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Casos de Derecho Ambiental




Enviado por christian chavez



Partes: 1, 2

  1. Hechos
  2. Admisibilidad del caso
  3. Antecedentes del caso
  4. Recomposición ambiental del sitio –
    Estudio epidemiologico
  5. Hechos
  6. Admisibilidad del caso
  7. Estrategia jurídica
  8. Proceso
  9. Impacto jurídico y
    social
  10. Obstáculos
    encontrados
  11. Avances

I. HECHOS

En la ciudad de Arequipa, desde hace tiempo, el agua
potable presenta características que nos permiten dudar de
la salubridad de la misma.

La planta potabilizadora ubicada en esta ciudad, y que
abastece a la mayoría de los distritos de Arequipa,
utiliza para el tratamiento del agua sulfato de aluminio, sulfato
ferroso, hierro, entre otros elementos; si bien, se
encontrarían en valores permitidos según estudios
realizados por la Concesionaria del Agua, la planta de
tratamiento no cuenta con el proceso de tratamiento de barros ni
de desechos, a lo que se suma que el agua se encuentra
contaminada con nitratos y nitritos.

II. ADMISIBILIDAD DEL
CASO

El INRENA, decidió intervenir en el caso, por
que, resulta innegable en el mismo, el vínculo cierto
existente entre Derechos Humanos y Ambiente.

La distribución del agua con carácter
nocivo, produce una clara violación de los derechos
humanos de las personas como ser: a la salud, a un ambiente sano,
a un nivel de vida digna y adecuada, y el acceso al agua
potable.

En primer lugar, para tener un conocimiento acabado de
las condiciones en que se esta prestando el suministro, se
solicito información, acerca de los métodos de
potabilización de la planta.

También, se pidieron informes a SEDAPAR, sobre
los análisis de agua realizados por la misma
correspondientes a los últimos 6 meses, por otro lado,
también se solicitó un informe sobre la existencia
de denuncias realizadas por vecinos sobre la calidad del
agua.

Plaguicidas prohibidos para la
Agricultura

I. ANTECEDENTES DEL
CASO

El caso DDT, se hace público en el mes de
diciembre de 2009 a través del diario "La
República". Dicho periódico informó que la
venta de insecticidas se incrementa cada día, aunque sea
con deficientes medidas ambientales y en irregulares condiciones
de almacenamiento. La existencia, calidad y tipo de
agroquímicos almacenados en estos depósitos son
desconocidos por SENASA.

II. RECOMPOSICIÓN
AMBIENTAL DEL SITIO – ESTUDIO
EPIDEMIÓLOGICO

El SENASA, toma intervención en el caso, a
solicitud, de agricultores conscientes que se dan cuenta del
daño al medio ambiente. Los agricultores requerían
el saneamiento del predio que subsistía contaminado no
obstante el retiro de los plaguicidas del lugar por orden de las
autoridades.

Dicho reclamo, fundado en la Ley General del Ambiente
tiene por objeto que la Justicia ordene al SENASA supervisar, a
su costa, el lugar donde funcionan los depósitos de
plaguicidas. Además, solicitó al tribunal, que
disponga la clausura y custodia permanente de estos lugares a fin
de que no se sigan vendiendo elementos que puedan afectar a la
naturaleza; y peticionó que se imponga al SENASA, la
realización de un estudio epidemiológico a los
agricultores de las inmediaciones que pudieran estar afectados en
su salud por el uso de plaguicidas prohibidos.

En los últimos días, la Cámara de
Apelaciones otorgó las medidas cautelares que fueran
objeto de apelación por el SENASA en enero del
2010.

 Problemas en el
Sector Salud en Tiabaya – Arequipa

I. HECHOS

En la ciudad de Arequipa a los 17 días del mes de
agosto del año 2008, los habitantes del distrito de
Tiabaya consumen agua contaminada con coliformes fecales, debido
al contacto que tienen los mismos con el agua del Río
Chili. Este curso de agua sufre una constante degradación
ambiental por el vertido permanente de residuos cloacales en
crudo o mal potabilizados al río. La mala
implementación de conductos que transporten las aguas
servidas es el principal responsable de la contaminación
de este recurso hídrico.

A la fecha, este distrito tiene dos problemas: El
primero se relaciona con la carencia de insumos básicos y
mantenimiento mínimo, y el segundo problema lo constituye
el volumen de afluentes que recibe de la red cloacal de Arequipa,
ya que, en la hipótesis se construirá una Planta
que funcionara al 100 % de su capacidad, la misma sólo
podría recibir (120.000 m3/h) y en la actualidad recibe un
promedio de 140.000 y 150.000 m3/h. Estos números indican
que la planta recibe diariamente entre 600.000 y 800.000 litros
de líquidos cloacales diarios que no tiene capacidad para
recibir ni aún trabajando a un 100 %.

Los habitantes de este distrito presentaron numerosos
reclamos ante los organismos competentes a causa del estado de
contaminación del agua del río, y solicitaron agua
potable, ya que el agua altamente contaminada que consumen afecta
severamente su derecho a la salud entre otros derechos (fiebre
tifoidea, gastroenteritis viral y bacteriana, y
hepatitis).

Incluso, realizaron análisis
bacteriológicos donde se constató la existencia de
coliformes fecales en los pozos de agua. Estos reclamos no
recibieron ninguna respuesta por parte de las
autoridades.

II. ADMISIBILIDAD DEL
CASO

Para la admisibilidad de este caso presentamos los
siguientes factores:

1. Existencia del vínculo entre
Derechos Humanos y el Ambiente

Partes: 1, 2

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