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Derecho Humano de Acceso al Agua




    Derecho Humano de acceso al aguaMonografias.com

    Derecho Humano de acceso al agua

    ¿Qué es? y su discusión como concepto a nivel multilateral

    Vimos a lo largo de la Maestría en Desarrollo Local y Cooperación Multilateral, que al conceptualizar los Derechos Humanos, en muchas ocasiones se podía entrar a un debate si le eran o no inherentes al hombre, o podíamos hablar de Derechos Humanos hasta que fueran positivizados en ordenamientos legales.[1]

    Más allá de un debate doctrinal a ese respecto, nosotros sostenemos que esos derechos están a favor del hombre, y que los mismos son necesarios para que el ser humano tenga una vida digna tanto en sentido material, como para el desarrollo de todas sus potencialidades. Por lo que será responsabilidad del Estado poner los medios para que los mismos se puedan ejercer. De lo contrario únicamente se caerá en un ilusionismo constitucional y/o internacional.

    En el caso del agua, no nada más se trata de un derecho del que dependan otros como el de la alimentación, los servicios sanitarios o el mantenimiento de ecosistemas completos; el quid del mismo es la vida en sí.

    A nivel de la Organización de las Naciones Unidas se ha discutido si se puede hablar de un Derecho Humano de Acceso al Agua.[2]

    En realidad a nivel multilateral paulatinamente se le ha dado su lugar en una serie de resoluciones y declaraciones internacionales por parte de las Naciones Unidas, como la Resolución de la Asamblea General de 2000 sobre el Derecho al Desarrollo; la Observación General número 15 del 2002 por la que se interpretó el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales para empezar a reconocer el derecho a los recursos hídricos; la resolución del Comité de Derechos Humanos de 2004 sobre residuos tóxicos; la Declaración de mayo de 2005 sobre el Derecho al Agua para todos y para septiembre del año pasado se reconoció plenamente el derecho de acceso al agua por parte de todo ser humano.[3]

    • A) ¿Cómo pasar de la teoría a la práctica?

    Si se habla de desarrollo, se debe retomar el concepto de bienes sociales como el agua, distribución de la misma.

    Por lo que de no tener un adecuado acceso a agua potable, lo único que se genera es que el índice de desarrollo humano sea bajo, porque afecta a factores como la salud, la alimentación y la educación (relación de Derechos Humanos con el concepto de Desarrollo).

    Al plantear el escenario aún hipotético, de que a nivel mundial se formulase un compromiso internacional vinculante sobre el derecho de acceso al agua de cualquier ciudadano de este planeta; sería necesario que los países del sur, poco a poco, construyeran infraestructura y mejoraran su administración pública hídrica para que se observase un efectivo uso del agua a favor de sus comunidades.

    Por lo pronto, se pueden adoptar medidas transitorias para acceder al agua en los países con menor desarrollo; a la vez, que en el sistema multilateral, se evolucione para que la comunidad internacional coopere con recursos económicos y acciones de coordinación para que se tenga un acceso universal al vital líquido, así como permanentemente verificar que los fondos que maneja el Banco Mundial se destinen al desarrollo local.[4]

    Un reto para los juristas mundiales, será establecer en las constituciones locales mecanismos significativos de aplicación del Derecho al Agua;[5] además, a nivel de Derecho Internacional Público, la falta de vinculación de los organismos internacionales, para también evitar los esfuerzos dispersos en dirección al adecuado aprovechamiento del "oro azul".

    Una noticia que a nivel Unión Europea puede influir en otros continentes, es que el Parlamento Europeo adoptó en marzo de 2006 una resolución que reconoce el Derecho al Agua, y para noviembre de ese mismo año, la Gran Bretaña decretó el Derecho Humano de Acceso al Agua (a diferencia de potencias económicas como Estados Unidos de América, Canadá, Australia y China).

    Algunos otros ejemplos por los que se fortalece el reconocimiento por parte de la comunidad internacional del Derecho al Agua,[6] es el de Bolivia, por el que su presidente promueve un convenio sudamericano del acceso al agua, que la aleje de ser una mera mercancía; el caso colombiano trata de consagrar como un derecho fundamental el acceso al agua y lo mismo trata de ocurrir en México a través de la Coalición Mexicana por el Derecho al Agua.

    Sin lugar a dudas, los apotegmas que se deberán seguir en el multilateralismo y en los países para consagrar el Derecho de Acceso al Agua, serán los lineamientos de protección al agua, renovación de las cuencas, equidad, justicia y el derecho de todos los seres vivos a ese recurso natural.

    • B) Ubicación del Derecho al Agua en la asignatura de los Derechos Humanos.

    Dentro de la evolución de la Organización de las Naciones Unidas en su regulación de los Derechos Humanos, se asevera ocupar su marco para asegurar el acceso al agua. Por lo que se debe partir de los Derechos Humanos, para no dispersar instituciones y a manera de que cualquier política pública estatal garantice el acceso al agua para actividades económicas, de higiene y sanitarias.

    Asimismo, cada miembro estatal de la comunidad internacional, debe aclarar a detalle el tipo de legislación y estrategias políticas sobre agua que le son indispensables, para llevar a la práctica los compromisos internacionales enunciados en el parágrafo anterior. Sin descartar la distribución de esas tareas en los diferentes niveles de gobierno y sin dejar de definir las responsabilidades de otro tipo de actores como lo es la iniciativa privada.

    • C) Principales labores de la ONU respecto al agua.[7]

    La ONU intercambia constantemente información con diferentes regiones del mundo, la manera en que desarrolla sus actividades se pueden simplificar en los siguientes incisos:

    • a) Informe sobre el desarrollo de los recursos hídricos en el mundo: Es un informe trienal en el que se recopila el estado de los recursos de agua dulce a nivel mundial, para contar con datos estadísticos precisos de diferentes partes del globo terráqueo.

    Con ello es posible tener la información necesaria por parte de los organismos internacionales de cooperación y los propios gobiernos locales.

    • b) Programa Organización Mundial de la Salud y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia: Con datos censales de cada país se observa el nivel de acceso de agua potable y servicios de saneamiento en diferentes estados.

    Se trata de que sea una herramienta más de medición de uno de los aspectos del desarrollo de un país determinado, en un momento definido.

    Los retos pendientes para la observancia del Derecho de Acceso al Agua

    Una vez que comentamos la evolución internacional del Derecho al Agua y el estudio de algunas concepciones políticas que se tienen del vital líquido en algunos países, se puede mencionar que:

    Lamentablemente los Objetivos de Desarrollo del Milenio en cuestión de acceso al agua, no se verán cumplidos para el 2015, ya que varias personas que viven en zonas rurales o en las periferias de las grandes ciudades de los países en vías de desarrollo, son las que más padecen de la pobreza hídrica (un tercio de la población en el planeta no tiene acceso al agua).

    Sin lugar a dudas, para explicar lo anterior y plantear un marco lógico que nos permita resolver esos problemas, debemos precisar soluciones técnicas ante contextos tan socio-políticos diferentes. Esta pobreza se extiende a actividades de irrigación y agricultura, por lo que amenaza con ser un potencial conflicto en unas cuantas décadas más.[8]

    • A) Objetivos del Milenio en el renglón del agua.

    De acorde a las estadísticas con las que se cuentan actualmente, no se cumplirán los mismos de reducir a la mitad los marginados en materia de aguas; para el año 2015 unos 800 millones de seres humanos carecerán de acceso al "oro azul"; en regiones como el África subsahariana la meta del vital líquido se cumplirá alrededor del 2040.

    • B) Inequidad en el Acceso al Agua.

    Si ponemos como ejemplo que en países como Nicaragua, el acceso a agua potable de la población indígena es del 20%, mientras que para la población no indígena es casi del 80%; vemos que este conflicto del agua es más por inequidad en su acceso, que por una falta del vital líquido (una pésima distribución del "oro azul").

    En el caso keniano, los habitantes que no tiene acceso a una toma regular de agua, pagan 8 veces más, que los que cuentan con esa conexión.

    Por lo que será conveniente para la humanidad entera invertir en redes públicas del agua. Lo anterior, que algunos estudiosos mencionan que sería de una inversión de varios miles de millones de dólares estadounidenses, a la larga pueden ahorrar muchos serios problemas a varios países sobre salud pública (atentatorio contra cualquier desarrollo local).

    Con lo anterior notamos que quienes no tienen acceso al líquido vital, son personas que están excluidas del desarrollo, por lo que se deben atender y cambiar los principios sobre los cuales las sociedades organizan el abastecimiento de servicios e institucionalizar el acceso al agua como un derecho.[9]

    En muchas ocasiones, un mal subsidio en la distribución del agua ha hecho que fracasen administraciones públicas para distribuir correctamente el vital líquido, porque en algunas zonas de gente con ingreso per cápita alto, al contribuir con sus impuestos al erario se les ha dotado de infraestructura de agua adecuada, que posteriormente el mismo Estado les apoya.

    Por lo que la administración del dinero público, se queda sin suficientes fondos para extender las instalaciones de aprovechamiento de agua. Con esa mala administración de recursos se deja al margen a miles de personas de libre acceso al agua potable. Una desigualdad inexplicable en el pago por el servicio público de agua.

    Algunas crisis anunciadas respecto a la provisión de agua

    Los factores que se deben tomar en cuenta para la correcta administración del vital líquido, son la distribución del mismo, el despilfarro, la contaminación de los mantos acuíferos y el crecimiento de la población de los países subdesarrollados.

    Lo más caótico, es que la misma contaminación afecta al ciclo hidrológico, o inclusive seca los ríos en su desembocadura como ha ocurrido con el Río Amarillo, por lo que se alteran otras actividades humanas como el turismo o la pesca.

    Es indispensable que las empresas transnacionales reconozcan que el agua es un elemento indisociable de la dignidad humana, tal como se ha hecho para el caso del Canal de Suez.

    Por consiguiente, es importante tratar el agua desde el punto legal, ecosistémico y participativo para poder encontrar varias soluciones desde diferentes aristas.[10]

    Plan de acción mundial para resolver de fondo la crisis de recursos hídricos a nivel global[11]

    Con lo detallado en estos momentos, es necesario pensar en una reforma del sector del agua.

    En resumen, vemos que el problema del agua no es su escasez, sino una mala gestión de la misma, por lo que se deben repensar sus mecanismos de control y atender criterios de satisfacción social y ambiental.

    En muchas administraciones públicas estatales no se han revisado y actualizado las tarifas por el suministro del vital líquido, no se han elaborado diferentes esquemas de abastecimiento, especialmente en el medio rural y periurbano.

    • A) Principios de una correcta gestión de los recursos hídricos.

    En términos de administración del recurso del agua, vemos que las instituciones encargadas de manejar el "oro azul" deben tener una autonomía financiera (para evitar presiones políticas), transparencia y participación en la formulación de políticas, presencia de un ente regulador independiente y financiación adecuada.

    Sin dejar de tomar en cuenta, que es esencial que el líquido vital sea gestionado por las células de gobierno, como lo serían los ayuntamientos y las administraciones gubernamentales locales.

    Se debe aumentar el gasto público en agua, el cual es muy bajo, y que casi nunca se toca en temas como planeación y política económica.

    • B) Cuatro pilares contra la crisis del agua.[12]

    1. Hacer del agua un Derecho Humano observable:

    Todos los países del mundo deben positivizar en sus constituciones el significado local de este Derecho Humano según la situación concreta específica, pero preverían un mínimo del vital líquido al que toda persona tendría derecho. Con lo anterior se orientarían todas las políticas públicas, de paso, se seguiría con el compromiso de cumplir con los objetivos de desarrollo para el milenio.

    Lo mencionado sería verificado permanentemente por el gobierno, sin descuidar la expansión de las instalaciones que se usan para el agua.

    2. Elaborar estrategias nacionales para el acceso al agua y la debida comunicación para la población de las obras acuíferas de interés público:[13]

    Desafortunadamente en la práctica, muchos estados no cuentan con estrategias a corto, mediano y largo plazo para manejar el vital líquido.

    Los mismos planes de desarrollo nacional deben prever la forma de disminuir las brechas de acceso a los servicios del agua, diferentes sectores y diferentes puntos geográficos (elaboración de indicadores y cuidadoso seguimiento). Con lo anterior se combatirían el hambre y la miseria.

    Asimismo, es necesario que en cualquier obra de desarrollo local en materia hídrica, se le haga partícipe de forma activa a la comunidad a la que se dirige.

    • Aumentar la ayuda internacional:

    Parece increíble que aun cuando se ha hablado de un marco histórico en la cooperación internacional y multilateral, cuando se ven los informes de emisión de recursos para los países que ocupan la ayuda internacional, para el sector del agua es un ínfimo porcentaje.

    Por lo que los países donantes-socios deben dar una ayuda previsible y a largo plazo, para resolver el problema de abastecimiento de agua potable; además de seguir con esquemas de cooperación descentralizada para aprovechar mejor los recursos hídricos municipales.

    • Un plan a nivel global:

    Se deben sistematizar los programas de ayuda internacional al sector del agua, porque con varios se despilfarran muchos recursos y es imposible darles un seguimiento ordenado.

    Es indispensable que a pesar de que varios servicios públicos se han tendido a la privatización en los últimos veinte años, tengan un mínimo garantizado por el Estado.

    Con estos cambios, la ONU ha mostrado su preocupación por los efectos sociales que pueden tener el que determinadas prestaciones de servicios públicos las provea una empresa particular.

    Lo anterior ha traído consecuencias en la distribución del vital líquido, como se muestra en el siguiente esquema:

    • Se establecen dos sectores a velocidades diferentes en su evolución:

    Por un lado, el público con crecientes problemas de financiamiento para atender a la población más pobre. Por otra parte, el sector privado concentrado en las capas con mayor ingreso per cápita.

    2. Un énfasis en la rentabilidad económica:

    Al hablar únicamente de ganancias, se deja de lado cualquier objetivo de carácter social.

    3. Un aumento explosivo en los precios de acceso al agua:

    Ha habido casos como la privatización de los servicios del agua en la ciudad de Manila (Filipinas), en que sus tarifas se han incrementado hasta en un 750%, lo que ha afectado a los habitantes más pobres de esa localidad.

    Una vez expuestas las anteriores características, será indispensable que en el sistema multilateral de la ONU se haga algún pronunciamiento para las privatizaciones de servicios públicos y sociales.[14]

    A nivel internacional se deben poner límites y condiciones sobre cómo se lleva a cabo un proceso de privatización; porque si no se explora en ese punto, se puede caer en la quimera de que el Estado con desincorporar servicios públicos quedaría exento ante su elemento humano de observar compromisos internacionales en materia de Derechos Humanos.

    • D) A manera de guía: Las Directrices de Maastricht sobre las violaciones de derechos económicos, sociales y culturales.

    Cualquier decisión de privatizar un servicio público, el gobierno de cualquier país debe hacer una evaluación pormenorizada sobre el impacto de ese acto en los Derechos Humanos, por lo que si no se puede verificar todo el proceso de privatización es mejor no hacerla.

    Desde luego que estas directrices son un buen referente que se puede tomar a nivel mundial. Y no nada más seguir una globalización salvaje, que destruya cualquier esfuerzo nacional de desarrollo regional.

    Cualquier privatización que haga el Estado de servicios sociales, debe responderse previamente las siguientes cuestiones:

    • 1. ¿Lo que piensa desincorporar afecta Derechos Humanos?

    • 2. ¿Cómo funcionará el servicio una vez privatizado?

    Lo que se debe tomar en cuenta para una adecuada provisión de agua[15]

    • a. Disponibilidad: El abastecimiento del recurso natural en cuestión, debe ser suficiente para usos personales y domésticos, de acorde a las directrices de la Organización Mundial de la Salud.

    • b. Accesibilidad: El agua y sus instalaciones deben ser accesibles para todos sin ningún tipo de discriminación de grupo humano y con equidad de género.

    • c. Sostenibilidad: No violar elementos etnográficos, ni destruir ecosistemas en donde se genera el vital líquido.

    • Otra opción: Las tecnologías para el agua

    Es indispensable que una vez que hemos mencionado sobre su gestión, también toquemos la reutilización de las aguas negras y la manera en que cada gobierno a nivel mundial puede estimular fiscalmente la adopción de tecnologías limpias.

    Lo anterior se podría coordinar con una política mundial sobre el calentamiento global, y la forma en que se puede utilizar el vital líquido para generar energía eléctrica. Lo que sin duda ayudaría al desarrollo local de las comunidades más atrasadas.

     

     

     

    Autor:

    Bernardo Anwar Azar L.

     

    [1] Desde luego, sin olvidar la Teor?a Cr?tica de los Derechos Humanos, que nos obliga a ver aspectos sociales, pol?ticos y econ?micos para la observancia de los Derechos del Hombre. Por lo que en su aspecto etiol?gico siempre salvaguardar?n la dignidad humana; los mismos son entendidos como la lucha social por encontrar los satisfactores humanos como son techo, comida, vestido, trabajo, salud y la realizaci?n de las potencialidades de las personas, como un contrapeso a la globalizaci?n neoliberal (UN SER Y NO UN DEBER SER).
    Asimismo, el factor educativo ser? importante para el desarrollo de los talentos humanos.

    [2] Estamos en un proceso de reconocimiento de un Derecho Humano, sin olvidar que todos pasan por la positivizaci?n de los mismos, generalizaci?n, internacionalizaci?n o consolidaci?n de supranacionalidad y especificaci?n de los mismos. Todo eso se ha ido dando paulatinamente en los ?ltimos a?os, desde luego que falta para que cada etapa madure en el t?pico del agua.

    [3] ?stos pueden ser los primeros pasos para elaborar un convenio internacional vinculante, para que a nivel universal se reconozca el derecho de acceso al agua en cantidad y calidad adecuada para todo hombre.
    Este tipo de menciones y reflexiones son necesarias, para que este derecho se pueda exigir en las esferas internacionales. Aunque es dif?cil universalizar (homogeneizar) el Derecho al Agua ante contextos nacionales tan diferentes en desarrollo, por lo que dentro de los diferentes desarrollos locales se deben incorporar paulatinamente los medios para la observancia de ese derecho y adaptarlo a cada necesidad nacional.

    [4] Se puede consultar un estudio que trae varias reflexiones sobre el multilateralismo en materia de aguas: BARLOW, M. (2008). El Derecho al Agua, una idea a la que ha llegado su momento, en URIBE, N. (Coordinadora editorial), El Derecho Humano al Agua. Situaci?n actual y retos de futuro. Barcelona: Icaria Editorial, 177-189.
    Desafortunadamente en los Foros Mundiales del Agua de la Haya y Kioto, se ha sostenido que ese recurso natural es una necesidad mas no un Derecho Humano. Dentro de esta posici?n antag?nica se asevera que el vital l?quido debe ser regulado por las reglas del mercado.

    [5] En Uruguay, el 31 de octubre de 2004 sus ciudadanos fueron los primeros del mundo en votar a favor del Derecho al Agua. Por lo que se hizo la reforma a su constituci?n, como consecuencia de lo anterior, es un derecho fundamental, adem?s de que las consideraciones sociales deben prevalecer sobre los criterios econ?micos respecto a la administraci?n del vital l?quido.
    El servicio de prestaci?n de abastecimiento de agua, ?nicamente lo llevan a cabo entidades del gobierno, no se lo dejan al mercado para evitar conflictos con emporios. Algo muy parecido a lo que Holanda aprob? en una ley para el manejo de las aguas nacionales.

    [6] En Latinoam?rica una instituci?n arcaica que encontramos que relaciona en su actividad los Derechos Humanos con el acceso al agua, es el Tribunal Latinoamericano del Agua.

    [7] Se pueden encontrar varios datos precisos en idioma ingl?s sobre diferentes acciones de la ONU para tratar el tema del agua potable a nivel planetario: http://www.unwater.org/index.html Visto el 26 de febrero de 2011.

    [8] Algunos datos que son escalofriantes, es que cada a?o mueren 1.8 millones de ni?os a consecuencia de la diarrea, la p?rdida de 443 millones de d?as escolares cada a?o debido a enfermedades relacionadas con el agua, cuatro horas diarias que millones de mujeres dedican a buscar el vital l?quido. Estos datos que son preocupantes para la humanidad entera, se pueden consultar en: UGAZ, C. (2008). Entre el poder y la pobreza: Agua para el Desarrollo Humano, en URIBE, N. (Coordinadora editorial), El Derecho Humano al Agua. Situaci?n actual y retos de futuro. Barcelona: Icaria Editorial, 39-55.

    [9] Lo anterior lo vemos en zonas como Argel (capital de Argelia) y Lagos (capital de Nigeria); lugares que desde la ?poca colonial se les excluy? de obras p?blicas de agua y de saneamiento a un importante n?mero de habitantes.
    En nuestros d?as en Johannesburgo se est? dando el ?water apartheid?.

    [10] Cfr. MANCISIDOR, M. (2008). Los Paradigmas del Agua, en URIBE, N. (Coordinadora editorial). El Derecho Humano al Agua. Situaci?n actual y retos de futuro. Barcelona: Icaria Editorial, pp. 101-110.

    [11] Hasta hemos hablado de la heterogeneidad de este problema, por ello algo que se puede proponer, es que m?s all? de un an?lisis y un examen exhaustivo de las entidades encargadas del suministro del vital l?quido, se deben elaborar ?rboles de problemas de cada diferente regi?n de un pa?s, para tener ubicados sus prioridades y a la vez, conocer sus debilidades, amenazas, fortalezas y oportunidades (matrices DAFO), para trabajar en las mismas. Si cada regi?n lo hace y a la vez, va superando sus deficiencias, ser? m?s f?cil que un determinado pa?s en la cuesti?n del agua, quede homogeneizado y se puedan integrar al desarrollo diferentes poblaciones.

    [12] Un art?culo que nos dio claridad para darle el enfoque de Derecho Humano del Acceso al Agua, al campo del desarrollo local y la cooperaci?n internacional, para no tratar esos t?picos como aislados e incongruentes: UGAZ, C. (2008). Entre el poder y la pobreza: Agua para el Desarrollo Humano, en URIBE, N. (Coordinadora editorial). El Derecho Humano al Agua. Situaci?n actual y retos de futuro. Barcelona: Icaria Editorial, pp. 53-55.

    [13] La comunicaci?n es un proceso integral donde la econom?a, la cultura y el medio ambiente forman parte del mismo rompecabezas (comunicaci?n social y participativa).

    [14] Ser?a muy recomendable que lo hiciera, ya que ser?a un contrapeso de intereses netamente econ?micos que se ventilan en varias rondas de negociaci?n de la Organizaci?n Mundial del Comercio.

    [15] Este orden de supuestos los sustrajimos de: G?MEZ ISA, F. (2008). Agua y privatizaci?n: Un enfoque de Derechos Humanos, en URIBE, N. (Coordinadora editorial), El Derecho Humano al Agua. Situaci?n actual y retos de futuro. Barcelona: Icaria Editorial, pp. 173-174.

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