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Análisis de la Ley 15260 (Perú) (página 2)



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Posteriormente, entre los años 1941 – 1950
se dictan una serie de normas legales que atañen al
cooperativismo, en este período existían alrededor
de 10 cooperativas sin especificar tipo. Es a mediados de la
década del 50 que el movimiento cooperativo comienza a
despegar.

En 1955 se registraran un total de 42 cooperativas
distribuidas entre cooperativas de crédito, agropecuarias,
consumo, servicios y vivienda; siendo el Cooperativismo de
consumo el que mayor crecimiento tenía, 57.1% del total,
seguido por las agropecuarias vivienda y crédito. En 1959
se inicia la "corriente religiosa", surgida a raíz de las
encíclicas RERUM NOVARUM Y POPULORUM PROGRESSIO, que
llevó al Episcopado Peruano a dar su firma y respaldo a la
formación de cooperativas de crédito a nivel
parroquial, cuya promoción ya había sido iniciada
por la acción del Sacerdote Daniel Mc Lleclan de la
Congregación Mariknoll y la labor de Cuna Mutual mediante
su experto José Arroyo Riestra. Así al final del
año 1964 se contabilizan 571 organizaciones distribuidas
entre organizaciones cooperativas.

En este año se crea la Oficina Nacional de
Fomento Cooperativo, organismo estatal transitorio y sobre cuya
base se organizará el año siguiente el Instituto
Nacional de Cooperativas. Al Finalizar el año 1964 (14 de
diciembre) se dicta la Ley General de Cooperativas Ley Nº
1526, texto legal que ordenó en forma orgánica y
sistemática las diferentes y dispersas disposiciones
existentes en materia cooperativa y marca el inicio de una
creciente preocupación del Estado por el Cooperativismo,
permitiendo la adopción de una política más
dinámica de fomento, promoción y protección
del cooperativismo. Con el impulso del sector estatal, el
eclesiástico y el sindical textil, el movimiento
cooperativo, sobre todo el urbano de servicios, se fortalece
llegando 4 años después (1968) a contabilizarse
1,181 organizaciones, distribuidas.

En esta etapa (1969 – 1979) se expidió una
nueva Ley de Reforma Agraria, en sustitución a la anterior
de 1964, que significó para el cooperativismo agrario un
impulso extraordinario y una nueva faceta, al crearse
cooperativas agrarias de producción en las que los medios
de producción pertenecen y están bajo el control de
sus trabajadores. Desde la perspectiva cooperativista el
mérito de este incremento legal estriba en que toma el
modelo cooperativo como opción fundamental para modificar
el injusto régimen de tenencia, propiedad y uso de la
tierra preexistente en el medio rural.

Nacimiento de la
Ley General de Cooperativas

La Ley General de Cooperativas Nº 15260 se
dictó en el Perú el 14 de diciembre de 1964 en el
primer gobierno del Arquitecto Fernando BELAUNDE TERRY.
Después de haber visto algunos lineamientos principales
del ante-proyecto, que luego fue aprobado y promulgado por el
Decreto Legislativo Nº 085, en el segundo gobierno de
Fernando BELAUNDE TERRY (1981) para tratar de perfeccionar la ley
ya emitida y actualmente está contenida en el Texto
Único Ordenado aprobado por Decreto Supremo Nº
074-90-TR del 01 de Julio de 1991 en el gobierno de Alberto
Fujimori; por ultimo el Decreto Supremo N° 018-2009-PRODUCE
(21-05-2009) que en su "Artículo 67-F. crea la
Dirección de Cooperativas.

NORMA

GOBIERNO

FECHA

Ley General de Cooperativas

15260

Fernando Belaunde Terry

14/12/1964

Decreto Legislativo

085

Fernando Belaunde Terry

20/05/1981

TUO Aprobado por D. Supr.

074-90-TR

Alberto Fujimori

01/07/1991

Decreto Supremo

018-2009

Alan García Pérez

21/05/2009

Funciones de la
Ley 15260

  • a. Proponer directivas y normas de alcance
    nacional para el fomento y desarrollo de las cooperativas en
    el país.

  • b. Emitir opinión técnica en
    consultas y proyectos de normas en materia de
    cooperativas.

  • c. Proponer y coordinar la ejecución de
    actividades y programas para el fortalecimiento de
    capacidades y el desarrollo de la competitividad de la
    gestión de las cooperativas.

  • d. Promover, coordinar y apoyar en el
    ámbito nacional, la asistencia técnica y
    financiera a las cooperativas, por instituciones y organismos
    especializados.

  • e. Elaborar y difundir estudios especializados
    a nivel nacional que fomenten la promoción de las
    cooperativas y promover la difusión de la
    estadística en el ámbito nacional, en
    coordinación con la Oficina General de
    Tecnología de la Información y
    Estadística.

  • f. Cumplir con otras funciones en el campo de
    su competencia que le asigne la Dirección General de
    la MYPE y Cooperativas."

La doctrina hace mención respecto a cuales son
las funciones o para qué se crea la Ley General de
Cooperativas, pero el grupo cree que lo más importante del
nacimiento de la ley es dar una seguridad y estabilidad
jurídica a todo lo que engloba una cooperativa
(actividades cooperativas).

Pues ello tendrá por objeto regular la
constitución, organización, funcionamiento y
extinción de las Cooperativas y sus Organismos en que
libremente se agrupen, así como los derechos de los
Socios.

Contenido de la
Ley General de Cooperativas

La Ley General de Cooperativas contiene:

  • LAS GENERALIDADES; en las cuales encontramos
    principios básicos, clases de cooperativas,
    etc.

Del artículo 1 al art. 10.

  • LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONAL DE LAS
    ORGANIZACIONES COOPERATIVAS; nos da reglas y
    formalización de cómo debe constituirse e
    inscribirse las Cooperativas, como se puede llegar a ser
    socio, la administración de la cooperativa, el capital
    social de la cooperativa (régimen económico),
    disolución y liquidación de la
    cooperativa.

Del artículo 11 al art. 56.

  • INTEGRACIÓN COOPERATIVA; dentro de ellas las
    Centrales Cooperativas, la Federaciones Nacionales de
    Cooperativas y la Confederación Nacional de
    Cooperativas del Perú.

Del artículo 57 al art. 65.

  • RÉGIMEN DE PROTECCIÓN.

Del artículo 66 al art. 85.

  • INSTITUTO NACIONAL DE COOPERATIVAS, encontramos un
    concepto de lo que es dicho instituto, sus funciones, sus
    órganos, etc.

Del artículo 86 al art. 98.

  • SANCIONES

Del artículo 99 al art. 105.

  • DISPOSICIONES FINALES

Del artículo 106 al art. 126.

  • DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Del artículo 127 al art. 135.

Esquema de la Ley
General de Cooperativas

TITULO I

Generalidades

TITULO II

Estructura Orgánica y Funcional de
las Organizaciones Cooperativas

CAPITULO I

Constitución e
Inscripción

CAPITUL0 II

Socios

CAPITULO III

Régimen Administrativo

CAPITULO IV

Del Régimen
económico

CAPITULO V

Disolución y
Liquidación

TITULO III

Integración Cooperativa

TITULO IV

Régimen de
Protección

TITULO V

Instituto Nacional de
Cooperativas

TITULO VI

Sanciones

TITULO VII

Disposiciones finales

TITULO VIII

Disposiciones transitorias

Bibliografía

  • http://mineriartesanalperu.pe/LEYGENERALDE%20COOPERATIVAS.pdf

  • Diapositivas – FORO NACIONAL DE COOPERATIVISMO Y
    GENERACION DE EMPLEO PROYECTO DE LEY GENERAL DE COOPERATIVAS.
    16/02/2009.

  • http://www.produce.gob.pe/pesqueria/publicaciones/2009/mayo/ds018-2009-produce.pdf

  • http://es.wikipedia.org/wiki/Cooperativismo_en_el_Per%C3%BA

 

 

Autor:

Vasquez Flores Karola
Viviana

Llauri Robles Bris Mar

FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS
POLÍTICAS

Monografias.com

Escuela profesional de DERECHO

Trujillo – Perú

2010

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