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La Prueba Testimonial en el Derecho Paraguayo



Partes: 1, 2, 3, 4

  1. Prefacio
  2. Concepto básicos
  3. La prueba de testigo en la legislación civil
  4. De los impedimentos legales para rendir testimonio
  5. Apreciación legal de la prueba
  6. De la crítica del testimonio
  7. De las circunstancias en que ha sido percibido el testimonio
  8. Bibliografía

Prefacio

El testimonio ha sido considerado por el hombre, desde épocas remotas como uno de los medios probatorios más idóneos, seguros y eficaces para la averiguación de la verdad y el establecimiento de la justicia en las relaciones humanas, por cuanto se consideró que estando constituido el testimonio por relato espontáneo que hace el hombre de hechos que han caído bajo su percepción como consecuencia directa de los sentidos, no era posible hallar fuera de él un medio de convicción que ofreciera más precisión y fidelidad.

Por ello, la prueba testifical fue tratada por los hombres como el principal medio de pruebas, siendo, por lo demás, al que con frecuencia se acudió en los estrados judiciales.

Y aún hoy día, a pesar de recaer sobre ella la sospecha de la parcialidad y del interés, podemos afirmar sin temor a equivocarnos que continúa ocupando un puesto de privilegio entre los distintos medios de comprobación de los hechos.

Fue necesario, sin embargo, encontrar un fundamento racional de la fe que otorgamos "al dicho humano", en virtud del cual numerosos hechos de índole diversa, religiosos, científicos, artísticos, históricos, han llegado a convertirse en certeza para nosotros, sin que hayamos podido presenciarlos personalmente por haber ocurrido en épocas remotas o en lugares distintos de aquel en que nos encontramos, pero que han llegado hasta nosotros por el testimonio del hombre que los ha visto de los cuales ha dejado constancia escrita o nos ha informado por medio de la palabra, verbigracia, tal como lo constituye los relatos bíblicos.

En respuesta a esa exigencia, el legislador consagró en los códigos la presunción de veracidad y buena fe en las actuaciones del hombre que comprende, desde luego al testimonio, por considerar, de acuerdo con ella, que la verdad está más a menudo en la boca de los hombres que la mentira, y especialmente por la presunción contraria tendría que apoyarse sobre una inmoralidad presunta que desquiciaría todo el orden jurídico establecido y sería incompatible con la civilización que vivimos.

Por ello, el fundamento racional de su credibilidad debemos hallarlo hoy día, en la convicción que se llega a formar después de un estudio crítico, más o menos rápido, de las condiciones del testigo y de las circunstancias del relato. De aquí al nacimiento relativamente reciente de la crítica del testimonio y de su tratamiento como ciencia, que han servido para apreciarlo mejor luego del análisis detallado de una serie de factores, tales como la moralidad y capacidad intelectual del testigo, sus disposiciones afectivas y su estado psíquico, las condiciones en que ha sido realizada la percepción y las circunstancias en que es rendida la declaración.

A través de ellas es posible hoy día que llegue a formarse la mente de los jueces la convicción de que el testigo ha sido fiel a su relato y que, por consiguiente, se hallan en condiciones de obtener la verdad en relación con los hechos investigados.

La importancia de las conclusiones y experiencias aportadas por la crítica del testimonio en lo tocante a las personalidad del testigo, y a sus condiciones especiales, ha permitido eliminar errores judiciales que, en ocasiones, han sido la causa de la pérdida de la honra, la libertad e inclusive la vida del hombre, mediante la eliminación de testigos en quienes no se han hallado las condiciones requeridas para rendir un buen testimonio.

Uno de los elementos indispensables para la aplicación practica del testimonio como una prueba, constituye el llamado "sistema de la sana crítica", que permite a los jueces, dentro de naturales limitaciones, valorar la prueba con un criterio amplio, en el que se busca ante todo la verdad real o material de los hechos, que no podría obtenerse con su sistema rígido de apreciación por parte del Juez. De otra parte, los estudios llevados a cabo por la crítica del testimonio requieren para su utilidad práctica que el funcionario encargado de aplicarlos no se halle sujeto de antemano a normas inflexibles de apreciación, pues de lo contrario no podría valerse de ellos y apreciar el testimonio, no ya como un medio puramente mecánico con un valor probatorio pre-establecido y desvinculado de la personalidad del testigo, son como un medio probatorio esencialmente variable en cada caso particular, en el cual es necesario deslindar los campos del error y de la verdad, so pena de continuar cometiendo fallas que a la postre desprestigian la prueba testimonial y constituyen una amenaza para la justicia y la sociedad en general.

Desafortunadamente, realizar un trabajo exhaustivo sobre el tema "La prueba testimonial" es una labor que escapa a nuestros medios y propósitos, por cuanto ello requeriría, además de una gran cantidad de material de experimentación, imposible de obtener en nuestro país por la gran indiferencia con que ha sido tratado el tema, y por otra parte de una extensa bibliografía, de difícil consecución, un profundo conocimiento de la materia, lo que no puede exigirse a quién, como el autor de esta monografía no pasa de un simple aficionado del tema en cuestión.

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