- Introducción
- Objetivos
- La
prescripción adquisitiva de dominio de bien
inmueble - El
derecho de propiedad en el código civil peruano de
1984 - Ideas
liminares de la prescripción
adquisitiva - La
prescripción adquisitiva o usucapión en el
código civil peruano de 1984 - Fundamento de la prescripción
adquisitiva de dominio - Fundamento de la prescripción
adquisitiva de dominio - Funciones de la prescripción
adquisitiva - Sujetos y objeto de la prescripción
adquisitiva - Clases de prescripción adquisitiva y sus
requisitos - La
prescripción adquisitiva de dominio en la
jurisprudencia nacional - Conclusiones
- Bibliografía
Es sabido que el tiempo en la vida sirve para sanar
heridas, como por ejemplo, la muerte de un ser querido. De igual
forma, en el Derecho, el tiempo funciona como un medio sanador
que permite la pérdida o la adquisición de
derechos. En ese sentido, Alas, De Buen y Ramos han
señalado "en el Derecho el concepto del tiempo se enlaza
con el de las variaciones de los fenómenos
jurídicos, con el de la forma de sus cambios; y que al
hablar del influjo del tiempo en las relaciones del Derecho no se
hace referencia al influjo del tiempo puro, abstraídos de
los fenómenos, considerado como algo sustantivo, sino al
tiempo medida de duración o expresión del cambio de
los hechos o estados con eficacia jurídica" Entre las
instituciones del Derecho que utilizan al tiempo como medio
sanador de relaciones jurídicas se encuentran la
prescripción extintiva y la prescripción
adquisitiva.
Como se advertirá en el derrotero de la presente
disquisición, el fundamento esencial de la
usucapión o prescripción adquisitiva, es la
necesidad de proteger y estimular la producción y el
trabajo. Quien durante largos años ha cultivado un
inmueble, incorporando riqueza a la comunidad, debe ser protegido
por la ley, afianzado en su derecho, estimulado en su trabajo.
Esta solución es tanto más justa si se piensa que
frente a él está un propietario negligente, que ha
abandonado sus bienes y quien se desinteresa de ellos no merece
la protección legal. Estos fundamentos de la
usucapión tienen hoy mayor vigor que nunca. Las sociedades
modernas no conciben ya la propiedad como un derecho absoluto;
ser dueño supone crecientes responsabilidades, no
sólo derechos.
Y es que la usucapión es también un modo
de resolver un problema que de otra manera no tendría
solución. Supóngase un bien abandonado largo tiempo
por su dueño. Otra persona lo ocupa, lo posee, lo trabaja.
Pero no tiene título. De no mediar la usucapión,
estaría siempre expuesto a una reivindicación
originada en títulos que datan quizá de 100 o 200
años atrás. En esas condiciones, con un perpetuo
peligro sobre sus derechos, que no tiene forma de eliminar, el
poseedor se desanima, no hace mejoras, no invierte; en una
palabra no hace producir al bien todo lo que podría dar
una explotación intensiva, protegida por la seguridad que
da el derecho de propiedad. Y si como es posible, nadie
reivindica ese inmueble, quedará perpetuamente en esa
situación de incertidumbre, sin que nada pueda mejorar las
condiciones del dominio. Esta situación requiere una
solución. Es lo que hace la prescripción
adquisitiva.
En el decurso de este modesto trabajo se tratará
de analizar los orígenes de la prescripción
adquisitiva en el Derecho Romano, para pasar luego a analizar sus
características y requisitos exigidos por el Código
Civil, sin dejar de atender los criterios jurisprudenciales
pronunciados por nuestros tribunales civiles.
Estudiar los orígenes de la
prescripción adquisitiva de dominio, de tal forma que
permita conocer sus instituciones, principios y
características imperantes en el Derecho Romano, y a
partir de ella su legado a los sistemas jurídicos
romano – germánicos.
Desentrañar los conceptos generales y
requisitos que se requieren para la aplicación de la
prescripción adquisitiva de dominio de bienes
inmuebles, con lo cual tras confrontarla con nuestra
jurisprudencia nacional, advertir sus aciertos y
desaciertos.
Reflexionar acerca de la forma como nuestros
tribunales de justicia, vienen concediendo las pretensiones
de los justiciables, sobre prescripción adquisitiva de
dominio, teniendo como base la jurisprudencia
nacional.
ANTECEDENTES HISTORICOS DE LA PRESCRIPCIÓN
ADQUISITIVA.
ETIMOLOGIA
Proviene deººl latín "usus"
que significa usar una cosa y de "capere" que equivale a
tomar. En el Derecho Romano la institución de la
usucapio era utilizada para la adquisición del
dominio por la posesión (usus) durante un cierto
tiempo[1]
DERECHO ROMANO PRECLASICO
Esta institución, exclusiva del derecho
quiritario, tenía por finalidad, en convertir en
propietario a aquel que no detentaba esta situación
jurídica ya sea, porque el que le había trasmitido
la cosa no lo era o no se había respetado las formalidades
legales. Por lo tanto, los peregrinos no tenían la
posibilidad de utilizar este instituto por ser este un modo de
adquisición del derecho civil.
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