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Vigencia del derecho en el tiempo



Partes: 1, 2

  1. Contenido
  2. Principios
    fundamentales de la vigencia Temporal del
    Derecho
  3. La solución
    positiva cubana sobre la vigencia temporal del
    Derecho
  4. Principios
    fundamentales para la determinación de la vigencia
    espacial del Derecho
  5. Principio de la
    personalidad del Derecho
  6. Bibliografía

Contenido

Los principios fundamentales acerca de la vigencia
temporal del derecho. Las formas de derogación de los
actos normativos. La solución positiva cubana sobre la
vigencia temporal del derecho. La vigencia espacial del derecho,
territorialidad y extraterritorialidad y sus relaciones con el
Derecho internacional privado. Los problemas e la vigencia del
Derecho sobre las personas.

Concepto: Es el período de tiempo
más o menos determinado en que rige una disposición
normativa, así como el espacio territorial de su
aplicación y las personas que se atienen a dichas
disposiciones.

Formas de ella: Temporal, espacial y
personal.

Vigencia temporal del Derecho: Toda norma
jurídica tiene un ámbito temporal de validez. Ahora
bien, el problema de la vigencia temporal del Derecho se plantea
cuando una norma es modificada o subrogada por otra, pues,
entonces corresponde determinar si la nueva ley debe
aplicarse:

a) a los hechos jurídicos producidos con
anterioridad a ella

b) a los efectos producidos de esos hechos

c) a los efectos posteriores a la fecha de comienzo de
su obligatoriedad

d) solamente a los hechos futuros

Hay que tener presente para ello los siguientes
principios conjugadamente:

1– La ley posterior deroga a la anterior

2– La ley general posterior no deroga la especial
anterior

Principios
fundamentales de la vigencia Temporal del
Derecho

Vigencia Temporal del Derecho: Un problema
esencial en la vida del Derecho y de sus normas es el
correspondiente a su alcance espacial el cual es hasta los
límites del territorio del estado en que se dictan
ó, por el contrario, pueden ir más allá y
rebasar esos límites.

a) Principio de la retroactividad:

Plantea que las leyes no solo deben regir para el futuro
sino también para el pasado.

Ello se hace siempre que sea mas justa la ley
posterior.

b) Principio de la Irretroactividad: Postula que
las leyes deben dictarse solo para el futuro, es decir, sin
afectar los hechos ocurridos con anterioridad a su
promulgación.

c) Principio de la solución
Ecléctica:
No obstante lo correcto y necesario de la
irretroactividad de la norma jurídica, el mismo no tiene
carácter absoluto, porque en ciertos casos resulta
evidente de mayor justicia y también necesario la
retroactividad legal. Es por ello que existe una posición
ecléctica respecto a este problema jurídico que
puede aplicarse retroactivamente cuando a nadie perjudican, o
más aun cuando son favorables a situaciones
jurídicas anteriores como ocurre con el caso de la
retroactividad benigna de las leyes penales.

La
solución positiva cubana sobre la vigencia temporal del
Derecho

En nuestro país se aplica la solución
ecléctica, la cual se pone de manifiesto en nuestra propia
constitución que declara en su artículo 61 lo
siguiente: "las leyes penales tienen efecto retroactivo cuando
sean favorables al encausado o sancionado. Las demás leyes
no tienen efecto retroactivo a menos que las mismas se dispongan
lo contrario por razón de interés social o utilidad
pública.

La constitución parte del criterio o la
doctrina de la irretroactividad y divide a las leyes en dos
grandes grupos; las penales y las que llaman "de más
leyes", es decir las civiles, las administrativas, laborales,
fiscales, etc.

En el Código Civil cubano artículo
7 expresa "las leyes civiles no tienen efecto retroactivo a menos
que en ellas se disponga lo contrario por razones de
interés social o interés público.

Por su parte el Código Penal cubano en su
artículo 3 preceptúa lo siguiente: "la ley penal
aplicable es la vigente en el momento de la comisión del
acto punible. No obstante la nueva ley es aplicable al delito
cometido con anterioridad a su vigencia si es más
favorable al encausado

Principios
fundamentales para la determinación de la vigencia
espacial del Derecho

El Derecho rige para todas las personas que se
encuentran dentro del territorio estatal.

Vigencia espacial del Derecho: El principio
general de que la ley debe regir en el territorio del Estado que
se trate, no puede ser absoluto y debe sufrir excepciones a los
efectos de que el alcance de la ley, aunque generalmente
circunscrita al territorio del Estado de que se trate, puede
tener validez extra territorial, para regir relaciones
jurídicas fuera de ese territorio.

Principios de la vigencia espacial del
derecho.

  • Territorialidad: lo da la
    imposición que tiene el estado sobre las personas que
    están en su territorio.

  • Extraterritorialidad: exigir
    determinadas normas que van con el hombre a donde quiera que
    este se dirija y lo identifica donde quiera que esa identidad
    es indelegable e innegable.

  • Ecléctica: parte del
    criterio de territorialidad por el lugar en que se encuentra
    y de la extraterritorialidad porque tiene derechos que son
    innegables e indelegables.

Partes: 1, 2

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