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Alcances Gubernamentales para Erradicar la Violencia Contra la Mujer y la Familia en Venezuela (página 2)



Partes: 1, 2, 3

Es por esto que se plantea dar a conocer a través
de foros de divulgación comunitaria, los alcances
obtenidos por el gobierno Nacional, en materia jurídica,
sobre la erradicación de la violencia contra la mujer y la
familia de una forma general con el fin de proporcionarle
herramientas a las personas afectadas y a los miembros de las
diversas comunidades, destacando la suma importancia que tiene el
conocimiento de la nueva "ley orgánica sobre el derecho a
las mujeres a una vida libre de violencia" que por su
novísima vigencia es de ignorancia a los ciudadanos; o que
si se conoce de esta a duras penas solo se llega a creer que se
trata de una ley feminista que solo ampara a estas y no lo que en
verdad engloba la norma como tal "Protección Integral de
la familia"

Delimitaciones

Pueden existir varias limitantes para dar a conocer los
Alcances Gubernamentales para Erradicar la Violencia Contra la
Mujer y la Familia en Venezuela a través de Foros de
Divulgación Comunitaria, entre la cuales podemos
enumerar:

  • 1. Falta de apoyo de los entes gubernamentales
    para dar a conocer sus Alcances en cuanto a Erradicar la
    Violencia Contra la Mujer y la Familia en
    Venezuela.

  • 2. Falta de recursos económicos,
    materiales y humanos para la estructuración del Foros
    de Divulgación Comunitaria.

  • 3. Disposición de un espacio
    físico que facilite la realización del Foros de
    Divulgación Comunitaria

CAPITULO II

Marco
Teórico

Antecedentes de la
Investigación

Coronel (2.006), en una monografía titulada:
"Maltrato a la mujer", en sus conclusiones deduce "el abuso y
maltrato contra la mujer afecta enormemente la salud no
sólo de ella sino también de sus hijos o personas
de su entorno. Por tanto, existe un riesgo de que la violencia
predisponga a la mujer a la mala salud. Un número cada vez
mayor de estudios acerca de la salubridad indica el aumento de
los efectos negativos de la violencia",
es por lo antes
expuesto, que la violencia contra la mujer es un problema que
compete y afecta todos los ámbitos sociales, culturales, y
gubernamentales, ya que no es menos cierto que la mujer, es el
pilar fundamental en vida de todo ser humano y la
sociedad.

Salazar (2.004), en un estudio realizado sobre la
violencia en la pareja, para la Universidad de Los Andes Escuela
de Criminología. Concluye que "La violencia se ha
convertido en un patrón de socialización, que es
trasmitido de generación en generación, el cual
abarca todos los ámbitos de la vida del individuo, desde
su lenguaje hasta su forma de relacionarse
, por lo que
es necesario ·promover y desarrollar políticas
educativas y sociales en el cual el Estado sea garante del
cumplimiento de las mismas
", en tal sentido se puede deducir
que a través del tiempo la violencia se ha incrementado a
tal punto que se encuentra inmersa en todos los espacios de la
vida cotidiana, igualmente se puede considerar que una de las
principales causa del incremento de la violencia contra la mujer
ha sido la falta de políticas educativas y sociales que
promuevan, y divulguen, la erradicación de la violencia
contra la mujer y la familia.

Torres M. (2004). Violencia contra las mujeres y
derechos humanos. Aspectos teóricos y
jurídicos
. "Cualquier política
pública o programa específico cuyo objetivo sea
erradicar la violencia de género tiene que articular
varios frentes (cultural, educativo, social, laboral, etc.), pero
sobre todo debe subrayar la construcción de relaciones
equitativas entre los géneros. La legislación es
sólo un componente más, insuficiente para producir
cambios sustanciales y a largo plazo. La lucha contra la
violencia debe darse en múltiples
batallas
".

Bases Teóricas

LA VIOLENCIA

Se define violencia como el uso de la fuerza (verbal,
física y/o psicológica) sobre el cuerpo, la
voluntad, el deseo y los afectos de otras personas (Buvinic et
al., 1981). Se ejerce cuando una persona más fuerte, o con
mayor autoridad y poder, atenta contra los bienes, la libertad,
la salud y los derechos humanos de otras personas
amenazándolas, causándoles daño u
obligándolas a realizar actividades en contra de su
voluntad y sus derechos.

En la mayoría de las culturas, las mujeres y los
niños/as suelen encontrarse en condiciones de menor poder,
lo que les hace más vulnerables a ser víctimas de
violencia.

La violencia es un comportamiento deliberado que
resulta, en daños físicos o psicológicos a
otros seres humanos, o más comúnmente a otros
animales o cosas y se lo asocia, aunque no necesariamente, con la
agresión, ya que también puede ser
psicológica o emocional, a través de amenazas u
ofensas. Algunas formas de violencia son sancionadas por la ley o
la sociedad, otras son crímenes-

La violencia se origina en la falta de
consideración hacia la sociedad en que vivimos, si creamos
mayor conciencia en nosotros mismos, si analizamos que la
violencia no es la mejor forma de alcanzar las metas, de seguro
nuestra sociedad crecería y se
desarrollaría.

La Violencia Contra La
Mujer

La violencia hacia las mujeres es denominada
violencia de género o violencia basada en
género (VBG)2
y se refiere a la que éstas
sufren por el hecho de ser mujeres, como una expresión de
las relaciones de poder entre hombres y mujeres.

Este tipo de violencia puede darse en el ámbito
de la familia, en el lugar de trabajo, en la escuela, en la
comunidad, en la calle, en las instituciones.

La violencia o malos tratos hacia la mujer afecta a
millones de mujeres en el mundo entero, independientemente de su
situación socioeconómica y cultural.

Las Naciones Unidas definen la violencia contra la mujer
como todo acto de violencia basado en el género que tiene
como resultado posible o real un daño físico,
sexual o psicológico, incluidas las amenazas, la
coerción o la privación arbitraria de la libertad,
ya sea que ocurra en la vida pública o en la
privada.

Hay muchas formas de violencia contra la mujer,
incluidos el abuso sexual, físico o emocional por la
pareja; el abuso físico o sexual por familiares u otras
personas; el acoso y el abuso sexual por figuras de autoridad
(como profesores, funcionarios de policía o empleadores);
el tráfico para trabajos forzados o explotación
sexual; y prácticas tradicionales tales como los
matrimonios forzados o infantiles; la violencia relacionada con
la dote; y los homicidios por honor, en que se sacrifica a la
mujer para proteger el honor familiar. Los abusos sexuales
sistemáticos en las situaciones de conflicto son otra
forma de violencia contra la mujer.

La Violencia en las Etapas de la
Vida

La violencia tiene un efecto profundo sobre la mujer.
Empieza antes del nacimiento, en algunos países, con
abortos selectivos según el sexo. O al nacer, cuando los
padres desesperados por tener un hijo varón pueden matar a
sus bebés del sexo femenino. Y sigue afectando a la mujer
a lo largo de su vida. Todos los años, millones de
niñas son sometidas a la mutilación de sus
genitales. Las niñas tienen mayor probabilidad que sus
hermanos de ser violadas o agredidas sexualmente por miembros de
su familia, por personas en posiciones de poder o confianza, o
por personas ajenas. En algunos países, cuando una mujer
soltera o adolescente es violada, puede ser obligada a contraer
matrimonio con su agresor, o ser encarcelada por haber cometido
un acto "delictivo". La mujer que queda embarazada antes del
matrimonio puede ser golpeada, condenada al ostracismo o
asesinada por sus familiares, aunque el embarazo sea producto de
una violación.

Después del matrimonio, el riesgo mayor de
violencia para la mujer sigue habitando en su propio hogar, donde
su esposo y, a veces la familia política, puede agredirla,
violarla o matarla. Cuando la mujer queda embarazada, envejece o
padece discapacidad mental o física, es más
vulnerable al ataque.

La mujer que está lejos del hogar, encarcelada o
aislada de cualquier forma es también objeto de
agresión violenta. Durante un conflicto armado, las
agresiones contra la mujer aumentan, tanto de parte de las
fuerzas hostiles como de las "aliadas". (Anexo Nro 01)

Tipos de Violencia

La Asamblea General de las Naciones Unidas aprueba en
1993 la "Declaración sobre la eliminación de la
violencia contra la mujer" en la que se describen las expresiones
de la violencia basada en género (VBG), las cuales
incluyen:

Violencia Psicológica o
Emocional
:

Constituye toda acción u omisión que cause
daño, dolor, perturbación emocional,
alteración psicológica o disminución de la
autoestima de la mujer. La violencia psicológica
está presente también en los casos de violencia
física y sexual. Incluye los siguientes actos: amenaza de
daño, aislamiento físico y social, celos extremos y
posesión, privación, intimidación,
degradación y humillación; llamar a la
víctima con nombres peyorativos, criticarla, insultarla,
devaluarla constantemente; ignorar, minimizar o ridiculizar sus
necesidades y sus logros.

Violencia Física:

Es considerada como todo acto de fuerza que cause
daño, dolor o sufrimiento físico en las personas
agredidas, cualquiera que sea el medio empleado y sus
consecuencias, sin considerarse el tiempo que se requiera para su
recuperación. La violencia física puede incluir los
siguientes maltratos: empujar, abofetear, golpear, patear; atacar
con un arma; sujetar, amarrar o recluir; dejar a la
víctima en un lugar peligroso; negar ayuda a la
víctima estando enferma o herida. La violencia contra el
patrimonio de la víctima también es considerada
violencia física en la Ley sobre la Violencia contra la
Mujer y la Familia.

Violencia Sexual:

Se considera todo maltrato que constituya
imposición en el ejercicio de la sexualidad de una persona
y que la obligue a tener relaciones u otras prácticas
sexuales con el agresor o con terceros, mediante el uso de la
fuerza física, intimidación, amenazas o cualquier
otro medio coercitivo. La violencia sexual incluye los siguientes
actos: tratar de que la víctima realice actos sexuales en
contra de su voluntad; intentar tener actividad sexual con la
víctima cuando no está totalmente consciente, no se
le pregunta o ella siente temor a negarse; producir daño
físico durante la relación sexual, o lesionar sus
genitales, incluyendo el uso de objetos o armas, de manera
intravaginal, oral o anal; obligar a la víctima a tener
relaciones sexuales sin protección anticonceptiva o contra
Infecciones de Transmisión Sexual (ITS); criticar y
utilizar palabras sexualmente degradantes para la
víctima.

Violencia económica:

Es el ejercicio abusivo del poder que incluye el control
y manejo, por parte del hombre, de dinero, propiedades y, en
general, de los recursos de la familia. Algunas manifestaciones
de este tipo de violencia son: hacer que la mujer tenga que dar
todo tipo de explicaciones cada vez que necesita dinero; dar
menos dinero del que se necesita en el hogar, a pesar de contar
con él; inventar que no hay dinero para gastos que la
mujer considera importantes; gastar el dinero sin consultar con
la mujer; disponer del dinero de la mujer; que el hombre tenga a
su nombre las propiedades derivadas del matrimonio; privar de
vestimenta, comida, transporte o vivienda.

Violencia Política.

Es aquella que surge de los grupos organizados ya sea
que estén en el poder o no. El estilo tradicional del
ejercicio político, la indiferencia del ciudadano
común ante los acontecimientos del país, la no
participación en las decisiones, así como la
existencia de las llamadas coimas como: manejo de algunas
instituciones y las prácticas de Nepotismo institucional.
También la violencia producida por la respuesta de los
grupos alzados en armas.

Violencia Cultural.

La existencia de un Perú oficial y un Perú
profundo (comunidades nativas y campesinas), son distorsiones de
los valores de identidad nacional y facilitan estilos de vida
poco saludables.

Violencia Delincuencial.

Robo, estafa, narcotráfico, es decir, conductas
que asumen medios ilegítimos para alcanzar bienes
materiales. Toda forma de conducta individual u organizada que
rompe las reglas sociales establecidas para vivir en grupo.
Establecido no ayuda a resolver los problemas. Todos
sueñan con el modelo que les vende la sociedad, el
éxito fácil. Pero ser un profesional idóneo
o un técnico calificado requiere de esfuerzo y
preparación. Requiere desarrollar recursos internos y
metas. Los jóvenes de nuestro país tienen
oportunidades de orientación y canalización de sus
frustraciones y en esto dependen de sus familias, la escuela y
las instituciones; la responsabilidad es de todos. Es decir, las
expresiones de violencia sin futuro y sin horizontes pueden
cambiar.

Otras Formas de
Discriminación.

La preferencia por un hijo varón se puede
manifestar en otras prácticas que son discriminatorias
contra la niña. En la mayoría de las sociedades, se
asigna mayor valor a los hijos varones. En casos extremos, el
estado reducido de las hijas puede dar lugar a la violencia. La
selección prenatal del sexo puede ocasionar un
número desproporcionado de abortos de fetos femeninos en
comparación con los fetos masculinos. Después del
nacimiento, en las familias donde la demanda de hijos varones es
más elevada, se puede practicar el infanticidio de los
lactantes del sexo femenino.

En la nueva Ley Orgánica sobre el Derecho de la
Mujeres de una Vida libre de Violencia, aprobada en Gaceta
Oficial Nro: 38.647, el 19 de marzo de 2.007, en su
artículo Nro. 15 se consideran formas de violencias de
género en contra de las mujeres, las
siguientes:

  • 1. Violencia
    psicológica:

Es toda conducta activa u omisiva ejercida en deshonra,
descrédito o menosprecio al valor o dignidad personal,
tratos humillantes y vejatorios, vigilancia constante,
aislamiento, marginalización, negligencia, abandono,
celotipia, comparaciones destructivas, amenazas y actos que
conllevan a las mujeres víctimas de violencia a disminuir
su autoestima, a perjudicar o perturbar su sano desarrollo, a la
depresión e incluso al suicidio.

  • 2. Acoso u Hostigamiento:

Es toda conducta abusiva y especialmente los
comportamientos, palabras, actos, gestos, escritos o mensajes
electrónicos dirigidos a perseguir, intimidar, chantajear,
apremiar, importunar y vigilar a una mujer que pueda atentar
contra su estabilidad emocional, dignidad, prestigio, integridad
física o psíquica, o que puedan poner en peligro su
empleo, promoción, reconocimiento en el lugar de trabajo o
fuera de él.

  • 3. Amenaza:

Es el anuncio verbal o con actos de la ejecución
de un daño físico, psicológico, sexual,
laboral o patrimonial con el fin de intimidar a la mujer, tanto
en el contexto doméstico como fuera de
él.

  • 4. Violencia Física:

Es toda acción u omisión que directa o
indirectamente está dirigida a ocasionar un daño o
sufrimiento físico a la mujer, tales como: Lesiones
internas o externas, heridas, hematomas, quemaduras, empujones o
cualquier otro maltrato que afecte su integridad
física.

  • 5. Violencia
    Doméstica:

Es toda conducta activa u omisiva, constante o no, de
empleo de fuerza física o violencia psicológica,
intimidación, persecución o amenaza contra la mujer
por parte del cónyuge, el concubino, ex cónyuge, ex
concubino, persona con quien mantiene o mantuvo relación
de afectividad, ascendientes, descendientes, parientes
colaterales, consanguíneos y afines.

  • 6. Violencia Sexual:

Es toda conducta que amenace o vulnere el derecho de la
mujer a decidir voluntaria y libremente su sexualidad,
comprendiendo ésta no sólo el acto sexual, sino
toda forma de contacto o acceso sexual, genital o no genital,
tales como actos lascivos, actos lascivos violentos, acceso
carnal violento o la violación propiamente
dicha.

  • 7. Acceso Carnal Violento:

Es una forma de violencia sexual, en la cual el hombre
mediante violencias o amenazas, constriñe a la
cónyuge, concubina, persona con quien hace vida marital o
mantenga unión estable de hecho o no, a un acto carnal por
vía vaginal, anal u oral, o introduzca objetos sea cual
fuere su clase, por alguna de estas vías.

Se entiende por prostitución forzada la
acción de obligar a una mujer a realizar uno o más
actos de naturaleza sexual por la fuerza o mediante la amenaza de
la fuerza, o mediante coacción como la causada por el
temor a la violencia, la intimidación, la opresión
psicológica o el abuso del poder, esperando obtener o
haber obtenido ventajas o beneficios pecuniarios o de otro tipo,
a cambio de los actos de naturaleza sexual de la
mujer.

Se entiende por esclavitud sexual la privación
ilegítima de libertad de la mujer, para su venta, compra,
préstamo o trueque con la obligación de realizar
uno o más actos de naturaleza sexual.

Es la solicitud de cualquier acto o comportamiento de
contenido sexual, para sí o para un tercero, o el procurar
cualquier tipo de acercamiento sexual no deseado que realice un
hombre prevaliéndose de una situación de
superioridad laboral, docente o análoga, o con
ocasión de relaciones derivadas del ejercicio profesional,
y con la amenaza expresa o tácita de causarle a la mujer
un daño relacionado con las legítimas expectativas
que ésta pueda tener en el ámbito de dicha
relación.

  • 11. Violencia Laboral:

Es la discriminación hacia la mujer en los
centros de trabajo: públicos o privados que obstaculicen
su acceso al empleo, ascenso o estabilidad en el mismo, tales
como exigir requisitos sobre el estado civil, la edad, la
apariencia física o buena presencia, o la solicitud de
resultados de exámenes de laboratorios clínicos,
que supeditan la contratación, ascenso o la permanencia de
la mujer en el empleo. Constituye también
discriminación de género en el ámbito
laboral quebrantar el derecho de igual salario por igual
trabajo.

  • 12. Violencia patrimonial y
    económica:

Se considera violencia patrimonial y económica
toda conducta activa u omisiva que directa o indirectamente, en
los ámbitos público y privado, esté dirigida
a ocasionar un daño a los bienes muebles o inmuebles en
menoscabo del patrimonio de las mujeres víctimas de
violencia o a los bienes comunes, así como la
perturbación a la posesión o a la propiedad de sus
bienes, sustracción, destrucción, retención
o distracción de objetos, documentos personales, bienes y
valores, derechos patrimoniales o recursos económicos
destinados a satisfacer sus necesidades; limitaciones
económicas encaminadas a controlar sus ingresos; o la
privación de los medios económicos indispensables
para vivir.

  • 13. Violencia
    Obstétrica:

Se entiende por violencia obstétrica la
apropiación del cuerpo y procesos reproductivos de las
mujeres por personal de salud, que se expresa en un trato
deshumanizador, en un abuso de medicalización y
patologización de los procesos naturales, trayendo consigo
pérdida de autonomía y capacidad de decidir
libremente sobre sus cuerpos y sexualidad, impactando
negativamente en la calidad de vida de las mujeres.

  • 14. Esterilización
    Forzada:

Se entiende por esterilización forzada, realizar
o causar intencionalmente a la mujer, sin brindarle la debida
información, sin su consentimiento voluntario e informado
y sin que la misma haya tenido justificación, un
tratamiento médico o quirúrgico u otro acto que
tenga como resultado su esterilización o la
privación de su capacidad biológica y
reproductiva.

  • 15. Violencia
    Mediática:

Se entiende por violencia mediática la
exposición, a través de cualquier medio de
difusión, de la mujer, niña o adolescente, que de
manera directa o indirecta explote, discrimine, deshonre, humille
o que atente contra su dignidad con fines económicos,
sociales o de dominación.

  • 16. Violencia
    Institucional:

Son las acciones u omisiones que realizan las
autoridades, funcionarios y funcionarias, profesionales, personal
y agentes pertenecientes a cualquier órgano, ente o
institución pública que tengan como fin retardar,
obstaculizar o impedir que las mujeres tengan acceso a las
políticas públicas y ejerzan los derechos previstos
en esta Ley, para asegurarles una vida libre de
violencia.

  • 17. Violencia
    Simbólica:

Son mensajes, valores, íconos, signos que
transmitan y reproducen relaciones de dominación,
desigualdad y discriminación en las relaciones sociales
que se establecen entre las personas y naturalizan la
subordinación de la mujer en la sociedad.

Son todos los actos que implican su reclutamiento o
transporte dentro o entre fronteras, empleando engaños,
coerción o fuerza, con el propósito de obtener un
beneficio de tipo financiero u otro de orden material de
carácter ilícito.

  • 19. Trata de mujeres, niñas y
    adolescentes:

Es la captación, el transporte, el traslado, la
acogida o la recepción de mujeres, niñas y
adolescentes, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza o de
otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al
engaño, al abuso de poder o de una situación de
vulnerabilidad o la concesión o recepción de pagos
o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que
tenga autoridad sobre mujeres, niñas o adolescentes con
fines de explotación, tales como prostitución,
explotación sexual, trabajos o servicios forzados, la
esclavitud o prácticas análogas a la esclavitud, la
servidumbre o la extracción de órganos.

Ciclo de la Violencia

Generalmente, la violencia doméstica tiene un
carácter cíclico y suele manifestarse en tres
etapas o fases

Fase de Tensión:

En este período, las expresiones de violencia
pueden incluir insultos y un conjunto de demostraciones que no
son considerados por la mujer y el agresor, como extremas. En
esta fase, ella intentará calmarlo o evitará hacer
aquello que le pueda molestar, bajo la falsa suposición de
que su acción o inacción logrará
controlarlo.

Fase de Explosión de la
Agresión:

En esta etapa, ocurre un hecho considerado extremo por
parte de la víctima y el agresor. La tensión va
aumentando y los límites de las conductas consideradas no
extremas se reducen, generándose un incremento en el
número y tipo de situaciones de violencia física,
psicológica y sexual.

Fase de reconciliación

Arrepentimiento o luna de miel: luego de la fase de
explosión, el agresor intenta dar señales de
arrepentimiento, generalmente prometiendo que no volverá a
ocurrir.

Algunas instituciones (AVESA; FUNDAMUJER; ORG. LAS
MANUELAS) que trabajan en la atención y prevención
de la violencia intrafamiliar y de género en
América Latina han planteado que existe una fase
intermedia, que se da justo después de la fase de
agresión: la fase de alejamiento o separación
temporal. En este período, la mujer busca ayuda en
distintas instancias, incluyendo familiares, amigos/as y centros
de ayuda. Esta fase es considerada muy importante ya que en ella
la mujer adquiere información y realiza actividades que
pueden ayudarla a enfrentar el problema y, además,
generalmente evalúa distintas opciones en términos
legales, de atención psicológica y alternativas
económicas, entre otras.

Las intervenciones en esta fase pueden hacer la
diferencia entre la vida y la muerte de la mujer

Causas de la Violencia contra la
Mujer

La violencia contra las mujeres se produce por el modo
en que hemos sido educados y por el modo en que no hemos sido
educados.

  • a) Es la familia con sus expectativas quien
    crea el niño y la niña a quienes atribuye
    diferente educación, rol y valores.

  • b) El alcoholismo es un sin número de
    casos que registra que un gran por ciento de las mujeres que
    son agredidas por sus compañeros conyugales,
    están bajo el efecto del alcohol.

  • c) Al varón se le define con una
    sexualidad preponderante, urgente, dominante, (lo masculino
    es: la fuerza, la dominación y la violencia) y a las
    mujeres con una sexualidad a disposición del
    varón, es decir, una no sexualidad
    femenina.

  • d) A la mujer le falta la palabra, es el otro
    quien nos define como somos.

  • e) El vivir en la sociedad patriarcal
    heterosexista, de roles rígidos que han reducido el
    papel de la mujer a reproducir y ser objeto de deseo del
    hombre, sin sexualidad propia.

  • f) Las mujeres siendo fuertes han debido
    mostrarse débiles y sentirse limitadas y sometidas
    como si de "lo natural" se tratara.

  • g) Fuerte ignorancia que hay de no conocer
    mejor vía para resolver las cosas: no saben que la
    mejor forma de resolver un fenómenos sociales
    conversando y analizando qué causa eso y luego tratar
    de solucionarlo.

  • h) El no poder controlar los impulsos: muchas
    veces somos impulsivos, generando así violencia, no
    sabemos cómo resolver las cosas.

  • i) La falta de comprensión existente
    entre las parejas, la incompatibilidad de caracteres: la
    violencia intra-familiar es la causa MAYOR que existe de
    violencia, un niño que se críe dentro de un
    ambiente conflictivo y poco armonioso ha de ser, seguro, una
    persona problemática y con pocos principios
    personales.

Consecuencias de la Violencia contra
la Mujer

  • a) Consecuencias para la
    salud

La violencia contra la mujer y la niña, y
demás miembros de la sociedad, aumenta su riesgo de mala
salud. Un número cada vez mayor de estudios que exploran
la violencia y la salud informan sistemáticamente sobre
los efectos negativos. La verdadera medida de las consecuencias
es difícil de evaluar, sin embargo, porque los registros
médicos carecen generalmente de detalles vitales en cuanto
a las causas violentas de las lesiones o la mala
salud.

Las consecuencias de la violencia contra la mujer pueden
no ser mortales y adoptar la forma de lesiones físicas,
desde cortes menores y equimosis (golpes, moretones) a
discapacidad crónica o problemas de salud mental.
También pueden ser mortales; ya sea por homicidio
intencional, por muerte como resultado de lesiones permanentes o
SIDA, o debido a suicidio, usado como último recurso para
escapar a la violencia. En esta carpeta de información,
Consecuencias para la salud de la violencia contra la mujer y la
niña, se explora el tema en más
profundidad

  • b) Homicidio

Numerosos estudios informan que la mayoría de las
mujeres que mueren de homicidio son asesinadas por su
compañero actual o anterior.

En las culturas en que se practica la costumbre de la
dote (bienes que aporta la mujer al matrimonio o que dan a los
esposos sus padres o terceras personas, en vista de su
matrimonio), esta puede ser mortal para la mujer cuyos padres no
pueden satisfacer las demandas de regalos o dinero. La violencia
que comienza con amenazas puede terminar en "suicidio" forzado,
muerte por lesiones u homicidio.

  • c) Lesiones graves

Las lesiones sufridas por las mujeres debido al maltrato
físico y sexual pueden ser sumamente graves. Muchos
incidentes de agresión dan lugar a lesiones que pueden
variar desde equimosis (golpes y moretones) a fracturas hasta
discapacidades crónicas. Un alto porcentaje de las
lesiones requiere tratamiento médico.

  • d) Lesiones durante el
    embarazo

Las investigaciones recientes han identificado a la
violencia durante el embarazo como un riesgo a la salud tanto de
la madre como del feto no nacido. Las investigaciones sobre este
rubro han indicado mayores niveles de diversas
condiciones.

  • e) Embarazo no deseado y a temprana
    edad

La violencia contra la mujer puede producir un embarazo
no deseado, ya sea por violación o al afectar la capacidad
de la mujer de negociar el uso de métodos anticonceptivos.
Por ejemplo, algunas mujeres pueden tener miedo de plantear el
uso de métodos anticonceptivos con sus parejas por temor
de ser golpeadas o abandonadas.

Los adolescentes que son maltratados o que han sido
maltratados como niños, tienen menos probabilidad de
desarrollar un sentido de autoestima y pertenencia que los que no
han experimentado maltrato.

Tienen mayor probabilidad de descuidarse e incurrir en
comportamientos arriesgados como tener relaciones sexuales en
forma temprana o sin protección. Un número
creciente de estudios indica que las niñas que son
maltratadas sexualmente durante la niñez tienen un riesgo
mucho mayor de embarazo no deseado durante la
adolescencia.

Este riesgo mayor de embarazo no deseado acarrea muchos
problemas adicionales. Por ejemplo, está bien documentado
que la maternidad durante la adolescencia temprana o media, antes
de que las niñas estén maduras biológica y
psicológicamente, está asociada con resultados de
salud adversos tanto para la madre como para el niño. Los
lactantes pueden ser prematuros, de bajo peso al nacer o
pequeños para su edad gestacional.

Cuando se produce un embarazo no deseado, muchas mujeres
tratan de resolver su dilema por medio del aborto. En los
países en que el aborto es ilegal, costoso o
difícil de obtener, las mujeres pueden recurrir a abortos
ilegales, a veces con consecuencias mortales.

  • f) Vulnerabilidad a las
    enfermedades

Si se comparan con las mujeres no maltratadas, las
mujeres que han sufrido cualquier tipo de violencia tienen mayor
probabilidad de experimentar una serie de problemas de salud
graves.

Se ha sugerido que la mayor vulnerabilidad de las
mujeres maltratadas se puede deber en parte a la inmunidad
reducida debido al estrés que provoca el maltrato. Por
otra parte, también se ha responsabilizado al auto
descuido y a una mayor proclividad a tomar riesgos. Se ha
determinado, por ejemplo, que las mujeres maltratadas tienen
mayor probabilidad de fumar que aquellas sin antecedentes de
violencia.

Consecuencias
Psicológicas

  • a) Suicidio

En el caso de las mujeres golpeadas o agredidas
sexualmente, el agotamiento emocional y físico puede
conducir al suicidio. Estas muertes son un testimonio
dramático de la escasez de opciones de que dispone la
mujer para escapar de las relaciones violentas

  • b) Problemas de salud
    mental

Las investigaciones indican que las mujeres maltratadas
experimentan enorme sufrimiento psicológico debido a la
violencia. Muchas están gravemente deprimidas o ansiosas,
mientras otras muestran síntomas del trastorno de
estrés postraumático. Es posible que estén
fatigadas en forma crónica, pero no pueden conciliar el
sueño; pueden tener pesadillas o trastornos de los
hábitos alimentarios; recurrir al alcohol y las drogas
para disfrazar su dolor; o aislarse y retraerse, sin darse
cuenta, parece, que se están metiendo en otro problemas,
aunque menos graves, pero dañino igualmente.

Factores asociados a la Violencia
Contra la Mujer

Son diversas las variables que confluyen para propiciar
la aparición de la violencia de género. Los
estudios reportan como las más frecuentemente citadas, las
siguientes: el nivel socioeconómico, la escolaridad y el
grupo de edad. Hay acuerdo en señalar que la VBG puede
ocurrir en todos los estratos económicos, sin embargo,
mientras más bajas las tres variables señaladas,
más alto es el riesgo.

Otras variables asociadas son el estado civil (las
mujeres no casadas están en mayor riesgo), el haber
sufrido abuso o violencia durante la infancia o el haber sido
testigo de ella (tanto la mujer como su pareja); la
condición de ocupación de la pareja (si está
desempleado aumenta el riesgo) así como de la mujer (si
trabaja fuera de la casa disminuye el riesgo); la dependencia
económica de la mujer suele incrementar el riesgo, sobre
todo cuando las pautas sociales y culturales obstaculizan la
obtención de bienes económicos por parte de ella.
En algunas culturas el hombre no sólo es el único
que puede heredar y manejar los bienes económicos (incluso
procedentes de la familia de ella), sino que puede decidir la
vida o muerte de la mujer.

El número de hijos, el número de
años de la unión, y el consumo de alcohol (en los
tres casos, mientras más alto, más riesgo de
violencia). La existencia de una marcada asimetría de
poder en la pareja, sustentada en los roles tradicionales de
género12, que no pocas veces enseña y hace creer a
las mujeres que se "merecen" ese maltrato.

Un elemento importante es el no reconocimiento de muchas
conductas como violentas asumidas como expresión natural
de la virilidad. Es que los hombres son así. Al preguntar
a una mujer si el marido la maltrataba, respondió: Lo
normal. Es decir, que ni los hombres ni las mujeres identifican y
diferencian los hechos de violencia. Muchas mujeres desconocen
que el ser obligadas por el esposo a tener relaciones sexuales es
una expresión de violencia sexual, la cual se justifica
con argumentos como "el deber de la mujer es complacer a su
marido", "para eso me casé con ella", "para eso la
mantengo", "para eso soy su mujer".

La Unidad de Género y Salud de la OPS ha
desarrollado el Modelo integral para abordar la violencia contra
las mujeres, el cual ha sido implementado en 10 países de
las Américas, y que incluye la construcción de
redes comunitarias para la provisión de atención y
apoyo a las víctimas de violencia, y la promoción
de relaciones no-violentas.

Finalmente, muchas sociedades hacen poco o nada para
reducir la violencia o castigar a los que la cometen. Aun en
lugares donde existen leyes explícitas contra la violencia
doméstica, este problema es frecuentemente menospreciado
por la policía y el sistema jurídico.

Dimensiones de la violencia contra la
mujer

Derechos Humanos:

Que implica el hacer visibles y penalizar las
violaciones de los DH generales de las mujeres como el llamar la
atención sobre los hechos agresivos particulares que las
afecta; lo cual incluye sus derechos civiles y políticos,
socioeconómicos y de corte legal poniendo énfasis
en asuntos tales como la Violencia Doméstica entre cuyas
consecuencias están la no consecución de justicia y
protección, problemas de salud, deterioro de la
productividad social y/o imposibilidad de participación
cívica. En síntesis, pasar de los públicos
exclusivamente, a lo privado.

Lo Jurídico-Legal:

Que plantea un de disposiciones de defensa,
prevención y sanción que incluyan compromisos
estatales para el cumplimiento de los derechos antes
señalados.

De Educación:

Que supone formación en DH especificando los de
las Humanas, e inclusive a partir de las últimas para
poder reconstruir al ser humano, hombres y mujeres, en una
relación de afecto, compañerismo, trabajo solidario
para vivir una vida cada vez más digna.

En el Desarrollo:

Apunta a la construcción de relaciones de equidad y
solidaridad entre géneros como condición para la
realización personal y el desarrollo integral. (Moser
citada en MORENOP: 28.,14) la dependencia económica y
psicológica de las mujeres a las cuales de les educa para
valorarse en función de los hombres que las
acompañan les hace difícil si acaso algunas veces
imposible, salir de una situación de violencia por ello
los planes socioeconómicos deben incluir la
concepción de género produciendo teórica y
prácticamente una mejora en la calidad de vida de las
acciones de pareja. La dependencia femenina es un
obstáculo para desarrollo.

De Salud Integral:

Considerando lo fisiológico, lo biológico,
aunado a social para reconocer las relaciones y su influencia en
la salud mental y física de la mujer, no sólo en la
enfermedad sino también en la prevención de las
mismas. Así se hace imprescindible el estudio
epidemiológico no sólo de la mortalidad y
morbilidad de niñas y mujeres, de los conocidos males
relacionados con el cáncer sino también de la
violencia que llena a los Hospitales los fines de semana, por
ejemplo. Se trata de observar e incluir ante la desigualdad
experimentada por las mujeres por evidenciarse menores
probabilidades de gozar de salud, en términos
generales.

Reconocer especialmente el hecho de que la mujer ha jugado y
sigue jugando un rol especialísimo en la gestión de
salud en sus círculos familiares y comunitarios influyendo
a decenas de personas que las rodean, trabajo diario y continuo
que no se ha valorado nunca, que se considera "natural".

De Políticas Públicas

La Violencia contra la Mujer, necesariamente, debe ser,
intervenida por el Estado. No puede ser neutral ante tanta
exigencia nacional e internacional, eso sólo
llevaría a mantener establecido, a ser cómplices
con situaciones de injusticia y arbitrariedad impidiendo a las
personas que los sufre, LA MUJER, el no poder ejercer sus
DERECHOS BÁSICOS: como lo son el derecho a la vida sin
violencia, a su identidad, a su integridad física y
psíquica.

La Violencia contra la Mujer en
Venezuela

En Venezuela, miles de mujeres son golpeadas, insultadas
y violadas, o sufren otras formas de violencia doméstica a
manos de sus parejas o ex parejas. Sólo en 2007, 4.484
mujeres utilizaron la línea de atención
telefónica creada por el INAMUJER (Instituto Nacional de
la Mujer) para denunciar abusos. Sin embargo, según
organizaciones locales, de cada nueve mujeres que sufren este
tipo de violencia sólo una la denuncia a las autoridades.
La gran mayoría, por diversas razones, permanece en
silencio.

La violencia contra las mujeres en la pareja constituye
una violación de los derechos humanos de las mujeres, como
el derecho a la vida, a la integridad física, al disfrute
del más alto nivel posible de salud física y
mental, y a la igualdad ante la ley. Los Estados, Venezuela
incluida, se han comprometido a respetar, proteger y hacer
cumplir esos derechos mediante una serie de tratados
internacionales.

Pero, día a día, estos derechos se niegan
a las mujeres que viven bajo la sombra de la violencia en el
hogar. Las autoridades venezolanas han tomado medidas positivas
para erradicar la violencia contra las mujeres en el
ámbito familiar, especialmente con la promulgación
de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una
Vida Libre de Violencia, de 2007.

La Violencia contra la Mujer, es un hecho reconocido y
sufrido mundialmente por las mujeres. Específicamente en
Venezuela los casos de violencia contra las mujeres en sus
diferentes presentaciones son abundantes, ya que según
INAMUJER en tan solo un año se reportaron 4484 casos de
abusos o violencia domestica, sin contar los que se quedan en las
sombras debido al miedo a represalias que siente la mujer por
parte de su pareja o atacante. En Venezuela, la violencia contra
la mujer es común mayormente en las zonas populares y
muchos de ellos quedan sin ser tratados o reportados, la
mayoría de las mujeres se acostumbran o sencillamente
prefieren aguantar o sacrificarse tan solo por el bienestar de
sus hijos o familia, con lo cual se debe estar en total
desacuerdo ya que ninguna mujer debe tolerar algún tipo de
maltrato bajo ninguna prioridad, estas deben ser concientizadas y
deben adquirir el valor para enfrentar estas situaciones y salir
o liberarse para siempre del yugo al que estarían
condenadas si no actúan rápidamente. Es importante
hacer destacar que ahora en Venezuela las mujeres cuentan con
muchas instituciones que actúan en pro de la seguridad y
prevención de la violencia doméstica, así
como de la instrucción a los funcionarios policiales para
la actuación ante estos abusos, ahora amparados bajo la
ley orgánica sobre el derecho a las mujeres a una vida
libre de violencia la cual los capacita y les da facultades para
la previsión y tratamiento de estos abusos.

AVANCES PARA LA ERRADICACIÓN DE LA
VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y LA IGUALDAD DE
GÉNERO

En el Ámbito
Internacional

El enfrentamiento del problema, al igual que su
génesis, es multifactorial. Contempla la
formulación de marcos normativos, su aplicación y
difusión, el diseño de políticas y programas
para atención y prevención, así como de
intervenciones sistemáticas, coherentes y permanentes de
educación y socialización

En los últimos cinco años ha habido
importantes avances en la visualización y enfrentamiento
del problema. Desde el contexto de reuniones y acuerdos
internacionales se ha exhortado a los gobiernos a asumir la VBG
como un problema que les atañe, pues constituye una
violación de los derechos humanos y un problema social y
de salud pública que tiene un impacto económico
importante.en el diseño de políticas y estrategias
para abordar la situación.

En el ámbito educativo y cultural, la tarea
apunta hacia la reconstrucción de las asignaciones o roles
de género tradicionales que fomentan el uso de la
violencia por parte del hombre y la aceptación por parte
de la mujer. Es necesario resignificar las masculinidades13 y
educar a los niños, niñas y adolescentes para la
utilización del diálogo y la negociación en
la resolución de las diferencias. No es una tarea
fácil ni de resultados inmediatos, pero es una
intervención que incide en la génesis del problema
y que debe acompañar a las acciones emprendidas en el
ámbito legal y de salud.

En el área de la atención, resulta
fundamental incluir a las dos personas involucradas: la mujer y
el hombre. Este enfoque no ha sido el tradicionalmente asumido,
más bien se ha centrando en la víctima, tomando al
agresor como elemento para la penalización, más que
para la intervención psicológica y social. Un
ejemplo interesante es la Campaña del Lazo Blanco (White
Ribbon Campaign) 14 iniciada en Canadá, la cual se
desarrolla a nivel internacional de sensibilización sobre
la violencia de los hombres contra las mujeres. La
Campaña

está llegando a varios países del mundo,
usando el lazo blanco como un símbolo de garantía
masculina en no cometer actos de violencia contra mujeres y no
eximir de responsabilidad a quien la practique. En los dos
primeros meses, 100.000 hombres en Canadá usaron el lazo
blanco. La Campaña partió ahora para los Estados
Unidos, España, Noruega, Australia, Namibia y Finlandia, y
ha inspirado campañas en México, Nicaragua y
Brasil. Es de hacer notar que se ha aplicado en países
industrializados, en los cuales, al igual que en aquellos en
proceso de desarrollo, registran altas tasa de VBG.

El trabajo de los países que participan en las
reuniones internacionales ha devenido en la estructuración
de importantes acuerdos que han hecho un llamado a la
acción para eliminar la violencia contra las mujeres y
tratar sus causas subyacentes, para proporcionar servicios para
las víctimas de la violencia y crear conciencia
pública sobre las consecuencias de la violencia contra las
mujeres y la necesidad de ponerle fin.

Entre los acuerdos internacionales de mayor relevancia,
referidos al tema se listan los siguientes:

  • Declaración Universal de Derechos
    Humanos

  • Declaración sobre la eliminación de la
    discriminación contra la mujer

  • Convención sobre la eliminación de
    todas las formas de discriminación contra la
    mujer

  • Convención sobre los derechos
    políticos de la mujer

  • Declaración sobre la protección de la
    mujer y el niño en estados de emergencia o de
    conflicto armado

  • Declaración sobre la eliminación de la
    violencia contra la mujer

  • Protocolo Facultativo de la Convención sobre
    la eliminación de todas las formas de
    discriminación contra la mujer

  • Conferencia Mundial sobre los Derechos Humanos
    (Vienna 1993)

  • Evaluación de 5 años (Vienna +5 –
    1998)

  • Convención Interamericana sobre la
    Prevención, el Castigo y la Eliminación de la
    Violencia contra la Mujer (Convención Belém do
    Pará) (1994)

  • Conferencia Internacional sobre Población y
    Desarrollo (Cairo 1994)

  • Evaluación de 5 años (Cairo
    +5)

  • Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer (Beijing
    1995) Evaluación de 5 años

En Venezuela

El Gobierno del Presidente Hugo Chávez
está ejecutando una política de erradicación
de la discriminación y violencia contra las mujeres,
orientada a proteger sus derechos humanos y liberarlas de la
situación de pobreza. El Estado venezolano fortalece el
ejercicio pleno de los derechos humanos, políticos y
desarrollo integral de la mujer, con la creación de
instituciones, programas e instrumentos jurídicos
destinados a sancionar y erradicar la violencia y
discriminación hacia la mujer en todos los
ámbitos.

Venezuela es uno de los países más
avanzados de América Latina en la lucha para erradicar la
violencia contra la mujer y la igualdad de género, prueba
de ello es el paso histórico a través de la
Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela, aprobada por referendum popular el año 1.999,
al incorporar una visión de equidad entre hombres y
mujeres, en la cual las mujeres se hacen visibles mediante un
lenguaje no sexista y la garantía de sus derechos,
incluyendo el reconocimiento del trabajo doméstico como
generador de valor agregado, creador de riqueza y bienestar
social. Asimismo, la mujer es reconocida como sujeto
histórico-social dentro del marco jurídico
venezolano, lo que implica el reconocimiento, la promoción
y la protección de sus derechos humanos, a través
de diferentes instrumentos jurídicos.

En el primer periodo presidencial del Presidente
Chávez, se lograron avances significativos relacionados en
la discusión de la situación de las mujeres
venezolanas, plasmada en el plan de nacional de Igualdad para la
mujeres, propiciando así la creación de tres
institución lideradas por mujeres ellas fueron:

  • Instituto Nacional de la Mujer (INAMUJER), que
    sustituye a CUNAMU

  • La DEFENSORIA DE LA MUJER, como lo estipulada en la
    ley de igualdad de oportunidades de la mujer, promulgada en
    1.993.

  • BANCO DE DESARROLLO DE LA MUJER

Algunas de las acciones más importantes a
través de la cual se desarrolla esta política son
las siguientes:

  • 1. Creación de las Casas de Abrigo:
    refugios que otorgan protección y seguridad a mujeres
    víctimas de violencia intrafamiliar.

  • 2. Misión Madres del Barrio programa
    social a través del cual se reconoce el valor del
    trabajo doméstico y brinda atención integral a
    las mujeres y a las familias en situación de pobreza
    extrema, mediante una asignación económica
    equivalente al salario mínimo nacional y la
    capacitación de las beneficiarias. La
    asignación económica concluye una vez que las
    beneficiarias han sido debidamente capacitadas.

  • 3. Adopción de la Ley Orgánica
    sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de
    Violencia, en la cual se garantiza el derecho de las mujeres
    a una vida libre de violencia, mediante la creación de
    condiciones para prevenir, atender, sancionar y erradicar
    dicha violencia, en cualquiera de sus manifestaciones y
    ámbitos e impulsando cambios en los patrones
    socioculturales que sostienen la desigualdad de género
    y las relaciones de poder sobre las mujeres.

  • 4. Concesión de 12.400 créditos a
    través del Banco de Desarrollo de la Mujer, los cuales
    representaron una inversión de aproximadamente US$ 28
    millones, que beneficiaron a más de 340.000
    personas.

  • 5. Extensión del permiso de lactancia
    materna de 6 a 9 meses, prorrogable hasta un año, de
    acuerdo a situaciones especiales.

  • 6. La incorporación de la perspectiva de
    género en las estadísticas
    nacionales.

Gracias a las políticas de promoción de la
equidad de género del Gobierno del Presidente Hugo
Chávez, la participación hoy en día de la
mujer no tiene precedentes en Venezuela: de los cinco poderes
públicos, la mujer participa de manera protagónica
en los espacios públicos como los Consejos Comunales, las
Misiones Sociales y los programas populares, en los que, en
general, se construye el nuevo orden social de derecho y de
justicia y en los que las mujeres no sólo aportan en la
participación, sino también comparten activamente
el ejercicio de la toma de decisiones.

Asimismo, el Gobierno Nacional ejecuta actualmente un
Plan de Igualdad, con base en el cual se desarrollan iniciativas
novedosas como los denominados "Puntos de Encuentro", los cuales
consisten en grupos organizados de mujeres orientados a rescatar
la memoria histórica, conformar redes de solidaridad y
luchar contra la pobreza; así como la participación
política igualitaria (50 y 50) en cargos de
elección popular y la ejecución de la
"Campaña del 50 y 50 de participación en las
instancias gubernamentales",

De igual manera, se ha puesto en marcha el Plan Nacional
de Prevención de la Violencia contra la Mujer, que incluye
programas como la línea "0-800 Mujeres" de carácter
nacional, gratuito y confidencial y la capacitación de
4.630 funcionarios que trabajan en organismos de
denuncia.

Estamos convencidos de que sin equidad de género
no podremos construir la nueva sociedad que queremos, una
sociedad basada en la justicia social, la participación y
el respeto a la dignidad de las mujeres.

ORGANISMOS, A FAVOR DE ERRADICAR LA
VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN VENEZUELA

Ministerio para la Mujer y la
Igualdad de Género

Fue creado mediante decreto presidencial que aparece
publicado en la Gaceta Oficial que circuló hoy.

Así lo señalan los decretos números
6.663 y 6.665, de la Presidencia de la República,
publicados en la Gaceta Oficial número 39.156, de fecha
lunes 13 de abril de 2009,

A este despacho se adscriben: el Instituto Nacional de
la Mujer (Inamujer); el Banco de Desarrollo de la Mujer
(Banmujer) y la Fundación Misión Madres del Barrio
Josefa Joaquina Sánchez.

El Estado venezolano se encuentra adoptando todas las
medidas necesarias para asegurar la eliminación y
erradicación de la discriminación contra las
mujeres.

Asimismo, el Estado requiere el afianzamiento de
políticas, programas, planes y proyectos sobre la base de
un sistema integral de desarrollo, en el cual se aborden todos
los aspectos en relación con las mujeres y en particular
en materia política, de salud, seguridad alimentaria,
vivienda y hábitat, economía y seguridad social,
los saberes de la ciencia y la tecnología, la
recreación y el trabajo.

De ahí que el Ejecutivo Nacional cree los
órganos y entes públicos necesarios, así
como proveer todos los instrumentos pertinentes para garantizar
la formación igualitaria de las mujeres y los hombres,
así como el derecho a la no discriminación y a la
eliminación de obstáculos y prohibiciones que se
puedan originar, con el objetivo de que el esfuerzo por el
progreso se vincule con los movimientos reivindicativos
nacionales e internacionales gubernamentales y no
gubernamentales.

Instituto Nacional de la
Mujer

INAMUJER

Una sociedad justa es aquella que trata en igualdad de
condiciones a todas las personas que la conforman, tomando en
cuenta sus particularidades y no permitiendo que éstas se
conviertan en desigualdades o motivos de
discriminación.

Teniendo esto en cuenta y en cumplimiento de la
Convención para la Eliminación de Todas las Formas
de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), la
Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y
Erradicar la Violencia contra la Mujer de Belem Do Pará
como instrumentos internacionales, y la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela y la Ley de Igualdad de
Oportunidades para la Mujer, como instrumentos nacionales, el
Gobierno del Presidente Hugo Chávez crea en 1999 el
Instituto Nacional de la Mujer (INAMUJER), como un organismo
necesario para superar las discriminaciones que la sociedad
realiza contra las mujeres para lograr su plena inclusión
en una sociedad verdaderamente justa.

INAMUJER es el órgano permanente de
definición, supervisión y evaluación de las
políticas y asuntos relacionados con la condición y
situación de la mujer.  Tiene por finalidad:
planificar, coordinar y ejecutar las políticas dirigidas a
la mujer; intervenir en la formulación de políticas
públicas que afecten a la mujer en los campos de
interés para éstas, tales como los de salud,
educación, formación, capacitación, empleo,
ingreso y seguridad social; garantizar la prestación de
los servicios necesarios en materia jurídica,
socioeconómica, sociocultural, sociopolíticas y
sociodoméstica, en los términos contemplados en la
ley.

Otra de las tareas encomendadas al INAMUJER es conocer
sobre situaciones de discriminación de la mujer y formular
recomendaciones administrativas o normativas a los órganos
competentes del poder público y del sector privado;
elaborar proyectos de ley y reglamentos que sean necesarios para
la promoción de la igualdad y derecho de la mujer y para
la igualdad efectiva de oportunidades por parte de
ésta.

Banco de Desarrollo de la
Mujer

BANMUJER

El Banco de Desarrollo de la Mujer, C.A., es una
institución microfinanciera pública que facilita a
las mujeres, en condiciones de pobreza, (las más pobres
entre los pobres) en forma relativamente rápida y
oportuna, servicios financieros y no financieros, con el
propósito de que obtengan herramientas productivas para su
plena inserción en el desarrollo socio – económico
del país y sus beneficios, todo ello en el contexto de la
acción soberana y protagónica, diseñada para
y desde nuestro pueblo en la Constitución
Bolivariana.

El Banco de Desarrollo de la Mujer, C.A., es un medio
para la construcción y potenciación de una
economía al servicio, equitativamente, de los hombres y
mujeres de nuestro país; base para "una sociedad justa y
amante de la paz". En tal sociedad, la economía
está al servicio de las personas, y éstas
últimas son sujetos sociales activos o activas en la
transformación productiva; son constructoras de su propio
destino.

Misión Madres del
Barrios

"JOSEFA JOAQUINA
SÁNCHEZ"

Madres del Barrio se crea a través del Decreto
Presidencial Nº 4.342, publicado en la Gaceta Oficial de la
República Bolivariana de Venezuela Nº 38.404, del 23
de marzo de 2.006, reimpreso en la Gaceta Oficial Nro. 38.405,
del 24 de marzo de 2006.

El 25 de octubre de 2.006, a través de la Gaceta
Oficial Nro. 38.549, es reformado el decreto original,
incorporando oficialmente el nombre de Misión Madres del
Barrio "Josefa Joaquina Sánchez", e incluyendo al
Ministerio del Ambiente en la Comisión
Presidencial.

La Misión Madres del Barrio "Josefa Joaquina
Sánchez" nace como una estrategia integral del Gobierno
Bolivariano Nacional para enfrentar de forma corresponsable, con
la participación protagónica de las mujeres y las
comunidades, la situación de pobreza extrema que
enfrentamos en el país. Para ello, se parte de la ama de
casa en estado de necesidad como lidereza de todos los procesos
de transformación en el núcleo de la familia
venezolana.

La Misión pone en práctica un aspecto
sumamente innovador y revolucionario, no sólo en nuestro
país, sino en todo el mundo, y es el relativo a la
concreción del artículo 88 de la
Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela, el cual indica textualmente: "El Estado
reconocerá el trabajo del hogar como actividad
económica que crea valor agregado y produce riqueza y
bienestar social. Las amas de casa tienen derecho a la seguridad
social de conformidad con la ley". Ello ocurre cuando se
garantiza la seguridad social de las madres incluidas que
ameritan protección de carácter permanente, ya sea
por su edad, por condiciones de discapacidad muy severas o por
otras dificultades.

FUNDAMUJER

El fin principal de la organización es realizar
acciones informativas, divulgativas, de concienciación y
sensibilización, orientadoras, preventivas, asistenciales,
de capacitación y de investigación en el
área de la violencia doméstica hacia la mujer por
su parea, con énfasis comunitario. Actualmente mantiene un
Convenio con el CEM-UCV y con AVESA para la atención
directa a mujeres maltratadas y hombres maltratadores de sus
parejas que solicitan ayuda para el cambio, es asesora de
múltiples grupos y asociaciones que integran a sus luchas
y contenidos la violencia contra las mujeres (Asamblea Nacional,
Alcaldía Mayor, Fundaciones diversas) y proporciona
información actualizada para la elaboración de
trabajos de pre y post grado. También se constituyó
en Aliada de la Fundación de la Mujer del Banco Fondo
Común.

Defensoría de la
mujer

La Defensoría Nacional de La Mujeres es la
instancia jurídica de Inamujer que apoya y asiste a la
mujer en la defensa de sus derechos, ejecuta el programa sobre
Derechos de la Mujer y Acceso a la Justicia con la finalidad de
velar por el cumplimiento de las leyes, declaraciones,
convenciones, regla mentos y disposiciones que guarden
relación con los derechos de la mujer.

En el marco de este programa se brinda atención a
las mujeres a las que les fueron vulnerados sus derechos humanos
y asesoría legal. Acciones que constituyen el objetivo
fundamental de la Defensoría señalada. Fue creada
por Decreto Presidencial No.428, de fecha 26 de octubre de 1999,
publicada en Gaceta Oficial No. 5.398.

En la Gaceta Oficial No.332935, de fecha 30 de Abril de
2004, según la resolución No. DP-2004049, se crea
la Defensoría especial de la Mujer, adscrita a la
Defensoría del Pueblo, con competencia a Nivel Nacional
sobre los derechos de las mujeres.

Para la protección de los derechos humanos de las
mujeres, el estado Venezolano a través de Inamujer
formuló y ejecuta el Plan Nacional de Prevención y
Atención de la Violencia hacia la Mujer que tiene como
objetivo general crear un sistema de intervención
interinstitucional e intersectorial, que permita al Estado ve
venezolano, atender, sancionar e investigar la violencia hacia la
mujer.

En el referido Plan de Violencia, se contempla, dentro
de sus actividades, acciones de abrigo y protección a la
mujer y su familia víctimas de violencia a través
de la creación de Casas de Abrigo para Mujeres en Peligro
Inminente sobre su Integridad Física por Violencia
Familiar.

Casas de Abrigos

Las casas de abrigo, trabajan con el apoyo de servicios
de salud y judiciales de la comunidad, fortaleciendo de esta
manera una red de atención en las localidades de
ubicación; de igual forma, las casas de abrigo se
constituyen como infraestructura de servicio comunitario para un
grupo poblacional con un perfil determinado por la violencia
familiar.

Abrir una Casa de Abrigo para la Mujer en cada entidad
del país durante el próximo año, es una de
las metas del Consejo Bolivariano de Primeras Damas de Estados y
del Instituto Nacional de la Mujer (Inamujer), y así se
establece en la nueva Ley de Orgánica de la mujeres a una
vida libre de Violencia, en su Artículo 32.

Estos espacios destinados a la protección de las
víctimas de la violencia intrafamiliar, harán
posible salvar la vida de tantas mujeres que mueren debido al
odio de los que usan la fuerza contra quienes consideran
más débiles, manifestó
León.

En Venezuela existen tres de estos albergues, ubicados
en el Área Metropolitana de Caracas, en Aragua y en
Anzoátegui.

Centro de Estudios de la Mujer de la
UCV

FUNDACEM

La Fundación de Apoyo al Centro de Estudios de la
Mujer de la Universidad Central de Venezuela (FUNDACEM),
desarrolla proyectos y convenios generadores de recursos para los
programas del CEM-UCV. Su documento de fundación
está inscrito en los Registros Públicos el 29 de
octubre de 1992, apenas cinco meses después de la
creación del CEM y sus fundadoras son Yolanda Jaimes, su
primera Presidenta; como Directora General, Freddzia Torres;
Secretaria Administrativa (en representación del CEM-UCV),
Nora Castañeda y las Vocales, Alix García y Carmen
Elena Sánchez.

El objetivo de la Fundación consiste en: a)
desarrollar proyectos y actividades dirigidas a suministrar y/o
apoyar los servicios que el CEM-UCV decida prestar en
cumplimiento de sus objetivos, b) realizar todos los actos
materiales y necesarios o requeridos para la realización
de los fines de la Fundación.

Observatorio de
Género

El OBG se concibe como un espacio que hace seguimiento y
análisis de las políticas dirigidas hacia las
mujeres, así como el respeto a los elementos culturales y
específicos de las mujeres de los pueblos indígenas
y de comunidades afrodescendientes.

El OBG nace en junio de 2008 como un proyecto financiado
por la Agencia Española de Cooperación
Internacional y por el Programa de Naciones Unidas para el
Desarrollo (Pnud).

Virginia Aguirre, coordinadora, explica que en el primer
año realizaron un estudio donde se evaluaba el impacto en
las mujeres de las políticas públicas durante la
década del gobierno de Hugo Chávez.

Los resultados de la investigación
Políticas públicas hacia las mujeres (1999-2009) se
hicieron públicos en julio de 2009 en presencia de la
ministra María León, quien destacó la
importancia de la igualdad de género y la
participación política a través del 50 y 50.
Este informe representa un aporte a las estadísticas
nacionales, ya que permitirá saber en qué
áreas se ha avanzado y en cuáles no.

En el acto de presentación del informe del primer
año del OBG, Ángel Moreno, de la Agencia de
Cooperación Española, informó que 54% del
presupuesto de esa institución ibérica es para
trabajar en torno a los objetivos de la igualdad de género
y aseguró que seguirán empujando en ese tema para
cerrar la brecha entre hombres y mujeres

"Ahora está incorporado legalmente a la
estructura del Ministerio de la Mujer, como ente asesor a la
ministra para la toma de decisiones", indica Aguirre.

Planes y
políticas institucionales a favor de erradicar la
violencia contra la mujer en Venezuela

Plan de Igualdad para las
Mujeres

Se formuló el Plan Nacional de Igualdad para las
Mujeres, el cual establece formalmente la inclusión del
enfoque de género en todas las instancias gubernamentales
del país con la finalidad de garantizar el acceso a la
igualdad de oportunidades de las mujeres y a la defensa de sus
derechos. Se realizó, en el año 2003,  una
consulta nacional sobre el Plan Nacional de Igualdad para las
Mujeres,  donde  participaron  2500 mujeres y 35
expertas en el  tema de género. En la
actualidad,  el referido plan se encuentra en la fase de
impresión, para su divulgación e 
implementación  a nivel nacional.

Plan de Prevención y
Atención de la Violencia hacia la Mujer

A fin de dar aplicabilidad de la Ley sobre la violencia
contra la mujer y la familia, el cual tiene por objetivo crear un
sistema nacional de intervención interinstitucional e
intersectorial, que permita al Estado Venezolano prevenir,
atender, sancionar y erradicar la violencia hacia la
mujer.

Programas para la Atención de
la Violencia hacia Mujer

Atención telefónica dirigida especialmente
a mujeres de cualquier grupo etáreo; víctimas de
maltrato o violencia, que requieran de atención primaria
en crisis y orientación de tipo legal o institucional, a
fin de que puedan manejar con celeridad y firmeza su
situación o problemática actual.

El Servicio 0800 Mujeres (0800-6853737) es confidencial,
gratuito y de cobertura nacional.

Programa de Desarrollo de los
Derechos Económicos de la Mujer

Su objetivo principal es promover, apoyar y garantizar
la participación de la mujer, con equidad de
género, en el modelo productivo de la nación,
fortaleciendo aquellas áreas en las cuales ha sido
tradicionalmente discriminada como en la valoración de su
rol productivo, la capacitación, la formación
tecnológica y el acceso a recursos financieros y a
políticas de empleo. Este programa está dirigido a
mujeres de escasos recursos económicos, mujeres
indígenas, afrodescendientes y artesanas, desertoras
escolares y de bajo nivel educativo, jóvenes, adultas y
adultas mayores en situación productiva pero desocupadas,
jefas de hogar, campesinas. Para la ejecución del programa
se cuenta con el apoyo interinstitucional de Fondemi, Ince,
Ministerio de Trabajo, Banco de Desarrollo la Mujer, Ministerio
de Planificación y Desarrollo y la Escuela de Mujeres
Eumelia Hernández. En el 2003, enmarcadas en este programa
Inamujer ejecutó 10 Jornadas divulgativas para 300
mujeres.

Programa de Derechos de la Mujer y
Acceso a la Justicia

En Venezuela el acceso a la justicia está
consagrado en la Constitución en su Artículo 26 que
establece el derecho de las personas a acceder a los
órganos de la administración de justicia para
obtener la tutela judicial efectiva de sus derechos e intereses e
incluso los derechos colectivos o difusos. Los órganos
serían los Tribunales, el Ministerio Público, la
Defensoría Pública, los órganos de
investigación penal, los funcionarios de justicia, el
sistema penitenciario, los medios alternativos de justicia, los
jueces y juezas, y los abogados y abogadas en ejercicio. Se le
exige al Estado garantizar una justicia gratuita, accesible,
imparcial, idónea, transparente, autónoma,
equitativa y expedita, sin dilaciones indebidas, sin formalismos
o reposiciones inútiles (Parra, 2002)

La CEDAW para asegurar una protección más
efectiva de los derechos de la Mujer dispone en su Art. 2°; "
Establecer la protección jurídica de los derechos
de la mujer sobre una base de igualdad con los hombres y
garantizar, por conducto de los tribunales nacionales competentes
y de otras instituciones públicas, la protección
efectiva de la mujer contra todo acto de discriminación"
Igualmente la Convención "Belem Do Pará "
prevé la competencia de la CIDH para recibir peticiones
individuales que contengan denuncias o quejas de violación
del Art. 7 de la Convención. Pero todo este derecho cobra
eficacia y validez solo en el momento en que los reclamos son
resueltos efectivamente por las instancias jurisdiccionales a
través de sus mecanismos procesales (Parra,
2002)

A fin de dar aplicabilidad de la Ley sobre la violencia
contra la mujer y la familia, el cual tiene por objetivo crear un
sistema nacional de intervención interinstitucional e
intersectorial, que permita al Estado Venezolano prevenir,
atender, sancionar y erradicar la violencia hacia la
mujer.

Atención y asesoría jurídica a las
mujeres como una forma de lograr el acceso a la
justicia.

Programa de Fortalecimiento
Protagónico, Participación sociopolítica y
paritaria de la Mujer

  • Promover y apoyar la organización y
    participación protagónica de las mujeres en
    Venezuela en todos los ámbitos del quehacer nacional,
    haciendo énfasis en los sectores populares

  • Formar y Capacitar a las mujeres en Venezuela para
    el ejercicio de su ciudadanía brindándoles
    herramientas para su participación protagónica
    y paritaria.

  • Visibilizar la participación histórica
    de las mujeres en Venezuela

Programa de Desarrollo de los
Derechos Económicos de la Mujer

Su objetivo principal es promover, apoyar y garantizar
la participación de la mujer, con equidad de
género, en el modelo productivo de la nación,
fortaleciendo aquellas áreas en las cuales ha sido
tradicionalmente discriminada como en la valoración de su
rol productivo, la capacitación, la formación
tecnológica y el acceso a recursos financieros y a
políticas de empleo. Este programa está dirigido a
mujeres de escasos recursos económicos, mujeres
indígenas, afrodescendientes y artesanas, desertoras
escolares y de bajo nivel educativo, jóvenes, adultas y
adultas mayores en situación productiva pero desocupadas,
jefas de hogar, campesinas. Para la ejecución del programa
se cuenta con el apoyo interinstitucional de Fondemi, Ince,
Ministerio de Trabajo, Banco de Desarrollo la Mujer,

Ministerio de Planificación y Desarrollo y la
Escuela de Mujeres Eumelia Hernández.Promover y apoyar, a
las mujeres en Venezuela, para el desarrollo de sus capacidades
productivas y para su acceso a las oportunidades de empleo y
crédito haciendo énfasis en las madres jefas de
hogar.

Con la creación de esta institución, el
gobierno de la República Bolivariana de Venezuela da
cumplimiento a las obligaciones internacionales,
contraídas por el Estado Venezolano al firmar la
Convención Internacional sobre La Eliminación de
todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW)
y la Convención de "Belém Do Pará" que
tienen jerarquía Constitucional según el Art. 23 de
nuestra Carta Magna

Políticas
Educativas

En relación con las políticas educativas,
se vienen adelantando mecanismos para promover la igualdad de
género y la eliminación de todo tipo de
discriminación. El Ministerio de Educación, Cultura
y Deportes ha puesto en marcha la revisión del
diseño curricular para integrar, a los contenidos
curriculares y la metodología de estudio, la perspectiva
de género; visibilizando la diversidad cultural de los y
las aborígenes y las y los afrodescendientes y a las
mujeres en todo el sistema educativo. Para ello se han convocado
talleres con la participación de sectores gubernamentales
y no gubernamentales, en tanto organizaciones de base y expertas
en el tema.

LOGROS Y AVANCES

Participación
Política

  • Aprobación de la Resolución del CNE,
    que establece el 50 y 50 % de participación
    política en cargo de elección
    popular.

  • Participación masiva de las mujeres
    organizadas en los Consejos Comunales.

Presencia Institucional

  • Creación del Sub-comité de
    Género en el Instituto Nacional de
    Estadística.

  • Firma de convenios con primeras damas de
    Estado.

  • Acuerdos de cooperación con varias
    gobernaciones para la prevención de violencia y
    creación de casas de abrigo.

  • Incorporación de la Perspectiva de
    Género al Informe Metas del Milenio

Impacto en el Ámbito
Internacional

  • III Encuentro de Solidaridad con la
    Revolución Bolivariana: Mesa "Movimiento de mujeres y
    su destacado papel en el proceso revolucionario"

  • Alianza de Cooperación con: UNICEF, UNFPA,
    UNIFEM, AECI y con Cuba.

  • Representación de Venezuela: Foro Social
    Mundial, Comisión de la Condición Social de la
    Mujer (ONU), "Mujer y Retos de la Globalización",
    "Contra el Terrorismo y la Paz"

Venezuela ante el Comité del
CEDAW

  • Reconoce: la presentación puntual,
    la delegación calificada y el cumplimiento de la firma
    del Protocolo Facultativo.

  • Celebra: la promulgación de la
    Constitución Bolivariana por su enfoque de
    género; el incremento de recursos para la
    creación de Defensorías, Casas de la Mujer y
    Casas de Abrigo.

  • Saluda: la legislación, medidas
    políticas y creación de
    instituciones.

  • Aprecia: los programas educativos de
    alfabetización, económicos y de
    salud.

Impulso a la Atención de la
Mujer

  • Salud: Ejecución de proyectos de
    formación y capacitación en derechos y salud
    sexual y reproductiva, creada red de mujeres para la
    prevención de VIH-SIDA.

  • Acceso a la Justicia: 3.280 mujeres
    asesoradas

  • Prevención de la Violencia hacia la
    Mujer: Servicio de atención telefónica
    0-800-mujeres, atendió 6.909casos.

  • Casas de Abrigo: Salvada la vida a 188 mujeres,
    106 niños y 92 niñas.

  • Inclusión Afrodescendiente al Plan de
    Igualdad para las Mujeres.

  • Gran Salto Comunicacional: Promedio de 18.000
    cm/col al año en 20 diarios analizados, una
    representante en el Directorio de Responsabilidad Social en
    Radio y Televisión; espacios fijos en programas
    "Mujeres y Algo Más" (CMT), Canal Abierto (VTV),
    Enfoque Femenino (RNV)

Derechos Económicos de las
Mujeres

  • Firma por parte del Presidente Chávez al
    Ministerio de Finanzas para incluir la perspectiva de
    género en los presupuestos nacionales.

  • Se establecieron y reforzaron alianzas con FONDEMI,
    BANMUJER, INE, CNDNA, FNPNNA.

  • Capacitación financiera de mujeres y hombre
    en la formación de cooperativas y proyectos para micro
    créditos.

Bases
Legales

EN EL ÁMBITO
INTERNACIONAL

  • 1. Carta de las Naciones Unidas (San Francisco,
    26 de junio de 1945). Esta organización tiene entre
    sus propósitos realizar la cooperación
    internacional en la solución de problemas
    internacionales de carácter económico, social,
    cultural o humanitario y el desarrollo y estímulo del
    respeto a los derechos humanos fundamentales de todas las
    personas sin hacer distinción por motivos de raza,
    sexo, idioma o religión.

  • 2. Declaración Universal de los Derechos
    Humanos. Proclamada por la Asamblea General de Naciones
    Unidas, el 10 de diciembre de 1948.Declara el respeto a la
    dignidad e integridad de la persona sin que pueda prevalecer
    discriminación alguna por razón de
    sexo.

  • 3. Pacto Internacional de Derechos Civiles y
    Políticos (Naciones Unidas. Nueva York, el 19 de
    diciembre de 1966). Con este Pacto los Estados partes se
    comprometen a garantizar a hombres y mujeres la igualdad en
    el goce de todos los derechos civiles y
    políticos

  • 4. Pacto Internacional de Derechos
    Económicos, Sociales y Culturales (Naciones Unidas.
    Nueva York, 19 de diciembre de 1966). Los Estados se
    comprometen a asegurar a los hombres y a las mujeres la
    igualdad en todos los derechos económicos, sociales y
    culturales emanados de este Pacto.

  • Partes: 1, 2, 3
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