Monografias.com > Derecho
Descargar Imprimir Comentar Ver trabajos relacionados

Hechos y actos jurídicos




Enviado por David



Partes: 1, 2

  1. Los
    hechos jurídicos: concepto, sus consecuencias en el
    campo del Derecho. Clasificación. Concepto de cada
    clase. Consecuencias en el campo del
    Derecho
  2. El
    acto voluntario: aspectos internos y externos. El silencio
    como manifestación de la voluntad. El acto
    involuntario
  3. Forma
    de los actos jurídicos: Concepto y
    clasificación. Prueba: concepto, diferencias con la
    forma, medios de prueba. Carga de la prueba. Prueba de hechos
    negativos. Falta de prueba, consecuencias
  4. Instrumentos de prueba: concepto,
    clasificación. Instrumentos públicos: concepto,
    fuerza probatoria, caracteres, enumeración legal.
    Instrumentos privados: concepto, formalidades, valor
    probatorio. La firma, el doble ejemplar y la fecha
    cierta
  5. Vicios
    de los hechos y actos jurídicos: concepto,
    enumeración, concepto de cada uno
  6. Error
    e ignorancia: clasificación y efectos dolo distintos
    casos fuerza e intimidación clases efectos en cada
    caso temor reverencial fraude a la ley y en perjuicio de
    terceros. Acción revocatoria o paulatina conceptos y
    efectos. Simulación. Clases. Contra documento.
    Acción de simulación concepto y
    efectos.
  7. Efectos de la nulidad: Principio Gral., entre
    las partes, en relación con terceros, totales y
    parciales en caso de cláusulas principales y
    accesorias

Los hechos
jurídicos:
concepto, sus consecuencias en el campo del
Derecho. Clasificación. Concepto de cada clase.
Consecuencias en el campo del Derecho

Hechos jurídicos, concepto: En los
términos del artículo 896 C. civil "Son todos los
acontecimientos susceptibles de producir alguna
adquisición, modificación, transferencia o
extinción de los derechos u obligaciones"

Consecuencia en el campo del derecho
(relacionado con el párrafo anterior) ello significa que
nuestro código ha tomado en cuenta la sola aptitud para
producir tales efectos para conceptuar jurídico al echo de
que se trata. No es pues necesario que haya producido
efectivamente tal consecuencia.

Clasificación: Los hechos
jurídicos pueden presentar actividad del hombre o ser
ajeno a ella. En el primer caso se los denomina humanos y en el
segundo naturales (o externos).

Hechos jurídicos propiamente tales o
naturales: son lo hechos de la naturaleza que originan efectos
jurídicos. Ejemplo, nacimiento (marca el comienzo de la
personalidad), la muerte (marca el fin de la personalidad y pone
en marcha la sucesión por causa de muerte), el transcurso
de tiempo (permite adquirir derechos mediante la
prescripción adquisitiva o extingue acciones mediante la
prescripción extintiva).

Hechos humanos: Pueden se realizados con
discernimiento, intención y libertad, y así son
voluntarios, o puede el sujeto carecer de alguno de esos
elementos y ser los hechos involuntarios.

Los hechos humanos, son en
simbología del código, sinónimo de actos,
pero no de actos jurídicos, sino meramente de actos. Por
ello puede hablarse validamente de actos voluntarios y actos
involuntarios.

Hechos humanos voluntarios: Son actos
jurídicos, los que podemos definir como actos voluntarios
por el hombre con la intención de crear, modificar,
transferir o extinguir derecho. Pueden importar una conducta como
la querida por el ordenamiento y ser lícitos, o resultar
contrarios a ellas y ser ilícitos.

Hechos humanos jurídicos voluntarios
lícitos (o actos voluntarios lícitos) permiten otra
clasificación de gran importancia: en actos
jurídicos y simples actos voluntarios
lícitos.

Los actos jurídicos: Son los que
tienen por fin inmediato producir consecuencias jurídicas
(Art.944 del Código Civil).

Los simples actos voluntarios
lícitos: Los simples actos voluntarios lícitos –
que no tienen el indicado fin inmediato de producir consecuencias
jurídicas- presentan una variada gama, y algunos de ellos
se aproximan a los actos jurídicos.

Hechos jurídicos humanos voluntarios
ilícitos (actos voluntarios ilícitos) comprenden
dos categorías tradicionales: delitos y
cuasidelitos.

Delitos: El Art. 1072 del Código
Civil establece que "el acto a sabiendas y con intención
de dañar la persona o los derechos de otro, se llama en
este Código, delito".

Cuasidelitos: Presentan como elemento
subjetivo la culpa (Art.1109). "Todo el que ejecuta un hecho, que
por su culpa o negligencia ocasiona un daño a otro,
está obligado a la reparación del perjuicio. Esta
obligación es regida por las mismas disposiciones
relativas a los delitos del derecho civil

El acto
voluntario: aspectos internos y externos. El silencio como
manifestación de la voluntad. El acto
involuntario

Requisitos internos de la
voluntad.

Enunciado: De conformidad con el
Art.897, 2º parte, del Código Civil, "los hechos se
juzgan voluntarios, si son ejecutados con discernimiento,
intención y libertad". Y la falta de cualquiera de ellos
significa la involuntariedad del acto
humano.  

Discernimiento: Se entiende por
discernimiento la aptitud de comprender, de conocer. El
discernimiento es propio de la naturaleza humana, y crece con el
curso de los años. Por ello la ley atribuye discernimiento
desde cierta edad: en nuestro Código, el art. 921
establece que "los actos serán reputados hechos sin
discernimiento si fueren actos ilícitos practicados por
menores, o actos ilícitos por menores de diez
años". A partir de entonces el sujeto goza, para el
derecho, de discernimiento. Sólo se reputa que carece de
él si, a consecuencia de enfermedad mental, pierde su
aptitud de discernir.

El Art. 921 establece que carecen de
discernimiento "los actos de los dementes que no fuesen
practicados en intervalos lúcidos, y los practicados por
los que, por cualquier accidente, están sin uso de
razón". En síntesis. Se tiene discernimiento para
actos lícitos desde los 14 años, y para los
ilícitos desde los 10 años; una vez adquirido el
discernimiento sólo se pierde por enfermedad
mental.

Partes: 1, 2

Página siguiente 

Nota al lector: es posible que esta página no contenga todos los componentes del trabajo original (pies de página, avanzadas formulas matemáticas, esquemas o tablas complejas, etc.). Recuerde que para ver el trabajo en su versión original completa, puede descargarlo desde el menú superior.

Todos los documentos disponibles en este sitio expresan los puntos de vista de sus respectivos autores y no de Monografias.com. El objetivo de Monografias.com es poner el conocimiento a disposición de toda su comunidad. Queda bajo la responsabilidad de cada lector el eventual uso que se le de a esta información. Asimismo, es obligatoria la cita del autor del contenido y de Monografias.com como fuentes de información.

Categorias
Newsletter