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La administración estratégica en la efectividad de las empresas asociativas agropecuarias de la sierra del Perú



Partes: 1, 2

  1. Descripción del proyecto
  2. Justificación e importancia de la investigación
  3. Marco teórico
  4. Bases Teóricas
  5. Definición de términos
  6. Metodología
  7. Presupuesto
  8. Bibliografía

  • TITULO:
  • LA ADMINISTRACIÓN ESTRATÉGICA EN LA EFECTIVIDAD DE LAS EMPRESAS ASOCIATIVAS AGROPECUARIAS DE LA SIERRA DEL PERU. PERIODO 2005-2011

    • NOMBRE DEL GRADUANDO

    DDD

    • LUGAR DONDE SE DESARROLLARA LA TESIS

    Empresas Asociativas agropecuarias ubicadas en la sierra del Perú.

    Descripción del proyecto

    • Antecedentes de la Problema.

    El problema de investigación se ha determinado en función del adecuado uso o no de la administración estratégica en las Empresas Asociativas Agropecuarias, especialmente, de si la utilización de dicha administración tiene consecuencias en la efectividad de tales empresas.

    Las empresas asociativas en el Perú, tienen su origen en la década de los años 70, cuyo objetivo en esa época fue la titulación de tierras. Para el efecto; es necesario hacer una revisión de lo que ha venido sucediendo en este campo durante las últimas décadas, sin intentar redactar toda la historia, debido a que la presente, está orientado a introducir en este tipo de empresas los fundamentos de control gerencial que les ayuden a mejorar su gestión. Hasta la década del sesenta, la distribución de las áreas agrícolas en el Perú tenía como característica fundamental, la concentración de la tierra en muy pocos propietarios (se calcula que el 90% de las tierras de uso agrícola eran de propiedad del 5% de los propietarios). Por otro lado, la situación social en el campo venía siendo cuestionada desde distintos frentes, dada las terribles condiciones de vida a las que se encontraban expuestos los campesinos.

    En este contexto, el 24 de junio de 1969, el gobierno presidido por el General Juan Velasco Alvarado promulgó el Decreto Ley Nº 17716, Ley de Reforma Agraria. cuyas características principales fueron las siguientes:

    • Fue de carácter masivo, afectando no sólo a los grandes latifundios, sino también a la mediana e incluso pequeña propiedad.

    • Eliminó el mercado de tierras agrícolas; se estableció que la propiedad de la tierra no era transferible.

    • Se eliminó, la inversión de empresas con fines de lucro en el agro, promoviéndose la creación de empresas asociativas, bajo un régimen de propiedad colectiva.

    • Se instauró, un régimen colectivista en la propiedad agraria, a partir de la creación de las Sociedades Agrícolas de Interés Social (SAIS)

    Con el fin del gobierno militar, y la promulgación de la Constitución de 1979 se inició un proceso que ha determinado un evidente cambio de modelo que continua hasta nuestros días. El gobierno de Fernando Belaúnde Terry, promulgó la llamada Ley de Desarrollo Agrario (Decreto Legislativo Nº 002), que entre sus normas más saltantes permitía la parcelación de las unidades agrícolas en favor de campesinos individuales, parcelándose con ello gran cantidad de las tierras que habían sido adjudicadas a las empresas asociativas durante la Reforma Agraria. A partir del año 1990, empezó a liberalizarse la propiedad de la tierra mediante dispositivos legales orientados a generar un mercado de tierra, atraer inversión, permitir la libre transferencia de propiedad y culminar los procedimientos de adjudicación y titulación.

    El 30 de julio de 1991, el Gobierno de turno emitió el Decreto Legislativo N° 653, Ley de Promoción de las Inversiones para el Sector Agrario, que derogó al Decreto Ley N° 17716, y dispuso culminar las acciones de catastro y titulación para la inscripción de los predios rústicos de todo el territorio nacional que fueron adjudicados en la reforma agraria.

    Mediante, la Octava Disposición Complementaria del Decreto Ley N° 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, del 27 de noviembre de 1992, se creó El Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural – PETT. El PETT es una institución especializada del Ministerio de Agricultura, que asumió dentro de sus responsabilidades las funciones de la ex Dirección de Tenencia de Tierras y Estructura, el Programa Nacional de Catastro (PROCNAC) e integró el Proyecto Especial de Desarrollo Cooperativo y Comunal (PRODACC).

    Con la promulgación de la Constitución Política del Perú de 1993, se marcó la orientación hacia el mercado y la promoción de la inversión privada en el sector agrario; así se estableció que el Estado apoya preferentemente el desarrollo agrario y, garantiza el derecho de propiedad sobre la tierra, en forma privada o comunal o en cualquier otra forma asociativa.

    La Constitución Política de 1993, sirvió de contexto a la dación de la Ley N° 26505, Ley de Inversión Privada en el desarrollo de las actividades económicas en las tierras del territorio nacional y de las Comunidades Campesinas y Nativas promulgada con fecha 17 de julio de 1995, conocida mayoritariamente como "Ley de Tierras". Esta ley, marcó un giro radical en la normatividad que rigió la vida del agro nacional desde los años de la reforma agraria Su objetivo, fue alentar la inversión privada en el sector agrario, eliminando las restricciones que impedían a los inversionistas orientarse a la agricultura. Fue modificada por las Leyes N° 26570, 26597, 26681.

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