unidas, especialmente el Programa de las naciones Unidas para
    el Desarrollo y otras organizaciones
    intergubernamentales.

  • Organismos públicos o privados o personas
    privadas.

c.- todo interés producido por los recursos del
Fondo

d.- el producto de las colectas y las recaudaciones de
las manifestaciones organizadas en provecho del Fondo.

e.- todos los demás recursos autorizados por el
Reglamento que elaborará el Comité del patrimonio
Mundial".(8)

Las contribuciones al Fondo de ayuda que se presten al
Comité sólo pueden ser dedicadas a los fines que
sean fijados por él. Aunque puede recibir contribuciones
que hayan de ser destinadas a un determinado programa o a un
proyecto específico con la condición de que
él haya decidido poner en práctica ese programa a
ejecutar ese proyecto.

Pueden los Estados Partes de esta Convención
solicitar asistencia internacional a favor de los bienes del
patrimonio cultural y natural de valor universal excepcional que
se encuentren en su territorio. En la solicitud aportarán
los elementos de información y los documentos relativos a
la descripción de la operación que se proyecta, los
trabajos necesarios, evaluación de los costos, la urgencia
y razones por las cuales el Estado donde se encuentra el bien no
puede enfrentar por si sólo los gastos. Dichas peticiones
dentro de lo posible deberán acompañarse por un
dictamen de un experto.

Artículo 15: Convención
sobre la Protección Mundial, Cultural. Página
9.

Cuando se trata de bienes que por calamidades naturales
o catástrofes se deben restaurar de forma inmediata, el
Comité examina con preferencia la solicitud y dispone de
un fondo de reserva.

La asistencia internacional también puede
disponerla el Comité del Patrimonio Mundial para centros
nacionales o regionales de formación de especialistas de
todos los grados en materia de identificación,
protección, conservación, revalorización y
rehabilitación del patrimonio cultural y
natural.

Resulta de incumbencia del Estado que haya recibido la
asistencia internacional, continuar protegiendo, conservando y
revalorizando los bienes preservados.

También está dispuesta en el apartado VI
de la Convención específicamente en su
artículo 21 lo concerniente a los programas educativos en
cuanto a esta materia, expresando que por todos los medios
apropiados y fundamentalmente por los programas de
educación y de información los Estados partes
deberán estimular a sus pueblos el respeto y el aprecio
del patrimonio cultural y natural, le refiere además a la
obligatoriedad de mantener informado al pueblo de las amenazas
que pesen sobre ese patrimonio y de las actividades encaminadas a
la aplicación de la Convención.

1.3: Tratados sobre Bienes Culturales en América
Latina y el Caribe.

1.3: En América Latina y el Caribe plantea
José María Borrero en el Capítulo 18 de su
obra: "Los Derechos Ambientales, que en nuestro continente hay
que distinguir tres períodos en la evolución del
derecho ambiental; el primero se caracteriza por el prolongado de
producción legislativa que se inició en el siglo
XIX con la promulgación de las primeras constituciones y
códigos civiles, cuya herencia data de las disposiciones
dispersas sobre el uso de los recursos naturales, siendo omisa
estas legislaciones a consideraciones ecológicas y
especialmente al concepto de Derecho Ambiental.

La América latina comienza a interesarse por el
medio ambiental como materia jurídica específica a
partir de la conferencia sobre el Medio Humano celebrada en
Estocolmo en 1972, comenzando el segundo período en la
historia de la creación de normas relativas al medio
ambiente en Latinoamérica. Esta época se
caracterizó por la falta de voluntad política y de
una significativa inversión pública para hacer
efectiva la protección ambiental.

La percepción de la crisis ambiental a nivel del
Universo fue contemporánea del reporte "Nuestro Futuro
Común" de la Comisión Mundial de Medio Ambiente y
Desarrollo, que se publica en 1987 iniciándose así
a escala planetaria en interés ambiental que se
concretó en 1992 con la Cumbre de la Tierra en Río
de Janeiro, Brasil.

Luego es que en América Latina y el Caribe
comienza la integración y planificación en
diferentes foros internacionales, adoptando muchos países
de América latina y el Caribe la Convención sobre
la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y
Natural.

En 1964 se expidió la "Carta Venecia", se aprecia
fundamentalmente la conservación de los monumentos ya que
marcan principios filosóficos y pautas éticas que
deben guiar la restauración del patrimonio edificado. Este
documento contiene principios universales que tienden a conservar
la originalidad y autenticidad del monumento. En su
elaboración no solo participaron destacadas figuras
europeas, también participaron destacadas figuras
Latinoamericana.

Cuando se explicó este documento, la
conservación de los monumentos era una tradición
centenaria fundamentalmente en México y Perú. Sin
embargo no existía opinión generalizada, ni mucho
menos, la necesidad de conservar los testimonios culturales y
sociales de los pueblos que por si solo no podían tener un
valor excepcional, tenían que estar vinculados con el
contexto histórico y antropológico. Incluso se
creía que estos testimonios no poseían
carácter monumental, solo se les tenía en cuenta
como que habían pasado de generación en
generación, que debían desaparecer pues nada
tenían que ver con las grandes urbes que se regían
en las ciudades.

Por lo que cuando algunos especialistas que
habían tenido la oportunidad de conocer y estudiar las
teorías antropológicas sobre la Cultura e Identidad
de los pueblos, y su fortaleza, fundadas en el conocimiento y
conservación del Patrimonio edificado, el cual no era
reconocido, ni se inscribía en el criterio tradicional de
monumentos. Esto no solo fue motivo de oposición, sino que
fueron motivo de burla.

En el año 1967, auspiciado por la OEA se
celebró la Reunión sobre la Conservación y
Utilización de Monumentos y Sitios Históricos, en
Quito, Ecuador, encontrándose en ella especialistas
americanos destacados, en el área de Preservación
de Monumentos, expidiendo las llamadas "Normas de Quito". Las
cuales contienen principios taxativos que deben guiar la
conservación del patrimonio monumental y aporta nuevos
criterios que no solamente refieren el valor económico que
representa el Patrimonio Cultural dentro del acervo del Estado
por sí mismo sino como cuestión fundamental para el
desarrollo económico y social de las
comunidades.

La necesidad de conciliar las exigencias del progreso
urbano con la salvaguardia de los valores ambientales, resulta
hoy día, una norma inviolable en la formulación de
los planes reguladores a nivel tanto local como nacional. En este
sentido todo plan de ordenación deberá realizarse
en forma que permita integrar el conjunto urbanístico los
centros o complejos históricos de interés
ambiental.

En las Normas de Quito prevalecen criterios
pragmáticos que vinculan la conservación del
patrimonio fundamentalmente con el desarrollo turístico y
sus consecuencias económicas, se debe esto a que era la
tendencia de esa época, en la cual aún los
organismos financieros internacionales no concebían a la
Cultura, como el ingrediente fundamental del desarrollo. Luego de
transcurridos muchos años es que las Instituciones
Financieras Internacionales incluyeran a sus políticas de
desarrollo las inversiones destinadas a la conservación
del Patrimonio Cultural de los pueblos.

Existía ya en América latina cuando se
aprobó la Convención del Patrimonio Mundial en
1972; preocupación por la conservación y
restauración del patrimonio Cultural de sus pueblos, por
lo que rápidamente se fueron produciendo adhesiones a la
antes tratada convención, comenzando con el Ecuador que la
aprobó el 30 de Septiembre de 1974.

La Convención del Patrimonio Mundial Cultural y
Natural ha causado efectos que ha decir del Señor
Hernán Crespo – Toral, Ex-director de Cultura de la
UNESCO se implica en tres aspectos fundamentales:

1. Adecuación de las leyes nacionales a los
principios de la Convención;

2. Creación o robustecimiento de las
instituciones nacionales especializadas y provisión de los
recursos necesarios para ejecutar lo estipulado en la
Convención,

3. Capacitación del personal idóneo para
realizar las tareas intrínsecas a la aplicación de
la Convención" .(9)

En la década de los 70 hay un movimiento muy
importante entre los pueblos de América Latina en
relación con la búsqueda y afianzamiento de sus
identidades.

La aprobación de la Convención del
Patrimonio Mundial por parte de las Naciones Unidas para la
Educación, la Ciencia y la Cultura con la
ebullición cultural que caracteriza a América
latina en la década de los años 70, con cierta
balanza económica. Se forman institutos encargados de la
gestión patrimonial, la capacitación de
profesionales, se produce un interés de los Organismos
Internacionales por la concienciación gubernamental y la
realización de acciones efectivas para la
preservación de los bienes culturales como son: El
Proyecto regional de Patrimonio Cultural y Desarrollo,
contribuyó al robustecimiento de una conciencia sobre la
conservación del patrimonio, fundamentalmente el urbano.
Así por ejemplo la nación del Centro
Histórico es producto de una concepción integral
que relaciona el hecho urbano con la cultura y la
realización social y económica de sus
habitantes.

(9) La Convención de
Patrimonio Mundial e Impacto en América Latina
.
Página 3

Se creó en 1976 el proyecto para la
preservación del Patrimonio Cultural del Área
Andina, cuyas labores concluyeron a mediado de los años
90. Su acción se fue ampliando teniendo en cuenta los
criterios sobre la función del patrimonio en el
desarrollo, comprendiendo áreas como el patrimonio mueble,
los sitios, conjuntos y centros históricos y su
relación con el medio ambiente. Este proyecto fue promotor
de una red de centros de excelencia especializados en la
capacitación e investigación en las áreas de
conservación y manejo del patrimonio cultural, tanto de
los bienes muebles e inmuebles. También resultó muy
importante en la creación de un pensamiento cultural su
trascendencia en la formación de las
identidades.

A través de la Oficina Regional de Cultura para
América latina y el caribe de la UNESCO se desarrolla un
proyecto de Gestión Patrimonio, el mismo se centra en
regiones de gran riqueza histórica y patrimonial donde
existe una gestión inadecuada o deficiente y con marcado
desequilibrio entre el desarrollo y la conservación;
siendo su objetivo crear u espacio de acción y
difusión, dirigido a los diversos sectores vinculados a la
gestión del patrimonio, mejorando con ello las
competencias y favorecer los espacios de intercambios en la
región.

Pretendiendo indagar las características de los
patrones que constituyen la identidad de la región,
valorizar su patrimonio

La década de los 80, es considerada para
América latina como " Décadas Perdida"; pues se
produjo una gran construcción, al producirse el aumento
del número de pobres y una marcada diferencia en los
ingresos de la clases dominante y de las otras capas de la
sociedad. Todos estos factores unidos a la crisis del Estado,
dada las tendencias neoliberales y la adopción de medidas
tales como su obligada reducción y contracción del
gasto social, produjeron un incidencia en la cultura que no solo
minimizaron sus recursos sin que desaparecieron las entidades
encargadas de su formato, como son los Ministerios. Los
Institutos cuyo objeto eran la preservación del patrimonio
sufrieron severas afectaciones; así como las inversiones
destinadas a su rescate, rehabilitación y función
social.

En 1994, el Centro del Patrimonio Mundial y la Red de
Sistemas de Escuelas Asociadas de la UNESCO, lanzaron el Proyecto
Patrimonio Mundial en Manos Jóvenes, cuya misión es
dar las herramientas necesarias a través de la
educación necesaria para que los jóvenes puedan
aprender a conservar y defender el patrimonio de su entorno;
asó como dar la posibilidad a que estos puedan expresar
sus preocupaciones y ser parte activa en la conservación y
valoración del patrimonio cultural y natural.

Este proyecto tiene tres objetivos
fundamentales:

"Introducir la enseñanza del Patrimonio Mundial
en la educación y los programas escolares.

Hacer que los jóvenes participen en debates
públicos sobre el patrimonio mundial en campamentos de
verano, cursos, etc.

Explotar las nuevas tecnologías de la
comunicación para intercambiar información sobre
prácticas adecuadas en materia de educación y
patrimonio". (10)

(10) Oficina Regional de
Educación para América Latina del Caribe. OREALC,
UNESCO. Página 2.

Atendiendo a este proyecto se celebró en lima,
Perú del 26 de febrero al primero de marzo de 2001, el
Foro de la juventud sobre el Patrimonio Mundial en América
Latina, firmándose la Declaración de Lima, en cuyas
recomendaciones expresa:

"Integrar la Educación en Patrimonio dentro de
los programas de formación, capacitación y
sensibilización de los docentes y trabajar en todos los
niveles y modalidades de la enseñanza" (11).

Entre las numerosas iniciativas que se están
desarrollando al respecto se encuentra la Comisión
Técnica de ^Patrimonio Cultural del MERCOSUR, la cual se
encuentra constituida por representante de instituciones de
Patrimonio Cultura de Brasil, Argentina, Paraguay, Uruguay, cuyo
objetivo es apoyar el conocimiento y la revalorización del
patrimonio cultural de estos países facilitando con ellos
el intercambio, proyectos y actividades.

La Comisión se creó en la Reunión
de Ministros del MERCOSUR celebrada en 1995, siendo su
función identificar programa dentro del área de
competencia, examinar proyectos que estén vinculados al
Patrimonio Cultural y nacional, también acordar soluciones
técnicas y criterios que sean comunes a los países
miembros, realizar propuestas a los gobiernos y organismos
internacionales en el área de su competencia.

  • Programa Monumental del Instituto de patrimonio
    Histórico y Artístico nacional de Brasil cuyo
    objetivo es la revitalización de sitios urbanos para
    la recuperación del Patrimonio Cultural que pretenda
    establecer un proceso que le otorgue sustentabilidad y que
    contribuya a mejorar la calidad de vida de las comunidades
    que allí habitan.

  • Proyecto Multicultural Ruta de los Andes de la
    Comunidad Andina: Cuyo objetivo es investigar las
    tradiciones, la historia y el legado común de la
    región, y armonizar las diversas culturas; reforzando
    así la memoria e identidad andina partiendo del
    reconocimiento, valoración y respeto de la diversidad
    cultural.

(11) Oficina Regional de
Educación para América Latina y el Caribe. UNESCO.
Declaración de Lima.

En América latina y el Caribe la UNESCO promueve
una estrategia regional mediante la cual propone la
creación de Comités Técnicos Nacionales
integrados por especialistas en patrimonio cultural y natural, un
Coordinador de las Escuelas Asociadas y un miembro de la
Comisión Nacional de Cooperación con la UNESCO.
Estos Comités nacionales tendrán a su cargo: el
intercambio de programas innovadores e información a
través de las nuevas tecnologías; la
participación organizativa y de contenidos, la
elaboración o adopción de materiales
educativos.

También se produjo por la propia Oficina Regional
de Educación para América Latina y el caribe el
Taller MERCOSUR sobre Educación del patrimonio, en la
ciudad del este entre el 17 y 19 de Agosto de 2001,en paraguay,
el cual entró con la presencia de las Coordinadoras
nacionales de la Red de Escuelas Asociadas de Argentina, Brasil,
Paraguay y Uruguay. La reunión se realizó en esta
Ciudad por ser fronteriza entre paraguay, brasil y Argentina; en
ella se reflexionó sobre el patrimonio compartido y sus
potencialidades de integración y avanzar en la propuesta
de la UNESCO para introducir la educación en patrimonio en
las escuelas de los países de América latina y el
Caribe.

En este Evento se aprobó la CARTA DE LOS JOVENES
SOBRE EDUCACIÓN DEL PATRIMONIO. La cual contiene diez
puntos donde se enfatiza el estudio y conocimiento del
patrimonio, por lo que resulta fundamental la información,
planteándose incentivar también la
investigación y el intercambio de información
disponible.

En mayo de 2002, 13 y 14, se organizó en Lima,
Perú una reunión regional de expertos para los
países latinoamericanos, sobre la Protección de
Bienes Culturales en caso de Conflicto Armado. Los principales
objetivos de la misma fue promover un mayor conocimiento de las
normas internacionales sobre la protección de los bienes
culturales en caso de conflicto armado, intercambiar
información y considerar los métodos
técnicos que cumplen algunos países para
identificar e inventariar los bienes culturales, adoptar medidas
relativas a su salvaguardia y protección, facilitando
información entre las autoridades y las actividades
nacionales competentes en América latina.

En la reunión participaron países
latinoamericanos: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia,
Cuba, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua,
Panamá y Venezuela.

En resumen esta Reunión contribuyó a dar
difusión a la Convención de La Houa y su segundo
Protocolo en América latina; brindó la oportunidad
para que profesionales en patrimonio cultural en la
Región, juristas civiles y militares se pongan en contacto
e intercambien o compartan información. Tres países
latinoamericanos (Bolivia, Costa Rica y Honduras), anunciaron su
adopción al Segundo Protocolo.

También se efectuó en Perú el II
Taller Regional de Lucha contra el Tráfico Ilícito
de Bienes Culturales, el cual fue convocado por la Policía
Nacional de Perú , con INTERPOL LIMA, el Instituto
Nacional de Cultura el Ministerio de relaciones Exteriores, la
representación de la UNESCO en el Perú y el
Comité Peruano del Consejo Internacional de Museos, se
emitió en esta Reunión la Declaración del
Cuzco donde recomienda: Expedir legislaciones nacionales
reformadas que garanticen la efectiva protección de
Patrimonio Cultural y Natural.

1.4Tratado sobre Bienes Naturales en América
Latina y el Caribe.

En América Latina y el caribe a partir de la
promulgación de las Constituciones políticas
comenzó a considerarse la preservación y
protección del medio ambiente entre ellos s encuentran:
Panamá, Ecuador, Chile, Honduras, El Salvador, Guatemala,
Haití, Brasil, Colombia, paraguay, Argentina, Republica
Dominicana, Venezuela, México, Costa Rica, Bolivia. Este
constitucionalismo ambiental no es nuevo sino que se encuentra
insertado dentro de una verdadera tradición constitucional
de protección a los recursos naturales.

Por ejemplo en la constitución Brasileña
de 1998, en su artículo 225 se expresa entre otros
deberes:

"… La Floresta Masónica Brasileña y
otras áreas geográficas son Patrimonio Nacional y
su utilización será hecha en la forma de la Ley,
dentro de las condiciones que aseguren la preservación del
medio ambiente…" (12).

En la Constitución Haitiana de 1992 se
estableció en su artículo 264: "Que el estado
promueve la conservación de las áreas protegidas".
(13)

La Constitución de Guatemala de 1985, en su
artículo 64 dispuso: "el Estado fomentará la
creación de parques nacionales, reservas y refugios
naturales, y que una Ley garantizará la protección
de la flora y la fauna que en ellos exista".(14)

La Constitución Peruana de 1979,
estableció en su artículo 123:" Que todos tienen
derecho gozar de un ambiente saludable, ecológicamente
equilibrada y adecuado para el desarrollo fde la vida y la
preservación del paisaje y la naturaleza…"
(15)

En la Constitución Panameña de 1983, se le
introdujo una reforma, recogida en su artículo 97 que
expresa:" Que se dictarán todas las normas necesarias para
garantizar que la utilización y aprovechamiento de la
fauna, de la flora, de la tierra y del agua se realicen
racionalmente evitando su depredación" (16)

Dentro de los Bienes Naturales en América Latina
y el Caribe se encuentra las áreas protegidas, en cuyo
establecimiento en la región fueron pioneros México
(1876), Argentina (¡903), Chile (1907), Cuba (1930),
Ecuador (1934), Brasil y Venezuela (1937).

Los parques nacionales de Centro América protegen
pluvisilvas tropicales con una diversidad de plantas y
animales.

(12 y 13). Informe sobre el
desarrollo del derecho ambiental Latinoamericano.

(14, 15 y 16) Oficina Regional para
América Latina y el Caribe.

Costa Rica estableció una red de parques en 1970,
para revertir la destrucción paulatina de sus áreas
salvajes. Parques Nacionales, Reservas Ecológicas protegen
un gran diversidad de plantas, corredores y refugios naturales,
ocupan en la actualidad más de una cuarta parte de la
superficie del país. La diversidad dentro de estos parques
comprende los bosques tropicales húmedos y las sabanas,
hasta los arrecifes de coral. Estos parques albergan especies de
aves, de insectos, de plantas entre ellas miles de variedades de
orquídeas. También habitan Jaguares, pumas, Gatos
–Tigres.

El Parque Nacional Volcán Poás (1971), que
posee una superficie de 56 Km cuadrados tienen dos
cráteres; uno de ellos se caracteriza por la presencia de
Géiseres y fumarolas; mientras que el otro permanece
dormido, llenos con las aguas profundas de un lago.

En la Reserva Biológica del Bosque Nuboso de
Monte Verde (1950), son parte de los ecosistemas que se
desarrollan bajo la cobertura vegetal de estos 119 Km cuadrados
de pluvisilvas protegidas: jaguares y diminutas
Orquídeas.

En México desde los tiempos Moctesuma II se
crearon reservas botánicas y zoológicas .En los
tiempos modernos se estableció por decreto el primer
parque nacional. Entre los parques nacionales que se crearon en
esa época, en un área de 18 Km cuadrado, el Parque
Nacional Palenque, que protege las ruinas de la antigua ciudad
Maya y densas pluvisilvas tropicales que la rodean.

En la actualidad México posee áreas
protegidas de diferentes categorías de manejo como: Sierra
de Manantlán, Montes Azules, el volcán nevado de
colima, las reservas forestales sierra de Juárez y San
Luís de Potosí entre otras. También tiene
denominadas reservas especiales de Biosfera como: la Isla del
Golfo de California, Cascada de Agua Azul en Campeche y Mariposa
de Monarca en Michoacán.

La Región del Caribe se caracteriza por presentar
áreas pequeñas, con mayor número de
superficie marina que terrestre y por la utilización de
las categorías refugio de fauna.

En Jamaica el área más recientemente
creada es la Montego Bay en 1991 con 1520
hectáreas.

La Republica Dominicana como área protegida
más conocida el Parque Nacional Los
Haitíses.

En Brasil el río Amazona alberga miles de
ecosistemas en su red fluvial y en sus bosques tropicales,
dominando el paisaje sudamericano, con sus 6400 Km de
longitud.

En el Perú cerca de las fuentes del Amazonas, en
la Cordillera de los Andes se encuentra la reserva de la Biosfera
del Manú; siendo una combinación de Parque
Nacional, con 1532806 hectáreas, reserva natural y zona
cultural habitada que protege el modo de vida de los pueblos
indígenas. También es un corredor biológico
entre Perú y Bolivia.

Bolivia protege el 14,4 % de su territorio,
encontrándose ubicado el parque nacional Isíboro
Securé, es un corredor biológico que conecta la
diversidad biológica de Bolivia con
Perú.

En el Ecuador ha ganado gran popularidad debido al
ecoturismo fundamentalmente el Parque Nacional Islas
Galápagos, el que posee gran variedad de especies
única.

Desde 1997, Colombia tiene protegido el 90 % de su
territorio, dentro del que se encuentra el Parque Nacional de Los
Nevados: Nevado del Tolima con 5616 metros sobre el nivel del
mar; Nevado del Ruiz con 5400 metros sobre el nivel del mar y
Santa Isabel y el Parque Nacional del Nevado del Huila con 5750
metros sobre el nivel del mar. Estos son varios picos
volcánicos.

También se encuentra el Parque Nacional Natural
situado en la sierra alta habitada por indígenas
Arhuacacos y Kogi.

Datan de 1903, en Argentina los primeros parques
nacionales, en este mismo año se donan terrenos privados
del altiplano andino al gobierno federal y que en la actualidad
forman el Parque Nacional Nahuel Huapi, con 7500
kilómetros cuadrados. En ese año se creo el
Servicio Argentino de Parques Nacionales, el que definió
en 1980 tres tipos de áreas protegidas: Parques
Nacionales, Monumentos Nacionales y Reservas
Naturales.

Diversos sitios naturales constituyen objeto de
interés para la conservación como Las Dunas de
Atlántico Sur. Península Valdés, reserva de
La Vicuña Laguna Brava, El Parque Provincial Aconcagua,
Parque Nacional Los Glaciares, El Cerro Alcázar y en la
Región de la Tierra del Fuego han creado un parque
nacional y dos reservas naturales que aseguran la
conservación de esta importante zona del
continente.

1.5 Identificación de los Bienes declarados por
la UNESCO en Cuba Patrimonio de la Humanidad:

Cuba es estado parte desde el año1975 de la
Convención del Patrimonio Natural y Cultural; conocido
también como Convención de Patrimonio de la
Humanidad o Patrimonio Mundial.

Culturales:

La Habana Vieja y sus fortificaciones declaradas desde
1982, La Habana Vieja ocupa una estrecha península en la
entrada de un puerto protegido por la ciudad, es una de la
genuinas representaciones del arte colonial en
América.

Sus edificios forman un conjunto arquitectónico
Barroco en el que se realizaron las construcciones se diferencia
mucho del Barroco del resto del continente fundamentalmente por
el tipo de material utilizado, la piedra cubana, de
composición porosa, a la talla ornamental de la
época. No existía la mano de obra indígena
que aportase influencia diferenciando a La Habana de otras
ciudades coloniales. También existía escasa
implantación de órdenes religiosas por lo que no se
produjo gran influencias de estas en la arquitectura
colonial.

La Habana Vieja tiene una superficie de 142
hectáreas, esta situada cerca de entrada interior del
puerto, conserva las calles estrechas y escabrosas y las viejas
casas con balcones.

Tiene numerosos palacios, mansiones, castillos e
iglesias.

El conjunto artístico más relevante se
encuentra en la Plaza de Armas, de San Francisco La Catedral y la
Plaza Vieja. La calle peatonal de Obispo es uno de los lugares
más concurridos.

La Catedral de La Habana fue construida por los Jesuitas
en el siglo XVII y experimento algunas reformas en 1767 cuando se
produjo la expulsión de la Compañía de
Jesús. Sin embargo no están claras las influencias
arquitectónicas del edificio, para unos tiene influencia
del barroco italiano y para otros se encuentra semejanzas con
edificios religiosos andaluces en especial en La Catedral del
Cádiz. La fachada es una adaptación
arquitectónica en correspondencia con el material
disponible por las características de las piedras cubanas
imposibles de tallar por escultores tan habituales de las
iglesias barrocas, optándose por una decoración
geométrica con adornamiento al relieve, predominando las
líneas curvas.

Trinidad y el Valle de los Ingenios: La Ciudad de
Trinidad fue fundada en 1514, con el nombre de Villa de la
Santísima Trinidad, su nacimiento se debe a la industria
azucarera. Es conocida como la ciudad museo de Cuba, en ellas se
combinan características de tres siglos XVIII, XIX, y
principios del XX. Sus calles son empedradas y se puede observar
la magnifica arquitectura de la ciudad incluyendo sus mayores
sitios de interés. La Plaza mayor de la Santísima
Trinidad una de las más amplias de Cuba, tiene varias
piezas de mucho valor, como el Cristo de la Vera cruz y un altar
de mármol dedicado a la Virgen de la
misericordia.

Esta ciudad y el Valle de los Ingenios se encuentran al
sur de la provincia de Sanctis Spiritus, en la parte central de
Cuba y constituye un testimonio de inestimable valor de lo que
fueron las antiguas fundaciones españolas del mar
caribe.

Cerca de la ciudad se encuentra el Valle de los Ingenios
o Valle de San luis, monumento arqueológico a la industria
azucarera actividad que propició el nacimiento de la
ciudad.En el Valle se conservan numerosas ruinas de las
instalaciones donde se fabricaba azúcar, como son: los
ingenios, barracones , casas de verano.

Este sitio fue declarado Patrimonio de Humanidad en el
año 1998.

Castillo de San Pedro de la Roca, ubicado en la
Provincia Santiago de Cuba y declarado como Patrimonio de la
Humanidad en 1997. Se trata de una fortaleza que se encuentra en
la porción sur oriental de Cuba, fue atacada por numerosos
piratas y bucaneros lo que provoco la decisión de
construir diversas fortificaciones para su
protección.

Entre los siglos XVII y XIX un grupo de ingenieros
militares españoles, italianos y cubanos trabajaron el la
construcción de este bastión.

Frente al Caribe en pleno centro histórico de
Santiago de Cuba defendiendo la bocana oriental de la
bahía de la ciudad, el Castillo del Morro como se le
conoce mundialmente al la fortaleza de San Pedro de la Roca del
Morro, es uno de los símbolos de Cuba.

La misma forma un complejo de cañones y
bastiones, baterías, almacenes y todo tipo de dependencias
militares.

Junto al Castillo de la Estrella y La Batería de
Socapa forma parte del más grande y complejo ejemplo de
ingeniería militar renacentista europea aplicada en el
Caribe.

Paisaje arqueológica de las primeras plantaciones
de café de Sudeste de Cuba:

Los primeros cafetales franco-haitianos de Santiago de
Cuba ciudad ubicada al sudeste del país fueron declarado
por la UNESCO en el año 2000, por su valor
histórico como Patrimonio de la Humanidad.

Estos cafetales fueron establecidos entre finales del
siglo XVII y los inicios del siglo XIX. Los emigrantes franceses
y haitianos que escaparon de su país en1789 tras el
estallido de la Revolución Haitiana, se instalaron en la
región oriental de Cuba, adquiriendo tierras que le fueron
vendidas a un bajo presio por los españoles.

Al instalarse en esta región construyeron enormes
casas de piedras y plantaron café como fruto comercial. La
unidad típica cafetera la conformaban la vivienda
domestica que a su vez era almacén, los servicios y la
áreas agrícolas e industriales.

Los cafetales franceses realizaban el proceso completo
de beneficio del grano secado, el horno de cal y el acueducto
pluvial o fluvial.

El agua se distribuía por canales salvado los
desniveles de las montañas con viaductos y arcadas para el
proceso del beneficio del grano y también las viviendas
rodeadas de jardines.

Los cafetales tienen mucha importancia como centro de
cultura arquitectónica, científica, técnica
y vial. Existen aquí las plantaciones y testimonios de
técnicas agroindustriales utilizadas para el
cultivo.

Las ruinas más famosas de los cafetales son la
Finca de Santa Sofía, Kentucky, La Isabelica, esta
última en perfecto estado de conservación, posee un
museo etnográfico, se encuentra ubicada en la Gran Piedra.
Se relaciona con una leyenda que según la historia un
colono frances se enamoro de una esclava llamada Isabelica con la
que más tarde se caso. Estos cafetales constituyen un
monumento a la ingeniería hidráulica. Vía
domestica, funerarias y del sistema productivo.

Naturales

Parque Nacional Alejandro de Humbolt, fue declarado
Patrimonio Mundial en el 2001; se encuentra ubicado en el macizo
montañoso Nipe-Sagua-Baracoa, abarcando parte de las
Provincias Guantánamo y Holguín. Su nombre se debe
al científico alemán que recogió el
país entre 1800 y 1801.

Numerosos ejemplares endémicos de la flora y
fauna habitan en sus montañas, mesetas, ríos,
llanuras, bahías, arrecifes coralinos y cayos.

Tiene uno de los sistemas más variados y de
enorme belleza, uno de los más protegidos de Cuba. Su
extensión superficial es 70 835
hectáreas.

Constituye el área protegida más
importante de país, en cuanto a su biodiversidad, se
destaca no solo por poseer la mayor riqueza y endemismo del
país sino por su ecosistema montañoso y bosque
tropical lluvioso, mejor conservado en Cuba y el Caribe
insular.

Su grado de conservación garantiza la perpetuidad
de seres vivos y de los paisajes que conforman. Posee una de las
mayores densidades vegetales, una gran riqueza de especies, de
ella numerosas endémicas para la región antillana.
Se encuentra el 2% de la flora de la tierra.

Aquí se encuentran importante poblaciones muchas
veces únicas, de especies amenazadas de la flora y de la
fauna, donde se destaca por su grado de amenaza o
extinción el carpintero real , la cotorra, el
gavilán caguaré roo, ell almiquí,
(mamífero insectito de hábitos nocturnos) el carey,
la dracena, la polimita, los catelles, la jutía andaraz.
Existe también tres especies de vertebrados más
pequeños del mundo: el murciélago mariposa, la
ranita de Alto de Iberia, el zunzuncito. La fauna marina
reúne a manatíes, anfibios, reptiles, peces y
grambusias punetatas una de las pocas especies endémicas
de agua dulce en Cuba.

En la flora de 16 a 28 formas de vegetación
existente en Cuba se encuentran en esta región. Concentra
además, hermosos paisajes que se caracterizan por
montañas con bosques latífolios y pinares,
ríos, pozos, cascadas de agua cristalinas.

Paisajes Culturales

El Valle de Viñales, fue declarado Patrimonio de
la Humanidad en 1999, estando ubicado en la localidad de ese
mismo nombre a 25 kilómetros al norte de la ciudad de
Pinar del Río, en la provincia del mismo
nombre.

Es un sitio que posee especies animales y vegetales
únicas o casi en extinción. Entre las primeras
más destacadas son las Palmas de Agabe, el Macucey Hembra,
el Roble Caimán, el Drago, el Ceibón, la Palmita de
Sierra. Entre la segundas sobresalen las aves como tomeguines del
pinar, sinsontes, totíes, zunzún, tocororo,
cartacuba y ruiseñor.

Es lugar de un paisaje de enorme belleza donde se
explota la agricultura tradicional asociada al tabaco. Estos
tabacales forman uno de los paisajes rurales de mayor atractivo.
La población de Viñales es pequeña y se
encuentra enclavada en la Sierra de los Órganos, la que es
parte integrante de Guaniguanico, es una llanura fértil
caracterizada con mogotes como parte de su relieve.

Este Parque Nacional tiene el mayor sistema cavernario
de Cuba, destacándose la cueva del Indio, la que es
atravesada por el Río San Juan, la de Santo Tomas la mayor
de la antillas con 45 kilómetros.

A la distancia de cuatro kilómetros se encuentra
el mogote Dos Hermanas, que exhibe en una de las laderas el Mural
de la Prehistoria, un enorme fresco de 120 metros de alto por 180
metros de ancho en el que el cubano Leovigildo González
discípulo del muralista mexicano Diego de Rivera,
representó los animales y criaturas que vivían en
esta región en la prehistoria.

CAPITULO II

Protección
Legal Ambiental de los Bienes Culturales y Naturales declarados
en la Provincia Granma

  • Los bienes declarados Patrimonio de la Humanidad
    tanto culturales como naturales en la provincia
    Granma.

2.2 Los bienes declarados Patrimonio Nacional culturales
y naturales en la Provincia Granma.

2.3 Los bienes declarados Patrimonio de la Localidad
culturales y naturales.

2.4 Protección Legal Ambiental de los Bienes
culturales y naturales.

2.5 La Educación sobre la protección de
los Bienes Culturales y Naturales.

En la Provincia de Granma sólo existe declarado
como Patrimonio de la Humanidad el Parque Nacional Desembarco del
Granma, que se encuentra ubicado en los límites entre la
Provincia de Granma y Santiago de Cuba, fue creado en 1986, como
digno homenaje en el 30 Aniversario al Desembarco de los
revolucionarios cubanos, en el Yate Granma el 2 de Diciembre de
1956, liderado por el Comandante en jefe Fidel Castro.

Monografias.com

Este lugar se caracteriza por centrar con bellas
terrazas marinas y espectaculares acantilados, que constituyen un
valor universal de las particularidades morfológicas y
procesos geológicos en estos terrenos cársticos.
Son representativos de Escaleras Gigantes y el sendero "El
Guafe", en el cual existen importantes restos del conjunto
habitacional ceremonial funerario de la

época precolombina; ofreciendo una fascinante
flora. Y fauna.

También resulta llamativo, en las 25 764
hectáreas que conforman el parque, el sendero
Morlote-Fustete; el cual es de carácter
espeleo-arqueológico. Es un recorrido de difícil
transito que se encuentra enclavado dentro del sistema de
Terrazas Marinas. Se puede constatar impresionantes paisajes, un
bosque siempre verde virgen. Se puede apreciar el Hoyo de
Morlote, que posee 52 metros de diámetros y 77 metros de
profundidad.

Presenta otros muchos senderos para recorrer, en los
cuales se puede apreciar la singular fauna formada, entre otras
especies por la cotorra, el catey, el rabijunco, el
murciélago mariposa, la lagartija de hojarasca y la
mariposa cristal.

El Parque Nacional Desembarco del Granma fue inscripto
en la lista del Patrimonio Mundial el primero de diciembre de
1999, en la XXIII Reunión del Comité de Patrimonio
Mundial de la UNESCO, celebrada en Marruecos. Este constituye el
primer sitio natural de Cuba declarado Patrimonio
Mundial.

Fue adoptado como Parque Nacional en 1986, siendo la
primera área protegida con esta categoría que
funciona como tal en Cuba. Fue propuesto como Sitio del
Patrimonio Mundial porque constituye uno de los lugares
más notables del archipiélago cubano, ya sea por
sus valores naturales como por haber sido escenario de relevantes
acontecimientos de nuestra historia y cultura.

Entre sus valores se destaca el hecho de ser el segundo
y más conservado exponente mundial de de los sistemas de
terrazas marinas emergidas y sumergidas. Los niveles de terraza
alcanzan una altura de 360 metros sobre el nivel del mar y hasta
20 niveles emergidos, algunos con 100 metros de desnivel. Solo
superado en el mundo en magnitud por el sistema de terraza en
Maisí, también ubicado en el oriente de
Cuba.

Resulta significativo el gran desarrollo de accidentes
del relieve, o sea, escarpes, furvias, dolinas, sistemas
cavernarios, cuevas, cañones fluviales presentes en la
zona de las terrazas marinas. Son de gran interés los
farallones de las terrazas que constituyen importantes
refugios.

El complejo de vegetación de terraza y matorral
costero contienen varias especies de la flora cubana con algunas
que son endémicas locales. Uno de los más
atractivos es el cactus de parte arbóreo conocido
comúnmente como aguacate cimarrón. Se trata de una
cactácea gigante, amenazada por su extinción, cuyos
ejemplares en esta área se estiman tengan 500 años.
Siendo lo más llamativo el alto grado de
conservación de la vegetación original, la cual
alberga importantes especies animales, como la Polivimita, la
Lagartija del Guafe, estas últimas restringidas localmente
a las áreas del parque.

En algunos farallones de la terraza construyen sus nidos
el ave marina conocida como Rabijunco, siendo este el
único lugar de Cuba de condiciones favorables y adecuadas
para su reproducción. Entre los moluscos terrestres que
sólo se observa en esta zona se encuentra el Lugus.
También entre las especies amenazadas a su
extinción se encuentra la paloma pérdiz y la
cotorra.

La gran profundidad del mar y la cercanía de la
costa provocan la existencia de corrientes de agua muy limpias
que facilitan el desarrollo de la vida submarina, siendo estos
lugares privilegiados para el buceo contemplativo.

Entre los valores históricos-culturales del
parque se destacan amplias evidencias de doblamiento aborigen por
grupos agro alfareros, los cuales se manifiestan en distintos
sitios arqueológicos como es el caso del Guafe, con cuevas
ceremoniales y funerarias, un extenso sitio habitacional con
evidencias tales como ídolos, aquí se observa el
del agua, posible de la representación de la deidad
antillana Atabeira.

Monografias.com

También está dentro del Parque, en Cabo
Cruz, el faro que data del siglo XIX, el faro de Vargas, del
período español y aún se mantiene en activo
y bien conservado.

Al oeste del Parque se ubica Playa Las Coloradas, lugar
por donde se produjo el Desembarco del Granma, para dar inicio a
una de las epopeyas más significativas de la Historia de
Cuba, que culminó con el Triunfo de la Revolución
Cubana.

En el sitio natural se conjugan los valores naturales
terrestres, marino, arqueológico, con importantes
acontecimientos históricos nacionales; teniendo una
relevancia no solo nacional sino también
internacional.

2.2 Los Bienes declarados Patrimonio Nacional en la
Provincia de Granma se encuentran incluidos en los Monumentos
Nacionales cuya categoría la alcanza por
disposición del Consejo Nacional de Patrimonio Cultural
del Ministerio de Cultura de la República de Cuba, que
constituye la instancia encargada de precisar y declarar los
bienes que forman el Patrimonio Cultural de la nación, los
cuales están sujetos a los preceptos de la Ley No. 1: Ley
de Protección del Patrimonio Cultural, aprobada por la
Asamblea Nacional del Poder Popular el 4 de agosto de 1977 y su
Reglamento el Decreto Ley No. 118 del Consejo de Ministros de 3
de noviembre de 1983.

El Consejo está integrado por una presidencia,
tres Vicepresidencias. Museos, Monumentos y Economía
así como dos instituciones subordinadas:

  • Consejo Nacional de Conservación,
    Restauración y Museología.

  • Registro Nacional de Bienes.

Tiene además un órgano adscrito, la
Comisión Nacional de Monumentos creada a tenor de la Ley
No. 2 de "Los Monumentos Nacionales y Locales" aprobada por la
Asamblea Nacional del Poder Popular el 4 de agosto de 1977 y el
Decreto número 55 de 18 de diciembre de 1979 que la
reglamenta.

Dentro de esta categoría de Monumento Nacional se
encuentra en Granma:

  • El Parque Museo "Ñico López" que fuera
    aprobado mediante la Resolución No. 193 de fecha 10 de
    febrero de 2004, dicha propuesta se elevó a la
    Comisión Nacional de Monumentos fundamentándose
    en la epopeya histórico de relevancia nacional que
    junto al Asalto del Cuartel Moncada en Santiago de Cuba
    marcó la madurez de la conciencia revolucionaria de
    una generación que se inspiró en el pensamiento
    político y social del más universal de los
    cubanos.

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En 1978 se crea el Parque "Ñico López", en
el área que ocupaba las instalaciones del club de los
Oficiales, se conserva el inmueble de éstos,
dedicándose a perpetuar la acción heroica de
éstos jóvenes a través de la
exposición de objetos personales de los
asaltantes.

Esta resolución fue emitida por la
Comisión Nacional de Monumentos del Ministerio de Cultura
en el RESUELVO Segundo recomienda la realización de
excavaciones arqueológicas que puedan apuntar elementos
sobre estructuras arquitectónicas originales del cuartel y
dispone su inscripción en el Registro de Monumentos
Nacionales y Locales para su protección.

Monografias.com

La Villa San Salvador de Bayamo fue declarada Monumento
Nacional mediante Decreto de 2 de enero de 1936 y ratificada en
su condición como tal por la Resolución No. 2 de
fecha de 12 de enero de 1978, dictada por el Presidente de la
Comisión Nacional de Monumentos, el Dr. Antonio
Núñez Jiménez, teniendo esta doble
condición, para esta declaración se
fundamentó en que Carlos Manuel de Céspedes el
Padre de la Patria, insigne patriota bayamés que desde "La
Demajagua" Central

Azucarero de su propiedad y sostenido por la fuerza
esclava, diera inicio la lucha de independencia que con su avance
impetuosos tomará la Ciudad de Bayamo el 22 de octubre de
1868, gestándose así la primera victoria que el
Gobierno en Armas logró dar a Cuba, en el lugar donde se
entonara por primera vez el Himno Nacional.

Dada la desigualdad de las fuerzas y pertrechos del
enemigo que caería desde Bayamo en inmortal gesto, el
padre de la Patria el 12 de enero de 1869, instó a sus
ciudadanos a incendiar la Ciudad, para que las fuerzas enemigas
tomaran solo las ruinas humeantes, proclamado el Ejército
Libertador su inquebrantable decisión de Vencer o Morir.
Siendo en la historia Patria el Incendio de bayamo un hecho que
resumió la esencia irreversible del comienzo de las luchas
por la verdadera emancipación de nuestro
Pueblo.

  • La Casa Natal de Celia Sánchez Manduley,
    situada en Media Luna, la cual fue declarada mediante la
    Resolución No. 66 de fecha 27 de enero de 1990, para
    ello se tuvo en cuenta lo que constituyó esta mujer
    como digno ejemplo de sentimientos y sensibilidad humana que
    alberga el corazón de los revolucionarios cubanos,
    típica cubana, rebelde, madura, profunda, la cual
    ocupó un importante lugar en toda la obra de nuestra
    revolución, junto a Frank País
    constituyó uno de los pilares en la lucha guerrillera
    desarrollando actividades en toda la costa oriental para
    asegurar la supervivencia de los expedicionarios del
    ejército rebelde y de la lucha clandestina en el
    llano.

  • La Jatía en Jiguaní, sitio
    histórico que sirvió de escenario al campamento
    24 de la ruta de la expedición de Martí y
    Gómez desde Playitas de Cajobabo a Boca de Dos
    Ríos, ésta fue declarada Monumento Nacional
    mediante la Resolución No. 83 de 19 de marzo de
    1991.

  • Partes: 1, 2, 3, 4
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