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Cultura Jurídica



Partes: 1, 2, 3, 4

  1. Introducción
  2. Cultura Jurídica
  3. Introducción al estudio de las
    categorías del Estado y el Derecho
  4. Aproximación a categorías
    generales del Derecho
  5. Conclusiones
  6. Bibliografía

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-Curso introductorio-

"El Derecho ejercido por ignorantes
se parece al crimen".

José Martí.

Introducción

La asignatura "Cultura Jurídica"
perteneciente al curso Introductorio de la Carrera de Derecho,
tiene como objetivo básico formar en el estudiante las
nociones elementales que le permitan un acercamiento
panorámico a las categorías más generales de
la carrera, de modo que contribuya, desde el inicio de la misma,
a orientarse en la amplia gama de conceptos, principios y
doctrinas jurídicas que irá recibiendo en su
formación académica y profesional. Es necesario,
además, que el estudiante conozca las exigencias de la
carrera, para ello a modo de PREAMBULO, se le dan a conocer las
concepciones que al respecto emite la comisión Nacional de
Carrera:

"La Carrera de Derecho tiene el objetivo de brindar la
formación profesional básica e integral del Jurista
que deberá desempeñarse en los dos grandes campos
de acción que se explicitan en el Modelo del
Profesional.

Ese Jurista debe adquirir una formación
científica y orgánica. En tanto el Derecho no es
una simple sumatoria de normas jurídicas, sino un sistema
normativo orgánico y coherente, que obedece a principios,
regulaciones y conexiones que le brindan su carácter
científico y técnico, el Jurista no puede formarse
– como lo fue durante muchos años y todavía sucede
en gran parte del mundo – como un simple conocedor e
intérprete más o menos agudo del ordenamiento
jurídico positivo, lo cual hace de él un simple
practicón o un normatólogo.

La carrera se caracteriza, por el contrario, por apuntar
hacia la formación científica, doctrinal y
técnica básica del jurista, en directa y declarada
reacción antinormativista kelseniana.

El Plan de Estudios se vértebra sobre la base de
cinco años académicos y se organiza disminuyendo
gradualmente, de año en año, la actividad
académica pura (clases en el aula) para elevar el tiempo
de trabajo independiente y de práctica integradora, amen
del trabajo científico.

En ese último sentido, la actividad investigativa
se instrumenta a través de la participación en dos
trabajos de curso evaluables: uno en segundo año sobre
materias de formación básica, y otro en cuarto
año sobre materias terminales, pero además, esa
actividad científica se incrementa desde tercer año
con la participación en investigaciones de la Facultad y,
eventualmente, con su conclusión en el Trabajo de Diploma
todo lo cual tributa sistemáticamente, a la Disciplina
Integradora.

La relación entre la teoría y la
práctica, viejo nudo conceptual de la formación
profesional a escala mundial, se resuelve como quedó
explicitado en los fundamentos introductorios, mediante la
consideración de la práctica como Disciplina
Integradora, de modo que ella no es un apéndice o
impostación en la formación profesional, sino un
momento gnoseológico de la misma; justamente el que
corresponde a la elevación hacia lo concreto pensado a
partir del dominio de las necesarias abstracciones
teóricas.

En función de su sentido de formación
científica y no simplemente normativista, las actividades
docentes durante la Carrera se caracterizan por el empleo de los
métodos activos de enseñanza, que eviten el
dogmatismo, memorismo, oralidad y vacuidad repetitiva. Sin
embargo, ello no queda únicamente a la excelencia
pedagógica personal de cada profesor, sino que se
instrumenta en los programas de Disciplinas y Asignaturas, en las
formas de evaluación y en la articulación del
proceso docente que se apoya en formas de docencia activa,
disminuyendo en lo posible las tradicionales conferencias, en
favor de clases activas como Seminarios, Clases Mixtas, Clases
Prácticas, Consultas etc., en todas las cuales se
desplieguen, necesariamente, esas formas activas de
enseñar y aprender. Al mismo tiempo, en la
confección de los objetivos se cuida de disminuir los
puramente reproductivos, en favor de aquellos que requieren un
esfuerzo creador por parte del estudiante.

Las formas de evaluación se integran a ese mismo
objetivo cardinal, evitándose, cuando es posible, el
examen final, en favor de otras formas más
sistemáticas, orgánicas, permanentes y activas de
evaluación, como son, entre otras, las evaluaciones
regulares y constantes de las Clases Mixtas, de los Seminarios,
Clases Prácticas, Trabajos de Curso; Trabajos de Control
en clase y extraclase, pruebas parciales, amen, por supuesto, de
la evaluación de la práctica como Disciplina
Integradora.

Estas dinámicas docentes contribuyen
también al objetivo declarado y perseguido de obtener un
Jurista con irreprochable capacidad de comunicación
profesional, tanto oral como escrita, que pueda manejar la
información científico técnica actualizada,
que pueda hacerlo además, al menos en una lengua extrajera
y que para todo su trabajo profesional pueda apoyarse
exitosamente en los aportes de la computación, en general,
y en particular en sus ricas aplicaciones al campo del
Derecho.

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