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Derechos constitucionales (Venezuela) (página 2)




Enviado por nagelis padilla



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El Voto sin duda, continua siendo la
forma más efectiva de participación, el mismo no es
obligatorio pero si es un deber cívico. De hecho, la gran
diferencia entre las democracias y las dictaduras en cuanto al
voto se refiere, es que en las democracias no hay ningún
tipo de sanción para con el ciudadano que no ejerza su
derecho al voto, cosa contraria sucede en los regímenes
dictatoriales. Los demás aspectos considerados dentro de
los derechos políticos son la representación de
instituciones que ya existían en las Constituciones
anteriores, como por ejemplo el Asilo y el Refugio, y Venezuela
acogió a millares de familias provenientes de Europa a
raíz de las Guerras Mundiales y de otros conflictos de
orden político o social. Un hecho relevante dentro de los
Derechos Políticos lo constituye La No Extradición
de los venezolanos, establecido expresamente en el segundo
párrafo del artículo 69 de la
Constitución.Los medios efectivos de participación
del Pueblo se ven configurados en: La Elección de Cargos
Públicos, El Referendo, Las Consultas Populares, entre
otros, esto desde el punto de vista político; puesto que
desde el punto de vista económico y social también
existen mecanismos efectivos de participación ciudadana
como: Las Cooperativas, Las Instancias de Atención
Ciudadana, entre otras.

Los Derechos
Sociales y de Las Familias

Son el conjunto de derechos que tienen por
objeto la regulación y protección de las
instituciones propias del Derecho de Familia, a saber: La
Familia, La Adopción, La Maternidad, El Matrimonio, Los
Hijos, así como también todo lo referido a la
Seguridad Social, la Salud, El Trabajo, Los Salarios, y todo lo
relacionado al desarrollo social de los ciudadanos venezolanos.
En la Constitución de 1999 se establece la
protección de La Familia por parte del Estado, debido a la
importancia de la misma dentro de La Sociedad como
institución superior, ya que en su seno se forma a los
individuos de La Nación. Dentro de la protección
que se le brinda a la institución familiar se encuentra La
Libertad que tienen los Padres con respecto a la
concepción de los hijos, y el compromiso del Estado al
garantizar la Asistencia y Protección a la Maternidad. Se
deduce que la Constitución no admite el Aborto como forma
de controlar la Natalidad, de hecho el Aborto está
penalizado en el Código Penal.

De la Institución de la Familia se derivan una
serie de figuras jurídicas propias del Derecho de Familia,
como el Matrimonio que la Constitución protege y lo
establece como monogámico, es decir entre un hombre u una
mujer, y no entre personas del mismo sexo. Sin duda, uno de los
grandes logros e innovaciones de la Constitución se
configura en el reconocimiento del Concubinato, donde un hombre y
una mujer conviven como pareja sin un acta de
matrimonio.

Los Derechos
Culturales y Educativos

Son el conjunto de normas que tienen por
objeto la ratificación, garantización, acceso y
protección de la Cultura, así como también
del Sistema Educativo. La Constitución Nacional recalca
algunos aspectos de la Cultura, entre los que se
destacan:     • La Libertad de
Cultura, y dentro de esta un aspecto muy importante como lo es el
reconocimiento        por
parte del Estado de la Propiedad Intelectual sobre las obras de
diversa índole: científicas,
       literarias,
artísticas, patentes, marcas, entre
otras.     • La difusión de
la Cultura Venezolana a través de los Medios de
Comunicación.     • La
Defensa y Promoción de la Cultura Popular y el Patrimonio
Histórico de la Nación. Otro
       aspecto innovador es la
inclusión de los trabajadores culturales al Sistema de
Seguridad Social.Con respecto al Sistema Educativo se ratifica y
se garantiza el acceso de los venezolanos al Sistema Educativo
Formal Público (se establece la obligatoriedad) y La
Gratuidad en todos sus niveles. Aunque no es un secreto que
Venezuela no ocupa un lugar elevado dentro de las naciones con
buen nivel instruccional, es importante señalar que en el
país existen algunas instituciones tanto públicas
como privadas, muchas de las privadas con un gran acceso a
personas de clases populares y que ofrecen una educación
de calidad a sus alumnos. También se garantiza la
actualización permanente y la estabilidad laboral en el
ejercicio de la carrera docente, tanto en instituciones
públicas como privadas.Se establece la obligatoriedad en
la enseñanza del idioma Castellano, La Educación
Ambiental, ciudadana, historia y geografía de Venezuela,
así como los Principios del Ideal Bolivariano. Un aspecto
de suma importancia que se mantiene es el referido a la
Autonomía Universitaria y con ella la tan polémica
Inviolabilidad del Recinto Universitario.

Los Derechos
Económicos

Son el conjunto de preceptos
jurídicos que establecen los lineamientos que garantizan y
regulan todo lo referido a la Iniciativa Privada y a la Libertad
Empresarial así como la autoridad del Estado para
controlar dicha actividad. La Constitución Nacional es muy
clara al incluir y aclarar aspectos importantes tales
como:

 • El combate para con los
Monopolios, y la ayuda a La Libre Competencia. Dicho combate al
       Monopolio no es
referido solamente al ámbito comercial, sino
también a otras formas de
       agrupación que
lleven al mismo resultado. Y no sólo están
referidos a las empresas privadas sino
       también a las
públicas. • La consagración
constitucional de los llamados delitos económicos como: la
usura, la
       especulación, el
acaparamiento, entre otros. • La garantización
del Derecho a La Propiedad, así como La
Expropiación por Causa de Utilidad
       Pública. •
La Confiscación de Bienes esta expresamente prohibida, al
menos que este referida a casos especiales y mediante sentencia
judicial firme.La defensa al consumidor, La Constitución
da las directrices que La Ley debe seguir. Se reconoce el derecho
de los trabajadores y la Comunidad para organizarse de forma
asociativa, en tal sentido las Cooperativas, Cajas de Ahorro y
otras formas de organización de este tipo adquieren mayor
relevancia, ya que el Estado asume la tutela y garantía
para el desarrollo de las mismas puesto que contribuyen con el
desarrollo de La Economía Popular.

Los Derechos de
los Pueblos Indígenas

Son el conjunto de preceptos
jurídicos que reconocen y garantizan las diversas formas
de manifestaciones de los grupos indígenas venezolanos,
así como la protección y la participación en
diferentes ámbitos de la vida nacional. Sin duda alguna,
La Constitución Venezolana es pionera y un importante
punto de regencia en cuanto al reconocimiento de los Derechos de
los Pueblos Indígenas, ninguna Constitución en
América y en el resto del mundo integra y reconoce los
derechos inherentes a las poblaciones propias de los
países de la forma como lo hace esta Constitución.
Es importante resaltar la importancia del reconocimiento de estos
derechos, puesto que en Venezuela actualmente existen
aproximadamente 24 comunidades o pueblos indígenas, cada
uno de ellos diferenciados entre siEn ella se integra y reconoce
la necesidad de conservar y proteger la cultura propia de los
diferentes grupos indígenas del país. Entre los
puntos más relevantes de esta inclusión y
reconocimiento se encuentran:

• El reconocimiento de los Pueblos y
Comunidades Indígenas.

• El Derecho de los Pueblos y
Comunidades Indígenas tienen sobre la Propiedad, sobre el
territorio en el que han pertenecido a través de los
años y con el paso de las generaciones.• El Derecho a
la Participación Política, en este sentido se
destaca la representación de los  Pueblos
Indígenas ante la Asamblea Nacional.• El Derecho al
conocimiento y explotación de los Recursos naturales que
se encuentran dentro de los territorios donde ellos tienen su
asentamiento. A diferencia del común ciudadano, los
indígenas integran a la comunidad los diferentes
descubrimientos o hallazgos.

Los Derechos
Ambientales

Son el conjunto de preceptos
jurídicos que establecen los elementos protectores
referidos a la conservación del ambiente, diversidad
biológica, fauna y parques nacionales. El Estado tiene la
obligación de desarrollar una Política de
Ordenación territorial que respete el equilibrio
ecológico, geográfico, social, cultural, todo esto
de acuerdo con el desarrollo sustentable y donde se tome en
cuenta a la población. Los Contratos bilaterales o
multilaterales entre el Estado Venezolano y empresas extranjeras
para la explotación de recursos naturales deben garantizar
la conservación del equilibrio ecológico y el
mantenimiento del ambiente. También establece La
Prohibición al Estado de permitir el ingreso al
país de desechos tóxicos y peligrosos. Y como
elemento importante, la Constitución establece
expresamente que el Genoma humano no será patentable, solo
puede ser objeto de investigación más no del
Comercio.

 

 

Autor:

Nagelis Padilla

Febrero, 2010

Partes: 1, 2
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