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Documentos mercantiles (página 3)




Enviado por valeska alvarado



Partes: 1, 2, 3

La relación laboral debe estar
terminada.

Documentos Requeridos:

-El trabajador sólo necesita la Cédula de
Identidad.

-El empleador debe llevar:

-Su cédula de identidad, el proyecto de
finiquito, la liquidación de sueldo del mes anterior, el
contrato de trabajo, de preferencia, planillas de Cotizaciones
previsionales del trabajador, o certificado que acredite el pago
íntegro de dichas cotizaciones previsionales, Cartola
Previsional actualizada (trabajador).

Costo

El trámite cuando se realiza en la
Inspección del Trabajo no tiene costo

Comprobantes de
Ingresos y Egresos

Los Comprobantes de Ingreso y Comprobantes de Egreso son
documentos que elabora el encargado de administración, en
donde se registran todas las operaciones que originan movimientos
de dinero y valores, alimentan directamente a la
contabilidad.

Ejemplos:

• Al pagar la compra de materiales se debe hacer un
CE;

• Al recibirse dinero de una cuota social o de un
subsidio debe elaborarse un CI;

• Al ingresar el dinero de una venta se hace un
CI;

• Al entregar dinero para un viaje se hace un
CE

Los comprobantes de ingresos son documentos que
se usan para registrar las entradas de dinero de una empresa,
tales como:

Créditos recibidos

• Ventas

• Cuotas sociales

• Aportes de capital

• Subsidios, etc.

Los comprobantes de ingreso deben ser numerados y
detallar en forma clara y precisa el origen del ingreso. Deben
tener además la fecha y estar firmados por el
Administrador y el Presidente de la Organización, como
forma de control.

Los comprobantes de egreso son documentos que se
usan para registrar las salidas de dinero de la
organización, como ser:

Compras de materiales e insumos

• Pagos

• Cobranzas

• Créditos

• Reparaciones

• Pago de sueldos u honorarios

• Viáticos, etc.

Todo egreso de dinero debe estar respaldado por una
boleta, factura o recibo.

Los comprobantes de egreso deberán ser numerados
y con la firma de quien recibe el dinero. Deben tener
además la fecha y estar firmado por el Administrador y el
Presidente, quienes autorizan y aprueban la salida de
dinero.

Para facilitar el registro y control de los comprobantes
se propone un formato que incluye los dos tipos de movimientos,
es decir ingresos y egresos el cual llamaremos

Comprobante Único Contable, debiendo
confeccionarse en original y una copia.

Una vez elaborado, aprobado y autorizado el comprobante
único contable se archiva junto con la boleta, factura o
guía correspondiente, que sirve de respaldo. Al inicio de
cada mes deben ser enviados al contador para su registro en la
contabilidad.

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Contrato de
trabajo

Es un convenio o acuerdo de voluntades, creador de
obligaciones, celebrado entre una persona natural (el trabajador)
y una persona natural o jurídica (el empleador), para que
el trabajador preste determinados servicios personales, bajo la
continuada subordinación del empleador, a cambio de una
remuneración.

1. REQUISITOS DEL CONTRATO INDIVIDUAL DE
TRABAJO

Requisitos básicos:

  • Datos de identificación personal, sexo y
    vecindad de los contratantes.

  • Fecha de inicio de la relación
    laboral.

  • Atribuciones o detalles de los servicios a
    prestar.

  • Lugar o lugares de prestación y
    ejecución de los servicios.

  • Lugar de residencia del trabajador.

  • Duración del contrato o expresión de
    tiempo indefinido o para la ejecución del contrato de
    trabajo.

  • Jornada y horario.

  • Salario y su forma de calculo y fecha de
    pago.

  • Lugar y fecha de celebración del
    contrato.

  • Firmas de los contratantes o impresión
    digital y sus números de cédula de
    vecindad.

AUTORIZAR EN LA DIRECCION GENERAL DE
TRABAJO

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Comprobante de
feriado

El comprobante de feriado es utilizado por
un empleador cuando uno de sus trabajadores solicita dar uso de
alguno de los feriados legales que le corresponden, estos pueden
ser vacaciones, compensados, feriados anuales, básicos,
etc., dejando así estipulación de este beneficio en
la empresa.

Para hacer uso de este beneficio el
trabajador debe llevar un tiempo determinado en la empresa, lo
que dependerá del tipo de feriado al que quiera optar, y
hacer su solicitud por anticipado.

El trabajador, al hacer uso de este
beneficio recibirá la remuneración
íntegra.

COMPROBANTE DE FERIADO

Fecha: 16 de Enero de 2006

En cumplimiento a las disposiciones legales
vigentes se deja constancia que a contar del 16 de Enero de 2006
y hasta el 05 de Febrero de 2006

El Trabajador: DONOSO FLORES MARIA
ELENA

Hará uso de VACACIONES con
remuneración integra, percibiendo por este

concepto la suma de $ 278.928, monto
incluido en su Liquidación de Sueldo.

ESTE PERIODO CORRESPONDE AL AÑO
TRABAJADO ENTRE:

EL 01 DE Enero DE 2005 AL 31 DE Diciembre
DE 2005

______________________________
______________________________

Firma del Empleador . . Firma del
Trabajador

__________________________________________________________________________________

Liquidación de
sueldo

La liquidación de sueldo es un documento que
desglosa los ingresos mensuales de un trabajador.

Para entenderla, es necesario manejar una serie de
conceptos clave. Cada fin de mes, los trabajadores reciben un
documento que comprueba el pago por su trabajo realizado durante
ese periodo; la liquidación de sueldo Es un hecho que
muchos trabajadores no saben cómo leer una
liquidación de sueldo. Pues en ella aparecen ítems
y porcentajes de descuentos, cuyas sumas y restas pueden
confundir a cualquiera.

Asimismo, el Código del Trabajo, en su
artículo 42, señala que los tipos de remuneraciones
son:

Sueldo: es el pago fijo, en dinero, pagado por periodos
iguales, determinado en el contrato

Sobresueldo: es la remuneración en horas
extraordinarias.

Comisión: porcentaje sobre el precio de venta o
compra, o sobre el monto de otras operaciones, que el empleador
efectúa con la colaboración del
trabajador.

Participación: es la proporción de las
utilidades de un negocio determinado o de una empresa.

Gratificación: es la parte de las utilidades con
que el empleador beneficia el sueldo del trabajador.

Por el contrario, las prestaciones que no constituyen
remuneración son:

Asignaciones de movilización, de pérdida
de caja, desgaste de herramientas y de
colación.

Viáticos.

Prestaciones familiares otorgadas en conformidad a la
ley (asignaciones familiares)

Las indemnizaciones por años de servicios que
establece la ley, esto es, un mes de la última
remuneración, con un tope de 90 U.F., por cada año
de servicio y fracción superior a 6 meses, con un tope
máximo de 11 años (esta condición rige para
los trabajadores contratados después del 14 de agosto de
1981).

Devoluciones de gastos en que se incurra por causa del
trabajo.

Es muy importante que los trabajadores identifiquen las
sumas pagadas por su empleador, que no constituyen
remuneración, ya que esta distinción se esa para
efectos tributarios y provisionales.

Conceptos Básicos

La remuneración incluye una serie de conceptos
básicos que es necesario entender.

Sueldo Base: es la remuneración que, libremente,
define el empleador con el trabajador, la que podrá,
incluso, ser inferior al ingreso mínimo legal. Sin
embargo, al término del mes, el trabajador deberá
recibir una renta imponible equivalente al ingreso mínimo.
Por lo tanto, si el sueldo base es menor al salario mínimo
vigente, el empleador se debe asegurar de incorporar otros
ingresos que correspondan legalmente a
remuneración.

Sueldo Bruto: corresponde a la suma de todos los
ingresos que durante el mes percibió el trabajador, ya sea
que se trate de ingresos remuneracionales o no remuneracionales.
Es posible que en la liquidación de sueldo esto sea
denominado Total haberes. La legislación actual establece
que los trabajadores dependientes no pueden tener un sueldo
mensual bruto menor al salario mínimo, es decir, 135.000
pesos.

Sueldo Imponible: es la remuneración sobre la
cual el empleador realizará los respectivos descuentos de
previsión y salud. Para esto, se restarán del total
de ingresos o sueldo bruto aquellas prestaciones que no
constituyen remuneraciones, quedando así el sueldo
imponible. Realizados estos descuentos legales, el empleador
calcula sobre esa diferencia y retiene el impuesto único,
de acuerdo al tramo que corresponda.

Sueldo Líquido: es la suma que al final recibe el
trabajador y que va directamente a su bolsillo, una vez que se
han realizado los descuentos provisionales, tributarios y
cualquier otro descuento que haya practicado el empleador
(póliza de seguros de vida, uso de casino,
etc.).

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Formulario de
Timbraje

1. Esta declaración jurada debe ser presentada
por todo contribuyente que quiera el timbre de
documentos.

2. Lugar de presentación: debe presentarse
en la unidad de Timbre del Servicio, bajo cuya
jurisdicción se encuentra el local o establecimiento, Casa
Matriz o Sede de los negocios.

3. Antecedentes que deben presentarse: Para
efectuar el timbraje de documentos se deben presentar los
siguientes antecedentes:

A) Documentos que se desean timbrar.

B) Formulario de Timbraje (formulario 3230) con los
datos de identificación y de los documentos que desean
timbrarse.

C) Cédula RUT del Contribuyente. Si el
contribuyente es persona natural chilena puede presentar su
Célula Nacional de Identidad o una fotocopia ante Notario
de la misma (si es otra persona la que efectúa el
trámite).

D) Cédula de Identidad de quien realiza el
trámite.
Si es el representante del contribuyente,
debe acreditar además la presentación que inviste.
Si es otra persona (mandatario), debe además llevar el
poder ante Notario donde el contribuyente o su representante lo
autorizan a realizar el trámite.

E) Ultima declaración mensual de Impuestos a las
Ventas y Servicios y/o Pagos Provisionales Mensuales y/o
Retenciones (formulario 29).

F) Ultima declaración jurada para timbraje
(formulario 3230) presentada por el contribuyente, por el mismo
tipo de documentos cuyo timbraje está
solicitando

4. Información general que debe contener la
declaración jurada, formulario 3230.

4.1. Identificación del contribuyente: Deben
llenarse en forma completa todos los espacios del formulario
destinados al efecto.

4.2. Columna "Tipos de Documentos y Libros": En esta
columna están señalados los tipos de documentos que
deben timbrarse por el SII.

Cuando se trate de otros documentos y libros,
deberá indicar el nombre respectivo en el recuadro tipo de
documentos y libros y el código correspondiente de acuerdo
a la siguiente nomina:

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4.3. Timbraje de Hoja de Contabilidad y Libros: En la
confección de contabilidad por medios computacionales los
formularios continuos a timbrar deberán llevar pre impreso
por imprenta o por el equipo procesador de datos, además
de nombre o razón social del contribuyente, el RUT, su
domicilio y giro y una numeración correlativa particular
de cada libro, impresa por el computador posteriormente durante
el proceso.

Los libros de contabilidad y/o auxiliares empastados,
que consignen en cada hoja o folio, mediante impresión el
nombre o razón social de la imprenta, su número de
RUT y fecha de impresión del documento (día, mes,
año), su autorización se hará mediante la
aposición del Timbre de Goma de la Unidad correspondiente,
sólo en la primer y última hoja o folio del libro
respectivo.

Los registros contables en hojas sueltas o formularios
continuos que consiguen por la imprenta los datos de
identificación del contribuyente (Nombre o Razón
Social y numero de RUT) y como pie de imprenta los datos
indicados en el punto anterior, en cada hoja o formulario
continuo, su autorización se hará mediante
aposición de timbre de goma de la Unidad correspondiente,
sólo en la primera y última página del
legado.

4.4. Cantidad de facturas emitidas en los
últimos 6 meses: Todo contribuyente que timbre factura,
debe llevar el casillero del costado izquierdo abajo del
formulario, con la cantidad de facturas emitidas en los
últimos seis meses.

5. Firmas y Poderes.

5.1. Firma de contribuyente o representante
legal: Esta declaración debe ser firmada por el
contribuyente o por su representante legal. También
podrá suscribirla el mandatario o apoderado, pero
sólo en el caso que este último se encuentre
facultado expresamente para ello en el poder o
mandato.

5.2. Poder Notarial: Los contribuyentes que
desean realizar sus tramitaciones mediante un mandatario que
efectué el trámite de timbraje, deberán
otorgarle a éste un poder simple firmado ante Notario o
refrendado ante Ministro de Fe del SII, llenando el recuadro
"Persona Autorizada para realizar el trámite".

5.3. Retiro de los documentos y/o libros ya
timbrados: La persona que retirará la
documentación, debe ser la misma que presentó la
declaración del Timbraje. Debe presentar su célula
de identidad en el momento de recibir la
documentación.

6. Recuadro de uso exclusivo del S.I.I.: El
contribuyente no hará anotaciones en este recuadro, pues
en él se harán observaciones que deberá
tener subsanadas para el próximo timbraje.

Balance
General

Es el estado financiero que muestra la situación
financiera en que se encuentra la empresa en una fecha
determinada mediante la descripción de los conceptos de
activo, pasivo y de capital contable, identificados y valuados.
Precisamente, a la fecha a que corresponde el balance.

El balance general, por lo tanto, es una especie de
fotografía que retrata la situación contable de la
empresa en una cierta fecha. Gracias a este documento, el
empresario accede a información vital sobre su negocio,
como la disponibilidad de dinero y el estado de sus
deudas.

El activo de la empresa está formado por el
dinero que tiene en caja y en los bancos, las cuentas por cobrar,
las materias primas, las máquinas, los vehículos,
los edificios y los terrenos. El pasivo, en cambio, se compone
por las deudas, las obligaciones bancarias y los impuestos por
pagar, entre otras cuestiones.

Cabe destacar que el balance general también se
conoce como estado de situación patrimonial. El documento
suele presentar distintas columnas, que organizan los valores
según sean activos o pasivos. La diferencia entre estos es
el patrimonio neto, es decir, la diferencia entre lo que la
compañía tiene y lo que debe.

Más allá de que los balances son
útiles para los dueños de las empresas, su
elaboración suele estar a cargo de especialistas en
contabilidad. Los contadores se encargan de analizar los
números y volcarlos al balance. Una vez cerrado el
balance, es presentado al empresario o al directivo pertinente,
quien es el tomará las decisiones correspondientes para la
gestión de la empresa.

Las formas de presentación del balance
general.

La situación financiera en que se encuentra la
empresa en una fecha determinada se muestra mediante la
descripción de su activó, pasivo y capital
contable, estos son identificados como elementos de balance; Los
elementos del balance pueden ser representados en dos diferentes
formas que se denominan:

Balance general en forma de cuenta: se le denomina al
balance que muestra sus elementos destacando igualdad entre el
activo y la suma del pasivo más el capital contable en
posición horizontal.

Balance general en forma de reporte: se le denomina al
balance que muestra sus elementos, destacando el capital contable
como diferencia entre el activo y el pasivo, en posición
vertical.

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Conclusión

Al finalizar este informe podemos concluir que los
Documentos Mercantiles son documentos de crédito de mucha
importancia para realizar las transacciones legales en cualquier
país. Tanto la Letra de Cambio, el Pagaré como el
Cheque son documentos de crédito son de mucha importancia
ya que los mismos conforman una garantía de
recuperación del valor de la prestación de un
servicio o de la venta de algún bien, ya sea mueble o
inmueble; puesto que mediante su emisión, el tomador puede
recurrir a fuentes legales establecidas, para hacer efectivo su
pago.

 

 

Autor:

Valeska Alvarado

Partes: 1, 2, 3
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