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Los valores éticos morales (página 2)




Enviado por zaida gutierrez



Partes: 1, 2

Si analizamos el pensamiento intelectual de
finales del siglo XIX, y principios del XX, este pensamiento
reproduce de alguna manera el esquema precedentemente descrito.
Historiadores prestigiosos se valían de sus
representaciones, ciertamente peculiares de la sociedad, para dar
cuenta de la ineptitud entre comillas del pueblo
venezolano; en este sentido, se denota una suerte de
estigmatización de la población. Como
expresión de ello surge el pensamiento de Gil Fortoul,
historiador de la época,
quien caracteriza al pueblo
venezolano "como un pueblo de pigmeos"; más
tarde, ya para la época gomecista, el
Sociólogo
Laureano Vallenilla Lanz, en su libro,
"Cesarismo Democrático"
expresa que "el pueblo
venezolano no ha concebido una idea de sociedad".

Estas representaciones de la sociedad
latinoamericana, y venezolana, son de origen antiquísimo.
En la época colonial los territorios de América
eran vistos como tierras incógnitas, y sin historias
sociales.

Ahora bien, "explorar la naturaleza del
sistema de relaciones sociales generado por la historia de
América latina, nos llevaría a determinar no solo
quien ocupa el poder, sino como este se ejerce, y a analizar
forzosamente el concepto de Soberanía y Ciudadanía;
cuestión que correspondería a otro tema de estudio;
pero resulta importante mostrar sintéticamente la
singularidad y especificidad de la historia de América
latina, traducida en una incapacidad real de reproducir
nuestra propia historia"
(Pérez Baltodano, Op. Cit.:
14).

Venezuela no escapa de ello, pues no hemos
logrado desarrollar la capacidad de territorializar
suficientemente nuestras propia historia nacional, es decir, la
capacidad para controlar los factores que determinan nuestra
propia evolución como entidades territoriales sociales y
políticas soberanas, por el hecho de que los procesos de
participación política, y/o Social han sido
mecanismos diseñados desde el Estado para la defensa de un
sistema de privilegios, y no el resultado de conquistas de la
sociedad contra el Estado. Estos procesos, en décadas, no
han puesto en juego el funcionamiento de la administración
clientelar, ni han amenazado la reproducción de las
estructuras de exclusión social.

El voto, para ejemplarizar los sesgos de la
participación política, ha funcionado a un nivel
más básico: concretamente para ratificar los
procesos que constituyen a la nación como pueblo,
más que para la actualización de la
ciudadanía. Los políticos rara vez aparecen como
representantes de la ciudadanía; son más bien
intermediarios que, en un sistema de reciprocidad, gestionan la
desobediencia controlada de sus clientelas (Pérez
Baltodano, Op. Cit.: 18-19).

Este autor señala que… "En
los sistemas políticos de las sociedades
democráticas europeas de occidente, por el contrario,
existió una lucha histórica en torno a la
definición e interpretación del concepto de
soberanía" (Ibid). Utilizando la interpretación de
T.S. marshall (1965) sobre el desarrollo del principio de la
ciudadanía de estos países, es posible visualizar
un primer círculo concéntrico como la
representación del surgimiento y la
institucionalización de los derechos civiles en el siglo
XVIII; un segundo círculo concéntrico que alude al
nacimiento y desarrollo de los derechos políticos en el
siglo XIX; y un tercer círculo que representa la puesta en
marcha de los derechos sociales en el siglo XX.

A través de este proceso
histórico, el desarrollo del principio de la
ciudadanía que se inspira y se orienta por la idea de
la igualdad,
estuvo acompañado por el desarrollo de
un sistema económico capitalista que generaba
desigualdad.

De esta contradicción, surgen los
derechos sociales en el siglo XX. Estos derechos y las
políticas publicas que estos derechos logran generar
tienen como objetivo contrarrestar la desigualdad social
producida por la dinámica del capital; ahora bien, "a
partir de la instauración de los derechos sociales y de la
puesta en marcha de políticas sociales se genera el
desarrollo de la capacidad de regulación del Estado, y
simultáneamente se desarrolla la ampliación del
principio de la ciudadanía; este hecho hace posible
paulatinamente el condicionamiento por parte de la sociedad
civil" (Pérez Baltodano, Op. Cit.: 38). Por medio de estos
dos procesos paralelos y mutuamente condicionantes: el estado
Europeo decanta paulatinamente su "poder despótico" y
desarrolla bis-a-bis su poder "estructural: es decir, el
desarrollo de la capacidad de regulación social del Estado
aumentó la capacidad de éste para "penetrar y
coordinar de manera centralizada y a través de su propia
infraestructura, las actividades de la sociedad civil" (Mann,
1989: 114).

Al mismo tiempo, y como resultado del
desarrollo de los derechos ciudadanos, el Estado fue perdiendo la
capacidad de imponer su voluntad sobre la sociedad civil, en
ausencia de "practicas institucionalizadas de negociación"
(Mann, 1989: 113); como resultado de este doble proceso se llega
a establecer lo que David Held (1991:198) llama "una
relación de congruencia" entre los que hacen las
políticas publicas y los que las reciben. Esta
relación, tal y como lo señaló Held,
constituye una de las premisas fundamentales del sistema de
gobernabilidad democrática de los países europeos
(Pérez Baltodano, Op. Cit.: 39).

Ambiguamente, y a grandes trazos
podría afirmarse que la construcción de la
República en Venezuela, en términos formales estuvo
determinada por la mimetización del antiguo orden
sociopolítico colonial preexistente; el proyecto que la
caracterizó fue la construcción e
implantación de un Estado nuevo, fundado en las
ex-colonias españolas, basado, en cuanto a la forma del
Estado, en la organización de las Provincias que nos
quedaron como legado del régimen español;
Provincias que se habían desarrollado en el sistema
colonial como organizaciones administrativas altamente
descentralizadas. "Precisamente, fue por esa enorme
descentralización y autonomía provincial que
existía en los territorios de la Capitanía General
de Venezuela que, como forma para estructurar un Estado nuevo
–que fue lo que se propuso ese liderazgo
político–, se escogió el esquema
federal… porque, entre otros factores, en el
constitucionalismo de la época no había otra forma
para construir un Estado republicano que no fuera en base a la
estructura político-territorial de las excolonias
descentralizadas" (Brewer, 1996:13). Es así como el
pensamiento conservador de la gesta independentista en los
primeros decenios del siglo XIX, construye el nuevo Estado
observando como propósito, entre otros "el conservar el
status quo vigente", cuyo significado a los efectos de este
estudio, se traduce en la implementación y defensa de los
derechos civiles y políticos recién adquiridos, e
inspirados en los principios de libertad, que en su momento
enarbolara la Revolución de la Francia de 1789 sin prestar
mucha atención a la igualdad y a la
fraternidad.

Añadiendo a esta particularidad que
esos derechos ciudadanos y políticos adquiridos se lo
autoadjudicaron la élite política y
económica del momento, excluyendo al resto de la
población del ejercicio de los mismos. Se destaca
entonces, que la población venezolana de la época
apenas alcanzaba a comprender medianamente el valor
civilista de "ser libres" como único derecho ciudadano.
Precisamente una de las características del pensamiento
intelectual de la época se basaba en que la clase
dominante consideraba que el pueblo en general no estaba
preparado para asumir decisiones que sustentaran un proyecto de
país. El Dr. Elías Pino Iturrieta, actualmente
miembro de la Academia Nacional de la Historia en Venezuela,
considera al respecto que desde los inicios de la
República, personajes emblemáticos como
Simón Bolívar, contrasta en sus últimos
tiempos que se estaba frente a "una Sociedad
Minusválida".

En este mismo orden de ideas, "La
progresiva instauración de un Poder Central dentro de las
vicisitudes iniciales de la Guerra de Independencia, antes y
después de la separación de la Gran Colombia,
llevaron al mismo liderazgo que efectuó la Independencia,
y que asumió el control del Estado a partir de 1830, a no
entender los cambios que habían provocado, y a pretender
aplicar, a finales de la década de los cincuenta del siglo
XIX, los mismos criterios políticos iniciales, como si no
hubieran transcurrido casi tres décadas de vida
republicana…" (Brewer, 1998: 14). En este sentido, y
sucintamente, los cambios sociopolíticos institucionales
se abordaron lentamente en Venezuela. En las épocas de
Falcón, Zamora, de los grandes caudillos, y de guerras
intestinas, de poderes omnímodos, Guzmán Blanco, y
los andinos con Cipriano, y Gómez a la cabeza, incluyendo
la etapa postgomecista, hasta 1945, significaron procesos
institucionales imbuidos de fuertes agravios a los derechos
ciudadanos en el quehacer cotidiano del ciudadano común,
replegados aún mas con la llegada de Pérez
Jiménez, Dictador del denominado Régimen
neofascista quien constriñó profundamente cualquier
posible acto civilizatorio participativo. La Participación
comienza a salir de su letargo desde el momento que afloraron
aquellos primeros intentos referidos al derecho político
del "voto", en 1945, y a la posibilidad sentida del pueblo
venezolano de vivir en democracia, lo cual significaba libertad,
y la apertura de la compuerta para la Participación
Política, concretada en un continuo en 1958.

La Democracia
Representativa

Comencemos a aproximarnos en
términos simples al significado de la Representatividad,
la cual consiste en la delegación del poder de decidir que
el ciudadano trasfiere a sus gobernantes a través del
sufragio; en otras palabras, el ciudadano delega en sus
gobernantes la representación de las decisiones, tanto en
la esfera pública, como privada, y éste en
ejercicio de dicha representación, asume las decisiones
que le corresponden a los ciudadanos. De hecho, la
Participación del Ciudadano se agota en el acto de
votación, de allí en adelante, la persona elegida
se encarga de tomar las decisiones que de una u otra manera
afectan la vida en sociedad de cada individuo.

En este orden de ideas, se analiza la
implantación del modelo de la Democracia representativa,
también denominada "democracia de partidos" y/o de
élites.

En Venezuela se implanta la Democracia
representativa en 1958, luego del intento fallido democratizador
del año 1945; estableciéndose el Sistema electoral
de representación proporcional de las minorías a
través del método D"hondt. Para el momento,
éramos un país de los que menos tradición y
cultura democrática teníamos en toda la
América Latina (Brewer, 1999); se muestra cómo en
este período, la élite política, y
económica resuelve establecer en el país el
régimen democrático Representativo como sistema
político, a través del consabido Pacto de Punto
Fijo de 1958, firmado por los líderes fundamentales de
A.D. (Acción Democrática); el Partido
socialcristiano Copei, y la Unión Republicana
Democrática, U.R.D., representantes de los Empresarios,
Obreros y la Iglesia Católica.

Estos representantes, llegan a constituirse
como tales, gracias a los Partidos Políticos, quienes a su
vez, se convierten en los únicos interlocutores validos
entre el gobierno y los ciudadanos. En este sentido, los nuevos
actores sociopolíticos abren una galera, y promueven el
surgimiento de un nuevo modelo de relaciones entre Estado y
Sociedad que tendrá como característica lo que
Faletto (1994) ha denominado la ampliación de la
ciudadanía en el plano político, ¡y en el
plano social!, la ampliación de la integración
social, a través de la educación, y la
creación de condiciones de vida menos discriminatorias,
por la vía de la expansión de los sistemas de
salud, vivienda, seguridad social, y otros.

Ahora bien, el modelo de la democracia
representativa, propuesta por los dos (2) grandes partidos
tradicionales de masa, Acción Democrática y Copei
¡lejos de propender a construir una sociedad que se
recreara, y participara sustantivamente!, que discurriera
autónomamente y en forma evolutivamente natural, como en
los inicios, implantaron y consolidaron organizaciones –en
su mas variada gama– en los niveles intermedios de la
sociedad, y en la base de la población; esto es, a nivel
comunitario constituyeron fórmulas participativas bajo el
amparo, protección y dominio del Estado, concretamente del
gobierno de turno, que respondieran –única y
exclusivamente– a los lineamientos del partido de gobierno
de turno.

Es importante destacar que a mediados de
los años 70, la ampliación de la ciudadanía
–como paradigma– requería necesariamente la
nacionalización del Estado es decir, la reducción
de los niveles de soberanía domestica. Esta
"nacionalización se hace efectiva en algunos países
latinoamericanos, que habían logrado mayores niveles de
desarrollo económico" (Werz, Pérez Baltodano, Op.
Cit.: 13), como es el caso de Venezuela; que para la época
exhibe elevados índices de ingreso per cápita,
producto de la actividad petrolera. En este sentido, se observa
una mayor capacidad de regulación social por parte del
Estado.

El establecimiento de circuitos de
reproducción entre Estado y Sociedad impulsados por el
desarrollo económico, y por la ampliación de la
capacidad de regulación social del Estado, hizo posible la
articulación de las demandas sociales por parte del mismo;
pero con el paso del tiempo estas demandas fueron in
crescendo
, haciendo más compleja la situación,
quebrantada paulatinamente por los vaivenes y la volatibilidad en
los cambios de precios del crudo venezolano, además de las
erráticas políticas monetarias, fiscales y
cambiarias.

Así mismo se destaca, que en materia
de participación, aquellos denominados comités
locales de AD, o de COPEI que fueron desarrollándose a
partir de los años 60, derivaron luego en el cumplimiento
de funciones vecinales y de control, a través de la figura
de las asociaciones de vecinos creadas jurídicamente
conforme al contenido de la Ley Orgánica del
Régimen Municipal en 1978, Ley que les otorga
institucionalidad jurídica, y en consecuencia legitima el
control por parte de los partidos tradicionales de la sociedad
civil, y de sus comunidades, a través de sus instancias
vecinales; verbigracia, eventos intrascendentes como la
elección de una reina de carnaval en un barrio, quien
decidía era el partido político del gobierno de
turno, con sus asociaciones vecinales partidistas, sin entrar a
analizar otros modos y/o manifestaciones cotidianas de la
sociedad civil organizada, como las sociedades intermedias, donde
los Partidos Políticos penetraron y controlaron, entre
algunos ejemplos, los Sindicatos, los Colegios Profesionales, y
los Gremios (Brewer, 1998) cuyas formas de gestión se han
caracterizado por estar altamente politizadas.

Lo que se quiere destacar es el desarrollo
paulatino de una sociedad dependiente, no construida sobre bases
reales participativas, sino bajo los designios de los Partidos
Políticos totalmente desdibujados –en el
tiempo– de sus funciones primigenias de funcionamiento; en
esta tarea se olvidaron que eran instrumentos para la democracia
y no su finalidad. Paradójicamente estas Organizaciones
Civiles arremeten luego contra este modelo, pues, en este ciclo
crece una importante masa media, con nuevas posibilidades
reivindicativas, producto de la educación, y de su ascenso
social, y con niveles crecientes de demandas sociales; pero
igualmente se amplía cada vez mas el número y/o
contingente de venezolanos imbuidos en pobreza, crítica
y/o extrema, que no accesan a mejoras en calidad de vida,
subempleados, y/o desempleados, excluidos del sistema, que
conforman grandes capas de la población, aproximadamente
el 80%, y que del mismo modo exigen sus reivindicaciones
sociales.

Las compuertas
para la implantación de la Democracia
Participativa

Entrelazando eventos, y en otro orden de
ideas, en 1989 comienza a profundizarse el proyecto de un nuevo
orden mundial, cuyos fundamentos se encuentran establecidos, ya
sea a través de nuevas concepciones
político-filosóficas, que propugnan el fin de las
ideologías –el fin de la historia–, y/o
concretado por el choque entre civilizaciones, la
globalización mediática, mercantil, la nueva
doctrina militar de guerras preventivas y/o por el unilateralismo
presente en todos los órdenes exhibido por las grandes
potencias del capitalismo globalizado.

Este Nuevo Orden Mundial se articula en
parte por un sistema conformado por los Estados Unidos, la
Unión Europea y Japón, parte por los países
denominados los tigres asiáticos, incorporando el
reciente nuevo impulso de "China" y su espectacular apertura al
mundo globalizado, y muy pocos países del Cono Sur
Latinoamericano, con Brasil despuntando.

Este sistema mundial tiene como fuerzas
adversas el movimiento pacifista europeo, la resistencia de las
naciones árabes y africanas, así como los
innovadores movimientos sociales latinoamericanos.

Frente al caos que se vislumbra con el
posicionamiento, a partir del decenio de los 90 de este Nuevo
Orden Mundial, en América Latina emergen en el plano
político y social, concepciones participativas y/o
comunitarias para la profundización democrática
nacional en lo político, y en lo
económico.

Hoy día por tanto, se constituye
como actividad medular en América Latina la
reorientación política, socioeconómica y del
mercado, a través de movimientos estratégicos e
integracionistas a lo interno de algunos países
latinoamericanos, buscando salidas para el logro de desarrollos
endógenos y exógenos simultáneos. En tal
sentido, esta propuesta sostiene, en última instancia, que
la política de Estado debe reorientarse a
través de "la organicidad en ideas conjuntas
societales e intereses colectivos
para la consecución
de mejoras en calidad de vida ciudadana.

Esta premisa implica establecer mecanismos
para garantizar una mínima protección a las capas
sociales amenazadas por esta nueva ola modernizadora. Se trata en
términos generales, de entender a la democracia como
un proceso deliberativo, de persuasión y de decisiones en
lo político, y en lo económicosocial, a
través de la cual se pretende crear, recrear y mantener
una calidad de vida ciudadana, y un proyecto de vida
óptimo en común.

Para tal efecto, la concepción
participativa propone recuperar el concepto de ciudadano
como el núcleo de la democracia, señalando que lo
que concibe a un real ciudadano es la participación activa
en el ejercicio del poder –sea político,
económico, y/o social– así como a
través de la formación de una voluntad general como
ciudadano de una nación, para el logro de un proyecto de
país; la posibilidad de ser ciudadano radica en el hecho
de ejercer los deberes y derechos de estar informados –la
cimentación de una opinión pública–,
la participación política, económica, y/o
social activa del individuo, –ser parte de–, de los
espacios públicos, gubernamentales, y no gubernamentales,
son mecanismos de singular importancia que coadyuvan a potenciar
la responsabilidad cívica y moral como
comunidad.

En tal sentido, a la par del ciudadano,
caracterizado como el epicentro de la democracia, el proyecto
participativo considera a la comunidad como la base real donde se
crea un modo de vida, recreación y repotenciación
de valores. Esta visión comprehensiva de la realidad
considera que la participación ciudadana es una
acción de carácter colectivo, es decir se trata de
una acción que se lleva a cabo conjuntamente con otros
individuos, en calidad de ciudadanos; con los que se comparten
intereses, una visión, y un proyecto de
país.

La Democracia
Participativa: alcances de la participación en
Gestión

En el caso venezolano, la tendencia a
mejorar los niveles de participación se ha expresado en la
producción normativa –legislativa (cambios
constitucionales)– y en la instauración
institucional de nuevas instancias para la
Participación.

El texto constitucional vigente tiene como
desideratúm refundar la República, estableciendo
una sociedad democrática, participativa y
protagónica, es decir, nos remite a un ciudadano
protagónico asumiendo un rol estelar, a partir de una
activa participación.

De manera que la democracia participativa
plantea un nuevo modelo para el ejercicio de la democracia en
Venezuela. Ya no se trata de participar en un instante –el
sufragio– su significado consiste en un actuar permanente,
en una actividad constante de construcción social
ciudadana, que exige proactividad, conocimiento,
formación, planificación, capacidad de
negociación, constancia, vocación social del simple
ciudadano común; se trata de una "participación
en gestión",
planificación, seguimiento y
control por parte de los ciudadanos, de la actividad
pública gubernamental, ya sea política,
económica y/o social.

En este mismo orden de ideas, la
Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela, define como Estado la conjunción de entidades o
personas jurídicas-territoriales conocidas como
república, estados, municipios y demás entidades
locales. Al Estado se antepone otro conjunto denominado Sociedad,
integrada por subconjuntos tales como familias, comunidades o
grupos vecinales, comunidades o pueblos indígenas, gremios
de profesionales y técnicos, sindicatos y ONGs; entre
otros. A su vez la Constitución resalta que los
órganos y entes del Estado emanan de la soberanía
popular y a ella están sometidos, por el hecho de que la
soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, tal
como está consagrado en el artículo 5 de esta Carta
Magna:

"La soberanía reside
intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en
la forma prevista en esta Constitución y en la ley, e
indirectamente, mediante el sufragio, por los órganos que
ejercen el Poder Público. Los órganos del Estado
emanan de la soberanía popular y a ella están
sometidos".

De lo anteriormente expuesto se desprende
que todos los ciudadanos tienen el derecho y el deber de
participar libremente en los asuntos públicos,
directamente o por medio de sus representantes elegidos, tal como
se consagra en el artículo 62:

"Todos los ciudadanos y ciudadanas
tienen el derecho de participar libremente en los asuntos
públicos, directamente o por medio de sus representantes
elegidos o elegidas. La participación del pueblo en la
formación, ejecución y control de la gestión
pública es el medio necesario para lograr el protagonismo
que garantice su completo desarrollo, tanto individual como
colectivo. Es obligación del Estado y deber de la sociedad
facilitar la generación de las condiciones más
favorables para su práctica".

Por otra parte, el artículo 70 de la
CRBV puntualiza que:

"Son medios de participación y
protagonismo del pueblo en ejercicio de su soberanía, en
lo político: la elección de cargos públicos,
el referendo, la consulta popular, la revocación del
mandato, las iniciativas legislativas, constitucional y
constituyente, el cabildo abierto y la asamblea de ciudadanos y
ciudadanas, cuyas decisiones serán de carácter
vinculante, entre otros; y en lo social y económico: las
instancias de atención ciudadana, la autogestión,
la cogestión, las cooperativas en todas sus formas
incluyendo las de carácter financiero, las cajas de
ahorro, la empresa comunitaria y demás formas asociativas
guiadas por los valores de la mutua cooperación y la
solidaridad. La ley establecerá las condiciones para el
efectivo funcionamiento de los medios de participación
previstos en este artículo".

A partir de estos preceptos
jurídicos, contemplados en la constitución de 1999,
en el país se comienza a delinear
políticas destinadas a plasmar el modelo de una
"Democracia Participativa", a través del abordaje
de reformas, proyectos y leyes que coadyuven a la
participación ciudadana.

En este sentido, se reestructura el Sistema
Nacional de Planificación, el cual se constituye por un
"conjunto de instrumentos, procedimientos, normas,
metodologías, estrategias e instancias de
coordinación y formulación de la
planificación tanto económica-social como
físico-espacial o territorial de la República
Bolivariana de Venezuela" (Hurtado, 2005); esta
reestructuración se basa en una planificación de
abajo hacia arriba; esto es, con el nuevo arsenal jurídico
e instrumentación institucional vigente, se priorizan las
necesidades reales de la población, a través de las
demandas de los grupos organizados de las bases populares, para
sus posteriores soluciones conjuntas en instancias
superiores, verbigracia, Alcaldías, gobernaciones, a
través de sus instancias, los Consejos Locales de
Planificación Pública-; estas instancias se
constituyeron como órganos de coordinación y
formulación de la planificación, ejecución y
control de las políticas públicas en todos los
niveles de la administración publica, por mandato
constitucional contemplado en el artículo 182, el cual
señala:

"Se crea el Consejo Local de
Planificación Pública, presidido por el Alcalde o
Alcaldesa e integrado por los concejales y concejalas, los
Presidentes o Presidentas de la Juntas Parroquiales y
representantes de organizaciones vecinales y otras de la sociedad
organizada, de conformidad con las disposiciones de la
ley".

Concretamente, los Consejos Locales de
Planificación Pública se constituirían en
los órganos medulares de la planificación para el
desarrollo en cada región y localidad del país, a
partir de la transferencia de competencias y recursos a las
comunidades, con la finalidad de administrar y resolver las
necesidades colectivas y planificar conjuntamente de abajo hacia
arriba con las comunidades. Esto permitiría que el
ciudadano individual o el colectivo formara parte del poder local
e interviniera activamente en la toma de decisiones,
fortaleciéndose la soberanía popular.

Los Consejos Locales de
Planificación Pública, en un primer momento, y a
partir de importantes esfuerzos, logran -a medias- definir, y
ejecutar procesos para la participación y
organización de las comunidades.

Sin embargo, la implementación de
los Consejos Locales de Planificación Pública desde
sus inicios, comienza a enfrentar serios y graves
obstáculos, como por ejemplo, el predominio de una cultura
política excluyente, secular, en el ejercicio del poder y
la autoridad. Ello se refleja en la composición exhibida
en los Consejos Locales de Planificación, la cual
manifiesta una real inoperancia e incompetencia hasta el
momento.

En este sentido, en su conformación
se ha denotado una excesiva manipulación política;
fuertes movimientos de sectores que se oponen a las
políticas del gobierno nacional; mediación de
grupos de intereses, específicamente de los partidos
políticos en los procesos de elección de los
representantes de las comunidades, con la finalidad de conservar
las cuotas de poder propias de las viejas estructuras
políticas, y de las estructuras políticas
nacientes, que inexorablemente reproducen el modelo, para
destacar algunas de las disfuncionalidades.

Es por ello que, el gobierno nacional
acomete un giro jurídico-institucional, en la
búsqueda de establecer estrategias novedosas para un
progresivo y real empoderamiento comunitario,
en aras de
profundizar la gestión conjunta de las bases populares, y
propender al logro de resultados mayormente eficaces y eficientes
en el quehacer de la política pública. En este
sentido, se busca una óptima redemocratización de
la gestión, a través de "los Consejos
Comunales",
los cuales constituyen el tema de estudio de
este artículo.

Retrotrayéndonos, a partir del
año 2004 se lleva a cabo el Taller de "Alto Nivel" en el
cual se definen los diez "objetivos estratégicos". En este
taller, entre algunos de los objetivos fundamentales, se plantea
otorgarle el poder al pueblo; es decir, se transfiere a
los ciudadanos y ciudadanas que actúan en el ámbito
comunal las competencias necesarias para ejercer la
gestión pública desde su localidad. Se
diseña la creación de una nueva forma de
organización social, que permita que el poder
constituyente del pueblo se organice y disfrute de espacios
reales.

En este nuevo delineo, se establecen
nuevas instancias institucionales denominadas "Los
Consejos Comunales",
órganos de poder popular que
asumen la gestión pública a nivel local, integrados
por Colectivos o Comisiones de Trabajo en sectores tales como
educación y deportes; cultura; comunicación e
información; salud; participación popular,
desarrollo social y alimentación; vivienda,
infraestructura y hábitat; economía popular,
agricultura y tierras, ciencia y tecnología; presupuesto y
contraloría social; justicia, seguridad y defensa, entre
algunas de sus gestiones.

Así pues, los Consejos Comunales en
Venezuela, son espacios de coordinación y
articulación de diversas áreas en la gestión
local; ámbito en el cual los ciudadanos, toman sus
decisiones, producto de la democracia participativa ejercida en
Asambleas de Ciudadanos, las cuales son vinculantes en todos los
niveles de la administración pública, cuya
condición con respecto a la legalidad de sus decisiones se
encuentra supeditada única y exclusivamente al hecho de
que no contravenga los intereses de la propia comunidad, no sean
ilegales e inconstitucionales, ello significa que en su
conformación se ajusten a los requerimientos legislativos
plasmados en "la Ley de los Consejos Comunales" y/o
física, y económicamente no planteen obras de
imposible ejecución.

En este sentido, el objetivo de la
creación de estas instancias –que ya operan en las
bases populares de las diversas parroquias de la geografía
venezolana– es "…crear, desarrollar y regular la
conformación, integración, organización y
funcionamiento de los consejos comunales; y su relación
con los órganos del Estado, para la formulación,
ejecución, control y evaluación de las
políticas públicas
(Art. 1. Ley Consejos
Comunales).

De lo anteriormente expuesto se observa que
jurídicamente en Venezuela, se avanza hacia la
construcción de un nuevo modelo democrático
participativo y protagónico, lo cual implica, y concierne
a nuestro sujeto de estudio, el cual consiste en analizar los
alcances –en el terreno– de los mecanismos e
instrumentos para la participación ciudadana,
específicamente la participación en
gestión ilustrada en la figura de "los Consejos
Comunales
".

La Democracia
Participativa y los Alcances de la Participación en
Gestión

A partir del nuevo milenio, y con la puesta
en marcha de la Constitución, Bolivariana de Venezuela, la
Participación Ciudadana toma un nuevo giro. El actor
principal está representado por el ciudadano común
organizado desde su propio espacio: que son las comunidades, y
los diversos sectores que hacen vida en Venezuela. Entonces
estamos frente a una nueva constitución que brinda un
soporte legal, ordena a través de las leyes la forma como
las comunidades y los diferentes sectores van a participar, se
elaboran nuevas leyes orgánicas, decretos y ordenanzas a
través de los gobiernos locales que le permiten a los
sectores, a las comunidades el derecho de participar; ahora el
Planificador no puede o no debe llegar a las comunidades con un
modelo preconcebido, con un portafolio que tiene que cumplir con
todo un proceso de planificación normativa en otrora, o
estratégica recientemente, para poder abordar a las
comunidades; ahora ¡son las comunidades que comienzan a
organizarse, comienzan a aprehender, a interiorizar sus derechos,
sus espacios, sus deberes y sus responsabilidades como actores
sociales comienzan a viabilizar ¡ahora es la Asamblea de
Ciudadanos! Y en esa Asamblea ellos tienen la espontaneidad de
intercambiar, de reflexionar, de llegar a acuerdos; ellos se
levantan, participan, se organizan… los procesos de
planificación son participativos a partir del nuevo marco
jurídico brindado por la Constitución de 1999, que
es el gran soporte de la planificación participativa,
desde esta galera se desprenden inquietudes que han impulsado la
creación de nuevas leyes y ordenanzas que organizan
¡todo lo que está establecido en la
constitución!, ahora los técnicos tienen que
sentarse a escuchar lo que las comunidades están
sintiendo, lo que están pensando…

5.1. Consideraciones
Jurídico-Conceptuales

Profundizando lo planteado sucintamente,
este estudio se reorienta a analizar "la Participación
Comunitaria en Gestión
" cuya figura
emblemática está constituida por "los Consejos
Comunales";
los cuales representan actualmente la
Instancia de Participación y de Poder Popular,
donde
concurren las diversas organizaciones comunitarias, grupos
sociales y/o ciudadanos y ciudadanas de una comunidad, para
ejercer –como grupos organizados– la gestión
directa de sus Políticas Públicas,
concibiéndo como Políticas públicas
comunitarias las vías y/o los medios para materializar y/o
instrumentalizar los planes de la comunidad; en otras palabras,
se definen como ejes operativos del que hacer comunitario; para
el Diseño, Gestión y Evaluación de las
Políticas Públicas.

Esta gestión directa estaría
dirigida a responder necesidades, y aspiraciones colectivas e
individuales a través de las instancias denominadas
Consejos Comunales, enmarcados dentro de la Democracia
Participativa y Protagónica.

En este sentido, la Constitución de
la República Bolivariana de Venezuela, en su
preámbulo enuncia formalmente que estamos frente a una
sociedad democrática
, la cual busca trascender el
sistema político; esto es, manifiesta la idea de
consolidar una forma de vida que no sólo le corresponda a
las instituciones políticas, sino también a las
instituciones sociales.

La sociedad que se busca consolidar a
través del establecimiento de esta democracia, es
participativa; de manera que la participación de la
sociedad y del individuo en todo lo que le compete debe
ineludiblemente conllevar a una mejor calidad de vida, y al logro
de conducir su propio destino.

Paralelamente, hoy día la sociedad
busca ser protagónica; las comunidades y los individuos
van en pos de ese protagonismo democrático, no solo en el
aspecto político, y en la profundización de esos
derechos, si no a partir del involucramiento civil en la
gestión de su política pública, como
hacedores y constructores de su propio bienestar.

En este orden de ideas, la Ley de Los
Consejos Comunales enuncia en las Disposiciones Generales,
Capitulo I, en su articulo 2 que:

"Los Consejos Comunales" en el marco
constitucional de la democracia participativa y
protagónica son instancias de participación e
integración entre diversas organizaciones comunitarias,
grupos sociales y ciudadanos y ciudadanas, que permiten ejercer
la función de las políticas públicas y
proyectos orientados a responder a las necesidades y aspiraciones
de las comunidades en la construcción de una sociedad de
equidad y justicia social".

En este sentido, se privilegian los
"Consejos Comunales", como instancias de gestión
comunitaria desde diversas miradas, puesto que hoy día
constituyen la piedra angular de la participación en
gestión
en Venezuela. "estas instancias",
tal como han sido concebidas, impulsan la participación y
el protagonismo popular para formular, ejecutar, controlar y
evaluar sus políticas públicas.

Lista de
Referencias

1. BREWER Carias, Allan (2000). La
Constitución de 1999 Comentada
. Editorial Arte,
Caracas.

2. BREWER Carias, Allan (1998).
Instituciones Políticas y Constitucionales. Universidad
Católica del Táchira
. Editorial Jurídica
Venezolana, Caracas.

3. DAHL, Robert (1998). On democracy.
New haven: Yale nota bene.
2000.

4. HURTADO ARROBA, Alberto (2005).
Participación ciudadana, etnografía de la protesta
y cooperación para el desarrollo. Revista Icono.
FLACSO-Ecuador.

5. LA ASAMBLEA NACIONAL (2006). Ley de
los Consejos Comunales.
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5.806 del 10 de Abril.

6. MANN, Michael (1989). The Autonomous
Power of the State: Its Origins Mechanisms and Results. En: Jhon
Haln (Ed.) States in History Black Weln.
Londres.

7. MOLINA V., José E. (1993). El
Sistema Electoral Municipal de 1989: ¿éxito o
fracaso? El Sistema Político venezolano. Comportamiento
político y electoral, las fuerzas armadas en el sistema
político (V Simposio Nacional de Ciencia Política).
Cuestiones Políticas No. 8. El Sistema
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8. PEREZ BALTODANO, Andrés (1997).
Globalización, Ciudadanía, y Política
Social en América Latina: Tensiones y Contradicciones
.
Editorial Nueva Sociedad.

Monografias.com

© 2010 
Universidad del Zulia
Instituto de
Filosofía
del Derecho "Dr. José M. Delgado Ocando" Avda. Guajira,
Ciudad Universitaria "Dr. Antonio Borjas Romero", Facultad de
Ciencias Jurídicas y Políticas, Universidad del
Zulia. Maracibo-Venezuela.

Valores y
Principios

Los valores éticos son aquellas formas de ser o
de comportarse, que por configurar lo que el hombre aspira para
su propia planificación o la del género humano, se
vuelven objetos de su deseo más irrenunciable; a los que
el hombre busca en toda circunstancia porque considera que sin
ellos, se frustraría como tal. Los valores, en cuanto
éticos, son anhelados y buscados en su praxis, y el hombre
tiende racionalmente hacia ellos, sin que nadie se los
imponga.

Los valores éticos son muy diversos. No todos
tienen la misma jerarquía y con frecuencia entran en
conflicto entre sí, de ahí que haya que buscar
formas eficaces de resolver esos dilemas. Así, por
ejemplo, no tiene la misma importancia el valor conservar la vida
que el valor tener placer.

Para poder resolver esos conflictos es imprescindible
saber cuál es el Valor ético último o
máximo, aquel valor innegociable y siempre merecedor de
ser buscado en cualquier ocasión. Toda teoría
ética tiene un valor ético supremo o último,
que hace de referencia ineludible y sirve para juzgar y
relativizar a todos los demás valores, como si fuese un
patrón de medida.

Designamos como valor a aquella cualidad que tienen las
cosas y las acciones y los comportamientos humanos que las hace
estimables y deseables por sí mismas y no por
relación a alguna otra cosa. En este sentido diremos que
son queridas como fin y no instrumentalmente. Así, por
ejemplo, si alguien tiene como valor la solidaridad diremos que
quiere ser solidario por sí mismo, y no por
relación a alguna otra cosa, como, por ejemplo, hacerlo
por prestigio social.

Por lo demás, no todos los valores son iguales
para nosotros; consideramos que algunos son superiores, o
más importantes, que otros. Así, solemos estimar la
sinceridad como un valor importante, pero probablemente
estaríamos todos de acuerdo en considerar correcto mentir
para salvar la vida de un ser humano. De este modo, el valor de
la vida humana es superior al de la sinceridad

Principios.

Son imperativo categórico justificables como
válido por la razón humana para todo tiempo y
espacio (universalmente válidos). Son orientaciones o
guías para que la razón humana pueda saber
cómo se puede concretar el valor ético
último. Afirmar que toda persona es digna de respeto es
formular un Principio que instrumenta el valor supremo que es la
Persona humana; y a su vez hace de fundamento para la norma
categorial de no matar al inocente o de no mentir.

Cuando se asienta el principio de que toda persona es
digna de respeto en su autonomía se está diciendo
que ese es un imperativo ético para todo hombre en
cualquier circunstancia, no porque lo imponga la autoridad, sino
porque la razón humana lo percibe como evidentemente
válido en sí mismo. Pensar que una persona pueda no
ser considerada digna de respeto parecería que es
contradictorio con el valor libertad que parece tan esencial a la
naturaleza humana.

En conclusión valores éticos: Son las
aspiraciones ideales que el ser humano busca con su conducta en
la historia. Todo sistema de pensamiento moral tiene un valor
ético que podríamos decir supremo, máximo o
último, que hace de regla para juzgar a los demás.
Ej. De valores: la verdad, la vida, la persona, el amor, la
justicia, etc.

De igual forma los principios son afirmaciones
universales que expresan cómo se puede defender al Valor
ético último y hacen de fundamento a las normas.
Ej. Toda persona merece ser respetada.

FINES Y MEDIOS

Fines y medios no son valores independientes, que se
puedan juzgar por separado, porque los fines de alguna manera
proceden de los medios; si no, no se conseguiría
ningún fin: nadie da lo que no tiene. Es absolutamente
imposible que un medio injusto conduzca un fin justo;
sería una tremenda contradicción.

El fin alcanzado por medios injustos pierde su calidad
de fin y no puede ser bueno. «La naturaleza de los fines
está implicada en la naturaleza de los medios -dice J.M.
Ibáñez-Langlois-. En cierto modo los medios
contienen ya el fin; los procedimientos anuncian el resultado.
Predicar, matar, conmover, forzar, orar, no son medios neutros
que sirvan para cualquier fin: cada uno lleva implícito el
resultado». La bala lleva consigo la muerte.

Valores y Hechos

Valoramos y somos valorados. Valoramos las acciones de
los otros, valoramos las personas de nuestro entorno y valoramos
los objetos que nos rodean; simultáneamente, los otros
valoran nuestras acciones y valoran nuestra persona. Los humanos
no sabemos vivir sin valorar; no tenemos una actitud indiferente
y pasiva frente a la realidad, sino que la sentimos bella o fea,
buena o mala, agradable o penosa, como noble o vil.

Atribuimos un valor a una acción cuando afirmamos
que es buena, atribuimos un valor a una persona cuando decimos
que es bella, atribuimos un valor a un objeto cuando afirmamos
que es útil. Pero las cualidades buena, bella y
útil aplicadas a una acción (por ejemplo, ayudar a
un amigo), a una persona (por ejemplo, a la María) o a un
objeto (mis deportivas) no son visibles como lo son las acciones
o las personas, ni se pueden tocar como se pueden tocar los
objetos.

Un valor es, pues, una cualidad, una propiedad o una
característica que, atribuida a acciones, personas u
objetos, justifica una actitud positiva y preferencial hacia
ellos. Una acción, una persona o un objeto forman parte
del mundo de lo que es; son hechos. Cuando hablo de ellos,
estoy haciendo una descripción de una realidad
física.

Es descripción de un hecho o un enunciado
fáctico la expresión: por internet circulan miles
de textos. Los enunciados fácticos son verdaderos o falsos
en función de su correspondencia o no con los hechos.
Pero, ¿qué pasa si afirmo: internet es una red
fantástica? Ahora ya no hablo de hechos, sino de valores:
he ido más allá de los hechos: a la red le atribuyo
una cualidad positiva y muestro mi actitud favorable, mi estima o
mi apreciación.

Es una valoración de la cual no se puede decir
que sea verdadera o falsa. Descripciones y valoraciones son dos
maneras de hablar de la realidad: en nuestras descripciones
enunciamos juicios de hechos, en nuestras valoraciones, juicios
de valores.

La distinción entre hecho y valor ha sido muy
esclarecedora en los debates éticos. Nos muestra los dos
mundos en los cuales nos movemos los humanos, el mundo de lo que
es y el mundo de lo que debería ser. Lo que debería
ser es aquello deseable y bueno que consideremos un
valor.

Cuando tenemos dudas sobre si lo que tratemos es un
hecho o un valor podemos hacernos la siguiente pregunta: el
enunciado, se refiere a tal y como son las cosas o a tal y como
deberían ser? obviamente, si se refiere a tal y como
deberían que ser las cosas, entonces estamos hablando de
valores. Así, pues, las cualidades valorativas van
más allá de los hechos, muestran una especie de
plus, una apertura a un mundo superior.

Valores Morales

Los valores sirven para orientar la acción
humana. Dado que existen tipos de acciones, existen diferentes
tipos de valores.

a) Acciones de carácter
técnico-práctico: son las que se refieren a los
problemas de subsistencia y mejoramiento de la vida material. Por
ejemplo, la fabricación de productos para nuestro
bienestar.

b) Acciones de carácter estético: son las
referidas al ámbito de la belleza, de lo que es agradable.
Por ejemplo, escuchar música o pintar un
cuadro.

c) Acciones de carácter moral: referentes al
"deber ser" en nuestra relación con los otros.

Por ejemplo, no engañar a alguien aunque hacerlo
me beneficiara. Lo que tienen más propio los valores
éticos (o, si queremos, los valores morales) es el
imperativo de acción que conllevan, es decir, son unos
valores que se nos imponen como pautas de nuestra acción.
Los valores éticos, pueden no coincidir con nuestros
deseos, pero sentimos que debemos intentar realizarlos, si no
queremos perder categoría como personas que
somos.

Nadie está obligado a ser una persona bella,
ágil o simpática, pero toda persona está
moralmente obligada a ser justa. Los valores éticos, a
diferencia de los que no lo son, dependen de la libertad humana:
una persona puede no ser justa, negando la exigencia universal de
justicia. Y porque dependen de la libertad, los valores
éticos sólo pueden atribuirse a las personas, no a
las cosas: un paisaje puede ser bello pero no justo, unos zapatos
deportivos pueden ser cómodos pero no buenas en sentido
moral.

VALORES LOGICOS

Son aquellos que están obligados al modo y forma
del pensamiento humano y del conocimiento científico. De
que cada acontecimiento o hecho sea evidente y tenga la forma
natural.

Esto quiere decir que el hombre por lógica tiene
valores como por ejemplo: el amor, la bondad, el respeto, a veces
juzgamos a las personas por que no tienen amor para con el
prójimo pero si sienten amor al trabajo o al dinero por
decir algo. Porque hay variedades de amor, o también hay
quienes tienen amor por el prójimo y no tienen amor para
el trabajo.

VALORES ESTETICOS

Los valores estéticos y escénicos no son
una simple cuestión de gusto personal. Es posible
también establecer normas y asesorar sobre cómo los
árboles y los bosques pueden enriquecer los valores
estéticos y escénicos.

Los valores estéticos aluden a los
patrones que permiten describir un objeto como belleza o carente
de belleza.Por ej.: una noción general, acerca de la
belleza de la mujer, que depende de que sea joven y
extremadamente delgada.*Los VALORES ESTETICOS pueden cambiar. Los
valores ETICO NO, ya que lo que cambia es el pensamiento de la
persona.

Valores y elección

Los valores son proyectos ideales de comportarse y de
existir que el ser humano aprecia, desea y busca. Son opciones
personales que se adquieren desde las posibilidades activas de la
voluntad.

Los valores son características de la
acción humana que mueven la conducta, orientan la vida y
marcan la personalidad. A diferencia de los animales, cuya
conducta viene determinada por los instintos, los seres humanos
pueden y tienen que elegir entre distintas
posibilidades.

No obstante, la elección no se hace nunca en el
vacío; se hace de acuerdo con valores que representan las
preferencias humanas y sirven así para orientar la
acción. Todos los valores comportan un deber ser: es
deseable ser alegre, ser enérgico, ser útil. Pero
los valores éticos, además de éste deber ser
implican un deber hacer, son una prescripción o norma que
tenemos que cumplir.

"La vida humana es constitutivamente moral, no
sólo porque nuestra vida está por hacer, no se nos
da determinada, sino también porque el proyecto de vida
individual y colectivo, se configura necesariamente en torno a
unos ideales, a unos valores, que finalmente, o son éticos
o están contra la ética. Podemos equivocarnos en
nuestros juicios, actuar de buena o mala fe, pero lo que hagamos
o nos propongamos, lo que decidamos, cuando realmente es
importante y no trivial, será justo o injusto, leal o
desleal, humano o inhumano. Los criterios que la historia ha ido
forjando como principios del juicio ético son aún
bastante inciertos y se prestan a más de una
interpretación o aplicación, pero sería
falso decir que carecemos en absoluto de unos puntos de
referencia para valorar lo que hacemos o lo que
queremos.

Valores y cambios
según la época histórica

1. Los valores de la modernidad.

Durante la Revolución Francesa se proclamaron
unos ideales o valores universales. La igualdad, la libertad y la
fraternidad ya no eran derechos restringidos a un sector
poblacional o a una parte de la humanidad, sino derechos
universales. Esta proclamación fue uno de los frutos del
prometedor movimiento, encabezado por los filósofos
modernos e ilustrados, que se conoce con el nombre de
modernidad.

La modernidad daba fundamento a los ideales
revolucionarios de igualdad, libertad y fraternidad; afirmaba la
primacía del individuo, de la democracia, del progreso;
enaltecía la razón humana como capaz de resolver
todos los problemas y todos los obstáculos.

Los hombres modernos consideraban que sus ideales eran
universalmente realizables, Pero el proyecto de la modernidad,
diseñado fundamentalmente en los siglos XVII y XVIII,
emprendió un equívoco camino a lo largo del siglo
XIX y parte del XX. EL hombre moderno, transformado en
colonizador, legitimó su expansión en cualquier
parte del planeta argumentando que sus valores, valores
universales, se habían de imponer como tales, que la
civilización occidental, la civilización,
tenía que dominar y devenir realmente universal. Los
valores, las instituciones y la cultura de Occidente se
exportaron por todas partes; esta era, precisamente, una tarea a
la cual el hombre blanco no podía renunciar: era su
misión histórica.

Simultáneamente, otros hombres modernos
denunciaban estos afanes de sus coetáneos. Sospechaban que
detrás de los grandes ideales había intereses
económicos y tendencias depredadoras.

2. Siglo XX: un mundo de
civilizaciones

Tras la Primera Guerra Mundial, Europa y EE.UU.
gobernaban, en forma de territorios coloniales o con control
indirecto, casi la mitad del planeta: la civilización
occidental se imponía. Terminada la Segunda Guerra
Mundial, el mapa se transformó notablemente. En las
primeras décadas se implantó la política de
bloques, el bloque occidental encabezado por EE.UU. y el bloque
comunista encabezado por la URSS. En las décadas
posteriores, las de la guerra fría, el planeta
incorporó un tercer bloque, el de los estados no
alineados.

Esta panorámica se descompuso en los lustros
finales del siglo XX. En pleno siglo XX, los pueblos no
occidentales anhelaban el bienestar, la tecnología y la
cohesión política de las sociedades occidentales;
diseñaban su crecimiento imitando los valores y las
instituciones. En las dos décadas finales del siglo XX se
ha invertido la situación: los pueblos no occidentales
retornan a sus orígenes, ya no pueden esperar que
Occidente los otorgue poder y riqueza. Se rechaza una cultura
occidental que, en teoría, tiene como punto de referencia
una ética universal y incondicional, mientras que, en la
práctica, se comporta siguiendo una ética ajustada
a los propios intereses. Muchos pueblos están encontrando
y defendiendo su identidad.

No sólo el resurgimiento islámico es un
testimonio de la emergencia de un mundo pluri-civilizacional,
sino también la afirmación asiática y las
diferencias dentro de occidente: Latinoamérica, Europa y
EEUU. Tanto en China, sede de la milenaria civilización
confuciana, como en Japón o en el mismo mundo hindú
se dan procesos de indigenización, es decir, de retorno a
las más propias raíces culturales. Los pueblos
latinoamericanos y los pueblos indígenas están
reivindicando sus identidades y sus valores.

El resurgir islámico actual se presenta como un
rechazo a la corrupción y falta de valores de Occidente,
aspira a una religión pura, auténtica y exigente,
predica el trabajo, el orden y el dominio de sí mismo. Es
una reforma, un despertar que quiere ser global, una
reislamización de toda la sociedad.

Las civilizaciones asiáticas, con más
poder y capacidad económica que el mundo islámico,
han experimentado un ritmo creciente de modernización
asociado a un ritmo decreciente de occidentalización. El
crecimiento y éxito económico asiático ha
estimulado la confianza y seguridad en la cultura
autóctona, una cultura que tiene como valores el orden, la
disciplina, el trabajo, el predominio de la colectividad, la
moderación, la frugalidad, el ahorro.

3. Actitud posmoderna

El reconocimiento de que nuestro planeta es un mundo
pluri-civilizacional, los estudios de diferentes
antropólogos sobre los valores propios de otros culturas,
los abusos de los occidentales en el dominio de otros pueblos, el
hundimiento del optimismo respeto al progreso humano, etc. han
llevado a cuestionarse los ideales de la modernidad,
especialmente, la confianza en las posibilidades de la
razón como herramienta capaz de resolver los conflictos
entre los humanos y de establecer aquello que es
éticamente válido para todos. Así, en las
últimas décadas del siglo XX, ha surgido una nueva
sensibilidad o una nueva actitud, la posmoderna, que tiene como
característica clave asumir el debilitamiento de la
razón frente a los grandes cuestiones: la razón no
puede fundamentar unos valores universales.

Los pensadores llamados "postmodernos" argumentan que
los ideales de la modernidad, en un mundo más y más
plural, no pueden llegar a ser universales; una valoración
ética de ninguna manera se puede imponer por encima de
otra. Se resume las actitudes posmoderna defendiendo, en
dirección opuesta a la de los pensadores modernos, que el
ideal occidental de humanidad se ha mostrado como uno ideal
más entre otros, no necesariamente peores, y que se no
puede pretender establecer la verdadera esencia del hombre. Desde
una cultura determinada, por ejemplo para la Occidental, no hay
manera racional de fundamentar unos valores o unos ideales
más que no paso otros.

Esta sensibilidad posmoderna recoge la posición
de muchos antropólogos según la cual las maneras de
vivir y los ideales o valores más diversos de la humanidad
tienen igual validez. Un relativismo cultural que tiende en
remarcar las innegables diferencias debilitando la fuerza de lo
mucho que hay en común.

Valores
Universales

Todas las sociedades tienen unas necesidades
básicas compartidas y un sistema de valores que satisface
estas necesidades. Desde una perspectiva filosófica
podemos argumentar que la razón humana es una capacidad
que los humanos tenemos en común y que hace posible,
utilizando argumentos, ir más allá del punto de
vista particular.

Esta razón compartida nos permite hablar de una
humanidad compartida: entre los humanos no pueden haber
diferencias tan grandes que hagan imposible unas exigencias
mínimas compartidas. Una ética mínima
compartida puede ser asumida, pese a las discrepancias
dogmáticas por todas aquellas culturas que se hallan en
las raíces de las civilizaciones de nuestro
mundo.

Una valiosa propuesta para ir más allá del
propio punto de vista y acercarse a una visión más
universal. Es un imperativo ético formulado en Occidente
pero también vivo en las raíces de otras
civilizaciones; el chino Confucio, en el siglo VI antes de
Cristo, ya decía: Lo que no desees para ti, no lo hagas a
los otros hombres. Esta pauta común es conocida como la
regla de oro de la ética. ¿No podría
constituir esta regla de oro, este principio de que no exige sino
intentar ponerse en el puesto del otro, la primera exigencia
ética mínima? Unida a la regla de oro, una segunda
exigencia: considerar al otro, a todo ser humano, un sujeto con
dignidad y derechos. Un ser que tiene un valor en sí
mismo; que es fin, no un medio o un instrumento en
utilizar.

Leonardo Boff propone una Ética Mundial o
Consenso mínimo entre humanos, que incluye:

" LA RESPONSABILIDAD: Para que
nuestros actos no destruyan los sistemas de vida

" LA SOLIDARIDAD: En
función de la ley de sinergia, no la lucha para
sobrevivir,

no la ley del más fuerte, sí la
tolerancia, el apoyo mutuo.

" EL CUIDADO: No siempre actuar
en función del LOGOS (razón), sino del PATHOS. La
capacidad de sentir, tener simpatía. Relación
amorosa con la realidad.

" LA COMPASIÓN: No como
misericordia, sino en cuanto capacidad de frenar los deseos de
posesión, de renunciar a dominar al otro, respetar su
alteridad, sufrir con el que sufre.

" LA LIBERACIÓN:
Intentando mediar para cambiar la situación de
inequidades. "Pero necesitamos antes que nada una utopía:
mantener la humanidad reunida en la misma casa común
contra aquellos que quieren bifurcarla haciendo de los diferentes
desiguales, y de los desiguales desemejantes."

JUSTICIA

Es la concepción que cada época y
civilización tiene acerca del bien común. Es un
valor determinado por la sociedad. Nació de la necesidad
de mantener la armonía entre sus integrantes. Es el
conjunto de reglas y normas que establecen un marco adecuado para
las relaciones entre personas e instituciones, autorizando,
prohibiendo y permitiendo acciones específicas en la
interacción de individuos e instituciones.

La justicia como único fin, es preciso cuidar y
atender a otro valor vecino de la justicia, el valor que consiste
en mostrarse unido a otras personas o grupos, compartiendo sus
intereses y sus necesidades, en sentirse solidario del dolor y
sufrimiento ajenos. La solidaridad es, pues, una virtud, que debe
ser entendida como condición de la justicia, y como
aquella medida que, a su vez, viene a compensar las
insuficiencias de esa

IGUALDAD

Es la que establece que todos los hombres y mujeres son
iguales ante la ley, sin que existan privilegios ni prerrogativas
de sangre o títulos nobiliarios. Es un principio esencial
de la democracia. El principio de igualdad ante la ley es
incompatible con sistemas legales de dominación como la
esclavitud, la servidumbre o el colonialismo.

SOLIDARIDAD

La solidaridad es una de los valores humanos por
excelencia, del que se espera cuando un otro significativo
requiere de nuestros buenos sentimientos para salir adelante. En
estos términos, la solidaridad se define como la
colaboración mutua en la personas, como aquel sentimiento
que mantiene a las personas unidas en todo momento, sobre todo
cuando se viven experiencias difíciles de las que no
resulta fácil salir.

LIBERTAD

La libertad es un concepto que hace referencia a muchos
aspectos de la vida humana. Comúnmente se le define
como aquella facultad natural que posee el ser humano de
poder obrar según su propia voluntad. También es
posible comprender la libertad como aquel estado en el que el
hombre no está siendo esclavizado ni preso por otro. Se
trata de un concepto que hace alusión a aquellos aspectos
relacionados con la independencia, con la licencia para realizar
aquello que se estime adecuada.

La Igualdad, la Libertad y la Solidaridad son valores
que la humanidad ha venido buscando y promoviendo para la
organización de su convivencia. El concepto de libertad
evolucionó desde una teoría de la libertad
entendida como no impedimento a una teoría de la libertad
entendida como autonomía.

Entonces se comenzó a entender por "libertad" no
ya solamente el no ser impedido por normas externas, sino el
darse normas a sí mismo, el obedecer a leyes promulgadas
por nosotros y para nosotros mismos. Rousseau decía, en
este sentido, que la libertad es "la obediencia a la ley que
está prescrita por nosotros".

La igualdad entre los seres humanos es una vieja
aspiración de los mismos. Es evidente que entre los seres
humanos existen diferencias, lo cual lejos de ser un problema,
puede considerarse como algo enriquecedor. El problema surge
cuando, a partir de estas diferencias, se intenta legitimar un
trato desigual, algún tipo de
discriminación.

Los derechos humanos

Los Derechos Humanos son el conjunto de prerrogativas
inherentes a la naturaleza de la persona, cuya realización
efectiva resulta indispensable para el desarrollo integral del
individuo que vive en una sociedad jurídicamente
organizada.

Los Derechos Humanos son:

• Son universales porque pertenecen a todas
las personas, sin importar su sexo, edad, posición social,
partido político, creencia religiosa, origen familiar o
condición económica.

• Son incondicionales porque
únicamente están supeditados a los lineamientos y
procedimientos que determinan los límites de los propios
derechos, es decir, hasta donde comienzan los derechos de los
demás o los justos intereses de la comunidad. Son
inalienables porque no pueden perderse ni transferirse por propia
voluntad; son inherentes a la idea de dignidad del
hombre.

Los Valores
Éticos en la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela – 1999

Históricamente, la Constitución de 1999 es
la primera que en Venezuela enuncia valores superiores y fines
constitucionales. El común denominador de estos valores y
fines es la defensa y desarrollo de la persona humana y el
respeto a su dignidad intrínseca, a su indemnidad y a su
autonomía ética.

El pueblo de Venezuela, en ejercicio de sus poderes
creadores e invocando la protección de Dios, el ejemplo
histórico de nuestro Libertador Simón
Bolívar y el heroísmo y sacrificio de nuestros
antepasados aborígenes y de los precursores y forjadores
de una patria libre y soberana;

Con el fin supremo de refundar la República para
establecer una sociedad democrática, participativa y
protagónica, multiétnica y pluricultural en un
Estado de justicia, federal y descentralizado, que consolide los
valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad,
el bien común, la integridad territorial, la convivencia y
el imperio de la ley para esta y las futuras generaciones;
asegure el derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la
educación, a la justicia social y a la igualdad sin
discriminación ni subordinación alguna; promueva la
cooperación pacífica entre las naciones e impulse y
consolide la integración latinoamericana de acuerdo con el
principio de no intervención y autodeterminación de
los pueblos, la garantía universal e indivisible de los
derechos humanos, la democratización de la sociedad
internacional, el desarme nuclear, el equilibrio ecológico
y los bienes jurídicos ambientales como patrimonio
común e irrenunciable de la humanidad; en ejercicio de su
poder originario representado por la Asamblea Nacional
Constituyente mediante el voto libre y en referendo
democrático, decreta la siguiente.

PRINCIPIOS FUNDAMENTALES

Artículo 1. La República Bolivariana de
Venezuela es irrevocablemente libre e independiente y fundamenta
su patrimonio moral y sus valores de libertad, igualdad, justicia
y paz internacional, en la doctrina de Simón
Bolívar, el Libertador.

Son derechos irrenunciables de la Nación la
independencia, la libertad, la soberanía, la inmunidad, la
integridad territorial y la autodeterminación
nacional.

Artículo 2. Venezuela se constituye en un Estado
democrático y social de Derecho y de Justicia, que
propugna como valores superiores de su ordenamiento
jurídico y de su actuación, la vida, la libertad,
la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la
responsabilidad social y en general, la preeminencia de los
derechos humanos, la ética y el pluralismo
político.

Artículo 3. El Estado tiene como fines esenciales
la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su
dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular,
la construcción de una sociedad justa y amante de la paz,
la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la
garantía del cumplimiento de los principios, derechos y
deberes consagrados en esta Constitución.

La educación y el trabajo son los procesos
fundamentales para alcanzar dichos fines.

Artículo 4. La República Bolivariana de
Venezuela es un Estado federal descentralizado en los
términos consagrados en esta Constitución, y se
rige por los principios de integridad territorial,
cooperación, solidaridad, concurrencia y
corresponsabilidad.

Artículo 5. La soberanía reside
intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en
la forma prevista en esta Constitución y en la ley, e
indirectamente, mediante el sufragio, por los órganos que
ejercen el Poder Público. Los órganos del Estado
emanan de la soberanía popular y a ella están
sometidos.

Artículo 6. El gobierno de la República
Bolivariana de Venezuela y de las entidades políticas que
la componen es y será siempre democrático,
participativo, electivo, descentralizado, alternativo,
responsable, pluralista y de mandatos revocables.

Artículo 7. La Constitución es la norma
suprema y el fundamento del ordenamiento

Jurídico. Todas las personas y los órganos
que ejercen el Poder Público están sujetos a esta
Constitución.

Artículo 8. La bandera nacional con los colores
amarillo, azul y rojo; el himno nacional Gloria al bravo pueblo y
el escudo de armas de la República son los símbolos
de la patria.

La ley regulará sus características,
significados y usos.

Artículo 9. El idioma oficial es el castellano.
Los idiomas indígenas también son de uso oficial
para los pueblos indígenas y deben ser respetados en todo
el territorio de la República, por constituir patrimonio
cultural de la Nación y de la humanidad.

Del artículo 1 al 9 está dedicado a los
principios fundamentales y a los valores a la libertad, la
justicia y la igualdad social, a los principios éticos y
morales y la paz mundial.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE
VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA
EDUCACION SUPERIOR

UNIVERSIDAD BOLIVARIANA DE
VENEZUELA

PFG – ESTUDIOS JURIDICO

AMBIENTE UPEL

INTRODUCCION

Para comprender la génesis de los valores y las
normas morales es necesario reconocer que desde el nacimiento el
hombre por lógica nace con los valores unos con mayor
jerarquía que otros

Cuando hablamos de los valores y una ética:
justicia, lealtad, libertad, sabemos de entrada qué
queremos decir con cada uno de ellos y que no es lo mismo hablar
de la justicia que hablar de la elegancia, que son dos valores
pero con un contenido distinto. Y sabemos que nos referimos a
algo atractivo Los valores son, por tanto, cualidades de las
cosas, de las acciones, de las personas, que nos atraen porque
nos ayudan a hacer un mundo habitable.

Podemos tener un mundo habitable construido con los
valores en donde la humanidad ponga en práctica la regla
de oro amaras a tu prójimo como a ti mismo (marcos 12:31)
quiere decir que con el amor el valor más apreciado seria
la génesis para construir un mundo de paz y amor luego lo
demás vendrá por añiduría por que el
amor todo lo puede cuando amamos construimos y no
destruimos.

Dios con su amor creó el hombre a su imagen y
semejanza por eso es que desde la fundación del mundo, la
humanidad pudo elegir entre el bien y el mal, hay
autonomía de elegir quien quieres ser porque nadie
está obligado a ser feo o bonito pero si tenemos
obligación de ser justos

Conclusión

Se alcanzó una formulación general de los
valores más genuinos que deben caracterizar al modelo de
la humanidad que pretendemos formar la que sin dudas debe ser
perfeccionada, a partir de sucesivas etapas del desarrollo del
trabajo. 

Por los cambios tan acelerados que se han experimentado
en las últimas décadas, como consecuencia de los
avances tecnológicos y la promoción del libre
mercado, todo evaluado bajo la perspectiva de competitividad,
eficiencia, eficacia, rentabilidad y economicidad, se han
deteriorado las relaciones humanas, debido a la nueva
jerarquía de valores que se basan más en un
bienestar material individual y se descuida la dignidad de la
persona.

Comprendimos que los valores son un conjunto de
creencias que nos dictan la forma de conducta más aceptada
socialmente. Los valores determinan las normas morales, es decir
que los valores establecen un modelo de conducta aceptable en una
sociedad y para garantizar que este modelo sea observado por los
miembros de esa sociedad se emiten las normas que regulan la
actuación del individuo dentro de la sociedad.

Es importante utilizar la brújula de
la "conciencia emocional", para evaluar si la actividad que vamos
a emprender vale la pena. Como conciencia emocional se entiende
como la capacidad de reconocer el modo en que nuestras emociones
afectan a nuestras acciones y la capacidad de utilizar nuestros
valores como guía en el proceso de toma de
decisiones.

El éxito de las personas en
cualquier actividad depende más de las competencias
emocionales que de las capacidades y sobre todo confianza en si
mismo para alcanzar todas las metas y los
sueños.

Bibliografía

http://www.monografias.com/trabajos15/valores-humanos/valores-humanos.shtml

http://www.monografias.com/trabajos16/etica-actitudes/etica-actitudes.shtml

Guía de Estudios – UBV
ETICA

DICCIONARIO JURIDICO ELEMENTAL Dr.
Guillermo Cabanellas de Torres

 

 

 

Autor:

Zaida Gutierrez

Integrantes:

Zaida Gutierrez

Haidee Pizarro

Hector Vargas

Franco

Facultad de Ciencias Jurídicas y
Políticas. Universidad del Zulia.
Maracaibo-Venezuela

Junio de 2010

Partes: 1, 2
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