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Organización de la jurisdicción contencioso administrativa de Venezuela



Partes: 1, 2

  1. Introducción
  2. Organización de la Jurisdicción
    Contencioso Administrativa
  3. Competencias de la Jurisdicción
    Contencioso Administrativa
  4. Conclusión
  5. Bibliografía

Introducción

La organización judicial es el conjunto de normas que
establecen los órganos y el sistema para la
administración de justicia, señalando la
competencia de los jueces, sus facultades, obligaciones, la forma
de su designación y de sustitución, así como
las garantías de su independencia.

Mediante la organización de los tribunales se determina
la manera de constituirlos, las personas que intervienen en su
constitución, la jerarquía de los tribunales y las
relaciones de subordinación entre ellos, y su
composición interna. Todo de acuerdo a los poderes y
deberes señalados en la ley, para el ejercicio de la
función jurisdiccional por parte del órgano
judicial (el respectivo tribunal) y la persona natural que
actúa en nombre del tribunal (el juez).

En este sentido, la organización de la
jurisdicción contencioso administrativa se encuentra
estructurada sistemáticamente, brindando a los
administrados, la posibilidad de ejercer el recurso contencioso
administrativo de nulidad, contra los actos administrativos
dimanados de los órganos de la Administración
Pública, que afecten sus intereses.

En lo adelante, presentaremos en este informe un esbozo de la
organización de lo Jurisdicción Contencioso
Administrativa en Venezuela.

Organización de la Jurisdicción
Contencioso Administrativa

Organización de la Jurisdicción
Contencioso Administrativa: La jurisdicción
contencioso-administrativa corresponde al Tribunal Supremo de
Justicia y a los demás tribunales que determine la
ley.

En Venezuela la jurisdicción contenciosa
administrativa se divide en dos categorías de
órganos jurisdiccionales: los de competencia general, que
son competentes para conocer de los juicios más
disímiles; y los de competencia especial, que conocen de
un tipo de asunto determinado.

Los órganos de la jurisdicción
contencioso- administrativa, se encuentran organizadas en
Venezuela de la manera siguiente:

1.- Tribunales Contenciosos Administrativos
Generales

1.1.- Tribunal Supremo de Justicia en Sala
Político Administrativa;

1.2.- Sala Electoral

1.3.- La Corte Primera y Corte Segunda de lo Contencioso
Administrativo

1.4.- Juzgados Superiores en lo Contencioso
Administrativo Regionales.

2.- Tribunales Contenciosos-Administrativos
Especiales

2.1.- Permanentes

2.1.1.- Tribunales Superiores en lo Contencioso
Tributario

2.1.2.- Tribunales Superiores Agrarios

2.1.3.- Tribunales Agrarios de Primera
Instancias

2.2.- Ocasionales

2.2.1.- Juzgados de Municipio

2.2.2.- Juzgado de Primera Instancia

2.2.3.- Tribunales Penales

La creación de los Tribunales Superiores en lo
Civil, Mercantil y Contencioso-Administrativo, mediante Decreto,
ocasionó una interesante polémica, particularmente
en el foro nacional, al considerarse dicho texto ilegal por estar
en aparente contradicción con la norma contenida en el
artículo 181 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema
de justicia, ya derogada. De acuerdo al artículo 186
eiusdem, esto responde al principio de la especialización
de dicha jurisdicción y su adecuación a los
requerimientos surgidos de la existencia misma de esa especial
institución.

La ley de la Jurisdicción Contencioso
Administrativa que aun se discute en la Asamblea nacional,
organiza la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de la
siguiente manera:

1.- Sala Político-Administrativa

2.- Las Cortes de lo Contencioso
Administrativo

3.- La Corte de lo Contencioso Tributario

4.- Los Tribunales Superiores de lo Contencioso
Administrativo

5.- Los Tribunales Superiores de lo Contencioso
Tributario

De esta organización establecida en la Ley que
regula Jurisdicción contencioso-administrativa, observamos
que la Sala Electoral ha quedado excluida. Eso Tiene una
razón de ser, ya que la misma se regirá por la Ley
de la Jurisdicción Contencioso-Electoral

Competencias de
la Jurisdicción Contencioso
Administrativa

Los órganos que conforman la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa son competentes para anular los actos
administrativos generales o individuales contrarios a derecho,
incluso por desviación de poder, condenar el pago de sumas
de dinero y a la reparación de daños y perjuicios
originados en responsabilidad de la administración;
reconocer de reclamos por prestación de servicios
públicos y disponer lo necesario para el restablecimiento
de las situaciones jurídicas subjetivas lesionadas por la
actividad administrativa.

  • Sala Político Administrativa del Tribunal
    Supremo de Justicia:

Partes: 1, 2

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