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Consulta popular




Enviado por Arturo Clery



Partes: 1, 2

  1. Introducción
  2. La Consulta Popular
  3. Preguntas de la consulta y del referéndum con sus anexos
  4. Enmienda y consulta, a debate nacional
  5. Ejecutivo satisfecho con los cambios para Consulta Popular
  6. La oposición impulsa una Consulta Popular por el 82% móvil para los jubilados
  7. Decreto se emitirá para consulta del 15 de mayo
  8. Característica de la Consulta Popular
  9. Conclusiones y recomendaciones de las preguntas de la Consulta Popular
  10. Bibliografía

Introducción

La información redactada en este trabajo está basada en La Consulta Popular temas de importancia para nosotros los ecuatorianos, ya que mediante esta Consulta tomaremos una de las más importantes decisiones en cuanto a cambios para bienestar de nuestro país.

La consulta no se trata de favorecer al Presidente Correa…se trata de elegir los mejores cambios en beneficio del país…es cuestión de como desean el futuro para nuestros hijos.

Para la cuestión teórica de este tema he consultado a algunas fuentes de la Biblioteca virtual (internet) que están más al día con lo que sucede en nuestro medio

La Consulta Popular

La consulta popular es un mecanismo de participación ciudadana mediante el cual se convoca al pueblo para q decida acerca de algún aspecto de vital importancia. La consulta popular puede ser tanto nacional como departamental, municipal, distrital o local.

En el caso de una consulta de carácter nacional, el Presidente de la República, con el previo aval del Congreso y respaldado por las firmas de todos los Ministros, es el encargado de consultar al pueblo cuando crea que una decisión próxima a ser tomada es de trascendencia nacional; es decir, que afecta a todos los Departamentos del país.

En el caso de las consultas populares a nivel distrital, departamental, municipal o local, la decisión de convocarlas no es tomada por el Presidente sino por los Gobernadores y Alcaldes, según sea el caso, para lo cual no se debe acudir al Congreso para que éste la respalde sino que los Gobernadores o Alcaldes deben cumplir ciertos requisitos que están claramente definidos en el Estatuto general de la organización territorial.

Para que la consulta popular resulte clara, el día de la votación el tarjetón con el cual se hace debe tener simplemente un SÍ y un NO. La votación debe llevarse a cabo en los cuatro meses siguientes a su aprobación por parte del Senado (esto cuando es de carácter nacional); en lo que se refiere a las de carácter distrital, municipal, departamental o local, ésta se ha de hacer antes de que se cumplan dos meses después de haber sido aprobada.

Finalmente, para garantizar que la decisión popular se aplique, las entidades a las cuales les corresponda ejecutar lo que en la consulta se haya decidido tienen tres meses para hacerlo. En caso de que esto no suceda, el Senado está obligado a hacer lo necesario para que dicha decisión popular sea ejecutada. Ahora bien, en el caso remoto de que lo anterior no se cumpla, el Presidente de la República, el Gobernador o Alcalde deberán, en un plazo no mayor a tres meses, ejecutarla por medio de un Decreto de fuerza de Ley (es decir, que se impone a la fuerza).

Qué es la revocatoria del mandato? Derecho legal mediante el cual la población exige el retiro de quien los representa en cierto cargo político

Acción de tutela. Sentencias tutelares indígenas, ejemplo de protección a minorías Texto de Juan Manuel Charry Ureña, publicado en Credencial historia, núm. 148. Tutela Direcciones de internet donde se encuentra información sobre este mecanismo jurídico.

Jueves 17 de febrero del 2011 Política

Preguntas de la consulta y del referéndum con sus anexos

ASÍ QUEDARON REDACTADAS LAS PREGUNTAS DEL REFERÉNDUM
Y SUS ANEXOS

1. ¿Está usted de acuerdo en enmendar
el numeral 9 del artículo 77 de la Constitución de la República
incorporando un inciso que impida la caducidad de la prisión preventiva
cuando esta ha sido provocada por la persona procesada y que permita sancionar
las trabas irrazonables en la administración de justicia por parte de
juezas, jueces, fiscales, peritos o servidores de órganos auxiliares
de la Función Judicial, como establece el anexo 1?

ANEXO 1

Incorpórese a continuación del primer inciso
al numeral 9 del artículo 77 uno que dirá:
"La orden
de prisión preventiva se mantendrá vigente si por cualquier medio
la persona procesada ha evadido, retardado, evitado o impedido su juzgamiento
mediante actos orientados a provocar su caducidad. Si la dilación ocurriera
durante el proceso o produjera la caducidad, sea esta por acciones u omisiones
de juezas, jueces, fiscales, defensor público, peritos o servidores de
órganos auxiliares, se considerará que estos han incurrido en
falta gravísima y deberán ser sancionados de conformidad de la
ley".

2. ¿Está usted de acuerdo con que las
medidas sustitutivas a la privación de libertad se apliquen bajo las
condiciones y requisitos establecidos en la Ley, de acuerdo al anexo 2?

ANEXO 2

El artículo 77 numeral 1 dirá:"La
privación de la libertad no será la regla general y se aplicará
para garantizar la comparecida del imputado o acusado al proceso, el derecho
de la víctima del delito a una justicia pronta, oportuna y sin dilaciones,
y para asegurar el cumplimiento de la pena; procederá por orden escrita
de jueza o juez competente, en los casos, por el tiempo y con las formalidades
establecidas en la ley. Se exceptúan los delitos flagrantes, en cuyo
caso no podrá mantenerse a la persona detenida sin fórmula de
juicio por más de 24 horas. Las medidas no privativas de libertad se
aplicarán de conformidad con los casos, plazos, condiciones y requisitos
establecidos en la ley".El artículo 77 numeral 2 dirá:
"La jueza o juez aplicará las medidas cautelares alternativas  a
la privación de libertad contempladas en la ley. Las sanciones alternativas
se aplicarán de acuerdo con los casos, plazos, condiciones y requisitos
establecidos en la Ley"

3. ¿Está usted de acuerdo con prohibir
que las instituciones del sistema financiero privado así como las empresas
de comunicación privadas de carácter nacional, sus directores
y principales accionistas, sea dueños o tengan participación accionaria
fuera del ámbito financiero o comunicacional, respectivamente, enmendando
la Constitución como lo establece el anexo 3?

ANEXO 3

El primer inciso del artículo 312 de la Constitución
dirá:
"Las instituciones del sistema financiero privado, así
como las empresas privadas de comunicación de carácter nacional,
sus directores y principales accionistas, no podrán ser titulares, directa
o indirectamente, de acciones o participaciones, en empresas ajenas a la actividad
financiera o comunicacional, según el caso. Los respectivos organismos
de control serán los encargados de regular esta disposición de
conformidad con el marco constitucional y normativo vigente".En el primer
inciso de la disposición transitoria vigésimo novena dirá:
"Las acciones y participaciones que posean las instituciones del sistema
financiero privado, así como las empresas privadas de comunicación
de carácter nacional, sus directores y principales accionistas, en empresas
distintas al sector en que participan, se enajenarán en el plazo de un
año contado a partir de la aprobación de esta reforma en referéndum".

4. ¿Está usted de acuerdo en sustituir
al actual pleno de la Judicatura por un Consejo de la Judicatura de Transición,
conformado por tres miembros elegidos, uno por la Función Ejecutiva,
otro por el Poder Legislativo y otro por la Función de Transparencia
y Control Social, para que en el plazo improrrogable de 18 meses, ejerza las
competencias del Consejo de la Judicatura y reestructure la Función Judicial,
como lo establece el anexo 4?

ANEXO 4

El artículo 20 del Régimen de Transición
dirá:
"Se disuelve el actual pleno del Consejo de la Judicatura.
En su reemplazo se crea un Consejo de la Judicatura de Transición, conformado
por tres delegados designados y sus respectivos alternos: uno por el Presidente
de la República, otro por el Poder Legislativo y otro por la Función
de Transparencia y Control Social; todos los delegados y sus alternos estarán
sometidos a juicio político. Este Consejo de la Judicatura transitorio
tendrá todas las facultades establecidas en la Constitución, así
como las dispuestas en el Código Orgánico de la Función
Judicial, y ejercerán sus funciones por un período improrrogable
de 18 meses.El Consejo de la Judicatura definitivo se conformará mediante
el procedimiento establecido en la Constitución enmendada. El Consejo
de Participación Ciudadana y Control Social asegurará que los
miembros del nuevo Consejo de la Judicatura estén designados antes de
concluidos los 18 meses de funciones del Consejo de la Judicatura de transición.
Queda sin efecto el concurso de méritos y oposición que lleva
a cabo el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social para la
designación de los nuevos vocales del Consejo de la Judicatura.Suprímase
la disposición transitoria primera del Código Orgánico
de la Función Judicial".

5. ¿Está usted de acuerdo en modificar
la composición del Consejo de la Judicatura, enmendando la Constitución
y reformando el Código Orgánico de la Función Judicial
como establece el anexo 5?

ANEXO 5

Enmiéndese la Constitución de la República
del Ecuador de la siguiente manera:
"Art. 179.- El Consejo de la Judicatura
se integrará por 5 delegados, y sus respectivos suplentes, quienes serán
elegidos mediante ternas enviadas por el Presidente de la Corte Nacional de
Justicia, quien lo presidirá; por el Fiscal General del Estado; por el
Defensor Público; por la Función Ejecutiva; y por la Asamblea
Nacional.Los delegados mencionados en el inciso anterior, serán elegidos
por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, a través
de un proceso público de escrutinio con veeduría y posibilidad
de impugnación ciudadana.El procedimiento, plazos y demás elementos
del proceso serán determinados por el Consejo de Participación
Ciudadana y Control Social.Los miembros del Consejo de la Judicatura, tanto
titulares como suplentes, durarán en el ejercicio de sus funciones 6
años.El Consejo de la Judicatura rendirá su informe anual ante
la Asamblea Nacional, que podrá fiscalizar y juzgar a sus miembros

PREGUNTAS DE LA CONSULTA POPULAR

Así quedaron redactadas las preguntas de la Consulta
Popular

1.¿Está usted de acuerdo que la Asamblea
Nacional, sin dilaciones dentro del plazo establecido en la Ley Orgánica
de la Función Legislativa, a partir de la publicación de los resultados
del plebiscito, tipifique en el Código Penal, como un delito autónomo,
el enriquecimiento privado no justificado?

2.¿Está usted de acuerdo que en el país
se prohíban los negocios dedicados a juegos de azar, tales como casinos
y salas de juego?

3.¿Está usted de acuerdo que en el cantón
de su domicilio se prohíba los espectáculos que tengan como finalidad
dar muerte al animal?

4.¿Está usted de acuerdo con que la Asamblea
Nacional, sin dilaciones dentro del plazo establecido en la Ley Orgánica
de la Función Legislativa, expida una Ley de Comunicación que
cree un Consejo de Regulación que regule la difusión de contenidos
de la televisión, radio y publicaciones de prensa escrita que contengan
mensajes de violencia, explícitamente sexuales o discriminatorios; y
que establezca criterios de responsabilidad ulterior de los comunicadores o
medios emisores?

5. ¿Está usted de acuerdo con que la
Asamblea Nacional, sin dilaciones dentro del plazo establecido en la Ley Orgánica
de la Función Legislativa, a partir de la publicación de los resultados
del plebiscito, tipifique como infracción penal la no afiliación
al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social de los trabajadores en relación
de dependencia?

Jueves 17 de febrero del 2011 Política

Enmienda y consulta, a debate nacional

Monografias.com

Preguntas del Referéndum y detalle de los anexos

QUITO. Nina Pacari Vega, cuyo informe no fue considerado por el pleno de la CC, dijo que la decisión fue "política".

Relacionada

  • 17 FEB 2011 Preguntas de la Consulta y del Referéndum con sus anexos

Lea en noticias relacionadas las preguntas del Referéndum con sus anexosEn base a los informes de los jueces Patricio Herrera y Roberto Bhrunis, la Corte Constitucional (CC) dio luz verde, la noche del pasado martes, al referéndum y a la consulta popular planteados por el presidente Rafael Correa.El pleno del organismo desechó el análisis efectuado por la magistrada Nina Pacari Vega, que cuestionaba la constitucionalidad de 4 de las 5 preguntas del referéndum.Tras seis horas de debate, la CC hizo modificaciones tanto de forma como de fondo en la redacción de las preguntas 1, 2, 4 y 5 del referéndum (con sus respectivos anexos); y las 1, 3, 4 y 5 de la consulta.Así, por ejemplo, se eliminaron las frases introductorias que, a criterio de juristas consultados, hubiesen inducido a la ciudadanía a votar a favor de una determinada opción.La propuesta del Ejecutivo fue aprobada con seis de nueve votos posibles. Al cabo de la sesión, el presidente de la CC, Patricio Pazmiño, señaló que el organismo no se allanó "de ninguna manera" al pedido del Ejecutivo o de otra función del Estado. Aunque la jueza Vega dijo que la decisión del pleno había sido "más política que jurídica y constitucional".Este Diario presenta un análisis del contenido de las preguntas y sus respectivos anexos, citando las opiniones de constitucionalistas, asambleístas y sectores afectados por las posibles reformas.

Ejecutivo satisfecho con los cambios para Consulta Popular

Monografias.com

QUITO

QUITO. Hasta el cierre de esta edición la Presidencia de la República esperaba los textos definitivos del referéndum y de la consulta popular aprobados por los vocales de la Corte Constitucional.El oficialismo y la oposición se preparan para campaña

El Gobierno acatará la resolución completa de
la Corte Constitucional (CC) sobre la aprobación de las diez preguntas
de enmienda constitucional y consulta popular.Ayer, el presidente Rafael Correa
aplaudió la aprobación de este proyecto y la calificó como
"un triunfo de la democracia luego de que se han liderado artimañas
para boicotear la consulta".Correa señaló que la "Corte
(Constitucional) nos dio la razón, porque las preguntas eran totalmente
constitucionales y (aunque) en su derecho ha modificado algunas (preguntas)
no ha cambiado la sustancia. Hay cambios de forma, algunos con pequeñitos
cambios de fondo, pero con el mismo objetivo que era tomar medidas para mejorar
la seguridad ciudadana. Este no es un triunfo del Gobierno, sino del pueblo",
enfatizó.En esa línea se pronunció el secretario jurídico
de la Presidencia, Alexis Mera, pero expresó que la pregunta uno que
prevé establecer nuevos plazos para la caducidad de la prisión
preventiva, fue cambiada, por lo que "no estamos tan de acuerdo con eso,
porque se han mantenido los plazos en la caducidad (de prisión preventiva);
pero lo vamos a aceptar".Y agregó que se "hará el decreto
de acuerdo a las disposiciones de la Corte y, si ha quitado las frases iniciales
(a cada pregunta) vamos a respetarlo y no las vamos a incluir en la consulta".

Correa dijo que si la voluntad popular es por el Sí,
"se abrirán las vías y se estará ayudando a la Legislatura
a aprobar" la polémica Ley de Comunicación que se viabiliza
con la pregunta 4 de la consulta popular."Esta es una ley que existe en
todos los países del mundo para regular los excesos de los medios de
comunicación. La comunicación social puede ser un bien social
o una arma mortífera contra la sociedad", dijo.

A su criterio la creación de un Consejo de Regulación
de los medios lo que pretende es evitar que se "destruya la honra de las
personas por informaciones de mala fe, por patrañas, (por lo que) la
sociedad en su expresión institucionalizada, y el Estado tiene que regular
esos potenciales excesos porque es un arma de doble filo".El canciller
Ricardo Patiño se sumó al presidente y acotó que la decisión
de la Corte es "un triunfo del pueblo a favor de la democracia".Según
dijo, con ello se abre el debate de las preguntas y, "los que están
por el No, que digan sus razones (…) y que el pueblo inteligente como es, pueda,
decir Sí o No".

Fecha de consulta

El presidente del Consejo Nacional Electoral (CNE), Omar
Simón, explicó ayer que una vez emitido el decreto que exhorta
a este organismo a organizar la consulta popular, tiene quince días para
convocarla y 60 días para organizar y concluir el proceso electoral.
Se prevé que este comicios se efectúe en mayo próximo,
aunque la fecha definitiva aún se analiza.Esa fecha para Simón
podría generar inconvenientes en el marco de la organización del
proceso. "El día en el que se realizarían los comicios sería
el 1 de mayo, que se conmemora el Día del Trabajo, otras fechas conmemorativas
como la Semana Santa, el día de la Madre… es decir, dependiendo de cuándo
el Ejecutivo emita el respectivo decreto".Las probables fechas de la elección
pueden resultar complicadas porque estarían alterando actividades tradicionales
para los ecuatorianos y todas ellas caen en domingo.El costo de este proceso
aún no es establecido por el CNE ya que todo responderá a la extensión
de las preguntas.Una cifra de referencia es de $ 28 millones, costo que implicó
el último proceso de referéndum.Preparación: De campaña

Gilmar GutiérrezAsambleísta SP"Haremos
una gran movilización en los recintos electorales para evitar que el
Gobierno cometa un fraude".Ángel VilemaAsambleísta
PAIS
"La próxima semana se reunirá la bancada de PAIS
para definir el trabajo para respaldar la consulta".

ECUADOR: COMIENZA DEBATE SOBRE CONSULTA POPULAR DE CORREA

Fuente: XinhuaLegisladores oficialistas y
opositores abrieron un candente debate en la Asamblea Nacional de Ecuador sobre
una consulta popular que impulsa el presidente Rafael Correa, en momentos en
que se espera un dictamen de la Corte Constitucional sobre la legalidad de la
iniciativa.El debate, marcado por posturas a favor y en contra de la consulta,
se dio en una plenaria convocada sólo para analizar el tema.El pasado
17 de enero, Correa entregó a la Corte Constitucional 10 preguntas para
su calificación.Cinco preguntas implican enmiendas a la Constitución
y las otras plantean reformas de ley.Entre las enmiendas polémicas figuran:
la reestructuración del Poder Judicial, la extensión de la prisión
preventiva, y la limitación de los negocios que pueden poseer los bancos
y los medios de comunicación.Se añaden a la consulta el convertir
en delito el enriquecimiento privado injustificado, la prohibición de
los juegos de azar y las corridas de toros y gallos.En las deliberaciones,
la Bancada oficialista del Movimiento Alianza PAIS, mayoría en el Legislativo,
defendió la propuesta de consulta alegando su constitucionalidad."La
democracia se hace con más democracia, no le tengamos miedo a consultar
al pueblo, seamos demócratas", dijo el asambleísta Pedro
de la Cruz a los detractores de la propuesta.

Destacó que para el proyecto político de la
llamada "Revolución Ciudadana" del gobierno "el fin es
el bienestar del pueblo" y es "hacia ese camino al que queremos ir
con un cambio radical", argumentó.Pero la oposición reiteró
sus críticas al contenido de la consulta con el argumento de que viola
la Constitución y vulnera derechos, por lo que pidieron a la Corte Constitucional
que rechace la propuesta."Íntegramente la consulta tiene defectos
de fondo y de forma, por su contenido debe ser repudiada y rechazada por la
Corte", dijo el legislador Enrique Herrería, del opositor Movimiento
Madera de Guerrero.En esa misma línea, el legislador César Montufar,
dijo a Xinhua que de ser aceptada la consulta "se afectaría el carácter
representativo y participativo de la democracia ecuatoriana".Advirtió
que el país iría a un modelo de democracia plebiscitaria. "Si
aceptamos que ésta (la consulta) es la vía para transformar el
Ecuador, estamos creando las condiciones para que una persona, quien ocupe la
Función Ejecutiva, tenga la posibilidad de que en directa relación
con el pueblo a través de referendo o consulta modifique todo el sistema
jurídico del Ecuador", afirmó Montúfar. 

MOSTRAMOS LAS PREGUNTAS QUE PRESENTÓ EL PRESIDENTE A LA CC PARA LA CONSULTA POPULAR:

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10 preguntas para la consulta popular en Ecuador 2011

Preguntas para la enmienda constitucional (referendo)

1. Con la finalidad de mejorar la seguridad ciudadana, ¿está usted de acuerdo en que la correspondiente ley cambie los plazos razonables para la caducidad de la prisión preventiva, enmendando la Constitución de la República como lo establece el Anexo 1?

2. Con la finalidad de evitar la impunidad y garantizar la comparecencia a los juicios penales de las personas procesadas, ¿está usted de acuerdo que las medidas sustitutivas a la prisión preventiva se apliquen únicamente para los delitos menos graves, enmendando la Constitución de la República como lo establece el Anexo 2?

3. Con la finalidad de evitar conflicto de intereses, ¿está usted de acuerdo con prohibir que las instituciones del sistema financiero privado, así como las empresas de comunicación privadas de carácter nacional, sus directores y principales accionistas, sean dueños o tengan participación accionaria fuera del ámbito financiero o comunicacional, respectivamente, enmendando la Constitución como lo establece el Anexo 3?

4. Con la finalidad de superar la crisis de la Función Judicial, ¿está usted de acuerdo en sustituir el Pleno del Consejo de la Judicatura por una Comisión Técnica compuesta por tres delegados designados, uno por el Presidente de la República, uno por la Asamblea Nacional y uno por la Función de Transparencia y Control Social, para que durante un período de 18 meses asuma todas y cada una de las funciones del Consejo de la Judicatura y pueda reestructurar el sistema judicial, enmendando la Constitución como lo establece el Anexo 4?

5. Con la finalidad de tener una más eficiente administración del sistema de justicia, ¿está usted de acuerdo en modificar la composición del Consejo de la Judicatura, enmendando la Constitución y reformando el Código Orgánico de la Función Judicial como lo establece el Anexo 5?

Preguntas de temas generales (consulta popular 2011 )

1. Con la finalidad de combatir la corrupción, ¿Está usted de acuerdo que sea delito el enriquecimiento privado no justificado?

2. Con la finalidad de evitar que los juegos de azar con fines de lucro se conviertan en un problema social, especialmente en los segmentos más vulnerables de la población, ¿Está usted de acuerdo en prohibir en su respectiva jurisdicción cantonal los negocios dedicados a juegos de azar, tales como casinos y salas de juego?

3. Con la finalidad de evitar la muerte de un animal por simple diversión, ¿Está usted de acuerdo en prohibir, en su respectiva jurisdicción cantonal, los espectáculos públicos donde se mate animales?

4. Con la finalidad de evitar los excesos en los medios de comunicación, ¿Está usted de acuerdo que se dicte una ley de comunicación que cree un Consejo de Regulación que norme la difusión de contenidos en la televisión, radio y publicaciones de prensa escrita, que contengan mensajes de violencia, explícitamente sexuales o discriminatorios; y que establezca los criterios de responsabilidad ulterior de los comunicadores o los medios emisores?

5. Con la finalidad de evitar la explotación laboral, ¿Está usted de acuerdo que la no afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social de trabajadores en relación de dependencia sea considerada delito?

CORTE CONTITUCIONAL APRUEBA PREGUNTAS PARA REFERENDUM EN EL ECUADOR

Quito, 16 feb (PL) El Pleno de la Corte Constitucional ecuatoriana rechazó anoche el informe presentado por la jueza Nina Pacari sobre las cinco preguntas de enmiendas constitucionales propuestas por el Ejecutivo, y las aprobó con modificaciones."Las enmiendas a la Constitución tienen luz verde y el Presidente de la República deberá tomar la decisión final para la convocatoria a consulta popular", enfatizó el presidente de la Corte, Patricio Pazmiño, ante la decisión ahora del Ejecutivo sobre si acepta la reformulación de las preguntas.En un debate de cerca de cinco horas, los jueces acogieron un informe alternativo planteado por el vocal Patricio Herrera, quien señaló que todas las preguntas son constitucionales y por tanto puede ir la consulta popular.Pazmiño informó a periodistas que la primera, segunda y cuarta preguntas fueron "completamente reformuladas", para adecuar "ciertos elementos que le permitan tener constitucionalidad".En el informe sometido a debate algunas preguntas no fueron calificadas de constitucionales, la Corte estableció una adecuación del espíritu de esas preguntas que envió el Ejecutivo y se reformularon íntegramente las preguntas uno y dos."Nosotros no podemos obligar al Presidente a que llame o no a la consulta, sólo hacemos adecuaciones constitucionales", puntualizó Pazmiño tras aclarar que la Corte Constitucional "no está sometida a disposición de ninguno de los poderes del Estado".Con esta sentencia, a juicio de Pazmiño, "la Corte demuestra que ha sabido cumplir con su trabajo pese a la campaña agresiva para evitarlo", aún cuando todavía no ha hecho público el contenido de las modificaciones.Las cinco preguntas que implican modificaciones a algunos artículos de la Constitución de Montecristi, aprobada el 2008, están referidas, en ese mismo orden, a los plazos de caducidad de la prisión preventiva, y las medidas sustitutivas a la prisión preventiva.Le siguen, que los propietarios de instituciones financieras no posean medios de comunicación o viceversa, sustituir al Consejo de la Judicatura por una comisión técnica por 18 meses, y modificar la composición del Consejo de la Judicatura.Sobre las otras cinco preguntas de consulta popular, el informe del juez al Pleno de la Corte avala que no implican modificaciones constitucionales por lo cual no objetó su realización.

La oposición impulsa una Consulta Popular por el 82% móvil para los jubilados

Lo anunciaron el socialismo, la UCR, el GEN y la Coalición Cívica, y dijeron a Perfil.com que los aumentos de CFK "no son suficientes". Cuándo se votaría.
09.02.2011 | 19:22

Monografias.com

La oposición quiere que el 82% móvil llegue a una consulta popular.


Antes de que comiencen las sesiones ordinarias en el Congreso, la oposición
adelantó que impulsará un proyecto de ley de consulta popular para
establecer un piso para las jubilaciones mínimas
del 82 por ciento
del salario mínimo vital y móvil, lo que vetó en 2010 la
presidenta Cristina Fernández de Kirchner.

De la conferencia participaron los principales referentes
opositores de Senado y de la Cámara de Diputados del socialismo, la UCR,
el GEN y de la Coalición Cívica. Gerardo Morales, Ricardo Gil
Lavedra, Laura Monteros, Eugenio Artazar, Margarita Stolbizer, Lisandro Viale,
María Eugenia Estenssoro, Mario Cimadevilla y Adriana Bortolozzi, entre
otros, dieron a conocer la noticia.Estenssoro habló con Perfil.com
y explicó el porqué de la iniciativa: "Hay un reclamo
de todos para insistir en este 82% móvil". Además consideró
que "no podemos tener una Anses rica que presta dinero a bancos y no a
los jubilados". En caso de lograrse este aumento, la mínima llegaría
a 1.500 pesos, 300 más que el actual que está en 1.272 pesos tras
el último aumento dado por Cristina.

"El aumento no es suficiente. Los proyectos tienen legitimidad", señaló Estenssoro quien estimó que pasará "lo mismo que la Ley de Glaciares que el Congreso frenó el veto presidencial".La consulta popular no puede ser vetada, este es un aspecto clave para la oposición. La idea de los legisladores es que la votación se realice durante las internas abiertas, sino durante las elecciones nacionales.El senador por el socialismo, Rubén Giustiniani dijo que "el tema de los jubilados es un tema de la ciudadanía y esta es la mejor forma de expresarlo". Por su parte, el presidente de la bancada radical de Diputados, Ricardo Gil Lavedra, dijo que "vamos, en este nuevo periodo legislativo, a convocar a todas las fuerzas de la oposición, incluso al PRO y al Proyecto Sur, para convertir en ley la Consulta Popular y tomar así la expresión del pueblo".

Vale la pena analizar si el hecho de anteponer a las preguntas -de cada política pública puesta en cuestión- un justificativo ligado a valores y metas que la Sociedad puede considerar de bien común (mejorar la seguridad ciudadana, evitar la impunidad, evitar conflicto de intereses, superar Crisis Judicial, tener una administración de Justicia más eficiente, evitar un problema social, evitar la explotación laboral, evitar la muerte de un animal por simple diversión, evitar los excesos en los medios de comunicación) no lleva al Gobierno a caer en la realización de preguntas tendenciosas (aquellas que conducen al encuestado a responder de cierta forma)

 Si al plantear un argumento o proposición quien lo hace otorga a una conducta un valor emocional, moral o social, quién contradiga aquel argumento tendrá que enfrentar por defecto (en términos simbólicos) aquel valor emocional que en la proposición subyace.

Viernes 18 de febrero del 2011 Política

Decreto se emitirá para consulta del 15 de mayo

QUITO

Monografias.com

QUITO. Una vez que reciba el decreto ejecutivo con la disposición de organizar el plebiscito, el Consejo Nacional Electoral se tomará 60 días para desarrollar el proceso. CNE analiza una posible sanción sobre spot publicitario

El Consejo Nacional Electoral (CNE) consideró el 15
de mayo como el día más probable para la realización del
referéndum y la consulta popular, pero la fecha exacta para el proceso
depende de la firma del decreto ejecutivo del presidente Rafael Correa para
la convocatoria al proceso.El artículo 106 de la Constitución
establece que el CNE, una vez que conozca la decisión del presidente
de la República, convocará en el plazo de quince días a
referéndum o consulta popular, que deberá efectuarse en los siguientes
sesenta días. Para que los ecuatorianos acudan a las urnas el 15 de mayo
próximo, según el consejero Fausto Camacho, el presidente Rafael
Correa tendría que firmar el decreto ejecutivo después del 28
de febrero. Si lo hace antes, la consulta se realizaría el 1 u 8 de mayo,
que coincide con la celebración del Día del Trabajo y de la Madre,
respectivamente. No obstante el presidente del CNE, Omar Simón, aclaró
que no sería la primera vez que se realice en el país un proceso
electoral el 1 de mayo, pues en 1994 ya se efectuó uno similar. El temor
es que al ser fechas festivas, podría darse un alto porcentaje de ausentismo.
La Corte Constitucional (CC), según informó una fuente de Carondelet,
había remitido minutos antes del mediodía de ayer la notificación
sobre la constitucionalidad de las preguntas que impulsa el Ejecutivo para reducir
la inseguridad, así como otros temas de interés general. Incluso,
dicho decreto está listo, "solo falta que el presidente (Rafael
Correa) lo firme", agregó la fuente.No obstante, el Gobierno está
manejando con cautela los tiempos para evitar que los comicios se realicen en
días festivos, tales como el Día del Trabajo (1 de Mayo) y el
día de la Madre (8 de mayo).

Ayer, el secretario jurídico de la Presidencia, Alexis
Mera, indicó que aún no se emite el decreto porque "está
bien complicado el manejo de las fechas". Es así que la consulta
podrá realizarse el próximo 15 de mayo, "porque si hacemos
el 1 de mayo, hay movilizaciones por el Día del Trabajo, y si hacemos
el 8 de mayo, es el Día de las Madres, entonces estamos evaluando que
se realice el 15 de mayo", dijo el abogado.Según Fausto Camacho,
los resultados del proceso se conocerían extraoficialmente ese mismo
día, por la facilidad del conteo, "pues solo se debe contar el Sí
y el No".Y, para adelantar el proceso, ayer los consejeros resolvieron
solicitar al departamento financiero del CNE un informe preliminar sobre el
presupuesto que demandaría la realización de la consulta. Según
Camacho, el presupuesto referencial es de $ 30 millones, con base en los últimos
procesos electorales. Mientras tanto, el presidente de la Corte Constitucional,
Patricio Pazmiño, señaló que las diez preguntas del plebiscito
son cosa juzgada y de obligatorio cumplimiento, cuyos informes quedarán
en firme el próximo martes, en el caso de que no se presentan recursos
de ampliación y aclaración.Según Pazmiño, estos
textos están en plena vigencia, aunque a partir del próximo martes
terminan los tres días para que se ejecute la resolución. Una
vez que quede en firme el dictamen, agregó, el Ejecutivo podrá
notificar al Consejo Nacional Electoral (CNE) para que proceda a la convocatoria
del proceso electoral.

Textuales: Sobre consulta

Lenin MorenoVICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
"El Gobierno promoverá una reunión en los próximos
días para delinear la campaña por el Sí y enfrentar la
campaña del No".Patricio PazmiñoPRESIDENTE DE CC
"Hemos respetado el espíritu de la propuesta (consulta). Será
el Ejecutivo el que valore si pone a consideración del pueblo".

Característica de la Consulta Popular

¿Qué es la consulta?

    La "Consulta Social por la Abolición de la Deuda Externa", es una propuesta impulsada por las organizaciones sociales que la apoyan y promueven, y también por los/as ciudadanos/as que a título individual trabajan en ella, con el fin de que la ciudadanía pueda expresar su opinión, en un tema tan importante como es la anulación de la deuda externa de los países del empobrecidos.

 ¿Qué pretende?

    La Consulta Social pretende organizar un proceso de votación en paralelo con el proceso de votación a representantes políticos, para que aquellas personas que lo deseen puedan expresar su posición respecto al tema propuesto, se organizará coincidiendo con las próximas elecciones generales, y en los pueblos y ciudades donde el movimiento asociativo se organice para hacerla posible.

    Pretende también ser un instrumento para la reflexión y el debate social sobre la Deuda Externa y su efecto sobre el desarrollo y la pobreza. Reflexión y debate que no se puede presentar de manera aislada, si no en el contexto de la Globalización económica y los efectos que esta provoca en temas como la precarización del empleo, la emigración, la pobreza y la exclusión social, el medio ambiente, la especulación financiera, etc..

    Es también un instrumento para la participación y para la respuesta colectiva. Pretende ahondar en el sentido de la democracia, planteando la falta de espacios para la opinión y para la participación social en la toma de decisiones. Una consulta organizada por la propia ciudadanía es una manera de luchar en contra del alejamiento progresivo que se está produciendo entre poder político y sociedad real.

Objetivos

    Nuestro objetivo principal a largo plazo es abolir la Deuda Externa de los países empobrecidos.

Sensibilizar a la sociedad sobre la realidad de la Deuda Externa.

Informar y formar sobre la Deuda Externa a toda la opinión pública, demostrando la responsabilidad de los países desarrollados y las repercusiones sobre los países empobrecidos. Impulsar alternativas y soluciones a la realidad actual.

Presionar a los partidos políticos y a las instituciones para que tomen posiciones y adquieran compromisos.

Realizar una consulta a la opinión pública para conocer la voluntad de la sociedad civil sobre la Deuda Externa y sus posible soluciones.

Conseguir la implicación de personas, entidades, asociaciones e instituciones en la realización de la consulta.

Realizar la consulta social con la mayor participación posible.

Presión política e institucional.

Democracia participativa.

Profundizar en las auténticas raíces participativas de nuestro sistema democrático.

Fortalecimiento de la capacidad asociativa y reivindicativa de la sociedad civil.

 Las líneas de actuación de la campaña

    Conscientes de la desigualdad entre los países del Norte y del Sur y las injustas relaciones que nos unen con estos pueblos nos lanzamos en esta campaña para conseguir la anulación de la deuda externa de los países empobrecidos. Conscientes de la enormidad de esta tarea la campaña se encauza a través de las siguientes principios generales y líneas de actuación.

    Principios generales:

???????Oposición a cualquier imposición unilateral de los objetivos, condiciones o mecanismos de anulación de la deuda por parte de los países del Norte (Gobiernos, organizaciones económicas o sociales) a los del Sur. De la misma manera oposición a cualquier imposición de los organismos internacionales (F.M.I., B.M…). Por el contrario, la concreción de objetivos, condiciones y mecanismos de anulación han de brotar de un diálogo Norte-Sur a todos los niveles (Gobiernos, sociedad civil, parlamentos, organismos internacionales…) con especial participación de la sociedad civil.

???????Como fruto de este diálogo se establecerá alguna instancia internacional imparcial admitida por todas las partes. Esta instancia contará con ámbito y poder de actuación tanto en auditar y decidir las condiciones y mecanismos de la anulación de la deuda en cada país como en velar y dar seguimiento al cumplimiento de los acuerdos así como proponer sanciones por los incumplimientos.

???????Hemos de actuar con conciencia clara de que las injusticias de las relaciones económicas-especulativas internacionales abarcan mucho más que el problema de la deuda. Por ejemplo, rechazamos tajantemente una Organización Mundial del Comercio (O.M.C), un Fondo Monetario Internacional (F.M.I.) y un Banco Mundial (B.M.) al servicio de los poderosos. Nuestra lucha se sitúa en el marco del derecho al desarrollo humano y sostenible y la vida de los pueblos y en la lucha contra las causas de la pobreza y en contra del neoliberalismo.

    En consonancia con los principios anteriores proponemos las siguientes líneas de actuación:

    1.      No aceptar condiciones de políticas de ajuste estructural o de cualquier política económica impuesta por el Norte sin diálogo y acuerdo previo.

    2.      No aceptar necesariamente una limitación de la cancelación de la deuda a la primera negociación de la misma (años 80) ni a los 41 Países Pobres Altamente Endeudados.

    3.      Reconocimiento de la deuda histórica de los países enriquecidos con los empobrecidos y evaluación en lo posible de la misma.

    4.      Investigación de la deuda contraída por los gobernantes de los países empobrecidos por el flujo de capitales al exterior. Investigación también de las responsabilidades de gobernantes, instituciones y particulares en el enriquecimiento ilegítimo a costa de la deuda tanto en el Norte como en el Sur. Búsqueda de mecanismos de restitución de esta deuda.

    5.      Vinculación de la anulación de la deuda a la realización de proyectos de desarrollo para cubrir necesidades básicas. Estas necesidades serán definidas por los mecanismos de consenso señalados anteriormente.

Partes: 1, 2

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