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Matrimonio. Derecho comparado




Enviado por JOSE NOROÑO



Partes: 1, 2

  1. Definición de
    matrimonio
  2. Matrimonio en la República Bolivariana
    de Venezuela
  3. Características
  4. Clases
    de matrimonios en la legislación
    venezolana
  5. Requisitos del matrimonio en la
    legislación venezolana
  6. Matrimonio en la República Árabe
    Siria
  7. Fases
    esenciales del matrimonio islámico en
    Siria
  8. Referencias
    bibliográficas
  9. De los
    bienes en el Derecho Real

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Definición
de matrimonio

El matrimonio es una forma de relación humana
aprobada social y culturalmente, por lo general asociada a la
definición y formación de una familia. Según
el Diccionario de la Lengua Española (2001, p.996) lo
define como la unión de hombre y mujer concertada mediante
determinados ritos o formalidades legales. En el catolicismo,
sacramente por el cual el hombre y la mujer se ligan
perpetuamente con arreglo a las prescripciones de la iglesia.
Ahora bien, la palabra matrimonio puede tomarse en el sentido de
vínculo o estado conyugal y también en sentido del
acto por el cual se origina y constituye esa relación, el
vinculo matrimonial.

De acuerdo a esta opinión, la más
aceptada, al menos del punto de vista sociológico, la
palabra matrimonio deriva de la frase matrem muniens, que
significa defensa, protección de la madre tiene el
matrimonio por función, garantizar el cumplimiento de los
deberes del hombre, hacia la madre de sus hijos.

Matrimonio en la
República Bolivariana de Venezuela

1.1 DEFINICIÓN DE MATRIMONIO EN LA
LEGISLACIÓN VENEZOLANA.

El matrimonio en la legislación venezolana esta
previsto en el artículo 44 del Código Civil, el
cual establece que:

El matrimonio no puede contraerse sino entre un solo
hombre y una sola mujer. La ley no reconoce otro matrimonio
contraído en Venezuela sino el que se reglamenta por el
presente Título, siendo el único que
producirá efectos legales, tanto respecto de las personas
como respecto de los bienes.

De tal manera, que el matrimonio es una relación
entre dos o más personas con un reconocimiento social,
cultural o jurídico. Tiene por fin proporcionar un marco
de protección mutua o de protección de la
descendencia. Puede ser motivado por intereses personales,
económicos, sentimentales, de protección de la
familia o como medio para obtener algunas ventajas
sociales.

El matrimonio puede ser civil o religioso y dependiendo
de la religión o del ordenamiento jurídico los
derechos, deberes y requisitos del matrimonio son distintos.
Ahora bien, no todas las sociedades establecen la
distinción entre matrimonio civil y religioso

Según Grisantti (2001, p.
88),

Su importancia asciende al campo social y moral. Pues
bien, la gran relevancia que tiene el matrimonio en el aspecto
moral, social y jurídico genera la necesidad de que la ley
fije de modo preciso con toda rigidez, los requisitos que deben
cumplir sean para su perfeccionamiento a pesar de ser el
matrimonio una institución de orden publico,
indiscutiblemente la relación de los requisitos necesarios
para contraerlos, no siempre producen su nulidad como
sucedería si se aplicara una estructura lógica
jurídica.

De igual forma, Rombola y Rebuiras (2005,
p.633)

Lo definen como la unión de un hombre y una
mujer, bajo las normas previstas por la ley para la validez de
dicha institución. Su celebración implica la
creación de vínculos de parentesco de afinidad por
el vínculo conyugal, la obligación y el derecho de
cohabitación entre los cónyuges, y la
aplicación de un régimen patrimonial
específico. El matrimonio es por origen, un contrato y
ciertamente una institución social, base principal de la
civilización.

En efecto, el matrimonio puede tomarse en el sentido de
vínculo o estado conyugal y también en el sentido
del acto por el cual se origina y constituye esa relación,
el vínculo matrimonial.

Es por ello, que la primera condición para la
validez del matrimonio es la legalidad. La segunda, es el
consentimiento de los cónyuges y la tercera, es la
libertad de todo impedimento de prohibición cuya
vinculación lleva consigo la nulidad del
matrimonio.

Es por lo antes expuesto, que las condiciones de validez
intrínsecas y extrínsecas del matrimonio se rigen
por el derecho del lugar de su celebración, aunque los
contrayentes hubiesen dejado su domicilio para no sujetarse a las
normas que en él rigen.

De manera que, las definiciones anteriores, se evidencia
la legalidad y la permanencia como notas características
del matrimonio, y además, su finalidad integral.
Así se diría que el matrimonio es la unión
legal de un hombre y una mujer para establecer entre ellos una
plena y perpetua comunidad de vida.

Características

Respecto a la Naturaleza Jurídica del Matrimonio
no hay unidad de criterio entre los autores, hay quienes piensan
que el matrimonio es un contrato, opinión muy común
entre los civilistas. Por el contrario, hay quienes creen que el
matrimonio es solo una institución social.

El Matrimonio en Venezuela, es un contrato visto como
una institución social. El matrimonio es la base
fundamental de la familia. En él los contrayentes deben
ser capaces, con la capacidad especial para contraer matrimonio,
deben prestar su consentimiento.

Partes: 1, 2

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