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La realización y la aplicación del derecho



Partes: 1, 2

  1. Contenido
  2. La
    interpretación del Derecho
  3. Concepto de
    interpretación
  4. Sentido y alcance
    jurídico
  5. Métodos de
    interpretación del Derecho
  6. La
    integración del Derecho
  7. Principios
    generales del Derecho
  8. Bibliografía

Contenido

La noción de realización social del
Derecho y de su aplicación estatal y posible formas de
esta última. La interpretación del Derecho,
concepto, expresiones históricas y problemas que plantea.
Su clasificación según el intérprete y su
extensión. Métodos principales de
interpretación. El problema de la analogía en la
aplicación del Derecho.

Concepto: es la coincidencia de la voluntad de
los participantes en las acciones reguladas por el Derecho, con
la voluntad estatal expresada en forma
jurídica.

Realización del Derecho: Se refiere a que
el derecho se realiza no solo cuando es aplicado compulsivamente
por el órgano del estado, si no, sobre todo cuando sus
fines son cumplidos, o sea, cuando los depositarios de esas
normas con su conducta natural, se ajustan a ellas. En otras
palabras es el cumplimiento conciente y voluntario del derecho
por los ciudadanos

La aplicación estatal del Derecho es
cuando el Estado a través de sus órganos impone
normativa jurídica pero sin llegar al extremo de la
compulsión y está aplicación estatal
también se da cuando los Tribunales dictan sentencia en un
caso determinado que van a individualizar un derecho de manera
general.

La
interpretación del Derecho

Es el conjunto de procedimiento mediante los cuales se
busca encontrar el sentido, el alcance, la esencia y los fines de
las normas para su correcta aplicación asegurando con ella
la justicia. Toda Norma Jurídica que exista debe ser
interpretada para llegar al fin que persigue.

Existen dos tipos de
interpretaciones:

1- Subjetiva: Trata de interpretar lo que
quiso decir el legislador

2- Objetiva: L o que hay que perseguir es
lo quiere decir la ley y no el legislador.

Sus formas:

a) En los marcos de las relaciones
jurídicas

b) Fuera de las relaciones jurídicas

La realización de las normas jurídicas
fuera de las relaciones jurídicas incluye la
realización de determinadas normas de Derecho, como pueden
ser las de propiedad o las penales, que contienen la
definición del status legal de los ciudadanos y las
organizaciones, las cuales son realizadas normalmente en el
quehacer, sin que necesariamente tenga que trabajarse para su
realización, concretas relaciones jurídicas entre
ciudadanos o entre estos y el Estado' o las organizaciones
sociales.

La realización del Derecho en los marcos de las
relaciones jurídicas contiene cuatro formas de
realización del Derecho.

1– La observancia del Derecho en cuanto a
abstención de realizar acciones prohibidas, por ejemplo,
en las del Derecho Penal. Aquí, cuando la conducta
prohibida no se realiza, la norma de Derecho esta cumplida
voluntariamente sin la intervención coactiva del
Estado.

2– El cumplimiento positivo del Derecho: Se trata en
normas que obligan a una conducta activa y suele consistir en la
ejecución de las obligaciones previstas en la ley mediante
acciones positivas, como es en el caso del Código de la
Niñez y la Juventud de Cuba.

3– El empleo, utilización o uso de las
facultades que otorga el Derecho, Son las dadas en normas
directas y facultativas, como es el caso de un ciudadano que dona
su biblioteca al Estado, el usa la norma facultativa que regula
la donación, pero no esta obligado, por supuesto, a
ello.

4– La aplicación de las normas del Derecho por
el Estado. Las tres primeras formas son en que los particulares o
sujetos de las relaciones sociales reguladas jurídicamente
cumplen las normas legales sin intervención de los
órganos estatales.

La realización del Derecho por parte del Estado
esta relacionada con relaciones jurídicas de gran
importancia para la sociedad, lo cual requiere un control
especial por parte de los órganos estatales, sean en
recursos naturales, financieros, de producción,
etc.

Es el caso de las inscripciones de nacimientos,
defunciones, testamentos y, en general, de todas las relaciones
jurídicas que requieren la publicidad oficial, que se
logra mediante los correspondientes Registros.

La aplicación del Derecho por parte del Estado
tiene las particularidades siguientes:

a) La realización del Derecho se efectúa
solo por los órganos estatales facultados, las
organizaciones sociales o sus funcionarios.

b) La realización del Derecho revela claramente
el carácter político de la relación social
que afecta, dado que casi siempre una de las partes es,
precisamente el Estado, que expresa los intereses de la clase
dominante.

Concepto de
interpretación

Es el conjunto de procedimientos mediante los cuales se
busca encontrar el sentido, el alcance, la esencia y los fines de
la norma para su correcta aplicación, asegurando con ello
justicia.

Para ningún jurista es un secreto que la sabia
interpretación, es garantía de justicia y la mala
interpretación abre el camino a la maldad y la
injusticia

Partes: 1, 2

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