- Introducción
- La
norma ISO-15189 y el personal - Organización del trabajo y
política del personal - Las
motivaciones humanas - Propuesta parala gestión de
reemplazos - El
futuro del reemplazante - Bibliografía
"Es de la mayor importancia que el hombre
conozca su propio valor" Maimónides, guía de los
perplejos I-51.
Introducción
Dentro del recurso humano en el Laboratorio
existen los reemplazos.Después de un período de
formación y capacitación.están listos para
realizar una guardia.Sus orígenes son diversos,desde un
residente hasta un profesional que desea iniciar sus
prácticas.
Es su labor en equipo el que posibilita su
inserción futura y el desarrollo de sus
aptitudes.
En la siguiente figura se revela la
inserción del mismo,al mismo nivel de los
titulares(1):
Dentro del desarrollo de un método
de prueba en el Laboratorio existe la selección de un
método analítico y para ello existen
características;una de ellas la de aplicación y es
alli donde se apunta al personal en el cual se incluye a los
reemplazos(1).
La norma
ISO-15189 y el personal
Una vez reconocido que el reemplazo posee
la funcionalidad del resto del personal,se revisa la norma para
ver su competencia.
Recordemos que la norma posee requisitos de
gestión y requisitos técnicos.
REQUISITOS DE LA GESTIÓN (APARTADO 4
DE LA NORMA)
Organización y
gestión(apartado 4.1 de la norma):
-4.1.5 c) El laboratorio documentará
el compromiso del personal del laboratorio de respetar
las medidas tomadas por el laboratorio para asegurar la
confidencialidad y seguridad
de las informaciones y resultados
obtenidos,y que todo el personal está exento de
cualquier presión e influencia interna o externa que
pueda mermar la confianza en su
competencia,imparcialidad,juicio o
integridad.
-4.1.5 e) El laboratorio dispondrá
de un organigrama actualizado que refleje claramente su
organización,los niveles de responsabilidad y
dependencias de su personal.
El organigrama debe incluir a todo el
laboratorio y no sólo el área técnica
que solicite la acreditación.
Cuando el laboratorio pertenece a una
organización superior debe existir asimismo
un organigrama general en el que se refleje la
posición del laboratorio.
-4.1.5 f ) El laboratorio deberá
disponer de documentos que reflejen las funciones y
responsabilidades de las personas que realizan actividades
que afecten a la calidad
de las pruebas.Debe quedar claramente
definida la responsabilidad para todas las
actividades requeridas en la norma,ej:validación de
métodos,autorización de
personal,emisión de "comentarios
profesionales" en los informes de laboratorio,
etc(2).
Las siguientes figuras definen otros
aspectos referidos al personal(3):
REQUISITOS TÉCNICOS (APARTADO 5 DE
LA NORMA)
Personal(apartado 5.1 de la
norma):
-5.1.1 El laboratorio debe definir,la
sistemática para la formación de todo su personal
y para la autorización del personal en la
realización de tareas específicas.
-5.1.2 El laboratorio deberá
disponer como mínimo de los siguientes
registros:
– Currículum vitae profesional que
justifique el cumplimiento de los requisitos
establecidos.
– Registros de actividades formativas,de
las actividades realizadas en proceso de
cualificación,registro de las autorizaciones y
evaluación de la competencia.
(Véase 5.1.11).
-5.1.5 El personal del laboratorio debe
disponer de una relación contractual con el
laboratorio o con la organización a la que
pertenece.
-5.1.11 Las actividades de formación
inicial y continuada deberán ser relevantes para
las actividades para las que el personal está
autorizado y para las características de las
actividades técnicas que llevan a
cabo(ej:actividades de carácter subjetivo,como
puede ser el estudio al microscopio de una
preparación de sangre o técnicas
sometidas a cambios científico tecnológicos
acusados)(2).
Otro enfoque sobre el punto lo vemos en la
siguiente figura(3):
Procedimientos
preanalíticos(apartado 5.4 de la norma):
-5.4 El personal ha recibido la
formación adecuada.
Informe de laboratorio(apartado 5.8 de la
norma):
-5.8.3 l) y n) En el informe debe quedar
identificada la/s persona/s que asume/n la
responsabilidad técnica del informe(2).
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